1. Prescripción por receta
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- Ana María San Martín Cárdenas
- hace 5 años
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1 1. Prescripción por receta La receta en prescripción Desde la antigüedad en China, Mesopotamia y en Egipto se elaboraban recetas para la atención clínica. El símbolo Rx que caracteriza a la receta actual proviene de antiguas prácticas alquímicas de origen poco preciso. Pudiera derivar del símbolo egipcio el ojo de Horus que denota salud o quizá la apelación simbólica que hacían los médicos al dios Júpiter para obtener buenos resultados con sus recetas. Más a menudo, Rx, según se dice, es una abreviatura del vocablo latino recipere, que significa tomar o toma esto como instrucción al farmacéutico y precedía a la receta que el médico daba para preparar un medicamento. Lo que se sabe es que la abreviatura sig proviene del latín signatura y se usó en la receta para indicar las instrucciones de administración del medicamento. Hace algunos decenios las medicinas se hacían de múltiples ingredientes que obligaban a una preparación compleja y por ello se adoptó el latín como la lengua corriente en este terreno, para que todo el mundo las entendiera. El latín ha dejado de ser el lenguaje internacional de la medicina, pero quedan algunas abreviaturas de su antiguo empleo. Antiguamente, la receta era la nota que por escrito daba el médico o cirujano al boticario para la composición de un remedio sobre la base de varios ingredientes de origen sintético o natural. La receta constaba de tres partes: Inscripción. Contenía los nombres de las sustancias medicamentosas que, en totalidad y tratándose de una poción, comprendía: La base El intermedio El coadyuvante correctivo 7
2 Prescripción en enfermería. Principios básicos 8 El vehículo Los correctivos Suscripción. Daba las instrucciones sobre el modo de preparar dichas sustancias, a fin de que la poción fuese como debía ser, o bien se redujera sencillamente a las letras h.s.a.: hágase según arte. Instrucción. Describía la forma en que debía administrarse el medicamento. Terminaba la receta con la fecha y la firma. La receta médica puede ir encabezada por la abreviatura Rp o Rp/, del latín recipe (dispénsese o tómese), en la actualidad suele encabezarse con Dp/ o DPS (dispénsese). Suele constar de dos partes: El cuerpo de la receta, destinado al farmacéutico. El volante de instrucciones para el paciente, que puede separarse del anterior. En el envase o cartonaje exterior y en el prospecto de las especialidades farmacéuticas incluirán la leyenda con receta médica o sin receta médica según proceda, y las demás frases, signos y símbolos que con fines de identificación y preventivos exija la legislación de cada país. Los signos y símbolos también deberán figurar en la etiqueta del medicamento. Los medicamentos estupefacientes y psicotrópicos requieren una receta especial, según la legislación de cada país. Desde el punto de vista de la receta médica, una prescripción es una instrucción dada por un prescriptor a un dispensador (el médico prescribe, el farmacéutico suscribe); en el caso de las formulaciones magistrales, la receta médica debe incluir la forma de preparación del producto, pues el mismo no se conserva en el stock habitual de una farmacia. Cada país tiene sus propios estándares acerca de la mínima cantidad de información que se requiere para una prescripción. A veces ciertos grupos de fármacos requieren de requisitos adicionales, que pueden derivarse en general de la posible afectación de la salud pública si los mismos se prescriben indiscriminadamente; en Venezuela, por ejemplo, hay ciertas limitaciones con respecto a los psicofármacos (riesgo de dependencia), a ciertos grupos de antibióticos (riesgo de resistencia a antibióticos) y a algunos antiinflamatorios no esteroideos como el ácido acetilsalicílico (Aspirina) (riesgo de manifestaciones hemorrágicas en casos de dengue clásico); preferiblemente, este tipo de fármacos debe prescribirse en recetas individuales. A pesar de las diferencias nacionales que se han mencionado, existen cier-
3 Prescripción por receta tos datos que son comunes independientemente de la localización: 1. Identificación correcta y completa, tanto del paciente como del tratante. En el caso del tratante, debe incluirse su firma, así como los datos relacionados con su permiso para el ejercicio de la medicina. Idealmente, se debe incluir un número telefónico para localizar al tratante. 2. Identificación del sitio (centro de salud) y momento (fecha) de la prescripción. 3. Identificación del fármaco. Lo más usual es que se coloque una preparación comercial determinada, en una forma farmacéutica específica; si las otras preparaciones existentes (incluyendo los genéricos) no son de confianza para el médico, el mismo debe señalar que no se realice reemplazo del preparado indicado. Por el contrario, si existen preparados similares al prescrito, se debe indicar que puede sustituirse el mismo. Aunque es importante desde el punto de vista científico, la nomenclatura IUPAC no suele utilizarse para la prescripción de fármacos (se usa el nombre comercial, el nombre patentado o la denominación aprobada por la OMS). 4. Cantidad del fármaco a dispensar: Aunque lo ideal es colocarla para cualquier prescripción, en general se hace obligatoria solamente para ciertos grupos, dependiendo de las leyes de cada país. 5. Explicación completa y clara acerca de la forma de dosificar y administrar, así como del tiempo que debe durar el tratamiento. Requisitos en la prescripción Entre los criterios médicos que deben considerarse para la prescripción se encuentran: Aproximación diagnóstico o sintomática. Elección de un tratamiento de eficacia y seguridad comprobadas, preferiblemente de uno o más fármacos bien conocidos por el médico. Tales fármacos estos se conocen también como fármacos personales o P-drugs, indicando que se trata de las drogas que utiliza habitualmente un clínico determinado (usualmente un médico no utiliza más de fármacos en su práctica habitual). El fármaco elegido puede tener un efecto directo sobre la enfermedad eliminando su causa (etiotrópico) o puede actuar solamente sobre una o más de las manifestaciones de la enfermedad (sintomático o paliativo). 9
4 Prescripción en enfermería. Principios básicos 10 Conocer la indicación oficial de los medicamentos. Conocer la farmacología de medicamentos. Seleccionar fármaco y dosis óptima. Conocer la toxicidad y posibles efectos adversos. Modificar el tratamiento si no da respuesta a este, o aparecen efectos secundarios. Requisitos menores Mayor eficacia, en otras palabras, aquel que sea capaz de eliminar la enfermedad con más certeza y en el menor tiempo posible. Mayor seguridad: Es decir, que se asocia a menos reacciones adversas medicamentosas. Fácil administración: En cierta forma, este punto se refiere a la comodidad para el paciente, incluyendo, de ser posible, agentes que se usen una sola vez al día. Menor costo: Siempre que se consideren como bioequivalentes los distintos preparados. Desde el punto de vista legal, los únicos profesionales que pueden realizar una prescripción propiamente dicha son los médicos, los odontólogos, los podólogos en sus campos de trabajo. Los veterinarios sólo pueden prescribir medicamentos de uso veterinario y en algunos países otros profesionales, como asistentes médicos, farmacéuticos y enfermeros también tienen cierto derecho para hacerlo o están luchando para obtenerlo. Además, existe una gran cantidad de fármacos que se expenden sin prescripción alguna (ciertos analgésicos, laxantes, polivitamínicos, antiácidos) son todos los medicamentos que correspondan al grupo de publicitarios. Puede decirse que para una buena prescripción, el médico debe intentar maximizar la efectividad, minimizar los riesgos, minimizar los costos y respetar las elecciones del paciente. Esto último podría ser particularmente importante, ya que, al fin y al cabo, será el quien decidirá si se hará dispensar la prescripción, si consumirá los fármacos indicados y si los consumirá tal y como se le hayan prescrito. Cuestiones a tener en cuenta al prescribir uno o más fármacos Hay un diagnóstico adecuado? Es realmente necesaria la utilización de un fármaco? Se ha elegido el fármaco más apropiado? Se han definido cuidadosamente los objetivos de la farmacoterapia?
5 Prescripción por receta Se ha realizado una historia completa de farmacoterapia, incluyendo fármacos sin prescripción (over-the-counter drugs)? Hay antecedentes de alergia o reacción adversa al medicamento? Se ha considerado la edad del paciente? Si el paciente es una mujer está embarazada o en período de lactancia? Se ha explicado la farmacoterapia claramente al paciente? Se han tomado en cuanta la influencia de enfermedades o posibles factores genéticos? Se ha considerado la influencia de la comida? Existen potenciales interacciones farmacológicas? Es probable que se genere dependencia al fármaco? Se ha escrito la receta de manera clara, concisa, correcta y legible? Cuestiones a tener en cuenta en el seguimiento farmacoterapéutico Hay un plan para revisar la farmacoterapia periódicamente? Es correcto el uso del fármaco? Es correcta la vía de administración? Acepta el paciente el fármaco? Hay un plan para valorar los efectos del fármaco? Hay un plan para valorar las concentraciones del fármaco? La prescripción off-label es el uso de fármacos autorizados pero fuera de las condiciones estipuladas en la ficha técnica o documento oficial de usos autorizados de un medicamento. Es una práctica común, justificada solo en algunas ocasiones (inexistencia de alternativas, uso común establecido por la experiencia), pero que plantea algunos dilemas técnicos y éticos: Necesidad de información a los pacientes (o la familia de estos en caso de menores de edad). Mayor riesgo de efectos adversos, siendo este un aspecto menos conocido eb el uso del fármaco implicado. No es una práctica ilegal, pero deja fuera las garantías de las agencias reguladoras de medicamentos. Desde el punto de vista internacional, los problemas más comunes de prescripción (prescripción irracional) son los siguientes: Medicalización. Uso de fármacos no relacionados con el diagnóstico. 11
6 Prescripción en enfermería. Principios básicos 12 Uso de fármacos innecesariamente costosos. Uso inapropiado de antibióticos. Automedicación irracional. Tipos de recetas médicas en la Seguridad Social Dependiendo de quién expide y quién recibe la receta, es posible encontrar diferentes tipos de documentos, aunque todos con el mismo propósito de facilitar una medicación a un paciente a través de un farmacéutico, que es quien dispensa esa medicación. Receta médica en la Seguridad Social El modelo de receta es el mismo para todos los centros de salud pública de España. Consta de dos partes, que se dividen entre el cuerpo de la receta y el volante de instrucciones al paciente. En este documento se incluye toda la información relativa al paciente, al médico, y al tratamiento que tendrá que seguir, definiendo la medicación y la forma de realizar el tratamiento. Es un documento que tiene que ir firmado por el médico o especialista de la salud, y que tiene una validez de diez días desde la fecha de expedición. Las recetas médicas de la Seguridad Social pueden ser de varios tipos: Según el ámbito de aplicación. Las recetas médicas pueden abarcar tratamientos establecidos en el ámbito ambulatorio, o los tratamientos establecidos en hospitales, pero destinados a pacientes no hospitalizados. Según el carácter del modelo. Las recetas tendrán un color diferente dependiendo de la situación del beneficiario. Serán de color verde en el caso de usuarios activos, de color rojo en el caso de usuarios pensionistas, y de color azul en el caso de usuarios con enfermedad profesional. Receta médica privada Es un documento con la misma validez y forma que las recetas públicas. La principal diferencia entre una y otra es que, la receta médica privada está destinada a aquellos profesionales de la salud que disponen de una consulta o clínica privada, no adscrita al sistema de salud público. En esta categoría se encuentran médicos, odontólogos, podólogos, fisioterapeutas, etc. Las recetas médicas privadas pueden ser: Receta en papel. Realizada en un soporte físico, con las mismas características que las recetas médicas públicas. Debe contener igualmente toda la información relativa al
7 Prescripción por receta paciente, al tratamiento y al profesional de la salud que prescribe el documento, siendo imprescindible que aparezca en el papel su rúbrica. Receta en soporte electrónico. Se trata de un nuevo método que empieza a permitir que las recetas se realicen a través de los sistemas electrónicos de los Consejos Generales de las Profesiones Prescriptoras, que facilita enormemente el trabajo de los especialistas. Orden de dispensación Existe una última opción en lo que se refiere a la obtención de medicamentos. Desde el año 2015, los profesionales enfermeros están capacitados para extender las llamadas órdenes de dispensación, un documento con una validez similar a las recetas médicas que posibilitan que el paciente adquiera una determinada medicación. Receta médica Concepto RD 1718/2010. Documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos, odontólogos o podólogos, legalmente facultados para ello, y en el ámbito de sus competencias respectivas, prescriben a los pacientes los medicamentos o productos sanitarios sujetos a prescripción médica, para su dispensación por un farmacéutico o bajo su supervisión, en las oficinas de farmacia y botiquines dependientes de las mismas o, conforme a lo previsto en la legislación vigente. Cuerpo (farmacéutico) Volante (paciente) Receta médica electrónica Orden de dispensación hospitalaria. La orden de dispensación hospitalaria para pacientes no ingresados es el documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio para la prescripción por los médicos, odontólogos y podólogos de los servicios hospitalarios, de los medicamentos que exijan una particular vigilancia, supervisión y control, que deban ser dispensados por los servicios de farmacia hospitalaria a dichos pacientes. Orden de dispensación Profesionales enfermeros. Facultados individualmente mediante acreditación. 13
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12 Prescripción en enfermería. Principios básicos Aportaciones de las diferentes recetas: 18
13 Prescripción por receta Ejemplos de recetas: 19
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15 Prescripción por receta Tipos de recetas y aportaciones RD 1718/2010 Receta médica privada Requisitos comunes establecidos para las recetas médicas públicas. Se ajustará para la prescripción de medicamentos y de productos sanitarios sujetos a prescripción, a los mismos criterios establecidos para las recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud. Receta electrónica privada. Datos a consignar en la receta Prescripción. Nº de envases. Duración del tratamiento y posología. Datos del paciente. Datos del médico prescriptor. Datos de la farmacia. Advertencias al farmacéutico. Dispensación Cupón precinto y cartonaje Fijarse en sustituciones, precios de referencia Nº de envases (a excepción de los siguientes grupos terapéuticos) Antibióticos sistémicos grupo terapéutico J01 de 1 a 4 envases unidosis por vía parenteral y hasta 2 vía oral (excepto subgrupos J01E:, J01M, J01R). Insulinas en viales multidosis de 1 a 4 envases (grupo A1OA insulina y análogos). Medicamentos de diagnóstico hospitalario de 1 a 4 envases (sin superar tratamiento para 3 meses). Medicamentos de estupefacientes 1 a 4 envases (sin superar tratamiento para 30 días). Nº de envases (a excepción de los siguientes grupos terapéuticos) Dietoterápicos complejos y nutrición enteral domiciliaria sin superar 1 mes de tratamiento (máximo 4). Absorbentes de incontinencia de orina sin superar la cantidad para 3 meses (máximo 4). 21
16 Prescripción en enfermería. Principios básicos 22 Orden dispensación hospitalaria nº de envases: 1 o varios medicamentos. 1 o varios envases. Datos a consignar en la receta duración y tratamiento No superior a 3 meses. Hasta 6 meses tratamiento crónico (receta renovable) Programas sanitarios especiales. Misma fecha de prescripción, fecha prevista dispensación y nº de orden. Posología. Datos a consignar en la receta datos del paciente Nombre y apellidos, Nº de identificación (Tarjeta Sanitaria Individual) y año de nacimiento. Privada DNI. Extranjero sin TSI contar Tarjeta Sanitaria Europea o Certificado Provisional Sustitutorio. Datos a consignar en la receta: datos del médico Nombre o inicial y apellidos. La población y dirección donde ejerza. El colegio profesional al que pertenezca, número de colegiado y, en su caso, la especialidad oficialmente acreditada que ejerza. SNS código de identificación asignado por las administraciones/fuerzas armadas nº de tarjeta militar de identidad del facultativo (en lugar de nº colegiado). Firma y fecha de prescripción (el visado salva). Válida fecha visado. Tratamiento crónico: Fecha prevista dispensación y nº orden. Plazo de validez 10 días. Vacunas individualizadas 90 días para dispensación (el proceso tarda más). Datos de la farmacia Nombre y nº de farmacia, fecha de dispensación y firma del farmacéutico. El sellado y fechado de la receta por el farmacéutico la invalida para una nueva dispensación. Advertencias al farmacéutico Visados de inspección:
17 Prescripción por receta Sello, firma, fecha y nº envases. Avala ausencia de posología, duración del tratamiento y fecha de prescripción. Precisan visados de inspección. Advertencias al farmacéutico Visados de inspección. RD-Ley 4/2010 y RD-Ley 9/2011 Corresponderá a los Servicios de Farmacia de Hospital la custodia, conservación y dispensación de los medicamentos de uso humano que el Ministerio de Sanidad, Igualdad y Servicios Sociales acuerde establecer reservas singulares, limitando su dispensación sin visado a los pacientes no hospitalizados. Dispensación Obligatorio dispensar medicamentos demandados en las condiciones reglamentariamente establecidas (salvo dudas sobre autenticidad). 9/2011 dispensar el medicamento prescrito si es el de menor precio. Rellenar los datos de la dispensación de la OF, describir en el embalaje del medicamento posología. Entregar al paciente recibo. Anotación DNI (estupefacientes y psicotropos) anotación libro recetario cuando proceda. Para dispensar recetas del sns: Exigir la presentación de la Tarjeta Sanitaria Individual. Pacientes no hospitalizados Indicación, prescripción y dispensación de los siguientes productos: Los medicamentos para los que se resuelva su financiación y condiciones de dispensación en el Sistema Nacional de Salud. Los efectos y accesorios que dispongan del correspondiente marcado CE y para los que se resuelva su financiación y condiciones de dispensación en el SNS. 23
18 Prescripción en enfermería. Principios básicos 24 Las fórmulas magistrales y los preparados oficinales. Las vacunas individualizadas antialérgicas y las vacunas individualizadas bacterianas. Excluye: Los productos de utilización cosmética, dietéticos, aguas minerales, elixires, dentífricos y otros productos similares. Los medicamentos calificados como publicitarios. Los medicamentos adscritos a los grupos o subgrupos terapéuticos excluidos de la financiación por la normativa vigente. Los medicamentos homeopáticos. Los efectos y accesorios de los que se realice publicidad dirigida al público en general. Sistema de precios de referencia Medida de control del gasto farmacéutico. La financiación pública de medicamentos estará sometida al sistema de precios de referencia. El precio de referencia será la cuantía máxima con la que se financiarán las presentaciones de medicamentos incluidas en cada uno de los conjuntos que se determinen, siempre que se prescriban y dispensen a través de receta médica oficial del Sistema Nacional de Salud. Fijación por el MSSSI. Conjunto Totalidad de las presentaciones de medicamentos financiadas que tengan el mismo principio activo e idéntica vía de administración entre las que existirá al menos un medicamento genérico o biosimilar. Las presentaciones indicadas para tratamientos en pediatría y medicamentos de ámbito hospitalario constituirán conjuntos independientes. Precios de referencia Definiciones 9/2011 Agrupación homogénea (precio menor): Presentaciones de medicamentos financiadas con los mismos principios activos en cuanto a dosis, contenido, forma farmacéutica y vía de administración que puedan ser objeto de intercambio en su dispensación.
19 Prescripción por receta Se diferenciarán agrupaciones integradas exclusivamente por un medicamento y sus licencias con el mismo precio que el de referencia. Precio menor: Se establece para cada agrupación homogénea. Sistema de precio seleccionado: Para medicamentos excluidos del sistema de precios de referencia. Sustituciones Considerar: Menor precio/precio más bajo genérico. Sustituciones con carácter excepcional. Con carácter excepcional, cuando por causa de desabastecimiento no se disponga en la oficina de farmacia del medicamento prescrito o concurran razones de urgente necesidad en su dispensación: Tienen que cumplir: Igual composición, formulación farmacéutica, vía y dosis. Medicamentos de fabricación industrial sujetos a precio de referencia medicamento de precio menor. Consentimiento informado del paciente. Diligenciar. Medicamentos no sustituibles sin la autorización del prescriptor (Orden SCO/2874/200): a. Los medicamentos biológicos (insulinas, hemoderivados, vacunas, medicamentos biotecnológicos). b. Los medicamentos que contengan alguno de los principios activos considerados de estrecho margen terapéutico incluidos en el anexo I de la Ley de uso racional del medicamento, excepto cuando se administren por vía intravenosa. c. Los medicamentos que contengan principios activos sujetos a especial control médico o aquellos que requieran medidas específicas de seguimiento por motivos de seguridad y que se relacionan en el anexo II. d. Los medicamentos para el aparato respiratorio administrados por vía inhalatoria. Condiciones restringidas de prescripción y/o dispensación 1. Medicamentos reservados al medio hospitalario (H) Leyenda H Carecen de cupón precinto Suministro a establecimiento sanitario catalogado como Hospital 25
20 Prescripción en enfermería. Principios básicos 2. Diagnóstico hospitalario (DH) Leyenda DH Cupón precinto diferenciado con triángulo negro Visado Máximo 4 envases 3. Especial Control Médico (ECM) Derivados de la vitamina A (excepto aplicación tópica) Ácido acetohidroxámico Talidomida Clozapina Especial Control Médico (ECM) Envase: Leyenda: Especial control médico y siglas ECM. Cupón precinto diferenciado. Prospecto: Condiciones especiales de prescripción y dispensación. Medicamento sujeto a ECM. Sujeto a prescripción médica. Visado de inspección. No sustituible. Parte mensual al Departamento de Sanidad y Consumo de los movimientos. Anotación las dispensaciones en el libro recetario. Libro recetario Editado por CGCOF Soporte papel o informático Que dispensaciones hay que anotar: Fórmulas magistrales y preparados oficinales (todas) Medicamentos con sustancias psicótropas (todos) Medicamentos con estupefacientes (todos) Medicamento humano para uso veterinario Los que determine la DGFPS ECM Consignar: Fecha dispensación Nº registro, prescripción, nº envases Datos prescriptor Código identificación paciente SNS, DNI si privada Observaciones 26
21 Prescripción por receta Formulación magistral 1. Prescripción Receta (siempre) Ordinaria Visado (si procede) Estupefacientes (si procede) 2. Elaboración Normas de correcta elaboración y control (RD 175/2001). Etiquetado Envases adecuados Etiquetado Denominación Composición cualitativa y cuantitativa de principios activos y excipientes de declaración obligatoria Forma farmacéutica, cantidad Vía de administración Nº registro Nº lote (preparado oficinal) Fecha elaboración y caducidad Oficina de farmacia dispensadora y elaboradora Condiciones de conservación Médico prescriptor Paciente Manténgase fuera del alcance y de la vista de los niños Mínimo (resto de datos habrá que entregarlos por escrito). Prospecto Obligatorio para fórmulas magistrales no tipificadas Tasación Principio activo Excipientes Envase Honorarios profesionales IVA (4%) Dispensación Anotación: Libro recetario (siempre) Libro de estupefacientes (si procede: fórmulas magistrales con estupefacientes/psicotropos) 27
22 Prescripción en enfermería. Principios básicos Estupefacientes Clasificación (Convención única de 1961 sobre estupefacientes de las Naciones Unidas) Lista I: Receta de estupefacientes (ej: morfina, metadona). Lista II (ej: codeína). Lista III (preparaciones de compuestos de la lista II, cantidades superar). Lista IV: Prohibidos (ej: heroína, cannabis, cocaína). Adquisición Talonario oficial de vales (no se aceptan enmienda ni tachadura) Existencias mínimas Obligatorio País Vasco: Decreto 270/2004 Caja fuerte Prescripción Receta oficial de estupefacientes Si financiado: dos recetas, seguro y estupefacientes DNI paciente Teléfono médico En la prescripción indicar si es única o reiterada Nº envases en letra 1 sólo medicamento y máximo 4 envases para 30 días Dispensación Anotar DNI de la persona que retira el medicamento No sirven enmiendas en la receta de estupefacientes Anotar en el libro recetario (todos) Anotar en el libro estupefacientes (lista I y FM de lista II y III). Contabilidad, entradas y salidas Declarar movimientos 3 meses (recetas y vales de hospital) Relación trimestral de recetas y estupefacientes dispensadas 6 meses (movimientos) Relación semestral de movimientos de estupefacientes 28
23 Prescripción por receta Psicotropos: Clasificación Convenio Viena 1971 sobre sustancias psicótropas Anexo I Lista I Prohibidos (LSD, psilobicina ) Lista II Estimulantes (anfetaminas ) Lista III Depresores (pentobarbital ) Lista IV Benzodiazepinas Anexo II Adquisición Como cualquier medicamento de uso humano. Productos de las listas II III y IV del anexo I: Vales oficiales. Productos del anexo II ningún trámite. Prescripción Receta médica normal. Receta médica privada (conservar 2 años). Fórmula magistral: cantidad máxima para 10 días (anotar en libro estupefacientes). Dispensación Anotar DNI de la persona que retira el medicamento. Libro recetario (todas las dispensaciones). Las fórmulas magistrales de principios activos incluidos en el Anexo I, deberán anotarse en el libro de estupefacientes. 29
24 Prescripción en enfermería. Principios básicos 30 Bibliografía Casado Pérez PL, Pastor Sánchez R, Santo González A. Consideraciones al actual modelo de receta médica en España. SEMERGEN. 2006; 32(8): LO Buxton, Iain (2014). Goodman qnd Gilman s The Pharmacological Basis Of Therapeutics (13ª edición). México: The McGraw-Hill. p Diccionario enciclopédico popular ilustrado Salvat ( ). Prescribir. Diccionario de la Lengua Española (23ª ed.) Madrid: Real Academia Española; Receta. Diccionario de la Lengua Española (22ª ed.) Madrid: Real Academia Española; Rang HP, Dale MM, Ritter JM, Moore PK. Capítulo 23: Prescripción de medicamentos. En: Farmacología (5ª ed.). España: Elsevier-España; Martínez González C, Bravo Acuña J. Prescripción off-label inducida. Responsabilidad compartida?. Rev Pediatr Aten Primaria. 2016; 69: Edwards R, Lindquist, M. Pharmacovigilance. Critique and Ways Forward. ADIS Fink L, Woodfork K Davis, E Craig and Stitzel s Illustrated Pharmacology. Jaypee. 7ª ed Ford S. Study Guide to Accompany Roach s Introductory Clinical Pharmacology. Wolters Kluwer. 11ª ed Gerscht C, Heimgartner N, Rebar C, Willis L. Farmacología (colección Lippincott Enfermería). Wolters Kluwer. 4ª ed Golan D, Armstrong E, Armstrong A. Principios de Farmacología. Bases Fisiopatológicas del Tratamiento Farmacológico. Wolters Kluwer. 4ª ed Katzung B, Trevor A. Farmacología Básica y Clínica. Lange. McGraw Hill. 13ª ed McCuistion L, Yeager J, Winton MB, DiMaggio K. Pharmacology. A Patient-Centered Nursing Process Approach. Elsevier. 9ª ed Rosenbaum S. Basic Pharmacokinetics and Pharmacodynamics. An Integrated Textbook and Computer Simulations. Wiley. 2ª ed Rosenthal L, Burchum J, Lehne s Pharmacotherapeutics for Advanced Practice Providers. Elsevier, Stahl S. Psicofarmacologia Esencial de Stahl. Bases Neurocientíficas y Aplicaciones Prácticas. UNED. 4ª ed Waller D, Sampson A. Medical Pharmacology and Therapeutics. Elsevier. 5ª ed
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