PREGUNTAS FRECUENTES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
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- Emilio Benítez Giménez
- hace 5 años
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1 Secretaría de Educación Pública Unidad de Coordinación Ejecutiva Consejo Nacional de Participación Social en la Educación Secretaría Técnica PREGUNTAS FRECUENTES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
2 Contenido I. Consejos Escolares...1 II. Agenda de trabajo de los Consejos Escolares...7 III. Otros niveles de Participación Social...9 II. Registro Público de Consejos Escolares....11
3 CONSEJOS ESCOLARES Qué es un Consejo Escolar? Los Consejos Escolares de Participación Social (CEPS) son órganos de consulta, colaboración, apoyo, gestoría e información que impulsan la colaboración de las comunidades en las tareas educativas con la corresponsabilidad de las madres, padres de familia y sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, directivos de la escuela, exalumnos y miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de las escuelas. Cuáles son los objetivos de un Consejo Escolar? Diseñar una visión común y compartida que oriente el trabajo en equipo, la toma de decisiones, el seguimiento, la gestión, la planeación y el reparto de tareas; todo ello orientado a dar soluciones a las necesidades de la escuela. Los Consejos Escolares están reglamentados? La actual Reforma Educativa establece atribuciones puntuales para los Consejos Escolares como un medio para fortalecer la autogestión escolar y dar seguimiento a la administración transparente y eficiente de los recursos escolares. Es así como el 4 de marzo de 2014 se establecen los Lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación, el cual se adiciona y reforma mediante el ACUERDO número 10/10/14, el 3 de octubre del mismo año. Cuáles son los límites de las intervenciones del Consejo Escolar de Participación Social? Es importante precisar que los Consejos Escolares no intervendrán en aspectos laborales, ni participarán en cuestiones políticas o religiosas, de acuerdo con lo que señala el artículo 73 de la Ley General de Educación. Cuál será la responsabilidad de la autoridad educativa para garantizar el cumplimiento de los nuevos Lineamientos? Fomentar la participación social en la escuela; impulsar la instalación y operación de los Consejos Escolares; promover que los Consejos Escolares inscriban en la plataforma del Registro Público de Consejos Escolares la información que genere tanto en las Sesiones como en las Asambleas. 1
4 Cuáles serán las funciones de un Consejo Escolar de Participación Social? - Propiciar la colaboración entre directivos, maestros, madres y padres de familia. - Elaborar un proyecto anual de trabajo -acorde con el Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y el Programa Anual de Trabajo (PAT) en caso de ser escuelas de calidad-, y gestionar la inclusión de la escuela en programas educativos y eventos de colaboración que la favorezcan. - Conocerá el calendario escolar, las metas educativas y el avance de las actividades escolares, con el objeto de coadyuvar con el maestro a su mejor realización; - Conocerá y dará seguimiento de las acciones que realicen las y los educadores y autoridades educativas señaladas en el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley General de Educación; - Conocerá de las acciones educativas y de prevención que realicen las autoridades para que los educandos conozcan y detecten la posible comisión de hechos delictivos que puedan perjudicarlos; - Sensibilizará a la comunidad, mediante la divulgación de material que prevenga la comisión de delitos en agravio de las y los educandos. Así como también, de elementos que procuren la defensa de los derechos de las víctimas de tales delitos; - Tomará nota de los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas; - Propiciará la colaboración de maestros y padres de familia en los programas relativos a salvaguardar la integridad y educación plena de las y los educandos; - Podrá proponer estímulos y reconocimientos de carácter social a alumnos, maestros, directivos y empleados de la escuela, para ser considerados por los programas de reconocimiento que establece la Ley General del Servicio Profesional Docente y demás programas que al efecto determine la Secretaría y las autoridades competentes; - Estimulará, promoverá y apoyará actividades extraescolares que complementen y respalden la formación de los educandos; - Llevará a cabo las acciones de participación, coordinación y difusión necesarias para la protección civil y la emergencia escolar; - Alentará el interés familiar y comunitario por el desempeño del educando; - Opinará en asuntos pedagógicos y en temas que permitan la salvaguarda del libre desarrollo de la personalidad, integridad y derechos humanos de las y los educandos; - Contribuirá a reducir las condiciones sociales adversas que influyan en la educación; estará facultado para realizar convocatorias para lograr la participación voluntaria en trabajos específicos de mejoramiento de las instalaciones escolares; - Respaldará las labores cotidianas de la escuela; - Apoyará el funcionamiento del Consejo Técnico Escolar; 2
5 - Vigilará el cumplimiento de la normalidad mínima en el funcionamiento del centro escolar; - Vigilará el cumplimiento de la normatividad que en materia de alimentos expida la autoridad competente; - Elaborará y presentará a la comunidad educativa un informe anual de sus actividades, destacando los ingresos que por cualquier medio hubiera obtenido y su aplicación, incluyendo el reporte que le rinda la cooperativa escolar o equivalente; - Registrará y apoyará el funcionamiento de los Comités que se establezcan para la promoción de programas específicos; - Fomentará el respeto entre los miembros de la comunidad educativa con especial énfasis en evitar conductas y agresión entre los alumnos y desalentará entre ellos prácticas que generen violencia, y - En general, podrá realizar actividades en beneficio de la propia escuela. Cómo pueden los interesados conocer los Lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social? Se puede tener acceso entrando a cualquiera de las páginas electrónicas siguientes: En estos sitios se podrá consultar, descargar e imprimir el documento Quienes integran el Consejo Escolar? El Consejo está formado representantes de madres y padres de familia y su asociación, directivos escolares, docentes y representantes de su organización sindical, exalumnos y miembros de la comunidad especialmente interesados en el mejoramiento de la escuela. Entre estos últimos, es factible que colaboren académicos, investigadores y personas que mantienen un liderazgo natural en las propias comunidades, entre otros actores educativos. Cuántas personas pueden integrar un Consejo Escolar? Los Lineamientos indican que los Consejos Escolares de Participación Social se conformarán hasta por quince consejeros, y en su composición, el cincuenta por ciento más uno serán padres y madres de familia. En las escuelas de integración incompleta, unitarios o bidocentes, se conformará por un padre de familia y el maestro. 3
6 Quiénes eligen a los integrantes de un Consejo Escolar? Los Consejos Escolares son entidades que impulsan el desarrollo de las prácticas democráticas y las competencias ciudadanas, por lo que son las comunidades educativas de los planteles, en la primera asamblea, quienes nombran a los consejeros y, de entre ellos, eligen al Consejero Presidente quien será un padre de familia. En escuelas con más de tres grupos, podrán designar a un Secretario Técnico, quien será el director de la escuela o, según la estructura ocupacional autorizada, el subdirector que tenga encomendada la tarea de apoyar la organización y operación del citado Consejo de Participación Social. Cuánto tiempo duran los nombramientos de los consejeros? Los miembros del Consejo Escolar, incluido el Presidente, podrán participar por un período de dos años, con la posibilidad de reelegirse una sola vez, por otro período igual, siempre y cuando los demás miembros del Consejo Escolar así lo decidan. Si en este periodo se separa algún integrante, el Consejo Escolar determinará los mecanismos para sustituirlo. De los integrantes del Consejo Escolar cuántos deben ser padres de familia? La mitad más uno de los miembros del Consejo Escolar deben ser madres y padres de familia. Quién puede ser Presidente del Consejo Escolar? Sólo una madre o padre de familia podrá ser electo para presidir el consejo; para ello deberán contar por lo menos con un hijo inscrito en la escuela durante el ciclo escolar de que se trate, lo que acreditará con la certificación que expida el director correspondiente o, en su defecto, con la constancia de inscripción de su hijo. Es válido registrar un solo candidato a presidente del consejo escolar? Sí es válido siempre y cuando la comunidad educativa haya propuesto un solo candidato. Lo que es incorrecto es que el candidato sea impuesto. Las Asociaciones de Padres de Familia pueden formar parte del Consejo Escolar? En el Consejo Escolar participan los representantes de las Asociaciones de Padres de Familia; los padres de familia, ya sea que pertenezcan o no a la Asociación contarán dentro de la proporción de mitad más uno requerida para integrar el Consejo Escolar. 4
7 Existen otros cargos además del Presidente y Secretario Técnico? Los demás integrantes son consejeros quienes pueden también ser responsables de algún comité o programa gestionado por la escuela, o bien con organizaciones de la sociedad civil. Personas que tienen gran liderazgo y presencia en actividades y proyectos colectivos, es posible que participen como integrante del Consejo Escolar? Si hay una persona que no es padre o madre de familia, ni tutor, o sus hijos no estudian ya en la escuela, pero están interesados en el bienestar de los estudiantes y en mejorar los servicios del plantel, sí pueden formar parte del consejo, en su calidad de miembros de la comunidad. Tal pudiera ser el caso de académicos o investigadores de instituciones de nivel superior, empresarios o personas cuya calidad moral hace que tengan un lugar preponderante en la localidad. Es posible que se constituya un Consejo Escolar en comunidades apartadas donde la escuela cuenta con pocos estudiantes y padres de familia? En las escuelas de integración incompleta, unitarios o bidocentes, el Consejo Escolar se podrá conformar por un padre de familia y el maestro. Quién convoca a la comunidad educativa para formar el Consejo Escolar? El directivo de la escuela o su equivalente emitirá una convocatoria para celebrar la Primera Asamblea de la comunidad educativa que tendrá por objeto constituir el Consejo Escolar. El Consejo Escolar de Participación Social deberá estar constituido y operando en la segunda semana del ciclo escolar. Qué es la comunidad educativa? Es el conjunto de madres y padres de familia o tutores, los representantes de sus asociaciones, los maestros y representantes de su organización sindical, los directivos de la escuela, los ex alumnos y otros miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela. Las escuelas privadas están obligadas a constituir el Consejo Escolar de Participación Social? Sí. Esta disposición la establece la propia Ley General de Educación en su artículo 69 y, en consonancia con esta Ley, los Lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación por el que se establecen los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación, retoman esta disposición en sus artículos 6 y 33, en los que, al abordar el tema de los 5
8 Consejos Escolares de Participación Social, se dispone Consejos análogos deberán operar en las escuelas particulares de educación básica. Qué hacer en el caso de las Escuelas Privadas que ofrecen dos o más niveles educativos y quieren instalar un solo Consejo Escolar para toda su institución? Cada nivel educativo opera de manera particular: con sus propios planes y programas de estudio, su propia planta docente, sus propias necesidades y su propia matrícula escolar. En este sentido, cada nivel educativo es un centro de trabajo particular y, por lo tanto, cada uno debe contar con un consejo escolar propio con su correspondiente presidente e integrantes. Las escuelas que operan en dos turnos y tienen la misma clave de centro de trabajo (CCT) deben constituir un solo consejo escolar para ambos turnos o cada turno debe tener su propio consejo? Las escuelas con doble turno y una misma clave CCT, están consideradas en la estadística educativa como escuelas independientes en atención a que la matrícula escolar y la planta docente son diferentes en cada uno de los turnos del plantel, razón por la cual se prevé la constitución de un consejo escolar para cada turno; con ello, se garantiza que los consejos tengan representatividad de los padres de familia de cada turno. En estos casos, los directores de los planteles podrán encontrar fórmulas para impulsar y optimizar el trabajo de los consejos por ejemplo, sesionar conjuntamente y hacer efectivo el apoyo de los consejos escolares en favor de la disminución de la carga administrativa de los directores. Qué hacer en el caso de los servicios CONAFE al respecto de las localidades en las que se ofrecen dos o más niveles educativos, e instalan un solo Consejo por localidad? La Asociación Promotora de Educación Comunitaria (APEC) órgano análogo a los Consejos Escolares - que se constituya por localidad, deberá tener representatividad de padres de familia de los niveles educativos que se ofrezcan en la localidad. Se instrumentarán los mecanismos para que la lectura de la información inscrita en el REPUCE permita identificar los CCT por nivel educativo que cuentan con APEC, independientemente de la lectura de APEC por localidad. En suma, el criterio de integración de un Consejo Escolar (APEC para el caso de los servicios de CONAFE) es que cada plantel o servicio educativo que disponga de una Clave de Centro de Trabajo (CCT) propia, debe contar con su propio Consejo Escolar; aun cuando compartan el mismo plantel físico y el directivo escolar o líder comunitario sea el mismo. 6
9 Los servicios de educación inicial, especial y para adultos deben constituir un consejo escolar de participación social? Si bien los Lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación, establecen que los consejos escolares deben constituirse en las escuelas de educación básica, en diversas entidades federativas se ha impulsado la constitución de consejos escolares en estos servicios educativos, dado el apoyo que éstos representan para fortalecer dichos servicios. Para efectos de dar seguimiento al avance en la constitución de consejos escolares, la estadística de educación básica en sus tres niveles (preescolar, primaria y secundaria) se manejará de manera independiente de otros servicios educativos que constituyan consejos escolares de participación social. Agenda de trabajo de los Consejos Escolares Cuántas reuniones al año debe realizar el Consejo Escolar? A lo largo del ciclo escolar es necesario realizar dos asambleas y dos sesiones ordinarias. En las primeras se convoca a todos los integrantes de la colectividad de la escuela, mientras que en las sesiones participan sólo los miembros del Consejo Escolar. Tanto las asambleas como las sesiones, pueden ser de tipo ordinario o extraordinario. Cuántas reuniones al año debe realizar la comunidad educativa? Dos reuniones, a inicio del ciclo escolar para elegir a los integrantes del consejo y al finalizar el ciclo para recibir el informe de las actividades realizadas. Cuál es el calendario mínimo de Sesiones de la Asamblea de la comunidad educativa y del Consejo Escolar de Participación Social? AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE JULIO JUNIO Asamblea para Primera sesión del Consejo Planeación anual Segunda sesión del Consejo Sesiones y/o asambleas extraordinarias Segunda asamblea informe de actividades 7
10 Cada cuándo tiene que rendir cuentas el Consejo Escolar? El Consejo deberá rendir cuentas cada tres meses a la comunidad escolar, para lo cual se podrá auxiliar de informes escritos, las actas registradas en el REPUCE o cualquier otro medio que le permita transparentar la información. Hay que recordar que es indispensable hacerlo cuando no se pueda abrir una cuenta en algún banco. Lo anterior es independiente de la obligación que tiene el Consejo, de rendir a la asamblea de la comunidad educativa en la última quincena del ciclo escolar, un informe por escrito, amplio y detallado sobre todos los recursos que haya recibido durante el ciclo escolar, especificando el origen y la fuente de éstos, su naturaleza, monto y el destino que se les haya dado. Los mismos datos deberán rendir los comités que hayan administrado recursos Qué son los comités? Los comités son grupos de trabajo para la atención y seguimiento de programas o temas específicos, con el fin de mejorar los servicios y condiciones de la escuela. Los comités se integran por iniciativa del Consejo Escolar y, al igual que éste, la mitad de cada comité más un integrante, deben ser madres, padres de familia o tutores. Puede un miembro de la comunidad educativa formar parte de un Comité si no es integrante del Consejo Escolar? Para la integración de los comités, el Consejo Escolar podrá invitar a miembros de la comunidad educativa, siempre y cuando la mitad más uno de los miembros del comité sean madres y padres de familia, o tutores. Cuáles son los temas de los Comités? Los temas que se proponen para integrar comités son los siguientes: I. Fomento de actividades relacionadas con la lectura y aprovechamiento de la infraestructura con que para ello se cuente; II. Mejoramiento de la infraestructura educativa; III. De protección civil y de seguridad en las escuelas; IV. De impulso a la activación física; V. De actividades recreativas, artísticas o culturales; VI. De desaliento de las prácticas que generen violencia; 8
11 VII. De establecimientos de consumo escolar; VIII. De cuidado al medioambiente y limpieza del entorno escolar; IX. De alimentación saludable; X. De integración educativa; XI. De nuevas tecnologías, y XII. De otras materias que el Consejo Escolar juzgue pertinentes. Sólo pueden crearse los Comités que están señalados en los Lineamientos? Además de los señalados en los Lineamientos, cada Consejo Escolar puede establecer los Comités que considere convenientes, de acuerdo con las características y necesidades de la escuela. Cuál puede ser el origen de los recursos económicos que administre el consejo? Pueden provenir de diferentes fuentes, entre las que se encuentran: los programas federales, estatales o municipales, que haya seleccionado la escuela para participar; los procedentes de las asociaciones de padres de familia o aportaciones de las organizaciones de la sociedad civil, empresas o particulares que desean apoyar el proyecto de participación social de la escuela. Los Consejos podrán obtener otro tipo de recursos diversos a los señalados, a partir de la realización de diferentes actividades para llevar a cabo las acciones previstas en su proyecto de participación social, los que deberán ser administrados a través de la citada cuenta bancaria. OTROS NIVELES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Qué otras instancias de participación social en la educación existen? El Consejo Nacional de Participación Social en la Educación Los Consejos Estatales de Participación Social en la Educación Los Consejos Municipales de Participación Social en la Educación Cómo se registrarán los Consejos Municipales de Participación Social en la Educación? El Registro Público de Consejos de Participación Social (REPUCE) contará con un módulo para registrar los Consejos Municipales, en el que se pondrá a disposición de los usuarios el formato del acta y el mecanismo para el registro electrónico de la misma. Por el momento, los Enlaces de Participación Social podrán enviar a la Secretaría Técnica del CONAPASE las actas escaneadas en formato PDF, a través de los siguientes medios: a) Por vía electrónica al correo angel.castillo@sep.gob.mx, o 9
12 b) En disco compacto vía postal, al domicilio de la Secretaría Técnica del CONAPASE: Brasil N 31, oficina 202, Col. Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, México, D. F., CP Es importante que los archivos electrónicos cumplan con las siguientes especificaciones: Documento en formato PDF Color blanco y negro (No color ni escala de grises) Tamaño máximo del documento 700KB Calidad de la imagen: Superior (esta opción aparece al momento de escanear el archivo) Resolución: 300ppp (esta opción aparece al momento de escanear el archivo) El nombre deberá estar establecido de acuerdo a la siguiente relación En dónde y cómo opera un Consejo Municipal de Participación Social en la Educación? En cada municipio operará un Consejo Municipal de Participación Social en la Educación, integrado por las autoridades municipales, padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros distinguidos y directivos de escuelas, representantes de la organización sindical de los maestros, así como representantes de organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto social sea la educación; así como demás interesados en el mejoramiento de la educación. Las acciones y actividades de gestión de los Consejos Municipales ante el ayuntamiento y la autoridad educativa estatal y federal se verán reflejadas, de manera permanente y pública, en los reportes de movimiento municipal del Registro Público de Consejos de Participación Social (REPUCE), bajo el siguiente orden: Reporte de existencia del Consejo Municipal de Participación Social en la Educación. Reporte de Consejos Escolares en las escuelas públicas de educación básica, por municipio. Reporte de gestión municipal y/o apoyo con los programas municipales en cada escuela pública de educación básica, por parte del Consejo Municipal de Participación Social en la Educación. Reporte de los Consejos Municipales de Participación Social en la Educación. Qué normatividad regula la integración, el funcionamiento y actividades del Consejo Municipal y el Estatal? La Ley General de Educación y los Lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación. 10
13 Qué tipo de actividades transversales llevan a cabo los Consejos Escolares con mayor frecuencia? Los Consejos Escolares de Participación Social en la Educación, tienen una vinculación institucional con los programas estratégicos de la SEP a través de las reglas de operación, con instituciones que tienen acciones relacionadas con las escuelas de educación básica, como son: el DIF Nacional, el Estatal y el Municipal; la Secretaría de la Función Pública, y el Instituto Nacional Para el Federalismo y el Desarrollo Municipal. De igual forma, realizan trabajo colaborativo con organizaciones de la sociedad civil, que tienen como propósito coadyuvar con las escuelas de educación básica. Cuáles son las instancias o autoridades de vinculación institucional de los Consejos Escolares de Participación Social en la Educación, desde las escuelas de educación básica hasta la instancia regional, sectorial, municipal, estatal y federal? Los enlaces en las entidades Los supervisores de zona Los asesores técnico pedagógicos Los inspectores regionales Los coordinadores regionales Los presidentes de los consejos estatales y municipales Los presidentes y secretarios de los consejos escolares REGISTRO PÚBLICO DE CONSEJOS ESCOLARES (REPUCE) Por qué es importante que los Consejos Escolares de Participación Social inscriban sus actividades en el REPUCE? Porque a través del registro de actividades los Consejos Escolares hacen visible su trabajo en favor del funcionamiento escolar y se fortalecen las posibilidades de que las actividades que realizan tengan continuidad y se vean reflejadas en el logro escolar de los estudiantes. Asimismo, el conocer el esfuerzo de los Consejos Escolares puede estimular el trabajo colaborativo de quienes se mantienen al margen de la vida escolar, y porque la contribución con la escuela es una forma de enseñar con el ejemplo. 11
14 Qué es el Registro Público de Consejos Escolares? Es una plataforma tecnológica que permite inscribir toda la información relacionada con los Consejos de Participación Social en la Educación, por sus siglas se le conoce como REPUCE. En este Registro es posible consultar la instalación de los consejos (Estatales, Municipales y Escolares). El REPUCE cuenta con información de consulta para el público en general así como con un apartado específico para el registro de asambleas y sesiones. La información de los Consejos Escolares será pública? Sí, esta información es pública y estará disponible en el Registro Público de los Consejos Escolares. De manera inmediata y tangible, el registro de las acciones de los Consejos Escolares en el REPUCE permite conocer su operatividad y es una medida de transparencia y rendición de cuentas ante las autoridades educativas y, principalmente, ante la sociedad. Quién inscribe la información del Consejo Escolar en el Registro Público de los Consejos Escolares? El Presidente y/o Secretario Técnico del Consejo Escolar es el responsable de inscribir la información que se genere y puede ser auxiliado por alguna persona capacitada para ello. Qué se debe hacer para registrar un Consejo Escolar? Ingresar a la página registrar en la casilla de Usuario la clave CCT de la escuela, y en la casilla de Contraseña anotar el código que le fue enviado al plantel. Qué se puede hacer si se olvidó o extravió la contraseña? La Unidad de Coordinación Ejecutiva de la Secretaría de Educación Pública a través de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, cuenta con instancias de apoyo a los usuarios del REPUCE: TelSEP dependiente de la Unidad de Coordinación Ejecutiva llevará a cabo orientación y canalización de las llamadas relacionadas con el REPUCE vía telefónica: y y correo electrónico telsep@sep.gob.mx 12
15 DGTIC a través de la Mesa de Servicios brindará apoyo y orientación de carácter tecnológico a los usuarios del REPUCE vía telefónica: ext o a través del correo electrónico: sacv@sep.gob.mx Secretaría Técnica del CONAPASE apoyo a los usuarios sobre normatividad, el uso y acceso al REPUCE ext o a través del correo electrónico: consultasrepuce@sep.gob.mx Áreas estatales de Participación Social, el directorio se encuentra disponible en la página del REPUCE Si recientemente se integró un Consejo Escolar, cómo se puede conocer su periodo de vigencia? Después de ingresar el usuario y la contraseña, en el menú se encuentra la opción sesiones y asambleas ; posteriormente se debe ingresar a la información de la Primera Asamblea y al dar clic en el ícono de la impresora, aparecerá el Acta del Consejo la cual contiene el periodo de vigencia. Cuánto tiempo se tiene para registrar la información de las sesiones y asambleas del Consejo Escolar? Para registrar la información en el REPUCE se tiene un mes a partir de la fecha de realización de la asamblea o sesión. Existen materiales de apoyo para el registro de las sesiones o asambleas? El REPUCE cuenta con dos materiales de apoyo: Instructivos para registro Tutoriales (videos) Cómo se pueden obtener las actas de sesiones y asambleas realizadas por un Consejo Escolar? En la página del REPUCE después de colocar su usuario y contraseña, aparece una pantalla con botones del lado izquierdo, debe dar clic en el que dice sesiones y asambleas, y aparecerán aquellas que el consejo registró, dar clic en el ícono de impresora de la sesión o asamblea deseada y después en la opción imprimir. 13
16 Si el Director de la escuela ya no es el mismo, cómo puedo cambiar el nombre? Después de colocar el usuario y la contraseña dar clic en el que dice sesiones y asambleas, aparece en la pantalla dos flechas en verde y dorado, dar clic y modificar los datos del director. En general, para realizar cambios la lógica es similar: siempre se ingresa mediante el usuario y contraseña, y luego se identifica el campo donde se requiere hacer la modificación. Qué se debe hacer si la escuela es de nueva creación y no cuenta con contraseña? Existen dos opciones: Solicitar en el área de participación social de su entidad la contraseña. En caso de que aún no se encuentre registrado el CCT, será necesario esperar la actualización del REPUCE, misma que se realiza dos veces durante el ciclo escolar. Existe información estadística sobre los Consejos Escolares? Sí. Para conocer esta información se puede ingresar a la página y dar clic en el ícono Consejos Escolares y posteriormente en Gráficas de avance. Si por equivocación se dio de baja el Consejo Escolar se le puede registrar nuevamente? Desde luego, el registro se puede iniciar desde la Primera Asamblea. Es posible realizar el registro de sesiones y asambleas aunque no sea en la fecha señalada? Los Lineamientos Generales para la Operación de los Consejos Escolares de Participación Social especifican un calendario, sin embargo, se puede realizar su registro en otra fecha, pero no es lo deseable. A dónde pueden acudir los miembros del Consejo Escolar para contar con mayor información sobre los comités? Existe un documento de información y orientación en la página de Consejos Escolares: Cómo se obtiene el Informe de Transparencia? Al registrar la segunda asamblea del Consejo escolar se obtiene el acta de Informe de Transparencia. Es importante haber registrado la información necesaria de las reuniones anteriores para que el informe sea el correcto. 14
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