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1 Dependencia: Unidad Administrativa: Expediente: Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla Subsecretaría de Ingresos Normativos y Análisis Sistémico Fiscal G.R.M /13 Nombre: C. Representante Legal de Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida 7 Poniente No Col. Centro, C.P , Puebla, Puebla Documentos a Notificar: Oficio Número de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión y constancias de hechos 1, 2 y 3, de fechas 05 de diciembre de 2017, 05 de enero de 2018 y 01 de febrero de ACUERDO DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS En la ciudad de Puebla, Puebla, siendo las 12:10 horas del día 06 de febrero de 2018, el suscrito C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Coordinación General de Estudios Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, considerando que a la fecha no ha sido posible efectuar la notificación personal del oficio número de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión, considerando que a la fecha no ha sido posible localizar a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., toda vez que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se ha ubicado en la hipótesis contemplada en el artículo 134 primer párrafo, fracción III del Código Fiscal de la Federación, en virtud de que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se encuentra desaparecida del último. domicilio fiscal manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes, tal y como se hizo constar en la constancia de hechos número 1 de fecha 05 de diciembre de 2017, levantada por la C. María Esther Zavala Fierro, en su calidad de Visitador-Notificador, adscrita a la Dirección de Fiscalización dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, y constancias de hechos 2 y 3 de fechas 05 de enero de 2018 y 01 de febrero de 2018, respectivamente, levantadas por la C. María Esther Zavala Fierro en su calidad de Visitador-Notificador-Verificador, adscrita a la Dirección de Fiscalización dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado En constancia de hechos 1 de fecha 05 de diciembre de 2017, levantada por la C. María Esther Zavala Fierro, se hizo constar lo siguiente: " Siendo las 16:30 horas del día 05 de diciembre de 2017, me constituí legalmente en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., ubicado en Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, C.P , Puebla, Puebla, en compañía de las CC. Deníz Valenzuela Murguia y María Teresa Barbosa Sánchez, personas que fungen como testigos de asistencia en la presente constancia de hechos, de las cuales se mencionará su designación más adelante. con el objeto de hacer entrega del oficio Número de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el Dirección de Fiscalización / Planta Alta/ 20 Sur No Col. Azcárate C.P Puebl Teléfono de las oficinas 01(222) con número de extensión 7037 sfa. bfn

2 Dependencia: Unidad Administrativa: Expediente: Hoja 2 Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla Subsecretaría de Ingresos Normativos y Análisis Sistémico Fiscal G.R.M /13 cual se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión, girado y firmado en forma autógrafa por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla; y cerciorándome de que el domicilio fiscal en el que se realiza la diligencia corresponde al último domicilio manifestado por la contribuyente revisada ante el Registro Federal de Contribuyentes, y porque coincide con el citado en el oficio Número SFA-SI- CGENASF-DF /2017 antes mencionado y toda vez que dicho domicilio ostenta los siguientes datos externos: inmueble antiguo tipo casona de dos plantas, marcado en el exterior con el número 108 impreso en una placa metálica en estos momentos de color azul con números en color blanco, el cual se ubica sobre la Avenida 7 Poniente, ya que así lo indica una placa en la esquina de dicha avenida, se encuentra entre la avenida 16 de septiembre y la calle 3 sur, de la Colonia Centro de esta Ciudad, y cuenta en estos momentos con las siguientes características: fachada de color verde claro, en la planta alta tiene 4 balcones de herrería en color negro, con puertas de herrería también de color negro, en la planta baja se encuentra un zaguán antiguo de madera de color café por el cual se accesa al interior y que se encuentra abierto, está enmarcado con piedra de color gris y en la parte superior del marco tiene un letrero con la leyenda "TIENE PROBLEMAS CON SU DENTADURA POSTIZA" en letras de color blanco, en la parte superior izquierda del zaguán de madera hay un letrero de color blanco con letras negras en la que se puede leer "SE RENTAN CUARTOS AMUEBLADOS. INF DPTO. 17"; asimismo cuenta en el exterior con dos locales comerciales ubicados a los costados del zaguán, el de lado izquierdo corresponde a un café y galería denominada "Driss Café y Galería" y el de lado derecho corresponde a un negocio de artesanías denominado "Colibri", ya que así lo indican los letreros que se encuentran en el exterior de cada local; dicho inmueble visto de frente colinda de lado derecho con un inmueble de cuatro plantas, sin número oficial a la vista, en el que se encuentra un cine de nombre comercial "Cinemex", y de lado izquierdo colinda con el inmueble marcado con el número 110 que corresponde a una casa antigua de 2 plantas con fachada en estos momentos de coldr amarillo y balcones en la planta alta, en estos momentos. de herrería negra; en frente del inmueble marcado con el número 108 se encuentra el estacionamiento del Hotel denominado "Quinta Real"; posteriormente ingresé al interior del inmueble marcado con el número 108 ya que el zaguán de madera se encontraba abierto en ese momento, observando que hay un pasadizo, el cual sobre la pared del lado izquierdo tiene 15 medidores de la Comisión Federar de Electricidad, dicho pasadizo da acceso a un patio, el cual cuenta con portales de piedra actualmente de color gris y el piso del patio es de lajas también de color gris, de lado derecho hay una escalera para subir a la planta alta; -en dicho patio hay cinco departamentos que cuentan con puertas y ventanas en estos momentos de color gris, y paredes pintadas en estos momentos de color gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, desde el palló de la planta baja se puede observar la planta alta la cual cuenta con un barandal metálico en estos momentos oxidado, detrás del barandal hay 'un corredor con puertas y ventanas que corresponden a los departamentos de esa planta; en la planta baja de lado derecho hay dos departamentos, el primero sin número interior a la vista, en la parte exterior tiene pintada la palabra "DENTAL" en letras azules, el segundo departamento está marcado con el número 4 en el que se puede apreciar que funciona como despacho y cuenta con dos puertas, de las cuales una se encuentra abierta y se observa que en el interior hay escritorios, computadoras y personal laborando, de lado izquierdo del patio hay otros dos departamentos, el primero de ellos sin número a la vista y el segundo está marcado con el número 1; al fondo del patio de lado izquierdo junto al departamento número 1 se encuentra un pasillo que da acceso a un segundo patio el cual se localiza al final del pasillo, las paredes de este segundo patio están pintadas en estos momentos de color rojo en la parte inferior y amarillo en la parte superior, y cuenta en la planta baja con dos departamentos, los cuales tienen puertas y ventanas metálicas con vidrios, al fondo de este patio se encuentra una escalera de cemento con barandal metálico para subir a la planta alta, en la que se observa que hay dos departamentos. Sobre el pasillo que se encuentra en la planta baja, antes mencionado, de lado izquierdo se localiza el interior marcado con el número 7, el cual se encuentra pintado en estos momentos en color blanco con contorno negro en un vidrio de una de las dos puertas de este departamento, el exterior de este departamento en este momento se encuentra pintado en colores gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, cuenta con dos puertas metálicas pintadas actualmente de color gris, con vidrios opacos en la parte inferior que impiden ver el interior, y vidrios transparentes en la parte superior, dichas puertas se encuentran cerradas con 2 candados cada una; así mismo sobre la pared entre ambas puertas se encuentra una placa de mármol con la leyenda "Jurídico Contable" en letras doradas y un logotipo en forma de rectángulo vertical actualmente de colores azul marino y blanco del lado izquierdo de la misma placa; no obstante encontrarse cerradas con candados procedí a tocar en repetidas ocasiones en ambas puertas del domicilio fiscal de la contribuyente revisada sin obtener respuesta; por lo que regresé al primer patio y me dirigí al departamento sin número interior a la vista, que en la parte exterior tiene pintada la palabra "DENTAL" antes mencionado, toqué la puerta, saliendo del interior una persona del sexo masculino, ante quien me identifiqué con Mi constancia de identificación contenida en el oficio número SFA-SI-CGENASF-DF-0299/2017 de fecha 30 de junio de 2017 antes mencionada, le pregunté a dicha persona si el domicilio en que me encontraba en ese momento corresponde al número 108 de la Avenida 7 Poniente, Colonia Centro de esta ciudad de Puebla, Puebla, respondiendo que si, le pregunté si tenía conocimiento de que el interior 7 corresponde al domicilio de la contribuyente Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C. V. y si él conocía a su Representante Legal, a lo que contestó que hace tiempo en el interior 7 había un despacho de contadores, que posteriormente ese despacho fue ocupado por otro contador que casi nunca está y que solo va esporádicamente, pero que él no conoce a la empresa por la que le pregunté ni a su Representante Legal, asimismo le solicité que me dijera su nombre y que me mostrara alguna identificación personal, negándose a proporcionármelos, por lo que procedo a describir sus principales características físicas: persona del sexo masculino, de aproximadamente 52 años de edad, estatura aproximada 1.65 mts., complexión robusta con vientre prominente, cara ovalada, tez apiñonada, cabello lacio de color negro, con entradas en ambos costados de la frente, ojos medianos de color negro, nariz mediana, boca grande y bigote delgado de color negro..." Dirección de Fiscalización / Planta Alta/ 20 Sur No Col. Azcárate C.P Puebla / Te ono de las oficinas 01 (222) con número de extensión 7037/ sfa.puebla

3 Dependencia: Unidad Administrativa: Expediente: Hoja 3 Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla Subsecretaría de Ingresos Normativos y Análisis Sistémico Fiscal G.R.M /13 Lo anterior se robustece con el levantamiento de las constancias de hechos 2 y 3 de fechas 05 de enero de 2018 y 01 de febrero de 2018, respectivamente, levantadas por la C. María Esther Zavala Fierro en su calidad de Visitador-Notificador-Verificador, adscrita a la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Por lo antes expuesto con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal; así como en las Cláusulas SEGUNDA, párrafo primero, fracciones I, II, y V; TERCERA, CUARTA párrafos primero, segundo y cuarto; OCTAVA, párrafo primero, fracción I, inciso d); del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, con fecha 19 de febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 8 de abril de 2009, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla del 20 de abril de 2009; en relación con el párrafo primero de la Cláusula cuarta transitoria del Convenio de Colaboración Administrativa en' Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y el Gobierno del Estado de Puebla, con fecha 29 de junio de 2015, publicado en el Diario Oficial de la-federación del 17 de agosto de 2015, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla del 6 de agosto.de 2015; y en los artículos.14 primer párrafo, 17 fracción II, 27 y 35 fracdiones VIII, XXIX y XCI de la Ley. Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, vigente; artículo 13, fracción III inciso b) y antepenúltimo párrafo del Código Fiscal del Estado de Puebla; artículos 4 primer párrafo fracción IV, inciso c) numeral 3, 5 cuarto párrafo, y 32, primer párrafo fracción XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, del Gobierno del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 01 de febrero de 2017; así como en los artículos 134 primer párrafo, fracción III y 139 del Código Fiscal de la Federación, emite el siguiente: ACUERDO Primero.- Notifíquense por estrados el oficio número de fecha 04 de diciembre de 2017, emitido por el suscrito C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, mediante el cual se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión, y las constancias de hechos 1, 2 y 3 de fechas 05 de diciembre de 2017, 05 de enero de 2018 y 01 de febrero de 2018, respectivamente. Segundo.- En términos del artículo 139 del Código Fiscal de la Federación, fíjense por quince días hábiles consecutivos los documentos antes referidos en los estrados de esta Dirección de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Dirección de Fiscalización / Planta Alta/ 20 Sur No Col. Azcárate C.P Puebla / Yélgfono de las oficinas 01(222) con número de extensión 7037/

4 Dependencia: Unidad Administrativa: Expediente: Hoja 4 Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla Subsecretaría de Ingresos Normativos y Análisis Sistémico Fiscal G.R.M /13 Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, plazo que transcurrirá a partir del día hábil siguiente a aquél en que los documentos fueron fijados; y retírense el decimosexto día hábil siguiente, y publíquense en la página electrónica de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla: por un periodo igual y retírense de la misma al decimosexto día hábil siguiente. Tercero.- CÚMPLASE. Atentamente. "Sufragio Efectivo, No Reelección" El Director de Fi o Romero Rued /rdn/b Há57 Dirección de Fiscalización / Planta Alta/ 20 Sur No Col. Azcárate C.P Puebla / Teléfono de las oficinas 01 (222) con número de extensión 7037/ sfa.puebla.gob.mx

5 HORA: Dependencia: Secretaría de Finanzas y -- MEM A' "' O3= 1. lie Puebla. Subsecretaría de Ingresos o I C DEIrbtdiADO pfa-si-cgenasf-df /2017 G.R.M /13 Asunto: Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión. "2017, Centenario de la Promulgación de la constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla" Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 04 de diciembre de 2017 C. Representante Legal de: Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V. Avenida 7 Poniente No Col. Centro C.P Puebla, Puebla Esta Dirección de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaria de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, con fundamento en los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal; así como en las Cláusulas SEGUNDA, párrafo primero fracciones I, II y V; TERCERA; CUARTA, párrafos primero, segundo. y cuarto; OCTAVA, párrafo primero, fracción I, incisos b) y d); NOVENA, párrafo primero, y DÉCIMA, párrafo primero, fracción III, del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, con fecha 19 de febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2009, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el 20 de abril de 2009; en relación con el párrafo primero de la cláusula cuarta transitoria del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, con fecha 29 de junio de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2015, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el 6 de agosto de 2015; y en los artículos 14, primer párrafo, 17, fracción II, 27 y 35, fracciones VIII, XXIX y XCI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, vigente; artículo 13 fracción III inciso b) y antepenúltimo párrafo del Código Fiscal del Estado de Puebla; artículos 4 fracción IV numeral 3 inciso c), 5 cuarto párrafo, 6 primer párrafo, y 32 primer párrafo fracciones XIII, XV y XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, vigente; y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 46-A, primer párrafo y 48, primer párrafo, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, le comunica lo siguiente: 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx

6 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 Se le dan a conocer los hechos y omisiones conocidos en relación a la revisión de la que fue objeto al solicitarle información y documentación mediante el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, que contiene la orden de revisión número G.R.M /13, girado y firmado autógrafamente por el C.P. Vladimir Ramírez Peralta, entonces Director de Fiscalización, de la entonces Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla, mismo oficio que no fue posible notificarle personalmente, en virtud de que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., no fue localizable en el domicilio fiscal manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes, ubicado en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, domicilio fiscal manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes por dicha contribuyente, tal y como se hizo constar en Actas circunstanciadas de hechos de fechas 08, 13 y 19 de febrero de 2013, por lo que esta Autoridad, con fundamento en los artículos 134 primer párrafo fracción III y 139 del Código Fiscal de la Federación vigente en 2013, notificó por estrados el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013 antes citado, fijándose en los estrados el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, en los estrados ubicados en un sitio abierto al público del inmueble ubicado en 20 Sur 1110 Altos, Colonia Azcarate, Puebla, Puebla, y permaneciendo fijo en los estrados por un periodo de quince días hábiles consecutivos contados a partir del día hábil siguiente después de que se fijó en estrados el oficio número SPEA 0432, siendo del 7 de marzo de 2013 al 1 de abril de 2013, quedando legalmente notificado el décimo sexto día hábil siguiente a aquél en que se fijó, siendo el día 2 de abril de 2013, hechos que constan en Constancia de Notificación por Estrados de fecha 2 de abril de 2013 firmada por el Lic. Jorge Armando Winder Gutiérrez, Jefe del Departamento Técnico de Ejecución de la Secretaría de Finanzas y de Puebla; para que proporcionara la información y documentación solicitada por el ejercicio fiscal comprendido del 1 o. de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011, habiéndole otorgado para la presentación de la documentación e información el plazo de quince días contados a partir del día siguiente a aquél en que surtió efectos la notificación del oficio, esto es a partir del día 4 de abril de 2013, en el que se le solicitó lo siguiente: 1.- Original y copia legible de su solicitud de inscripción así como todos los avisos a que esté obligado y que haya presentado ante autoridad administrativa. 2.- Libro diario y mayor, así como registros auxiliares y libros sociales o los que esté obligado a llevar conforme a su régimen fiscal, por el ejercicio solicitado. 3.- Original y copia legible de la declaración anual normal y en su caso complementaria, por el ejercicio mencionado. 4.- Original y copia legible de los Pagos Provisionales y mensuales de los impuestos antes mencionados, así como papeles de trabajo que sirvieron de base para su elaboración, del ejercicio citado. 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

7 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M / Original y copia legible de la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, que sirvió de base para la determinación del coeficiente de utilidad, para el cálculo de pagos provisionales del ejercicio citado en este oficio. 6.- Original de todos los comprobantes que expida que amparen sus ingresos y valor de los actos o actividades por el ejercicio solicitado. 7.- Documentación comprobatoria en original de gastos (entre ellos, nóminas, comprobantes de aportación al INFONAVIT, SAR) y/o cualquier otro documento que soporte las deducciones autorizadas por el ejercicio solicitado en este oficio. 8.- Original y copia de las declaraciones informativas de operaciones con terceros, correspondientes al ejercicio solicitado 9.- En Materia de Impuesto Empresarial a Tasa Única para el ejercicio solicitado, deberá proporcionar en su caso papeles de trabajo del acreditamiento por sueldos y salarios gravados y por aportaciones de seguridad social, así como del crédito fiscal por inversiones, crédito fiscal de inventarios, crédito fiscal de deducción inmediata y del crédito fiscal por enajenación a plazos Original de los estados de cuenta bancarios y la documentación que ampare los cargos y abonos de los mismos, fichas de depósito y talonarios de cheques, también mencione los conceptos por los que deposita en dichas cuentas por el ejercicio citado Original y copia legible de las facturas que amparen todas sus inversiones por las cuales está deduciendo en este ejercicio Papeles de trabajo que refleje la determinación del Ajuste Anual por Inflación, por el ejercicio citado Original y copia legible de la declaración informativa múltiple, con sus respectivos anexos según esté obligado, por el ejercicio solicitado Original del inventario inicial y final en unidades de mercancías y precios y mencione el método de valuación aplicado por el ejercicio indicado Papel de trabajo en el cual determina la deducción de inversiones, del ejercicio mencionado Papel de trabajo que sirvió de base para la actualización de pérdidas fiscales así como original y copia legible de las declaraciones que dieron origen a las mismas Original y copia legible del acta constitutiva así como de las actas de asamblea que requieran ser protocolizadas ante notario La Totalidad de los Contratos Celebrados en el ejercicio mencionado. 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P ) e; (222) o sfa.puebla.gobsnx

8 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 4 Esta información y documentación se consideró necesaria para el ejercicio de las facultades de comprobación fiscal, que las disposiciones legales anteriormente invocadas le otorgan a esta Autoridad a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones fiscales a que está afecta como sujeto directo, en materia de las siguientes contribuciones federales: Impuesto al Valor Agregado, Impuesto Sobre la Renta e Impuesto Empresarial a Tasa Única. Cabe hacer mención que en dicho oficio se hizo del conocimiento de la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., que debería presentar la información antes detallada en forma completa, correcta y oportuna, mediante escrito original y dos copias, firmado por su representante legal, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente a aquel en que surtiera efectos la notificación del oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, de conformidad con lo previsto en el artículo 53 inciso c), del Código Fiscal de la Federación. Ahora bien, transcurrido el plazo de 15 días otorgados mediante el oficio.número. SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, mismo que quedó legalmente nostificado el día 2 de abril de 2013, plazo concedido de conformidad con lo establecido en el artículo 53, inciso c) del Código Fiscal de la Federación vigente en 2013, la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., no proporcionó la información y documentación solicitada en el mismo. En virtud de que en el plazo mencionado en el párrafo que antecede la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., no atendió a la solicitud de información y documentación realizada ni dentro ni fuera del plazo establecido, infringiendo con este hecho lo establecido en el artículo 85 primer párrafo, fracción I del Código Fiscal de la Federación vigente en 2013, por lo que esta autoridad en ejercicio de sus facultades de comprobación mediante oficio número 1705 de fecha 26 de abril de 2013, girado y firmado autógrafamente por el C.P. Vladimir Ramírez Peralta entonces Director de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas y de Puebla a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., emitió la multa establecida en el Código Fiscal de la Federación vigente en la fecha de la infracción cometida, por no haber proporcionado en el plazo de quince días otorgados la información y documentación solicitada mediante el oficio número SPEA 0432 del 28 de enero de 2013, y al constituirse los Notificadores-Ejecutores en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., ubicado en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, para notificar el oficio número 1705 antes citado, no fue localizable la contribuyente, hechos que constan en actas circunstanciadas de asunto no diligenciado de fechas 13 y 20 de mayo de 2013, yen Acuerdo para notificar por estrados de fecha 21 de mayo de 2013, Acuerdo que fue firmado por el Lic. Roberto Carlos Rojas Kauffman Jefe del Departamento Técnico de Ejecución de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, en razón de lo anterior, se procedió a notificar por estrados el oficio antes señalado, fijándose en los estrados de esta Dirección de Fiscalización, en un sitio abierto al público del inmueble ubicado en 20 Sur Sur No. 1110, Col. Azcára. to,.g.41-, uebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

9 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaria de Ingresos. Exp. G.R.M /13 Altos, Colonia Azcarate, Puebla, Puebla, y permaneciendo fijo en los estrados del día 22 de mayo de 2013 al 11 de junio de 2013, teniéndose como legalmente notificado el día 12 de junio de 2013, según cédula de notificación por estrados de fecha 21 de mayo de 2013 y constancia de notificación por estrados de fecha 12 de junio de 2013; lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 134 fracción III y 139 del Código Fiscal de la Federación. Con motivo de que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se encuentra como no localizable en el domicilio fiscal manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes ubicado en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, esta autoridad con el objeto de localizar a dicha contribuyente giró los siguientes oficios a diversas dependencias, las cuales dieron como respuesta lo siguiente: No. de Oficio de solicitud No. Oficio de Fecha Dependencia Respuesta Contestación SFA-SI-DF-SRF "B" 3164/ /04/2013 TELEFONOS DE MEXICO, S.A.B. DE C.V. SIN RESPUESTA SFA-SI-DF-SRF "8" 3464/ /04/2013 SUBGERENCIA COMERCIAL DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD SFA-SI-DF-3323/ /10/2014 COORDINACION GENERAL DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD 9-CCV-1530/2013. DE FECHA 27 DE MAYO DE 2013 SFA-SI-CGRPP /2014. DE FECHA 17/10/2014 SIN LOCALIZARLO NO FUE ENCONTRADA INSCRIPCION REGISTRAL INMOBILIARIA A NOMBRE DE LA SOCIEDAD MENCIONADA SFA-SI-DF-2510/ /07/ , DE FECHA 18/09/2015 NO LOCALIZADO, CORRESPONDE A OTRA ALR SFA/SI/DF/1123/ /07/2015 DIRECCION DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA SFA-SI-DF-0471/ /02/2016 ADMINISTRACION DESCONCENTRADA DE RECAUDACION "1" SFA-SI-DF-0338/ /02/2016 DIRECCION DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA SFA-SI-DI-1759/2015, DE FECHA 03/08/ , DE FECHA 04/03/2016 SFA-SI-DI-376/2016, DE FECHA 10/02/2016 NO LOCALIZADO NO LOCALIZADO NO LOCALIZADO 20 Sur No. 1110, Col. Azcárat, , Puebla, Puebla / (222) o sfa.puebla.gob.mx

10 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 38 Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, el día 29 de junio de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2015, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 06 de agosto de 2015, así como en el artículo 63, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación vigente, conociéndose que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., presentó la declaración anual normal correspondiente al ejercicio fiscal de 2011, misma que contiene entre otros datos los siguientes: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. DECLARACIÓN ANUAL RFC DESTILADORA DE MEZCALES NOMBRE FINOS, S.A. DE C.V. PERIODO DEL EJERCICIO EJERCICIO 2011 TIPO DE DECLARACIÓN NORMAL MEDIO DE RECEPCION INTERNET NUMERO DE OPERACIÓN FECHA DE PRESENTACIÓN 29/03/2012 ENTIDAD RECEPTORA INTERNET SAT CONCEPTO IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA (INGRESOS) TOTAL DE INGRESOS GRAVADOS IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA (DEDUCCIONES) IMPORTE TOTAL DE DEDUCCIONES AUTORIZADAS. O BASE GRAVABLE DETERMINACION DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA BASE GRAVABLE IMPUESTO CAUSADO IMPUESTO A CARGO (1ra Diferencia) ISR PROPIO DEL EJERCICIO IMPUESTO A CARGO (2da Diferencia) DIFERENCIA A CARGO IMPUESTO A CARGO DEL EJERCICIO CONCEPTO ' O O IMPORTE O O O O O O O Resultado de la revisión: A) INGRESOS GRAVADOS EFECTIVAMENTE COBRADOS Se hace constar que la contribuyente revisada para efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Única por el ejercicio sujeto a revisión obtuvo ingresos gravados en cantidad de $2'506,759.08, por lo que al declarar la cantidad de $0.00, omitió el importe de $2'506,759.08, como a continuación se indica: 20 Sur No. 1110, Col. Anárate, C.P , P a, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

11 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 39 EJERCICIO 2011 INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS INGRESOS GRAVADOS DECLARADOS $2'506, $0.00 DIFERENCIA $2'506, Los ingresos gravados de $2'506, se integran de la siguiente manera: CONCEPTO A.1.- Ingresos determinados presuntivamente INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE, POR LA PRÁCTICA DE UNA VISITA DOMICILIARIA CON RELACIÓN A OPERACIONES EN SU CARÁCTER DE TERCERO EMITIDA A LA EMPRESA DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE, POR LA PRÁCTICA DE UNA VISITA DOMICILIARIA CON RELACIÓN A OPERACIONES EN SU CARÁCTER DE TERCERO EMITIDA A LA EMPRESA T J COMERCIAL, S.A.. - SUMA INGRESOS DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE - A.2.- Ingresos determinados en forma presunta INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS POR DEPÓSITOS BANCARIOS QUE NO CORRESPONDEN A REGISTROS DE SU CONTABILIDAD SUMA INGRESOS DETERMINADOS EN FORMA PRESUNTA TOTAL DE INGRESOS GRAVADOS POR EL EJERCICIO 2011 IMPORTE $394, , '037, ' ' $2'506, s, A.1- Ingresos gravados determinados presuntivamente Ingresos gravados determinados presuntivamente por aportación de datos por terceros De las visitas domiciliarias de aportación de datos por terceros efectuadas a las contribuyentes DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., y T J COMERCIAL, S.A., se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., realizó operaciones con las citadas contribuyentes en cantidad de $1'037,069.75, y que corresponde al cobro de facturas expedidas por la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., a favor de las mencionadas contribuyentes, las cuales fueron conocidas del análisis realizado a la información y documentación obtenida de las visitas domiciliarias de aportación de datos por terceros; procedimiento que utiliza la autoridad fiscal para verificar y cerciorarse del correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y que se encuentra establecida en el articulo 42 primer párrafo fracción III del Código Fiscal de la Federación, y cuya integración mensual es como a continuación se indica: 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

12 Dependencia: Unidad Administrativa: Exp. 40 Secretaría de Finanzas y Subsecretaría de Ingresos. G.R.M /13 MES INGRESOS POR APORTACIÓN DE DATOS POR TERCEROS MENSUALES DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V. T J COMERCIAL, S.A. TOTAL ENERO $0.00 $117, $117, FEBRERO MARZO , , ABRIL MAYO , , JUNIO , , JULIO AGOSTO , , SEPTIEMBRE , , OCTUBRE 8, , NOVIEMBRE 17, , , DICIEMBRE 368, , , SUMA $394, $642, $1,037, Las operaciones se detallan a continuación: Ingresos gravados determinados presuntivamente por la práctica de una visita domiciliaria con relación a operaciones en su carácter de tercero emitida a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V. De la visita domiciliaria realizada a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., relativa al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 en relación a operaciones que en su carácter de tercero llevó a cabo con la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., le emitió facturas por la realización de operaciones por concepto de venta de "Mobiliario y Equipo" y "Mezcal" a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., en cantidad de $394,767.41, corroborándose su cobro con los depósitos realizados en la cuenta número de la institución de crédito BBVA Bancomer, S.A. y que corresponden al cobro de facturas, integrándose mensualmente de la siguiente manera: EJERCICIO 2011 INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE POR LA PRÁCTICA DE UNA VISITA DOMICILIARIA CON RELACIÓN A OPERACIONES EN SU CARÁCTER DE TERCERO EMITIDA A LA EMPRESA DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V. ENERO $ 0.00 FEBRERO 0.Q0 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / ( "7 o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

13 Dependencia: Unidad Administrativa: Exp. 41 Secretaría de Finanzas y Subsecretaría de Ingresos. G.R.M /13 MARZO 0.00 ABRIL 0.00 MAYO 0.00 JUNIO 00.0 JULIO 00.0 AGOSTO 00.0 SEPTIEMBRE 00.0 OCTUBRE 8, NOVIEMBRE 17, DICIEMBRE 368, SUMA $ 394, Para la determinación de los ingresos gravados en cantidad de $394,767.41, se procedió a dividir el Importe Cobrado de cada factura entre 1.16, y que se encuentran depositados en la cuenta número de la institución de crédito BBVA Bancomer, S.A., en cantidad de $457, lo anterior a efecto de disminuirle el Impuesto al Valor Agregado a la tasa del 16% toda vez que se encuentra incluido en el importe cobrado; lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 2o., primer párrafo, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en el ejercicio El análisis de las facturas cobradas expedidas por la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO S.A. DE C.V., se muestra a continuación: Número de Factura Fecha de la Factura Sub-total IVA Total Importe Cobrado Entre 1.16% igual a: Ingresos Gravados Fecha de Pago Forma de Pago Instituci ón Bancaria /01/ , , , , , /10/2011 cheque HSBC 20, , /11/2011 Transferencia HSBC /01/ , , , , , /12/2011 cheque BANBAJIO /01/ , , , , , /12/2011 cheque BANBAJIO /01/ , , , , , /12/2011 cheque HSBC SUMAS 468, , , , , Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

14 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 42 Ingresos gravados determinados presuntivamente por la práctica de una visita domiciliaria con relación a operaciones en su carácter de tercero emitida a la empresa T J COMERCIAL, S.A. De la visita domiciliaria realizada a la empresa T J COMERCIAL, S.A., relativa al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 en relación a operaciones que en su carácter de tercero llevó a cabo con la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A DE C.V. le emitió facturas por la realización de operaciones por concepto de de venta de "Mezcal", a la empresa T J COMERCIAL, S.A. en cantidad de $642,302.34, corroborándose su cobro con los depósitos realizados en la cuenta número de la institución de crédito BBVA Bancomer, S.A. y que corresponden al cobro de facturas, integrándose en forma mensual de la siguiente manera: EJERCICIO 2011 MES INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE POR LA PRÁCTICA DE UNA VISITA DOMICILIARIA CON RELACIÓN A OPERACIONES EN SU CARÁCTER DE TERCERO EMITIDA A LA EMPRESA T J COMERCIAL, S.A. ENERO $ 117, FEBRERO 0.00 MARZO 205, ABRIL 0.00 MAYO 86, JUNIO 18, JULIO 0.00 AGOSTO 30, SEPTIEMBRE 34, OCTUBRE 0.00 NOVIEMBRE 26, DICIEMBRE 122, SUMA $ 642, Para la determinación de los ingresos gravados en cantidad de $642,302.34, se realizó lo siguiente: al importe total de los depósitos identificados por cobro de facturas y que se encuentran depositados en la cuenta número de la institución de crédito BBVA Bancomer, S.A. en cantidad de $1,139, se le disminuyó el impuesto especial sobre producción y servicios en cantidad de $340,420.22, así como el impuesto al valor agregado, toda vez que no forman parte de los ingresos gravados, obteniendo como resultado la cantidad de $642,302.34; lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 2o., primer párrafo, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en el ejercicio Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) sta.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

15 Dependencia: Secretaria de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. DirecbiÓn de Fiscalización. Exp. G.R.M /13 43 El análisis de las facturas cobradas expedidas por la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., a la empresa T J COMERCIAL, S.A. se muestra a continuación: Número de Factura Fecha de la Factura Concepto de la Operación Sub-total IVA I.E.P.S. TOTAL /09/2010 Mezcal 117, , , , Sumas 117, , , , /11/2010 Mezcal 36, , , , /12/2010 Mezcal 28, , , , /01/2011 Mezcal 130, , , , / Mezcal 39, , , , Sumas 235, , , , /02/2011 Mezcal.32, , , , /02/2011 Mezcal 19, , , , /04/2011 Mezcal 19, , , , /04/2011 Mezcal 19, , , , Sumas 91, , , , /06/2011 Mezcal 19, , , , Sumas 19, , , , /06/2011 Mezcal 32, , , , Sumas 32, , , , /06/2011 Mezcal 6, , , , /08/2011 Mezcal 22, , , , /08/2011 Mezcal 6, , , , /08/2011 Mezcal 1, , , /08/2011 Mezcal 3, , , Sumas 41, , , , /08/2011 Mezcal 32, , , , Sumas 32, , , , /09/2011 Mezcal 48, , , , /10/2011 Mezcal 13, , , /10/2011 Mezcal , , , /11/2011 Mezcal 17, , , , Sumas 128, , , , Suma Total 698, , , ,239, «* 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) cp.21.4r7 - sniebla.gob.rruc Puebla.gob.mx

16 Dependencia: Secretaria de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaria de Ingresos. Exp. G.R.M /13 44 Continúa cuadro anterior: Sub-total Pagado IVA Pagado I.E.P.S. Pagado Importe Pagado Fecha de Pago Forma de Pago Institución Bancaria 117, , , , /01/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. Suma Enero 117, , , , , , , , /03/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 28, , , , /03/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 105, , , , /03/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 38, , , , /03/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. Suma Marzo 205, , , , , , , , /05/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 18, , , , /05/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 18, , , , /05/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 18, , , , /05/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. Suma Mayo 86, , , , , , , , /06/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. Suma Junio 18, , , , , , , , /08/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. Suma Agosto 30, , , , , , , , /09/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 16, , , , /09/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, SA. 6, , , , /09/2011 Transferencia BBVA E3ANCOMER, S.A. 1, , , /09/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. 3, , , /09/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. Suma Septiembre 34, , , , , , , , /11/2011 Transferencia BBVA BANCOMER, S.A. Suma Noviembre 26, , , , , , , , /12/2011 CH BBVA BANCOMER, S.A. 13, , , , /12/2011 CH BBVA BANCOMER, S.A. 48, , , , /12/2011 CH BBVA BANCOMER, S.A. 11, , , , /12/2011 CH BBVA BANCOMER, S.A. Suma Diciembre 122, , , , Total Pagos 642, , , ,139, Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

17 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13-15 Ingresos gravados en cantidad de $1'037,069.75, mismos que son determinados presuntivamente por esta autoridad, en virtud de que la contribuyente revisada no proporcionó los libros diario y mayor ni registros de contabilidad y demás información y documentación comprobatoria de más del 3% de los ingresos y deducciones, manifestadas en su declaración anual del Impuesto Empresarial a Tasa Única correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 antes señalada, no obstante que a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se le solicitó mediante oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013 antes señalado, por lo que la contribuyente revisada se ubicó en el supuesto de determinación presuntiva establecida en el artículo 55 primer párrafo fracción II del Código Fiscal de la Federación vigente, precepto legal que señala: "Artículo 55.- Las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes, o el remanente distribuible dé las personas que tributan conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sus ingresos y el valor de los actos, actividades o activos, por los que deban pagar contribuciones, cuando: II. No presenten los libros y registros de contabilidad, la documentación comprobatoria de más del 3% de alguno de los conceptos de las declaraciones, o no proporcionen los informes relativos al cumplimiento de las disposiciones fiscales", por lo que el procedimiento que se aplica para la determinación presuntiva de ingresos de la contribuyente sobre los que proceda el pago de contribuciones, en cantidad de $1'037,069.75, es a partir de la. información proporcionada por los terceros a solicitud de las autoridades fiscales, cuando tengan relación de negocios con el contribuyente, por lo anterior esta autoridad determina que la cantidad de $1'037, es ingreso gravado, de conformidad con el artículo 19 primer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en 2011, en relación con los Artículos 55 párrafo primero, fracción II, 56 primer párrafo fracción III, del Código Fiscal de la Federación vigente. A.2.- Ingresos gravados en forma presunta Ingresos gravados determinados por depósitos bancarios que no corresponden a registros de su contabilidad. Ahora bien, se hace constar que el importe en cantidad de $1'469, corresponde a ingresos gravados omitidos, determinados como presuntos por depósitos bancarios efectuados en la cuenta bancaria abierta a nombre de la contribuyente revisada, los cuales no están registrados contablemente ni amparados con documentación comprobatoria que soporten su origen, como quedó ampliamente detallado en Capítulo I.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA apartado A.2.- Ingresos acumulables en forma presunta, ingresos acumulables por depósitos bancarios que no corresponden a registros de su contabilidad, mismo que se da por reproducido en lo conducente como si a la letra se insertase para los efectos legales procedentes del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Ingresos gravados en cantidad de $1'469,689.33, que son determinados en forma presunta por esta autoridad, en virtud de que la contribuyente revisada no proporcionó la información y documentación que aclarara los depósitos bancarios solicitados mediante el oficio número Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o efitgülbUjob.mx Puebla.gob.mx

18 Dependencia: Secretaria de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13-16 de fecha 08 de diciembre de 2016; por lo que esta autoridad desconoce el origen y procedencia de los depósitos en la cantidad citada; asimismo no ha presentado la contabilidad ni la documentación comprobatoria de sus operaciones, no obstante que a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se le solicitó mediante oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013 antes señalado, motivo por el cual esta autoridad procede a considerar como ingresos presuntos por depósitos bancarios no registrados en contabilidad ni amparados con documentación comprobatoria que soporte su origen, la cantidad de $1'469,689.33, toda vez que al no haber presentado los libros y registros de contabilidad así como la documentación comprobatoria de sus operaciones realizadas, esta autoridad determina que los depósitos efectuados en los estados de cuenta bancarios, no corresponden a registros de su contabilidad que está obligada a llevar, de conformidad con el artículo 18, primer párrafo, fracción I, de la Ley Impuesto Empresarial a Tasa Única Vigente en 2011, por lo anterior esta Autoridad está en condiciones de aplicar la disposición presuncional establecida en el artículo 59 primer párrafo fracción III primer párrafo de dicha fracción del Código Fiscal de la Federación vigente, ingresos que se deberán gravar de conformidad con el artículo 19 primer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única Vigente en 2011, al ser depósitos bancarios que no corresponden a sus registros contables. Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, vigente en 2011: Artículo 18.- "Los contribuyentes obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: I.- Llevar la contabilidad, de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, y su Reglamento y efectuar los registros en la misma." Los ingresos gravados en cantidad de $1'469, se integran de la siguiente manera: EJERCICIO 2011 TOTAL DE DEPÓSITOS BANCARIOS INSTITUCIÓN DE CRÉDITO BBVA BANCOMER, S.A., CUENTA No MENOS: IGUAL A: DEPÓSITOS BANCARIOS IDENTIFICADOS POR PAGOS DE CLIENTES SEGÚN APORTACIÓN DE DATOS POR TERCEROS INGRESOS POR DEPÓSITOS QUE NO CORRESPONDEN A REGISTROS DE SU CONTABILIDAD. ENERO $ 238, $ 208, $ 30, FEBRERO 35, , MARZO 979, , , ABRIL 59, , MAYO 153, , JUNIO 32, , JULIO 22, , AGOSTO 245, , , Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) fa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx f,10» Iilmwoo~

19 Dependencia: Unidad Administrativa: Exp. 47 Secretaría de Finanzas y Subsecretaria de Ingresos. G.R.M /13 SEPTIEMBRE 117, , , OCTUBRE ' 86, , , NOVIEMBRE 66, , DICIEMBRE 1,029, , , SUMAS $ 3,067, $ 1,597, $ 1,469, Para la determinación de los Ingresos gravados por depósitos que no corresponden a registros de su contabilidad por importe de $1,469,689.33, se realizó lo siguiente: a los depósitos bancarios de la Cuenta No de la institución de crédito BBVA BANCOMER, S.A. en cantidad de $3'067,577.78, se les restó los depósitos identificados con pagos de clientes según aportación de datos por terceros por importe de $1,597,888.45, obteniendo el importe de $1,469,689.33, mismos que se consideran ingresos gravados por depósitos que no corresponden a registros de su contabilidad Por lo antes expuesto se determina que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. para efectos del impuesto del ejercicio sujeto a revisión, obtuvo ingresos gravados por la cantidad de $2'506,759.08, por lo que al declarar ingresos gravados en cantidad de $0.00 omitió el importe de $2'506,759.08; ingresos determinados en cantidad de $2'506, que se integra por ingresos presuntivos obtenidos de aportación de datos por terceros en cantidad de $1'037,069.75, integrado por los ingresos que obtuvo de DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., por la cantidad de $394, y T J COMERCIAL, S.A., por la cantidad de $642,302.34, mismos que se determinan de forma presuntiva en virtud de que la revisada no aportó los libros y registros de contabilidad y demás información y documentación que le fue solicitada mediante el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, como se señaló en párrafos anteriores, recurriendo en consecuencia a la información proporcionada por terceros, lo anterior de conformidad con el articulo 55 primer párrafo fracción II, 56 primer párrafo fracción III del Código Fiscal de la Federación vigente; así mismo integra el importe de los ingresos determinados por la autoridad fiscal la cantidad de $1'469, por depósitos bancarios que no corresponden a sus registros contables como ha sido precisado en párrafos anteriores, contabilidad que está obligada a llevar, los que se presumen ingresos de conformidad con el artículo 59 primer párrafo, fracción III, primer párrafo de dicha fracción, del Código Fiscal de la Federación vigente; todo lo anterior con base en los artículos 18 primer párrafo fracción I, y 19 primer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en B) DEDUCCIONES AUTORIZADAS Ejercicio Fiscal revisado: Del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 Debido a que la contribuyente revisada no proporcionó la información y documentación que ampare y compruebe las deducciones autorizadas, que permite el artículo 5 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en 2011, y que reúnan los requisitos fiscales 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla (222) aulebia.geb.mx Puebla.gob.mx

20 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaria de Ingresos. Exp. G.R.M /13 48 establecidos en el artículo 6 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en 2011, solicitada mediante el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, esta autoridad revisora no contó con la documentación para determinar deducciones autorizadas correspondientes al ejercicio revisado, ubicándose en el supuesto del artículo 55, primer párrafo fracción II, así como en el procedimiento establecido en el artículo 56 primer párrafo fracción III, así como en la causal de determinación presunta de conformidad con lo establecido en el artículo 59 fracción III del Código Fiscal de la Federación vigente. C) PAGOS PROVISIONALES A CUENTA DEL IMPUESTO ANUAL DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA Ejercicio Fiscal revisado.-del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 Se hace constar que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., para efectos de pagos provisionales a cuenta del Impuesto Empresarial a Tasa Única en su carácter de sujeto directo, a la fecha del presente oficio de observaciones no ha proporcionado las declaraciones provisionales para efectos de este Impuesto, por el ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 diciembre de 2011, así mismo se hace constar que por lo anterior, y a fin de estar en posibilidad de conocer la situación fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V.; de conformidad con el artículo 63 primer párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con la Cláusula SEXTA del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de junio de 2015, se realizó la consulta a la base de datos institucionales a los que tiene acceso esta Dirección de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaria de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, y se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., no presentó las declaraciones de pagos provisionales del ejercicio fiscal de 2011, para efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Resultado de la revisión: A) INGRESOS GRAVADOS Se hace constar que la contribuyente revisada para efectos de pagos provisionales a cuenta del Impuesto Empresarial a Tasa Única por el ejercicio sujeto a revisión, obtuvo ingresos gravados en cantidad de $2'506,759.08, como a continuación se indica: EJERCICIO INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS 2011 $2,506, Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla (222) o...1.?1. dl'e 2 4` Jebia.gob.mx Puebla.gob.mx

21 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 49 Los ingresos gravados de $2'506, se integran de la siguiente manera: EJERCICIO 2011 MES INGRESOS DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE INGRESOS GRAVADOS POR APORTACIÓN DE DATOS POR TERCEROS INGRESOS DETERMINADOS EN FORMA PRESUNTA INGRESOS GRAVADOS POR DEPÓSITOS QUE NO CORRESPONDEN A REGISTROS DE SU CONTABILIDAD INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS Enero. $ 117, $ 30, $ 147, Febrero , , Marzo 205, , , Abril , , Mayo 86, ' , Junió ' 18, , Julio ' 22, , Agosto 30, , , Septiembre 34, , , Octubre. 8, ' 76, , Noviembre 43, , Diciembre 490, , , Sumas $1,037, $1,469, $2,506, A.1.- Ingresos gravados determinados presuntivamente Ingresos gravados determinados presuntivamente por aportación de datos por terceros Del análisis efectuado a la información obtenida de 'las visitas domiciliarias de aportación de datos por terceros efectuadas a las contribuyentes DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., y T J COMERCIAL, S.A., se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., realizó operaciones con las citadas contribuyentes en cantidad de $1'037,069.75, como quedó ampliamente detallado en el Capítulo II.- IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA apartado Al.- Ingresos gravados determinados presuntivamente, ingresos gravados determinados presuntivamente por aportación de datos por terceros, mismo que se da por reproducido en lo conducente como si a la letra se insertase para los efectos legales procedentes de pagos provisionales del Impuesto Empresarial. a Tasa Única, y se integran como se indica a continuación: INGRESOS POR APORTACIÓN DE DATOS POR TERCEROS MENSUALES MES DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V. T J COMERCIAL, S.A.. TOTAL ENERO $0.00 $117, $117, FEBRERO MARZO , , ABRIL MAYO , , JUNIO , , Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

22 Dependencia: Unidad Administrativa: Exp. 50 Secretaría de Finanzas y Subsecretaría de Ingresos. G.R.M /13 JULIO AGOSTO , , SEPTIEMBRE , , OCTUBRE 8, , NOVIEMBRE 17, , , DICIEMBRE 368, , , SUMAS $394, $642, $1,037, Ingresos gravados en cantidad de $1'037,069.75, mismos que son determinados presuntivamente por esta autoridad, en virtud de que la contribuyente revisada no proporcionó los libros diario y mayor ni registros de contabilidad y demás información y documentación comprobatoria de más del 3% de los ingresos y deducciones, manifestadas en su declaración anual del Impuesto Empresarial a Tasa Única correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 antes señalada, no obstante que a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se le solicitó mediante oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013 antes señalado, por lo que la contribuyente revisada se ubicó en el supuesto de determinación presuntiva establecida en el artículo 55 primer párrafo fracción II del Código Fiscal de la Federación vigente, precepto legal que señala: "Artículo 55.- Las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes, o el remanente distribuible de las personas que tributan conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sus ingresos y el valor de los actos, actividades o activos, por los que deban pagar contribuciones, cuando: II. No presenten los libros y registros de contabilidad, la documentación comprobatoria de más del 3% de alguno de los conceptos de las declaraciones, o no proporcionen lbs informes relativos al cumplimiento de las disposiciones fiscales", por lo que el procedimiento que se aplica para la determinación presuntiva de ingresos de la contribuyente sobre los que proceda el pago de contribuciones, en cantidad de $1'037,069.75, es a partir de la información proporcionada por los terceros a solicitud de las autoridades fiscales, cuando tengan relación de negocios con el contribuyente, por lo anterior esta autoridad determina que la cantidad de $1'037, es ingreso gravado, de conformidad con el artículo 19 primer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en 2011, en relación con los Artículos 55 párrafo primero, fracción II, 56 primer párrafo fracción III del Código Fiscal de la Federación vigente. A.2.- Ingresos gravados en forma presunta Ingresos gravados determinados por depósitos bancarios que no corresponden a registros de su contabilidad. Ahora bien, se hace constar que el importe en cantidad de $1'469, corresponde a ingresos gravados omitidos, determinados como presuntos por depósitos bancarios efectuados en la cuenta bancaria abierta a nombre de la contribuyente revisada, los cuales no están registrados contablemente ni amparados con documentación comprobatoria que soporten su origen, como quedó ampliamente detallado en el Capítulo I.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, apartado 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

23 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaria de Ingresos. Exp. G.R.M /13 51 A.2.- Ingresos acumulables en forma presunta, ingresos acumulables por depósitos bancarios que no corresponden a registros de su contabilidad, mismo que se da por reproducido en lo conducente como si a la letra se insertase para los efectos legales procedentes de pagos provisionales del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Ingresos gravados en cantidad de $1'469,689.33, mismos que son determinados en forma presunta por esta autoridad, en virtud de que la contribuyente revisada no proporcionó la información y documentación que aclarara los depósitos bancarios, solicitados mediante el oficio número 4650 de fecha 08 de diciembre de 2016; por lo que esta autoridad desconoce el origen y procedencia de los depósitos en la cantidad citada; asimismo no ha presentado la contabilidad ni la documentación comprobatoria de sus operaciones, no obstante que a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se le solicitó mediante oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013 antes señalado, motivo por el cual esta autoridad procede a considerar como ingresos presuntos por depósitos bancarios no registrados en contabilidad ni amparados con documentación comprobatoria que soporte su origen, la cantidad de $1'469,689.33, toda vez que al no- haber presentado los libros y registros de contabilidad así como la documentación comprobatoria de sus operaciones realizadas, esta autoridad determina que los depósitos efectuados en los estados de cuenta bancarios, no corresponden a registros de su contabilidad que está obligada a llevar, de conformidad con el artículo 18, primer párrafo, fracción I, de la Ley Impuesto Empresarial a Tasa Única Vigente en 2011, por lo anterior esta Autoridad está en condiciones de aplicar la disposición presuncional establecida en el artículo 59 primer párrafo fracción III primer párrafo de dicha fracción del Código Fiscal de la Federación vigente, ingresos que se deberán gravar de conformidad con el articulo 19 primer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única Vigente en 2011, al ser depósitos bancarios que no corresponden a sus registros contables. Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, vigente en 2011: Artículo 18.- "Los contribuyentes obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: I.- Llevar la contabilidad, de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, y su Reglamento y efectuar los registros en la misma..." Por lo antes expuesto se determina que la revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V, para efectos de pagos provisionales a cuenta del impuesto del ejercicio sujeto a revisión, obtuvo ingresos gravados por la cantidad de $2'506,759.08, por lo que al no presentar declaraciones de pagos provisionales del ejercicio 2011 omitió el importe de $2'506,759.08; ingresos determinados que se integran por ingresos presuntivos obtenidos por los ingresos por aportación de datos por terceros en cantidad de $1'037,069.75, integrado por los ingresos que obtuvo de DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., por la cantidad de 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

24 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 52 $394, y T J COMERCIAL, S.A., por la cantidad de $642,302.34, mismos que se determinan de forma presuntiva en virtud de que la revisada no aportó los libros y registros de contabilidad y demás información y documentación que le fue solicitada mediante el oficio número SPEA de fecha 28 de enero de 2013, como se señaló en párrafos anteriores, recurriendo en consecuencia a la información proporcionada por terceros, lo anterior de conformidad con el artículo 55 primer párrafo fracción II, 56 primer párrafo fracción III del Código Fiscal de la Federación vigente; así mismo integra el importe de los ingresos determinados por la autoridad fiscal la cantidad de $1'469, por depósitos bancarios que no corresponden a sus registros contables como ha sido precisado en párrafos anteriores, contabilidad que está obligada a llevar, los que se presumen ingresos de conformidad con el artículo 59 primer párrafo fracción III del Código Fiscal de la Federación vigente; todo lo anterior con base en el artículo 18 primer párrafo fracción I, 19 primer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en el B) DEDUCCIONES AUTORIZADAS Ejercicio Fiscal revisado: Del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre Debido a que la contribuyente revisada no proporcionó la información y documentación que ampare y compruebe las deducciones autorizadas, que permita el artículo 5 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en 2011, y que reúnan los requisitos fiscales establecidos en el artículo 6 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en 2011, solicitada mediante el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, esta autoridad revisora no contó con la documentación para determinar deducciones autorizadas correspondientes al ejercicio revisado, ubicándose en el supuesto del articulo 55, primer párrafo fracción II, así como en el procedimiento establecido en el artículo 56 primer párrafo fracción III, y en la causal de determinación presunta de conformidad con lo establecido en el artículo 59 fracción III del Código Fiscal de la Federación vigente. III.- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Ejercicio Fiscal revisado: Del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de Se hace constar que con motivo de que a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., le fue requerida la información y documentación por el ejercicio fiscal del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 mediante el oficio Número. SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, girado y firmado autógrafamente por el entonces Director de Fiscalización C.P. Vladimir Ramírez Peralta de la entonces Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla, mismo que quedó legalmente notificado por estrados el día 2 de abril de 2013, y habiendo transcurrido el plazo de 15 días otorgados la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., no exhibió y no proporcionó la información y documentación solicitada en el mismo; por lo anterior, de conformidad con el artículo 63 primer párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con la Cláusula SEXTA del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) s sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

25 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 53 Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de junio de 2015, se realizó la consulta a la base de datos institucionales a los que tiene acceso esta Dirección de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaria de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, y se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., presentó declaraciones mensuales del ejercicio fiscal de 2011, para efectos de este Impuesto al Valor Agregado como sigue: Periodo Tipo de pago Número de operación Fecha de presentación Importe a Cargo Enero Normal /05/2011 (1,566.00) Total Efectivamente Pagado 0.00 Febrero Complementario /08/2011 (5,944.00) 0.00 Mayo Complementario /08/2011 (8,087.00) 0.00 Junio Complementario /08/2011 (7,509.00) Agosto Complementario /12/2011 (1,753.00) 0.00 Octubre Complementario /12/2011 (5,812.00) 0.00 Resultado de la revisión: A) VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADOS A LA TASA DEL 16% Se hace constar que para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado por el periodo del 01 enero de 2011 a 31 de diciembre de 2011, esta autoridad le determinó Valor de actos o actividades efectivamente cobrados en cantidad de $2'847, a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., mismos que se integran de la siguiente manera: EJERCICIO 2011 MES VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE POR APORTACIÓN DE DATOS POR TERCEROS VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES PRESUNTOS POR DEPÓSITOS BANCARIOS NO REGISTRADOS EN CONTABILIDAD TOTAL VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES DETERMINADOS ENERO $ 179, $ 30, $ 209, FEBRERO , , MARZO 314, , , ABRIL , , MAYO 132, , JUNIO 28, , JULIO , , AGOSTO 47, , , Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (22292'9. sfa.puebla.gob.mx

26 Dependencia: Unidad Administrativa: Exp. 54 Secretaría de Finanzas y Subsecretaría de Ingresos. G.R.M /13 SEPTIEMBRE 52, , , OCTUBRE 8, , , NOVIEMBRE 57, , DICIEMBRE 555, , , SUMAS $1,377, $ 1,469, $ 2,847, Las operaciones se detallan a continuación: A.1.- Valor de Actos o Actividades determinados presuntivamente Valor de Actos o Actividades determinados presuntivamente por aportación de datos por terceros Del análisis efectuado a la información obtenida de las visitas domiciliarias de aportación de datos por terceros efectuadas a las contribuyentes DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., y T J COMERCIAL, S.A., se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., realizó operaciones con las citadas contribuyentes en cantidad de $1'377,489.97, que se integran como se indica a continuación: VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES POR APORTACIÓN DE DATOS POR TERCEROS MES DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V. T J COMERCIAL, S.A.. TOTAL ENERO $ 0.00 $ 179, $ 179, FEBRERO MARZO , , ABRIL MAYO , , JUNIO , , JULIO AGOSTO , , SEPTIEMBRE , , OCTUBRE 8, , NOVIEMBRE 17, , , DICIEMBRE 368, , , SUMA $ 394, $ 982, $ 1,377, Las operaciones se detallan a continuación: Valor de actos o actividades determinados presuntivamente por la práctica de una visita domiciliaria con relación a operaciones en su carácter de tercero emitida a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V. De la visita domiciliaria realizada a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., relativa al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla! (222) o sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx 115~,x

27 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M / , en relación a operaciones que en su carácter de tercero llevó a cabo con la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., le emitió facturas por la realización de operaciones por concepto de venta de "Mobiliario y Equipo" y "Mezcal" a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., en cantidad de $394,767.41, misma que se integra mensualmente de la siguiente manera: EJERCICIO 2011 VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE POR LA PRÁCTICA DE UNA VISITA DOMICILIARIA CON RELACIÓN A OPERACIONES EN SU CARÁCTER DE TERCERO EMITIDA A LA EMPRESA DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V. ENERO $ 0.00 FEBRERO 0.00 MARZO 0.00 ÁBRIL MAYO 0.00 JUNIO 00.0 JULIO 00.0 AGOSTO 00.0 SEPTIEMBRE 00.0 OCTUBRE 8, NOVIEMBRE 17, DICIEMBRE 368, SUMA $ 394, Para la determinación de los ingresos gravados en cantidad de $394,767.41, se procedió a lo siguiente: al total de depósitos mensuales por cobro de facturas que se encuentran depositados en la cuenta No de la institución de crédito BBVA BANCOMER, S.A., se dividió entre 1.16, para así obtener el valor de actos o actividades en forma mensual, lo anterior a efecto de disminuirle el Impuesto al Valor Agregado a la tasa del 16%, toda vez que este no forma parte del valor de los actos o actividades, lo anterior de conformidad con el artículo 1 o. segundo párrafo del impuesto al valor agregado vigente en El análisis de las facturas expedidas y cobradas por la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., a la empresa DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO S.A. DE C.V., se muestra a continuación: 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o ' sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

28 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaria de Ingresos. Exp. G.R.M /13 56 Entre 1.16% igual a: Número Valor de de Fecha de Importe Actos o Fecha de Forma de Institución Factura la Factura Sub-total IVA Total Cobrado Actividades Pago Pago Bancaria 10/10/ /01/ , , , , , cheque HSBC 22/11/201 Transferen 20, , cia HSBC /01/ , , , , , /12/201 1 cheque BANBAJIO /01/ , , , , , /12/201 1 cheque BANBAJIO /01/ , , , , , /12/201 1 cheque HSBC SUMAS 468, , , , , Valor de Actos o actividades determinados presuntivamente por la práctica de una visita domiciliaria con relación a operaciones en su carácter de tercero emitida a la empresa T J COMERCIAL, S.A. De la visita domiciliaria realizada a la empresa T J COMERCIAL, S.A., relativa al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 en relación a operaciones que en su carácter de tercero llevó a cabo con la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se conoció que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A DE C.V. le emitió facturas por la realización de operaciones por concepto de de venta de "Mezcal", a la empresa T J COMERCIAL, S.A. en cantidad de $982,722.56, integrado en forma mensual de la siguiente manera: EJERCICIO 2011 MES VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE POR LA PRÁCTICA DE UNA VISITA DOMICILIARIA CON RELACIÓN A OPERACIONES EN SU CARÁCTER DE TERCERO EMITIDA A LA EMPRESA T J COMERCIAL, S.A. ENERO $ 179, FEBRERO 0.00 MARZO 314, ABRIL 0.00 MAYO 132, JUNIO 28, JULIO 0.00 AGOSTO 47, SEPTIEMBRE 52, OCTUBRE..._ Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222)-214.puebla.geb.mx

29 Dependencia: Secretaria de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaria de Ingresos. Exp. G.R.M /13 57 NOVIEMBRE DICIEMBRE SUMA 40, , $ 982, Para la determinación de los ingresos gravados en cantidad de $982,722.56, se procedió a lo siguiente: al total de depósitos mensuales por cobro de facturas que se encuentran depositados en la cuenta No de la institución de crédito BBVA BANCOMER, S.A., se dividió entre 1.16, para así obtener el valor de actos o actividades en forma mensual, lo anterior a efecto de disminuirle el Impuesto al Valor Agregado a la tasa del 16%, toda vez que este no forma parte del valor de los actos o actividades, lo anterior de conformidad con el artículo 1 o. segundo párrafo, en relación con el artículo 12 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente en el ejercicio El análisis de las facturas cobradas expedidas por la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., a la- empresa T J COMERCIAL, S.A, se muestra a continuación: Número de - Factura Fecha de la Factura Concepto de la Operación Sub-total - IVA I.E.P.S.. TOTAL /09/2010 Mezcal 117, , , , Sumas 117, , , , /11/2010 Mezcal 36, , , , /12/2010 Mezcal 28, ' 6, , , /01/2011 Mezcal 130, , , , /01/2011 Mezcal 39, , , , Sumas 235, , , , /02/2011 Mezcal 32, , , , /02/2011 Mezcal 19, , , , /04/2011 Mezcal 19, , ' 10, , /04/2011 Mezcal 19, , , , Sumas 91, , , , /06/2011 Mezcal 19, , , , Sumas 19, , , , /06/2011 Mezcal 32, , , , Sumas 32, , , , /06/2011 Mezcal 6, , , , /08/2011 Mezcal 22, , , , Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

30 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M / /08/2011 Mezcal 6, , , /08/2011 Mezcal 1, , , /08/2011 Mezcal 3, , , Sumas 41, , , , /08/2011 Mezcal 32, , , , Sumas 32, , , , /09/2011 Mezcal 48, , , , /10/2011 Mezcal 13, , , , /10/2011 Mezcal 48, , , , /11/2011 Mezcal 17, , , , , , , , Sumas IM2 Tntal 698, , , ,239, Continúa cuadro anterior: Suma Enero Suma Marzo Subtotal IVA I.E.P.S. Importe Pagado Pagado Pagado Pagado 117, , Suma Subtotal más I.E.P.S Fecha de Pago. 62, , , /01/ , , , , , , , , , , /03/ , , , , , , , , , , /03/ , , , /03/ , , , /03/ , , , , , , /05/ , , , , , /05/ , , ,850 18, , Suma Mayo 86, , , , , , /05/ , , /05/2011 4, ,850 21, , , , , , , ,435eZ2011 Forma de Pago Transferen cia Transferen cia Transferen cia Transferen cia Transferen cia Institución Bancaria BBVA BANCOMER. SA BBVA BANCOMER. SA BBVA BANCOMER, S.A. BBVA BANCOMER. SA BBVA BANCOMER, S A Transferen BBVA BANCOMER, cia S A Transferen BBVA BANCOMER, cia SA Transferen BBVA BANCOMER. cia S.A. Transferen BBVA BANCOMER. cia SA Transferen cia BBVA BANCOMER, S.A. 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebia.gob.mx

31 Dependencia: Secretaria de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 59 Suma Junio 18, , , , , , , , , , /08/2011 Suma I Agosto 30, , , , , Transferen cia 6, , , , , /09/2011 Transferen cia Transferen 16, , , , , /09/2011 cia Transferen 6, , , , , /09/2011 cia Transferen 1, , , , /09/2011 cia Transferen 3, , , , /09/2011 cia Suma Septiem bre 34, , , , , Transferen 26, , , , , /11/2011 cia Suma Noviem bre 26, , , , , BBVA BANCOMER, S.A. BBVA BANCOMER, S.A. BBVA BANCOMER, S.A. BBVA BANCOMER, S.A. BBVA BANCOMER, S.A. BBVA BANCOMER, S.A. BBVA BANCOMER, S.A. - BBVA BANCOMER, 48, , , , , /12/2011 CH S A BBVA BANCOMER. 13, , , , , /12/2011 CH _S.A. BBVA BANCOMER, 48, , , , , /12/2011 CH , , , , , /12/2011 CH Suma Diciem bre 122, , , , , Total 642, , , ,139, , S.A. BBVA BANCOMER, S.A. Valor de Actos o Actividades en cantidad de $1'377,489.97, mismos que son determinados presuntivamente por esta autoridad, en virtud de que la contribuyente revisada no proporcionó los libros diario y mayor ni registros de contabilidad y demás información y documentación comprobatoria de más del 3% de los ingresos y deducciones correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011 antes señalada, no obstante que a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se le solicitó mediante oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013 antes señalado, por lo que la contribuyente revisada se ubicó en el supuesto de determinación presuntiva establecida en el artículo 55 primer párrafo fracción II del Código Fiscal de la Federación vigente, precepto legal que señala: "Artículo 55.- Las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes, o el remanente distribuible de las personas que tributan conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sus ingresos y el valor de los actos, actividades o activos, por los que deban pagar contribuciones, cuando: II. No presenten los libros y registros de contabilidad, la documentación comprobatoria de más del 3% de alguno de los 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

32 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 60 conceptos de las declaraciones, o no proporcionen los informes relativos al cumplimiento de las disposiciones fiscales", por lo que el procedimiento que se aplica para la determinación presuntiva de valor de actos o actividades de la contribuyente sobre los que proceda el pago de contribuciones, en cantidad de $1'377,489.97, es a partir de la información proporcionada por los terceros a solicitud de las autoridades fiscales, cuando tengan relación de negocios con el contribuyente, por lo anterior esta autoridad determina que la cantidad de $1'377, es valor de actos o actividades, de conformidad con el artículo 39 primer párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente en 2011, en relación con los Artículos 55 párrafo primero, fracción II, 56 primer párrafo fracción III, del Código Fiscal de la Federación vigente. A.2. Valor de actos o actividades determinados en forma presunta Valor de actos o actividades determinados por depósitos bancarios que no corresponden a registros de su contabilidad. Ahora bien, se hace constar que el importe en cantidad de $1,469, corresponde a ingresos omitidos, determinados como presuntos por depósitos bancarios efectuados en la cuenta bancaria abierta a nombre de la contribuyente revisada, los cuales no están registrados contablemente ni amparados con documentación comprobatoria que soporten su origen, como quedó ampliamente detallado en el Capítulo I.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, apartado A.2.- Ingresos acumulables en forma presunta, ingresos acumulables por depósitos bancarios que no corresponden a registros de su contabilidad, mismo que se da por reproducido en lo conducente como si a la letra se insertase para los efectos legales procedentes para el Impuesto al Valor Agregado. Valor de Actos o Actividades en cantidad de $1,469,689.33, mismos que son determinados en forma presunta por esta autoridad, en virtud de que la contribuyente revisada no proporcionó la información y documentación que aclarara los depósitos bancarios, solicitados mediante el oficio número 4650 de fecha 08 de diciembre de 2016; por lo que esta autoridad desconoce el origen y procedencia de los depósitos en la cantidad citada; asimismo no ha presentado la contabilidad ni la documentación comprobatoria de sus operaciones, no obstante que a la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V., se le solicitó mediante oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013 antes señalado, motivo por el cual esta autoridad procede a considerar como valor de actos o actividades por depósitos bancarios no registrados en contabilidad ni amparados con documentación comprobatoria que soporte su origen, la cantidad de $1,469,689.33, toda vez que al no haber presentado los libros y registros de contabilidad así como la documentación comprobatoria de sus operaciones realizadas, esta autoridad determina que los depósitos efectuados en los estados de cuenta bancarios, no corresponden a registros de su contabilidad que está obligada a llevar, de conformidad con el artículo 32, primer párrafo, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado Vigente en 2011, por lo anterior está Autoridad está en condiciones de aplicar la disposición presuncional establecida en el artículo 59 primer párrafo, fracción III primer párrafo de dicha fracción del Código Fiscal de la Federación vigente, valor de acto es que se deberán gravar de 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

33 Dependencia: Secretaría de Finanzas y Unidad Administrativa: Subsecretaría de Ingresos. Exp. G.R.M /13 61 conformidad con el articulo 39 primer párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado Vigente en 2011, al ser depósitos bancarios que no corresponden a sus registros contables. Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente en 2011: Artículo 32.- "Los obligados al pago del impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2 -A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: 1.- Llevar la contabilidad, de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el reglamento de esta Ley, y efectuar conforme a este ultimo la separación de los actos o actividades de las operaciones por las que deba pagarse el impuesto por las distintas tasas, de aquellos por los cuales esta Ley libera de pago." Por lo antes expuesto se determina que la contribuyente revisada DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V, para efectos de pagos mensuales del Impuesto al Valor Agregado del ejercicio sujeto a revisión, obtuvo valor de actos o actividades por la cantidad de $2,847,179.30; valor de actos o actividades determinados en cantidad de $2,847, que se integran por valor de actos o actividades determinados presuntivamente por aportación de datos por terceros en cantidad de $1,377,489.97, integrado por los ingresos que obtuvo de DESTILADORA DE MEZCAL MEZCALERO, S.A. DE C.V., por la cantidad de $394, y T J COMERCIAL, S.A., por la cantidad de $982,722.56, mismos que se determinan de forma presuntiva en virtud de que la revisada no aportó los libros y registros de contabilidad y demás información y documentación que le fue solicitada mediante el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, como se señaló en párrafos anteriores, recurriendó en consecuencia a la información proporcionada por terceros, lo anterior de conformidad con el artículo 55 primer párrafo fracción II, 56 primer párrafo, fracción III, del Código Fiscal de la Federación vigente; así mismo integra el importe del valor de actos o actividades determinados por la autoridad fiscal la cantidad de $1,469, por depósitos bancarios que no corresponden a sus registros contables como ha sido precisado en párrafos anteriores, contabilidad que está obligada a llevar, los que se presumen valor de actos o actividades de conformidad con el artículo 59 primer párrafo fracción III, primer párrafo de dicha fracción, del Código Fiscal de la Federación vigente; todo lo anterior con base en el artículo 32 primer párrafo fracción I, 39 primer párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente en el ejercicio B) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ACREDITABLE Ejercicio Fiscal revisado del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre 2011 Debido a que la contribuyente revisada no proporcionó la información y documentación que ampare y compruebe las deducciones autorizadas, que permita el artículo 4 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente en 2011, y que reúnan los requisitos fiscales establecidos en el artículo 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente en 2011, solicitada mediante el oficio número SPEA 0432 de fecha 28 de enero de 2013, est autoridad revisora no contó con la 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

34 HORA Dependencia: -11 O IfT t Secretaria de Finanzas y talfitititiladminida tf'21a' ubsecretaría de Ingresos. 04 DiC 2i7- OS Ño.-de Oficio: DE5P.?1,CHADO 62 S.R.M /13 MF P5 documentación para determinar Impuesto al Valor Agregado Acreditable correspondiente al ejercicio revisado, ubicándose en el supuesto del artículo 55, primer párrafo fracción II, así como en la causal de determinación presunta de conformidad con lo establecido en el artículo 59 primer párrafo, fracción III, primer párrafo de dicha fracción, del Código Fiscal de la Federación vigente. En los términos y para los efectos previstos en las fracciones IV y VI del artículo 48, del Código Fiscal de la Federación vigente, cuenta con un plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente en el que surta efectos la notificación del presente Oficio de Observaciones, para presentar ante esta Dirección de Fiscalización, dependiente de la Coordinación General de Estudios Normativos y Análisis Sistémico Fiscal de la Subsecretaria de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, con domicilio en 20 Sur número 1110, planta baja, Colonia Azcarate, Puebla, Puebla, los documentos, libros o registros que desvirtúen los hechos u omisiones asentados en el mismo, así como para optar por corregir su situación fiscal. De lo anterior, no impide a esta autoridad ejercer nuevamente sus facultades de revisión, en los términos del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación vigente, y determinar contribuciones omitidas correspondientes al ejercicio antes referido, cuando se comprueben hechos diferentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 19 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente vigente y 53-C del Código Fiscal de la Federación vigente y sin más límite que lo establecido en el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación vigente. Atentamente. "Sufragio Efectivo. No Reelección" El Director de Fiscalización omero Rueda 1CN/B 20 Sur No. 1110, Col. Azcárate, C.P , Puebla, Puebla / (222) o / sfa.puebla.gob.mx Puebla.gob.mx

35 CONTRIBUYENTE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. GIRO: COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. DOMICILIO: AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. OFICIO No.: ORDEN No.: G.R.M /13 CLASE: CONSTANCIA DE HECHOS 1 FOLIO No. G.R.M / En Puebla, Puebla, siendo las 16:30 horas del día 05 de diciembre de 2017, la suscrita C. María Esther Zavala Fierro, visitador-notificador adscrita a la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, acreditando mi personalidad con Constancia de Identificación contenida en el oficio número SFA-SI-CGENASF-DF-0299/2017, que me designa como visitador-notificador en el cual aparece mi nombre, firma autógrafa y fotografía que coincide con mis rasgos físicos de fecha 30 de junio de 2017, con vigencia del 03 de julio de 2017 al 31 de diciembre de 2017, la cual ostenta la firma autógrafa del C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos, de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, constituida legalmente en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos S.A. de C.V., ubicado en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centró, Puebla, Puebla, con el objeto de notificar el Oficio No. de fecha 04 de diciembre de. 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión", emitido por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Coordinación General de Estudios Normativos y Análisis. Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, girado a la contribuyente Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V. procedo a levantar la presente Constancia en la cual se hacen constar los siguientes: HECHOS Siendo las 16:30 horas del día 05 de diciembre de 2017, me constituí legalmente en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos,. S.A. de C.V., ubicado en Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, C.P , Puebla, Puebla, en compañía de las CC. Deníz Valenzuela Murguía y María Teresa Barbosa Sánchez, personas que fungen como testigos de asistencia en la presente constancia de hechos, de las cuales se mencionará s designación más adelante, con el objeto de hacer entrega del oficio Número SFA-SI-CGENASF-DF /2017 de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión, girado y firmado en forma autógrafa por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y AdMinistración del Gobierno del Estado de Puebla; y cerciorándome de que el domicilio fiscal en el que se realiza la diligencia corresponde al último domicilio manifestado por la contribuyente revisada ante el Registro Federal de Contribuyentes, y porque coincide con el citado en el oficio Número antes mencionado y toda vez que dicho domicilio ostenta los siguientes datos externos: inmueble antiguo tipo casona de dos plantas, marcado en el exterior con el número 108 impreso en una placa metálica en estos momentos de color azul con números en color blanco, el cual se ubica sobre la Avenida 7 Poniente, ya que así lo indica una placa en la esquina de dicha avenida, se encuentra entre la avenida 16 de septiembre y la calle 3 sur, de la Colonia Centro de esta Ciudad, y cuenta en estos momentos con las siguientes características: fachada de color verde claro, en la planta alta tiene 4 balcones de herrería en color PASA AL FOLIO No. G.R.M /

36 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOMICILIO: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 1 FOLIO No G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / negro, con puertas de herrería también de color negro, en la planta baja se encuentra un zaguán antiguo de madera de color café por el cual se accesa al interior y que se encuentra abierto, está enmarcado con piedra de color gris y en la parte superior del marco tiene un letrero con la leyenda "TIENE PROBLEMAS CON SU DENTADURA POSTIZA" en letras de color blanco, en la parte superior izquierda del zaguán de madera hay un letrero de color blanco con letras negras en la que se puede leer "SE RENTAN CUARTOS AMUEBLADOS. INF DPTO. 17"; asimismo cuenta en el exterior con dos locales comerciales ubicados a los costados del zaguán, el de lado izquierdo corresponde a un café y galería denominada "Driss Café y Galería" y el de lado derecho corresponde a un negocio de artesanías denominado "Colibri", ya que así lo indican los letreros que se encuentran en el exterior de cada local; dicho inmueble visto de frente colinda de lado derecho con un inmueble de cuatro plantas, sin número oficial a la vista, en el que se encuentra un cine de nombre comercial "Cinemex", y de lado izquierdo colinda con el inmueble marcado con el número 110 que corresponde a una casa antigua de 2 plantas con fachada en estos momentos de color amarillo y balcones en la planta alta, en estos momentos de herrería negra; en frente del inmueble marcado con el número 108 se encuentra el estacionamiento del Hotel denominado "Quinta Real"; posteriormente ingresé al interior del inmueble marcado con el número 108 ya que el zaguán de madera se encontraba abierto en ese momento, observando que hay un pasadizo, el cual sobre la pared del lado izquierdo tiene 15 medidores de la Comisión Federal de Electricidad, dicho pasadizo da acceso a un patio, el cual cuenta con portales de piedra actualmente de color gris y el piso del patio es de lajas también de color gris, de lado derecho hay una escalera para subir a la planta alta; en dicho patio hay cinco departamentos que cuentan con puertas y ventanas en estos momentos de color gris, y paredes pintadas en estos momentos de color gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, desde el patio de la planta baja se puede observar la planta alta la cual cuenta con un barandal metálico en estos momentos oxidado, detrás del barandal hay un corredor con puertas y ventanas que corresponden a los departamentos de esa planta; en la planta baja de lado derecho hay dos departamentos, el primero sin número interior a la vista, en la parte exterior tiene pintada la palabra "DENTAL" en letras azules, el segundo departamento está marcado con el número 4 en el que se puede apreciar que funciona como despacho y cuenta con dos puertas, de las cuales una se encuentra abierta y se observa que en el interior hay escritorios, computadoras y personal laborando, de lado izquierdo del patio hay otros dos departamentos, el primero de ellos sin número a la vista y el segundo está marcado con el número 1; al fondo del patio de lado izquierdo junto al departamento número 1 se encuentra un pasillo que da acceso a un segundo patio el cual se localiza al final del pasillo, las paredes de este segundo patio están pintadas en estos momentos de color rojo en la parte inferior y amarillo en la parte superior, y cuenta en la planta baja con dos departamentos, los cuales tienen puertas y ventanas metálicas con vidrios, al fondo de este patio se encuentra una escalera de cemento con barandal metálico para subir a la planta alta, en la que se observa que hay dos departamentos. Sobre el pasillo que se encuentra en la planta baja, antes mencionado, de lado izquierdo se localiza el interior marcado con el número 7, el cual se encuentra pintado en estos momentos en color blanco con contorno negro en un vidrio de una de las dos puertas de este departamento, el exterior de este departamento en este momento se encuentra pintado en colores gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, cuenta con dos puertas metálicas pintadas actualmente de color gris, con vidrios opacos PASA AL FOLIO No. G.R.M /

37 CONTRIBUYENTE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. GIRO: COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. DOMICILIO: AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. OFICIO No.: ORDEN No.: G.R.M /13 CLASE: CONSTANCIA DE HECHOS 1 FOLIO No. G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / en la parte inferior que impiden ver el interior, y vidrios transparentes en la parte superior, dichas puertas se encuentran cerradas con 2 candados cada una; así mismo sobre la pared entre ambas puertas se encuentra una placa de mármol con la leyenda "Jurídico Contable" en letras doradas y un logotipo en forma de rectángulo vertical actualmente de colores azul marino y blanco del lado izquierdo de la misma placa; no obstante encontrarse cerradas con candados procedí a tocar en repetidas ocasiones en ambas puertas del domicilio fiscal de la contribuyente revisada sin obtener respuesta; por lo que regresé al primer patio y me dirigí al departamento sin número interior a la vista, que en la parte exterior tiene pintada la palabra "DENTAL" antes mencionado, toqué la puerta, saliendo del interior una persona del sexo masculino, ante quien me identifiqué con mi constancia de identificación contenida en el oficio número SFA-SI-CGENASF-DF-0299/2017 de fecha 30 de junio de 2017 antes mencionada, le pregunté a dicha persona si el domicilio en que me encontraba en ese momento corresponde al número 108 de la Avenida 7 Poniente, Colonia Centro de esta ciudad de Puebla, Puebla, respondiendo que sí, le pregunté si tenía conocimiento de que el interior 7 corresponde al domicilio de la contribuyente Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V. y si él conocía a su Representante Legal, a lo que contestó que hace tiempo en el interior 7 había un despacho de contadores, que posteriormente ese despacho fue ocupado por otro contador que casi nunca está y que solo va esporádicamente, pero que él no conoce a la empresa por la que le pregunté ni a su Representante Legal, asimismo le solicité que me dijera su nombre y que me mostrara alguna identificación personal, negándose a proporcionármelos, por lo que procedo a describir sus principales características físicas: persona del sexo masculino, de aproximadamente 52 años de edad, estatura aproximada 1.65 mts., complexión robusta con vientre prominente, cara ovalada, tez apiñonada, cabello lacio de color negro, con entradas en ambos costados de la frente, ojos medianos de color negro, nariz mediana, boca grande y bigote delgado de color negro. En virtud de lo antes expuesto no fue posible notificar a la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., el Oficio No. de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión" antes mencionado, por lo que procedí a levantar la presente Constancia de Hechos en la puerta del domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., sito en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, ante la presencia de dos testigos de asistencia a efecto de que den certeza del levantamiento de la misma, cabe mencionar que toda vez que en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., no se encuentra persona alguna que pueda fungir como testigo, procedí a designar a las CC. Deníz Valenzuela Murguía y María Teresa Barbosa Sánchez, quienes manifiestan ser mayores de edad y de nacionalidad mexicana ambas, la primera de ellas de estado civil casada, edad 35 años, ocupación empleada, con domicilio particular en Cerrada 141 B Poniente No. 2925, Interior B, Fraccionamiento Hacienda Santa Clara, Puebla, Puebla, la segunda de ellas de estado civil soltera, edad 23 años, con ocupación de empleada, con domicilio particular en calle Francisco I Madero No. 3706, Colonia Valle Sur, Atlixco, Puebla; quienes a petición de la suscrita se identifican con Credencial para Votar expedida por el entonces Instituto Federal Electoral y con Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, respectivamente, la primera de ellas contiene, entre otros datos, los siguientes: Nombre: VALENZUELA MURGUIA DENIZ, Clave de Elector: PASA AL FOLIO No. G.R.M /

38 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOMICILIO: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 1 FOLIO No. G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / VLMRD M100, CURP: VAMD820726MVZLRN06, Año de Registro: , Estado: 21, Municipio: 115, Sección: 1246, Localidad: 001, Emisión: 2014, Vigencia: 2024, Fecha de Nacimiento: 27/07/1982, Sexo: M, y de la segunda testigo contiene los siguientes datos: Nombre: BARBOSA SANCHEZ MARIA TERESA, Clave de Elector: BRSNTR M700, CURP: BAST940611MPLRNR05, Año de Registro: , Estado: 21, Municipio: 019, Sección: 0201, Localidad: 0001, Emisión: 2016, Vigencia: 2026, Fecha de nacimiento: 11/06/1994, Sexo: M, mismos documentos que además contienen la fotografía, firma y huella digital de sus portadoras, documentos que se tuvieron a la vista, se examinaron y se devolvieron de conformidad a sus portadoras sin producir objeción alguna; dichas testigos aceptaron el nombramiento "protestando conducirse con verdad" apercibidas de las penas en que incurren quienes se conducen con falsedad ante autoridad administrativa competente, quienes manifestaron no tener impedimento legal para actuar como tales, y a quienes les constan los hechos asentados en la presente Constancia. IDENTIFICACION DEL PERSONAL ACTUANTE. Asimismo hago constar que me identifiqué ante la persona que me proporcionó información y-ante las testigos de asistencia, con mi Constancia de Identificación como a continuación se indica: Nombre: MARÍA ESTHER ZAVALA FIERRO Número de constancia SFA-SI-CGENASF-DF-0299/2017 Registro Federal de Contribuyentes: ZAFE600115F78 Fecha de expedición: 30 DE JUNIO DE 2017 Cargo: VISITADOR-NOTIFICADOR Fecha de vencimiento 31 DE DICIEMBRE DE 2017 Constancia que fue expedida por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, con fundamento en los artículos: 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal; Cláusulas TERCERA, CUARTA, párrafos primero, segundo y cuarto, y OCTAVA, primer párrafo, fracción I, inciso d); del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de junio de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2015, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla del 06 de agosto de 2015; y en los artículos 14, primer párrafo, 17, primer párrafo, fracción II, 19, 27 y 35, primer párrafo, fracciones VII, VIII, XXIX y XCI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, vigente;. artículos 13, primer párrafo, fracción III, inciso b), y antepenúltimo párrafo del Código Fiscal del Estado de Puebla; 1, 3, primer párrafo, 4, primer párrafo, fracción IV, inciso c), numeral 3, 5, cuarto párrafo, 6, primer párrafo, 10, primer párrafo, fracciones III, XIV y XXXVI, y 32, primer párrafo, fracciones XXIII y XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración vigente; documento en el cual aparece sin lugar a dudas, la fotografía, Registro Federal de Contribuyentes, nombre y firma de la suscrita, dicho documento identificatorio fue exhibido a las personas mencionadas, quienes lo examinaron cerciorándose de sus datos, los cuales coinciden con el perfil físico de la suscrita, expresando su conformidad sin producir objeción alguna, lo devolvieron a su portadora. PASA AL FOLIO No. G.R.M /

39 CONTRIBUYENTE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. GIRO: COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. DOMICILIO: AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. OFICIO No.: ORDEN No.: G.R.M /13 CLASE: CONSTANCIA DE HECHOS 1 FOLIO No. G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / CIERRE. No habiendo más hechos que hacer constar, y explicado su contenido y alcance a las testigos, se da por concluida la presente Constancia de Hechos, siendo las 17:50 horas del día 05 de diciembre de 2017, haciendo del conocimiento de la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Coordinación General de Estudios Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, lo narrado con anterioridad para todos los efectos legales conducentes, levantándose la presente Constancia en dos tantos y que consta de cinco fojas útiles, firmando para constancia al final de la Constancia de Hechos y al margen o calce de cada uno de los folios que la integran, los que en ella intervinieron. CONSTE. Por la Dirección de Fiscalización dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla C. María Esther Zavala Fierro TESTIGOS C. Deníz Val nzuela Murguía C. María Teresa Barbosa Sánchez

40 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOM ICIL10: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 2 FOLIO No. G.R.M / En Puebla, Puebla, siendo las 13:35 horas del día 05 de enero de 2018, la suscrita C. María Esther Zavala Fierro, visitador-notificador-verificador adscrita a la DirecCión de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, acreditando mi personalidad con Constancia de Identificación contenida en el oficio número 0010, que me designa como visitador-notificador-verificador en el cual aparece mi nombre, firma autógrafa y fotografía que coincide con mis rasgos físicos, de fecha 02 de enero de 2018, con vigencia del 02 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018, la cual ostenta la firma autógrafa del C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, constituida legalmente en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos S.A. de C.V., ubicado en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, con el objeto de notificar el Oficio No. de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión", emitido por el C.P. Ricardo Rom Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, girado a la contribuyente Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., procedo a levantar la presente Constancia en la cual se hacen constar los siguientes: HECHOS Siendo las 13:35 horas del día 05 de enero de 2018, me constituí legalmente en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., ubicado en Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, en compañía de los CC. Yadira tlacomulco Fernández y José Carmen Ramos Muñoz, personas que fungen como testigos de asistencia en la presente Constancia de Hechos, de los cuales se mencionará su designación más adelante, con el objeto de hacer entrega del Oficio No. de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión", girado y firmado en forma autógrafa por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla; y cerciorándome de que el domicilio fiscal en el que se realiza la diligencia corresponde al último domicilio manifestado por la contribuyente revisada ante el Registro Federal de Contribuyentes, y porque coincide con el citado en el oficio No. SFA-SI-CGENASF-DF /2017 antes mencionado, y toda vez que dicho domicilio ostenta los siguientes datos externos: inmueble antiguo tipo casona de dos plantas, marcado en el exterior con el número 108 impreso en una placa metálica en estos momentos de color azul con números en color blanco, el cual se ubica sobre la Avenida 7 Poniente, ya que así lo indica una placa en la esquina de dicha avenida, se encuentra entre la avenida 16 de septiembre y la calle 3 sur, de la Colonia Centro de esta Ciudad, y cuenta en estos momentos con las siguientes características: fachada de color verde claro, en la planta alta tiene 4 balcones de herrería en color negro, con puertas de herrería también de color negro, en la planta baja se encuentra un zaguán antiguo de madera de color café por el cual se PASA AL FOLIO No. G.R.M /

41 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOMICILIO: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 2 FOLIO No G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / accesa al interior y que se encuentra abierto, está enmarcado con piedra de color gris y en la parte superior del marco tiene un letrero con la leyenda "TIENE PROBLEMAS CON SU DENTADURA POSTIZA" en letras de color blanco, en la parte superior izquierda del zaguán de madera hay un letrero de color blanco con letras negras en la que se puede leer "SE RENTAN CUARTOS AMUEBLADOS. INF DPTO. 17"; asimismo cuenta en el exterior con dos locales comerciales ubicados a los costados del zaguán, el de lado izquierdo corresponde a un café y galería denominada "Driss Café y Galería" y el de lado derecho corresponde a un negocio de artesanías denominado "Colibri", ya que así lo indican los letreros que se encuentran en el exterior de cada local; dicho inmueble visto de frente colinda de lado derecho con un inmueble de cuatro plantas, sin número oficial a la vista, en el que se encuentra un cine de nombre comercial "Cinemex", y de lado izquierdo colinda con el inmueble marcado con el número 110 que corresponde a una casa antigua de 2 plantas con fachada en estos momentos de color amarillo y balcones en la planta alta, en estos momentos de herrería negra; en frente del inmueble marcado con el número 108 se encuentra el estacionamiento del Hotel denominado "Quinta Real"; posteriormente ingresé al interior del inmueble marcado con el número 108 ya que el zaguán de madera sé encontraba abierto en ese momento, obsenando que hay un pasadizo, el cual sobre la pared del lado izquierdo tiene 15 medidores de Comisión Federal de Electricidad, dicho pasadizo da acceso a un patio, el cual cuenta con portale de piedra actualmente de color gris y el piso del patio es de lajas también de color gris, de la derecho hay una escalera para subir a la planta alta; en dicho patio hay cinco departamentos que cuentan con puertas y ventanas en estos momentos de color gris, y paredes pintadas en estos momentos de color gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, desde el patio de la planta baja se puede observar la planta alta la cual cuenta con un barandal metálico en estos momentos oxidado, detrás del barandal hay un corredor con puertas y ventanas que corresponden a los departamentos de esa planta; en la planta baja de lado derecho hay dos departamentos, el primero sin número interior a la vista, en la parte exterior tiene pintada la palabra "DENTAL" en letras azules, el segundo departamento está marcado con el número 4 en el que se puede apreciar que funciona como despacho y cuenta con dos puertas, de las cuales una se encuentra abierta y se observa que en el interior hay escritorios, computadoras y personal laborando, de lado izquierdo del patio hay otros dos departamentos, el primero de ellos sin número a la vista y el segundo está marcado con el número 1; al fondo del patio de lado izquierdo junto al departamento número 1 se encuentra un pasillo que da acceso a un segundo patio el cual se localiza al final del pasillo, las paredes de este segundo patio están pintadas en estos momentos de color rojo en la parte inferior y amarillo en la parte superior, y cuenta en la planta baja con dos departamentos, los cuales tienen puertas y ventanas metálicas con vidrios, al fondo de este patio se encuentra una escalera de cemento con barandal metálico para subir a la planta alta, en la que se observa que hay dos departamentos. Sobre el pasillo que se encuentra en la planta baja, antes mencionado, de lado izquierdo se localiza el interior marcado con el número 7, el cual se encuentra pintado en estos momentos en color blanco con contorno negro en un vidrio de una de las dos puertas de este departamento, el exterior de este departamento en este momento se encuentra pintado en colores gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, cuenta con dos puertas metálicas pintadas actualmente de color gris, con vidrios opacos en la parte inferior que impiden ver el interior, y vidrios transparentes en la parte superior, dichas puertas se encuentran cerradas con 2 candados cada una; así mismo sobre la pared entre ambas puertas PASA AL FOLIO No. G.R.M /

42 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOMICILIO: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 2 FOLIO No G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / se encuentra una placa de mármol con la leyenda "Jurídico Contable" en letras doradas y un logotipo en forma de rectángulo vertical actualmente de colores azul marino y blanco del lado izquierdo de la misma placa; no obstante encontrarse cerradas con candados procedí a tocar en repetidas ocasiones en ambas puertas del domicilio fiscal de la contribuyente revisada sin obtener respuesta; por lo que ingresé al segundo patio antes mencionado, el cual se localiza al final del pasillo, subí a la planta alta por la escalera que se localiza al fondo de dicho patio y me dirigí al departamento que se encuentra al finalizar dicha escalera, toqué en la puerta metálica color melón de dicho departamento, respondiendo al llamado desde una de las ventanas una persona del sexo femenino, ante quien me identifiqué con mi Constancia de Identificación contenida en el oficio número 0010 de fecha 02 de enero de 2018 antes mencionada, le pregunté a dicha persona si el domicilio en el que me encontraba en ese momento corresponde al número 108 de la Avenida 7 Poniente, Colonia Centro de esta ciudad de Puebla, Puebla, respondiendo que efectivamente ese es el domicilio en el que me encontraba, le pregunté si tenía conocimiento de que el interior 7, el cual se encuentra en la plana baja, corresponde al domicilio de la contribuyente Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V. ella conocía a su Representante Legal, a lo que contestó que que no conoce a lá contribuyente Destiladora de Mezcaleá Finos, S.A. de C.V. ni a su Representante Legal, que casi nunca ha personas en ese departamento, pues ha observado que solo entran algunas personas de vez en cuando y desconoce quién lo ocupa, le solicité que me dijera su.nombre y que me mostrara una. identificación personal, a lo que dijo llamarse Alejandra Cerón y agregó que en ese momento no tenía identificación alguna a la mano, por lo que procedo a la descripción de sus principales características físicas: persona del sexo femenino, de aproximadamente 35 años de edad, estatura aproximada 1.60 mts., complexión robusta, cara redonda, tez blanca, cabello largo de color castaño oscuro con rayos en color rubio, ojos medianos de color café oscuro, nariz ancha, y boca mediana. - En virtud de lo antes expuesto no fue posible notificar a la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., el Oficio No. de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión" antes mencionado, por lo que procedí a levantar la presente Constancia de Hechos en la puerta del domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., sito en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, ante la presencia de dos testigos de asistencia a efecto de que den certeza del levantamiento de la misma, cabe mencionar que toda vez que en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., no se encuentra persona alguna que pueda fungir como testigo, procedí a designar a los CC. Yadira Tlacomulco Fernández, y José Carmen Ramos Muñoz, quienes manifiestan ser mayores de edad y de nacionalidad mexicana ambos, la primer testigo de estado civil casada, edad 27 años, ocupación empleada, y con domicilio particular en: Calle Plaza Damizar 503, Edificio C9, Pblo. La Libertad, Puebla, Puebla, y el segundo testigo dé estado civil casado, edad 50 años, ocupación empleado, y con domicilio particular en Calle sin nombre, 3a. Sección No. 68, Barrio de Tzautla, Tzompantepec, Tlaxcala, quienes a petición de la suscrita se identifican con Credencial para Votar expedida por el entonces Instituto Federal Electoral, Registro Federal de Electores y con Credencial para Votar expedida por Instituto Nacional Electoral, respectivamente la primera de ellas contiene, entre otros datos, los siguientes: Nombre: TLACOMULCO FERNANDEZ YADIRA, Folio: , Año de Registro: , Clave de Elector: TLFRYD M900, PASA AL FOLIO No. G.R.M /

43 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOMICILIO: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 2 FOLIO No. G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / CURP: TAFY900527MPLLRD01, Estado: 21, Municipio: 115, Localidad: 0001, Sección: 0979, Emisión: 2011, Vigencia Hasta: 2021, Edad: 21, Sexo: M, y la del segundo testigo contiene los siguientes datos: Nombre: RAMOS MUÑOZ JOSE CARMEN, Clave de Elector: RMMZCR H900, CURP: RAMC670716HTLMXR06, Año de Registro: , Estado: 29, Municipio: 038, Sección: 0527, Localidad: 0001, Emisión: 2015, Vigencia: 2025, Fecha de Nacimiento: 16/07/1967, Sexo: H; mismos documentos que además contienen la fotografía, firma y huella digital de sus portadores, documentos que se tuvieron a la vista, se examinaron y se devolvieron de conformidad a sus portadores sin producir objeción alguna; dichos testigos aceptaron el nombramiento "protestando conducirse con verdad" apercibidos de las penas en que incurre quienes se conducen con falsedad ante autoridad administrativa competente, quienes manifestaron no tener impedimento legal para actuar como tales, y a quienes les constan los hechos asentados en la presente Constancia. Asimismo hago constar que me identifiqué ante la persona que me proporcionó la información y ante los testigos de asistencia, con mi Constancia de Identificación como a continúación-se indica: Nombre: MARÍA ESTHER ZAVALA FIERRO Número de constancia 0010 Registro Federal de Contribuyentes: ZAFE600115F78 Fecha de expedición: 02 DE ENERO DE 2018 Cargo:' VISITADOR-NOTIFICADOR- VERIFICADOR Fecha de vencimiento 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Cónstancia que fue expedida por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, con fundamento en los artículos: 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal; Cláusulas TERCERA, CUARTA, párrafos primero, segundo y cuarto, y OCTAVA, primer párrafo, fracción I, inciso d); del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de junio de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2015, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla del 06 de agosto de 2015; y en los artículos 14, primer párrafo, 17, primer párrafo, fracción II, 19, 27 y 35, primer párrafo, fracciones VII, VIII, XXIX y XCI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, vigente; artículos 13, primer párrafo, fracción III, inciso b), y antepenúltimo párrafo del Código Fiscal del Estado de Puebla; 1, 3, primer párrafo, 4, primer párrafo, fracción IV, inciso c), numeral 3, 5, cuarto párrafo, 6, primer párrafo, 10, primer párrafo, fracciones III, XIV y XXXVI, y 32, primer párrafo, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración vigente; documento en el cual aparece sin lugar a dudas, la fotografía, Registro Federal de Contribuyentes, nombre y firma de la suscrita, dicho documento identificatorio fue exhibido a las personas mencionadas, quienes lo examinaron cerciorándose de sus datos, los cuales coinciden con el perfil físico de la suscrita, expresando su conformidad sin producir objeción alguna, lo devolvieron a su portadora. PASA AL FOLIO No. G.R.M /

44 CONTRIBUYENTE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. GIRO: COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. DOMICILIO: AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. OFICIO No.: ORDEN No.: G.R.M /13 CLASE: CONSTANCIA DE HECHOS 2 FOLIO No. G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / CIERRE. No habiendo más hechos que hacer constar, y explicado su contenido y alcance a los testigos, se da por concluida la presente Constancia de Hechos, siendo las 14:55 horas del día 05 de enero de 2018, haciendo del conocimiento de la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Coordinación General de Estudios Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, lo narrado con anterioridad para todos los efectos legales conducentes, levantándose la presente Constancia en dos tantos y que consta de cinco fojas útiles, firmando para constancia al final de la Constancia de Hechos y al margen o calce de cada uno de los folios que la integran, los que en ella intervinier CONSTE. Por la Dirección de Fiscalización dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del obierno del Estado de Puebla Ji C. María Esther Zavala Fierro TESTIGOS C. Yadira Tlac rnández C. José Carm uñoz

45 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOMICILIO: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 3 FOLIO No. G.R.M / En Puebla, Puebla, siendo las 11:00 horas del día 01 de febrero de 2018, la suscrita C. María Esther Zavala Fierro, visitador-notificador-verificador adscrita a la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, acreditando mi personalidad con Constancia de Identificación contenida en el oficio número 0010, que me designa como visitador-notificador-verificador en el cual aparece mi nombre, firma autógrafa y fotografía que coincide con mis rasgos físicos, de fecha 02 de enero de 2018, con vigencia del 02 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018, la cual ostenta la firma autógrafa del C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, constituida legalmente en el domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos S.A. de C.V., ubicado en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, con el objeto de notificar el Oficio No. de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión", emitido por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la -Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla, girado a la contribuyente Destiladora dé Mezcales Finos, S.A. de C.V. procedo a levantar la presente Constancia en la cual se hacen consta los siguientes: HECHOS Siendo las 11:00 horas del día 01 de febrero de 2018, me constituí legalmente en el domicilio fisca de la contribuyente revisada. Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., ubicado en Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, en compañía de los CC. María Anastacia Rodríguez Pineda y Jorge Sánchez Díaz, personas que fungen como testigos de asistencia en la presente Constancia de Hechos, de los cuales se mencionará su designación más adelante, con el objeto de hacer entrega del Oficio No. de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión", girado y firmado en forma autógrafa por el C.P. Ricardo Romero Rueda, Director de Fiscalización, dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla; y cerciorándome de que el domicilio fiscal en el que se realiza la diligencia corresponde al último domicilio manifestado por la contribuyente revisada ante el Registro Federal de Contribuyentes, y porque coincide con el citado en el oficio No. SFA-SI-CGENASF-DF /2017 antes mencionado, y toda vez que dicho domicilio ostenta los siguientes datos externos: inmueble antiguo tipo casona de dos plantas, marcado en el exterior con el número 108 impreso en una placa metálica en estos momentos de color azul con números en color blanco, el cual se ubica sobre la Avenida 7 Poniente, ya que así lo indica una placa en la esquina de dicha avenida, se encuentra entre la avenida 16 de septiembre y la calle 3 sur, de la Colonia Centro de esta Ciudad, y cuenta en estos momentos con las siguientes características: fachada de color verde claro, en la planta alta tiene 4 balcones de herrería en color negro, con puertas de herrería también de color negro, en la planta baja se encuentra un zaguán antiguo de madera de color café por el cual se PASA AL FOLIO No. G.R.M /

46 CONTRIBUYENTE: GIRO: DOMICILIO: OFICIO No.: ORDEN No.: CLASE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. G.R.M /13 CONSTANCIA DE HECHOS 3 FOLIO No G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / accesa al interior y que se encuentra abierto, está enmarcado con piedra de color gris y en la parte superior del marco tiene un letrero con la leyenda "TIENE PROBLEMAS CON SU DENTADURA POSTIZA" en letras de color blanco, en la parte superior izquierda del zaguán de madera hay un letrero de color blanco con letras negras en la que se puede leer "SE RENTAN CUARTOS AMUEBLADOS. INF DPTO. 17"; asimismo cuenta en el exterior con dos locales comerciales ubicados a los costados del zaguán, el de lado izquierdo corresponde a un café y galería denominada "Driss Café y Galería" y el de lado derecho corresponde a un negocio de artesanías denominado "Colibri", ya que así lo indican los letreros que se encuentran en el exterior de cada local; dicho inmueble visto de frente colinda de lado derecho con un inmueble de cuatro plantas, sin número oficial a la vista, en el que se encuentra un cine de nombre comercial "Cinemex", y de lado izquierdo colinda con el inmueble marcado con el número 110 que corresponde a una casa antigua de 2 plantas con fachada en estos momentos de color amarillo y balcones en la planta alta, en estos momentos de herrería negra; en frente del inmueble marcado con el número 108 se encuentra el estacionamiento del Hotel denominado "Quinta Real"; posteriormente ingresé al interior del inmueble marcado con el número 108 ya que el zaguán de madera se encontraba abierto en ese momento, ( observando que hay un pasadizo, el cual sobre la pared del lado izquierdo tiene 15 medidores de la \ Comisión Federal de Electricidad, dicho pasadizo da acceso a un patio, el cual cuenta con portales de piedra actualmente de color gris y el piso del patio es de lajas también de color gris, de lado derecho hay una escalera para subir a la planta alta; en dicho patio hay cinco departamentos que cuentan con puertas y ventanas en estos momentos de color gris, y paredes pintadas en estos momentos de color gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, desde el patio de la planta baja se puede observar la planta alta la cual cuenta con un barandal metálico en estos momentos oxidado, detrás del barandal hay un corredor con puertas y ventanas que corresponden a los departamentos de esa planta; en la planta baja de lado derecho hay dos departamentos, el primero sin número interior a la vista, en la parte exterior tiene pintada la palabra "DENTAL" en letras azules, el segundo departamento está marcado con el número 4 en el que se puede apreciar que funciona como despacho y cuenta con dos puertas, de las cuales una se encuentra abierta y se observa que en el interior hay escritorios, computadoras y personal laborando, de lado izquierdo del patio hay otros dos departamentos, el primero de ellos sin número a la vista y el segundo está marcado con el número 1; al fondo del patio de lado izquierdo junto al departamento número 1 se encuentra un pasillo que da acceso a un segundo patio el cual se localiza al final del pasillo, las paredes de este segundo patio están pintadas en estos momentos de color rojo en la parte inferior y amarillo en la parte superior, y cuenta en la planta baja con dos departamentos, los cuales tienen puertas y ventanas metálicas con vidrios, al fondo de este patio se encuentra una escalera de cemento con barandal metálico para subir a la planta alta, en la que se observa que hay dos departamentos. Sobre el pasillo que se encuentra en la planta baja, antes mencionado, de lado izquierdo se localiza el interior marcado con el número 7, el cual se encuentra pintado en estos momentos en color blanco con contorno negro en un vidrio de una de las dos puertas de este departamento, el exterior de este departamento en este momento se encuentra pintado en colores gris en la parte inferior, rojo en la parte media y blanco en la parte superior, cuenta con dos puertas metálicas pintadas actualmente de color gris, con vidrios opacos en la parte inferior que impiden ver el interior, y vidrios transparentes en la parte superior, dichas puertas se encuentran cerradas con 2 candados cada una; así mismo sobre la pared entre ambas PASA AL FOLIO No. G.R.M /

47 CONTRIBUYENTE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. GIRO: COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. DOMICILIO: AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. OFICIO No.: ORDEN No.: G.R.M /13 CLASE: CONSTANCIA DE HECHOS 3 FOLIO No G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / puertas se encuentra una placa de mármol con la leyenda "Jurídico Contable" en letras doradas y un logotipo en forma de rectángulo vertical actualmente de colores azul marino y blanco del lado izquierdo de la misma placa; no obstante encontrarse cerradas con candados procedí a tocar en repetidas ocasiones en ambas puertas del domicilio fiscal de la contribuyente revisada sin obtener respuesta; por lo que regresé al primer patio y subí a la planta alta por las escaleras ya mencionadas, en la planta alta hay un corredor perimetral con un barandal metálico actualmente oxidado, en dicho corredor hay varias puertas y ventanas de los diferentes departamentos que se encuentran en la planta alta, procedí a tocar en repetidas ocasiones en la puerta del departamento marcado con el número 18, sin que persona alguna abriera o respondiera desde el interior, por lo que me dirigí a la puerta correspondiente al interior 17, toqué a dicha puerta y abrió una persona del sexo femenino, ante quien me identifiqué con mi Constancia de Identificación contenida en el oficio número 0010 de fecha 02 de enero de 2018 antes mencionada, le pregunté a dicha persona si el domicilio en que me encontraba en ese momento corresponde al número 108 de la Avenida 7 Poniente, Colonia Centro de esta ciudad de Puebla, Puebla, respondiendo que ése es el domicilio de esa casa, le pregunté si tenía conocimiento de que el interior 7, el cual se encuentra en el pasillo de la planta baja lo ocupa la empresa denominada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V. y si ella, conocía a su Representante Legal, respondiendo que no los conoce y no sabe quien ocupa ese departamento, comentando que en el día siempre está cerrado y que de vez en cuando entre 9 y 10 de la noche llegan algunas personas, le pregunté su nombre y le solicité que me mostrara alguna identificación, a lo que respondió llamarse Elizabeth Escalera, agregando que para qué quería yo su identificación y que no contaba con identificación alguna; por lo anterior procedo a la descripción de sus principales características físicas: persona del sexo femenino, de aproximadamente 52 años d edad; estatura aproximada 1.50 mts., complexión delgada, tez blanca, ojos pequeños de color café claro, boca mediana, nariz mediana afilada, cabello largo de color castaño oscuro que en es momento lo tenía recogido. Por lo antes expuesto no fue posible notificar a la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., el Oficio No. de fecha 04 de diciembre de 2017, mediante el cual "Se dan a conocer las observaciones determinadas en la revisión" antes mencionado, por lo que procedí a levantar la presente Constancia de Hechos en la puerta del domicilio fiscal de la contribuyente revisada Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V., sito en: Avenida 7 Poniente No , Col. Centro, Puebla, Puebla, ante la presencia de dos testigos de asistencia a efecto de que den certeza del levantamiento de la misma, cabe mencionar que toda vez que en el domicilio fiscal de la contribuyente Destiladora de Mezcales Finos, S.A. de C.V. no se encuentra persona alguna que pueda fungir como testigo, procedí a designar a los CC. María Anastacia Rodríguez Pineda, y Jorge Sánchez Díaz, quienes manifiestan ser mayores de edad y de nacionalidad mexicana ambos, la primer testigo de estado civil soltera, edad 50 años, con ocupación de empleada y domicilio particular en C 2 Norte 27 Col El Salvador Puebla, Pue., y el segundo testigo de estado civil casado, edad 62 años, con ocupación de empleado y con domicilio particular en Avenida del Santo Cristo No. 1203, Fraccionamiento Val de Cristo, Atlixco, Pue.; quienes a petición de la suscrita se identifican ambos con Credencial para Votar expedidas la primera por el entonces Instituto Federal Electoral, y la segunda expedida por el Instituto Nacional Electoral, la primera de ellas contiene, entre otros, los siguientes datos: Nombre: RODRIGUEZ PINEDA MARIA ANASTACIA, Domicilio: C 2 Norte 27 Col El Salvador Puebla, Pue., Folio: PASA AL FOLIO No. G.R.M /

48 CONTRIBUYENTE: DESTILADORA DE MEZCALES FINOS, S.A. DE C.V. GIRO: COMERCIO AL POR MAYOR DE BEBIDAS REFRESCANTES. DOMICILIO: AVENIDA 7 PONIENTE No COL. CENTRO, PUEBLA, PUE. OFICIO No.: ORDEN No.: G.R.M /13 CLASE: CONSTANCIA DE HECHOS 3 FOLIO No. G.R.M / VIENE DEL FOLIO No. G.R.M / , Clave de Elector: RDPNAN M600, CURP: ROPA670412MPLDNN08, Año de Registro: , Estado: 21, Municipio: 115, Localidad: 001, Sección:. 1579, Emisión: 2011, Vigencia hasta: 2021, Edad: 44, Sexo: M, y del segundo testigo contiene, entré otros, los siguientes datos: Nombre: SANCHEZ DIAZ JORGE, Clave de Elector: SNDZJR H700, CURP: SADJ551127HDFNZR04, Año de Registro: , Estado: 21, Municipio: 019, Sección: 0196, Localidad: 0001, Emisión: 2016, Vigencia: 2026, Fecha de nacimiento: 27/11/1955, Sexo: H; mismos documentos que además contienen la fotografía, firma y huella digital de sus portadores, documentos que se tuvieron a la vista, se examinaron y se devolvieron de conformidad a sus portadores sin producir objeción alguna; dichos testigos aceptaron el nombramiento "protestando conducirse con verdad" apercibidos de las penas en que incurren quienes se conducen con falsedad ante autoridad administrativa competente, quienes manifestaron no tener impedimento legal para actuar como tales, y a quienes les constan los hechos asentados en la presente Constancia. IDENTIFICACION DEL PERSONAL ACTUANTE. Asimismo hago constar que me identifiqué ante la persona que me proporcionó información y ante los testigos de asistencia con mi Constancia de Identificación como a continuación se indica: Nombre: MARÍA ESTHER ZAVALA FIERRO Número de constancia 0010 Registro Federal de Contribuyentes: ZAFE600115F78 Fecha de expedición: 02 DE ENERO DE 2018 Cargo: VISITADOR-NOTIFICADOR-c VERIFICADOR c- Fecha de vencimiento 31 DE DICIEMBRE DE ' Constancia que fue expedida por el C.P. Ricardo Romero Rueda,.Director de Fiscalización dependiente de la Normativos y Análisis Sistémico Fiscal de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y de Puebla con fundamento en los artículos: 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal; Cláusulas TERCERA, CUARTA, párrafos primero, segundo y cuarto, y OCTAVA, primer párrafo, fracción I, inciso d); del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de junio de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2015, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla del 06 de agosto de 2015; y en los artículos 14, primer párrafo, 17, primer párrafo, fracción II, 19, 27 y 35, primer párrafo, fracciones VII, VIII, XXIX y XCI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, vigente; artículos 13, primer párrafo, fracción III, inciso b), y antepenúltimo párrafo del Código Fiscal del Estado de Puebla; 1, 3, primer párrafo, 4, primer párrafo, fracción IV, inciso c), numeral 3, 5, cuarto párrafo, 6, primer párrafo, 10, primer párrafo, fracciones III, XIV y XXXVI, y 32, primer párrafo, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración vigente; documento en el cual aparece sin lugar a dudas, la fotografía, Registro Federal de Contribuyentes, nombre y firma de la suscrita, dicho documento identificatorio fue exhibido a los testigos quienes lo examinaron, cerciorándose de sus datos, los cuales coinciden con el perfil físico de la suscrita, expresando su conformidad sin producir objeción alguna, lo devolvieron a su portadora. Asimismo, se hace constar que toda vez que no fue posible localizar a la citada contribuyente en su último domicilio fiscal manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes, la contribuyente PASA AL FOLIO No. G.R.M /

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