REF.: INFORMES FINANCIEROS DE LOS FONDOS DE PENSIONES. MODIFICA CIRCULAR N

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1 CIRCULAR N 1237 VISTOS: Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradora de Fondos de Pensiones. REF.: INFORMES FINANCIEROS DE LOS FONDOS DE PENSIONES. NORMAS REFERIDAS AL ENCAJE DE LAS ADMINISTRADORAS: DEROGA CIRCULARES N 1112, N 1116, Y LOS CAPÍTULOS II Y V DE LA CIRCULAR N 180. MODIFICA CIRCULAR N

2 2 INDICE GENERAL I. INTRODUCCIÓN 4 II. INFORME FINANCIERO DE LOS FONDOS DE PENSIONES 4 1. PRESENTACIÓN 4 2. CONTENIDO 8 SECCION I: ESTADOS FINANCIEROS DE LOS FONDOS DE PENSIONES Identificación de la Administradora Balance general de los Fondos de Pensiones Estado de variación patrimonial de los Fondos de Pensiones (En miles de pesos) Estado de variación patrimonial de los Fondos de Pensiones (En cuotas) Cuadro explicativo de la rentabilidad de la cartera de inversiones de los Fondos de Pensiones Valores cuotas y rentabilidad de la cuota Número de cuentas (Ejercicio actual) Desglose de las cuentas de capitalización individual (Ejercicio actual) Número de cuentas (Ejercicio anterior) Desglose de las cuentas de capitalización individual (Ejercicio anterior) Número de cuentas recibidas desde otras Administradoras o instituciones autorizadas durante el ejercicio actual Número de cuentas enviadas hacia otras Administradoras o instituciones autorizadas durante el ejercicio actual Número de cuentas recibidas desde otros Fondos de Pensiones misma Administradora, durante el ejercicio actual Número de cuentas enviadas hacia otros Fondos de Pensiones misma Administradora, durante el ejercicio actual Cuadro de comisiones y rentabilidad de los fondos mutuos y fondos de inversión en el extranjero 48 SECCIÓN II: INFORMES DE TRASPASOS, RECAUDACIÓN, COTIZACIONES Y COMISIONES Cuadro traspasos del trimestre Cuadro recaudación del trimestre Cuadro de cotizaciones y depósitos declarados y no pagados Cuadro de cotizaciones y depósitos declarados y no pagados clasificados por actividades económicas y regiones geográficas Cuadro comisiones del trimestre 78

3 3 SECCIÓN III: NOTAS EXPLICATIVAS 90 SECCIÓN IV: ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS 119 III. ENCAJE 121 IV. MODIFICACIÓN A LA CIRCULAR N V. DEROGACIÓN 124 VI. VIGENCIA 124 ANEXOS 125

4 4 I INTRODUCCIÓN La presente Circular referida al informe financiero de los Fondos de Pensiones que deben presentar las Administradoras, refunde en un solo texto aquellas normas relacionadas con la confección de los estados financieros de los Fondos de Pensiones y el Encaje. Por otra parte, en esta Circular se introducen cambios al informe financiero de los Fondos de Pensiones con el objeto de incorporar las modificaciones efectuadas al D.L. N de 1980 por la ley N publicada en el Diario Oficial con fecha 28 de Febrero de Esta ley introdujo modificaciones en materia de inversión de los Fondos de Pensiones, específicamente aumentando el número de Fondos de Pensiones existentes a cinco por cada Administradora, ampliando los límites y los instrumentos autorizados para inversión en el extranjero y perfeccionando la inversión de los Fondos de Pensiones en el país. Asimismo, se efectúan algunas modificaciones tendientes a simplificar la información que deben enviar las Administradoras. En este sentido, las principales materias tratadas en esta Circular son: - Balance de los Fondos de Pensiones (Ejercicio actual y ejercicio anterior) - Estado de variación patrimonial (Ejercicio actual y ejercicio anterior) - Rentabilidad por tipo de instrumento de los Fondos de Pensiones (Ejercicio actual) - Cuadro de comisiones y rentabilidad de fondos mutuos y fondos de inversión extranjeros - Notas explicativas a los estados financieros - Normas sobre estados financieros auditados anuales - Normas sobre el Encaje Cabe destacar que las Administradoras deberán presentar un informe financiero en conjunto para todos los Tipos de Fondos de Pensiones que administra. II. INFORME FINANCIERO DE LOS FONDOS DE PENSIONES 1 PRESENTACIÓN a) Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán entregar trimestralmente a esta Superintendencia un informe financiero conjunto para todos los tipos de Fondos de Pensiones que administra, con los datos requeridos en el formato que se adjunta como anexo a esta Circular, ajustándose estrictamente en su confección, a las instrucciones que se detallan más adelante.

5 5 b) El informe financiero de los Fondos de Pensiones deberá enviarse en original con dos copias, todos en tamaño oficio y perfectamente legibles, no aceptándose aquellos que contengan errores o enmendaduras. Adicionalmente, la Administradora deberá hacer llegar, junto con el informe financiero, mediante transmisión electrónica de datos o en diskette de alta densidad en formato DOS en casos extraordinarios y expresamente autorizados por esta Superintendencia, la misma información que se incluye en dicho informe, la cual se detalla en la sección I y II del número 2 siguiente. Esta información deberá estar elaborada según las especificaciones impartidas al final de esta Circular, en el Anexo Instrucciones para el envío del informe financiero de los Fondos de Pensiones vía transmisión de datos. No obstante lo anterior, la información de la sección III Notas explicativas a los estados financieros del número 2 siguiente, deberá ser remitida a esta Superintendencia en un archivo con formato PDF denominado Notas explicativas a los estados financieros, de acuerdo con las especificaciones y modalidad de transmisión definidas en la Circular de transmisión de datos de los Fondos de Pensiones. Estos informes deberán estar referidos a las siguientes fechas de cierre: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada año. c) Los estados financieros de los Fondos de Pensiones, correspondientes a marzo y septiembre, deberán presentarse dentro del plazo de 45 días, contado desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario. El informe correspondiente a junio deberá presentarse dentro del plazo de 60 días, contado desde la fecha de cierre de dicho trimestre calendario. El informe financiero anual correspondiente a diciembre, el cual deberá ser auditado, deberá presentarse hasta el último día del mes de febrero del año siguiente o el día hábil siguiente si este último no lo fuese. d) Al estado financiero auditado de los Fondos de Pensiones que deba presentar la Administradora, deberán incorporarse notas explicativas y el dictamen de los auditores externos, los que formarán parte integrante de los mismos. A través de lo indicado en la Sección III de esta Circular, se establece la información mínima que debe proporcionarse en las notas explicativas, sin que ello exima a la administración de la Administradora de la responsabilidad de difundir en notas adicionales, información que contribuya a una mejor comprensión de los estados presentados o que representen la divulgación de cierta información, que sin estar directamente reflejada en dichos estados, constituyen eventos que por su importancia, deben ser conocidos por los usuarios de la información financiera.

6 6 Adicionalmente, la Administradora deberá presentar a esta Superintendencia a más tardar, el último día del mes de agosto de cada año o el siguiente hábil, si este último no lo fuere, el informe de revisión de información interina de los auditores externos, tratándose de estados financieros interinos de los Fondos de Pensiones correspondientes al 30 de junio de cada ejercicio. La auditoría a los estados financieros de los Fondos de Pensiones debe comprender al menos los siguientes aspectos: - Comprobación de la exactitud de la información referente al número de cuotas de los Fondos de Pensiones, para lo cual será imprescindible sumar los registros auxiliares de los Fondos de Pensiones que se reglamentan en la respectiva Circular, conciliando éstos con las correspondientes cuentas de mayor. Cualquier discrepancia entre mayor y auxiliares deberá ser analizada y explicada. - Conciliación de las cuentas corrientes bancarias de los Fondos de Pensiones y análisis de los movimientos de cuentas de los Fondos originados en la recaudación de las cotizaciones, depósitos y aportes, intereses, rescates y correspondientes reinversiones. - Verificación del exacto y oportuno cumplimiento de los compromisos contractuales de devolución de comisiones por parte de los fondos mutuos o de inversión extranjeros, en los cuales los Fondos de Pensiones hayan invertido recursos, así como su correcta contabilización. Al efecto deberá tomarse como referencia, la documentación y demás especificaciones con que deberán estar respaldados tales compromisos, según lo dispuesto en nuestro Oficio N 717 del Asimismo, deberá auditarse el cumplimiento a las disposiciones sobre las comisiones máximas a pagar por los Fondos de Pensiones como consecuencia de sus inversiones en fondos mutuos o de inversión extranjeros, según lo dispuesto por el inciso quinto del artículo 45 bis del D.L y las especificaciones operativas contenidas en la Circular N 1215 de esta Superintendencia o en aquella que la modifique o reemplace y correspondiente Resolución conjunta con la Superintendencia de Valores y Seguros, verificando la concurrencia de la Administradora a la cancelación de las comisiones que sobrepasen dicho máximo, así como su correcta contabilización. - Auditoría de los sistemas de control interno en aspectos que a juicio del auditor resulten estratégicos para mejor fundamentar su opinión respecto de la consistencia y confiabilidad de los estados financieros.

7 7 e) Deberá estamparse una declaración jurada de responsabilidad respecto de la veracidad de toda la información incorporada en los informes trimestrales y anuales. Dicha declaración deberá ser suscrita por el número de directores requerido por los estatutos sociales para la adopción de acuerdos de directorio y por el gerente general. Luego del texto de la declaración, deberá registrarse el nombre de los declarantes, sus R.U.T., sus cargos y estamparse sus firmas, las cuales deben encontrarse autorizadas ante Notario. El formato de esta declaración se incluye como el Anexo N 3 de esta Circular. f) La entrega de estos informes deberá realizarse en la Oficina de Partes de esta Superintendencia a más tardar a las 17:30 horas del último día de plazo. El plazo para la transmisión electrónica de los estados financieros a esta Superintendencia será el mismo al cual se refieren la letra c) anterior. En el evento de no poder entregar el informe financiero en el plazo señalado, la Administradora deberá enviar a más tardar antes de las horas del día hábil siguiente, una carta suscrita por el Gerente General donde se exprese claramente las causas que originaron el atraso, las medidas tomadas para evitar la repetición de esa infracción y la fecha exacta en que la información será enviada. Lo anterior no exime en forma alguna de una eventual sanción a la Administradora por incurrir en atraso en la entrega del referido Informe y, a su vez, hace improcedente el envío de solicitudes de prórroga en los plazos de entrega de la información y otros procedimientos similares. g) Los estados financieros trimestrales de los Fondos de Pensiones, deberán ser puestos a disposición del público en su sitio web, en las mismas fechas en que se presenten a esta Superintendencia, de acuerdo a lo señalado en la letra c) anterior. No obstante lo anterior, la publicación en el sitio web de los estados financieros auditados correspondiente al mes de diciembre sólo se realizará una vez que esta Superintendencia autorice la publicación de los mismos. h) Los saldos informados en los estados financieros presentados a esta Superintendencia deberán concordar con los registros contables de los Fondos de Pensiones. Los registros contables a su vez, deberán ser mantenidos permanentemente actualizados de acuerdo a las disposiciones vigentes.

8 8 2. CONTENIDO El informe financiero de los Fondos de Pensiones contiene tres secciones: Sección I: Estados Financieros de los Fondos de Pensiones: Está compuesto por un conjunto de datos codificados que deberán ser proporcionados a esta Superintendencia a través de los siguientes estados: - Balance general de los Fondos de Pensiones (Ejercicio actual y ejercicio anterior). - Estado de variación patrimonial de los Fondos de Pensiones. (en miles de pesos) (Ejercicio actual y ejercicio anterior). - Estado de variación patrimonial de los Fondos de Pensiones. (en cuotas) (Ejercicio actual y ejercicio anterior). - Cuadro explicativo de la rentabilidad obtenida por la cartera de inversiones de los Fondos de Pensiones. (ejercicio actual). - Valores cuotas, rentabilidad de la cuota y número de cuentas totales enviadas y recibidas por los distintos Tipos de Fondos de Pensiones. - Cuadro de comisiones y rentabilidad de fondos mutuos y fondos de inversión extranjeros por cada Tipo de Fondo de Pensiones. Sección II: Informes de traspasos, recaudación, cotizaciones y comisiones. Se deberá entregar información relativa a traspasos, recaudaciones, cotizaciones y comisiones devengadas de los Fondos de Pensiones correspondientes al trimestre del informe, en los siguientes formularios: - Cuadro de traspasos del trimestre. - Cuadro de recaudación del trimestre. - Cuadro de cotizaciones y depósitos declarados y no pagados. - Cuadro de cotizaciones y depósitos declarados y no pagados clasificados por actividades económicas y regiones geográficas. - Cuadro de comisiones del trimestre. Sección III: Notas explicativas a los estados financieros. Se deberán presentar notas explicativas a los estados financieros de los Fondos de Pensiones.

9 9 SECCIÓN I: ESTADOS FINANCIEROS DE LOS FONDOS DE PENSIONES A. INSTRUCCIONES GENERALES. Los períodos a que estén referidos los datos de cada estado financiero de los Fondos de Pensiones, deberán corresponder a los trimestres terminados al 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada año. Los estados financieros deberán ser confeccionados de acuerdo a las normas impartidas por esta Superintendencia. En lo no regulado por ésta, conforme a lo establecido por la Superintendencia de Valores y Seguros, y en lo no determinado por ambas instituciones, sobre la base de los principios y normas contables generalmente aceptadas emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G. En la totalidad de los formatos de esta sección, con excepción del Cuadro de comisiones y rentabilidad de los fondos mutuos y fondos de inversión extranjeros por cada tipo de Fondos de Pensiones, se deberá presentar la información para todos los Tipos de Fondos de Pensiones de la Administradora de la forma señalada en el formato en el anexo N 1. En aquellas filas en que un Fondo de Pensiones no posea saldo, deberá consignarse el valor cero ( 0 ). El balance general, el estado de variación patrimonial y las notas explicativas a los estados financieros, cuando corresponda, del ejercicio anterior deberán ser presentados en forma comparativa entre el ejercicio actual e igual período del año anterior. Todas las cifras comparativas que se refieran al ejercicio anterior deberán estar actualizadas de acuerdo a la variación experimentada por el índice de precios al consumidor que corresponda. En el costado inferior izquierdo de la página N 1 deberá señalarse el total de páginas que contiene el informe financiero. Las cifras de los estados financieros y las que se incluyen en las notas explicativas, se expresarán en miles de pesos, sin decimales, salvo indicación expresa en contrario. En caso de informar cantidades negativas, ellas se indicarán precedidas por un signo menos (-). Los valores determinados en cuotas deberán informarse con dos decimales. B. INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS. En las instrucciones siguientes se explicará el contenido de cada uno de los ítems que aparecen en los estados financieros de los Fondos de Pensiones, utilizando para tales efectos, el mismo código con el que se identifican en los correspondientes formularios, tanto para el ejercicio actual como para el ejercicio anterior, cuando corresponda. En aquellas partidas en que se hace referencia a Circulares, debe entenderse que dicha referencia se hace extensiva a las normas que las modifiquen, complementen o reemplacen.

10 10 La fecha que debe indicarse en los casilleros bajo la glosa Ejercicio Actual, debe corresponder al último día del trimestre a que se refieren los estados financieros y la que debe informarse bajo la glosa Ejercicio Anterior, debe corresponder al mismo día del año anterior. 1.0 IDENTIFICACIÓN DE LA ADMINISTRADORA Debe indicarse: 1.01 Razón Social de la Administradora: El que corresponda R.U.T.: El de la Administradora Representante Legal: Nombre completo del representante legal de la Administradora indicando apellido paterno, apellido materno y nombres Fecha de los Estados Financieros: Se deberá indicar la fecha del último día del ejercicio actual que se está informando. 1.1 BALANCE GENERAL DE LOS FONDOS DE PENSIONES ACTIVO ACTIVO DISPONIBLE. Corresponde a la suma de los ítems al Banco recaudaciones. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Banco recaudaciones a la fecha del informe Banco inversiones. Corresponde a la suma de los ítems y Banco inversiones nacionales Corresponde al saldo de la subcuenta Banco inversiones nacionales a la fecha del informe Banco inversiones extranjeras Corresponde al saldo de la subcuenta Banco inversiones extranjeras a la fecha del informe Banco retiros de ahorro. Corresponde a la suma de los ítems y

11 Banco retiros de ahorro voluntario Corresponde al saldo de la subcuenta Banco retiros de ahorro voluntario a la fecha del informe Banco retiros de ahorro de indemnización Corresponde al saldo de la subcuenta Banco retiros de ahorro de indemnización a la fecha del informe Banco pago de beneficios. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Banco pago de beneficios a la fecha del informe Banco pago de ahorro previsional voluntario. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Banco de ahorro previsional voluntario a la fecha del informe Valores por depositar y en tránsito. Corresponde a la suma de los ítems al Valores por depositar nacionales. Corresponde al saldo de la subcuenta Valores por depositar nacionales a la fecha del informe Valores por depositar extranjeros. Corresponde al saldo de la subcuenta Valores por depositar extranjeros a la fecha del informe Valores en tránsito. Corresponde al saldo de la subcuenta Valores en tránsito a la fecha del informe INSTRUMENTOS FINANCIEROS. Total resultante de la suma de los ítems al

12 Inversiones en instituciones estatales. Corresponde al valor de los instrumentos financieros, emitidos por instituciones estatales, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes. Este valor es el resultado de sumar los ítems al En el evento que se produzca un exceso de inversión, éste deberá deducirse de los ítems al a prorrata, de acuerdo a la proporción que tiene cada ítem dentro del total de la partida Banco Central de Chile. Valor de los instrumentos emitidos por el Banco Central de Chile, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Tesorería General de la República. Valor de los instrumentos emitidos por la Tesorería General de la República, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Bonos de Reconocimiento emitidos por el INP u otras instituciones de previsión. Valor de los Bonos de Reconocimiento emitidos por el Instituto de Normalización Previsional u otras instituciones de previsión, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Inversiones en instituciones financieras. Corresponde al valor de los instrumentos financieros, emitidos o garantizados por instituciones financieras, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes. Este valor es el resultado de sumar los ítems al En el evento que se produzca un exceso de inversión y éste no pueda relacionarse específicamente con alguno de los tipos de instrumentos indicados en los ítems al , deberá deducirse en dichos ítemes a prorrata, de acuerdo a la proporción que tiene cada ítem dentro del total de la partida

13 Depósitos a plazo en instituciones financieras. Valor de los depósitos a plazo pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Letras de crédito. Valor de las letras de crédito emitidas por instituciones financieras, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Bonos emitidos e instrumentos garantizados por instituciones financieras. Valor de los bonos emitidos e instrumentos garantizados por instituciones financieras, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Acciones de instituciones financieras. Valor de las acciones emitidas por instituciones financieras, aprobadas por la Comisión Clasificadora de Riesgo, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Acciones de instituciones financieras que no requieren aprobación de la Comisión Clasificadora de Riesgo. Valor de las acciones en instituciones financieras que no requieren de la aprobación de la Comisión Clasificadora de Riesgo, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Inversiones en empresas. Corresponde al valor de los instrumentos emitidos por empresas, fondos de inversión y fondos mutuos pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes. Este valor es el resultante de sumar los ítems al

14 14 En el evento se produzca un exceso de inversión y éste no pueda relacionarse específicamente con alguno de los tipos de instrumentos indicados en los ítems y , deberá deducirse dichos ítems de acuerdo a la proporción que tiene cada ítem dentro del total de la partida Bonos y efectos de comercio de empresas públicas y privadas. Valor de los bonos y efectos de comercio emitidos por empresas públicas y privadas, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Bonos de empresas públicas y privadas canjeables por acciones. Valor de los bonos de empresas públicas y privadas canjeables por acciones, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Acciones de sociedades anónimas abiertas. Valor de las acciones de sociedades anónimas abiertas, pertenecientes a los Fondos, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Acciones de sociedades anónimas abiertas que no requieren de la aprobación de la Comisión Clasificadora de Riesgo. Valor de las acciones de sociedades anónimas abiertas que no requieren de la aprobación de la Comisión Clasificadora de Riesgo, pertenecientes a los Fondos, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha : Cuotas de fondos de inversión. Valor de las cuotas de fondos de inversión a que se refiere la ley N , pertenecientes a los Fondos, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha. Sin perjuicio de lo anterior, en este ítem se deberá considerar la proporción de la inversión realizada en emisores nacionales por los fondos de inversión, en aquellos casos en que éstos tengan invertidos en el extranjero más del 50% de sus activos.

15 : Cuotas de fondos mutuos. Valor de las cuotas de fondos mutuos a que se refiere el decreto ley N de 1976, pertenecientes a los Fondos, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha. Sin perjuicio de lo anterior, en este ítem se deberá considerar la proporción de la inversión realizada en emisores nacionales por los fondos mutuos, en aquellos casos en que éstos tengan invertidos en el extranjero más del 50% de sus activos Derivados nacionales. Corresponde al valor de las inversiones mantenidas por el Fondo de Pensiones en contratos de opciones y forwards nacionales a la fecha del informe, deducido el valor del exceso Inversiones en el extranjero. Corresponde al valor de los instrumentos financieros emitidos o garantizados por instituciones extranjeras, incluyendo la inversión indirecta en el extranjero a través de las cuotas de fondos de inversión y cuotas de fondos mutuos señalados en la letra i) del inciso 2 del artículo 45 del D.L. N 3.500, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes. Este valor es el resultante de sumar los ítems al Se deberá considerar en este ítem la proporción de la inversión realizada en el extranjero a través de los fondos de inversión y fondos mutuos, señalados en la letra i) del inciso segundo del artículo 45 del D.L. N 3.500, de 1980, sólo cuando éstos tengan invertidos en el extranjero más del 50% de sus activos. En el evento que se produzcan excesos de inversión y éstos no pueda relacionarse específicamente con alguno de los tipos de instrumentos indicados en los ítems al , el exceso deberá deducirse en dichos ítems a prorrata, de acuerdo a la proporción que tiene cada ítem dentro del total de la partida Títulos de deuda emitidos por Estados y bancos centrales extranjeros. Valor de los títulos de deuda emitidos por Estados, bancos centrales y agencias estatales extranjeras, pertenecientes a los Fondos, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha.

16 Títulos de deuda emitidos por entidades bancarias y empresas extranjeras. Valor de los títulos de deuda emitidos por entidades bancarias y empresas extranjeras, pertenecientes a los Fondos, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Acciones y certificados negociables emitidos por empresas extranjeras. Valor de las acciones y certificados negociables representativos de títulos accionarios emitidos por empresas extranjeras, pertenecientes a los Fondos, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Cuotas de fondos mutuos y fondos de inversión extranjeros. Valor de las cuotas de fondos mutuos y fondos de inversión extranjeros, pertenecientes a los Fondos, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, deducido el valor del exceso de inversión en dichos instrumentos a esa fecha Otras inversiones. En este ítem se deberá considerar sólo la proporción de la inversión realizada en el extranjero a través de los fondos de inversión y fondos mutuos, señalados en la letra i) del inciso segundo del artículo 45 del D.L. N 3.500, de 1980, cuando éstos tengan invertidos en el extranjero más del 50% de sus activos Derivados extranjeros. Corresponde al valor de las inversiones mantenidas por los Fondos de Pensiones en contratos de opciones y forwards extranjeros a la fecha del informe, deducido el valor del exceso de inversión a esa fecha Operaciones de préstamo o mutuo de instrumentos nacionales. Corresponde al valor de los instrumentos nacionales entregados en préstamo o mutuo por parte de los Fondos de Pensiones a la fecha del informe, deducido el valor del exceso de inversión a esa fecha Operaciones de préstamo o mutuo de instrumentos extranjeros. Corresponde al valor de los instrumentos extranjeros entregados en préstamo o mutuo por parte de los Fondos de Pensiones a la fecha del informe, deducido el valor del

17 17 exceso de inversión a esa fecha Excesos de inversión. Corresponde al valor de las inversiones pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N Este valor es el resultado de sumar los ítems al Excesos de inversión en instituciones estatales. Corresponde al valor de las inversiones en instituciones estatales, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N Excesos de inversión en instituciones financieras. Corresponde al valor de las inversiones en instituciones financieras, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N Excesos de inversión en empresas. Corresponde al valor de las inversiones en empresas, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N Excesos de inversión en derivados nacionales. Corresponde al valor de las inversiones en contratos de opciones y forwards nacionales, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N Excesos de inversión en el extranjero. Corresponde al valor de las inversiones en el extranjero, pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N Excesos de inversión en derivados extranjeros. Corresponde al valor de las inversiones en contratos de opciones y forwards extranjeros pertenecientes a los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión

18 18 establecidos en el D.L. N Excesos de préstamo en instrumentos nacionales. Corresponde al valor de los instrumentos nacionales entregados en préstamo o mutuo por parte de los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N Excesos de préstamo en instrumentos extranjeros. Corresponde al valor de los instrumentos extranjeros entregados en préstamo o mutuo por parte de los Fondos de Pensiones, valorizadas a la fecha del informe según las normas vigentes, que excedan los límites de inversión establecidos en el D.L. N ACTIVO TRANSITORIO. Corresponde al ítem Cargos en cuentas bancarias. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cargos en cuentas bancarias a la fecha del informe TOTAL ACTIVO. Total resultante de la suma de los ítems , y PASIVO PASIVO EXIGIBLE. Total resultante de la suma de los ítems al Recaudación y canje del mes. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Recaudación y canje del mes a la fecha del informe. Este valor es el resultado de sumar los ítems y : Recaudación del mes. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación del mes a la fecha del informe.

19 : Recaudación por canje de traspasos. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación por canje de traspasos a la fecha del informe Recaudación clasificada. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Recaudación clasificada a la fecha del informe. Este valor es el resultado de sumar los ítems al Recaudación de cotizaciones y depósitos. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación de cotizaciones y depósitos a la fecha del informe Recaudación de traspasos. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación de traspasos a la fecha del informe Recaudación de bonos de reconocimiento, reliquidaciones y complementos. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación de bonos de reconocimiento, reliquidaciones y complementos a la fecha del informe Recaudación de aportes adicionales. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación de aportes adicionales a la fecha del informe Recaudación de transferencias desde el antiguo sistema previsional. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación de transferencias desde el antiguo sistema previsional a la fecha del informe Recaudación de aportes regularizadores de la Administradora. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación de aportes regularizadores de la Administradora a la fecha del informe.

20 Descuadraturas menores en planillas de recaudación. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Descuadraturas menores en planillas de recaudación a la fecha del informe Recaudación por aclarar Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Recaudación por aclarar. Total resultante de la suma de los ítems y Recaudación por aclarar sin documentación. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación por aclarar sin documentación a la fecha del informe Recaudación por aclarar con documentación incompleta. Corresponde al saldo de la subcuenta Recaudación por aclarar con documentación incompleta a la fecha del informe Traspasos hacia otros Fondos de Pensiones. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Traspasos hacia otros Fondos de Pensiones a la fecha del informe Cambios de Fondo misma Administradora. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cambios de Fondo misma Administradora a la fecha del informe Canje de traspasos otros Fondos de Pensiones. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Canje de traspasos otros Fondos de Pensiones a la fecha del informe Transferencias de ahorro previsional voluntario. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Transferencias de ahorro previsional voluntario a la fecha del informe Traspasos de ahorro previsional voluntario. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Traspasos de ahorro previsional voluntario a la fecha del informe

21 Transferencias hacia el antiguo sistema previsional. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Transferencias hacia el antiguo sistema previsional a la fecha del informe Beneficios. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Beneficios a la fecha del informe. Total resultante de la suma de los ítems al : Retiros programados. Corresponde al saldo de la subcuenta Retiros programados a la fecha del informe : Rentas temporales. Corresponde al saldo de la subcuenta Rentas temporales a la fecha del informe : Primas de rentas vitalicias. Corresponde al saldo de la subcuenta Primas de rentas vitalicias a la fecha del informe : Cuotas mortuorias. Corresponde al saldo de la subcuenta Cuotas mortuorias a la fecha del informe : Excedentes de libre disposición. Corresponde al saldo de la subcuenta Excedentes de libre disposición a la fecha del informe : Herencias. Corresponde al saldo de la subcuenta Herencias a la fecha del informe : Beneficios no cobrados. Corresponde al saldo de la subcuenta Beneficios no cobrados a la fecha del informe Retiros de ahorro voluntario. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Retiros de ahorro voluntario a la fecha

22 22 del informe Retiros de ahorro de indemnización. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Retiros de ahorro de indemnización a la fecha del informe Retiros de ahorro previsional voluntario. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Retiros de ahorro previsional voluntario, a la fecha del informe Transferencias de primas de seguro. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Transferencias de primas de seguro a la fecha del informe Transferencias de cotización adicional desde el antiguo sistema previsional. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Transferencias de cotización adicional desde el antiguo sistema previsional a la fecha del informe Diferencias por aclarar. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Diferencias por aclarar a la fecha del informe Devolución a empleadores y afiliados por pagos en exceso. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Devolución a empleadores y afiliados por pagos en exceso a la fecha del informe Comisiones devengadas. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Comisiones devengadas a la fecha del informe Impuestos retenidos. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Impuestos retenidos a la fecha del informe Provisión, impuestos y otros. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Provisión, impuestos y otros a la fecha del informe.

23 Consignaciones de empleadores enviadas por los tribunales. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Consignaciones de empleadores enviadas por los tribunales a la fecha del informe Total Encaje. Corresponde a la suma de los ítems y Encaje. Corresponde al saldo de la subcuenta Encaje a la fecha del informe Rentabilidad del Encaje. Corresponde al saldo de la subcuenta Rentabilidad del Encaje a la fecha del informe PATRIMONIO. Total resultante de la suma de los ítems al Cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias a la fecha del informe Cuentas de capitalización individual de cotizaciones voluntarias. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cuentas de capitalización individual de cotizaciones voluntarias a la fecha del informe Cuentas de capitalización individual de depósitos convenidos. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cuentas de capitalización individual de depósitos convenidos a la fecha del informe Cuentas de ahorro voluntario. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cuentas de ahorro voluntario a la fecha del informe Cuentas de ahorro de indemnización. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cuentas de Ahorro de indemnización, a la

24 24 fecha del informe Ahorro previsional voluntario para otras entidades. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cuentas de ahorro previsional voluntario para otras entidades a la fecha del informe Recaudación en proceso de acreditación. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Recaudación en proceso de acreditación a la fecha del informe Rezagos de cuentas de capitalización individual. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Rezagos de cuentas de capitalización individual a la fecha del informe Rezagos de cuentas de ahorro voluntario. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Rezagos de cuentas de ahorro voluntario a la fecha del informe Rezagos de cuentas de ahorro de indemnización. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Rezagos de cuentas de ahorro de indemnización a la fecha del informe Cambios en proceso hacia otros Fondos misma Administradora. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cambios en proceso hacia otros Fondos misma Administradora a la fecha del informe Traspasos en proceso hacia otras Administradoras. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Traspasos en proceso hacia otras Administradoras a la fecha del informe Traspasos en proceso hacia el antiguo sistema previsional. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Traspasos en proceso hacia el antiguo sistema previsional a la fecha del informe Rentabilidad no distribuida. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Rentabilidad no distribuida a la fecha del informe.

25 Reserva de fluctuación de rentabilidad. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Reserva de fluctuación de rentabilidad a la fecha del informe. CUENTAS DE ORDEN TOTAL CUENTAS DE ORDEN (DEBE) Corresponde a la suma de los ítems al Bonos de Reconocimiento en custodia. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Bonos de reconocimiento en custodia a la fecha del informe Cotizaciones impagas. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor Cotizaciones impagas a la fecha del informe. Total resultante de la suma de los ítems y Cotizaciones impagas declaradas. En este ítem se deberá incluir el valor actualizado con los correspondientes reajustes e intereses que señala la ley, de aquellas cotizaciones para los Fondos de Pensiones que no han sido pagadas dentro del plazo establecido en el artículo 19 del D.L. N y por las cuales el empleador ha efectuado la correspondiente declaración a la que está obligado, según lo establecido en el mencionado artículo, y que al cierre del mes informado estén impagas. Este valor deberá ser equivalente al que se señale en el ítem en la columna Saldo actualizado de este informe Cotizaciones impagas originadas por descuadraturas de planillas. Corresponde al valor actualizado, con los correspondientes reajustes e intereses señalados por la ley, de aquellas cotizaciones y depósitos de ahorro para los Fondos de Pensiones que resulten impagas, como consecuencia de diferencias negativas para el empleador entre la planilla de resumen de cotizaciones y depósitos de ahorro y las planillas de detalle y que no hayan sido pagadas por la Administradora Derechos por contratos de futuros y forwards nacionales. Corresponde al valor de las posiciones abiertas que mantienen los Fondos de Pensiones por concepto de contratos de futuros y forwards en el mercado nacional.

26 Derechos por contratos de futuros y forwards extranjeros. Corresponde al valor de las posiciones abiertas que mantienen los Fondos de Pensiones por concepto de contratos de futuros y forwards en el extranjero Derechos por títulos nacionales entregados en garantía. Corresponde al valor de los títulos de instrumentos financieros nacionales de propiedad de los Fondos de Pensiones entregados en garantía para las operaciones de contratos de futuros en el mercado nacional Derechos por títulos extranjeros entregados en garantía. Corresponde al valor de los títulos de instrumentos financieros extranjeros de propiedad de los Fondos de Pensiones entregados en garantía para las operaciones de contratos de futuros y forwards en el extranjero Derechos por monedas extranjeras entregadas en garantía. Corresponde al valor en pesos de las monedas extranjeras de propiedad de los Fondos de Pensiones entregadas en efectivo como margen de garantía para las operaciones de contratos de futuros y forwards en el extranjero Derechos por contratos de promesa de suscripción y pago de cuotas de fondos de inversión. Corresponde al valor de las cuotas de fondos de inversión que tienen derecho los Fondos de Pensiones por concepto de promesas de suscripción y pago de cuotas de dichos fondos de inversión Derechos por instrumentos financieros administrados por sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales. Corresponde al valor de los instrumentos financieros pertenecientes a los Fondos de Pensiones administrados por sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales valorizados según las normas establecidas por esta Superintendencia Derechos por instrumentos financieros administrados por mandatarios extranjeros. Corresponde al valor de los instrumentos financieros pertenecientes a los Fondos de Pensiones administrados por mandatarios extranjeros valorizados según las normas establecidas por esta Superintendencia.

27 Derechos por valores recibidos en garantía por préstamo de títulos de emisores nacionales. Corresponde al valor de los instrumentos o valores recibidos en garantía por los Fondos de Pensiones por concepto de préstamos o mutuo de instrumentos financieros de emisores nacionales Derechos por valores recibidos en garantía por préstamo de títulos de emisores extranjeros. Corresponde al valor de los instrumentos o valores recibidos en garantía por los Fondos de Pensiones por concepto de préstamos o mutuo de instrumentos financieros de emisores extranjeros TOTAL DE CUENTAS DE ORDEN (HABER) Corresponde a la suma de los ítems al Responsabilidad por Bonos de Reconocimiento en custodia. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor "Bonos de Reconocimiento en custodia" a la fecha del informe Responsabilidad por cotizaciones impagas. Corresponde al saldo de la cuenta de mayor "Cotizaciones impagas" a la fecha del informe. Total resultante de la suma de los ítems y Responsabilidad por cotizaciones impagas declaradas. En este ítem se deberá incluir el valor actualizado, con los correspondientes reajustes e intereses que señala la ley, de aquellas cotizaciones para los Fondos de Pensiones que no han sido pagadas dentro del plazo establecido en el artículo 19 del D.L. N y por las cuales el empleador ha efectuado la correspondiente declaración a la que está obligado, según lo establecido en el mencionado artículo, y que al cierre del mes informado estén impagas. Este valor deberá ser equivalente al que se señale en el ítem en la columna "Saldo actualizado" de este informe Responsabilidad por cotizaciones impagas originadas por descuadraturas de planillas. Corresponde al valor actualizado, con los correspondientes reajustes e intereses señalados por la ley, de aquellas cotizaciones y depósitos de ahorro para los Fondos de Pensiones que resulten impagas, como consecuencia de diferencias

28 28 negativas para el empleador entre la planilla de resumen de cotizaciones y depósitos de ahorro y las planillas de detalle y que no hayan sido pagadas por la Administradora Obligaciones por contratos de futuros y forwards nacionales. Corresponde al valor de las posiciones abiertas que mantienen los Fondos de Pensiones por concepto de contratos de futuros y forwards en el mercado nacional Obligaciones por contratos de futuros y forwards extranjeros. Corresponde al valor de las posiciones abiertas que mantienen los Fondos de Pensiones por concepto de contratos de futuros y forwards en el extranjero Obligaciones por títulos nacionales entregados en garantía. Corresponde al valor de los títulos de instrumentos financieros nacionales de propiedad de los Fondos de Pensiones entregados en garantía para las operaciones de contratos de futuros en el mercado nacional Obligaciones por títulos extranjeros entregados en garantía. Corresponde al valor de los títulos de instrumentos financieros extranjeros de propiedad de los Fondos de Pensiones entregados en garantía para las operaciones de contratos de futuros y forwards en el extranjero Obligaciones por monedas extranjeras entregadas en garantía. Corresponde al valor en pesos de las monedas extranjeras de propiedad de los Fondos de Pensiones entregadas en efectivo como margen de garantía para las operaciones de contratos de futuros y forwards en el extranjero Obligaciones por contratos de promesas de suscripción y pago de cuotas de fondos de inversión. Corresponde al valor de las cuotas de fondos de inversión que tienen la obligación de adquirir los Fondos de Pensiones por concepto de promesas de suscripción y pago de cuotas de dichos fondos de inversión Obligaciones por instrumentos financieros administrados por sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales. Corresponde al valor de los instrumentos financieros pertenecientes a los Fondos de Pensiones administrados por sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales valorizados según las normas establecidas por esta Superintendencia.

29 Obligaciones por instrumentos financieros administrados por mandatarios extranjeros. Corresponde al valor de los instrumentos financieros pertenecientes a los Fondos de Pensiones administrados por mandatarios extranjeros valorizados según las normas establecidas por esta Superintendencia Obligaciones por valores recibidos en garantía por préstamo de títulos de emisores nacionales. Corresponde al valor de los instrumentos o valores recibidos en garantía por los Fondos de Pensiones por concepto de préstamos o mutuo de instrumentos financieros de emisores nacionales Obligaciones por valores recibidos en garantía por préstamo de títulos de emisores extranjeros. Corresponde al valor de los instrumentos o valores recibidos garantía por los Fondos de Pensiones por concepto de préstamos o mutuo de instrumentos financieros de emisores extranjeros ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL DE LOS FONDOS DE PENSIONES (En miles de pesos) INSTRUCCIONES GENERALES En este estado deberá informarse sobre los diversos movimientos que han dado origen a aumentos y disminuciones en el patrimonio de los Fondos de Pensiones durante el período informado del ejercicio actual y ejercicio anterior, señalando los montos asociados a cada uno de ellos en miles de pesos. INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS El período que debe indicarse en el casillero bajo la glosa Ejercicio actual, deberá ser el comprendido entre el 1 de enero y último día del trimestre a que se refiere el estado de variación patrimonial y el que debe informarse bajo la glosa Ejercicio anterior, corresponde al mismo período, pero del año anterior PATRIMONIO INICIAL DE LOS FONDOS DE PENSIONES Para el período actual se debe indicar el valor del patrimonio de los Fondos de Pensiones, expresado pesos, al 1 de enero del año al que se refiere el informe. Lo mismo debe hacerse respecto del período del ejercicio anterior.

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