Documento de Base para el diálogo con los Secretarios Académicos Dra. María Alejandra Grzona i
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- Lourdes Cano Martínez
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1 Documento de Base para el diálogo con los Secretarios Académicos Dra. María Alejandra Grzona i La universidad hoy se ve interpelada por el desafío que presentan los nuevos perfiles de los postulantes y estudiantes, ya que no responden a los esquemas tradicionales del imaginario institucional. Las políticas públicas se han declarado inclusivas para las universidades nacionales, lo que ha implicado una revisión de las prácticas tradicionales. El planteo sobre una universidad inclusiva interroga a la universidad toda, ya que no constituye meras prédicas de buenas intenciones, sino, acciones académicas integrales para equiparar condiciones desiguales en el ingreso (Grzona, 2010, 2011, 2012ª, 2012b, 2015). Estas condiciones desiguales en el ingreso, exigen una transformación, ya que la institución universitaria de hoy, no se encuentra preparada para ofrecer respuestas que posibiliten garantizar ingreso y permanencia para cualquier estudiante que no reúna los requisitos que durante siglos y décadas ha sido el del estudiante esperado (Grzona y Moreno, 2017). En este nuevo escenario, existe un explícito reconocimiento de la singularidad al interior de diversidad, amparado en el concepto de inclusión. Dentro de la singularidad, diferentes grupos requieren de acciones específicas, porque se enfrentan a las barreras para su aprendizaje y participación en la vida comunitaria en general y en los circuitos educativos en particular. Algunos desafíos, que podemos mencionar, para equiparar los diferentes niveles de los postulantes y estudiantes, se refieren a: funciones cognitivas desarrolladas de manera limitadas, bagajes culturales con mayores distancias entre el alumno real y el alumno imaginado y dificultades para aplicar estrategias de pensamiento para comprender y recuperar contenidos, entre muchas otras. También los postulantes y estudiantes con discapacidad constituyen un grupo que requiere o puede requerir de acciones integrales. Si bien en nuestras universidades han estudiado y se han recibido personas con discapacidad, en estos años se ha producido un incremento en el ingreso, motivado por dos principales causas: los circuitos educativos de educación integrada y la sanción de la Ley N 26206, Nacional de Educación (2006) que estable la educación secundaria obligatoria. Las definiciones referidas a personas con discapacidad son muy diversas y responden a diferentes tiempos históricos y posturas teóricas, por lo cual, vamos a partir del concepto que presentan las Leyes (2008) y la Ley (2015) que le otorgó jerarquía constitucional a la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad: - Son reconocidas como personas con discapacidad aquellas que poseen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
2 Podemos identificar la presencia de deficiencias y barreras, como dos aspectos que se conjugan, ya que, como podremos advertir, a lo largo del presente escrito, las barreras pueden ser las discapacitantes y desintegradoras para las personas y no el déficit el que condicione su participación en la vida comunitaria. Estas acciones integrales, resultan del respeto por las normativas vigentes, declaraciones de rectores y Resoluciones del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN): Ley de Educación Superior (1995) y que incorpora en el 2002 la Ley Nº Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006). Ley (2008). Ley /15 (adquirió jerarquía constitucional) Declaración de la Conferencia Regional de la Educación Superior en América Latina y el Caribe (CRES, 2008) Programa Integral de Accesibilidad (Res. Nº 426/07 del CIN y Acuerdo Plenario, Res. Nº 798/11). Consejo Interuniversitario Nacional Presentaremos los párrafos específicamente relacionados con la responsabilidad universitaria y que se van a entrecruzar, para garantizar condiciones de equidad frente a los postulantes y estudiantes con discapacidad: 1- La Ley de Educación Superior (1995) incorpora en el 2002 la Ley Nº , con el explícito reconocimiento de las personas con discapacidad: El estado, al que le cabe responsabilidad indelegable en la prestación del servicio de educación superior de carácter público, reconoce y garantiza el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacitación requeridas y deberá garantizar asimismo la accesibilidad al medio físico, servicios de interpretación y los apoyos técnicos necesarios y suficientes, para personas con discapacidad. Art. 28: Formar y capacitar científicos, profesionales, docentes y técnicos capaces de actuar con solidez profesional, responsabilidad, espíritu crítico y reflexivo, mentalidad creadora, sentido ético y sensibilidad social, atendiendo a las demandas individuales, en particular de las personas con discapacidad, desventaja o marginalidad, y a los requerimientos nacionales y regionales. Art. 29: Atribuciones : e) Formular y desarrollar planes de estudio, de investigación científica y de extensión y servicios a la comunidad incluyendo la enseñanza de la ética profesional y la formación y capacitación sobre la problemática de la discapacidad. 2- Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006). Ley (2008). Ley /15 (adquirió jerarquía constitucional):
3 que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor inherentes del ser humano la diversidad de las personas con discapacidad; Reconociendo la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. La comunicación incluirá los lenguajes, la visualización de textos, el Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso; Por lenguaje se entenderá tanto el lenguaje oral como la lengua de señas y otras formas de comunicación no verbal; Por discriminación por motivos de discapacidad se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales; Por «ajustes razonables» se entenderán las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales; Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación Por diseño universal se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El diseño
4 universal no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten. Art. 24 e) Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión 3- Declaración de la Conferencia Regional de la Educación Superior en América Latina y el Caribe (CRES, 2008) La Educación Superior es un bien público social, un derecho humano y universal y un deber del Estado. Ésta es la convicción y la base para el papel estratégico que debe jugar en los procesos de desarrollo sustentable de los países de la región. Dada la complejidad de las demandas de la sociedad hacia la Educación Superior, las instituciones deben crecer en diversidad, flexibilidad y articulación. Ello es particularmente importante para garantizar el acceso y permanencia en condiciones equitativas y con calidad para todos y todas, y resulta imprescindible para la integración a la Educación Superior de sectores sociales como los trabajadores, los pobres, quienes viven en lugares alejados de los principales centros urbanos, las poblaciones indígenas y afrodescendientes, personas con discapacidad, migrantes, refugiados, personas en régimen de privación de libertad, y otras poblaciones carenciadas o vulnerables. 4- Programa Integral de Accesibilidad (Res. Nº 426/07 del CIN y la Res. Nº 798/11). Consejo Interuniversitario Nacional El Programa Integral de Accesibilidad (Res. Nº 426/07 del CIN) establece tres componentes: la accesibilidad física, accesibilidad comunicacional y equipamiento educativo y capacitación de los distintos actores de la comunidad universitaria, englobados, los dos últimos en lo que llamamos accesibilidad académica. La Res. N 798/11 menciona que La accesibilidad académica integra, entonces, el principio de la accesibilidad universal a la vida universitaria y sin soslayar la obligada accesibilidad física y comunicacional (y el equipamiento que esto requiera) atiende específicamente los aspectos curriculares, pedagógicos y didácticos para respaldar la formación integral, en función de los alcances de cada trayecto profesional particular y eso requiere que las Casas de Estudio tengan la disposición necesaria para pensar respuestas
5 singulares a situaciones igualmente singulares, con anclaje en estos principios. De manera muy sintética, describimos la accesibilidad física, comunicacional y académica. La accesibilidad física implica: asegurar las modificaciones edilicias: presencia de ascensores y rampas; salvar los desniveles, adaptación de baños y todo espacio que posibilite garantizar el acceso y la circulación; incorporar mobiliario especial y mejorar las condiciones de sonorización y/o de luminosidad. La accesibilidad comunicacional implica: modificar las páginas web atendiendo las diferentes formas comunicativas, provisión de materiales en relieve para alumnos ciegos, contrastados o macrotipos para baja visión, intérpretes de lengua de señas, instrumentación de sistemas de comunicación complementarios o alternativos del lenguaje oral en lengua estándar (lectores de pantalla, amplificadores de textos), entre otros. La accesibilidad académica incluye: políticas de admisión y seguimiento; información y formación, servicios específicos de orientación y acompañamiento, Actividades y/o cursos de orientación y apoyo a la función docente; modificaciones tanto en la forma como en el formato de los exámenes y actividades prácticas: macrotipos (textos ampliados y con determinado tipo de letra), textos en Word (para lectura auditiva a través del lector de pantalla), transcripciones en Sistema Braille, sustitución o reemplazo de representaciones gráficas; ofrecer formas alternativas y/o complementarias, reemplazo de evaluaciones escritas por orales; mayores tiempos para terminar los exámenes, tutorías, voluntariados, entre otros. La accesibilidad académica es fundamentalmente responsabilidad de los secretarios académicos y de los docentes. Accesibilidad académica: La universidad argentina, los últimos años, ha implementado numerosas acciones que pueden considerarse tangenciales (Ezcurra, 2011) tales como becas de ayuda económica, para el comedor, de transporte, tutorías, entre otras, pero las investigaciones ratifican la importancia que poseen las prácticas docentes para el ingreso y permanencia de los postulantes y estudiantes en general y con discapacidad en particular.
6 El postulante y estudiante con discapacidad, como todo estudiante, debe cumplir con los mismos deberes que cualquier otro, pero posee derechos; y en especial, el que se refiere a no ser discriminado en razón de las condiciones de su discapacidad. Por ello, resulta imprescindible identificar las barreras físicas, comunicacionales y académicas, de modo tal que el cambio de prácticas traslade el puesto de mirada de la persona con discapacidad hacia la responsabilidad del contexto y de esta manera, eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación que mencionamos previamente. Entre las acciones integrales, desde las Secretarías Académicas sería fundamental, a modo de ejemplo, establecer circuitos institucionales para los aspirantes y los estudiantes con discapacidad, de modo tal que las acciones queden sistematizadas y sustentadas en las políticas institucionales. Circuito institucional para el aspirante con discapacidad: Una vez que el aspirante a ingreso cumplimenta en la facultad su ficha de autodeclaración de discapacidad, la Dirección de alumnos informa al: 1- Secretario/a Académico/a y/o responsable del ingreso y/o director/a de la carrera seleccionada. El Secretario/a Académico/a designa la/s persona/s que implementarán las acciones de: a- asesoramiento y/o reorientación al postulante b- asesoramiento a los profesores del ingreso. c- evaluación e implementación de las condiciones de accesibilidad que garanticen las condiciones de equidad. Circuito institucional para el alumno con discapacidad: - Informar a los docentes, en lo posible el año anterior, que en sus clases asistirá uno o varios alumnos con discapacidad - Indicar el tipo de discapacidad - Orientar respecto de la historia educativa previa (acuerdos, apoyos, etc.) y los ajustes razonables y los formatos accesibles. - Ofrecer asesoramiento y acompañamiento. Con el fin de garantizar la equidad para los estudiantes con discapacidad, debemos recuperar las preguntas básicas del proceso didáctico Qué? A quién? Cómo? Con qué? Cuándo? Para qué? Dónde? Porque el a quién, el cómo, el con qué y el dónde pueden tener implicancias específicas para los estudiantes con discapacidad.
7 El rol docente como garante de accesibilidad en el aula. En la planificación y la preparación de las clases, ya debe atenderse a la presencia de estudiantes con discapacidad, porque las estrategias de accesibilidad académica para la inclusión son «todas las acciones didácticas que realizan los docentes o profesores para eliminar los obstáculos y las barreras para posibilitar condiciones de equidad para los alumnos en la universidad» (Grzona, 2013). Entre las estrategias de accesibilidad académica se encuentran la elaboración o la gestión para garantizar la accesibilidad en los materiales, las explicaciones, los trabajos prácticos y los exámenes (Grzona et al., ) A modo de ejemplos: Los materiales accesibles son los que proporcionan la equiparación de oportunidades en igualdad de condiciones que los pares: Ampliaciones/Uso de mayúscula sostenida. Envío de documentos en formato Word (para el lector de pantalla). Entrega de las presentaciones en Power Point o en otro formato digital. Elaboración de un documento especialmente preparado. Realización de grabaciones. La accesibilidad en las explicaciones puede requerir de: Colocarse frente a los estudiantes para posibilitarles la lectura de labios. Implementar pausas para que el intérprete de lengua de señas cumplimente su trabajo. Leer en voz alta de los escritos del pizarrón. Leer en voz alta de las presentaciones en Power Point o en otro formato digital. Descripción de las imágenes o materiales visuales. Descripción de videos. La accesibilidad en los trabajos prácticos puede requerir: Explicaciones complementarias en gráficos e imágenes. Actividades específicas con diferente contenido. Modificaciones en el tema, la forma o el modo de realización del trabajo práctico. Diferentes soportes o con texto adaptado: Braille, con caracteres ampliados y/o con mayúscula sostenida, en blanco y negro, con contrastes de color, escritura manual, textos en formatos digitales. Permitir la utilización de ayudas técnicas como computadora personal, amplificador de textos. La accesibilidad en los exámenes puede requerir: Formatos accesibles, acordes con las necesidades individuales (por medio de macrotipos, textos ampliados y con determinado tipo de letra, contrastes de color, textos en Word para lectura auditiva a través del lector de pantalla, transcripciones en sistema Braille). Sustitución o reemplazo de representaciones gráficas.
8 Utilización de formas alternativas y/o complementarias, tales como reemplazo de evaluaciones escritas por orales o viceversa. Incorporación de recursos técnicos. Ofrecimiento de más tiempo. Presencia del intérprete en lengua de señas. Ajustes razonables? Los ajustes razonables poseen como marco el diseño universal. No obstante, cuando el diseño universal no puede garantizar la equidad, los mismos deben ser individualizados, por ello, mencionamos a modo de ejemplo: el español escrito o la presencia del intérprete en lengua de señas para estudiantes sordos; los macrotipos (textos ampliados y con determinado tipo de letra); los textos en Word (para lectura auditiva a través del lector de pantalla); las transcripciones en sistema Braille; cambiar las evaluaciones escritas por evaluaciones orales; los mayores tiempos para terminar los exámenes, entre otros (Grzona, 2016). A modo de cierre a modo de inicio la accesibilidad académica es un camino en permanente construcción, que requiere de la toma de conciencia sobre la necesaria formación profesional para repensar prácticas docentes tra dicionales, a la vez que incorporar en todas las carreras la temática de la discapacidad, para poder enfrentar un mundo más inclusivo y cercano al del diseño universal. Bibliografía: Ezcurra, A.M. (2011). Igualdad en educación superior. Un desafío mundial. Buenos Aires: Departamento de publicaciones de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Grzona, M.A. (2010). Libro digital. Autora del artículo La responsabilidad de la universidad para proporcionar estrategias generadoras de espacios inclusivos. Publicación digital de las VI Jornadas Discapacidad y Universidad: Los sujetos, los procesos y los contextos. Universidad Nacional de Cuyo, Programa de Inclusión de Personas con Discapacidad en la UNCUYO y Comisión ISBN Grzona, M.A. (2011a). Documento base para la discusión de la Reunión Extraordinaria de la Comisión Interuniversitaria: Discapacidad y Derechos Humanos, realizada entre los días 5 y 6 de septiembre de 2011, con sede en la Universidad Nacional de Tucumán. Grzona, M.A. y otros (2011b). Programa de Inclusión de Personas con Discapacidad en la UNCUYO. Comisión Interuniversitaria: Discapacidad y Derechos Humanos. Estado actual de las políticas en educación superior de las universidades nacionales. Co-autora: Córdoba: Ediciones Universidad Nacional de Córdoba. ISBN: (Pp )
9 Grzona, M.A. y otros ( ). Proyecto: Estrategias didácticas utilizadas en niños y jóvenes con discapacidad visual y auditiva en el tercer ciclo de Educación Especial. Secretaria de Ciencia, Técnica y Posgrado. U.N.CUYO. Grzona, M.A. (2012). Estrategias de accesibilidad para una universidad inclusiva. En I Jornadas de Diversidad Inclusión y Educación. Res. Nº 455/12-D. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Filosofía y Letras. Grzona, M.A. (2015). La accesibilidad educativa en las aulas inclusivas. Una mirada didáctica. En la Revista Investigación y posgrado de la universidad Pedagógica Experimental Libertador. Rca de Venezuela. 29/01/15. Vol. 29, Núm. 2 (2014). Versión Impresa: Depósito Legal D.F. 133, ISSN: Versión digital: Depósito legal: ppi201102dc3805. ISSN: En Grzona, M.A. (2016). Inclusión: reto educativo y social / compiladores Karol Stefanía García y Julián David Castañeda Muñoz. Bogotá: Corporación Universitaria Minuto de Dios. Centro Regional Neiva. ISBN: Grzona, M.A. y Moreno, A. (2017). Las prácticas educativas accesibles para una universidad inclusiva. Congreso Internacional de la Cátedra UNESCO de Educación Científica para América Latina y el Caribe (EDUCALYC) de la Universidad de Alcalá y su red de Universidades aliadas y del I Seminario de Inclusión Educativa y Socio- Digital. UNCUYO. Páginas de internet: 1. Ley /06 de Educación Nacional. [en línea]. [Fecha de consulta: 015/03/14]. 2. Declaración de la Conferencia Mundial de Educación Superior en América Latina y el Caribe. CRES (2008). Cartagena de Indias. Colombia. [en línea]. [Fecha de consulta: 23/03/14]. 3. Ley /95 de Educación Superior. Ley /02. Modificatoria de la Ley de Educación Superior. [en línea]. [Fecha de consulta: 08/02/14]. 4. Ley 23678/08. Ratificación de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad [en línea]. [Fecha de consulta: 16/04/14] Consultada el 10 de julio de Ley 51/2003, España de 3 de diciembre de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad universal de las Personas con Discapacidad. [en línea]. [Fecha de consulta: 23/03/14].
10 i Profesora Terapeuta en Deficientes Visuales. UNCUYO. 1980, Especialista en Docencia Universitaria UNCUYO Magister en Investigación Educativa Universidad Academia de Humanismo Cristiano y el Programa Interdisciplinario en Investigación Educativa (PIIE). Chile (2003). Diplomada en Adquisición y Desarrollo de Competencias para la Docencia Universitaria. Universitaria Politécnica Gran Colombiano de Bogotá (Colombia) (2006). Doctora por el Programa de: Doctorado en Gestión y Planificación para la Calidad Educativa en la Sociedad del Siglo XXI. Facultad de Educación Elemental y Especial. UNCuyo y Universidad de Jaén, España (2010). Investigadora Cat. II del Programa de Incentivos, autora de publicaciones y numerosos artículos científicos en revistas especializadas, disertante en encuentros nacionales e internacionales y directora de Proyectos de Investigación. Ha sido Representante ante la Comisión Interuniversitaria Discapacidad y Derechos Humanos del CIN habiéndose desempeñado como Coordinadora Nacional en el período 2006 al Actualmente asesora al Programa UNNE INCLUYE en el marco de la Convocatoria de Proyecto de Apoyo al Desarrollo y Fortalecimiento de capacidades institucionales para la atención de necesidades de Personas con Discapacidad en el ámbito de la Enseñanza Universitaria. PODÉS (SPU).
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