PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE GESTIÓN FINANCIERA DEL ANDALUCIA Servicio de Gestión Financiera de Fondos Europeos. Mª Luz Picado Durán

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1 GESTIÓN FINANCIERA DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE ANDALUCIA Mª Luz Picado Durán Servicio de Gestión Financiera de Fondos Europeos 1

2 NORMATIVA BÁSICA REGULADORA PARA LA GESTIÓN FINANCIERA DEL P.O. NORMATIVA EUROPEA: REGLAMENTO CE) Nº 1083/2006 DEL CONSEJO de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE y al F. de Cohesión y se deroga el Reglamento 1260/1999 REGLAMENTO (CE) Nº 1828/2006 DE LA COMISIÓN de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el R. 1083/ NORMATIVA DE ÁMBITO ESTATAL: LEYES de contratos del sector publico y de subvenciones ORDEN EHA/524/2008, DE 26 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS SOBRE LOS GASTOS SUBVENCIONABLES DE LOS P.O. FEDER Y F. DE COHESIÓN. Sustituyen a los reglamentos de subvencionabilidad del periodo y por tanto regulan gastos subvencionables, no subvencionables y en que forma son subvecionables algunos otros). CIRCULARES E INSTRUCCIONES DE LAS AUTORIDADES DE GESTIÓN Y CERTIFICACIÓN DEL PROGRAMAS. NORMATIVA AUTONÓMICA: ORDEN DE 23 DE JULIO DE 2008 por la que se establecen normas para la gestión y coordinación de las intervenciones cofinanciadas con fondos europeos en el ámbito de la c.a. para el periodo INSTRUCCIÓN DE 2 DE ENERO DE 2009 de la DGFE la que se desarrolla la orden de 23 de julio. INSTRUCCIONES CONJUNTAS CON OTRAS DIRECCIONES GENERALES MANUALES DE PROCEDIMIENTOS. 2

3 PRINCIPALES NOVEDADES EN LA GESTIÓN DE LOS PROGRAMAS DEL PERIODO Reforma sustancial adoptada por la UE en el modelo de gestión y aplicación de los fondos: El FEOGA-O y el FEP salen del ámbito de los fondos estructurales. Los FF.EE. Que en el periodo se articulaban fundamentalmente en P.Os. Integrados pasan a Programas monofondos. Las orientaciones y prioridades de la Comisión redundan en: Una simplificación de los procedimientos de los órganos de la unión europea. Una translación de las exigencias de transparencia, eficiencia y control a las autoridades de los Estados miembros y por tanto a las autoridades autonómicas: Sistemas de gestión y control mucho mas complejos y con un mayor requerimiento de información. la verificacción exhaustiva y previa de todos los o gastos cofinanciados antes de ser declarados. 3

4 AUTORIDADES RESPONSABLES DE LA GESTIÓN DE LOS PROGRAMAS Para cada Programa operativo el Estado designará una: Autoridad de Gestión de caracter nacional regional o local que se encargará de gestionar el P.O. Autoridad de Certificación de caracter nacional, regional o local a fin de certificar las declaraciones de gastos y las solicitudes de pago antes de su envío a la Comisión. Autoridad de Auditoria de caracter nacional, regional o local funcionalmente independiente de la A. De Gestión y de la A. De Certificación responsable de verificar el funcionamiento del sistema de gestión y control. 4

5 ORGANISMOS INTERMEDIOS El Estado miembro podrá designar uno o varios organismos intermedios para un P.O. Realizarán algunos o todos los cometidos de la autoridad de gestión y de la autoridad de certificación, bajo la responsbilidad de éstas. Se establecerán las normas que regulen las relaciones entre los organismos intermedios y las autoridades de gestión y certificación de los programas y entre estas y la Comisión: En los propios documentos de programación (disposiciones de aplicación de los P.O.). Mediante la firma de acuerdos donde se detallen estas relaciones. Estas relaciones quedan totalmente al criterio del Estado miembro y serán conformes con sus sitemas institucionales, jurídicos y financieros. 5

6 AUTORIDADES DEL P.O.FEDER DE ANDALUCÍA Autoridad de Gestión es la Subdirección General de Administración del FEDER de la D.G. De Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda. Autoridad de Certificación la Subdirección General de Certificación y Pagos de la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda. Autoridad de Auditoria La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) también dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Organismo Intermedio del conjunto del Programa Operativo La Dirección General de Fondos Europeos y Planificación. Organismo Intermedio de las categorías de gasto 5.57 (ayudas para la mejora de los servicios turísticos) y 5.58 (Protección y conservación del patrimonio cultural) del Programa La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural. 6

7 REPARTO DE RESPONSABILIDADES EN EL P.O. FEDER DE ANDALUCÍA ~ La AUTORIDAD DE GESTIÓN delega a la D.G. De Fondos Europeos y P. Las tareas especificadas en el propio texto del Programa Operativo (son casi todas las del art.60 en su ámbito competencial). ~ LA D.G. DE FONDOS EUROPEOS Y PLANIFICACIÓN: organismo intermedio de todo el programa operativo Delega en la D.G. DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL MEDIO RURAL, mediante acuerdo formal: Coordinación y seguimiento de grupos de desarrollo rural. ~ Selección y aprobación de la operaciones desarrolladas por lo GDR. ~ Verificaciones de las operaciones. ~ Coordinación de los GDR en materia de certificación. ~ LA D.G. DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL MEDIO RURAL: organismo intermedio de las categorias 5.57 y 5.58 del programa operativo delega en los Grupos de Desarrollo Rural (GDR), mediante acuerdo formal: ~ La gestión y ejecución de las operaciones. 7

8 RESPONSABILIDADES DE LA A. DE GESTIÓN/ORGANISMO INTERMEDIO Art. 60 R. 1083/2006 (R. Disposic. Generales) Comprobar que se ha llevado acabo la entrega de bienes o prestación de servicios objeto de cofinanciación. Que el gasto declarado cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia. Garantizar la existencia de un sistema informatizado de registro y almacenamiento de datos contables, que permita la gestión financiera, seguimiento, las verificaciones, las auditorías y la evaluación. Garantizar la selección de operaciones. Asegurar que se mantiene un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado. Establecer procedimientos que garanticen que se dispone de todos los documentos sobre el gasto y las auditorias necesarias para contar con una pista de auditoria apropiada. Garantizará que se llevan a cabo las evaluaciones previstas para los programas. Elaborará y remitirá a la Comisión los informes de ejecución. Garantizará el cumplimiento de los requisitos de información y publicidad. Facilitar a la Comisión información que le permita evaluar los grandes proyectos. 8

9 RESPONSABILIDADES DE LA A. DE CERTIFICACIÓN/ORGANISMO INTERMEDIO Art. 61 R. 1083/2006 (R. Disposic. Generales) Elaborar y remitir a la Comisión las Certificaciones y solicitudes de pagos. Certificar que la Declaración de gastos es exacta, se ha realizado aplicando sistemas de contabilidad fiables y se basa en justificantes verificables. Certificar que el gasto declarado se atiene a las normas nacionales y comunitarias aplicables y se ha realizado en relación con las operaciones seleccionadas para financiación. Asegusararse de que ha sido convenientemente informada por la Autoridad de Gestión de los procedimientos y las verificaciones respecto de los gastos incluidos en las declaraciones o certificaciones. Tomar nota de los resultados de las auditorias llevadas a cabo por la Autoridad de Auditoria o bajo su responsabilidad. Mantener registros contables en soportes electrónicos de los gastos declarados a la Comisión. Mantener una cuenta de importes recuperables y de los importes retirados debido a la cancelación de toda o parte de la contribución a una operación. Los importes recuperables se devolverán al preupuesto de las Comunidades Europeas. 9

10 RESPONSABILIDADES DE LA AUTORIDAD DE AUDITORIA Art. 62 R. 1083/2006 (R. Disposic. Generales) QUIEN? IGAE / IGJA en virtud del acuerdo de colaboración suscritoentre ambas Realizar auditorias sobre el funcionamiento de los sistemas de gestión y control de los programas. Garantizar que las auditorias de las operaciones se basan en una muestra representativa. Presentar ante la Comisión (9 meses desde la aprobación de los P.O.) una estrategia de auditoría (organismos a controlar, método de muestreo, planificación indicativa de las auditorias,...). Presentar los informes anuales de control. Emitir un dictamen sobre los sistemas de gestión y control (eficaz y ofrece garantias de que los gastos presentados a la Comisión son correctos y legales). Presentar ante la Comisión la Declaración al cierre de los Programas. 10

11 PRINCIPIOS GENERALES DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN Y CONTROL Los sistemas de gestión y control de los P.O. Establecidos por los Estados miembros deberán prever : La definición de las funciones de los organismos responsables de la gestión y el control y la asignación de sus cometidos. El cumplimiento del principio de separación de funciones entre estos organismos. Procedimientos que garanticen la exactitud y regularidad del gasto declarado en el marco de un P.O. Sistemas informatizados fiables de contabilidad, seguimiento e información financiera GESFEDER/ EUROFON/ FONDOS Sistemas que garanticen una pista de auditoria adecuada (conciliar los importes agregados certificados a la Comisión con los registros contables detallados y los documentos acreditativos de los gastos) Reglas para auditar el funcionamiento de los sistemas. Procedimientos de comunicación y seguimiento de las irregularidades detectadas y la recuperación de los importes indebidamente abonados. 11

12 LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DEL P.O. FEDER GESFEDER: Sistema de gestión responsabilidad de la D.G.D.S.M.R. Que registratrá la ejecución de las operaciones encargadas a laos grupos. Permitirá la verificación y la transmisión de la información a la D.G. De Fondos Europeos y Planificación. EUROFON: Sistema de gestión de fondos Europeos responsabilidad de la D.G. De Fondos Europeos y Planificación que permite desde 1996 la gestión integral de los fondos europeos. FONDOS 2007: sistema de seguimiento desarrollado por el Ministerio de Economía y Hacienda para la gestión de los Programas cofinanciados por el FEDER y el Fondo de Cohesión en el periodo

13 CERTIFICACIÓN DE LOS GASTOS La CERTIFICACIÓN es un conjunto de documentos mediante el cual se acredita ante la Comisión los pagos materializados y en su caso justificado en cada una de las operaciones cofinanciadas con fondos europeos, durante un periodo determinado. Contienen pagos materializados (pagados efectivamente por la Tesorería a los destinatarios últimos de los mismos). En el caso de que los pagos requieran de justificación posterior o diferida (ANTICIPOS) se certificarán cuando se produzca la justificación momento posterior a la materialización. NO CERTIFICAMOS ANTICIPOS. Se tramitan por la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación a la Comisión a través de las Autoridades de Gestión y Certificación (ámbito estatal), mediante sistemas de gestión que deben cumplir con los principios generales reglamentariamente establecidos: GESFEDER EUROFON FONDOS

14 PROCEDIMIENTO PARA CERTIFICAR LOS GASTOS EJECUTADOS POR LOS GDR La Certificación se iniciará por la D.G. De Fondos Europeos y Planificación al menos dos veces al año : Iniciaremos con la D.G. de Desarrollo Sostenible del Medio Rural certificaciones a 30 de abril y a 30 de octubre de cada año. Los Grupos de Desarrollo Rural (GDR) deberán introducir en el sistema de gestión y control GESFEDER la información necesaria para rendir la ejecución de los gastos cofinanciados. La D.G de Desarrollo Sostenible del Medio Rural se encargará de validar en GESFEDER la información suministrada al sistema por los GDR y de enviarla a la D.G. De Fondos Europeos en un determinado soporte informático. La D.G. De Fondos Europeos y Planificación a través de EUROFON la exportará mediante un sistema de cargas masivas a FONDOS 2007 sistema de la Autoridad de Gestión del P.O. La Autoridad de Gestión del Programa realiza una serie de comprobaciones sobre la certificación y si la considera admisible la remite a la Autoridad de Certificación. La Autoridad de Certificación a su vez realiza las comprobaciones necesarias para certificar que el gasto declarado se atiene a las normas nacionales y comunitarias aplicables y se ha realizado en relación con las operaciones seleccionadas para financiación y tramita la declaración de gastos y la solicitud de pago a la Comisión. 14

15 ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN FONDOS

16 FONDOS 2007: sistema de seguimiento desarrollado por el Ministerio de Economía y Hacienda para la gestión de los Programas cofinanciados por el FEDER y el Fondo de Cohesión en el periodo Acceso a través del sitio web. Utilización de certificados digitales para acceso y firma. El formato de recepción de información XML pero los órganos ejecutores (GDR a través de la DGDSMR) la envían a la DGFE en formato TXT y esta la convierte a XML antes de exportarla a FONDOS La información se exporta a través de cargas masiva desde EUROFON que exportará la información extraída de GESFEDER. 16

17 1.- Carga masiva de operaciones: Para cada operación que vamos a certificar informaremos unos 55 campos mediante un fichero del tipo TXT con la estructura, contenido, descripción y validaciones específicas publicados en la Instrucción de 2 de enero de 2009 (ANEXO II). 2.- Carga masiva de listas de comprobación: - de operaciones (4 verificaciones para cada operación FE13) - de operaciones sobre medio ambiente( 5 verificaciones de cumplimiento de requisitos medioambientales FE13) Para la carga masiva fichero TXT desde GESFEDER con la estructura que comparten ambas listas, recogida en el ANEXO II de la Orden de 2 de enero de

18 3.- elaboración del documento de aprobación de operaciones: firma y devolución: El Servicio de Gestión Financiera de FE pondrá dicho documento a la firma del responsable de la aprobación de operaciones (DGDSMR), a través de la aplicación DocelWeb (portafirma de Fondos 2007). Aprobación mediante firma electrónica con certificado digital. Para las actuaciones del P.O. FEDER gestionada por los GDR la firma autorizada para la aprobación de las operaciones es la de la persona que ostente el cargo de Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural. La aprobación produce el bloqueo de casi todos los campos informados. No es posible la modificación de los campos bloqueados (requiere nueva aprobación). Novedad respecto del periodo anterior que introduce complejidad al procedimiento. 18

19 SI LA OPERACIÓN SUPONE CONTRATACIÓN POR EL GDR 4.- Carga masiva de contratos FicheroTXT con la estructura recogida en el ANEXO II de la Instrucción de 2 de enero de 2009 que supone el alta de los distintos contratos. 5.- Carga masiva de Listas de comprobación de Contratos TRL 2/2000 (FE14 I) o Carga masiva de Listas de comprobación de Contratos Ley 30/2007 (FE14 II) Fichero TXT con la estructura que comparten ambas listas, recogida en ANEXOII de la Instrucción de 2 de enero de

20 6.- carga masiva de transacciones Tanto de operaciones de ayuda como de contratos, en Fichero TXT con la estructura, distinta para cada caso, recogida en ANEXO II Instrucción de 2 de enero de elaboración de solicitud de reembolso : firma y devolución Para la elaboración de la solicitud de reembolso se cumplimenta manualmente (una vez por cada certificación) la Lista de comprobación de Certificados, cuyo contenido es el del formulario FE08. El Servicio de Gestión Financiera de F. E. pondrá dicho documento a la firma del responsable de la Certificación (nuevamente de la Directora General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural), a través de la aplicación DocelWeb. 20

21 8.- Carga manual de Verificaciones in situ De momento no está disponible la carga masiva de verificaciones in situ. -La información necesaria para el alta manual en el sistema de una verificación, es: Operación verificada. Organismo que realiza la verificación: D.G. De Desarrollo Sostenible del Medio Rural. Fecha de la visita. Para cada verificación se cumplimenta la Lista de Comprobación de verificación in situ, cuyo contenido queda reflejado en el formulario FE15. A cada Verificación dada de alta se le asignan los gastos del certificado que han sido verificados in situ. 21

22 9.- Elaboración certificado de verificaciones: firma y devolución El Servicio de Gestión Financiera pondrá dicho documento a la firma del responsable de las Verificaciones en la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural través de la aplicación DocelWeb. Para la elaboración del Informe de Verificaciones es necesario contestar a las siguientes cuestiones: «Si se han detectado errores de gasto no certificado previamente y el importe de las deficiencias. «Si los errores son de carácter sistémico y el tratamiento dado a los mismos. «Si los errores son de carácter no sistémico y el tratamiento dado a los mismos. «Si se han detectado irregularidades de gasto ya certificado y el tratamiento dado a los mismos. «Observaciones. «Si se cumple con los requisitos del el art.97 de la Ley 30/2007 (requisitos para la contratación por el procedimiento de emergencia). 22

23 Anexo II Instrucción de 2 de enero de 2009 de la DGFE que desarrolla la Orden de gestión de los fondos europeos: Estructura de los Ficheros Apartado I: Procedimiento de certificación combinada de operaciones de inversión o subvenciones que no constituyan ayudas de estado: Estructura del fichero de contratos Fichero de compromisos Fichero lista de comprobación de contratos Fichero de transacciones Lista de comprobación de contratos Ley 30/2007 Lista de cmprobación de contratos Real Decreto Legislativo 2/2002 Apartado II: Procedimiento de certificación combinada de operaciones de ayudas de estado: Estructura del fichero de comprobación para operaciones de ayuda Fichero de operaciones de ayuda Fichero de transacciones 23

24 SEGUIMIENTO DE LAS INTERVENCIONES Los Programas se aprueban,se presupuestan, se ejecutan se certifican pero ademas hay que hacer un seguimiento periódico de su ejecución, se analizarán los resultados conseguidos en función de los objetivos fijados en cada eje y se propondrán las medidas correctoras en la ejecución que permitan alcanzar los objetivos fijados. A través de Comités de Seguimiento de cada P.O. presididos por la autoridad de gestión y con la participación a titulo consultivo de la Comisión. Mediante informes anuales de ejecución y finales elaborados por los OI. Prevista la aprobación mediante procedimientos escritos. Segumiento de ejecución financiera y física (indicadores), así como análisis del cumplimiento de las políticas comunitarias y de las obligaciones en materia de infomación y publicidad. Cumplimiento de la regla N+2 descompromisos automáticos. 24

25 CONCLUSIONES de la La gestión eficaz de los programas dependerán: los pagos intermedios que ha de hacer la Comisión y que siempre serán en base al gasto declarado y considerado admisible. El cumplimiento de la regla N+2 para no ocasionar en perdidas financieras en el Programa. La gestión eficaz sólo la obtendremos con la colaboración de todos los agentes que intervienen en la ejecución del Programa y mediante la combinación equilibrada de celeridad en la ejecución y la necesaria garantía de verificación de todos los gastos cofinanciados. No debemos perder de vista que durante la ejecución del Programa los distintos órganos de control vendrán a comprobar si nuestros sistemas de gestión y control son tal y como los hemos descrito en los documentos descriptivos y si por tanto son eficaces. Una constatación negativa supondrá correcciones financieras y pérdidas de recursos de nuestro Programa. 25

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