ANTEPROYECTO DE LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA ANDALUCÍA
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- Jesús Macías Blázquez
- hace 8 años
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1 ANTEPROYECTO DE LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA ANDALUCÍA
2 UNA LEY QUE ABRE PUERTAS PARA INVERTIR EN EL CAMBIO DE MODELO PRODUCTIVO DE ANDALUCÍA
3 Estructura de la cualificación de la población activa A DÓNDE QUEREMOS IR? DÓNDE ESTAMOS?
4 Invertir en formación para: Elevar el nivel de cualificación de la población activa Adecuar la oferta formativa a las necesidades del mercado de trabajo. Fomentar la formación a lo largo de la vida. Desarrollar la identidad profesional y el espíritu emprendedor. Implicar a las empresas en la formación. Reconocer y acreditar las competencias profesionales.
5 Crear el Sistema Andaluz de Formación y Cualificación Profesional Que integre toda la formación inicial y para el empleo. Con servicios universales y eficaces de información, orientación y cualificación profesional. Con funciones avanzadas de observación, planificación, calidad, innovación y evaluación. Modular y capitalizable entorno al Catálogo Andaluz de Cualificaciones Profesionales. Con personalidad propia e innovador. Respetuoso con la regulación estatal y adaptado a las necesidades de Andalucía.
6 Con la implicación de toda la sociedad andaluza: El compromiso de la Junta de Andalucía en promover el acceso universal a la formación profesional. Exigiendo la responsabilidad individual de toda la ciudadanía para desarrollar y actualizar sus competencias profesionales. Y la responsabilidad de las empresas para mantener actualizadas las competencias de sus trabajadores.
7 Innovaciones respecto a la LOMCE en la formación inicial Aplica la formación profesional básica como un instrumento para una segunda oportunidad para obtener el título de Graduado de ESO y reducir el abandono prematuro. Flexibiliza las prácticas en empresa en los ciclos medios y superiores para formar unos profesionales más prácticos y con mayor experiencia.
8 Innovaciones en la formación para el empleo Prioriza los certificados de profesionalidad adaptados a las necesidades de las empresas de Andalucía. Responde a las demandas de las empresas y de sectores profesionales y económicos emergentes para organizar una formación que potencie la inserción y la contratación laboral. Se garantiza una formación para el empleo de calidad y permanente, donde la subvención deja de ser el único instrumento para la mejora de la cualificación de las personas.
9 Crea un sistema integrado de información y orientación profesional Con un protocolo común y una plataforma integrada de recursos de información y orientación profesional. Que coordine y complemente los dispositivos existentes de las distintas Consejerías, administraciones y entidades privadas. Pone a disposición, los departamentos de orientación de los IES, el profesorado de FOL y los equipos de orientación, así como los centros públicos de educación secundaria y de educación permanente de personas adultas que se determinen.
10 Consolida el procedimiento de acreditación de competencias Convirtiendo en permanente el procedimiento de acceso a todas las personas que hayan adquirido sus competencias a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación. Ofreciendo una oferta formativa específica para complementar la adquisición de los títulos o certificados profesionales. Creando una unidad administrativa para gestionar el dispositivo.
11 Refuerza la planificación participativa de la oferta formativa La Consejería elaborará las bases cuatrienales de la planificación de la FP teniendo en cuenta la prospectiva de necesidades de empleo y formación del Observatorio Argos. El Consejo Andaluz de la Formación Profesional, elaborará el Plan Estratégico de la FP de Andalucía con la participación de todos los actores y agentes del sistema con una vigencia cuatrienal. La Consejería transformará el Plan Estratégico en un Plan Anual de acción.
12 Especializa la oferta formativa Ofreciendo la formación inicial a todos los jóvenes hasta los 24 años satisfaciendo la demanda creciente. Ampliando el acceso a los ciclos para la población mayor de 24 años en condiciones adaptados a sus necesidades. Priorizando los colectivos más vulnerables Colaborando con las empresas para la formación con compromiso de contratación. Impulsando la movilidad del alumnado de formación profesional.
13 Promueve el emprendimiento Desarrolla actitudes y capacidades esenciales del emprendimiento. Apoya un cambio de percepción positiva de los emprendedores. Impulsa la generación de proyectos empresariales desde la formación profesional. Pone el énfasis en los proyectos de la economía social y solidaria. Posibilita el nacimiento de empresas derivadas en centros de FP Incorpora módulos de emprendimiento en la oferta formativa.
14 Ordena la gobernanza del sistema Otorga a la Consejería competente en materia de educación la coordinación de todo el sistema de formación y cualificación de Andalucía. Confiere al Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, órgano técnico de la Consejería las tareas, en el nivel técnico, de planificación, observación, innovación, calidad y evaluación. Establece la colaboración con el Observatorio Argos y con el Servicio Andaluz de Empleo para coordinar formación y empleo. Amplia el Consejo Andaluz de Formación Profesional como órgano participativo clave para la gobernanza del conjunto del sistema con todos los actores del mismo.
15 Crea una red de centros de FP de Andalucía de calidad Apuesta por el modelo de centro integrado de formación profesional. Mientras desarrolla los centros integrados se autorizará el funcionamiento de centros del sistema educativo a ofrecer de forma integrada la formación profesional inicial y para el empleo. Las entidades y los agentes sociales y económicos sólo podrán impartir formación profesional a través de sus centros debidamente registrados. Se crea el Registro de Centros de FP de Andalucía simplificando los procedimientos y elevando la exigencia de calidad como condición para formar parte de la red de centros de FP de Andalucía.
16 Concede amplia autonomía a los centros públicos Dispondrán de autonomía pedagógica, de organización, de gestión económica y de personal. Dispondrán de un número de identificación fiscal propio que les permitirá desarrollar acuerdos y convenios con empresas e instituciones para mejor alcanzar sus objetivos. Podrán obtener ingresos derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas sin disminuir las cantidades asignadas por la Consejería.
17 Apuesta por la profesionalización de los docentes Los docentes podrán ejercer sus funciones en todos los diferentes tipos de centros de titularidad o gestión pública. Los docentes podrán impartir todas las modalidades de formación profesional según su perfil académico y profesional siempre que reúnan los requisitos exigidos. Los docentes podrán completar su horario impartiendo acciones formativas de otras modalidades en su propio centro o en otros centros. Así mismo podrán voluntariamente ampliar su dedicación no sujetos a autorización de compatibilidad.
18 Apuesta por la profesionalización de los docentes Podrán impartir clases profesionales reconocidos y cualificados no necesariamente titulados que desarrollen su actividad en el ámbito laboral, a través de la contratación administrativa o en régimen laboral. Se promoverá en colaboración con las universidades una formación inicial de los docentes más relacionada con las empresas y se promoverá la formación continua en estancias en las empresas.
19 Asegura la calidad de todo el sistema A través del Instituto Andaluz de las Cualificaciones Profesionales se establecerán unos Planes plurianuales de Innovación, de Calidad y de Evaluación. Se promoverá el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación en las actividades formativas y la innovación en las metodologías didácticas en colaboración con las universidades. El Consejo Andaluz de Formación Profesional elaborará un informe anual de seguimiento de la consecución de los objetivos del Plan Anual de Formación Profesional y de los Planes Plurianuales de Innovación, Calidad y Evaluación.
20 Asegura la calidad de todo el sistema El ejercicio de la inspección educativa se extenderá a todas las enseñanzas que se impartan en los centros de formación inicial. Se reforzará la función de seguimiento y control de la adquisición de las competencias por parte de quienes obtengan los certificados de profesionalidad en los centros autorizado. Se establecerá un régimen de sanciones, pudiendo llegar a la revocación de la autorización en caso de incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en la normativa vigente.
21 Una financiación al servicio de los objetivos de la Ley Se integrarán las distintas fuentes de financiación en una perspectiva global de prioridades y objetivos. Se establecerán tasas públicas para el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, pudiéndose prever reducciones y becas en función de los ingresos de la unidad familiar. La financiación de las actividades formativas de centros privados o de otras administraciones públicas se realizará mediante convocatorias en régimen de concurrencia competitiva, en régimen de concierto educativo o mediante la contratación abierta de paquetes de formación o becas individuales. Sólo la programación de acciones formativas con compromisos de contratación podrán financiarse en régimen de concesión directa según la regulación actual.
22 UNA LEY QUE CAMINA PARA FACILITAR Y HACER POSIBLE LA TRANSFORMACIÓN DE LA INVERSIÓN PÚBLICA EN INSERCIÓN Y CREACIÓN DE EMPLEO
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