GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SISTEMA DE ATENCIÓN PARA LOS DAÑOS CAUSADOS POR TRÁNSITO DE VEHÍCULOS
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- Alfredo Prado Páez
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1 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SISTEMA DE ATENCIÓN PARA LOS DAÑOS CAUSADOS POR TRÁNSITO DE VEHÍCULOS
2 JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA En 2007 se cometieron en total 24,319 delitos con motivo de accidentes de tránsito vehicular en las diferentes delegaciones del Distrito Federal. CUJ AZC 4% XOC 3% TLH 2% MAC 1% 1% MLP 1% IZP 14% IZC 5% TLP 6% CUH 12% AOB 7% COY 8% GAM 11% VCA 8% MIH 8% BJU 9% IZP CUH GAM BJU MIH VCA COY AOB TLP IZC AZC XOC TLH MAC CUJ MLP Total
3 De estos 24,319 delitos, en 15,381 se causó exclusivamente el delito de daño a la propiedad TLP 6% IZC 5% AZC 4% MAC XOC 2% 3% TLH 2% CUJ 1% MLP 0.43.% IZP 13% CUH 12% VCA 7% AOB 8% COY 8% MIH 9% BJU 10% GAM 10% IZP CUH GAM BJU MIH COY AOB VCA TLP IZC AZC XOC MAC TLH CUJ MLP Total
4 El delito de daño a la propiedad con motivo del tránsito vehicular representa el 64% de los delitos derivados de accidentes automovilísticos en el Distrito Federal. El resto se relaciona con conductas también consideradas delitos como lesiones, homicidio, etc. Lesiones Culposas 33% Homicidios Culposos 3% Daño a la propiedad 64%
5 INICIATIVA DE LEY El Jefe de Gobierno del Distrito Federal presentó a la ALDF, en enero de este año, una Iniciativa de Decreto para reformar, entre otras disposiciones el Código Penal y Ley de Cultura Cívica, para que los accidentes de tránsito vehicular donde no concurran otros delitos, sean atendidos por el Juez Cívico, con los siguientes objetivos: Despresurizar el Sistema de Justicia Penal para que se atiendan con mayor eficacia conductas delictivas de alto impacto social. Resolver en menor tiempo, las controversias entre particulares que se suscitan por daños causados en forma culposa por el tránsito de vehículos.
6 Que el patrimonio de las personas, como bien jurídico tutelado, se proteja a través de otras ramas del derecho menos coercitivas en la esfera del gobernado, diversas a la penal, aplicando el principio de última ratio. Que la Cultura Cívica fortalezca la convivencia social, el respeto al patrimonio del conciudadano y el acatamiento de la norma como valor superior del orden social.
7 DECRETO APROBADO El 13 de marzo de 2008, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Decreto por el que se modificaron los siguientes ordenamientos legales: Código Penal para el Distrito Federal. Código Civil para el Distrito Federal. Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal. Ley de la Defensoría de Oficio del Distrito Federal. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; y Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Este Decreto entrará en vigor el 01 de julio de 2008.
8 PRINCIPALES REFORMAS Las reformas proponen cinco cambios sustanciales: Primero: Deja de ser delito el daño a la propiedad, en su forma de comisión culposo, con motivo del tránsito de vehículos, siempre y cuando: I.Ninguno de los automovilistas conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares; II.Alguno de los conductores no auxilie a la víctima de daño o se dé a la fuga; o III.No se cometa conjuntamente con otro delito del fuero común, -entre otros cualquier tipo de lesión u homicidio- o del fuero federal.
9 Segundo: Se establece como infracción administrativa en la Ley de Cultura Cívica: Causar daño a un bien mueble o inmueble ajeno, en forma culposa y con motivo del tránsito de vehículos
10 Tercero: Se crea un tipo penal en el último párrafo del artículo 242 del Código Penal, que sancionará con pena de 1 a 3 años de prisión y de 100 a 500 días multa, independientemente de la responsabilidad administrativa o civil que resulten de esos hechos: Al conductor de un vehículo automotor que se retire del lugar en que participó en un hecho donde únicamente se causó daño a la propiedad, en su forma de comisión culposa y con motivo del tránsito vehicular, con el propósito de no llegar a un acuerdo en la forma de reparación de los daños y sin acudir ante el juez cívico competente
11 Cuarto: Se crean dos procedimientos: 1. Conciliatorio, ante el Juez Cívico; cuyo propósito es conciliar los intereses de quienes se ven involucrados en un hecho de tránsito vehicular para el pago de los daños. 2. Contencioso, ante el Juez de Paz Civil; siendo su objetivo lograr el Pago de Daños cuando no exista conciliación entre las partes.
12 Quinto: Se establece responsabilidad solidaria para el propietario de los mecanismos, instrumentos, aparatos, vehículos automotores o sustancias peligrosas que cause daños.
13 PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO Principales características. En el lugar de los hechos, cuando exista avenimiento entre las partes involucradas, sin mayor trámite, el policía liberará la circulación. Si los conductores no llegan a un acuerdo, el policía enviará los vehículos involucrados al Depósito y remitirá a los conductores ante el Juez. Al momento de iniciar el procedimiento el Juez dará aviso a los peritos para que puedan revisar los vehículos y el lugar de los hechos.
14 PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO Principales características.
15 a) En la etapa de pre-instrucción: Se tomarán declaraciones a los policías remitentes, conductores y testigos en formatos preestablecidos donde se obtengan el mayor número de datos técnicos. En esta etapa también se deberán ofrecer los demás medios de prueba con los que cuenten las partes. Al concluir las declaraciones, el Juez solicitará la intervención de los peritos de tránsito terrestre, que deben rendir su dictamen en un plazo no mayor de cuatro horas, o de seis si están involucrados más de cuatro vehículos. Es posible que las partes lleguen a un arreglo en esta etapa y puede concluir el procedimiento, con la firma de un convenio.
16 b) En la etapa de Audiencia: Cuando se reciba el peritaje de tránsito terrestre se inicia la audiencia. El Juez procurará y exhortará a las partes a que lleguen a un arreglo en el pago de lo dañado. La conciliación tendrá como base el monto de los daños establecido por los peritos, con un margen de más o menos 20%. Si llegan a un acuerdo, se firmará un convenio que deberá ser garantizado en alguna de las formas que señala la Ley, y entonces no se impondrá sanción alguna y se liberarán los vehículos.
17 c) En la etapa de resolución: Si no llegan a un acuerdo, se impondrá al responsable, un arresto de hasta 36 horas que podrá conmutarse por una multa hasta por el monto de los daños causados. El vehículo del responsable será devuelto por el Juez siempre que el responsable garantice mediante fianza el pago de los daños causados. El defensor de Oficio asistirá al agraviado en la elaboración de la demanda que deberá enviarla ante el Juez de Paz Civil en turno en un plazo de 12 horas.
18 En toda demanda se solicitará el embargo precautorio del vehículo conducido por el responsable, para garantizar el pago de los daños. Se devolverá de inmediato el vehículo que conducía el conductor no responsable. Si el conductor agraviado lo desea podrá interponer la demanda a través de abogado particular
19 PROCEDIMIENTO ANTE EL JUEZ DE PAZ Principales Características El Juez de Paz Civil que reciba la demanda del Juez Cívico, emitirá acuerdo dentro del plazo de seis horas, donde entre otras determinaciones ordenará el embargo del vehículo para garantizar el pago o demás bienes propiedad del conductor o propietario. Podrá firmar la demanda como gestor judicial el conductor no responsable y el propietario podrá presentarse hasta la audiencia. Las pruebas deberán ofrecerse en la demanda y la contestación.
20 PROCEDIMIENTO ANTE EL JUEZ DE PAZ Principales Características Se tendrá un término de tres días para contestar la demanda. La audiencia se deberá llevarse a cabo en seis días y diferirse por diez días por causa justificada. Las excepciones y defensas deberán hacerse valer en la contestación. Los incidentes no suspenden el procedimiento y todas las excepciones que se opongan y recursos que se interpongan se resolverán en la sentencia definitiva.
21 Si la parte demandada no formula su contestación, se tendrán por presuntamente ciertos los hechos de la demanda. La sentencia definitiva deberá dictarse en un plazo no mayor a 30 días naturales siguientes a que se tenga por emplazadas a las partes. La apelación procede en ambos efectos. El agraviado que haya firmado convenio ante el Juez Cívico podrá solicitar su ejecución por vía de apremio ante el Juez de Paz Civil.
22 PROYECCIÓN DEL AUMENTO DE TRABAJO EN JUZGADOS CÍVICOS Delegación Álvaro Obregón 4 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 AOB Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Álvaro Obregón incrementarán su capacidad de atención en un 27.7% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
23 Delegación Azcapotzalco 4 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 AZC Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Azcapotzalco incrementarán su capacidad de atención en un 30.9% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
24 Delegación Benito Juárez 5 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 BJU Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Benito Juárez incrementarán su capacidad de atención en un 54.2% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
25 Delegación Coyoacán 5 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 COY Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Coyoacán incrementarán su capacidad de atención en un 29.5% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
26 Delegación Cuauhtémoc 8 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 CUH Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Cuauhtémoc incrementarán su capacidad de atención en un 5.16% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
27 Delegación Cuajimalpa Daño causados por tránsito vehicular Juzgados Cívicos 1507 Remisiones 2007 CUJ Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Cuajimalpa incrementarán su capacidad de atención en un 8.2% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
28 Delegación Gustavo A. Madero 8 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 GAM Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Gustavo A. Madero incrementarán su capacidad de atención en un 52.3% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
29 Delegación Iztacalco 3 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 IZC Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Iztacalco incrementarán su capacidad de atención en un 22.2% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
30 Delegación Iztapalapa 9 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 IZP Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Iztapalapa incrementarán su capacidad de atención en un 21.3% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
31 Delegación Magdalena Contreras 2 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 MAC Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Magdalena Contreras incrementarán su capacidad de atención en un 18.5% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
32 Delegación Miguel Hidalgo 5 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 MIH Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Miguel Hidalgo incrementarán su capacidad de atención en un 25.5% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
33 Delegación Milpa Alta 2 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 MLP Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Milpa Alta incrementarán su capacidad de atención en un 6.8% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
34 Delegación Tláhuac 2 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 TLH Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Tláhuac incrementarán su capacidad de atención en un 16.6% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
35 Delegación Tlalpan 4 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 TLP Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Tlalpan incrementarán su capacidad de atención en un 54.7% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
36 Delegación Venustiano Carranza 5 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 VCA Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Venustiano Carranza incrementarán su capacidad de atención en un 16.5% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
37 Delegación Xochimilco 2 Juzgados Cívicos Daño causados por tránsito vehicular Remisiones 2007 XOC Se prevé que los Juzgados Cívicos de la Delegación Xochimilco incrementarán su capacidad de atención en un 34.2% respecto del volumen de trabajo que anualmente atienden.
38 PERITOS DE TRÁNSITO TERRESTRE Actualmente se encuentra en proceso de capacitación, el último grupo de personas elegidas para desarrollar la función de peritos de tránsito terrestre, cursos que incluye el análisis, causas y efectos de los accidentes de tránsito; valuación de daños y principios de ingeniería de tránsito, entre otros, impartido por el IPN. Además recibirán cursos especializados del procedimiento conciliatorio ante el Juez Cívico, Reglamento de Tránsito Metropolitano y curso de manejo. Se les dotará de motocicletas para trasladarse al lugar de los hechos y la revisión de los vehículos, así como de equipo de protección y medios de comunicación electrónica que hagan efectivo su trabajo.
39 UBICACIÓN DE LOS PERITOS DE TRÁNSITO En las demarcaciones marcadas, en promedio por día, existe la siguiente incidencia: Delegación No. de Choques IZP 6 CUH 5 GAM 4 BJU 4 MIH 4 COY 3 AOB 3 VCA 3 El resto de las delegaciones, presentan un promedio de 1 a 2 choques diarios.
40 Con base a la incidencia de choques en la ciudad, se establecerán 10 puntos de concentración de los peritos, para que puedan desplazarse rápidamente al lugar de los hechos.
41 COBERTURA DE ATENCIÓN Punto Cobertura de Atención 1 Iztapalapa y Tláhuac 2 Cuauhtémoc 3 Gustavo A. Madero 4 Benito Juárez 5 Miguel Hidalgo y Azcapotzalco 6 Coyoacán y Tlalpan 7 8 Álvaro Obregón y Magdalena Contreras Venustiano Carranza e Iztacalco 9 Xochimilco y Milpa Alta 10 Cuajimalpa
42 REFORMAS SECUNDARIAS. Se modificará el Reglamento de la Ley de Cultura Cívica para regular, entre otros aspectos: Las medidas de seguridad del traslado de los vehículos al Depósito, incluyendo las medidas en vehículos que transportan productos perecederos o sustancias tóxicas o peligrosas. La actuación de los policías para que detecten y registren los elementos técnicos de un siniestro para una determinación de responsabilidad justa y apegada a la realidad. Los formatos y términos donde los conductores y testigos rindan su declaración. Las reglas de ofrecimiento, admisión y valoración de las pruebas. Las acciones que debe realizar cualquier ciudadano cuando se ve involucrado en un hecho de tránsito y no se considere que se dio a la fuga para evitar responsabilidad penal. Un recurso que revise la legalidad de las determinaciones del Juez Cívico.
43 CAPACITACIÓN EN JUZGADOS CÍVICOS Como parte de esta reforma, a los Jueces y Secretarios de los 70 Juzgados Cívicos se les imparten: Cursos de actualización sobre los principales temas jurídicos sustantivos y procesales que atañe a la reforma. Cursos sobre el procedimiento que deberán substanciar a partir del primero de julio. Curso sobre conocimientos básicos en la materia dictámenes de tránsito terrestre. Además que se tiene contemplado reforzar y actualizar el sistema de cómputo con el que laboran.
44 DIFUSIÓN EN MEDIOS Durante este mes de Junio se llevará a cabo un intenso programa de difusión de estos procedimientos para que la ciudadanía conozca: La importancia de las reformas en la forma de solución de los hechos de tránsito. Los beneficios de contar con un seguro vehicular. Las conductas que se deben evitar para sufrir un accidente de tránsito, que refuercen además el cumplimiento del Reglamento de Tránsito Metropolitano, como son: - Evitar la utilización de teléfonos celulares o cualquier otro medio de distracción al momento de conducir. - Utilizar siempre el cinturón de seguridad. - Respetar los límites de velocidad, los señalamientos de tránsito, las preferencias de paso. - No conducir bajo el influjo de alcohol o drogas.
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