SOCIEDAD RURAL ARGENTINA REGLAMENTO GENERAL DE EXPOSICIONES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SOCIEDAD RURAL ARGENTINA REGLAMENTO GENERAL DE EXPOSICIONES"

Transcripción

1 SOCIEDAD RURAL ARGENTINA REGLAMENTO GENERAL DE EXPOSICIONES CORRESPONDIENTE A LA 130. EXPOSICION DE GANADERIA, AGRICULTURA E INDUSTRIA, INTERNACIONAL INAUGURACION Sábado 30 de Julio de 2016 Edición

2 Presidente... Vicepresidente... Vicepresidente 2º... Secretarios... Tesorero... Protesorero... Director de Acción Gremial... Director de Prensa y Medios. Director de Acción Política... Director de Educación... Director de Exposiciones... Director del Instituto de Estudios Económicos y de Negociaciones Internacionales... Director de Laboratorios... Director de los Registros Genealógicos... Director de Relaciones Laborales.. Directora de Relaciones Institucionales... Director de Relaciones Públicas..... Directora de Socios.. SOCIEDAD RURAL ARGENTINA COMISION DIRECTIVA Dr. Luis Miguel Etchevehere Sr. Daniel G. Pelegrina Sr. Nicolás F. Pino Dr. Abel F. Guerrieri Dr. José Pedro Reggi Sr. Carlos A. Reyes Terrabusi Ing. Juan José Grigera Naón Dr. Abel F. Guerrieri Sr. Martín Goldstein Sr. Carlos M. Vaquer Ing. Fernando Canosa Sr. Nicolás F. Pino Ing. Juan José Grigera Naón Ing. Luis María Firpo Brenta Sr. Carlos A. Vila Moret (h) Dr. Abel F. Guerrieri Sra. María Adela Nores Bodereau Sr. Ricardo Smith Estrada Sra. Alicia María Fregonese de Marcuard VOCALES GENERALES TITULARES VOCALES TITULARES POR DISTRITO Sr. Federico J. Boglione 1 Dr. Juan Manuel Bautista Sr. Martín Goldstein 2 Sra. María Mercedes Lalor Ing. Juan José Grigera Naón 3 Sr. Hugo A. Feü Dr. Mariano F. Grondona 4 Ing. Mariano W. Andrade Dr. Abel F. Guerrieri 5 Ing. Oscar R. Logioio Lic. David Lacroze 6 Esc. Luis F. Giraudo Lic. Horacio L. La Valle 7 Dr. Esteban Vitor Sra. María Adela Nores Bodereau 8 Dr. Osvaldo J. Benítez Meabe Sr. Nicolás Pino 9 Dr. Ricardo Maglietti Dr. José Pedro Reggi 10 Sr. Martín Miguel Saravia (h) Sr. Carlos A. Reyes Terrabusi 11 Lic. Norman Bruce Coates Spry Sr. Sebastián Rodríguez Larreta 12 Ing. Alberto E. Lasmartres Moyano Sr. Carlos María Vaquer 13 Sr. Bertil Andino Grahn Sr. Carlos A. Vila Moret (h) 14 Sr. Roberto Fernández Speroni VOCALES TITULARES POR EL CONSEJO FEDERAL VOCALES TITULARES POR EL CONSEJO INSTITUCIONAL VOCALES TITULARES POR LOS SOCIOS ADHERENTES Sr. Martín Facundo Lizaso Sr. Aníbal Calafell Sr. Andrés Francisco Calderón Ing. Gonzalo Villegas Ing. Luis María Firpo Brenta Sr. Ricardo Smith Estrada VOCALES GENERALES SUPLENTES VOCALES SUPLENTES POR DISTRITO Sra. Alicia María Fregonese de Marcuard 1 Sr. Oscar Luchessi Sr. Francisco Luis Gutiérrez 2 Dr. Luciano Miguens (h) Sr. Gustavo E. Olmedo 3 Sr. Javier Pérez Balade Lic. Tomás Palazón 4 Dr. Alejandro M.P. Ferrero Sr. Carlos Tomás Perrens 5 Sr. Luis Bameule Ing. Federico Manuel Steverlynck 6 Ing. Agr. Guillermo Cullen 7 Ing. Agr. Walter Federico Feldkamp VOCAL SUPLENTE POR EL CONSEJO FEDERAL 8 Sr. Estuardo Víctor Navajas Ing. Máximo Ernesto Russ 9 Dr. Carlos A.A. Vera VOCAL SUPLENTE POR EL CONSEJO INSTITUCIONAL 10 Sr. Ramón Francisco Rodó Sr. Santos Zuberbühler 11 Sr. Jorge Antonio Argüelles VOCAL SUPLENTE POR LOS SOCIOS ADHERENTES 12 Sr. Ramón C. González Feltrup Ing. Fernando Canosa 13 Ing. Guillermo A. Barzi 14 Cr. Aníbal Parolín COMISION REVISORA DE CUENTAS Dr. Hugo N.L. Bruzone Sr. Carlos M. Candia Sr. Marcos J.C. Pereda 2

3 INDICE CAPITULO I Disposiciones Generales ART. 1.1 Carácter de las exposiciones ART. 1.2 Participación ART. 1.3 Calendario ART. 1.4 Catálogo ART. 1.5 Orden del catálogo ART. 1.6 Entradas ART. 1.7 Responsabilidades ART. 1.8 Denuncias por Daños ART. 1.9 Carteles ART Número de lotes ART Distintivos no oficiales ART Vigilancia ART Forrajes ART Camas ART Tránsito de vehículos y perros ART Prohibición de entrada a pistas ART Diplomas ART Interpretación del reglamento CAPITULO II Autoridades y Sanciones ART. 2.1 ART. 2.2 ART. 2.3 ART. 2.4 ART. 2.5 ART. 2.6 CAPITULO III Pedidos de Local Comisariato General Atribuciones Ofensas graves Prohibición de Ingreso o Permanencia Sanciones y/o Multas Informes. ART. 3.1 Plazo de presentación. ART. 3.2 Limitaciones por especie. ART. 3.3 Ejemplares importados ART. 3.4 Prorrateo ART. 3.5 Requisitos de Inscripción. ART. 3.6 Registros no llevados por esta Sociedad ART. 3.7 Análisis Verificación de Ascendencia ART. 3.8 Declaración de No uso de Anabólicos y Sustancias Promotoras del Crecimiento. ART. 3.9 Designación del Personal Responsable. ART Denuncia de Servicios ART Declaración de reserva de semen y/o embriones ART Denuncias de accidentes o intervenciones quirúrgicas ART Declaración de Ascendencia Mocha. ART Denuncia de Ejemplares Inmunizados contra Tristeza ART Propiedad de los Ejemplares ART Ejemplares propiedad de Asociaciones ART Declaración por categorías 3

4 CAPITULO IV Esquila ART Normas para inscribir en las categorías de Terneros ART Normas para inscribir en las categorías Vacas: ART Condiciones para inscribir en categorías Vaquillonas ART Condiciones para inscribir en la raza Holando Argentino ART Producciones no registradas en la Sociedad Rural Argentina ART Normas para otras razas lecheras ART Exigencia de Datos de DEP s ART Rechazo de Pedido de Local ART Impedimento de ingreso a ejemplares ART Modificaciones ART Verificaciones ART Transferencias ART Condiciones de participación de ejemplares Aberdeen Angus ART. 4.1 ART. 4.2 ART. 4.3 Fechas Control de Esquila Inspecciones CAPITULO V Ingreso de Ejemplares ART. 5.1 Plazo de entrada ART. 5.2 Requisitos de ingreso ART. 5.3 Certificados de preñez ART. 5.4 Exigencia en Ovinos ART. 5.5 Obligatoriedad de marcación a fuego para Equidos ART. 5.6 Impedimentos de Ingreso ART. 5.7 Hembras inscriptas que abortaren ART. 5.8 Hembras inscriptas con cría al pie ART. 5.9 Vacas amas ART Ubicación de ejemplares ART Ocupación de lugares ART Entrega de Materiales ART Paseo de ejemplares CAPITULO VI Admisión ART. 6.1 ART. 6.2 ART. 6.3 ART. 6.4 ART. 6.5 ART. 6.6 Jurados Incompatibilidad Labor Atribuciones Informes No participación CAPITULO VII Personal Privado ART. 7.1 ART. 7.2 ART. 7.3 ART. 7.4 Atención de Ejemplares Insuficiencia de Personal Seguros del Personal Comportamiento Debido. 4

5 ART. 7.5 ART. 7.6 ART. 7.7 ART. 7.8 CAPITULO VIII Clasificación CAPITULO IX Ventas Comportamiento en pista. Vestimenta Prohibiciones Derecho de Admisión y Permanencia ART. 8.1 Jurados ART. 8.2 Incompatibilidades ART. 8.3 Entrada a Pista ART. 8.4 Bozales ART. 8.5 Orden de la Clasificación ART. 8.6 Otorgamiento ART. 8.7 Ratificaciones ART. 8.8 Subdivisiones ART. 8.9 Obligatoriedad de presentar a Desfile ART Condiciones de participación en pista ART. 9.1 Responsabilidades ART. 9.2 Consignaciones ART. 9.3 Programa de Ventas ART. 9.4 Orden de salida a ventas de ejemplares ART. 9.5 Horario de venta ART. 9.6 Activación de las ventas ART. 9.7 Prohibiciones ART. 9.8 Carteles no sale a venta ART. 9.9 Venta con reserva de semen y/o embriones ART Venta de embriones ART Limitaciones de Ventas ART Salidos a Venta con Base y No Vendidos ART Ejemplares con ascendencia mocha ART Exigencias para Hembras de las razas Criolla y Selle Francais ART Limitaciones de ventas a firmas rematadoras y Expositores ART Ventas particulares ART Prueba de tuberculosis ART Inmunización contra la peste porcina y prueba de brucelosis para porcinos. ART Cuidado de los ejemplares vendidos ART Venta de material Seminal de Ejemplares Shorthorn CAPITULO X Aranceles ART Derechos por Pre-Inscripción: ART Derecho de Inscripción: ART No Socios: ART Comisión de Venta CAPITULO XI Retiro de Ejemplares ART Iniciación y cierre de salidas 5

6 ART Autorización y control de salida de ejemplares CAPITULO XII Programa de Categorías ART Razas que no figuran en el programa ART Bovinos:.1 Aberdeen Angus.2 Hereford - Polled Hereford.3 Shorthorn.4 Simmental - - Red Simmental - Simbrah..5 Santa Gertrudis.6 Holando Argentino - Guernsey.7 Pardo Suizo.8 Brahman.9 Brangus..10 Braford..11 Jersey..12 Limousin.13 Limangus..14 Ganado Bovino Criollo.15 Galloway - West Highland - Tuli - Salers.16 Wagyu - Píamontese.17 Blonde D Aquitaine - Charolais.18 Murray Grey ART Bubalinos (Murrah, Mediterranea y Jafarabadi) ART Equinos.1 Criolla.2 Árabe y Anglo Árabe..3 Cuarto de Milla Paint Horse.4 Appaloosa..5 Sangre Pura de Carrera..6 Percherón, Percherón Postier (Mayo y Menor Alzada).7 Selle Francais.(Anglo Normando).8 American Trotter..9 Silla Argentino, Salto y Adiestramiento Zangersheide,Hannoveriana, Holstein, Oldenburguesa, Trackehner, Westfalen y Brasilera de Hipismo..10 Silla Argentino, Polo y Pato..11 Tiro Argentino - A Bozal y Atalajados..12 Hackney..13 Caballo de Polo Argentino..14 Petiso Argentino (Mayor y Menor Alzada)..15 Petiso Argentino (Tipo Welsh. Tipo Shetland) Welsh Pony.16 Peruano de Paso..17 Condiciones que deberán reunir los ejemplares con relación a las alzadas ART Asnales (Remonta Argentino Ausetana Mammouth Jack y Martina Franca) ART Ovinos.1 Merino. 6

7 .2 Polled Merino.3 Corriedale.4 Hampshire Down.5 Lincoln Border Leicester.6 Romney Marsh.7 Scottish Black Face.8 Frisona - Pampinta.9 Texel.10 Dorper Black Dorper White- Poll Dorset - Comarqueña ART Caprinos ART Camélidos Sudamericanos ART Porcinos CAPITULO XIII Premios Ofrecidos por la Sociedad Rural Argentina ART Título de Gran Campeón ART Metodología y adjudicación ART Premio Estimulo ART Premio al Cabañero preparador ART Premio Conjunto Machos ART Premio Conjunto Hembras ART Premios Especiales.1 Bovinos (Holando Argentino).2 Equidos (Todas las Razas).3 Ovinos (Todas las Razas).4 Porcinos (Todas las Razas) CAPITULO XIV Premios Particulares ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART Premio "Banco de la Nación Argentina" Premios para la raza Shorthorn Premios para la raza Hereford Premios para la variedad Polled Hereford Premios para la raza Aberdeen Angus Premios para la raza Holando Argentino Premios para la raza Normando Premios para la raza Santa Gertrudis Premios para la raza Simmental Premiospara la raza Jersey Premios para la raza Brahman Premios para la raza Limousin Premios para la raza Braford Premios para la raza Brangus Premios para la raza Bovino Criollo Premios para la raza Limangus Premios para la raza Pardo Suizo Premios para la raza Charolais Premios para las razas Bubalinas Premios para la raza Murray Grey Equidos Premios para la raza Criolla Premios para la raza Sangre Pura de Carrera 7

8 ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART ART CAPITULO XV Disposiciones Sanitarias Premios para la raza Silla Argentino Premios para la raza Arabe Premios para la raza Selle Francais Premios para la raza Percherón y Percherón Postier Premios para la raza Cuarto de Milla Premios para la raza Hackney Premios para la raza Petiso Argentino Premios para la raza Caballo de Polo Argentino Premios para la raza Tiro Argentino Premios para la raza Peruano de Paso Premios para la raza American Trotter Ovinos Caprinos - Camélidos Premios para la raza Merino. Premios para la raza Romney Marsh Premios para la raza Corriedale Premios para la raza Ideal Premios para la raza Lincoln. Premios para la raza Hampshire Down Premios para la raza Karakul Premios para la raza Texel Premios para la raza Frisona Premios para Camélidos Sudamericanos Porcinos. ART Control de Anabólicos ART Protocolo de Muestreo ART Disposiciones Sanitarias CAPITULO XVI Reglamento 32 Exposición de Caballos Castrados 8

9 REGLAMENTO GENERAL DE EXPOSICIONES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ART Carácter de las exposiciones ART Participación ART Calendario ART Catálogo ART Orden del catálogo ART Entradas ART Responsabilidades ART Denuncias por Daños ART Carteles ART Número de lotes ART Distintivos no oficiales ART Vigilancia ART Forrajes ART Camas ART Tránsito de vehículos y perros ART Prohibición de entrada a pistas ART Diplomas ART Interpretación del reglamento 9

10 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ART Carácter de las exposiciones: La Sociedad Rural Argentina realizará sus Exposiciones anuales de carácter nacional y/o Internacional de acuerdo a la programación que estime conveniente en cada oportunidad, estableciéndose que la correspondiente al año 2016 se denominará 130 Exposición de Ganadería, Agricultura e Industria, Internacional. ART. 1.2 Participación: Los ejemplares declarados e inscriptos para participar de la Exposición serán animales de pedigree exclusivamente, inscriptos en los registros genealógicos de nuestra entidad.. ART Calendario: La 130 Exposición de Ganadería, Agricultura e Industria, Internacional, se celebrará del 16 al 31 de Julio de 2016, inclusive. El acto inaugural se desarrollará el Sábado 30 de Julio de ART Catálogo: La Sociedad Rural Argentina editará un Catálogo Oficial de la Exposición que incluirá a la totalidad de ejemplares declarados, no haciéndose responsable de los errores u omisiones que pudieran ocurrir en cuanto a datos suministrados o ejecutados por terceros. ART Orden de catálogo: Para las especies que tienen registrado el día, mes y año de nacimiento, el orden del catálogo se establecerá por la edad; en los casos de ejemplares cuya edad coincidiese se ordenarán en el catálogo de acuerdo al número de inscripción en los Registros Genealógicos de acuerdo al criterio que fije la Comisión Directiva. Para las especies que no tienen registrada la fecha completa de nacimiento, el orden del Catálogo se efectuará por sorteo. ART Entradas: La Sociedad Rural Argentina proveerá de entradas a los Expositores en proporción al número de ejemplares con derecho a concurrir por cada uno, en la forma y cantidades que oportunamente establezca para cada especie. 1. Para el personal de las cabañas, exclusivamente, se otorgarán entradas especiales. Las mismas deberán ser solicitadas en el Departamento de Exposiciones, al ingreso de los ejemplares al local de la muestra. 2. Las entradas son personales, intransferibles y se encuentra prohibida su comercialización. Cualquier infracción a lo anterior será sancionada por la Comisión Directiva o el Comisariato General. ART Responsabilidades: En todos los casos los propietarios y/o Expositores asumen responsabilidad solidaria plena frente a la Sociedad Rural Argentina y frente a los terceros por los daños y perjuicios causados a la persona o cosas de estos con o por intervención de los ejemplares de su propiedad o que expusiese o tuviese a su cuidado, y/o los derivados de actos u omisiones de los dependientes de aquellos. 10

11 ART Denuncias por Daños: El Expositor asume la obligación de denunciar ante el Comisariato General y ante la Policía Federal cualquier hecho dañoso que pudiera generar reclamos, denuncias o demandas -de cualquier tipo que estas fueran-, en que haya tomado intervención personalmente, y/o un ejemplar de su propiedad y/o su personal y/o cualquier persona por quien deba responder, dentro de las 24 hs. de ocurrido dicho hecho. Asimismo, el Expositor deberá prestar la mayor colaboración en la obtención de la información y los antecedentes del caso, y en toda tarea de constatación de los hechos y/o los daños, que pudieran realizar las autoridades policiales, el Comisariato General y/o quienes éstos designen. ART Carteles: Los carteles que se colocan al frente de los locales, con el nombre del Expositor, del animal y de la cabaña de donde procede el producto, serán entregados por la SRA y no podrán ser retirados sino una vez que se retire el animal. A los Expositores de ganado les está prohibido colocar otro cartel, inscripción, fotografía, etc., salvo (I) los antecedentes de producción en las razas lecheras y su calificación en el Registro Selectivo, así como también (II) los datos genealógicos de las crías al pie en la raza Hereford; (III) la evaluación de la especie porcina; (IV) Podrán consignarse en las Razas Cuarto de Milla y Criolla datos oficiales suministrados por las respectivas Asociaciones sobre Registro de Mérito, Competencias funcionales u otros Registros oficiales o (V) lo que autorice u ordene el Comisariato General. Estos carteles de producción, calificación, evaluación y puntaje deberán ser hechos en formato previamente autorizado por el Comisariato General. ART Número de lotes: Siempre que se saquen de los locales los ejemplares expuestos, tanto para exhibirlos como para ser juzgados o vendidos, deberán llevar en lugar visible los cartones oficiales del número que les corresponda según el catálogo, con el cordón que proporcionará la Sociedad. En lo que respecta a las razas Holando Argentino, Shorthorn, Limangus, Jersey y Caballos de Polo Argentino, dicho número además deberá colocarse en el chaleco del Presentador. ART Distintivos no oficiales: Queda prohibido el uso, dentro del local de la Exposición de cualquier distintivo que no sea otorgado por la Sociedad Rural Argentina o autorizados por el Comisariato General de la Muestra. ART Vigilancia: La Sociedad Rural Argentina proveerá la seguridad general de la Exposición en los pabellones y el recinto de Exposición y mantendrá un equipo de servicio contra incendios, pero no se responsabiliza por los daños que sobrevengan a los objetos y ejemplares expuestos, ya sea por accidente, muerte, robo, cambios, pérdidas, extravíos o incendio. ART Forrajes: No se autorizara bajo ningún concepto el ingreso de FARDOS, sean de cama o alimento. La Sociedad Rural Argentina propondrá los proveedores de forraje, que tendrán a su cargo el servicio de provisión, con el fin de ofrecerle al expositor alternativas de precio y calidad. 11

12 Los señores expositores deberán establecer directamente con el proveedor la forma de pago y condiciones del servicio, sin asumir la organización responsabilidad alguna sobre calidad y consecuencias del consumo de los mismos. El Comisariato General establecerá los horarios de distribución. Cuando el Expositor de a sus ejemplares alimentación (balanceados) de la cual no haya existencia en el local, esta podrá introducirse previo permiso especial que deberá ser solicitado por escrito conjuntamente con la presentación del pedido de local. No se autorizará el ingreso masivo de alimentos balanceados, estableciendo el cupo para cada Expositor de acuerdo a la capacidad disponible. El alimento deberá ser acopiado en los pasillos laterales quedando prohibida la ocupación de los boxes. ART Camas: La reposición, renovación y arreglo de camas de los ejemplares deberá realizarse dentro del horario que fije el Comisariato General, el que será comunicado a los responsables por los Encargados de Pabellón. ART Tránsito de vehículos y perros: Está prohibido circular con vehículos por las calles de la Exposición, como asimismo transitar con perros en todo el recinto sin previa autorización del Comisariato General. ART Prohibición de entrada a pista: Queda absolutamente prohibida la entrada a las pistas a toda persona que no sea el Jurado, Secretarios del Jurado, Comisario General, Comisarios y personal de la Sociedad Rural Argentina, salvo autorización expresa. Cualquier sugerencia que quiera hacerse llegar al Jurado deberá ser presentada por el interesado al Comisariato General o Comisario de Pistas quienes procederán de acuerdo a su criterio. Los señores jurados, Comisarios de Pabellón y sus respectivos secretarios, solo podrán ingresar a pista cuando se esté jurando su raza. No podrán ingresar a la Pista Autoridades de la Asociación respectiva, mientras se estén disputando Premios donde haya animales de su propiedad en la Pista. ART Diplomas: Se extenderán diplomas en forma individual en los títulos de: Gran Campeón, Reservados de Gran Campeón, Campeones y Reservados de Campeones, Estimulo S.R.A., Cabañero Preparador, Primer Criador, Primer Expositor, Tercer Mejor Hembra (Holando Argentino), Tercer Mejor Macho y Tercer Mejor Hembra en (Criolla), Especial S.R.A. (Equinos), y Conjuntos Oficiales (Machos y Hembras). ART Interpretación del Reglamento: La interpretación de este Reglamento, del Programa de la Exposición y demás normativa aplicable serán resueltos por el Comisariato General o la Comisión Directiva, según corresponda. Los casos no previstos serán regulados por el Comisariato General o la Comisión Directiva, según corresponda. 12

13 CAPITULO II AUTORIDADES y SANCIONES ART Comisariato General ART Atribuciones ART Ofensas graves ART Prohibición de Ingreso o Permanencia ART Sanciones y/o Multas ART Informes. 13

14 CAPITULO II AUTORIDADES ART Comisariato General: La autoridad superior del certamen la constituye el Comisariato General que entenderá en todas las cuestiones que se susciten durante la Exposición y hasta el retiro de todos los ejemplares del Local. A tal efecto la Comisión Directiva nombrará uno o más Comisarios Generales, Sub-Comisarios Generales, Comisarios de Pista y Comisarios de Sección. Las cuestiones que se susciten con posterioridad o aquellas que aún no hubieran sido resueltas a la fecha indicada, serán resueltas por la Comisión Directiva. ART Atribuciones: Son Atribuciones del Comisariato General:.1 Velar por el cumplimiento y aplicación del presente Reglamento..2 Disponer todo lo necesario para el orden y buen funcionamiento de la muestra..3 Ordenar la inspección, remoción o traslado de cualquier reproductor en todo momento, en el ámbito del Predio Ferial, para el caso de que los ejemplares no sean retirados por el Expositor y/o adquirente, en tiempo y forma..4 Utilizar los boxes y bretes no ocupados en la forma que estime más conveniente para el interés general de la Exposición..5 Designar reemplazantes de Jurados de Clasificación y de Admisión, en caso de ausencia de los titulares, nombrar Arbitro, para los Jurados de Admisión o de Clasificación, cuando lo considere necesario, y nombrar otras autoridades de raza..6 Disponer por medio de un sorteo la extracción de muestras de cualquier ejemplar para la realización de chequeos de ascendencia, enfermedades u otro tipo de control sanitario. La misma norma regirá para aquellos ejemplares que ingresen al Local de la Exposición para la realización de demostraciones u otras actividades..8 Establecer los días y horarios para movimientos, paseo de ejemplares, provisión de forrajes, entrada de elementos al local, etc..9 Determinar las especies y ejemplares que participaran en el desfile del acto Inaugural (ver art. 8.9).10 Informar a los Expositores el orden de ubicación en cada pabellón..11 Imponer multas de acuerdo a lo que se fije oportunamente..12 Considerar los informes de los Jurados de Admisión y comunicar a los Expositores las correspondientes descalificaciones u observaciones..13 Disponer y autorizar el retiro de ejemplares que sufrieran cualquier tipo de enfermedad, previo control médico-veterinario, que se determine a tales efectos..14 Prohibir el ingreso a la Exposición o la permanencia en ella de ejemplares en los casos previstos en el Artículo 2.4, o en aquellos otros casos donde la gravedad del caso así lo justifique..15 Disponer la recolección de muestras sistemáticas o al azar (pelo, orina, sangre, saliva, etc.), a fin de controlar el no uso de las sustancias anabólicas y/o estimulantes prohibidas, listadas en el Art. 3.8 del presente Reglamento, en todas las especies concurrentes a Exposición. ART Ofensas graves: La desobediencia, injuria o calumnia cometidas contra los actos, resoluciones, directivas o las personas de las autoridades de la Sociedad Rural Argentina, los señores Jurados o las autoridades o personal de la Exposición en ejercicio de sus funciones, se consideraran como grave ofensa inferida a la Entidad; y merecerá la 14

15 aplicación de las sanciones previstas en este Reglamento y/o en sus Estatutos Sociales. Asimismo, merecerá la aplicación de sanciones toda conducta encaminada a dañar a otro ejemplar o Expositor o a perjudicarlo de algún modo durante su permanencia en el local de la Exposición. ART Prohibición de ingreso o permanencia: Cuando la gravedad de los hechos antecedentes así lo justificare, a juicio del Comisariato General, o bien de la Comisión Directiva de la Entidad, se podrá prohibir el ingreso a la Exposición o la permanencia en la misma de ejemplares de socios de la Entidad sancionados por la Comisión Directiva o de ejemplares de socios o no socios que hubieren incurrido en falta u ofensa grave a la Sociedad Rural Argentina o a sus autoridades o a las autoridades de la Exposición o que hubieren incurrido en inconducta notoria. Asimismo, la prohibición de ingreso o permanencia podrá tener el carácter de medida cautelar cuando la situación de hecho y el peligro en la demora lo justifique. ART Sanciones y/o Multas: El Comisariato General de la Exposición queda facultado para imponer sanciones y/o multas en los casos de transgresión al presente Reglamento, pudiendo recurrirse de los mismos ante la Comisión Directiva dentro de las 48 horas de su notificación. De acuerdo a la magnitud de la infracción, el tipo de sanción o monto de las multas se aplicara dentro de los márgenes a establecer. En todos los casos salvo en la aplicación de medidas cautelares que se dispondrán inaudita parte- de la imputación de la falta se dará traslado al presunto infractor por el término de 24 hs. Para la presentación del descargo pertinente. Una vez presentado el descargo y/o vencido el plazo hacerlo, podrá disponerse la producción de la prueba que resultare conducente para la resolución de la cuestión por el Comisariato General. Producida la prueba el Comisariato General resolverá sobre la sanción a aplicar en caso de corresponder- y su graduación. Cuando la urgencia y gravedad del caso tomando especialmente en cuenta los tiempos de la Exposición- así lo justifiquen, el Comisariato General podrá fijar un plazo menor para la presentación del descargo. En todos los casos se juzgará cumplida la notificación y la presentación del descargo realizada por la persona designada por el Expositor conforme al Art Controlar en todas las especies las adulteraciones de forma, pelaje y piel (uso de betunes, colorante o substancias que alteren la coloración natural del pelo), medios Químicos, quirúrgicos o mecánicos, incluyendo control de grasa medición y pesaje u otros, que tiendan a la ocultación de defectos o a la simulación de características inexistentes. Este control se extenderá hasta el final de la muestra. Comprobada una infracción mediante el dictamen de la Comisión técnica especial (designada por la Sociedad Rural Argentina), que podrá tener en cuenta en sus decisiones las Reglamentaciones específicas de cada raza, y cuyo informe estará basado en el procedimiento seguido y las pruebas que aporte la Asociación de Criadores respectiva, la Comisión Directiva dictará las penalidades y sanciones a aplicar en cada caso, que podrá llegar hasta la expulsión del socio y prohibición de inscribir sus ejemplares en los Registros Genealógicos de la Sociedad Rural Argentina. El Expositor que acepte premios en cualquier otra condición, se hace pasible de la pena que establece el Artículo 6.4 y el hecho será considerado como falta grave y violación del Reglamento. En la raza Jersey, en caso de constatarse que un animal ha sido tratado en su ubre y/o pezones con sustancias adhesivas, irritantes o mediante intervenciones quirúrgicas para alterar artificialmente su conformación o tamaño normales, el Jurado 15

16 correspondiente lo descalificará, no le asignará premio, o lo retrogradará con respecto a otros en la clasificación. El Jurado de Clasificación podrá informar por escrito la nómina de los ejemplares a los que no se les asigno premio y/o se los retrogrado con respecto a otros en la clasificación por los motivos expuestos. En tal caso, el Comisariato General informará a la Comisión de Criadores y/o a la Asociación de Criadores, a fin de que se considere la aplicación por la Comisión Directiva de la Entidad de las sanciones pertinentes. ART Informes: Dentro de los 15 días de terminada la Exposición los Comisarios de Sección deberán presentar su informe al Comisariato General el que, dentro de los 30 días, elevará sus consideraciones a la Comisión de Programas y Reglamentos. 16

17 CAPITULO III PEDIDOS DE LOCAL ART Plazo de presentación. ART Limitaciones por especie. ART Ejemplares importados ART Prorrateo ART Requisitos de Inscripción. ART Registros no llevados por esta Sociedad ART Análisis Verificación de Ascendencia ART Declaración de No uso de Anabólicos y Sustancias Promotoras del Crecimiento. ART Designación del Personal Responsable. ART Denuncia de Servicios ART Declaración de reserva de semen y/o embriones ART Denuncias de accidentes o intervenciones quirúrgicas ART Declaración de Ascendencia Mocha. ART Denuncia de Ejemplares Inmunizados contra Tristeza ART Propiedad de los Ejemplares ART Ejemplares propiedad de Asociaciones ART Declaración por categorías ART Normas para inscribir en las categorías de Terneros ART Normas para inscribir en las categorías Vacas: ART Condiciones para inscribir en categorías Vaquillonas ART Condiciones para inscribir en la raza Holando ArgentinoART Producciones no registradas en la Sociedad Rural Argentina ART Normas para otras razas lecheras ART Exigencia de Datos de DEP s ART Rechazo de Pedido de Local ART Impedimento de ingreso a ejemplares ART Modificaciones ART Verificaciones ART Transferencias ART Condiciones de participación de ejemplares Aberdeen Angus 17

18 ART Plazo de Presentación: CAPITULO III PEDIDOS DE LOCAL a) PRE-INSCRIPCION: Los Pedidos de Local o Pre-inscripción deberán hacerse en los formularios especiales que proveerá la Sociedad Rural Argentina y SE RECIBIRAN COMO FECHA IMPOSTERGABLE, ES DECIR, SIN PRORROGA, para las especies BOVINOS, EQUINOS OVINOS, CAPRINOS, CAMELIDOS Y PORCINOS hasta el Viernes 27 de Mayo de 2016 a las 17,00 horas.,., en el Departamento de Exposiciones, Florida Piso 2º - Capital Federal, previo pago de los derechos establecidos en el Capitulo X - Artículo 10.1 que se comunicarán oportunamente. En ningún caso se aceptarán Pedidos de Local recibidos después del 27 de Mayo de 2016 respectivamente. No se tomará en cuenta la fecha que hayan sido despachados ni el medio utilizado para hacerlos llegar a la Sociedad Rural Argentina. b) INSCRIPCIÓN DEFINITIVA: Al momento de la entrega del Pedido de Local se les entregara a los señores expositores un Formulario de Inscripción Definitiva. Este formulario se recibirá como fecha impostergable, es decir, sin prorroga, hasta el Miércoles 15 de Junio, a las 17,00 horas. Los señores expositores deberán Inscribir, en base a los ejemplares declarados en la planilla de Pre-inscripción, la cantidad de productos que concurrirán a la muestra, de acuerdo a las limitantes por especie establecidas en el presente Reglamento, abonando los derechos establecidos en el Capitulo X Art. 10.2, que se comunicarán oportunamente. Solo la cantidad de ejemplares que figuren en la planilla de inscripción definitiva, son lo que podrán concurrir a la Exposición. ART Limitaciones Por Especie: Para todas las especies se establecen las siguientes limitaciones de declaración (cantidad de ejemplares anotados en la planilla de pre-inscripción): 1. Bovinos: 30 por raza o variedad y por cada Expositor, no permitiéndose una inscripción mayor de 20 ejemplares En la raza Holando Argentino, Cada expositor podrá presentar como máximo 6 machos. Siguiendo la relación de hembras a exponer y a venta como máximo 4 (cuatro) machos y 1 (uno) sin premio. La relación es la siguiente: Si declara 1 Macho, no tiene obligación de presentar hembras, salvo en el caso en que salga a venta, donde deberá presentar 2 hembras. 2 Machos Hembras deberá ser vaca 3 Machos Hembras deberán ser vacas 4 Machos Hembras deberán ser vacas 5 Machos Hembras deberán ser vacas 6 Machos Hembras deberán ser vacas Queda exceptuada de esta relación la Categoría Ternero. Los ejemplares que ingresen al Predio de la Exposición, deberán guardar la misma relación. 18

19 Formación de Tríos: En la raza Holando Argentino, los tríos de pedigree deberán integrarse con tres (3) animales de la misma categoría, pudiendo uno de ellos ser de la categoría inmediata anterior (menor) o posterior (mayor). Los tríos podrán integrarse con vaquillonas preñadas y/o paridas indistintamente y en cualquier proporción. Las vaquillonas paridas deberán ser recientemente paridas (10 días como máximo) con su correspondiente cría al pie. En todos los casos solamente podrán concurrir tres (3) animales por trío. Los animales anotados como suplentes (hasta uno por trío) solamente podrán concurrir reemplazando a algún titular y si alguno de los titulares no puede concurrir. 2. Ovinos, Caprinos y Camélidos: 18 por raza y por cada Expositor. 2.1 En la raza Hampshire Down se podrán inscribir hasta 10 ejemplares, sea que los ejemplares provengan de un mismo predio expositor con diferente razón social o con la misma razón social y diferente establecimiento. 3. Equinos: 7 por raza y por cada Expositor y hasta 2 por categoría a excepción de las razas cuyas condiciones se detallan a continuación: a) Cuarto de Milla: 12 por Expositor y hasta 4 por categoría. b) Árabes: 12 por Expositor y hasta 3 por categoría. c) Caballos de Polo Argentino: 10 por Expositor y hasta 2 por categoría. 3.1 Metodología de anotación para la raza Criolla a) Hasta cinco (5) declarados y hasta tres (3) inscriptos por Expositor. Los expositores que han concurrido a la Marcha Anual de Resistencia Dn. Joaquín Amadeo Lastra, disputada el año inmediatamente anterior, cuentan con un cupo mas de anotación por cada producto que haya concluido la prueba (esta condición no es del animal, sino del expositor). La nómina de estos ejemplares será provista por la AACCC, antes del 30 de Abril de cada año. b) EJEMPLARES DE CATEGORÍA CABESTRO: En todos los casos cualquier expositor, podrá inscribir como único animal un ejemplar cabestro. Solo podrán concurrir con 1 ejemplar cabestro de cada sexo, un potrillo y una potranca, siempre y cuando sean acompañados por dos animales montados. Por lo cual esta condición solo se puede aplicar; a) a las cabañas que tengan un animal pasaporte montado que les valide el segundo animal de cabestro, o b) a las cabañas que tengan un cupo extra por haber finalizado la Marcha Anual de Resistencia, y en la medida que el animal presentado utilizando este beneficio sea montado. c) EJEMPLARES PASAPORTE: Podrán solicitar el pedido de local aquellos animales clasificados en las EXPOSICIONES PASAPORTE, (eventos nominados de antemano por la Asociación Criadores de Caballos Criollos en los cuales los reproductores más sobresalientes podrán concurrir a la exposición de Palermo). La nómina de los mismos, será entregada a la S.R.A. en un listado confeccionado por la A.C.C.C. antes del 30 de Abril de cada año 19

20 En los animales clasificados como Pasaportes, el que detenta tal condición es el ejemplar, a nombre de quién figure la propiedad en los RRGG de la Sociedad Rural Argentina al momento de la inscripción, más allá de quién tuviera la propiedad al momento de haber logrado tal condición. Se establece un máximo de concurrencia de 30 ejemplares pasaporte. Los animales clasificados en EXPOSICIONES PASAPORTE solo podrán concurrir de Cabestro en caso de corresponderle la 1ª y 2º Categoría, Potrillos Menor y Mayor o la 9a. y 10ª. Categoría, Potrancas, Menor y Mayor El resto de los animales clasificados en las denominadas Exposiciones Pasaporte, que concurren en las categorías 4º, 6º, 8º, 12º, 14º y 16º deben concurrir Montados sin importar la condición de cabestro en que resulto clasificado en las denominadas Exposiciones Pasaporte. 4. Porcinos: 18 por la totalidad de la especie y por predio Expositor. No permitiéndose una concurrencia mayor de 12 ejemplares por la totalidad de la especie y por predio expositor. El mismo comprende a todos los criadores de distintas cabañas que ejerzan la actividad en un mismo predio, debiendo tenerse en cuenta lo dispuesto en el Art. 3.4 (Prorrateo) del presente Reglamento. 5. Criador Expositor: Se tendrá en cuenta que el Criador-Expositor sigue siendo el mismo, cuando se encuadre dentro de las siguientes condiciones: Así se modifique el nombre del expositor por disolución de condominio, sucesión, reestructuración, liquidación o constitución de Sociedad, solo podrán mantener su calidad de Criador-Expositor los adjudicatarios de más de la mitad del mismo plantel y-o aquellos otros adjudicatarios de parte del mismo que contaren con acuerdo unánime de los titulares de las restantes partes. ART Ejemplares Importados: Para las exposiciones internacionales cada Expositor podrá concurrir con un máximo de 3 ejemplares importados. Dicha limitación no regirá respecto de Holando Argentino, Normando, Búfalos y Cuarto de Milla que se regirán sólo por las limitantes dispuestas en el Art. 3.2 En la raza Jersey, para incrementar la limitante de 3 ejemplares importados, por cada ejemplar excedente deberán inscribirse para concurrir como mínimo 2 nacionales, siempre respetando las limitaciones establecidas en el Art. 3.2 En la raza Criolla los ejemplares de países integrantes de la F.I.C.C.C. contaran con un cupo de hasta 5 ejemplares por país, siempre y cuando estos reproductores procedan y sean residentes del país de origen, previo cumplimiento de las condiciones reglamentarias y sanitarias correspondientes. Estos ejemplares deben cumplir además con las condiciones descriptas en el articulo 3.2º Limitaciones por Especie. ART Prorrateo: En caso de ser excesivo el número de ejemplares inscriptos con derecho a concurrir a la Exposición, con relación a los locales disponibles, la Comisión Directiva se reserva el derecho de limitar su número, aún después de haber admitido el Pedido, procediéndose al prorrateo por especie y/o por raza, en la forma que considere conveniente. El prorrateo se aplicará sólo sobre el número de ejemplares inscriptos (que tengan derecho a concurrir a la Exposición), al cierre de la inscripción. Los montos correspondientes a los derechos de inscripción de aquellos ejemplares que -en virtud del prorrateo- no puedan concurrir a la Exposición, serán 20

21 reintegrados por la SRA en el porcentaje que oportunamente determine la Comisión Directiva de la Entidad, teniendo en cuenta los gastos administrativos incurridos, gastos de catálogo, entre otros. Las confirmaciones de concurrencia de ejemplares de todas las razas y especies, por parte de los Expositores, deberán realizarse por medio fehaciente, dentro del plazo que se fije oportunamente. En la raza Criolla en primer lugar se bajara la cantidad de inscriptos, de 3 a 2 ejemplares por expositor y luego de 2 a 1 ejemplar por expositor, garantizando de esta manera que todos puedan concurrir al menos con un ejemplar. El criterio a aplicar será el siguiente: 1) Se deducirá ejemplares de los expositores noveles 2) De expositores que hayan concurrido menor cantidad de veces a Palermo en los últimos 5 (cinco) años 3) Aplicando el cálculo de puntaje del premio Emilio Solanet a las cabañas que hayan obtenido menor puntaje acumulado durante las últimas 5 (cinco) exposiciones de Palermo En la raza Polo Argentino, en caso de efectuarse prorrateo, se comenzara limitando las categorías cabestro, permitiendo 1 producto macho o hembra por expositor Para la especie Porcina, el procedimiento a seguir será el siguiente: - Expositores Noveles (primera vez): Podrán ingresar con hasta 2 (dos) ejemplares sin distinción de sexo. - Expositores con hasta 2 años de participación (segunda vez): Podrán ingresar con hasta 3 (tres) ejemplares sin distinción de sexo. - Expositores con 3 años o más de participación: Podrán ingresar con el número de ejemplares que resulte de la aplicación del prorrateo habitual. - Expositores que no hayan presentado ejemplares por cinco años consecutivos, se consideraran noveles. Luego de haberse efectuado el prorrateo correspondiente, únicamente podrán ingresar al local de la Exposición, los ejemplares cuya asistencia haya sido confirmada por el Expositor, procediendo a identificar a los ejemplares concurrentes. Efectuada esta confirmación, podrán reemplazar un solo ejemplar, teniendo en cuenta que el reproductor que sustituyan podrá ser cualquiera de los declarados en el Pedido de Local. Art Requisitos de la Inscripción. Todos los ejemplares declarados deberán contar con el número de inscripción en el Herd Book correspondiente (H.B.A., S.B.A., R.I.L., Sw.B.A., según corresponda) al momento de la presentación de los Pedidos de Local. Asimismo, para las razas cuyos Registros Genealógicos lleva esta Sociedad, deberán tener prefijo propio registrado. En los casos en que los registros no fueran llevados por esta Entidad, sino por otras entidades reconocidas, deberán cumplimentar los requisitos establecidos en el Art. 3.6 del presente Reglamento. Los ejemplares nacidos en el extranjero sólo podrán concurrir a las exposiciones internacionales, previa inscripción en los registros llevados por esta Entidad. 21

22 ART Registros no llevados por esta Sociedad: En las razas cuyos Registros Genealógicos no son llevados por la Sociedad Rural Argentina, los Pedidos de Local deberán venir de Registros reconocidos por nuestra entidad y acompañados de certificados de propiedad y solicitud de transferencia firmada por el criador y/o Expositor certificada por escribano público, Juez de Paz, Policía o Banco, dejando en blanco el nombre del comprador y la fecha de dicha transferencia. La ficha de filiación deberá ser entregada al Encargado de Pabellón al ingreso de los ejemplares. La veracidad y exactitud de la información proporcionada por el registro respectivo será exclusiva responsabilidad de éste y/o del Expositor que corresponda. ART ANÁLISIS DE VERIFICACIÓN DE ASCENDENCIA BOVINOS, EQUINOS, CAMELIDOS Todos los ejemplares declarados para Palermo 2016 deben contar al momento de presentar la planilla de Pre-inscripción, CON ANÁLISIS DE ADN (STR) Y/O (SNP) PARA RAZA ANGUS Y VERIFICACIÓN DE ASCENDENCIA CON "PADRE Y MADRE" realizada por la misma técnica. Esto implica que además del producto, sus padres deben contar con análisis de ADN y chequeo de ascendencia según lo dispuesto en los reglamentos vigentes para cada especie y raza. BOVINOS: Crías al pie (todas las razas): Deben contar con análisis de ADN (STR) Y VERIFICACION DE ASCENDENCIA realizada por la misma técnica COINCIDENTE con padre y madre. Las nacidas hasta el 25/06/2016, podrán presentar las muestras hasta el Viernes 01/07/2016 inclusive, las nacidas con posterioridad al 25/06/2016 se analizarán durante la exposición con muestras obtenidas al momento de su ingreso al predio ferial de Palermo. Dichas muestras serán extraídas en presencia de personal de la S.R.A. (inspector, encargado del pabellón o persona a designar por el Comisariato), juntamente con un representante del expositor o la firma expositora, las que deberán ser presentadas en el Laboratorio de Lunes a Viernes en el horario de 8 a 14 hs. junto con la solicitud del análisis y el pago correspondiente a fin de proceder a su análisis. Raza Brangus: A las crías analizadas con anterioridad al 01/07/2016 se les efectuará un nuevo análisis de Verificación de Identidad con muestras extraídas al momento de su ingreso al predio. Tanto la extracción como el costo de los análisis estarán a cargo de la Asociación Argentina de Criadores de Brangus. Raza Braford: A pedido de la Asociación se exigirá certificado libre de Enfermedad de Pompe a todos los ejemplares machos y hembras pre inscriptos para la exposición. Los plazos de realización de estos análisis serán los establecidos para el ADN (STR). El expositor deberá solicitar la realización del combo (ADN/Pompe) de no poseer ninguno de los dos análisis. En caso de tener que efectuar únicamente el análisis de Pompe deberá ajustarse a los plazos predeterminados para el ADN (STR). OVINOS Todos los ejemplares declarados para Palermo 2016, nacidos a partir del 01/07/2013 deben contar al momento de presentar la planilla de pre-inscripción con ANALISIS DE ADN (STR) y VERIFICACION DE ASCENDENCIA CON PADRE. 22

23 En el caso de ser productos de TRANSFERENCIA EMBRIONARIA SE EXIGIRÁ CHEQUEO CON PADRE Y MADRE. Esto implica que además del producto, sus padres deben contar con análisis de ADN (STR) y chequeo de ascendencia según lo dispuesto en los reglamentos vigentes para cada raza. PORCINOS Todos los ejemplares declarados para Palermo 2016, deben contar al momento de presentar la planilla de pre-inscripción, CON ANALISIS DE ADN (STR) Y VERIFICACIÓN DE ASCENDENCIA CON PADRE. Esto implica que además del producto, su padre debe contar con análisis de ADN (STR) y chequeo de ascendencia según lo dispuesto en los reglamentos vigentes para cada raza. GENERALIDADES Aquellos productos cuyas madres, hubiesen muerto con anterioridad a su anotación y no contaran con análisis de ADN, ni con muestra de pelo/suero en stock, deberán presentar en RRGG la constancia de baja por muerte de la misma. Los ejemplares importados que ingresan con análisis de ADN (STR o SNP para raza Angus) y chequeo de ascendencia "con padre y madre" realizado por laboratorios reconocidos del país de origen, no están obligados a realizar un nuevo análisis. No obstante el laboratorio se reserva el derecho de solicitar la repetición del análisis si considerara que el mismo no cuenta con sus resultados estandarizados. Los expositores de las razas equinas SANGRE PURA DE CARRERA, ARABE Y ANGLO ARABE, deberán solicitar los sobres y turnos de acuerdo a los plazos establecidos en los cuadros siguientes y especificando que la causa del análisis es "Palermo", en las oficinas del STUD BOOK ARGENTINO, Cerrito 1446, 2do Piso, Capital, Tel: , en el horario de 12 a 16:30 hrs. PLAZOS PARA SOLICITUD DE TURNOS y RECEPCION DE MUESTRAS PARA ANALISIS de STR y SNP SOLICITUD DE TURNOS (STR) HASTA EL VIERNES 15 DE ABRIL DE 2016 (Sin prorroga) Al solicitar los turnos se deberá aclarar que la causa es Palermo o madre de Palermo. 23

24 VENCIMIENTO DE RECEPCIÓN DE MUESTRAS (STR) Para Todo Animal Relacionado Con Palermo 2016 (Productos y Padres): VIERNES 29 DE ABRIL DE 2016 (Sin prórroga) VENCIMIENTO DE RECEPCIÓN DE MUESTRAS (ANGUS-SNP) Se recepcionarán las muestras SIN TURNO hasta el VIERNES 04 DE MARZO DE 2016 (Sin prórroga) VENCIMIENTO PARA RECEPCION DE ESTUDIOS DE MODIFICACION DE ANTECEDENTES GENEALOGICOS (STR) VIERNES 03 DE JUNIO DE 2016 (Sin prorroga) ARANCELES: Serán los vigentes a la fecha del análisis. ANÁLISIS OBSERVADOS Los animales cuyos análisis al 15 de Junio de 2016, se encontraran observados, sus resultados no fueran satisfactorios, o estuviesen cuestionados en su ascendencia, NO PODRÁN CONCURRIR A LA MUESTRA, sus datos no figurarán en el catálogo de la raza y se informará a las Entidades de registro correspondiente, para su consideración. TEST DE CONTROL DE ADN REPRODUCTORES PARTICIPANTES La Sociedad Rural Argentina, durante el período de la Exposición, se reserva el derecho de efectuar nuevamente los análisis de ADN (STR) a cualquier ejemplar concurrente, facultando al Comisariato General a designar los animales a ser verificados. La extracción de pelo, deberá realizarse en presencia de personal de S.R.A (inspector, encargado del pabellón o persona a designar por el Comisariato), juntamente con un representante del expositor o la firma expositora, las que deberán ser presentadas en el Laboratorio de lunes a viernes en el horario de 8 a 14 hs. junto con la solicitud de análisis (cumplimentando los datos del reproductor y firmada por persona responsable de la cabaña). Los análisis realizados estarán a cargo de la Sociedad Rural Argentina, a excepción de aquellos que hubieran arrojado diferencias respecto del análisis original, en cuyo caso el Expositor deberá abonarlo al doble de los derechos. 24

25 En todos los casos, la nómina de los reproductores seleccionados o sorteados para el control será exhibida en la pizarra del pabellón de cada raza. Los ejemplares cuyos resultados no fueran satisfactorios, no podrán concurrir a premio ni a venta. Si con posterioridad a la labor del Jurado y en un nuevo análisis ordenado o aceptado por la Sociedad Rural Argentina de un animal premiado, se comprobare la no coincidencia con la fórmula de ADN (STR) obtenida previamente al ingreso al Predio, se procederá a retirar el Premio, declarándolo vacante, sin que ello modifique el resultado general de los premios acordados en la raza a que pertenece el animal objetado. CRÍAS AL PIE A todas las crías al pie que hayan sido analizadas con anterioridad a su llegada a Palermo, se les extraerá nuevamente pelo durante su ingreso al predio. Las muestras quedarán en custodia del laboratorio y posteriormente se procederá de la misma manera que con el test de control de ADN (STR) para los reproductores participantes. POR CONSULTAS RELACIONADAS CON EL PRESENTE ARTÍCULO DIRIGIRSE AL LABORATORIO DE GENETICA APLICADA DE LA SRA: JUNCAL do Piso (CAP) HORARIO: 8 a 14 Hrs. TEL/FAX: / infolab@sra.org.ar Cualquier inconveniente que surja con relación al cumplimiento de la exigencia de este artículo, será evaluado por el Comité Ganadera o el Comisariato General de la Exposición, quienes deberán ser informados en todos los casos. ART. 3.8º - Declaración de No uso de Anabólicos y Sustancias Promotoras del Crecimiento. Queda prohibido el uso de los Anabólicos y/o estimulantes listados a continuación para todos los animales que participen de la Exposición. Los Expositores de todas las razas y especies deberán certificar mediante una declaración jurada el No Uso de Anabólicos y entregar dicha declaración junto con el Pedido de Local al momento de inscribir a los productos en la Exposición en formulario especial. LISTADO DE SUSTANCIAS SUJETAS AL CONTROL DE ANABOLICOS Principios Activos No Permitidos y/o Legalmente Prohibidos 1. HORMONAS NATURALES Y SINTETICAS (*) (Resolución 441/2001- SENASA)*** ESTRADIOL 17 ß (Progesterona) TESTOSTERONA NANDROLONA (Nortestosterona) ETIL-DI-ETILBESTROL (DES) (Legalmente Prohibida Disp. 056/87 Senasa) 2. XENOBIOTICOS (**) ZERANOL TREMBOLONA 3. OTRAS SUSTANCIAS ANABOLIZANTES Y ß AGONISTAS BOLDENONA (**) 25

CIERRE INSCRIPCIONES. - De todas las especies: Sábado 1 de agosto de 2015. - Novillos y Vaquillonas para Faena: Sábado 5 de septiembre de 2015.

CIERRE INSCRIPCIONES. - De todas las especies: Sábado 1 de agosto de 2015. - Novillos y Vaquillonas para Faena: Sábado 5 de septiembre de 2015. CIERRE INSCRIPCIONES - De todas las especies: Sábado 1 de agosto de 2015. - Novillos y Vaquillonas para Faena: Sábado 5 de septiembre de 2015. CIERRE DE INGRESO - Potros, prueba de mansedumbre y SPC: Viernes

Más detalles

CAMPEONES REGLAMENTO ASOCIACIÓN URUGUATA DE CRIADORES DE CABALLOS SANGRE PURA DE CARRERA ASOCIACIÓN URUGUAYA DE PROPIETARIOS DE CABALLOS DE CARRERA

CAMPEONES REGLAMENTO ASOCIACIÓN URUGUATA DE CRIADORES DE CABALLOS SANGRE PURA DE CARRERA ASOCIACIÓN URUGUAYA DE PROPIETARIOS DE CABALLOS DE CARRERA CAMPEONES REGLAMENTO ASOCIACIÓN URUGUATA DE CRIADORES DE CABALLOS SANGRE PURA DE CARRERA ASOCIACIÓN URUGUAYA DE PROPIETARIOS DE CABALLOS DE CARRERA La Asociación Uruguaya de Criadores de Caballos Sangre

Más detalles

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES 1. Tipo de residuos permitidos ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES El Generador podrá disponer finalmente de los residuos sólidos que genere en virtud de su actividad. Se entiende por residuo sólido toda sustancia,

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Club Deportivo Universidad Pública de Navarra es un club filial sin personalidad

Más detalles

BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA:

BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA: BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA: CARUSO SEGUROS S.A. (en adelante el Organizador ) con domicilio en la Av. Marcelo T. de Alvear 328 de la Ciudad de Córdoba, organiza la presente promoción

Más detalles

PADRON DE TITULO REPRESENTATIVO DEL GANADO BOVINO BPC TITULO GANADO BOVINO BPC

PADRON DE TITULO REPRESENTATIVO DEL GANADO BOVINO BPC TITULO GANADO BOVINO BPC PADRON DE TITULO REPRESENTATIVO DEL GANADO BOVINO BPC TITULO GANADO BOVINO BPC 1. NOMBRE DEL PRODUCTO Animales bovinos (perteneciente a la familia del Bovidae) de razas de aptitud cárnica y/o lecheras

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la

Más detalles

Ley Nº VI-0490-2005. El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, sancionan con fuerza de Ley

Ley Nº VI-0490-2005. El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, sancionan con fuerza de Ley Ley Nº VI-0490-2005 El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, sancionan con fuerza de Ley MODIFICADA POR LEY N VIII-0532-2006, CREACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL POR OBRAS PÚBLICAS

Más detalles

BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA:

BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA: BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA: CARUSO SEGUROS S.A. (en adelante el Organizador ) con domicilio en la Av. Marcelo T. de Alvear 328 de la Ciudad de Córdoba, organiza la presente promoción

Más detalles

BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY

BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY Paris Corredores de Seguros Ltda., en adelante también Paris Corredores o Seguros Paris, conjuntamente

Más detalles

CONCURSO. Fotografiando el cielo desde San Luis

CONCURSO. Fotografiando el cielo desde San Luis CONCURSO Fotografiando el cielo desde San Luis Bases y Condiciones del Concurso A continuación se exponen las bases y condiciones del Concurso Fotografiando el cielo desde San Luis, organizado por la Universidad

Más detalles

BASES DE LA PROMOCIÓN: COPA AMÉRICA EN CANON E-STORE

BASES DE LA PROMOCIÓN: COPA AMÉRICA EN CANON E-STORE BASES DE LA PROMOCIÓN: COPA AMÉRICA EN CANON E-STORE 1 PATROCINADOR DE LA PROMOCIÓN Canon Chile S.A., Rut N 96.716.060-1, representada por don Fernando Moreno, ambos domiciliados en Miraflores N 383, piso

Más detalles

CONCURSO. Fotografiando el cielo desde San Luis III

CONCURSO. Fotografiando el cielo desde San Luis III CONCURSO Fotografiando el cielo desde San Luis III Bases y Condiciones del Concurso A continuación se exponen las bases y condiciones del Concurso Fotografiando el cielo desde San Luis III, organizado

Más detalles

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica: Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

Más detalles

CLUB INTERNACIONAL DE TENIS

CLUB INTERNACIONAL DE TENIS Generalidades: CLUB INTERNACIONAL DE TENIS COMITÉ DE FÚTBOL REGLAMENTO PARA FÚTBOL SOCIAL Aprobado por Acta 429 del Consejo de Administración del 19/07/2012 CAPÍTULO I El Comité de Fútbol estará a cargo

Más detalles

República Dominicana DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 4 01 50625 4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA NORMA GENERAL NO.

República Dominicana DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 4 01 50625 4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA NORMA GENERAL NO. República Dominicana DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 4 01 50625 4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA NORMA GENERAL NO.06/07 LA DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS CONSIDERANDO: Que el Artículo

Más detalles

Programa General de Actividades Sujeto a modificaciones

Programa General de Actividades Sujeto a modificaciones 106ª. Exposición Internacional de Ganadería y Muestra Agro Industrial y Comercial Programa General de Actividades Sujeto a modificaciones Martes 6 de Setiembre 10 a 17 hs. Ingreso y Admisión de Aves y

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora

REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora Artículo Primero. Asset Administradora General de Fondos S.A. (la Administradora

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES 13

PREGUNTAS FRECUENTES 13 PREGUNTAS FRECUENTES 13 Acerca de la identificación 1. Por qué Identificar? Porque lo exigen las Resoluciones 103/06 de SAGPyA y 754/06 de SENASA La Resolución 103/06 creó el Sistema Nacional de Identificación

Más detalles

Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores

Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores Coordinación de Laboratorios!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO 2013-2016

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO 2013-2016 ING. ANDRÉS RUÍZ MORCILLO, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE ME IMPONE EL ARTÍCULO 90 FRACCIONES

Más detalles

NORMAS DE PARTICIPACIÓN Y DEMÁS DISPOSICIONES GENERALES

NORMAS DE PARTICIPACIÓN Y DEMÁS DISPOSICIONES GENERALES 2014 Todos los expositores, por el mero hecho de su inscripción en el proyecto, aceptan las presentes Normas de Participación y demás Disposiciones Generales de la organización de Climbo. 1. FICHA TÉCNICA:

Más detalles

DECISION 393. VISTOS: El Capítulo XI del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 331 de la Comisión y la Propuesta 288 de la Junta;

DECISION 393. VISTOS: El Capítulo XI del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 331 de la Comisión y la Propuesta 288 de la Junta; Septuagesimonoveno Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 09 de julio de 1996 Lima - Perú DECISION 393 Modificación de la Decisión 331 "Transporte Multimodal" LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

Más detalles

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Más detalles

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 Bankia va a llevar a cabo una acción comercial específica con la finalidad de conseguir aportaciones periódicas en planes de pensiones, o incrementar

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

BASES Y CONDICIONES TORNEO DE RULETA A REALIZARSE EN EL CASINO GOLDEN PALACE DE VILLA MERCEDES.

BASES Y CONDICIONES TORNEO DE RULETA A REALIZARSE EN EL CASINO GOLDEN PALACE DE VILLA MERCEDES. BASES Y CONDICIONES TORNEO DE RULETA A REALIZARSE EN EL CASINO GOLDEN PALACE DE VILLA MERCEDES. MERCEDES 2000 SA.ORGANIZA UN TORNEO DENOMINADO TORNEO DE RULETA, QUE SE REALIZARÁ EN LAS INSTALACIONES CORRESPONDIENTES

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 4672 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente y de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por

Más detalles

SOCIEDAD RURAL ARGENTINA

SOCIEDAD RURAL ARGENTINA SOCIEDAD RURAL ARGENTINA REGLAMENTO DE TRASPLANTE EMBRIONARIO (En vigencia desde el 1º de Julio de 1986) ********** 1991 2 REGLAMENTO QUE RIGE EL TRASPLANTE DE EMBRIONES (En vigencia desde el 1º de Julio

Más detalles

REGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE ALICANTE

REGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE ALICANTE REGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE ALICANTE Artículo 1. Constitución, objeto y finalidad. El presente Reglamento tiene por objeto el desarrollo de los artículos,

Más detalles

PROPUESTA DE BASES DEL CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER LOS CARGOS QUE SE INDICAN:

PROPUESTA DE BASES DEL CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER LOS CARGOS QUE SE INDICAN: PROPUESTA DE BASES DEL CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER LOS CARGOS QUE SE INDICAN: I.- CARGOS: PLANTA : DIRECTIVO CARGO : DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS GRADO : 8 E.U.M. N CARGOS : 01 PLANTA : JEFATURA

Más detalles

ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1

ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1 ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1 DE SEPTIEMBRE Los partes de baja y de confirmación de baja se extenderán en función del periodo de duración que estime el médico que los

Más detalles

ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CRIADORES DE LA RAZA BLONDE D AQUITAINE

ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CRIADORES DE LA RAZA BLONDE D AQUITAINE ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CRIADORES DE LA RAZA BLONDE D AQUITAINE REGLAMENTOS Y NORMAS PARA LAS EXPOSICIONES DE LA RAZA BLONDE D AQUITAINE EN CERTAMENES DE CARÁCTER NACIONAL O REGIONAL, PATROCINADAS POR

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES

REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES El presente Reglamento rige la relación entre CITI, (en adelante denominadas como LAS EMPRESAS ) y sus clientes respectivos en lo referente a la tarjeta de

Más detalles

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En

Más detalles

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MARYLAND PROCEDIMIENTOS DE RESOLUCIÓN DE RECLAMOS AL ESTADO RELATIVAS A LA EDUCACIÓN ESPECIAL PARTE B

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MARYLAND PROCEDIMIENTOS DE RESOLUCIÓN DE RECLAMOS AL ESTADO RELATIVAS A LA EDUCACIÓN ESPECIAL PARTE B Nancy S. Grasmick Superintendente de Escuelas del Estado Martin O'Malley Gobernador Departamento de Educación del Estado de Maryland División de Educación Especial /Servicios de Intervención Temprana 200

Más detalles

Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país.

Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Atención al Cliente Septiembre de 2012 Comisión de Regulación de Comunicaciones

Más detalles

SERVICIO SOCIAL. Osvaldo Dorticós Torrado, Presidente de la República de Cuba.

SERVICIO SOCIAL. Osvaldo Dorticós Torrado, Presidente de la República de Cuba. SERVICIO SOCIAL Osvaldo Dorticós Torrado, Presidente de la República de Cuba. HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha acordado y yo he sancionado lo siguiente: POR CUANTO: La educación del hombre es

Más detalles

BASES DE POSTULACIÓN

BASES DE POSTULACIÓN BASES DE POSTULACIÓN I.- De la Postulación: La Expo Campo Mar tiene un carácter productivo y cultural por lo que cualquier tipo de exposición debe coincidir con dicha lógica. II.- Quienes pueden Postular?

Más detalles

Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014.

Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014. Normas Complementarias Artículo 21 Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014. VENTAS DESCUBIERTAS AL CONTADO CON ACCIONES Y VALORES REPRESENTATIVOS

Más detalles

BASES CONCURSO CUADRO DE HONOR EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN, AÑO 2015

BASES CONCURSO CUADRO DE HONOR EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN, AÑO 2015 I. OBJETO. La Cámara Chilena de la Construcción A.G., en adelante, indistintamente, la Cámara o la CChC, distinguirá a través del Cuadro de Honor en Seguridad y Salud en el Trabajo a las empresas socias

Más detalles

SQMC Los Militares 4290 Piso 3, Las Condes, Santiago, Chile Tel: (56 2) 425 2525 Fax: (56 2) 425 2317 www.sqmc.cl. Santiago, 1 de Abril del 2010

SQMC Los Militares 4290 Piso 3, Las Condes, Santiago, Chile Tel: (56 2) 425 2525 Fax: (56 2) 425 2317 www.sqmc.cl. Santiago, 1 de Abril del 2010 Señor Accionista de Soquimich Comercial S.A. Presente Santiago, 1 de Abril del 2010 Estimado señor Accionista. Conforme con lo dispuesto por las disposiciones pertinentes de los Estatutos Sociales y de

Más detalles

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes. Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa

Más detalles

Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral

Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral ARTÍCULO 1: OBJETO. La Universidad Nacional del Litoral, otorgará becas para estudiantes de escasos recursos de manera de: - Posibilitar

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL Este documento establece el procedimiento de gestión para Nombres de Dominio y Contactos en.cl, el cual forma parte de la Reglamentación

Más detalles

SEGUNDO: FORMAS DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO

SEGUNDO: FORMAS DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO Las presentes bases tienen por objeto reglamentar y establecer los procedimientos del concurso denominado Social Master Chef a realizarse en las redes sociales de Samsung Chile (en adelante el Portal )

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo

Más detalles

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO XII.- DE LA INFORMACION Y PUBLICIDAD CAPITULO II.- NORMAS PARA LA CONSERVACION DE LOS ARCHIVOS

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE VENTA GRUPO SANLUCAR

CONDICIONES GENERALES DE VENTA GRUPO SANLUCAR CONDICIONES GENERALES DE VENTA GRUPO SANLUCAR 1. Ámbito de aplicación Las siguientes Condiciones Generales de Venta forman parte de todos los contratos de compraventa de fruta y verdura (en adelante PRODUCTOS)

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AUTORIDADES DEL PROGRAMA Artículo 1. El presente Reglamento se aplicará a todas las

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales 1 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La Escuela de Medicina es una de las entidades a través de la cual el IUNIR, realiza su función docente, de investigación

Más detalles

P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS

P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS INDICE 1.- OBJETO DEL PLAN 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN 3.- CARÁCTER DEL PLAN 4.- DEFINICIONES 5.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, EN LA PREVENCIÓN

Más detalles

2. QUE ENTENDEMOS POR COMERCIO ELECTRONICO

2. QUE ENTENDEMOS POR COMERCIO ELECTRONICO 1. INTRODUCCION. LA TECNOLOGIA AVANZA MAS RAPIDO QUE LA LEGISLACION. ES NECESARIO QUE EXISTA SEGURIDAD Y PRIVACIDAD PARA LOGRAR CONFIANZA: DE CONSUMIDORES Y EMPRESAS EN EL MEDIO. 1 2. QUE ENTENDEMOS POR

Más detalles

Tarjeta de Credito. campaña de la cultura financiera. www.sbs.gob.pe

Tarjeta de Credito. campaña de la cultura financiera. www.sbs.gob.pe www.sbs.gob.pe campaña de la cultura financiera Tarjeta de Credito Información para que tomes buenas decisiones con tu dinero INFORMATE SOBRE TUS DERECHOS CONSULTAS Y ORIENTACIÓN Plataforma de Atención

Más detalles

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal: El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN

CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN De una parte mayor de edad, con N.I.F. y con domicilio en calle REAL 40 ESC1 BJA 28500 Arganda del Rey (Madrid) representando el grupo freelance pixel

Más detalles

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO

Más detalles

De conformidad con el informe formulado por el Consejo de Administración en virtud de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital

De conformidad con el informe formulado por el Consejo de Administración en virtud de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital Autorización al Consejo de Administración para la emisión de valores de renta fija convertibles o canjeables por acciones, con expresa facultad de exclusión del derecho de suscripción preferente y consiguiente

Más detalles

REGLAMENTO TORNEOS REGIONAL

REGLAMENTO TORNEOS REGIONAL UNIÓN DE RUGBY DE CUYO REGLAMENTO TORNEOS REGIONAL EDICIÓN 2015 DE CUYO Art. 1º: Autoridades de Aplicación: Comité Superior: Estará integrado por el Presidente y Vicepresidente de la Unión de Rugby de

Más detalles

1. Este concurso es organizado por AGEA S.A. con domicilio en la Tacuarí 1846, de la

1. Este concurso es organizado por AGEA S.A. con domicilio en la Tacuarí 1846, de la REGLAMENTO DEL CONCURSO. 1. Este concurso es organizado por AGEA S.A. con domicilio en la Tacuarí 1846, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominado "el Organizador" y se desarrollará

Más detalles

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a

Más detalles

REGLAMENTO DE PAGOS DE PROGRAMAS DE POSTGRADO, EDUCACION CONTINUA Y EXTENSIÓN

REGLAMENTO DE PAGOS DE PROGRAMAS DE POSTGRADO, EDUCACION CONTINUA Y EXTENSIÓN REGLAMENTO DE PAGOS DE PROGRAMAS DE POSTGRADO, EDUCACION CONTINUA Y EXTENSIÓN DISPOSICIONES GENERALES SOBRE NORMAS ARANCELARIAS 1 Los Postgrados son todos aquellos programas docentes que ofrece la Universidad

Más detalles

Bases. 1. El Programa Si Si Club.

Bases. 1. El Programa Si Si Club. Bases 1. El Programa Si Si Club. 1.1 Si Si Club es el nombre del Programa de Fidelidad (en adelante Programa) del El Hogar de las Medias S.A. (en adelante Si Si). La participación de los clientes en el

Más detalles

REFUNDIDO REGLAMENTO OPERADORES

REFUNDIDO REGLAMENTO OPERADORES REFUNDIDO REGLAMENTO OPERADORES REGLAMENTO ESPECIFICO PARA LA ACREDITACION DE OPERADORES ADSCRITOS AL SISTEMA DE INCENTIVOS PARA LA RECUPERACIÓN DE SUELOS DEGRADADOS Título I. Definiciones. Artículo 1

Más detalles

PROYECTO DE LEY QUE PROTEGE A LAS ALUMNAS DE ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN SITUACIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD.

PROYECTO DE LEY QUE PROTEGE A LAS ALUMNAS DE ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN SITUACIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD. PROYECTO DE LEY QUE PROTEGE A LAS ALUMNAS DE ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN SITUACIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD. FUNDAMENTOS La Constitución Política de la República garantiza a todas las personas

Más detalles

CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS

CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS Julio 2014 CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS En el BOE del 21 de julio de 2014 se ha publicado el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio,

Más detalles

Fecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==

Fecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ== Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia (Aprobado

Más detalles

A.C.P.S.I.E ÍNDICE. Página 1 de 7 I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y NORMATIVOS. i. Del Real Decreto 662/2007 de 25 de Mayo.

A.C.P.S.I.E ÍNDICE. Página 1 de 7 I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y NORMATIVOS. i. Del Real Decreto 662/2007 de 25 de Mayo. Página 1 de 7 A.C.P.S.I.E ÍNDICE. I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y NORMATIVOS. i. Del Real Decreto 662/2007 de 25 de Mayo. ii. Reglamento del Libro Genealógico de Pura Sangre Ingles de España. II. SOLICITUD

Más detalles

INSCRIPCIÓN DE IMPUESTOS Y/U OBLIGACIONES PERSONAS FISICAS

INSCRIPCIÓN DE IMPUESTOS Y/U OBLIGACIONES PERSONAS FISICAS PERSONAS FISICAS www.dgrsalta.gov.ar, servicio habilitado con acceso directo, debiendo concurrir luego de generado el F900/F a El formulario F900/F de Inscripción debe realizarse en dos (2) ejemplares

Más detalles

BASES DEL LLAMADO A CONCURSO PARA PROVEER DE UN CARGO DE ACADÉMICA EN PROPIEDAD JORNADA COMPLETA

BASES DEL LLAMADO A CONCURSO PARA PROVEER DE UN CARGO DE ACADÉMICA EN PROPIEDAD JORNADA COMPLETA BASES DEL LLAMADO A CONCURSO PARA PROVEER DE UN CARGO DE ACADÉMICA EN PROPIEDAD JORNADA COMPLETA Adscritos a la Facultad de Educación Departamento de Educación. UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA La Universidad

Más detalles

Bases Legales. Solicita ahora tu factura electrónica y participa en el sorteo de una Tablet. Organizada por. Iberbanda, S.A. Bases de la promoción.

Bases Legales. Solicita ahora tu factura electrónica y participa en el sorteo de una Tablet. Organizada por. Iberbanda, S.A. Bases de la promoción. Bases Legales Solicita ahora tu factura electrónica y participa en el sorteo de una Tablet Organizada por Iberbanda, S.A. ÍNDICE Bases de la promoción.2 1 Ámbito territorial...2 2 Duración...2 3 Legitimación

Más detalles

CARNAVAL DE ARONA, LOS CRISTIANOS 2015

CARNAVAL DE ARONA, LOS CRISTIANOS 2015 CARNAVAL DE ARONA, LOS CRISTIANOS 2015 BASES QUE HAN DE REGIR LA PARTICIPACION DE CARROZAS Y COCHES ENGALANADOS EN EL COSO DEL CARNAVAL DE ARONA, LOS CRISTIANOS 2015. El Ayuntamiento de Arona, a través

Más detalles

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN. Curso de Capacitación para Operador de Calderas

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN. Curso de Capacitación para Operador de Calderas BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN Curso de Capacitación para Operador de Calderas PRESENTACIÓN La Il. Municipalidad de Laguna Blanca, en adelante e indistintamente como La Municipalidad, llama a licitación

Más detalles

Reglamento de los Encuentros Nacionales de Estudiantes de Matemáticas

Reglamento de los Encuentros Nacionales de Estudiantes de Matemáticas Reglamento de los Encuentros Nacionales de Estudiantes de Matemáticas Artículo 1: Definición El Encuentro Nacional de Estudiantes de Matemáticas, en lo que sigue el ENEM, se entenderá como el congreso

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIO CASILLA INTERNACIONAL YO LO IMPORTO

CONTRATO DE SERVICIO CASILLA INTERNACIONAL YO LO IMPORTO CONTRATO DE SERVICIO CASILLA INTERNACIONAL YO LO IMPORTO El presente contrato regula los términos y condiciones de Yo Lo Importo: YO LO IMPORTO EIRL, ofrece a usted, sus casillas internacionales denominadas

Más detalles

Publicado en el Periódico Oficial No. 29, de fecha 02 de julio de 2010, Tomo CXVII. CAPÍTULO I Disposiciones Generales.

Publicado en el Periódico Oficial No. 29, de fecha 02 de julio de 2010, Tomo CXVII. CAPÍTULO I Disposiciones Generales. REGLAMENTO DE CENTROS DE REHABILITACIÓN Y REINTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON PROBLEMAS DE DROGADICCIÓN Y ALCOHOLISMO, PARA EL MUNICIPIO DE TECATE, BAJA CALIFORNIA. Publicado en el Periódico Oficial No.

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

CATEGORIA CADETE 2015 / 2016

CATEGORIA CADETE 2015 / 2016 NORMATIVA PARA REGULAR LA PARTICIPACION DEL EQUIPO EXTREMEÑO CADETE EN LOS DISTINTOS EVENTOS (TORNEOS Y CONCENTRACIONES) 2015 /2016 CATEGORIA CADETE 2015 / 2016 El sistema de selección de los Equipos extremeños

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A.

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. Artículo 1.- Denominación social La Sociedad se denominará [ ], S.A. Artículo 2.- Objeto Social La Sociedad tendrá como objeto social: [ ] Se excluyen de este objeto todas

Más detalles

BASES DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL 7 AELU 2014 CATEGORIA LIBRE Y MASTER

BASES DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL 7 AELU 2014 CATEGORIA LIBRE Y MASTER BASES DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL 7 AELU 2014 CATEGORIA LIBRE Y MASTER I. DE LA ORGANIZACIÓN El torneo es organizado por la Dirección de fútbol. La actividad deportiva se realizara en el campo de gras artificial

Más detalles

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada NUEVOS MODELOS DE PARTES DE ALTA/BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 A partir del próximo 1 de diciembre de 2015 será cuando todos los médicos de los Servicios Públicos de

Más detalles

Bolsa de Valores de Montevideo

Bolsa de Valores de Montevideo Bolsa de Valores de Montevideo REGLAMENTO OPERATIVO DE FUNCIONAMIENTO DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y CUSTODIA DE VALORES A TRAVES DE LA BOLSA DE VALORES DE MONTEVIDEO Última revisión 06/11/2006 pagina

Más detalles

Normativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla

Normativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla Normativa para Trabajos Fin de Grado Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica Universidad de Sevilla Contenido 1. Propósito... 3 2. Naturaleza... 3 3. Comisión de Centro... 3 4. Coordinador...

Más detalles

Condiciones Generales Para la obtención y utilización del certificado web PYME Excelente España

Condiciones Generales Para la obtención y utilización del certificado web PYME Excelente España Condiciones Generales Para la obtención y utilización del certificado web PYME Excelente España 1. DISPOSICIONES PRELIMINARES 1.1. Los términos y condiciones para la obtención y utilización del certificado

Más detalles

3. Las Bases y Condiciones estarán disponibles en la página de Internet de HOYTS (www.hoyts.com.ar)

3. Las Bases y Condiciones estarán disponibles en la página de Internet de HOYTS (www.hoyts.com.ar) CONCURSO Eliminar amigo Bases y Condiciones Generales.- 1.- El presente concurso cuyo organizador es Hoyts General Cinema S.A. (en adelante HOYTS ), es válido desde el 18 de Septiembre al 07 de Octubre

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DE CASAS DE CAMBIO

REGLAMENTO DE LA LEY DE CASAS DE CAMBIO REGLAMENTO DE LA LEY DE CASAS DE CAMBIO ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento desarrolla las normas y procedimientos relacionados con la autorización, funcionamiento y supervisión de las casas de cambio,

Más detalles

BASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND

BASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND BASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND El presente documento fija los términos y condiciones del Programa Círculo Salcobrand. Estos términos y condiciones son obligatorios para los Clientes Círculo Salcobrand

Más detalles

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 5. DESARROLLO 4 5.1. Explicación previa 4 5.2. Medios de Coordinación 5 5.3. Instrucciones de actuación 6 5.3.1. De la

Más detalles

BASES LEGALES. Mes Alto Las Condes

BASES LEGALES. Mes Alto Las Condes BASES LEGALES Mes Alto Las Condes 1. Concurso 1.1. Comercial Eccsa S.A. (en adelante Ripley ) realizará el concurso denominado Mes Alto Las Condes, en adelante el Concurso, cuya vigencia total será desde

Más detalles

1. ACCESO A LA UNIVERSIDAD

1. ACCESO A LA UNIVERSIDAD 1. ACCESO A LA UNIVERSIDAD 1.1 INGRESO EN LOS CENTROS UNIVERSITARIOS DEL DISTRITO ANDALUZ (D.U.A.) A.) SOLICITUD DE PREINSCRIPCIÓN Los estudiantes que deseen iniciar estudios en alguna Universidad Andaluza

Más detalles

CONCURSO LA HISTORIA DE LA LUNA EN FOTOS

CONCURSO LA HISTORIA DE LA LUNA EN FOTOS CONCURSO LA HISTORIA DE LA LUNA EN FOTOS INTRODUCCIÓN El concurso "La historia de la Luna en Fotos" está destinado a todos los habitantes de la República Argentina sin restricciones de edad y tiene como

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA.

CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA. CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA. LEA CUIDADOSAMENTE ESTE DOCUMENTO. EL ACCESO Y USO DE LA OFICINA VIRTUAL IMPLICA, POR

Más detalles

Pasos para Constitución de Compañía. Para información adicional llamar al Tel. 809 567 7474 ó acceder al portal de internet www.onapi.gov.

Pasos para Constitución de Compañía. Para información adicional llamar al Tel. 809 567 7474 ó acceder al portal de internet www.onapi.gov. Pasos para Constitución de Compañía 1. Registrar el Nombre Comercial en la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI) Para información adicional llamar al Tel. 809 567 7474 ó acceder al portal de

Más detalles

Reglamento para el curso regular de régimen por promoción

Reglamento para el curso regular de régimen por promoción Reglamento para el curso regular de régimen por promoción 1. REQUISITOS PARA INSCRIBIRSE Para inscribirse en el curso como alumno regular, se deberá tener aprobadas las materias correlativas a Hormigón

Más detalles

CAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN

CAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN Página 1 de 5 CAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN 1. OBJETIVO Y ALCANCE DEL PRESENTE CAPÍTULO El objetivo del presente capítulo es describir y hacer referencia a los procedimientos,

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO LINEAMIENTOS para regular el funcionamiento del Registro Público de Organismos Descentralizados. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE. www.formacioncfi.es. Documento Protegido por Copyright

CONDICIONES GENERALES DE. www.formacioncfi.es. Documento Protegido por Copyright CONDICIONES GENERALES DE www.formacioncfi.es Documento Protegido por Copyright 0. OBJETO Las presentes Condiciones Generales regulan la adquisición de los productos y servicios ofertados en el sitio web

Más detalles

Instructivo Servicios de Celular

Instructivo Servicios de Celular 1. Objeto Dar a conocer las políticas de manejo de la comunicación móvil en la SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA para los usuarios que por razón de su función, cargos o lineamientos de la Institución requieren

Más detalles