El caso Mavi Marmara Procesos legales contra la impunidad israelí

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1 El caso Mavi Marmara Procesos legales contra la impunidad israelí TURQUÍA Introducción En mayo de 2010 los barcos de la Flotilla de la Libertad por Gaza -Mavi Marmara, Sfendoni, Challenger I, Eleftheri Mesogios, Gazze I y Defne-Y- navegan con la única carga de ayuda humanitaria y voluntarios de 37 países para llevar bienes de primera necesidad y de desafiando y denunciando de esa forma el ilegal bloqueo marítimo al que el régimen israelí somete a Gaza. La madrugada del 31 de mayo, en aguas internacionales, los barcos son abordados por fuerzas armadas israelíes y el Mavi Marmara sufre un brutal ataque que mata a nueve voluntarios (ocho turcos y un turco-estadounidense) y causa heridas a 156 personas, 52 de ellas de gravedad. Todo el pasaje de los seis barcos es secuestrado, llevado contra su voluntad a Israel y es encarcelado. Son 700 voluntarias y voluntarios en total. En las cárceles sufren vejaciones, torturas y tratos prohibidos por los tratados internacionales. Toda la carga de los barcos es secuestrada y todas las pertenencias de pasajeras y pasajeros confiscadas. Varios barcos sufrieron graves daños. Caso criminal en la corte turca Corte: Sala 7ª de la Alta Corte Criminal de Estambul. Proceso número 2012/264 Acusados: Acusación: Crímenes: 1)- Ex Jefe del Estado Mayor, Teniente General Gabi Ashkenazi. 2)- Vice Comandante de las Fuerzas Navales, Almirante Eliezer Marom. 3)- Jefe de la Inteligencia Militar Israelí, General Amos Yadlin. 4)- Director de las Fuerzas de Inteligencia del Aire, General Avishai Levi. Familiares de las víctimas, pasajeros y pasajeras de la flotilla de 37 países y otras partes agraviadas. Asesinato premeditado, intento de asesinato premeditado, causar intencionadamente daños graves corporales y de salud, saqueo, secuestro y bloqueo de embarcaciones, daño intencionado a la propiedad, restricción de libertad de expresión e instigación al crimen violento. Fundamentación del proceso Se realizaron diagnosis a la gente herida y autopsias a los activistas asesinados por parte del Instituto Médico-Forense bajo supervisión de la fiscalía pública. El material fotográfico y videográfico que logró evadir el secuestro israelí también fue de gran ayuda para apoyar las evidencias médicas y de análisis de las escenas de los crímenes una vez que se consiguieron recuperar algunas embarcaciones. Además del proceso contra los cuatro acusados, cualquier otra responsabilidad militar o civil que concierna a nuevos sospechosos continuará su curso y será incluida en el sumario hasta completar el procedimiento. Siguen llegando nuevas aportaciones que contienen información sobre otros mandos y soldados que participaron directamente en el asalto. Las fuerzas militares israelíes abordaron la flotilla cuando se encontraba a 72 millas náuticas de la costa de Gaza, en aguas internacionales.

2 Conforme al artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, todo país tiene el derecho de la autodefensa en caso de sufrir un ataque armado o si pueden probar una amenaza inminente. El Tribunal Penal Internacional exige claramente la condición de un ataque armado para esgrimir el derecho a autodefensa. La flotilla siempre declaró su intención de navegar a aguas palestinas -y no israelíes-, sin embargo, el gobierno israelí, sin sufrir amenaza o ataque alguno e ignorando cualquier principio de proporcionalidad, asaltó y abordó violentamente los barcos matando a nueve activistas, que recibieron un total de 39 impactos de bala. Dos de los voluntarios fueron asesinados desde el aire antes de que los soldados abordaran los barcos. Los análisis balísticos también confirman que la mayoría de las víctimas recibieron disparos por la espalda y a corta distancia. Más aún, y aplicando el principio legal reconocido por las Naciones Unidas, sería el pasaje de la flotilla quien, ante un ataque violento en aguas internacionales, tendría el derecho universalmente reconocido de la autodefensa para proteger sus vidas ante un asalto ilegal. Legislación turca en la que se basa el proceso criminal De acuerdo con el principio de territorialidad del Código Penal Turco nº 5237, Turquía tiene el derecho de juzgar cualquier crimen cometido en Turquía. En el caso de un ataque contra un barco o aeronaves turcas en aguas internacionales dicha acción será considerada como un ataque a Turquía. Ya que el ataque al Mavi Marmara tuvo lugar en aguas internacionales y contra un barco turco, es considerado un ataque contra la soberanía turca y existe obligación de juzgar el crimen en cortes penales de dicho país. De hecho, el Fiscal General Público debe iniciar la investigación ex propio motu sin necesidad de denuncia alguna por parte de las víctimas. El hecho de que se cometieran tratos inhumanos y tortura a gente indefensa apela al 'principio de jurisdicción universal'. De acuerdo a ese principio, ciudadanas y ciudadanos de cualquier país pueden ser incluidos en el caso aunque no tengas posibilidades legales de emprender demandas judiciales en sus respectivos países. Derecho a la defensa e inicio de un juicio justo para todas las partes Se inician los procesos diplomáticos para informar a los oficiales israelíes del procedimiento abierto. Tras la primera audiencia se notificó el requerimiento de asistencia de los acusados a la segunda audiencia que tendría lugar el 21 de febrero de Considerando las declaraciones hechas por Israel al respecto, se entiende que dichos oficiales no acudirán a la vista pública. Consecuentemente, se notificará al Estado de Israel de forma oficial y la Corte esperará un periodo razonable de tiempo para obtener una respuesta. Si no se recibe respuesta o los acusados no se personan en las audiencias, se les considerará 'fugitivos' según el Código de Procedimiento Criminal en su artículo 247. Por tanto se podrá ordenar su arresto y traerlos por fuerza para ser juzgados. Continuación del proceso Como consecuencia del proceso se espera que la sala 7ª de la Alta Corte Criminal de Estambul pida la detención de los sospechosos. Según los acuerdos en materia de extradición (tanto Turquía como Israel son parte de la 'Convención Europea en Materia de Extradición') Israel está obligado a capturar y extraditar a Turquía a los sospechosos. Adicionalmente se podría pedir una orden de detención internacional a través de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL).

3 Compensaciones por los crímenes La compensación económica por ataque ilegal y violento es justa por parte de cualquier persona damnificada en el asalto. Tanto los familiares de los asesinados como cualquier otro voluntario o voluntaria heridos u otros agraviados tienen el derecho a exigir una compensación por el daño que sufrieron. CORTE PENAL INTERNACIONAL La Corte Penal Internacional (CPI) abrió el pasado 14 de mayo un examen preliminar sobre el ataque llevado a cabo por Israel contra la Flotilla de la Libertad que se dirigía a Gaza el 31 de mayo de 2010 y en el que fallecieron nueve personas de nacionalidad turca y una más quedó en estado de coma. La Haya estudiará si da lugar a una investigación formal previa a la apertura de un juicio, señaló hoy en un comunicado Fatou Bensouda, fiscal de la CPI. El gobierno de Comores, Estado parte en el Estatuto de Roma, tratado fundador de la Corte Penal Internacional, ha sido quien ha pedido a la fiscalía la apertura de un examen preliminar. Eso es debido a que el buque Mavi Marmara llevaba bandera de Comores en el momento del ataque y, por lo tanto, el abordaje de dicho buque se entiende como un ataque al Estado de Comores. La Flotilla de la Libertad, que llevaba toneladas de ayuda humanitaria a la Franja de Gaza, estaba formada por seis barcos con 750 personas a bordo, entre ellos tres españoles que no resultaron heridos. El ataque fue condenado por toda la comunidad internacional, incluida la ONU y la Unión Europea. El Gobierno de Israel lamentó las muertes pero aseguró que las intenciones de la Flotilla eran ilegales y que desoyeron las advertencias hechas de forma pacífica por parte del Ejército para que abandonaran su intención de llegar hasta Gaza. Nota de prensa de la organización turca IHH (en inglés) y traducida a continuación: ISRAEL A JUICIO EN LA CORTE PENAL INTERNACIONAL La Haya (Holanda) 14 de mayo de 2013 Evaluación de la Referencia Oficial de los abogados Ramazan Ariturk y Cihad Gokdemir sobre la Unión de las Comores en la Corte Penal Internacional contra Israel el 14 de mayo de 2013 a la prensa. Israel cometió Crímenes contra la Humanidad atacando deliberadamente al barco abanderado por el Estado de la Unión de Comores y otras embarcaciones que componían la Flotilla de la Libertad hacia Gaza y mató a 9 civiles de los cuales 8 eran de nacionalidad turca y un voluntario humanitario estadounidense. Soldados israelíes y agentes secretos hirieron a más de 50 civiles, la mayoría de gravedad, detuvieron de forma arbitraria a todo el pasaje, torturándolo y abusándolo y apoderándose de todas las propiedades y embarcaciones. De acuerdo al informe votado y aceptado por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se determinó que los crímenes cometidos durante ese ataque consisten una violación de la IV Convención de Ginebra.

4 Por cometer crímenes recogidos por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas los citados abogados en representación legal, han referido el caso en nombre del Estado de la Unión de Comores contra Israel en la Corte Penal Internacional el 14 de mayo de 2013 con el fin de juzgar a Israel y a aquellos responsables de perpetrar y comandar el ataque. Esta representación junto con anexos que contienen imágenes, documentos, grabaciones y otras evidencias (testigos, declaraciones de víctimas, vídeo y fotografía, informes de autopsias, otros informes forenses, estudios de expertos) así como el informe de determinación de hechos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que fue aceptado en la Asamblea General. Las víctimas también han presentado solicitudes individuales en la CPI el 14 de octubre de Estas solicitudes aún están pendientes en la fiscalía de la CPI. Como estado miembro del tratado de la CPI, el Estatuto de Roma, la Unión de Comores tiene el derecho de elevar el caso a la CPI, ya que el Mavi Marmara portaba su bandera. Sobre las bases del principio territorial, no hay duda de que la CPI tiene jurisdicción para juzgar a Israel por los crímenes cometidos. Como corte internacional con jurisdicción sobre los crímenes de genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y crímenes de agresión, la CPI deberá procesar a Israel por cometer los crímenes que el informe del Consejo de Derechos Humanos consideró crímenes contra la humanidad. A la acusación criminal internacional, que comienza con esta referencia, se le requiere procesar y sancionar a los oficiales de alto rango, comenzando por Benyamin Netanyahu, mediante la representación legal de los abogados Ramazan Ariturk y Cihad Gokdemir en nombre del Estado de la Unión de Comores. También ha habido una referencia a la CPI contra Israel por usar armas ilegales durante la Operación Plomo Fundido en la cual civiles palestinos han sido asesinados, la mayoría mujeres, niños y niñas. Tras la consideración de Palestina con el estatus de Estado Observador en las Naciones Unidas, Israel se dio cuenta de la seriedad del asunto y utilizó todas las formas ilegales para librarse y continuar su irresponsable e ilegal política. De cualquier modo, tras nuestra referencia en nombre de la Unión de Comores, Israel no tiene opciones de escapar más de su responsabilidad por los crímenes cometidos. Esta referencia a la CPI mostrará los progresos a nivel mundial en relación a los derechos humanos y la ley humanitaria y cuánto cree realmente la CPI es estos valores y posiciones. También mostrará esta referencia si la CPI es un instrumento de penalización para las Naciones Unidas o de algunos grupos de poder contra otros estados y líderes, o si es un lugar donde prevalece la justicia. En caso de que la CPI no considere esta referencia o la rechace oponiéndose a la determinación del Consejo de Derechos Humanos de que se cometieron crímenes de lesa humanidad durante el ataque a la Flotilla de la Libertad, la Corte negará su propia existencia y el fin de la legalidad.

5 ESTADO ESPAÑOL En noviembre de 2012 el fiscal de la Audiencia Nacional dictaminó en sus diligencias previas que el asalto constituyó un crimen de lesa humanidad y aconsejaba al gobierno elevar el caso a la CPI. En estos momentos es el gobierno quien debe decidir si sigue los dictámenes del fiscal o si refiere el caso a tribunales del Estado. En principio nuestra posición es que el juicio se celebre en el Estado y no en la CPI, ya que nuestro poder judicial está facultado -y obligado- a tramitarlo por ser las víctimas de nacionalidad española. Esto tendría más trascendencia legal porque sería básicamente un juicio del Estado Español contra el Estado israelí. Las posibilidades de saber cómo se decidirá este asunto son inciertas. Sabemos que el gobierno no hace nada en contra de la política de ocupación del gobierno israelí y que incluso considera que Israel tiene derecho a defenderse, aún atacando barcos civiles en aguas internacionales. El marco legal que el gobierno aplica a cualquier caso de flotillas con ciudadanos españoles a bordo será el Informe Palmer-Uribe ( Final-report.pdf), dirigido por el ex-presidente colombiano -con oscuro pasado y no precisamente la mejor persona para llevar un caso relacionado con derecho internacional y derechos humanos-. Dicho informe dictaminó que el ataque al Mavi Marmara estaba ajustado a derecho de defensa y que tuvo la proporcionalidad adecuada, aún lamentando las víctimas que hubo. Por parte del Gobierno se ha recibido una respuesta parlamentaria sobre unas preguntas del diputado Ricardo Sixto que define exactamente la política aplicada sobre Israel y el Territorio Palestino Ocupado (siguiente página):

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