EXPOSICION DE MOTIVOS AL PROYECTO DE ACUERDO No. San Sebastián de Mariquita, Septiembre 15 de 2009

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EXPOSICION DE MOTIVOS AL PROYECTO DE ACUERDO No. San Sebastián de Mariquita, Septiembre 15 de 2009"

Transcripción

1 EXPOSICION DE MOTIVOS AL PROYECTO DE ACUERDO No. San Sebastián de Mariquita, Septiembre 15 de 2009 Señores: CONCEJALES MUNICIPALES Palacio Municipal El Mangostino San Sebastián de Mariquita (Tolima) Ref. EXPOSICION DE MOTIVOS PROYECTO DE ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EN LA JURISDICCION DEL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIAN DE MARIQUITA, LA APLICACIÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. Honorables Concejales: Comedidamente presento ante la Corporación, con el objeto que sea estudiado y aprobado, el proyecto de acuerdo de la referencia teniendo en cuenta lo siguiente: Las ciudades intermedias de nuestro país entre las cuales se encuentra San Sebastián de Mariquita, se ha caracterizado en los últimos cincuenta años por el crecimiento poblacional acelerado, cambios en los hábitos de consumo y la instalación de infraestructura para el desarrollo urbano; esta situación genera entre otras consecuencias ambientales la creciente producción de residuos sólidos residenciales, comerciales, industriales y de la construcción, lo que a su vez causa un impacto negativo sobre los recursos naturales y la calidad de vida de las ciudades, por la inadecuada disposición final de estos residuos, con implicaciones severas en el medio ambiente y para la salud de la ciudadanía. Para contribuir a elevar la calidad del medio ambiente en la ciudad, es necesario articular la acción de la administración municipal y de la ciudadanía en torno a la solución de los actuales problemas como el manejo inadecuado de los residuos sólidos y escombros, ya que esto viene acarreando problemas de convivencia entre nuestros ciudadanos.

2 Ante esta situación, la administración debe proporcionar los medios necesarios para la correcta disposición de los residuos, a su vez los ciudadanos a partir del ejercicio de sus deberes, deben llevar a cabo acciones orientadas a las buenas practicas ambientales para contribuir a mejorar la calidad ambiental, promover la convivencia y permitir el uso adecuado del espacio publico. Para lograr esto es necesario fortalecer una cultura ambiental en la ciudad y aplicar una normatividad que regule de manera precisa las actividades ambientales cotidianas que puedan alterar la calidad ambiental y la sana convivencia. Por ello, el comparendo ambiental, creado mediante la Ley 1259 de 2008 es fundamental para cumplir este objetivo. Con el comparendo ambiental se promueve la cultura ambiental y la promoción de hábitos apropiados para el manejo adecuado de los residuos sólidos y los escombros, propiciando el fomento de estímulos a las buenas practicas ambientalistas que incluye una serie de sanciones para los infractores de las normas básicas encaminadas a proteger el medio ambiente y el espacio publico, como el respeto a los horarios de recolección de residuos sólidos, disposición adecuada y en sitios autorizados de escombros, entre otros. Cada quien cree saber la verdad para responderla; pero en conclusión, se deben buscar mecanismos y herramientas que permitan unificar el comportamiento del habitante del planeta, buscar contar con un mejor entorno para una salud optima. El agua y el oxigeno son vitales para la conservación de la especie humana; pero no solo del hombre, sino de los animales y plantas. Este proyecto de ley busca constituirse en una parte del sinnúmero de acciones que propicien esta aspiración; que repito, debe ser clamor y actuación universal: La preservación del ecosistema. El comparendo ambiental que por este proyecto de ley se pretende imponer en el devenir del país, debe ser herramienta fundamental que genere cultura ciudadana hacia el medio ambiente, especialmente en las ciudades y municipios, particularmente en cuanto al manejo de residuos sólidos y escombros.

3 En ese sentido y de conformidad con el articulo 8 de la Ley 1259 de 2008, al Concejo de Mariquita, le corresponde aprobar la reglamentación del comparendo ambiental a través de un acuerdo municipal, para lo cual el Concejo dispone de un año a partir de la vigencia de la Ley, es decir a partir de diciembre de La responsabilidad de aplicar el comparendo ambiental recae directamente sobre el alcalde municipal, quien podrá delegar su aplicación en las secretarias de transito, si se logra instaurar en nuestra localidad, Gobierno a través de las inspecciones de policía o los defensores del espacio publico, y Secretaria de Desarrollo Social. El recaudo de los dineros producto de las multas correspondientes, se realizaran por medio de la Secretaria de Hacienda y servirá para financiar los programas y campañas cívicas que contribuyan a crear una cultura ciudadana para el manejo adecuado de residuos sólidos, lo cual redundara en un mejor ambiente para elevar la calidad de vida de sus habitantes. Que de conformidad con el acuerdo 030 de 2009 el Honorable Concejo Municipal, autorizo al Alcalde de Mariquita para reglamentar e implementar la Ley 1259 de 2008 e instaurar el comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros. Con los anteriores aportes, dejo a consideración de la Honorable Corporación el presente proyecto de acuerdo. Atentamente, JUAN CARLOS ACERO HERNANDEZ ALCALDE MUNICIPAL Elaboró: Lina Marcela Vargas Vera ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SEBASTIAN DE MARIQUITA

4 DESPACHO ALCALDE PROYECTO DE ACUERDO No. ( ) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EN LA JURISDICCION DEL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIAN DE MARIQUITA, LA APLICACIÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SEBASTIAN DE MARIQUITA (TOLIMA), en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 313, NUMERAL 10 de la Constitución Nacional, Parágrafo 2 de la Ley 136 de 1994 y articulo 8 de la Ley 1259 de A C U E R D A ARTICULO PRIMERO: ESTABLECER E IMPLEMENTAR en el municipio de San Sebastián de Mariquita, el comparendo ambiental creado por la Ley 1259 de 2008, como instrumento de cultura ciudadana, sobre el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, previendo la afectación del medio ambiental y la salud pública, mediante sanciones pedagógicas, económicas y coercitivas, a todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas ambientalistas. ARTICULO SEGUNDO: SUJETOS PASIVOS DEL COMPARENDO AMBIENTAL. Serán sujetos pasivos del comparendo ambiental todas las personas naturales y jurídicas que incurran en faltas contra el medio ambiente, el ecosistema y la sana convivencia, sean ellos propietarios o arrendatarios de bienes inmuebles, dueños, gerentes, representantes legales o administradores de todo tipo de local, de todo tipo de industria o empresa, las personas responsables de un recinto o de un espacio

5 público o privado, de instituciones oficiales, educativas, conductores o dueños de todo tipo de vehículos desde donde se incurra en alguna o varias de esas faltas mediante la mala disposición o mal manejo de los residuos sólidos o los escombros. ARTICULO TERCERO: DE LA DETERMINACION DE LAS INFRACCIONES Todas las infracciones que se determinan en el presente decreto, constituyen faltas sancionables mediante el comparendo ambiental, por representar un grave riesgo para la convivencia ciudadana, el óptimo estado de los recursos naturales, el transito vehicular y peatonal, el espacio público, el buen aspecto urbano de las ciudades, las actividades comercial y recreacional, en fin, la preservación del medio ambiente y la buena salud de las personas, es decir, la vida humana. ARTICULO CUARTO: DE LAS INFRACCIONES. Son infracciones en contra de las normas ambientales de aseo, las siguientes: 1. Presentar para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio. 2. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos sólidos, de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos. 3. Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio publico en sitios no autorizados. 4. Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio publico o en sitios abiertos al publico como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras estructuras de servicios públicos. 5. Arrojar escombros o residuos sólidos a humedales, paramos, bosques, entre otros ecosistemas a fuentes de agua. 6. Extraer parcial o totalmente, el contenido de las bolsas y recipientes para los residuos sólidos una vez presentados para su recolección, infringiendo las disposiciones sobre recuperación y aprovechamiento previstas en el Decreto 1713 de Presentar para la recolección dentro de los residuos domésticos, animales muertos o sus partes, diferentes a los

6 residuos de alimentos, en desconocimiento de las normas sobre recolección de animales muertos previstas en el Decreto 1713 de Dificultar, de manera alguna, la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros. 9. Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas. 10. Realizar quema de residuos sólidos y/o escombros sin los controles y autorizaciones establecidos por la normatividad vigente. 11. Instalar cajas de almacenamiento, unidades de almacenamiento, canastillas o cestas de almacenamiento, sin el lleno de los requisitos establecidos en el Decreto 1713 de Hacer limpieza de cualquier objeto en vías publicas, causando acumulación o esparcimiento de residuos sólidos o dejar esparcidos en el espacio publico los residuos presentados por los usuarios para la recolección. 13. Permitir la deposición de eses fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados, sin la recolección debida. 14. No administrar con orden, limpieza e higiene los sitios donde se clasifica, comercializa y reciclan residuos sólidos. 15. Disponer desechos industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados por autoridad competente. 16. No recoger los residuos sólidos o escombros en los horarios establecidos por la empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada, en los términos del artículo 37 Decreto 1713 de ARTICULO QUINTO: DE LAS SANCIONES A IMPONERSE POR MEDIO DEL COMPARENDO AMBIENTAL. Las sanciones a ser impuestas por medio del comparendo ambiental serán las contempladas en la normatividad existente del orden nacional o local, las cuales son: 1. Citación al infractor para que reciba educación ambiental, durante cuatro (4) horas por parte de funcionarios de la Secretaria de Planeación e Infraestructura o de la Policía Nacional.

7 2. En caso de reincidencia se obligará al infractor a prestar un día de servicio social, realizando tareas relacionadas con el buen manejo de la disposición final de los residuos sólidos, la cual será coordinada por la Secretaria de Planeacion, Infraestructura y Ambiental. 3. Multa hasta por dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, si es cometida por una persona natural. La sanción es gradual y depende de la gravedad de la falta. 4. Multa hasta veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, cometida por una persona jurídica. Este monto depende de la gravedad de la falta, sin embargo nunca será inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes. 5. Si es reincidente, sellamiento de inmuebles (Parágrafo del artículo 16 de la Ley 142 de 1994) 6. Suspensión o cancelación del registro o licencia, en el caso de establecimientos de comercio, edificaciones o fábricas, desde donde se causan infracciones a la normatividad de aseo y manejo de escombros. Si el desacato persiste en grado extremo, cometiéndose reiteradamente la falta, las sanciones antes enumeradas pueden convertirse en arresto. Si la falta es cometida por quienes conducen vehículos de tracción humana o animal, en caso de reincidencia continua, se le suspenderá o cancelará el permiso para realizar dicha actividad, procediéndose con el decomiso del vehículo. PARAGRAFO PRIMERO: Las sanciones por las infracciones de que trata el artículo cuarto del presente acuerdo son de naturaleza policiva y se impondrán independientemente de la facultad sancionatoria de la autoridad ambiental, sanitaria, de transito o de la autoridad encargada de la inspección y vigilancia de la prestación del servicio publico de aseo. La sanción debe corresponder a la gravedad de la falta, según los riesgos en la salud o el medio ambiente, y a las cantidades y la naturaleza de los residuos. ARTICULO SEXTO: El procedimiento para determinar la responsabilidad del presunto infractor deberá indicar al menos, la sanción prevista para la infracción, la posibilidad de acatar directamente la sanción o de comparecer para controvertir la responsabilidad; y el termino y la autoridad ante la cual debe comparecer.

8 PARAGRAFO PRIMERO: Si no se presentare el citado a rendir sus descargos, ni solicitare pruebas que desvirtúen la comisión de la infracción, se registrara la sanción a su cargo en las estadísticas correspondientes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1259 de ARTICULO SEPTIMO: RESPONSABLES DE LA INSTAURACION Y APLICACIÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL. El responsable de la instauración del comparendo ambiental en el municipio es el Concejo, a través de acuerdo municipal. De igual manera, la autoridad responsable de la aplicación de la sanción por comparendo ambiental es el Alcalde Municipal quien podrá delegar, en primera instancia, a la Inspección de Policía esta facultad. PARAGRAFO PRIMERO: El Comando de Policía Municipal y los agentes de transito serán los encargados de imponer directamente el comparendo ambiental a los infractores. PARAGRAFO SEGUNDO: Los responsables de imponer el comparendo ambiental por infracción desde vehículos. Para el caso de los conductores o pasajeros de vehículos automotores o de tracción humana o animal, en movimiento o estacionados, como infractores de las normas de aseo y limpieza, serán los agentes de policía en funciones de transito o los agentes de transito, los encargados de imponer el comparendo ambiental, con la respectiva multa de un (1) salario mínimo mensual legal vigente. ARTICULO OCTAVO: El comparendo se impondrá a la persona natural que comete la infracción, sin embargo, en los casos de las infracciones clasificadas en los numerales 1,2,5,7,9,10,11,14,15 y 16 el comparendo se impondrá a la persona natural y/o jurídica responsable del residuo o de la actividad correspondiente. De igual manera, la sanción a que se refiere el numeral sexto del articulo 7 de la Ley 1259 de 2008, procederá exclusivamente para los casos expresamente establecidos en el reglamento territorial y siempre que el registro o la licencia a cancelar o suspender, sea expedida por la alcaldía. En el caso de las infracciones 4,5,7,15 y 16, se compulsaran copias del comparendo ambiental a las

9 autoridades de salud, a la superintendencia de servicios públicos o a la autoridad ambiental competente, para lo de su competencia. La infracción clasificada con el código 06, se aplicara una vez el municipio haya diseñado e implementado un sistema de aprovechamiento que incluya acciones afirmativas para la población recicladora, en el marco del Plan de Gestión integral de residuos. ARTICULO NOVENO: Los recursos que se recauden por este concepto serán destinados a financiar programas y campañas cívicas de cultura ciudadana dirigidos a sensibilizar, educar, concienciar y capacitar a la comunidad y a las personas dedicadas a la actividad de reciclaje, sobre el adecuado manejo de los residuos sólidos (basuras y escombros), como también a programas de limpieza de vías, caminos, parques, quebradas y ríos. PARAGRAFO PRIMERO: El alcalde municipal, a través de la Secretaria de Hacienda, deberá hacer efectivas las multas por razón de las infracciones mencionadas, mediante la jurisdicción coactiva, con arreglo a lo que sobre ejecuciones fiscales establezca la Ley 1066 de 2006 o la norma que la modifique o sustituya. ARTÍCULO DECIMO: La empresa prestadora del servicio público domiciliario de aseo municipal, establecerá de manera precisa e inmodificable, las fechas, horarios y rutas de recolección de basura. De igual manera, dicha empresa pondrá a disposición de la comunidad todos los medios, como la instalación de recipientes para la basura, y la proveerán de elementos, de recursos humanos y técnicos, con los que se le facilite ejercer buenos hábitos de aseo y limpieza en su entorno. Además, deberá realizar periódicamente censos de puntos críticos a ser intervenidos por medio del comparendo ambiental. ARTICULO DECIMO PRIMERO: la Secretaria de Planeacion, Infraestructura y Ambiente, con anuencia de la Secretaria de Gobierno Municipal, impartirán de manera pedagógica e informativa, cultura ciudadana sobre las normas que rigen el acertado manejo de la basura y de los escombros. Así mismo, las

10 mencionadas Secretarias harán suficiente difusión e inducción a la comunidad, a través de los medios de comunicación, exposiciones y talleres, acerca de la fecha en que comenzara a regir el comparendo ambiental y la forma como se operara mediante este instrumento de control. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Comparendo Ambiental se aplicara con base en denuncias formuladas por la comunidad, a través de los medios dispuestos para ello, o con base en el censo de puntos críticos realizado por la instancia encargada de este oficio, o cuando un agente de transito, un efectivo de la policía, o cualesquiera de los funcionarios investidos de autoridad para imponer dicho comparendo, sorprendan a alguien en el momento mismo de cometer una infracción contra las normas de aseo y de la correcta disposición de escombros. PARAGRAFO PRIMERO: En el caso de denuncias hechas por la comunidad las autoridades mencionadas en el anterior Artículo, irán hasta el lugar de los hechos, harán inspección ocular y constataran el grado de veracidad de la denuncia. De resultar positiva procederán a aplicar el comparendo ambiental. ARTICULO DECIMO TERCERO: Cada entidad responsable de aplicar el comparendo ambiental llevara estadísticas en medio digital con las que se pueda evaluar, tanto la gestión del Gobierno Municipal y de las entidades garantes de la protección del medio ambiente, como la participación comunitaria en pro del acertado manejo de la basura. Dichas estadísticas serán dadas a conocer a la opinión pública como muestra del logro de resultados en pro de la preservación del medio ambiente. ARTICULO DECIMO CUARTO: Facultar al Alcalde Municipal, para que proceda a implementar el comparendo ambiental en el municipio de San Sebastián de Mariquita, de acuerdo con las directrices nacionales de presentación y contenido, conforme lo establecido en el Decreto 3695 de 2009 expedido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Dicha Facultad podrá delegarse en la Secretaria de Gobierno, Seguridad Ciudadana y Control Disciplinario.

11 ARTICULO DECIMO QUINTO: Establecer incentivos destinados a las personas naturales y jurídicas que adelanten campañas o programas que propugnen por el mejoramiento, conservación y restauración del medio ambiente, con el propósito de disminuir las infracciones objeto del comparendo ambiental. ARTICULO DECIMO SEXTO: El presente acuerdo rige a partir de su sanción y publicación. Presentado al Honorable Concejo Municipal por, JUAN CARLOS ACERO HERNANDEZ Alcalde Municipal Elaboro: Lina Marcela Vargas Vera

COMPARENDO AMBIENTAL. Alcaldía Municipal de Guatavita Oficina de Desarrollo Económico Inspección Municipal de Policía Emserguatavita S.A. E.S.P.

COMPARENDO AMBIENTAL. Alcaldía Municipal de Guatavita Oficina de Desarrollo Económico Inspección Municipal de Policía Emserguatavita S.A. E.S.P. COMPARENDO AMBIENTAL Alcaldía Municipal de Guatavita Oficina de Desarrollo Económico Inspección Municipal de Policía Emserguatavita S.A. E.S.P. MARCO JURÍDICO Ley 1259 de 2008 Por medio de la cual se instaura

Más detalles

EL COMPARENDO AMBIENTAL LEY 1259 DE 2008

EL COMPARENDO AMBIENTAL LEY 1259 DE 2008 EL COMPARENDO AMBIENTAL LEY 1259 DE 2008 OBJETIVO CREAR E IMPLEMENTAR EL COMPARENDO AMBIENTAL COMO INSTRUMENTO DE CULTURA CIUDADANA. LOGRAR UN ADECUADO MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y ESCOMBROS, PREVIENDO

Más detalles

ALCALDIA MUNICIPAL DE CAJICÁ

ALCALDIA MUNICIPAL DE CAJICÁ PROYECTO DE ACUERDO No. 19 DE 2013 ( SEPTIEMBRE 16) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA Y ADICIONA EL ACUERDO No. 18 DE AGOSTO 26 DE 2009, Y SE REGLAMENTA LA APLICACIÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO

Más detalles

DECRETO Nº 0874 24 de Mayo de 2010

DECRETO Nº 0874 24 de Mayo de 2010 DECRETO Nº 0874 24 de Mayo de 2010 "Por medio del cual se reglamenta la instauración del comparendo ambiental en el municipio de Medellín y se dictan otras disposiciones EL ALCALDE DE MEDELLÍN En uso de

Más detalles

CONCEJO DE LA PLATA HUILA Carrera 4ª. No. 5-09 Tel. 8371-778 E-mail: concejolaplata_huila@yahoo.es

CONCEJO DE LA PLATA HUILA Carrera 4ª. No. 5-09 Tel. 8371-778 E-mail: concejolaplata_huila@yahoo.es ACUERDO No 101-5-1-21 (Julio 14 de julio de 2009) POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA SEPARACIÓN EN LA FUENTE DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS EN EL MUNICIPIO DE LA PLATA HUILA. EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA PLATA

Más detalles

DEPARTAMENTO DEL HUILA MUNICIPIO DE PALESTINA CONCEJO ----------------------------------------------------------------

DEPARTAMENTO DEL HUILA MUNICIPIO DE PALESTINA CONCEJO ---------------------------------------------------------------- ---- ACUERDO Nº 008 (Palestina Huila, Marzo 07 de 2011) POR EL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO Nº 046 DE DICIEMBRE 07 DE 2009; SE REGLAMENTA EL COMPARENDO AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO DE PALESTINA HUILA Y SE DICTAN

Más detalles

Gestión n Integral de Residuos.

Gestión n Integral de Residuos. SEMINARIO- Proyecto Gestión TALLER Ambiental en Cundinamarca Reciclaje Componente una Gestión alternativa Integral de mejoramiento de Residuosambiental y competitivo para el sector empresarial Gestión

Más detalles

PROYECTO DE ACUERDO 069 POR MEDIO DEL CUAL SE INSTAURA EL COMPARENDO AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

PROYECTO DE ACUERDO 069 POR MEDIO DEL CUAL SE INSTAURA EL COMPARENDO AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES PROYECTO DE ACUERDO 069 POR MEDIO DEL CUAL SE INSTAURA EL COMPARENDO AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con expedición de la Ley 1259 de

Más detalles

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE YALÍ CONCEJO. ACUERDO No. 006 AGOSTO 09 DE 2011

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE YALÍ CONCEJO. ACUERDO No. 006 AGOSTO 09 DE 2011 ".. ACUERDO No. 006 AGOSTO 09 DE 2011 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL ACUEROO No 002 DEL 15 DE MAVO DE 2009, POR MEDIO DEL CUAL ESTABLECE EL COMPARENDO AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO DE VAlÍ. El HONORABLE

Más detalles

ELCONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: Disposiciones Generales

ELCONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: Disposiciones Generales ~ LEY No~S9 "POR MEDIO DE LA CUAL SE INSTAURA EN EL TERRITORIO NACIONAL LA APLICACiÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL A los INFRACTORES DE LAS NORMAS DE ASEO, LIMPIEZA Y RECOLECCiÓN DE ESCOMBROS; Y SE DICTAN

Más detalles

realizado las vacacione cumplimiento sean CINE

realizado las vacacione cumplimiento sean CINE POLCOO POLICÍA DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIAA Esta oficina esta a cargo del señor agente RÍOS RIAÑO JOSE MILLER quien en coordinación con las diferentes autoridades municipales en especial con la alcaldía

Más detalles

PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012

PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012 PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012 Por medio del cual se deroga el acuerdo no. 017 del 26 de septiembre de 2007 y se crea el fondo cuenta territorial de seguridad y convivencia ciudadana en el municipio

Más detalles

PROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO

PROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO PROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO Por la cual se establece como obligatorio de concepto previo para la instalación, puesta en operación y cobro de multas con los mecanismos de foto multas y otros medio

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL REGLAMENTO DE PARQUES Y JARDINES PARA EL MUNICIPIO DE SAN IGNACIO, SINALOA * CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

DECRETO QUE CREA EL REGLAMENTO DE PARQUES Y JARDINES PARA EL MUNICIPIO DE SAN IGNACIO, SINALOA * CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES EL C. PROFR. ANTONIO LOAIZA DELGADO, Presidente Municipal de San Ignacio, Sinaloa; en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 115 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

Más detalles

MUNICIPIO DE FREDONIA Alcaldía Municipal de Fredonia Centro Administrativo Orlando Durango Hernández Fredonia. ACUERDO No. 006 (Noviembre 23 de 2012)

MUNICIPIO DE FREDONIA Alcaldía Municipal de Fredonia Centro Administrativo Orlando Durango Hernández Fredonia. ACUERDO No. 006 (Noviembre 23 de 2012) ACUERDO No. 006 (Noviembre 23 de 2012) POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO MUNICIPAL No. 002 DE 2012 Y SE CREA EL FONDO CUENTA TERRITORIAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE FREDONIA

Más detalles

REPUBLICA VE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CHOCO MUNICIPIO VE TAVO CONCEJO MUNICIPAL NIT 818001994-8. ACUERDO N 006 DE 2012.

REPUBLICA VE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CHOCO MUNICIPIO VE TAVO CONCEJO MUNICIPAL NIT 818001994-8. ACUERDO N 006 DE 2012. DEPARTAMENTO DEL CHOCO ACUERDO N 006 DE 2012. (7 de marzo) POR EL CUAL SE ESTABLECE, REGULA Y SE FIJAN TARIFAS SOBRE EL IMPUESTO DE ALUMBRADO PÚBLICO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. Ei Honorable Concejo

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996)

MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996) MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996) Por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud. EL PRESIDENTE DE

Más detalles

PROCEDIMIENTO ELABORACION Y SEGUIMIENTO AL PLAN DE DESARROLLO

PROCEDIMIENTO ELABORACION Y SEGUIMIENTO AL PLAN DE DESARROLLO AL PLAN DE DESARROLLO Código: R-DE-001 Página 1 de 8 1. PROPÓSITO Servir como instrumento de gestión y planificación que materializa la solución a las necesidades de los diferentes actores que interactúan

Más detalles

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO República de Colombia MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO DE ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las consagradas

Más detalles

DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013)

DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013) DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013) POR EL CUAL SE FIJA EL INCREMENTO SALARIAL DE LAS ASIGNACIONES DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION CENTRAL VIGENCIA 2013 EL ALCALDE MUNICIPAL

Más detalles

Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999.

Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999. RESOLUCIÓN 1644 DE 2000 (Diciembre 29) Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999. EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE BOGOTÁ, D.C. en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias

Más detalles

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO. DECRETO NÚMERO 565 DE 1996 (19 de marzo de 1996)

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO. DECRETO NÚMERO 565 DE 1996 (19 de marzo de 1996) MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DECRETO NÚMERO 565 DE 1996 (19 de marzo de 1996) Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994 en relación con los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos del

Más detalles

Adjunto a la presente me permito presentar ante su despacho el PROYECTO PARA LA CREACION DE LA CASA DE LA MUJER CURITEÑA, para su respectivo estudio.

Adjunto a la presente me permito presentar ante su despacho el PROYECTO PARA LA CREACION DE LA CASA DE LA MUJER CURITEÑA, para su respectivo estudio. 1 Curití, Mayo 20 de 2008. Señores HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL Curití Ref.: Presentación Proyecto. Adjunto a la presente me permito presentar ante su despacho el PROYECTO PARA LA CREACION DE LA CASA DE

Más detalles

LEY No. 786. El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO

LEY No. 786. El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO A sus habitantes, Sabed: LEY No. 786 El Presidente de la República de Nicaragua Que, LA ASAMBLEA NACIONAL CONSIDERANDO I Que las mujeres se encuentran en situación de desigualdad en los diferentes ámbitos

Más detalles

CONCEJO MUNICIPAL TOTORO CAUCA. ACUERDO No 012 ( )

CONCEJO MUNICIPAL TOTORO CAUCA. ACUERDO No 012 ( ) CONCEJO MUNICIPAL ACUERDO No 012 ( ) POR MEDIO DEL CUAL SE CREA Y REGLAMENTA EL COSO MUNICIPAL Y SE ESTABLECE EL ALBERGUE MUNICIPAL PARA PERROS, GATOS Y OTRAS ESPECIES El Concejo Municipal de Totoró, Cauca,

Más detalles

REPÙBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )

REPÙBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) REPÙBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 119 del Decreto Ley 19 de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, En ejercicio

Más detalles

Alcaldía de Medellín DECRETO NÚMERO 1147 DE 2005. (Mayo 27)

Alcaldía de Medellín DECRETO NÚMERO 1147 DE 2005. (Mayo 27) DECRETO NÚMERO 1147 DE 2005 (Mayo 27) Por medio del cual se reglamenta los requisitos para el Recibo de Obras de parcelación, urbanismo y construcción, certificado de permiso de ocupación y se establecen

Más detalles

República de Colombia Alcaldía Municipal de Cajamarca Tolima Nit. 890700859-2

República de Colombia Alcaldía Municipal de Cajamarca Tolima Nit. 890700859-2 DECRETO No. 054 DE 2014 ( Noviembre 25 ) POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ MUNICIPAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR, DEL MUNICIPIO DE CAJAMARCA TOLIMA EL ALCALDE MUNICIPAL DE CAJAMARCA TOLIMA, En uso de sus facultades

Más detalles

Articulo 1. Artículo 2. Artículo 3. Artículo 4. Artículo 5.

Articulo 1. Artículo 2. Artículo 3. Artículo 4. Artículo 5. Proyecto de Ley por medio del cual se establece la responsabilidad de los medios de comunicación por la violación de sus deberes para con la infancia y la adolescencia y se dictan otras Articulo 1. Objeto

Más detalles

Departamento Técnico administrativo del Medio Ambiente (DAMA)

Departamento Técnico administrativo del Medio Ambiente (DAMA) Departamento Técnico administrativo del Medio Ambiente (DAMA) Organigrama I. MISIÓN Mejorar la calidad ambiental y por tanto, la calidad de vida de los habitantes de Bogotá D.C., con el apoyo de entidades

Más detalles

DIARIO OFICIAL 49541

DIARIO OFICIAL 49541 DIARIO OFICIAL 49541 Bogotá, Viernes 12 de junio de 2015 Ministerio de Minas y Energía RESOLUCIÓN NÚMERO 4 0659 DE 2015 (junio 10) por la cual se define el esquema de incentivos por el aprovechamiento

Más detalles

TERCERO. Que el artículo 3Q de la ley 1383 de 2010, estableció como autoridades de Tránsito a los Alcaldes Municipales.

TERCERO. Que el artículo 3Q de la ley 1383 de 2010, estableció como autoridades de Tránsito a los Alcaldes Municipales. f ALCALDÍA DE AGUAZUL Hechos de Gobierno por Aguazul DECRETO Nro. 26 DIC 20H POR EL CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA MEJORAR EL ORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS POR LAS VÍAS PÚBLICAS EN EL ÁREA URBANA

Más detalles

PARA COMENZAR: Aquí le daremos algunas guías de qué vigilar y cómo actuar en esos casos.

PARA COMENZAR: Aquí le daremos algunas guías de qué vigilar y cómo actuar en esos casos. PARA COMENZAR: El arquitecto y el profesional auxiliar de la arquitectura tienen la responsabilidad de actuar con criterio y enaltecer su profesión, de trabajar de manera recta con la ciudad, con la sociedad,

Más detalles

Departamento de Cundinamarca Municipio de Tenjo Secretaría de Protección Social

Departamento de Cundinamarca Municipio de Tenjo Secretaría de Protección Social DECRETO Nº 100 (Julio 1 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE CREA ELCONSEJO MUNICIPAL DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ DEL MUNICIPIO DE TENJO, SE DEROGA EL DECRETO 072 DE 1999 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES En uso

Más detalles

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do? NOMBRE DE LA LÍNEA: Derecho Ambiental Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?cod_rh=0000640182 1. ANTECEDENTES DE

Más detalles

ORDENANZA Nº 012-2005/MPH

ORDENANZA Nº 012-2005/MPH Año de la Infraestructura para la Integración ORDENANZA Nº 012-2005/MPH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE HUARAL VISTO Huaral, 12 de Setiembre de 2005

Más detalles

Proyecto De Ley Número 93 De 2015 Senado, 091 De 2014 Cámara

Proyecto De Ley Número 93 De 2015 Senado, 091 De 2014 Cámara Proyecto De Ley Número 93 De 2015 Senado, 091 De 2014 Cámara Por medio de la cual se modifican la Ley 73 de 1988 y la Ley 919 de 2004 en materia de donación de componentes anatómicos y se dictan otras

Más detalles

RESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( )

RESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( ) RESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( ) Por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento del registro de publicidad exterior visual en el Distrito Capital, se modifica el

Más detalles

TITULO XI GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL. Reglamento de Responsabilidad Social Empresarial

TITULO XI GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL. Reglamento de Responsabilidad Social Empresarial TITULO XI GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL TABLA DE CONTENIDO : Sección 1: Sección 2: Sección 3: Sección 4: Sección 5: Reglamento de Responsabilidad Social Empresarial Aspectos generales Lineamientos

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE JUSTICIA 3B'11- DECRETO N

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE JUSTICIA 3B'11- DECRETO N DECRETO N 3B'11- Asunción, J 3 de CU> O 5~) de 2015 VISTO: La presentación realizada por la Secretaría Nacional por. los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), mediante la cual solicita

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE 2014 - SENADO

PROYECTO DE LEY DE 2014 - SENADO PROYECTO DE LEY DE 2014 - SENADO Por medio de la cual se adiciona la Ley 769 de 2002, se suprime el artículo 62 de la Ley 361 de 1997 y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo

Más detalles

DEPARTAMENTO DE NARIÑO ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO. DECRETO No. 0867 DE 2009 ( 22 DE DIC 2009 )

DEPARTAMENTO DE NARIÑO ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO. DECRETO No. 0867 DE 2009 ( 22 DE DIC 2009 ) EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE PASTO En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el articulo 29 de la Ley 130 de 1994, La Resolución 001142 de 2009 proferida por

Más detalles

Medio ambiente sustentable

Medio ambiente sustentable Medio ambiente sustentable 10. Manejo de los recursos naturales 10. Aprovechar los recursos naturales con políticas de gestión integral y criterios de responsabilidad y sustentabilidad ambiental, económica

Más detalles

(B.O.E. de 7 de mayo de 2005)

(B.O.E. de 7 de mayo de 2005) Página 1 de 9 RESOLUCIÓN DE 29 DE MARZO DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO, POR LA QUE SE APRUEBA EL RÉGIMEN DE ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN CATASTRAL. (B.O.E.

Más detalles

POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL

POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL (UGAM)" EN EL MUNICIPIO DE COMO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Apia Risaralda, Mayo de 2013 Señor JORGE HUMBERTO ARBOLEDA HINCAPIE Presidente Honorable Concejo y demás Concejales La Ciudad Las acciones

Más detalles

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS)

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Decreto Ejecutivo : 36524 del 07/04/2011 Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Ente emisor: Fecha de vigencia desde: Poder Ejecutivo 10/06/2011 Versión de la norma: 1 de 1 del 07/04/2011

Más detalles

NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE DE LA FORMACION PARA EL TRABAJO

NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE DE LA FORMACION PARA EL TRABAJO NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE DE LA FORMACION PARA EL TRABAJO Referentes internacionales. Para desarrollar el tema de la Formación para el Trabajo, se remonta a la Recomendación 195/2004 de la OIT que insta

Más detalles

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados Fecha de Boletín: Miércoles, 7 de abril de 1999 Nº de Boletín: 64 DECRETO 59/1999, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, de acuerdo con la

Más detalles

POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA INTRODUCCIÓN

POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA INTRODUCCIÓN RESOLUCIÓN AGM N 002 (Enero 02 de 2010) POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA INTRODUCCIÓN Basados en el artículo 2 de la Ley

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 3168 III. Otras Resoluciones Consejería de Empleo, Industria y Comercio 567 Dirección General de Industria y Energía.- Resolución de 29 de enero de 2015, por la que se actualiza, para el ejercicio de 2015,

Más detalles

MUNICIPIO DE VITERBO Nit. 800.090.833-5

MUNICIPIO DE VITERBO Nit. 800.090.833-5 H.C.M.2 ACUERDO No. 011 DE: 27 AGOSTO DE 2013. POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE UNA CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES QUE SE ENCUENTRAN EN MORA POR OBLIGACIONES CORRESPONDIENTES

Más detalles

Manual Especifico dirección de ecologia INTRODUCCIÓN

Manual Especifico dirección de ecologia INTRODUCCIÓN Pagina: 1 de 8 INTRODUCCIÓN El departamento de ecología y protección al medio ambiente tiene como objetivo Conservar, preservar y proteger el medio ambiente. Al hablar de ecología nos viene a la mente

Más detalles

Manual de Organización

Manual de Organización Manual de Organización SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN URBANA 1 INDICE PÁGINA INTRODUCCIÓN 3 MISIÓN Y VISIÓN 4 FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN 5 ÁMBITOS DE COMPETENCIA 6 ORGANIGRAMA 7 FUNCIONES Y ATRIBUCIONES 8

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS (Acuerdo No. 006) Pongo en consideración de esta corporación, el presente proyecto de acuerdo «Por medio del cual se autoriza al Alcalde Municipal, para dar en venta bienes ejidales

Más detalles

POR LA CUAL SE OTORGA PERMISO DE CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES DE LA EMPRESA AGUAS DEL SUR DE LA GUAJIRA S.A.

POR LA CUAL SE OTORGA PERMISO DE CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES DE LA EMPRESA AGUAS DEL SUR DE LA GUAJIRA S.A. RESOLUCIÓN No. 001667 DE 2009 ( 04 AGO. 2009 ) POR LA CUAL SE OTORGA PERMISO DE CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES DE LA EMPRESA AGUAS DEL SUR DE LA GUAJIRA S.A. MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL CESAR LA GUAJIRA

Más detalles

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico 1 Bogotá D.C., 20 de Octubre de 2009 COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico El Colegio Colombiano de Psicólogos es una entidad gremial, de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería

Más detalles

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL El 14 de marzo de 1.984 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 614, con el cual se determinaron las bases para la organización y administración de la

Más detalles

POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE BECAS EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA:

POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE BECAS EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA: PROYECTO DE LEY N ( ) DE 2015 CÁMARA POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE BECAS EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA: ARTÍCULO 1. OBJETO: La presente Ley tiene por objeto la creación de

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL ÁREA: ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE NORMAS BÁSICAS DE COMPETENCIAS

H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL ÁREA: ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE NORMAS BÁSICAS DE COMPETENCIAS H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL ÁREA: ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE NORMAS BÁSICAS DE COMPETENCIAS Breve Descripción: El área de Ecología y Medio Ambiente es un órgano del H. Ayuntamiento Municipal

Más detalles

FORMATO ÚNICO DE INSCRIPCIÓN BANCO DE OFERENTES

FORMATO ÚNICO DE INSCRIPCIÓN BANCO DE OFERENTES FORMATO ÚNICO DE INSCRIPCIÓN BANCO DE OFERENTES Señor oferente este es el Formato Único de Inscripción en el Banco de Oferentes. Para inscribirse en este Banco usted debe diligenciarlo íntegramente, incluyendo

Más detalles

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLUCION

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLUCION La Gaceta N 66 Miércoles 7 de abril 2010 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLUCION R-DC-54-2010. Despacho Contralor. Contraloría General de la República. San José, a las ocho horas del doce de marzo

Más detalles

Promulgada parcialmente: Septiembre 3 de 2004

Promulgada parcialmente: Septiembre 3 de 2004 GESTION DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Ley 25.916 Establécense presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios. Disposiciones generales. Autoridades competentes.

Más detalles

ACUERDO No.07 De Septiembre de 2014

ACUERDO No.07 De Septiembre de 2014 ACUERDO No.07 De Septiembre de 2014 "POR EL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL DE PUERTO ESCONDIDO - CÓRDOBA, PARA QUE ADOPTE LAS FIGURAS DE DACION DE PAGO Y CRUCE DE CUENTAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

Más detalles

ACUERDO ACUERDO NÚMERO 04 FEBRERO 2013

ACUERDO ACUERDO NÚMERO 04 FEBRERO 2013 ACUERDO NÚMERO 04 FEBRERO 2013 PROYECTO DE ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN UNAS CONDICIONES ESPECIALES PARA LOS SUJETOS PASIVOS, CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES DE LOS IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES

Más detalles

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, artículo 15 y el Acuerdo No. 013 Del 29 de Agosto del

Más detalles

Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011.

Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011. TEXTO ORIGINAL Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011. AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA NACIÓN.-

Más detalles

El Salvador, 2013. Fundamentos ecológicos

El Salvador, 2013. Fundamentos ecológicos El Salvador, 2013. Cada 26 de enero se celebra el Día Mundial de la Educación Ambiental, con el fin de crear conciencia en las actuales generaciones, y lograr de esta manera la responsabilidad individual

Más detalles

DEPARTAMENTO EMISOR CIRCULAR N 29.- OFICINA DE ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA

DEPARTAMENTO EMISOR CIRCULAR N 29.- OFICINA DE ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA DEPARTAMENTO EMISOR OFICINA DE ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA CIRCULAR N 29.- SISTEMA DE PUBLICACIONES ADMINISTRATIVAS FECHA: 05 de mayo de 2015.- REFERENCIA: MATERIA: Modificaciones introducidas por el

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE YONDO ANTIOQUIA NIT NO. 890.984.265-6 INVITACION PUBLICA

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE YONDO ANTIOQUIA NIT NO. 890.984.265-6 INVITACION PUBLICA INVITACION PUBLICA SELECCIÓN DE UNA (01) FIRMA INSTALADORA DE GAS NATURAL DOMICILIARIO (OPERADOR CONSTRUCTOR) PARA LAS VIVIENDAS DE LOS BARRIOS EL PRADO, URBANIZACION EL PRADO, LA ESPAÑOLA, 25 DE ENERO

Más detalles

«REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL MUNICIPIO DE CHAPINERÍA, MADRID. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

«REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL MUNICIPIO DE CHAPINERÍA, MADRID. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS «REGLAMENTO L VOLUNTARIADO SOCIAL L MUNICIPIO CHAPINERÍA, MADRID. EXPOSICIÓN MOTIVOS Las necesidades sociales no cubiertas y que, en muchos casos, no alcanza a prestar la Administración por sus propios

Más detalles

Establécense los lineamientos de las actividades que involucren Organismos Genéticamente Modificados (OGM).

Establécense los lineamientos de las actividades que involucren Organismos Genéticamente Modificados (OGM). MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Resolución 763/2011 Establécense los lineamientos de las actividades que involucren Organismos Genéticamente Modificados (OGM). Bs. As., 17/8/2011 Visto el

Más detalles

ACUERDO 026 DE 2008 (Acta 011 del 2 y 3 de octubre) Por el cual se crea la Editorial Universidad Nacional de Colombia

ACUERDO 026 DE 2008 (Acta 011 del 2 y 3 de octubre) Por el cual se crea la Editorial Universidad Nacional de Colombia CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ACUERDO 026 DE 2008 (Acta 011 del 2 y 3 de octubre) Por el cual se crea la Editorial Universidad Nacional de Colombia EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO en uso de sus facultades

Más detalles

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: LEY 32 De 3 de junio de 2008 Que modifica la Ley 43 de 2004, Del Régimen de Certificación y Recertificación de los Profesionales, Especialistas y Técnicos de las disciplinas de la salud, y dicta otras

Más detalles

PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS

PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS TIBIRITA CUNDINAMARCA Diciembre 2014 RESOLUCION No. 037 (De 17 de Diciembre de 2014) Por el cual se adopta el Programa de Bienestar Social Laboral para el concejo municipal

Más detalles

Reglamento de las Tecnologías y las Comunicaciones de la Universidad Autónoma del Estado de México

Reglamento de las Tecnologías y las Comunicaciones de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento de las Tecnologías y las Comunicaciones de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES DE LA UAEM

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (0371) 26 de Febrero de 2009 EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL En ejercicio de

Más detalles

REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA PARA LA CREACION DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE GESTION AMBIENTAL DEL MUNICIPIO EL HATILLO (I.A.G.A)

REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA PARA LA CREACION DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE GESTION AMBIENTAL DEL MUNICIPIO EL HATILLO (I.A.G.A) REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA PARA LA CREACION DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE GESTION AMBIENTAL DEL MUNICIPIO EL HATILLO (I.A.G.A) REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO MIRANDA CONCEJO MUNICIPAL MUNICIPIO

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento se expide de conformidad con lo dispuesto en la Fracción

Más detalles

(marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN

(marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN ACUERDO 4 DE 2013 (marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se modifica el procedimiento

Más detalles

DECRETO NÚMERO 4444 DE 2006

DECRETO NÚMERO 4444 DE 2006 Hoja 1 de 1 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL (Diciembre 13) Por el cual se reglamenta la prestación de unos servicios de salud sexual y reproductiva EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (0372) 26 de Febrero de 2009 EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, En ejercicio de

Más detalles

Alcaldía Municipal La Palma

Alcaldía Municipal La Palma RESOLUCION ADMINISTRATIVA No. 0190 de (Septiembre 21) "POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL COMITÉ TÉCNICO DE SOSTENIBILIDAD CONTABLE DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA EL ALCALDE MUNICIPAL DE LA PALMA

Más detalles

Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras disposiciones

Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras disposiciones REPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL 4796 DECRETO NÚMERO DE 2011 ( 2 Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras

Más detalles

CODIGO DE SALUD. DECRETO No. 90-97 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA. CODIGO: CONCEPTO. Recopilación de leyes o estatutos de un país

CODIGO DE SALUD. DECRETO No. 90-97 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA. CODIGO: CONCEPTO. Recopilación de leyes o estatutos de un país DE LEYES Y NORMATIVA RELACIONADAS CON LA MISIÓN Y VISION DEL DRACES SEGUNDA PARTE LEYES SUPLETORIAS XII. CODIGO DE SALUD. DECRETO No. 90-97 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA. CODIGO: CONCEPTO. Recopilación

Más detalles

Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria

Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Propuesta de Reformas al Marco Jurídico de las Bibliotecas en México presentada por la Dirección General de Bibliotecas del Consejo Nacional para

Más detalles

LEY 14343 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

LEY 14343 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES LEY 14343 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- OBJETO. La presente Ley tiene por objeto regular la

Más detalles

DECRETO No. 344 ( 29 DE SEPTIEMBRE DE 2.008)

DECRETO No. 344 ( 29 DE SEPTIEMBRE DE 2.008) DECRETO No. 344 ( 29 DE SEPTIEMBRE DE 2.008) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTAN MECANISMOS Y SE DICTAN MEDIDAS PARA EJERCER VIGILANCIA Y CONTROLAR LA PRESTACIÓN ILEGAL DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE EN

Más detalles

1. OBJETIVO 2. ALCANCE

1. OBJETIVO 2. ALCANCE 1. OBJETIVO Este instructivo tiene como fin establecer las actividades necesarias para garantizar el adecuado manejo y disposición final de los residuos ordinarios generados en la Universidad del Atlántico,

Más detalles

GUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL

GUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL GUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL Pág. 1.- LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL 2.- MARCO JURÍDICO DE LA PLANEACIÓN MUNICIPAL 2.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Más detalles

PROGRAMA PRESIDENCIAL COLOMBIA JOVEN

PROGRAMA PRESIDENCIAL COLOMBIA JOVEN PROGRAMA PRESIDENCIAL COLOMBIA JOVEN El Programa Presidencial Colombia Joven fue creado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 822 del 8 de mayo de 2000 como un Programa adscrito al Departamento

Más detalles

CAPITULO 5. PROGRAMAS Y PROYECTOS

CAPITULO 5. PROGRAMAS Y PROYECTOS CAPITULO 5. PROGRAMAS Y PROYECTOS ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS CONTENIDO 1. DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS....2 1.1. PROGRAMA INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN

Más detalles

Ley marco sobre MITIGACIÓN DE DESASTRES para América Latina

Ley marco sobre MITIGACIÓN DE DESASTRES para América Latina Ley marco sobre MITIGACIÓN DE DESASTRES para América Latina Introducción. Los éxitos en el enfrentamiento de los fenómenos naturales, tecnológicos y sanitarios están en relación directa con la voluntad

Más detalles

PLAN ANUAL DE AUDITORIAS DE CONTROLINTERNO ALCALDIA MUNICICIPIO DE LA UNION 2015 PLAN DE CAPACITACION FOMENTO AL AUTOCONTROL

PLAN ANUAL DE AUDITORIAS DE CONTROLINTERNO ALCALDIA MUNICICIPIO DE LA UNION 2015 PLAN DE CAPACITACION FOMENTO AL AUTOCONTROL PLAN DE CAPACITACION FOMENTO AL AUTOCONTROL ALCALDIA DEL MUNICIPIO DE LA UNIÓN CONTROL INTERNO MARIO LEON MORALES LONDOÑO Secretario de Gobierno (e) encargado de Control Interno INTRODUCCION En las entidades

Más detalles

Documento realizado por: Abg. Heillen Heiber Dirección de Personal

Documento realizado por: Abg. Heillen Heiber Dirección de Personal TRANSPARENCIA VENEZUELA Transparencia Venezuela forma parte de la red mundial de la lucha anticorrupción de Transparencia Internacional, asociación que se encuentra interconectada con alrededor de 100

Más detalles

INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS ANEXO 1- ANTECEDENTES

INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS ANEXO 1- ANTECEDENTES INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS ANEXO 1- ANTECEDENTES 1. ANTECEDENTES GENERALES COLCIENCIAS y el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, FONTIC, en virtud del Convenio de Cooperación

Más detalles

El Congreso de la República de Colombia DECRETA:

El Congreso de la República de Colombia DECRETA: PROYECTO DE LEY No. DE 2012 - SENADO Por medio de la cual se adoptan medidas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud para mejorar el flujo de recursos y se dictan otras disposiciones El Congreso

Más detalles

REPÚBLICA DE VENEZUELA ESTADO NUEVA ESPARTA MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO

REPÚBLICA DE VENEZUELA ESTADO NUEVA ESPARTA MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO REPÚBLICA DE VENEZUELA ESTADO NUEVA ESPARTA MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO El Concejo Municipal del Municipio Santiago Mariño en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 178 de la Constitución de

Más detalles

LA COMISION NACIONAL CONTRA EL USO ILICITO DE LAS DROGAS (CONACUID)

LA COMISION NACIONAL CONTRA EL USO ILICITO DE LAS DROGAS (CONACUID) LA COMISION NACIONAL CONTRA EL USO ILICITO DE LAS DROGAS (CONACUID) De conformidad con lo establecido en los artículos 91, 93, 101, 205 y 209 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas;

Más detalles

COMPROMISO VOLUNTARIO

COMPROMISO VOLUNTARIO PROGRAMA DE AUTOGESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. COMPROMISO VOLUNTARIO Abril 2005 Compromiso voluntario que adopta(n) la(s) empresa(s), en adelante denominada La empresa, con la participación

Más detalles

Ejecución y Fortalecimiento de los programas y actividades del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Municipio de Florencia.

Ejecución y Fortalecimiento de los programas y actividades del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Municipio de Florencia. 1. NOMBRE DEL PROYECTO: Ejecución y Fortalecimiento de los programas y actividades del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Municipio de Florencia. 2.DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA O NECESIDAD: Las

Más detalles