LAVALLOL, L GUILLÓN, EL JAGÜEL, EZEIZA, LONGCHAMPS, GUERNICA, A. KORN

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1 PLAN ESTACIONES Licitación Pública ADIF Nº 08-ADIF-2012 LINEA Gral. ROCA - ETAPA III B Remodelación y puesta en valor de las estaciones: TURDERA, LAVALLOL, L GUILLÓN, EL JAGÜEL, EZEIZA, LONGCHAMPS, GUERNICA, A. KORN ESPECIFICACIONES Y MEMORIA TÉCNICA ANEXOS

2 SECCION 1 - CONDICIONES PARTICULARES (PCP) SECCIÓN 2 - DATOS DEL LLAMADO SECCIÓN 3 - MEMORIAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES (PETP). Planos y Anexos gráficos. SECCIÓN 4 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES (PETG) SECCIÓN 5 - ANEXOS Anexo I. MODELO DE CONTRATO Anexo II. REDETERMINACION DE PRECIOS Anexo III. PLANILLA DE COTIZACION. Anexo IV. COMPRE TRABAJO ARGENTINO Anexo V. MODELO DE CERTIFICADO - 2

3 SECCION 1 CONDICIONES PARTICULARES CAPÍTULO I - OBJETO ARTÍCULO 1 - Objeto y Alcance de las Obras. ADIF - Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado llama a Licitación Pública para la contratación y ejecución de la obra PLAN ESTACIONES - LINEA GENERAL ROCA - ETAPA III B, la que se regirá por las presentes Condiciones Particulares en forma complementaria al Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras, al Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y a los demás documentos que integren esta Documentación Licitatoria. El presente pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones. El alcance de las obras objeto de la presente Licitación Pública, comprende diversos trabajos en las estaciones de la citada línea y sus entornos, entre los cuales se encuentran remodelaciones y puesta en valor de edificios existentes, intervenciones en andenes, núcleos sanitarios, cubiertas, túneles, puentes, accesibilidad para discapacitados, cercos perimetrales y entre vías, áreas verdes y de tránsito peatonal etc. La licitación comprende la ejecución de obras en las siguientes estaciones: - TURDERA - LAVALLOL - L. GUILLÓN - EL JAGÜEL - EZEIZA - LONGCHAMPS - GUERNICA - A. KORN En ningún caso, por si o por terceros, o por empresas vinculadas, un Oferente o sus integrantes podrán participar en más de un consorcio Oferente u oficiar de Subcontratistas de otro Oferente. - 3

4 ARTÍCULO 2 - Alcance de la Obra. Sistema de contratación de la Obra. Rige para esta licitación el sistema de AJUSTE ALZADO, con presupuesto oficial. Las obras se contratarán por ajuste alzado sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su propuesta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al solo efecto del pago a cuenta del importe total de la obra. Ese importe remunerará la totalidad de las obras y trabajos hasta completar el alcance definido en la documentación contractual en los plazos y con la calidad fijada en los mismos y de acuerdo a las reglas del buen arte. Una vez terminadas, las obras entregadas por el Contratista deberán resultar completas y adecuadas a su fin. Los Oferentes deberán detallar su oferta económica de acuerdo a la Planilla de Cotización que se suministra en este PCP y donde no podrán modificar la descripción de los trabajos, las unidades de medida, ni las cantidades respectivas que en esa Planilla se indican. La Planilla de Cotización está dividida en ítems, quedando entendido que esa división está hecha con el objeto de facilitar la medición de los trabajos y su posterior pago. Los Oferentes no deberán modificar el contenido de los ítems, como tampoco agrupar subítems en ítems, ni viceversa. Tratándose de una obra licitada por el sistema de Ajuste Alzado, en los precios de cada ítem se considerarán incluidos todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, materiales, equipos y mantenimientos que sean necesarios prestar o proveer para llevar a cabo todos los trabajos y todos aquellos trabajos y desembolsos que, aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la Obra sea realizada en tiempo y forma previstos. El Oferente realizará una inspección "in situ" y todos los estudios necesarios que le permitan tener una interpretación integral de todas las tareas necesarias para la ejecución de los trabajos y evaluar de la manera más adecuada posible los riesgos inherentes a la contratación, sin poder alegar imprevisión alguna. En el caso de entender el Oferente que para completar las obras resulta necesaria algún elemento o gasto no explicitado en los ítems, el mismo deberá ser cotizado en forma implícita en los precios unitarios, pero sin alterar el enunciado original de esta Planilla de Cotización. No se reconocerán ajustes en el monto del contrato por diferencias entre el volumen real ejecutado en obra y el que se consigna en la Planilla de Cotización, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por ADIF. - 4

5 No se considerará como adicional, ni se aceptará variación del costo de la Obra por supuestos trabajos imprevistos que sean necesarios para satisfacer el Contrato. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra. La ADIF podrá aumentar las prestaciones contempladas en el Contrato, o autorizar la ejecución de otros ítems que no se encuentren originalmente previstos cuya estructura general de precios, gastos generales, beneficios, impuestos y costos de los materiales, insumos, mano de obra y equipos, se ajuste a la estructura de los análisis de precios que presentara el Oferente, hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) o disminuirlas hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) de su valor original, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. Para la determinación del precio respectivo, se tomarán como pautas de referencia los precios del Contrato. Todos los impuestos y tasas nacionales, provinciales y municipales que correspondieran por la ejecución de las obras objeto de la presente licitación, correrán por cuenta y cargo del Contratista. ARTÍCULO 3 Presupuesto Oficial. El Presupuesto Oficial se indica en la Sección 2. Datos del Llamado. ARTÍCULO 4 Plazo de los Trabajos. Plan de Trabajos. Orden de Inicio 4.1. Plazo de Ejecución de los Trabajos y Periodo de Garantía. El Plazo de Ejecución de las Obras comprendidas en la presente licitación y el Plazo de Garantía se definen en la Sección 2.Datos del Llamado. El Plazo de Ejecución de las Obras se computará desde la fecha del Acta de Inicio y la Recepción Provisoria y es el plazo máximo con el que contará el Contratista para la ejecución de la totalidad de los trabajos. El Plazo de Garantía es el plazo mínimo que regirá entre la Recepción Provisoria y la Recepción Definitiva. El Contratista deberá encarar desde el inicio los trabajos en cada una de las estaciones que componen la obra; habiéndose estimado el plazo contractual sobre la base de esta ejecución simultánea. Se aclara que el plazo contractual está considerado sobre la base de una prestación de personal, herramental y equipos adecuados al trabajo a realizar. De comprobarse demoras - 5

6 por insuficiencia de las prestaciones correspondientes, se exigirá incrementar las cantidades o adecuar el equipamiento, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades previstas. Cuando fuere necesario realizar cambios o alteraciones o incorporar nuevos trabajos a los contratados, se indicará su relación con las actividades del programa de trabajos vigente, su plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de ejecución de la obra. La falta de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las multas establecidas en el presente Pliego licitatorio. Sobre cada programación aprobada, el Comitente elaborará el correspondiente programa de pagos; en consecuencia, los plazos representarán la duración máxima de los compromisos asumidos por el Contratista y el mismo podrá acelerar el avance físico respecto a lo programado aunque, sin acuerdo previo de ADIF, no podrá exigir una consecuente aceleración del programa de pagos Plan de Trabajos. El Oferente elaborará un Plan de Trabajos desarrollado por el método Gantt que permita el análisis de la ejecución completa de la obra. Dicho programa constará de la siguiente documentación: - Detalle de todas las actividades a desarrollar con indicación, para cada una de ellas, de su duración. - Detalle de las fechas de comienzo y finalización de cada actividad. - Programa de inversiones mensuales por actividades, sobre la base del programa de trabajos. Las inversiones estarán en correspondencia con el mes en que se ejecutan las tareas. Las actividades en las que se proponga detallar la obra estarán perfectamente definidas, serán desagregadas en una cantidad adecuada de forma de permitir su rápida interpretación y serán de significación homogénea con duraciones acordes con la característica del emprendimiento. Además, las actividades o la composición de varias de ellas serán compatibles con los rubros o ítem en los que se indique la cotización de la obra. Asimismo, la desagregación de las tareas permitirá la concordancia con cada uno de los ítem que figuran en la Planilla de Cotización. El Plan de Trabajos definitivo será el que resulte de incorporar las observaciones del Comitente y de actualizar las fechas de acuerdo al Acta de Inicio. - 6

7 Luego de aprobado, se considerarán fijados todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar. Una vez iniciados los trabajos, el Contratista estará obligado a presentar mensualmente un informe pormenorizado del avance registrado y a actualizar como mínimo trimestralmente el Plan de Trabajos, así como preparar dentro de los DIEZ (10) días subsiguientes, el nuevo Plan que contemple las modificaciones necesarias cada vez que la marcha de los trabajos lo exija o se lo indique el Comitente, a su solo juicio. Las nuevas programaciones que se efectúen solo servirán para salvar las alteraciones ocurridas en el plan vigente y su aprobación, en modo alguno, servirá para justificar postergaciones en el plazo contractual de ejecución de las obras, salvo cuando fuera debidamente justificado por el Contratista y aprobado por el Comitente Orden de inicio. Firmado el contrato, ADIF dará la orden de inicio de los trabajos, estableciendo en ella un plazo para el comienzo de las obras, que será como mínimo de DIEZ (10) días, pudiendo en ese plazo autorizarse la ejecución de tareas preliminares. Dentro del plazo otorgado, las PARTES confeccionará un Acta de Inicio a fin de establecer la fecha cierta de origen de los plazos contractuales, firmada por el Inspector de Obra y el Representante Técnico del Contratista, considerándose que el Plan de Trabajos tiene vigencia a partir de la fecha establecida en dicha Acta. Si dicha Acta no se firmase, se considerará de pleno derecho que los plazos contractuales rigen automáticamente a partir del vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. CAPÍTULO II PROCESO DE LICITACIÓN ARTÍCULO 5 Preparación de las Ofertas. Los Oferentes que se presenten a la licitación con el compromiso de conformar Uniones Transitorias de Empresas o Consorcios podrán adquirir UN (1) solo Pliego. Sin embargo, en todos los casos, ya sea uno, varios o todos los integrantes de la asociación de empresas los que hayan adquirido pliegos, los adquirentes que se presenten asociados deberán denunciar ante ADIF la composición de los respectivos consorcios o uniones. antes de la fecha de cierre de la venta de pliegos. Producido el cierre de la venta de Pliegos, ADIF citará a cada una de las firmas o consorcios que se encuentran en condiciones de presentar oferta por haber adquirido el Pliego respectivo. para la realización en forma conjunta y simultánea de una recorrida informativa de las estaciones que se encuentran previstas en el presente llamado. Para - 7

8 ello, notificará fehacientemente con una anticipación mínima de DOS (2) días a cada adquirente del Pliego, con la anticipación necesaria. El objetivo de la recorrida será el de asegurar el pleno conocimiento por parte del Oferente de las características y particularidades de las obras y sus emplazamientos para permitir la formulación de las consultas aclaratorias que resulten pertinentes y la adecuada preparación de su oferta. En consecuencia, el Oferente deberá designar personal técnico con la suficiente capacitación para representarlo durante la recorrida. ADIF extenderá a quienes participen de la recorrida el correspondiente certificado que, presentado conjuntamente con la oferta, permitirá dar por cumplido el requisito de la Visita a Obra que resulta necesario para considerar admisible a una oferta. ADIF adecuará, si fuera necesario, los plazos para el cierre de realización de consultas y para la apertura de las ofertas, considerando la fecha efectiva de realización de la recorrida y comunicará a los adquirentes del Pliego las eventuales postergaciones que resulten necesarias. En todos los casos, la fecha límite para la formulación de consultas aclaratorias será como mínimo de DOS (2) días hábiles después de haberse realizado la recorrida y la fecha de apertura de ofertas será como mínimo TRES (3) días después de esa recorrida ARTÍCULO 6 Clase de Licitación. La presente licitación es de etapa múltiple. Los oferentes deberán presentar su propuesta en DOS (2) sobres entregados en conjunto en la fecha indicada para la recepción y apertura. Las propuestas se presentarán, foliadas y debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por los representantes legal y técnico de los proponentes en ORIGINAL DUPLICADO En el Sobre N 1, el Oferente incluirá toda la documentación requerida en el ARTICULO Nº 19 del PBC para el llamado, salvo la DOCUMENTACIÓN INHERENTE A LA OFERTA ECONÓMICA que se indica en los incisos 26, 27 y 28 del citado artículo. La inclusión en este sobre de todo dato o referencia directo o indirecto del que pueda establecerse la oferta económica del Oferente, implicará la desestimación automática de la oferta. Este sobre estará cerrado y llevará como únicas leyendas las siguientes: SOBRE N 1 PLAN ESTACIONES Línea Gral. ROCA ETAPA III B Estaciones: TURDERA, LAVALLOL, L. GUILLÓN, EL JAGÜEL, EZEIZA, LONGCHAMPS, Licitación ADIF Nº 08-12; - 8

9 la identificación del proponente; día y hora fijados para la apertura En el Sobre N 2 el Oferente incluirá la documentación inherente a la Oferta Económica (Artículo PBC Oferta Económica; Artículo PBC Planilla de Cotización de la Oferta y Artículo PBC Análisis de Precios). Este sobre estará cerrado y llevará como únicas leyendas las siguientes: SOBRE N 2 PLAN ESTACIONES Línea Gral. ROCA ETAPA III B Estaciones: TURDERA, LAVALLOL, L. GUILLÓN, EL JAGÜEL, EZEIZA, LONGCHAMPS, Licitación ADIF Nº 08-12; la identificación del proponente y la leyenda OFERTA ECONÓMICA. ARTÍCULO 7 Criterio de selección y adjudicación. En la fecha y hora establecidas en el llamado, se procederá a la apertura del SOBRE N 1 de cada oferta presentada y se mantendrá cerrado y en custodia el SOBRE N 2. La Comisión Evaluadora procederá al estudio de las ofertas sobre la base de la documentación presentada en el SOBRE N 1 y descartará aquellas que no resulten admisibles, realizando la correspondiente Acta de Calificación. Esta Acta deberá ser aprobada por la autoridad de ADIF que corresponda. Dicha Acta será notificada a todos los oferentes, fijándose en el mismo acto la fecha de apertura del SOBRE N 2 de las ofertas admisibles. Los Oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas no admisibles dispondrán de CINCO (5) días hábiles para retirar las mismas, al cabo de los cuales ADIF podrá proceder a su destrucción. Con las ofertas económicas que resulten del Sobre N 2; la Comisión Evaluadora establecerá un orden de mérito de las ofertas, desde la oferta de menor precio hasta la de mayor precio. Las adjudicaciones recaerán sobre la primera oferta en el orden de mérito de la licitación de que se trate, salvo que ADIF ya adjudicado a ese Oferente otra Licitación desde que fuera realizada la Acta de Calificación. En ese caso, ADIF evaluará la capacidad del Oferente de ejecutar en simultáneo las obras a adjudicar, realizando las siguientes verificaciones mínimas: - 9

10 1- El Oferente manifiesta expresamente que si resultase adjudicado en más de una licitación por ADIF, se encuentra en condiciones de ejecutar en forma simultánea y en tiempo y forma aquellas obras de que se trate. 2- Se verifica de acuerdo a la información presentada en el Sobre N 1 los siguientes requisitos adicionales; Patrimonio Neto y Activos líquidos (Activos Corrientes Pasivos Corrientes) o accesos a crédito superiores a la suma de los valores requeridos en el PCP de las licitaciones en las que el Oferente resultaría adjudicado Ejecución en los últimos DIEZ (10) años de un Volumen Anual en Trabajos de Construcción superior a la suma de los respectivos valores requeridos en el PCP de las licitaciones en las que el Oferente resultaría adjudicado Capacidad certificada por el RNCOP superior a la suma de los respectivos valores requeridos en el PCP de las licitaciones en las que el Oferente resultaría adjudicado Experiencia de UNA (1) obra concluida a satisfacción del Comitente en los últimos DIEZ (10) años de naturaleza similar y magnitud equivalente a la suma de los respectivos valores requeridos en el PCP de las licitaciones en las que el Oferente resultaría adjudicado. CAPÍTULO III ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO ARTÍCULO 8 - Certificación de los trabajos El Contratista o su Representante en Obra están obligados a asistir a todas las mediciones de las obras ejecutadas, así como a las recepciones de las mismas. En las actas y cómputos de estas mediciones debe constar la conformidad del Contratista o de su Representante. En caso que el Contratista no estuviese conforme con las clasificaciones o mediciones de obra deberá manifestarlo por Acta en las fojas de medición. La reserva deberá ser clara y precisa. Dentro del término de DOS (2) días hábiles administrativos justificará su disconformidad, detallando las razones que le asisten, sin cuyo requisito sus observaciones quedarán sin efecto, perdiendo todo derecho a reclamación ulterior. - 10

11 El Contratista no tendrá derecho a reclamación alguna si no formulare las observaciones en la oportunidad mencionada en el párrafo precedente. Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados el Certificado Mensual de Avance de Obra, según formulario aprobado por la Inspección, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuesto aprobados. Cada Certificado Mensual de Avance de Obra deberá ser acumulativo, es decir que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del Certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el Certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiere, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. El Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra que designe la ADIF, dentro de los primeros DIEZ (10) días hábiles del mes siguiente al que correspondan los trabajos, TRES (3) ejemplares de los certificados por él confeccionados para la conformidad de la Inspección de Obra y posterior aprobación por parte de la ADIF. De no presentar los certificados en tiempo y forma, dentro de los DIEZ (10) días hábiles subsiguientes, la Inspección de Obra podrá bajo apercibimiento, certificar de oficio, sin recurso alguno, la cantidad que se considere conveniente. Junto con el certificado de Obra, el Contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. El pago de cada certificado se efectuará dentro de los TREINTA (30) días corridos de la fecha de presentación - en forma completa - de la documentación pertinente. Presentados los certificados y aprobados los mismos en los niveles técnicos y administrativos, se procederá a su revisión en el término de QUINCE (15) días. Si se realizaran Certificados de Acopio, no se practicarán retenciones sobre esos certificados para constituir el Fondo de Reparo. ARTÍCULO 9 - Régimen de Acopio 9.1. Régimen de Acopio - 11

12 El Oferente podrá indicar con su oferta la necesidad de acopio de materiales y en tal caso establecerá el porcentaje correspondiente en la propuesta, reservándose el Comitente la decisión de su aprobación. En ningún caso el porcentaje a acopiar excederá el DOCE POR CIENTO (12 %) del monto de la propuesta original Método de Acopio Para acceder al Acopio, el Contratista deberá solicitarlo dentro de los QUINCE (15) días posteriores a la firma del Contrato, acompañando una fianza bancaria o póliza de seguro de caución a satisfacción del Comitente por el monto del anticipo solicitado y extendida a favor de ADIF, debiendo constituirse el fiador en liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia a los beneficios de exclusión y división. La solicitud de acopio deberá contener un detalle de los materiales y/o elementos a acopiar con sus correspondientes cantidades, calidades y precios unitarios, dejando expresamente aclarado que no se reconocerán variaciones de precios sobre los materiales que hayan sido acopiados. ADIF formulará las observaciones y aprobará o rechazará total o parcialmente la solicitud de acopio en el término de los VEINTE (20) días a partir de la firma del Contrato. El plazo para constituir el acopio será de VEINTE (20) días a contar desde la aprobación de la solicitud. Una vez aprobados los acopios por la Inspección de Obra, se procederá a labrar las actas de acopio que incluirá fecha, indicación del lugar, cantidad y descripción de los elementos acopiados y que se adjuntarán al certificado, junto con un aval bancario o póliza de caución a entera satisfacción de la ADIF, debiendo el fiador y/o asegurador renunciar a los derechos de división o exclusión, debiendo tener vigencia por todo el tiempo que demandare el cumplimiento de las obligaciones avaladas. Si la Inspección de Obra lo solicitase, el Contratista deberá suministrar cualquier información complementaria sobre equipos y materiales, incluyendo resultados de ensayos o pruebas que exigiese y muestras de aquellos que desee ensayar. La aprobación por parte de la Inspección de Obra no relevará al Contratista de su obligación de que los equipos y materiales satisfagan las condiciones exigidas en los documentos contractuales, y las que estipule o apruebe ADIF. Todos los materiales cuyo acopio se certifique pasarán automáticamente a ser de propiedad de ADIF, constituyéndose el Contratista en depositario de los mismos, con todas las obligaciones y responsabilidades que fijan para el caso los Códigos Civil y Penal. Si a criterio de la Inspección de Obra las condiciones de seguridad y conservación de los materiales acopiados y depositados en obra no fueran adecuadas, el Comitente podrá - 12

13 ejecutar la Póliza precedente en el caso que el Contratista no regularice la situación en un lapso de CINCO (5) días hábiles a partir de la notificación escrita Método de Desacopio: La Inspección de Obra descontará del importe de cada certificado las sumas pagadas al Contratista en concepto de acopio al producirse la incorporación a la obra de los materiales y/o elementos acopiados, se producirá el certificado de obra básica, haciendo abstracción del acopio realizado oportunamente y de acuerdo a la aprobación del Comitente. Por separado, y en carácter de nota de crédito, se ejecutará el certificado de desacopio básico, correspondiente a los materiales incorporados a la obra a la fecha de dicha incorporación. Deberá presentar asimismo planilla resumen de certificados de obra básica, acopio y desacopio, y el saldo resultante El desacopio se efectuará mensualmente de acuerdo a los materiales realmente incorporados a la obra y con el aval de la inspección Lugar de Acopio El acopio deberá efectuarse preferentemente en obra, como excepción, y cuando las circunstancias lo hagan imprescindible por las características del material u otro motivo justificado, se podrá autorizar el acopio en otro lugar sujeto a la aprobación de de la Inspección. El Contratista se hará cargo de todos los gastos inherentes al traslado del personal de la Inspección de Obra o que se afecte al control y supervisión de los materiales, y para la verificación de los materiales, garantizando el libre acceso al mismo en cualquier momento. Para la aprobación del lugar de acopio se tendrá que considerar, entre otras razones, las de seguridad y de mejor conservación de los elementos o materiales a acopiar Calidad de materiales a acopiar Los materiales o elementos a acopiar deberán responder a las características y calidades fijadas y a las muestras aprobadas, estando facultada la Inspección a su rechazo. En tal caso, los materiales deberán ser retirados de la obra por el Contratista en el plazo que aquella fije y vueltos a entregar en las condiciones que se exigen y en el plazo que determine la Inspección de Obra, de acuerdo a las características del material. - 13

14 Si el Contratista adujera que algún material no puede ser acopiado por inconvenientes en plaza, deberá por intermedio de la Inspección de Obra, elevar dicho faltante y el Comitente en un plazo no mayor de CINCO (5) días, decidirá si el material se encuentra en plaza o el Contratista lo deberá sustituir por otro que el Comitente le especifique a tal efecto. Si se constatara la pérdida o deterioro del material acopiado, el Contratista deberá reponerlo inexcusablemente a su costa, en el plazo que le fije la Inspección Certificados de acopio Los certificados de acopio se tramitarán como sus similares de obra pero serán abonados dentro de los DIEZ (10) días de presentados en forma satisfactoria a juicio de la Inspección de Obra. Los precios que se reconocerán a los efectos de la liquidación, certificación y pago de acopios serán los indicados en las facturas que en cada caso el Contratista deberá adjuntar a su liquidación, los cuales no podrán superar los indicados en la solicitud de acopio. Todos los materiales acopiados y destinados a ser incorporados a la obra deberán ser nuevos, sin uso y de reconocida marca y calidad. Las facturas de los materiales incluidos en el acopio, deberán ser emitidas por fabricantes o distribuidores de materiales de reconocido prestigio y solvencia, acorde con la provisión solicitada y aprobada por la Inspección de Obra. ARTÍCULO 10 - Redeterminación de Precios El monto del presente contrato estará sometido a la Metodología de Redeterminación de Precios que a continuación se detalla. A los efectos de aplicar la presente metodología se tomará como mes básico para la Redeterminación de Precios, el mes calendario anterior al mes en el cual se produjo la presentación de la oferta económica. Cuando proceda la Redeterminación de Precios, se considerará que a la obra ejecutada en un determinado mes calendario le corresponden los precios calculados al mes calendario anterior. Mensualmente y con cada certificado básico que se presente, el Contratista deberá presentar el cálculo de la Redeterminación de precios de la obra faltante de certificar. - 14

15 La Redeterminación de Precios solo procederá si se verifica que el monto de la obra faltante calculado a los precios redeterminados representa una variación superior al CINCO POR CIENTO (5%), en más o en menos, respecto al monto de la obra faltante calculado con los precios básicos o de la última Redeterminación aprobada. A los efectos del cálculo, se considerará también como obra faltante la ejecutada en el certificado básico que se presenta con el cálculo de la Redeterminación. Si se verificase el supuesto del acápite anterior, el certificado a precios redeterminados se calculará con los precios redeterminados en ese mes. Adicionalmente, cuando la Redeterminación implique un incremento del costo de la obra, deberá verificarse que el Contratista formule con la elevación del certificado correspondiente la pertinente renuncia a reclamos ulteriores, como así también, que extienda el monto de la garantía de contrato. Los precios de referencia para calcular la Redeterminación son los que se indican en este PCP. Las partes acordarán nuevos precios de referencia solamente si, por cualquier causa, resultara imposible obtener los precios de referencia citados. Las fórmulas para el cálculo de la Redeterminación de Precios se detallan en el Anexo correspondiente en la Sección 5 Anexo II. ADIF podrá requerir aclaraciones y correcciones a los análisis de precios presentados en la oferta luego de la adjudicación de la obra y antes de la firma del contrato, las cuales deberán respetar en todos los casos los precios cotizados. ARTÍCULO 11º Documentación de la Obra Toda la documentación inherente a la obra como Certificados de Obra, Certificados de Redeterminación, Certificados de Acopio o Desacopio, Libros de Ordenes de Servicio, Notas de Pedido, Partes Diarios, Planillas de medición, etc., deberán ajustarse a los modelos y formularios presentados en la presente documentación licitatoria o que oportunamente suministre la Inspección de Obra Libro de Órdenes de Servicio Los libros de Órdenes de Servicio, tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obras y por el Profesional Responsable de la Empresa como constancia de haber tomado conocimiento. También se anotarán en él los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras. Este libro permanecerá en poder de la Inspección de Obra. - 15

16 11.2. Libro de Notas de Pedido Los libros de Notas de Pedido tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro la Empresa Contratista asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas constructivas, observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración. Respecto de los pedidos de aprobación, los mismos deberán ser firmados por su Representante de Obra y en dicho libro el Inspector procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo y firmando al pié. Este libro permanecerá en poder de la Inspección de Obra Libro de Partes Diarios El Contratista estará obligado a entregar diariamente a la Inspección, la que deberá conformarlo, el parte diario donde se consigne: 1) Número de personal ocupado: presentes y ausentes. 2) Gremios que trabajan, con indicación del número de personal ocupado. 3) Materiales ingresados a la obra; detalle, cantidad y fecha. 4) Trabajos realizados. 5) Condiciones climáticas. 6) Equipos en obra: características, cantidad y calidad. 7) Eventuales circunstancias que hayan impedido el normal desarrollo de los trabajos. Solo el oportuno y detallado señalamiento de este tipo de circunstancias ameritara la consideración de las mismas para el eventual otorgamiento de ampliaciones de plazo Estos partes se confeccionarán por triplicado y quedarán dos ejemplares en poder del Inspector de Obra. Los formularios serán numerados correlativamente y provistos por el Contratista, previa aprobación por la Inspección de su texto. ARTÍCULO 12 - Horarios de trabajo Los trabajos se realizarán durante el horario de funcionamiento de los trenes debiendo correr por cuenta del Contratista las medidas necesarias para preservar la adecuada y segura circulación de los usuarios del servicio y minimizar sus inconvenientes. Cuando la naturaleza de las tareas exija la ejecución de trabajos fuera de la hora de funcionamiento de los trenes, la Contratista deberá programarlo y solicitar la correspondiente autorización - 16

17 a la Inspección de Obra con una antelación mínima de CINCO (5) días, indicando el tipo de trabajo, la franja horaria que insumirá y el personal habilitado a ingresar a la estación. En el caso de que deban ejecutarse trabajos en servicios ferroviarios eléctricos a distancias menores a los DOS (2) metros de la catenaria, tercer riel, transformadores, usinas o cualquier elemento del sistema de potencia, el Contratista en forma previa a la programación de los mismos deberá consultar a la Inspección de Obra la franja horaria adecuada para la ejecución de los mismos. El Contratista deberá programar y notificar con una anticipación mínima de VEINTE (20) días la ejecución de estos trabajos, con indicación exacta de los días, lugares y características de la intervención de que se trate. ARTÍCULO 13 - Recepción de las Obras A todos los efectos los trabajos encomendados en cada una de las estaciones se consideran en conjunto como parte de una única obra integral y, por lo tanto los periodos de garantía y las devoluciones de las garantías y fondos de reparo, estarán condicionados a la terminación y recepción de los trabajos en la totalidad de las estaciones ferroviarias involucradas en el grupo. CAPÍTULO IV OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ARTÍCULO 14 Personal Clave del Contratista en Obra La presencia del Representante Técnico en obra deberá ser permanente durante la ejecución de los trabajos. Previa aprobación de la Inspección de Obra, el Representante Técnico podrá ser temporalmente reemplazado en obra por un Técnico capacitado para sustituirlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, de forma tal que no resienta la marcha de la Obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra, todo lo cual será exclusivo de los Representante Legales o Técnico. Toda justificación de inasistencia del Representante Técnico o su sustituto, se hará por escrito ante la Inspección de Obra. Cuando a juicio de la Inspección de Obra no responda a razones justificadas, la ausencia del Representante Técnico y su reemplazo o la falta de comparecencia del primero cuando así se le requiera, dará motivo a la aplicación de la sanción correspondiente por ausencia del Representante Técnico. El personal dependiente del Contratista no tendrá vínculo alguno con el Comitente - 17

18 El personal del Contratista deberá ser idóneo y suficiente para los trabajos a ejecutarse, y la Inspección de Obra podrá solicitar el cambio de todo obrero que considere incompetente, o su asignación a otra tarea. Asimismo la Inspección de Obra podrá solicitar la desvinculación, a costa del Contratista, de todo personal del Contratista que provocara desórdenes o indisciplina, y la ampliación del plantel de personal del Contratista cuando éste resultare insuficiente en acuerdo con el ritmo de avance de los trabajos. ARTÍCULO 15 - Obrador El Contratista podrá solicitar a ADIF las superficies de propiedad de la Sociedad que considere necesarias para la instalación de campamentos y obradores que ADIF entregará sin cargo si, a su exclusivo criterio, considera que esas superficies se encuentran disponibles para esos efectos. Considerando las necesidades de las obras en las estaciones, el Contratista presentará el diseño, características y todo otro elemento que permita a la Inspección de Obra abrir juicio a los fines de lograr la aprobación con que deberá contar, previamente a la ejecución de todas las obras provisionales para obradores. Este contará con oficinas, depósito vestuario y locales sanitarios, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, pudiendo ser reemplazado por obrador rodante, con las mismas comodidades detalladas anteriormente, previa aprobación de la Inspección. Una vez finalizados los trabajos, el Contratista deberá proceder al retiro de todas las instalaciones, construcciones, depósitos, etc., dejando los sitios ocupados en perfecto estado de limpieza y a entera satisfacción de la Inspección de Obra. Los obradores y campamentos que el Contratista estimara necesarios estarán incluidos dentro del precio total cotizado. ARTÍCULO 16 - Carteles de Obra y Elementos de Seguridad La ADIF proveerá, para instalar por la Contratista, al inicio de las tareas en cada una de las estaciones a intervenir, la cartelería inherente a las obras a ejecutar y elementos de seguridad tales como: cinta de seguridad, malla plástica, conos de circulación vehicular, balizas stickers para cascos, chalecos, cartel desvío a derecha e izquierda para cuadros de estación, andenes, cruces viales y peatonales, cartel aviso de obra para cuadros de estación, andenes, cruces viales y peatonales y cartel disculpe las molestias para cuadros de estación, andenes, cruces viales y peatonales. - 18

19 Del mismo modo, la ADIF hará entrega de los elementos de seguridad a utilizar de manera obligatoria en cada una de las obras a ejecutar, aclarando que se dispondrán acorde a la envergadura de las tareas y cantidad de personal a disponer en cada una de las estaciones, previa intervención de la Inspección designada para las obras. La Contratista estará obligada al uso y conservación de los elementos entregados, quedando a partir de la entrega de ellos en cada una de las obras, bajo su exclusiva custodia y conservación. En caso de que la Inspección designada por la ADIF compruebe de manera fehaciente el no cumplimiento de lo indicado, la Contratista será pasible de las sanciones y/o multas establecidas en el PBC de la presente contratación. Al finalizar las tareas, la Contratista se compromete a la devolución y entrega de todo lo recibido en el sitio que a tal efecto indique la Inspección de Obra designada por la ADIF. Lo indicado precedentemente no exime a la Contratista de la provisión y colocación de defensas, vallas, pasarelas, iluminación y señalización necesarias para seguridad tanto del personal empleado como de los peatones y usuarios de las estaciones. Asimismo, deberá proveer y asegurar el uso de los elementos de protección por parte tanto de su personal como de cualquier otra persona afectada a las tareas de la obra de conformidad a la normativa y a las mejores prácticas en la materia. Estas deberán ser mantenidas desde el inicio de las tareas hasta su completa finalización, Las pasarelas peatonales y demarcaciones de zonas de trabajo de carácter temporario, para permitir el movimiento peatonal de las estaciones, deberán cumplir con las reglamentaciones vigentes y deberán contar con la aprobación de la Inspección designada por la ADIF. ARTÍCULO 17 - Oficina para la Inspección. El Contratista instalará en lugar próximo a sus propias oficinas de obra o en una ubicación alternativa con el acuerdo de la Inspección, UN (1) local para la oficina de la Inspección y personal designado por ADIF. El local contará con adecuada ventilación e iluminación natural y acceso a sanitarios para uso del personal de inspección en las inmediaciones. La oficina contará con las características, moblaje y equipamiento básico que a continuación se indica: UNA (1) Computadora Portátil Tipo Notebook con sus respectivo Software de base: Windows XP profesional o VISTA, Office XP Professional, Norton antivirus, Software AUTOCAD 2005 cada uno con sus respectivas licencias Dicho equipo será devuelto al Contratista por la Inspección a la Recepción Definitiva de la Obra, - 19

20 en buen estado y con el desgaste propio del buen uso y conservación de los mismos. Servicio de UNA (1) conexión de Internet móvil. UNA (1) impresora a chorro de tinta o láser blanco y negro. Servicio de elementos de papelería de oficina e informática. Cascos reglamentarios. UN (1) Equipo de primeros auxilios UN (1) armario con llave y cerradura. Escritorios y sillas. Servicio de limpieza, mantenimiento y reparación de la oficina e instalaciones. ARTÍCULO 18º Serenos y personal de seguridad y vigilancia. La responsabilidad respecto de la vigilancia continua de la obra para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios le incumbe al Contratista. La adopción de las medidas de vigilancia y seguridad a las que se alude precedentemente no eximirá automáticamente al Contratista de las consecuencias de los hechos referidos. Los gastos generados por las medidas de seguridad deberán ser afrontados por el Contratista. La obligación de vigilancia y el régimen de responsabilidad establecido en el presente artículo rigen durante todo el período comprendido entre el Inicio de la obra y la recepción provisoria. El Comitente se reserva el derecho de colocar agentes adicionales a su cargo, cuando lo considere conveniente. En este caso el Contratista deberá proveer las comodidades complementarias necesarias, como también proveerá el transporte de los mismos, desde el sitio de trabajo a su residencia (asiento de cuadrilla) y viceversa. Se incluyen también a cargo del Contratista todos los elementos e instalaciones necesarias para que el personal de serenos cumpla correctamente con la tarea a su cargo. - 20

21 ARTÍCULO 19 Seguros - ART Previo al Acta de Inicio, el CONTRATISTA deberá presentar ante ADIF los originales de las pólizas y los comprobantes de pago de todos los seguros establecidos en la documentación licitatoria por los montos correspondientes. Asimismo, cuando corresponda, el Contratista deberá presentar a ADIF los comprobantes de nuevos pagos que permitan acreditar que las pólizas se encuentran vigentes. Los seguros de accidentes o lesiones del personal del Contratista y del Comitente afectado a la obra, contra terceros y de responsabilidad civil deberán contar con una cláusula de no repetición a favor del operador ferroviario de la línea de que se trate. Además, el Contratista deberá presentar con anterioridad al inicio de la obra la siguiente documentación: Programa de seguridad de acuerdo a lo estipulado en la Resolución 21/97 y su presentación ante la ART, Certificado de cobertura de la ART con el listado del personal y detalle de las CUIL correspondientes. Programa de capacitación del personal a implementar durante el transcurso de la obra y detalle del registro del personal asistente a los cursos de capacitación impartidos. Constancia de recepción por parte del trabajador de los elementos de protección personal necesarios entregados por el Contratista, con detalle de los elementos entregados. El incumplimiento de las condiciones indicadas en el presente Artículo determinará el no inicio de los trabajos o la paralización de la obra, según corresponda, resultando de aplicación en ambos casos las penalidades correspondientes por mora de inicio de los trabajos o por paralización de obra injustificada.. ARTÍCULO 20 Disposiciones Varias Serán de estricto Cumplimiento las normas y leyes que se enuncian a continuación: - Ley de Riesgos del Trabajo Nº y Decreto Nº 1278/00 y normas complementarias y modificaciones. - 21

22 - Ley General de Ferrocarriles Nacionales y sus modificatorias, Reglamento General de Ferrocarriles, aprobado por Decreto Nº 90325/36, sus actualizaciones y reglamento interno Técnico Operativo de Ferrocarriles. - Normativa Interna de las empresas Ferroviarias. Resolución P.Nº 2334/1978 de Ferrocarriles Argentinos en la que se establece las Medidas de seguridad para Empresas Contratistas. - Especificaciones Técnicas para trabajos de Movimientos de Tierra y Limpieza de terrenos (Resolución D. Nº 887/66). - Normas Técnicas de Vía y Obras. - Normativa de seguridad vigente del operador de la línea ferroviaria. - Normas para los cruces entre Caminos y vías Férreas (Resolución SETOP 7/81 Decreto Nº 747/88. - Reglamento de Puentes Ferroviarios de Hormigón armado y sus anexos de Puentes Metálicos, para Puentes ferroviarios de ferrocarriles Argentinos. - 22

23 SECCION 2 CONDICIONES PARTICULARES PLAN ESTACIONES Línea Gral. ROCA ETAPA III B Estaciones: TURDERA, LAVALLOL, L. GUILLÓN, EL JAGÜEL, EZEIZA, LONGCHAMPS,. Licitación ADIF Nº 8-12 Presupuesto Oficial ART 3 PCP PESOS DIESCINUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ ) MÁS IVA.- Plazo Previsto para la Obra ART 4.1 PCP Ciento Ochenta (180) días. El Contratista deberá iniciar las tareas en forma simultánea en todas las estaciones que componen el llamado, desarrollando las mismas sin solución de continuidad hasta su finalización. El incumplimiento de estas condiciones en alguna de las estaciones implicará la aplicación plena de las penalidades por mora en el inicio o por paralización de los trabajos correspondientes a toda la obra, independientemente que se inicien o continúen los trabajos en otra u otras de las estaciones que componen el llamado Tipo de Licitación De Etapa Múltiple. ART. 24 PBC Sistema de Contratación ART 8 PBC Ajuste Alzado Fecha de Apertura y Lugar de Apertura Lugar de Apertura: Fecha de Apertura: Ramos Mejía 1302 Piso 1. Sala Néstor Kirchner, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La indicada en el llamado. ART 17 PBC Incisos del ART 19 PBC no aplicables en este llamado ART 19 PBC No resultaran de aplicación en este llamado los siguientes incisos del Artículo PBC:

24 Garantía de Mantenimiento de Oferta ART19.5 PBC Monto de la Garantía de Oferta: PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL ($ ). Visita a obra. ART19.8 PBC El Oferente deberá haber concurrido a la recorrida establecida en el PCP en la cual se le extenderá el comprobante correspondiente. Compre Argentino. Integración mínima local requerida: SESENTA POR CIENTO (60%) ART19.9 PBC Carta de Crédito. ART19.13 PBC Se requiere el Acceso a Crédito acreditado, solo si resultan insuficientes los Activos Corrientes para cumplir lo exigido en 20.1.g. y por un monto mínimo equivalente al faltante. Plazo de Garantía. El plazo de garantía será de CIENTO OCHENTA (180) días. ART 94 PBC Requisitos de admisibilidad de las Ofertas. Índice de Solvencia superior a UNO CON TRES décimas (1,3) Índice de Liquidez superior a UNO CON TRES décimas (1,3) ART 20.1.g PBC Patrimonio Neto superior a PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ ) Activos Corrientes + Accesos a Crédito superior a PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL ($ ) Volumen Anual en Trabajos de Construcción superior a superior a PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ ). Certificado de Capacidad en Obras de Ingeniería y/o Arquitectura o especialidad afín del RNCOP superior a PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ ). Experiencia en obras Naturaleza y Magnitud similar en los últimos DIEZ (10) años: Se exige una obra de arquitectura que haya alcanzado un ritmo de ejecución, durante SEIS (6) meses, promedio total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($/MES ) Experiencia en obras de Naturaleza y Complejidad similar en los últimos DIEZ (10) años: Se exige como mínimo DOS (2) obras civiles de construcción, mejora, reparación o remodelación de edificios o infraestructura, que fueran realizadas con funcionamiento de las instalaciones y circulación de personas durante los trabajos. Los antecedentes tendrán un monto contractual mínimo ejecutado equivalente a la mitad del Presupuesto Oficial de la obra que se licita. - 24

25 Monto de los Seguros que debe contratar el Contratista Por Responsabilidad Civil extracontractual y contra terceros: PESOS DIEZ MILLONES ($ ) Por accidentes personales de los integrantes de la Inspección de Obra: PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL ($ ) Seguro contra todo Riesgo de Obra por un monto equivalente al Presupuesto Oficial IVA incluido Monto de la Garantía de Impugnación UNO POR CIENTO (1%) del Monto Previsto para la Obra IVA incluido. De no prosperar la impugnación, ADIF ejecutará dicha Garantía. ART 21 PBC Domicilio de ADIF para recibir notificaciones. Ramos Mejía 1302 Piso 6. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - 25

26 SECCION 5 - Anexos Anexo I. MODELO DE CONTRATO DE LOCACION DE OBRA Entre la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF), representada en este acto por el Sr. Don JOSE NICANOR VILLAFAÑE, D.N.I. Nº.., en su carácter de PRESIDENTE, por una parte, en adelante "el COMITENTE", y por la otra la firma.. representada en este acto por el Señor., DN.I. Nº.., en su carácter de.., cuya personería demuestra con la documentación que para constancia se agrega al presente, en adelante, el CONTRATISTA, denominadas en conjunto y en lo sucesivo las PARTES, acuerdan suscribir el presente Contrato de Locación de Obra, con sujeción a las siguientes Cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO 1.1 El presente CONTRATO de LOCACIÓN DE OBRA tiene por objeto la ejecución de la obra El alcance de las obras comprende los ítems y el detalle de los mismos tal y como se encuentran especificados en la Sección 3 PLIEGO DE ESPECIFICACIONE SY MEMORIA TECNICA del PCP y la PROPUESTA adjudicada al CONTRATISTA. CLÁUSULA SEGUNDA: SISTEMA DE CONTRATACIÓN De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2º del PCP, las obras se contratan por el sistema de contratación de Ajuste Alzado. CLÁUSULA TERCERA: MONTO PREVISTO DE LOS TRABAJOS. El COMITENTE encomienda al CONTRATISTA los trabajos descriptos en el OBJETO por un total de PESOS MÁS IVA ($.+ IVA). - 26

27 CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Se prevé un plazo de obra de. ( ) días corridos. CLÁUSULA QUINTA: DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL La documentación que conforma el CONTRATO, la cual debe interpretarse en el orden de prelación establecido en el Artículo 3º del PBC, está integrada por: a- El Pliego de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias. b- El Pliego de Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias. c- El Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias d- Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias expedidas por escrito por la Inspección de Obra. e- El Reglamento de Compras y Contrataciones de ADIF. f- Las normas pertinentes del Código Civil. CLÁUSULA SEXTA: PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS Los incumplimientos de las obligaciones derivadas del CONTRATO, por causas imputables al CONTRATISTA importarán, previa intimación fehaciente, la aplicación de las sanciones y penalidades que se detallan en el Artículo 107º del PBC. CLÁUSULA SÉPTIMA: RESCISIÓN DEL CONTRATO El COMITENTE queda facultado a rescindir el presente CONTRATO con antelación a su vencimiento, en forma inmediata y sin que el CONTRATISTA tenga derecho a indemnización alguna, en los casos contemplados en el Artículo 98º del PBC. CLÁUSULA OCTAVA: SEGUROS El CONTRATISTA deberá presentar, en oportunidad de suscribirse el ACTA DE INICIO DE OBRA, la documentación que acredite la contratación de los seguros indicados en el Artículo 103º del PBC. CLÁUSULA NOVENA: CESIÓN 9.1 El CONTRATISTA no podrá ceder total o parcialmente el CONTRATO o los derechos y obligaciones derivados del mismo sin la previa aprobación por escrito del COMITENTE, - 27

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