CONFEDERACIÓN NACIONAL DE PESCADORES ARTESANALES CON COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CONFEDERACIÓN NACIONAL DE PESCADORES ARTESANALES CON COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO"

Transcripción

1 CONFEDERACIÓN NACIONAL DE PESCADORES ARTESANALES CON COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO Órgano competente Corte Suprema (3 Sala). Tipo de acción Recurso de Protección. Rol N Fecha Resultado Acogido. Ministros Sergio Muñoz G., Héctor Carreño S., Sonia Araneda B., Juan Escobar Z. y Guillermo Piedrabuena R. Ministro redactor Sergio Muñoz G. Partes Recurrente: Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile (CONFEPACH). Recurrido: Comisión de Evaluación de la VIII Región del Biobío. Legislación aplicable Constitución Política de la República, artículos 19, Nº 8, 20; Ley N , artículos 11 y 14 ter; Reglamento del SEIA, artículo 4 a 11.

2 Preguntas legales En un supuesto en el que el proyecto inicial fue sometido a un Estudio de Impacto Ambiental, es ajustado a derecho que una modificación posterior se someta simplemente a una Declaración de Impacto Ambiental? Descripción de los hechos La empresa Endesa, S.A., es propietaria de la Primera Unidad de la Central Termoeléctrica de Bocamina, situada en el sector Lo Rojas, en la comuna de Coronel (Región de Biobío). Posteriormente, procedió a la ampliación de la central a través del proyecto Ampliación Central Bocamina, Segunda Unidad. Dicho proyecto fue objeto de Estudio de Impacto Ambiental, obteniendo la Resolución Exenta nº 206/07 de 2 de agosto de 2007, de la COREMA de la Región de Biobío, con una calificación ambiental favorable. Más recientemente, el 25 de noviembre de 2011, la empresa Endesa, S.A. presentó al Servicio de Evaluación Ambiental (S.E.A.) una Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A) del proyecto llamado Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad, que fue admitida a tramitación el 28 de noviembre de 2011, estimándose cumplidos los requisitos mínimos de admisibilidad. Se trata de una serie de modificaciones en la Segunda Unidad, con el objetivo de mejorar el funcionamiento de la central, en términos ambientales y de seguridad. Específicamente, dichas obras se dividen en los siguientes grupos: - Obras relacionadas con la optimización de la Segunda Unidad, que corresponden a las modificaciones que son necesarias desde el punto de vista del diseño de ingeniería. Con el fin de optimizar la generación de energía, se realiza el cambio del tipo de generador de vapor (caldera), que requiere la modificación del sistema de refrigeración con agua de mar y del turbogenerador. - Manejo de insumos y residuos: carbón, caliza, agua industrial, petróleo diésel, cenizas, residuos líquidos y otros insumos. - Adecuaciones de seguridad y respaldo, necesarias para asegurar la operación de la Segunda Unidad: Planta de agua desmineralizada; transformadores eléctricos; sistema de generación de aire comprimido; generador diésel de emergencia; y medidas de mitigación de ruido.

3 - Obras nuevas respecto del proyecto aprobado: sistema de colección y tratamiento de aguas lluvias para el sistema de manejo de carbón. - Obras que se eliminan respecto del proyecto aprobado: estanque de almacenamiento de petróleo. La resolución que aceptó a tramitación la DIA fue objeto de recurso de protección por parte de la Confederación Nacional de Federaciones de Pescadores Artesanales de Chile (CONFEPACH), ante la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó el recurso (sentencia de 9 de abril de 2012, Rol Nº ). La Corte argumentó, en primer lugar, que la parte recurrente carecía de legitimación activa en relación a la garantía constitucional del artículo 19, Nº 8, relativo al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Éste exige una afectación al derecho a la vida e integridad física y psíquica, contemplado en el Nº 1, entendiendo que dichas disposiciones constitucionales se refieren a personas naturales precisas y determinadas. Y en el presente caso afirma que no se advierte cómo una persona jurídica puede verse afectada por contaminación ambiental. En segundo lugar, en base a que la aceptación a trámite de la DIA constituye un acto de mero trámite intermedio de carácter formal, en el que la autoridad simplemente realiza un test de admisibilidad, la Corte afirmó que no es posible divisar como dicha actuación puede significar una conculcación de garantías constitucionales. Entendió que no se puede considerar que exista una mera expectativa o amenaza en tal sentido, ya que es un acto no decisorio del problema de fondo, que posteriormente se concretará en la aceptación o denegación del a DIA presentada, la cual sí podría ser causante de un agravio. En virtud de estos dos motivos, rechazó el recurso, al entender que: la acción no puede prosperar al no existir un acto ilegal o arbitrario que ocasiones perjuicios a una persona jurídica o natural determinada (Considerando sexto). Alegaciones La parte recurrente interpuso un recurso ante la Corte Suprema. En relación a las alegaciones de las partes, se reproducen aquí las que se plasman en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción.

4 1. La parte recurrente alegó 1 que la autoridad competente había omitido las exigencias legales en relación a la naturaleza del proyecto, en tanto que admitió una simple DIA y no exigió un Estudio de Impacto Ambiental. La simple declaración de Impacto Ambiental presentada por el titular del proyecto fue suficiente para admitir su tramitación, considerando que las exigencias legales, administrativas y técnicas de un proyecto contenido de declaración de impacto ambiental son mucho menores a las exigencias de un estudio de impacto ambiental. Afirmó que la DIA resulta insuficiente a efectos ambientales, ya que no proporciona las herramientas necesarias para poder conocer los efectos reales del proyecto en el medio ambiente y en la calidad de vida de las personas que viven y trabajan en las zonas próximas al proyecto. Al tratarse de un proyecto que está aún en fase de gestación, es difícil conocer cuáles serán sus consecuencias, y es más difícil aún si el proyecto no se somete a estudio de impacto ambiental. Manifestó, además, su interés directo en el proyecto, en base a que los bienes ambientales cuya protección se quiere conseguir influyen directamente en los recursos pesqueros (existe una zona de manejo de recursos pesqueros a escasos 390 metros de la zona de succión y descarga de aguas de la planta) y en la calidad del aire. 2. La Comisión de Evaluación de la Región del Biobío alegó 2, en primer lugar, que la parte recurrente no había plasmado con exactitud los agravios a las garantías constitucionales que se alegan, de modo que no es posible determinar si realmente es agraviado para efectos de encontrarse legitimado para interponer esta acción cautelar. Por todo ello alegó la falta de legitimidad activa de la recurrente. En segundo lugar, afirmó que el recurso de protección es improcedente, en base a que se interpuso en contra de un órgano que no está legitimado pasivamente. Afirmó que fue el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío quien admitió la DIA y no la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío. Finalmente, alegó que no se configuran ninguno de los presupuestos constitucionales que den lugar a la admisión del recurso, ya que no se configura ninguna de las presuntas ilegalidades y arbitrariedades alegadas y porque el procedimiento se tramitó con pleno cumplimiento de las normas. 1 Dichas alegaciones figuran en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción. En el fallo de la Corte Suprema no se mencionan. 2 Dichas alegaciones figuran en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción. En el fallo de la Corte Suprema no se mencionan.

5 3. La empresa recurrida, Endesa S.A., alega, en primer lugar, que la Confederación Nacional de Pescadores Artesanales carece de legitimación activa para interponer el recurso de protección. En segundo lugar, argumenta que el acto de declaración que se cuestiona como ilegal y arbitrario es un mero examen de admisibilidad y que, por ello, solo importa el inicio del procedimiento de evaluación ambiental, en virtud del artículo 14 ter de la Ley Afirma que existe la opción de hacerlo por medio de Estudio o de Declaración y la autoridad es quien debe efectuar el control de suficiencia de la opción escogida. Y además, alegó en el recurso presentado ante la Corte de Apelaciones, que el proyecto no reunía las características o circunstancias incluidas en el artículo 11 de la Ley y en los artículo 5 a 11 del Reglamento del SEIA. De este modo, la presentación de la DIA se adecua a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento. Aplicación a los hechos (resumen de la decisión) La Corte Suprema acoge el recurso de protección, en base a las siguientes consideraciones: - Se rechaza la falta de legitimación activa de la parte recurrente, en tanto que la jurisprudencia y la doctrina han sostenido que la legitimación activa en un recurso de protección ha sido reconocida ampliamente a cualquier persona, natural o jurídica, afectada "en sus derechos", no estando nadie excluido de su ejercicio. - Las modificaciones del proyecto contemplan un conjunto de obras y actividades que de forma indudable tienen efecto en la disposición general de los equipos de la Segunda Unidad de la Central. Además, dichas modificaciones tienen como objeto conseguir una mejora a nivel ambiental y de seguridad. - Únicamente en base al Estudio de Impacto Ambiental es posible determinar si dichas modificaciones comportarán una mejora ambiental y no un peligro o daño para el entorno. - Los principios de prevención y de responsabilidad, base inspiradora de la Ley , solo se cumplen si los evaluadores los aplican desde el principio. Y ello solo es posible con el Estudio de Impacto Ambiental, del mismo modo en que se sometió el proyecto de la Segunda Unidad, y no con una simple Declaración, que resulta ser insuficiente. - Se califica el acto resultante de la Declaración como arbitrario. A pesar de ser una decisión administrativa adoptada dentro del ámbito competencial del órgano, no entiende el Tribunal como a través de una Declaración fue posible evaluar una

6 cuestión técnica de tal complejidad, en tanto que modifica un proyecto de generación de energía eléctrica que necesitó en su momento la presentación del Estudio de Impacto Ambiental. Además, el acto no incluye fundamentos ni motivos, por lo que lo considera una actuación desprovista de sustento. La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, de modo que se acoge el recurso de protección y se ordena que el titular del proyecto presente un Estudio de Impacto Ambiental a la Comisión de Evaluación de la Región de Biobío. Conclusión El carácter de las modificaciones será el elemento esencial y determinante para entender si un proyecto posterior puede simplemente tramitarse mediante DIA o si, de lo contrario, se requiere que se presente un Estudio de Impacto Ambiental. Es decir, si las modificaciones que incorpora el nuevo proyecto tienen un efecto directo y relevante en los equipos e instalaciones del proyecto que anteriormente fue tramitado por Estudio de Impacto Ambiental, será necesario que también se presente un Estudio de Impacto Ambiental. Solo así se podrá determinar el efecto real de las modificaciones en el medio ambiente. Incluso algo más general, solo mediante la tramitación de un EIA puede llegar a determinarse si las modificaciones causan o no el impacto ambiental al que se refiere el art. 11 de la Ley

RENÉ RODRIGO GONZÁLEZ TORRES Y OTROS CONTRA RECONSA S.A.

RENÉ RODRIGO GONZÁLEZ TORRES Y OTROS CONTRA RECONSA S.A. RENÉ RODRIGO GONZÁLEZ TORRES Y OTROS CONTRA RECONSA S.A. Órgano competente Corte Suprema (3 Sala). Tipo de acción Recurso de Protección. Rol N 2138-2012. Fecha 27.07.12. Resultado Acogido. Ministros Sergio

Más detalles

Santiago, diecisiete de octubre de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada, previa

Santiago, diecisiete de octubre de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada, previa 1 Santiago, diecisiete de octubre de dos mil diecisiete. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus considerandos sexto, noveno y duodécimo. Y se tiene en su lugar y además

Más detalles

Presentación del SEA Comisión Especial Investigadora de la actuación de los organismos públicos 13 de mayo de 2015

Presentación del SEA Comisión Especial Investigadora de la actuación de los organismos públicos 13 de mayo de 2015 Presentación del SEA Comisión Especial Investigadora de la actuación de los organismos públicos encargados de la protección de la Salud y el Medio Ambiente en la Comuna de Antofagasta 13 de mayo de 2015

Más detalles

INDICE GENERAL TEMÁTICO. CAPÍTULO I Concepto del recurso de protección. CAPÍTULO II El debido proceso

INDICE GENERAL TEMÁTICO. CAPÍTULO I Concepto del recurso de protección. CAPÍTULO II El debido proceso ÍNDICE GENERAL TEMÁTICO 4 8 3 INDICE GENERAL TEMÁTICO PRÓLOGO DE EDUARDO SOTO KLOSS...... 11 I. Presentación inicial...... 23 II. Introducción......... 24 1. Objetivos propuestos.... 24 2. Desarrollo de

Más detalles

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de. Y se tiene, en su lugar, además presente: Primero: Que según se deduce de lo dispuesto en el

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de. Y se tiene, en su lugar, además presente: Primero: Que según se deduce de lo dispuesto en el 1 Santiago, diez de mayo de dos mil diecisiete. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos 4 al 8 que se eliminan. Y se tiene, en su lugar, además presente: Primero:

Más detalles

El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental aplicado a las ERNC en la Región de Arica y Parinacota

El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental aplicado a las ERNC en la Región de Arica y Parinacota El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental aplicado a las ERNC en la Región de Arica y Parinacota SEREMIS Ministerio del Medio Ambiente Consejo de Ministros para la Sustentabilidad Superintendencia

Más detalles

Santiago, veinticinco de julio de dos mil diecisiete. Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de

Santiago, veinticinco de julio de dos mil diecisiete. Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de Santiago, veinticinco de julio de dos mil diecisiete. De conformidad con el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce la sentencia

Más detalles

VEINTE AÑOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTA EN CHILE.

VEINTE AÑOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTA EN CHILE. VEINTE AÑOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTA EN CHILE. UNA MIRADA DESDE EL PASADO A LOS DESAFIOS QUE VIENEN BOLÍVAR RUIZ ADAROS DIRECTOR REGIONAL SEA BIOBÍO Gobierno de Chile Servicio de Evaluación Ambiental

Más detalles

el art. 21 de la ley 48.

el art. 21 de la ley 48. Buenos Aires, 14 de octubre de 2008 Vistos los autos: A de la Provincia de Buenos Aires s/ amparo - med. cautelar@. Considerando: 1 ) Que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, al revocar el

Más detalles

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Recurso nº 94/2011 Resolución nº 85/2011 ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a 14 de diciembre de 2011. VISTO el recurso interpuesto por D.

Más detalles

Evaluación n Ambiental de ctrica

Evaluación n Ambiental de ctrica Evaluación n Ambiental de líneas de transmisión n eléctrica ctrica Carolina Negrete Leal Especialista Ambiental 23-09-2010 Marco Legal Ambiental en Chile Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente

Más detalles

EXPEDIENTE: DEN

EXPEDIENTE: DEN EXPEDIENTE: 006-02-2016-DEN RESOLUCION N 01. AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS DE LOS HABITANTES, A LAS OCHO HORAS DEL VEINTICINCO DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISEIS. Conoce la Agencia de Protección de Datos

Más detalles

TÉRMINO A CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN EN BASE A INFORME ITO

TÉRMINO A CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN EN BASE A INFORME ITO TÉRMINO A CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN EN BASE A INFORME ITO Fallo: 923-2013. Catorce de marzo de dos mil trece. Tercera Sala MATERIAS: - AUSENCIA DE ACTUACIÓN ILEGAL O ARBITRARIA POR PARTE DE AUTORIDAD RECURRIDA

Más detalles

Santiago, diez de julio de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de. sus fundamentos tercero a sexto, que se eliminan.

Santiago, diez de julio de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de. sus fundamentos tercero a sexto, que se eliminan. Santiago, diez de julio de dos mil diecisiete. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos tercero a sexto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero:

Más detalles

Santiago, seis septiembre del año dos mil seis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos sexto a catorce, que se

Santiago, seis septiembre del año dos mil seis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos sexto a catorce, que se 1 Santiago, seis septiembre del año dos mil seis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos sexto a catorce, que se eliminan; Y se tiene, en su lugar y además, presente:

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recursos nº 279 y 293/2012 Resolución nº 282/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 5 de diciembre de 2012. VISTAS la reclamaciones interpuestas por D.

Más detalles

Santiago, once de abril de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de

Santiago, once de abril de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de 1 Santiago, once de abril de dos mil diecisiete. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos tercero y cuarto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente:

Más detalles

'Jurisprudencia social

'Jurisprudencia social 'Jurisprudencia social RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS. MINISTERIO DE TRABAJO Competencias REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES En trámite de consulta la Dirección General de Trabajo señala su criterio sobre

Más detalles

PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III

PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III A. IDENTIFICACIÓN DE LA ASIGNATURA. Nombre de la asignatura: Carácter de la asignatura: Ubicación dentro del plan de estudio: Derecho Constitucional III Obligatoria

Más detalles

Santiago, diez de octubre de dos mil diecisiete. Se reproduce sólo la parte expositiva de la sentencia

Santiago, diez de octubre de dos mil diecisiete. Se reproduce sólo la parte expositiva de la sentencia 1 Santiago, diez de octubre de dos mil diecisiete. VISTOS: Se reproduce sólo la parte expositiva de la sentencia en alzada Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que en estos autos interponen recurso

Más detalles

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto

Más detalles

ÍNDICE SISTEMáTICO. AGRADECIMIENTOS... 9 PRÓLOGO PREFACIO ABREVIATURAS PARTE I RéGIMEN VIGENTE DEL RECURSO DE AMPARO

ÍNDICE SISTEMáTICO. AGRADECIMIENTOS... 9 PRÓLOGO PREFACIO ABREVIATURAS PARTE I RéGIMEN VIGENTE DEL RECURSO DE AMPARO ÍNDICE SISTEMáTICO AGRADECIMIENTOS... 9 PRÓLOGO... 11 PREFACIO... 31 ABREVIATURAS... 45 PARTE I RéGIMEN VIGENTE DEL RECURSO DE AMPARO 1. CONCEPTO, NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS... 49 2. ÁMBITO DEL RECURSO

Más detalles

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO:

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: C.A. de Concepción Concepción, veintisiete de junio de dos mil diecisiete. VISTO: Comparece don Víctor Hugo Angulo Ruiz, domiciliado en calle Fragata de Chile N 967, Chiguayante Sur, Concepción, en contra

Más detalles

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Vistos y considerando: Primero: Que en este juicio sumario rol N 10.640-2014 caratulado Aguas Magallanes S.A. con Superintendencia de Servicios Sanitarios,

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 050/2011 Resolución nº 089/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 23 de marzo de 2011. VISTO el recurso interpuesto por el SINDICATO PROVINCIAL DE SEVILLA DE

Más detalles

SENTENCIA A.A. Nº HUANUCO

SENTENCIA A.A. Nº HUANUCO Lima, veinticinco de mayo del dos mil diez.- Corte Suprema de Justicia de la República VISTOS; por sus fundamentos, y CONSIDERANDO además: Primero: Que, es materia de apelación la sentencia de fojas doscientos

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación EXPTE. 18.407 SALA 3 FD. N* CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES BOL_ 66 DE LA PLATA.OF. DE JURISPRUDENCIA PUBLICACIÓN EN SITIO WWW.PJN.GOV.AR Carpeta : DERECHO PROCESAL CIVIL RECURSO EXTRAORDINARIO.RECHAZO.DOCTRINA

Más detalles

Santiago, tres de abril de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de

Santiago, tres de abril de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de 1 Santiago, tres de abril de dos mil diecisiete. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos tercero a noveno, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente:

Más detalles

ANEXO 8-A EXPROPIACIÓN. Las Partes confirman su entendimiento común de lo que se expresa a continuación:

ANEXO 8-A EXPROPIACIÓN. Las Partes confirman su entendimiento común de lo que se expresa a continuación: ANEXO 8-A EXPROPIACIÓN Las Partes confirman su entendimiento común de lo que se expresa a continuación: 1. La expropiación puede ser directa o indirecta: a) la expropiación directa se produce cuando una

Más detalles

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Recurso nº 233/2016 Resolución nº 214/2016 ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a 13 de octubre de 2016. VISTO el recurso formulado por doña

Más detalles

Informe de Investigación

Informe de Investigación Informe de Investigación Título: LA GENÉRICA SINE ACTIONE AGIT Subtítulo: - Rama del Derecho: Derecho Civil Tipo de investigación: Compuesta Fuentes: Jurisprudencia Descriptor: Obligaciones y contratos

Más detalles

Criterios Técnicos para el Cierre de Faenas Mineras - Ley

Criterios Técnicos para el Cierre de Faenas Mineras - Ley Criterios Técnicos para el Cierre de Faenas Mineras - Ley 20.551 SERNAGEOMIN Ministerio de Minería Jorge Campos Guala Ingeniero de Proyectos De qué vamos a hablar: Actuales exigencias para el cierre de

Más detalles

INDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R.

INDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. INDICE I Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. Brewer Carías Introducción 11 I. El Derecho de Amparo y la Acción de Amparo 14 1.

Más detalles

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL El Tribunal Constitucional se regula en el Título IX de nuestra Constitución y se desarrolla en la Ley Orgánica 2/ 1979, de 3 de octubre. El tribunal constitucional como interprete

Más detalles

Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia Genera I

Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia Genera I Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia Genera I 2016 "APia del 8icentenario de la Declaracion de Independencia de I" Republica Argentina" Expte. N 12926/15 "Telecom Argentina

Más detalles

Diseño Ambiental de una Obra Hidráulica

Diseño Ambiental de una Obra Hidráulica Santiago 11 de Marzo 2008 Diseño Ambiental de una Obra Hidráulica Bienvenidos al Curso Taller de Proyectos Clase 1 Diseño Ambiental de una Obra Hidráulica Agenda 1. Presentación Profesores 2. Programa

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0169-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

4698 Boletín Oficial de Canarias núm. 47, martes 10 de marzo de ORDEN de 3 de marzo de 2009, por la que se

4698 Boletín Oficial de Canarias núm. 47, martes 10 de marzo de ORDEN de 3 de marzo de 2009, por la que se 4698 Boletín Oficial de Canarias núm. 47, martes 10 de marzo de 2009 333 ORDEN de 3 de marzo de 2009, por la que se resuelve, para el sistema eléctrico de Fuerteventura, el concurso público para la asignación

Más detalles

RECLAMACIÓN: R-2006/20. PRESIDENTE: Dña. Marta González Santa Cruz. VOCALES: D. Enrique Polo López D. Federico Isidro de Lis

RECLAMACIÓN: R-2006/20. PRESIDENTE: Dña. Marta González Santa Cruz. VOCALES: D. Enrique Polo López D. Federico Isidro de Lis Tribunal Económico-Administrativo Municipal Viera y Clavijo 46, 2ª planta 38004 S/C de Tenerife Teléfono 922 606 491 RECLAMACIÓN: R-2006/20 PRESIDENTE: Dña. Marta González Santa Cruz VOCALES: D. Enrique

Más detalles

Casa de Moneda s/ despido", para decidir sobre su procedencia.

Casa de Moneda s/ despido, para decidir sobre su procedencia. CSJ 498/2012 (48-L)/CS1 RECURSO DE HECHO Luque, Rolando Baltazar e/ Sociedad del Estado Casa de Moneda s/ despido. Buenos Aires, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1662/2000, DE 29 DE SEPTIEMBRE, SOBRE PRODUCTOS SANITARIOS PARA DIAGNÓSTICO

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1662/2000, DE 29 DE SEPTIEMBRE, SOBRE PRODUCTOS SANITARIOS PARA DIAGNÓSTICO 23.01.2012 PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1662/2000, DE 29 DE SEPTIEMBRE, SOBRE PRODUCTOS SANITARIOS PARA DIAGNÓSTICO «IN VITRO». El Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre,

Más detalles

Santiago, tres de octubre de dos mil diecisiete. Se confirma la sentencia en alzada de treinta y uno de

Santiago, tres de octubre de dos mil diecisiete. Se confirma la sentencia en alzada de treinta y uno de 1 Santiago, tres de octubre de dos mil diecisiete. Vistos: Se confirma la sentencia en alzada de treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción. Se previene

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 22/06/2016 Recurso Num.: 3061/2014 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

DICTAMEN 133/2014. (Sección 1ª)

DICTAMEN 133/2014. (Sección 1ª) DICTAMEN 133/2014 (Sección 1ª) La Laguna, a 14 de abril de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de

Más detalles

Santiago, treinta de Marzo de dos mil diecisiete.

Santiago, treinta de Marzo de dos mil diecisiete. Santiago, treinta de Marzo de dos mil diecisiete. Vistos: Primero: Que la Agencia Acreditadora de Arquitectura, Arte y Diseño de Chile S.A., deduce recurso de protección en contra de la Comisión Nacional

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 84/2014.

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 84/2014. Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 84/2014. En Madrid, a 20 de junio de 2014. Visto el recurso interpuesto por D. X, en su propio nombre y representación, contra la resolución del Comité

Más detalles

REFORMA DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

REFORMA DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL MINISTERIO DE JUSTICIA REFORMA DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 1 OBJETIVOS 2 MEJORAS PROCESALES 3 RECURSOS Y CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD 4 ORGANIZACIÓN DEL TC 1 Objetivos Facilitar

Más detalles

Encuentro Via Ambiental Puelo. Flavia Liberona C. Directora Ejecutiva Fundación TERRAM

Encuentro Via Ambiental Puelo. Flavia Liberona C. Directora Ejecutiva Fundación TERRAM Encuentro Via Ambiental Puelo Flavia Liberona C. Directora Ejecutiva Fundación TERRAM 29 MARZO 2014 Terram Fundación Terram es una organización de la sociedad civil que nace en 1997 y cuyo trabajo se orienta

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONTRACTUALES RECURSO 162/2017 RESOLUCIÓN M.C. 58/2017 RESOLUCIÓN DEL Sevilla, 18 de julio 2017 VISTA la solicitud de medida provisional formulada por la entidad RADIO TAXI SEVILLA, SOCIEDAD COOPERATIVA

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : I La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró mal concedido el recurso interpuesto contra lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la provincia

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación KERN ALDO C/ ANSES S.C. K.47; L. XLII. Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - El actor planteó la acción que prevé el artículo 15 de la ley 24.463 a fin de obtener la revocación

Más detalles

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Reclamación AIP nº 16/2016 Resolución AIP nº 16/2016 ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a 27 de abril de 2016. VISTA la Reclamación de acceso

Más detalles

TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL

TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL La jurisprudencia en materia electoral federal está regulada por la Constitución, por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Más detalles

Declaración de impacto ambiental [Recurso de protección, rechazado] CA RANCAGUA, 10 AGOSTO 2009. Alejandro García Huidobro con COREMA VI Región

Declaración de impacto ambiental [Recurso de protección, rechazado] CA RANCAGUA, 10 AGOSTO 2009. Alejandro García Huidobro con COREMA VI Región Declaración de impacto ambiental [Recurso de protección, rechazado] CA RANCAGUA, 10 AGOSTO 2009. Alejandro García Huidobro con COREMA VI Región Rancagua, diez de agosto de dos mil nueve. VISTO. Comparecen

Más detalles

Concepción, Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bio Bio 099 REPUBLICA DE CHILE COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE REGION DEL DIO DIO

Concepción, Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bio Bio 099 REPUBLICA DE CHILE COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE REGION DEL DIO DIO Comisión Regional del Medio Ambiente 099 REPUBLICA DE CHILE COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE REGION DEL DIO DIO CON AMA Resolución Exenta N : 54.321 del 12 de Agosto de 2001 COMISION NACIONAL DEL MEDIO

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES E DE MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 191/2013 Resolución nº 176/2013 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 14 de mayo de 2013. VISTO el recurso interpuesto por D. J.E.A.F., en representación

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 7

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 7 ORDENANZA FISCAL NÚMERO 7 TASA POR LICENCIA DE INICIO DE ACTIVIDAD Y LICENCIA AMBIENTAL. Artículo 1º.- Fundamento y Naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

Se informa favorablemente sobre el Proyecto de orden y se considera que no hay impedimento jurídico para su tramitación.

Se informa favorablemente sobre el Proyecto de orden y se considera que no hay impedimento jurídico para su tramitación. INFORME JURÍDICO Asunto: Proyecto de orden por la que se aprueba el modelo 990, de autoliquidación del Impuesto sobre La emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 885/2015 C.A. Galicia 113/2015 Resolución nº 966/2015 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 23 de octubre de 2015 VISTO el recurso interpuesto por D.

Más detalles

MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO OBJETIVO: MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO Realizar la tramitación, sustanciación y seguimiento de los medios de impugnación en materia electoral,

Más detalles

Alegaciones a) Parte Recurrente

Alegaciones a) Parte Recurrente ÁLVARO VARAS DEL CANTO Y OTROS CON COMISION DE EVALUACIÓN DE LA III REGIÓN DE ATACAMA Órgano competente Corte de Apelaciones de Copiapó Tipo de acción Recurso de Protección. Rol N 124-2014 Fecha 12.06.2014.

Más detalles

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST.

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST. 9441-06 BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 362 Modifica la Ley de Rentas Municipales sancionando el incumplimiento de la obligación del contribuyente de declarar la cantidad de trabajadores

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA REAL DECRETO /2011, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE LAS INFRACCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY 12/1989, DE 9 DE MAYO,

Más detalles

Visto: Considerando: Primero: Segundo:

Visto: Considerando: Primero: Segundo: Santiago, dos de noviembre de dos mil dieciséis. Visto: En autos RIT T-170-2015 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don Marcos Alonso Tapia Báez interpuso demanda de tutela laboral en

Más detalles

Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecisiete. Al otrosí del escrito folio N : estése a

Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecisiete. Al otrosí del escrito folio N : estése a 1 Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecisiete. Al otrosí del escrito folio N 63.253-2017: estése a lo que se resolverá. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente:

Más detalles

Recurso de Revisión Promovidos ante el Tribunal Contencioso Administrativo

Recurso de Revisión Promovidos ante el Tribunal Contencioso Administrativo 1) Recurso de Revisión 040/2009-P-4 Lic. Rafael Miguel González Lastra (Procurador General de Justicia del Estado) Oficio: 3212/2009-P-4 12 de noviembre de 2009 Con fecha 6 de noviembre de 2009, se dictó

Más detalles

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Reclamación AIP nº 32/2016 Resolución AIP nº 25/2016 ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a 25 de mayo de 2016. VISTA la Reclamación presentada

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 86/2015 C.A. Principado de Asturias 5/2015 Resolución nº 213/2015 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 6 de marzo de 2015. VISTO el recurso interpuesto

Más detalles

Guadalupe, Zacatecas, catorce de agosto de dos mil quince.

Guadalupe, Zacatecas, catorce de agosto de dos mil quince. TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL ESTADO DE ZACATECAS MEDIO DE IMPUGNACIÓN: JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: TEZ-JDC-004/2015 ACTOR: VÍCTOR HUGO

Más detalles

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Recurso nº 281/2017 Resolución nº 295/2017 ACUERDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a 18 de octubre de 2017. VISTO el recurso interpuesto por don

Más detalles

DICTAMEN 446/2015. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 446/2015. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 446/2015 (Sección 1ª) La Laguna, a 4 de diciembre de 2015. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tuineje en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

E XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc.

E XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc. E. 347. XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc. Buenos Aires, 20 de octubre de 1998. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora

Más detalles

Mercado hipotecario y seguridad del tráfico inmobiliario El problema de la judicialización de proyectos inmobiliarios y la protección de terceros

Mercado hipotecario y seguridad del tráfico inmobiliario El problema de la judicialización de proyectos inmobiliarios y la protección de terceros Mercado hipotecario y seguridad del tráfico inmobiliario El problema de la judicialización de proyectos inmobiliarios y la protección de terceros Francisco Bengoetxea 3 de diciembre de 2015 Índice 1. Acción

Más detalles

Unidad 11. Capacidad y legitimación.

Unidad 11. Capacidad y legitimación. Unidad 11 Capacidad y legitimación. UNIDAD 11 CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN CONCEPTO DE CADA FIGURA La capacidad es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones y ejercerlos por sí mismo. Así, la

Más detalles

Antecedentes. Prado, VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) Faxa: (+34)

Antecedentes. Prado, VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) Faxa: (+34) Resolución del Ararteko, de 5 de julio de 2013, por la que se recomienda al Ayuntamiento de Elorrio que deje sin efecto una sanción por infracción de la normativa urbanística. Antecedentes 1. Dos personas

Más detalles

Primero: Que por la presente acción de protección de garantías constitucionales se

Primero: Que por la presente acción de protección de garantías constitucionales se Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil trece. Vistos y teniendo además presente: Primero: Que por la presente acción de protección de garantías constitucionales se recurre en contra de la Comisión

Más detalles

XVII. CONSAGRACIÓN JURISPRUDENCIAL DE LA FIGURA DE LOS SALARIOS CAÍDOS COMO INDEMNIZACIÓN A RETIROS ILEGALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

XVII. CONSAGRACIÓN JURISPRUDENCIAL DE LA FIGURA DE LOS SALARIOS CAÍDOS COMO INDEMNIZACIÓN A RETIROS ILEGALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 255 año 2007 propuesta por el Presidente de la República, sino se trata que la materia allí sometida a modificación se exponga en otra oportunidad durante el mismo periodo presidencial, es decir, que el

Más detalles

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de. los considerandos 9 ) a 14 ), que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de. los considerandos 9 ) a 14 ), que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: 1 Santiago, nueve de octubre de dos mil trece. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los considerandos 9 ) a 14 ), que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero:

Más detalles

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE ARAGÓN

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE ARAGÓN RE 087/2016 Acuerdo 94/2016, de 15 de septiembre de 2016, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por Mª NIEVES GONZÁLEZ DÍEZ

Más detalles

MINUTA Nº CEC / 2007 / ÁREA : MEDIO AMBIENTE/ REGULACION

MINUTA Nº CEC / 2007 / ÁREA : MEDIO AMBIENTE/ REGULACION MINUTA Nº CEC / 2007 / COORDINACIÓN : ECONÓMICA ÁREA : MEDIO AMBIENTE/ REGULACION TEMA Flujo de proyectos en el Sistema de Evaluación de lmpacto Ambiental (SEIA) durante junio de 2007 AUTOR (ES) : Cristián

Más detalles

PRIMERO.- Que, por oficio Nº 4.466, de 5 de. proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, sobre. para otorgar la posesión efectiva de la

PRIMERO.- Que, por oficio Nº 4.466, de 5 de. proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, sobre. para otorgar la posesión efectiva de la Santiago, veintiséis de agosto de dos mil tres. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por oficio Nº 4.466, de 5 de agosto de 2003, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL

ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL Artículo 1. Sujeción a la licencia ambiental 1. El ejercicio de las actividades comprendidas en el Anexo de la presente Ordenanza precisará la previa obtención

Más detalles

MODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA

MODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA MODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA APELACION DE HONORARIOS APELACION CONFORME ART. 61 LEY 512

Más detalles

Unidad III: Los derechos fundamentales. Tema II: El juicio de amparo

Unidad III: Los derechos fundamentales. Tema II: El juicio de amparo Unidad III: Los derechos fundamentales Tema II: El juicio de amparo EL JUICIO DE AMPARO El juicio de amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano, que tiene por objeto

Más detalles

MINISTERIO DE ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL

MINISTERIO DE ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO DE LA PROPUESTA DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS INSTALACIONES TIPO Y LOS VALORES UNITARIOS DE REFERENCIA DE INVERSIÓN Y DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO POR ELEMENTO

Más detalles

TRAMITACIÓN DE LITIGIOS LABORALES: RECURSOS DE JURISPRUDENCIA.

TRAMITACIÓN DE LITIGIOS LABORALES: RECURSOS DE JURISPRUDENCIA. TRAMITACIÓN DE LITIGIOS LABORALES: RECURSOS DE NULIDAD Y UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA. DEMANDAS POR INDEMNIZACIÓN ART. 2 TRANSITORIO ESTATUTO DOCENTE POR DOCENTES ACOGIDOS AL ART. 2 TRANSITORIO DE LA

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: PRIMERA A U T O

TRIBUNAL SUPREMO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: PRIMERA A U T O TRIBUNAL SUPREMO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: PRIMERA A U T O Fecha del auto: 02/02/2017 Tipo de procedimiento: R. CASACION Número del procedimiento: 92/2016 Materia: ACCION ADMINISTRATIVA

Más detalles

MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 24284 Miércoles 28 junio 2006 BOE núm. 153 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 11491 REAL DECRETO 778/2006, de 23 de junio, de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado

Más detalles

ENVÍO ELECTRÓNICO DE COMUNICACIONES EN EL ÁMBITO LABORAL

ENVÍO ELECTRÓNICO DE COMUNICACIONES EN EL ÁMBITO LABORAL ENVÍO ELECTRÓNICO DE COMUNICACIONES EN EL ÁMBITO LABORAL ÍNDICE 1. Ley de Comercio Electrónico: 2. Firma electrónica: 3. Consentimiento de los trabajadores para efectuar comunicaciones relativas a la relación

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE EXTREMADURA COMO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE EXTREMADURA.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE EXTREMADURA COMO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE EXTREMADURA. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE EXTREMADURA COMO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE EXTREMADURA. RESOLUCIÓN Nº 386/2015, de 21 de julio de 2015 Recurso contractual tramitado en este

Más detalles

Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Superintendencia de Electricidad y Combustibles Superintendencia de Electricidad y Combustibles DEPTO. DE INGENIERIA DE COMBUSTIBLES DIC- 1162 / IC- 1569 OFICIO CIRCULAR: N 01422 / ANT.: 1) Ley N 18.410 de 1986. 2) Decreto N 90, de 1996, del Ministerio

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0196-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando. existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal

La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando. existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal a estos efectos La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha

Más detalles

FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL

FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL Régimen jurídico Anulación parcial del Decreto que regula el régimen de los funcionarios con habilitación de carácter estatal aprobado por la Generalitat

Más detalles

El Recurso de Protección como amparo al acoso laboral. Análisis comparado con el procedimiento de tutela laboral

El Recurso de Protección como amparo al acoso laboral. Análisis comparado con el procedimiento de tutela laboral El Recurso de Protección como amparo al acoso laboral. Análisis comparado con el procedimiento de tutela laboral JORGE JORQUERA MACHUCA. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN.

Más detalles

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA.

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA. RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA. La competencia para conocer las acciones de nulidad contra los actos administrativos dictados con ocasión a la LOPCYMAT, no corresponden a la jurisdicción

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 60 Sábado 11 de marzo de 2017 Sec. I. Pág. 18110 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE JUSTICIA 2624 Real Decreto 229/2017, de 10 de marzo, por el que se crean 16 plazas de magistrados en órganos

Más detalles

Santiago, veinticinco de octubre de dos mil diecisiete. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 785

Santiago, veinticinco de octubre de dos mil diecisiete. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 785 1 Santiago, veinticinco de octubre de dos mil diecisiete. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo.

Más detalles

Autos y Vistos; Considerando:

Autos y Vistos; Considerando: CSJ 175/2007 (43-V)/CS1 ORIGINARIO Vargas, Ricardo Maree10 el San Juan, Provincia de y otros si daño ambiental. Autos y Vistos; Considerando: 1 ) Que frente a los hechos denunciados por el demandante,

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO RESOLUCIÓN POR LA QUE SE SUSPENDE PROVISIONALMENTE LA FACTURACIÓN A LA SOCIEDAD DESIMPACTO DE PURINES ALCARRAS, S.A. DE LOS DERECHOS DE COBRO U OBLIGACIONES DE PAGO PREVISTAS EN LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Más detalles