MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES 2006

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1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES 2006

2 INDICE INFORMACION GENERAL... 3 ANTECEDENTES... 3 MISION... 4 VISION... 4 OBJETIVOS... 4 ESTRUCTURA ORGANICA... 5 OBJETIVOS Y FUNCIONES ORGANIZACION ORGANIGRAMAS HOJA DE VALIDACION Y AUTORIZACION

3 ANTECEDENTES INFORMACION GENERAL Con el propósito de atender los asuntos de conservación y administración de los bienes nacionales, el Ejecutivo Federal creó la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN) mediante la publicación de su Reglamento en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de En los artículos 41 y 56 de la Ley General de Bienes Nacionales se estableció que la CABIN funcionaría en forma autónoma como un cuerpo colegiado integrado por representantes de los sectores gubernamental representado por un Ing. Civil o Arquitecto quien fungiría como Presidente, de las instituciones nacionales de crédito y de los colegios de arquitectos e ingenieros civiles. La Ley General de Bienes Nacionales publicada el 30 de enero de 1969 amplia sus atribuciones y establece que la adquisición de inmuebles para el servicio de alguna dependencia del Gobierno Federal o de algún organismo descentralizado, así como las permutas se harán con base en los avalúos que practicará la CABIN o alguna institución de crédito autorizada para ello, pero que deberán ser revisados por la Comisión y tendrán carácter definitivo si son aprobados por ella. La Ley para el control de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal publicada el 31 de diciembre de 1970, le confiere a la Comisión la facultad de fijar las rentas que deben pagar por los inmuebles que arrienden e intervenir en las ventas adquisiciones o permutas de bienes inmuebles La Ley Orgánica de la Administración Pública publicada el 29 de diciembre de 1976 reubica a la CABIN en la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas estableciendo en su reglamento interno publicado el 8 de diciembre de 1981 que la CABIN es un Órgano Técnico Administrativo especializado y desconcentrado. El 29 de marzo de 1983 se definió a la CABIN como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología. Con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicada el 28 de diciembre de 1994 la CABIN es resectorizada a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, la cual hasta la fecha es su coordinadora con el nombre actual de Secretaría de la Función Pública. En la Ley General de Bienes Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de Mayo del año 2004, se estableció la obligación del Ejecutivo Federal de determinar la integración y funcionamiento del nuevo órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública encargado de las atribuciones que esta Ley le confiere en materia de administración de inmuebles federales y de valuación de bienes nacionales. Con base en ello, el día 2 de Septiembre del año 2004 se publicó en el citado Diario, el Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública. Es importante destacar que la Ley en comento, incorpora novedosos conceptos como la creación de un Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal y de un Sistema de Información Inmobiliaria, y entre otros aspectos relevantes, regula los actos de adquisición, titulación, administración, enajenación y recuperación de inmuebles. Lo anterior permitirá al INDAABIN realizar acciones de planeación, evaluación, vigilancia, concesión, rehabilitación, valuación, conservación, administración y aprovechamiento de los inmuebles de propiedad federal y ser parte de la política inmobiliaria establecida por el Gobierno Federal. En este contexto, el INDAABIN renueva sus esfuerzos para cumplir cabalmente con las funciones asignadas, realizando los cambios necesarios para responder a las nuevas atribuciones y exigencias legislativas y aportando el esfuerzo de sus integrantes, en un trabajo en equipo, para alcanzar sus objetivos y contribuir a la correcta aplicación de la Ley General de Bienes Nacionales. 3

4 MISION Abatir los niveles de corrupción en el país y dar absoluta transparencia a la gestión y el desempeño de las instituciones y los servidores públicos de la Administración Pública Federal. VISION La sociedad tenga confianza y credibilidad en la Administración Pública Federal. OBJETIVOS Prevenir y abatir prácticas de corrupción e impunidad, e impulsar la mejora de la calidad en la gestión pública. Controlar y detectar prácticas de corrupción. Sancionar las prácticas de corrupción e impunidad. Dar transparencia a la gestión pública y lograr la participación de la sociedad. Administrar con pertinencia y calidad el Patrimonio Inmobiliario Federal. 4

5 ESTRUCTURA ORGANICA PRESIDENCIA DIRECCIÓN DE INFORMATICA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES DEPARTAMENTO DE TELECOMUNICACIONES COORDINACIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL SUBDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE PROGRAMAS DELEGACIONALES DELEGACIONES REGIONALES (6) SUBDELEGACIÓN DE AVALÚOS (5) SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA (5) DIRECCIÓN GENERAL DE AVALÚOS DIRECCIÓN TÉCNICA SUBDIRECCIÓN DE RENTAS DEPARTAMENTO DE NEGOCIOS E INTANGIBLES SUBDIRECCIÓN DE PERITOS DEPARTAMENTO DE CONTROL DE PERITOS DIRECCIÓN DE VALUACIÓN SUBDIRECCIÓN DE AVALÚOS DE INMUEBLES Y AGROPECUARIOS DEPARTAMENTO DE AVALÚOS DE INMUEBLES DEPARTAMENTO DE AVALÚOS AGROPECUARIOS SUBDIRECCIÓN DE AVALÚOS MAQUINARIA, EQUIPO, NEGOCIOS E INTANGIBLES DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y PROMOCIÓN SUBDIRECCIÓN DE CONTROL Y PROMOCIÓN DE AVALÚOS 5

6 DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OBRAS EN INMUEBLES FEDERALES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y CONSERVACIÓN DE INMUEBLES FEDERALES SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE INMUEBLES DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS PÚBLICOS DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE GARITAS Y PUERTOS FRONTERIZOS SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES DEPARTAMENTO DE REGULARIZACIÓN INMOBILIARIA DEPARTAMENTO DE CONTROL Y APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS INMOBILIARIOS DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INMUEBLES DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y OBRAS SUBDIRECCIÓN DE ASIGNACIÓN DE OBRA DEPARTAMENTO DE ESTIMACIONES SUBDIRECCIÓN DE PROYECTOS DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE OBRA DEPARTAMENTO DE PRECIOS UNITARIOS DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN INMOBILIARIA SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN INMOBILIARIA DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE CRUCES FRONTERIZOS DEPARTAMENTO DE APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS EN INMUEBLES FEDERALES COMPARTIDOS DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA 6

7 SUBDIRECCIÓN DE LINEAMIENTOS DEPARTAMENTO DE DISEÑO Y ARQUITECTURA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS SUBDIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES DEPARTAMENTO DE TITULACIÓN VÍA JUDICIAL SUBDIRECCIÓN DE AMPAROS Y ASUNTOS PENALES DIRECCIÓN DE CONSULTA, CONVENIOS Y CONTRATOS SUBDIRECCIÓN DE CONSULTA SUBDIRECCIÓN DE CONVENIOS Y CONTRATOS DEPARTAMENTO DE CONVENIOS Y CONTRATOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACIÓN DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE ALMACENES E INVENTARIO DIRECCIÓN DE FINANZAS SUBDIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y CONTROL PRESUPUESTAL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD DEPARTAMENTO DE CONTROL PRESUPUESTAL SUBDIRECCIÓN DE OPERACIÓN FINANCIERA DEPARTAMENTO DE TESORERÍA 7

8 DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN ESTRATÉGICA Y EVALUACIÓN SUBDIRECCIÓN DE ORGANIZACIÓN Y EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL DIRECCIÓN DE TITULACIÓN, ACUERDOS SECRETARIALES Y CONTRATOS SUBDIRECCIÓN DE TITULACIÓN Y DESTINOS DEPARTAMENTO DE ACUERDOS SECRETARIALES SUBDIRECCIÓN DE CONTRATOS, CONCESIONES, RECUPERACIÓN Y GESTIÓN DE DECLARATORIAS DEPARTAMENTO DE CONCESIONES Y ARRENDAMIENTOS DEPARTAMENTO DE OCUPACIÓN Y RECUPERACIÓN DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE DECLARATORIAS SUBDIRECCIÓN DE ACUERDOS SECRETARIALES DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DIRECCIÓN DEL REGISTRO PÚBLICO Y CATASTRO DE LA PROPIEDAD FEDERAL SUBDIRECCIÓN DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL DEPARTAMENTO DE INSCRIPCIÓN Y CERTIFICACIÓN DEPARTAMENTO DE EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DEPARTAMENTO DE REGULARIZACIÓN INMOBILIARIA REGISTRAL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN SUBDIRECCIÓN DE CATASTRO DE LA PROPIEDAD FEDERAL DEPARTAMENTO DE CATASTRO SUBDIRECCIÓN DE INVENTARIO DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE BASES DE INFORMACIÓN DE INVENTARIO DEPARTAMENTO DE DICTÁMENES TÉCNICOS DE INVENTARIO 8

9 DIRECCIÓN DE APROVECHAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE INMUEBLES SUBDIRECCIÓN DE APROVECHAMIENTO DE INMUEBLES DEPARTAMENTO DE APROVECHAMIENTO SUBDIRECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN SUBDIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN INMOBILIARIA DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA DEPARTAMENTO DE SISTEMATIZACIÓN DE PROCESOS SUBDIRECCIÓN DE ANALISIS DE PROCEDIMIENTOS Y SEGUIMIENTO A PROGRAMAS DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO A PROGRAMAS 9

10 OBJETIVOS Y FUNCIONES PRESIDENCIA Dirigir, planear y coordinar la realización de las actividades valuatorias y de justipreciación de rentas encomendadas a la administración federal, así como fomentar la preservación y protección del patrimonio inmobiliario federal, el óptimo aprovechamiento y mantenimiento de los inmuebles propiedad del Gobierno Federal mediante el uso racional y transparente de los recursos públicos asignados atendiendo siempre el interés público y la legislación y normatividad vigente emitida en materia inmobiliaria. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento del INDAABIN. Someter a la consideración del Oficial Mayor de la Secretaría para la aprobación de su Titular, el anteproyecto del programa presupuesto anual del INDAABIN, así como los proyectos de manuales de organización, de procedimientos y de servicios del propio órgano desconcentrado. Constituir Comités internos en los que intervengan unidades administrativas del INDAABIN. Proponer al Titular de la Secretaría, previa opinión de la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal de la propia Dependencia las normas lineamientos de carácter general que se consideren necesarias para el adecuado cumplimiento de las disposiciones relacionadas con los inmuebles federales de la competencia de la Secretaría. Expedir los procedimientos, criterios y metodologías de carácter técnico, conforme a los cuales se practicarán los avalúos, justipreciaciones de renta y los demás trabajos valuatorios, sin perjuicio de las atribuciones que en materia de bienes muebles corresponden a la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal de la Secretaría. Determinar las medidas para que el valor de los inmuebles competencia de la Secretaría se registre en la contabilidad gubernamental. Proponer al titular de la Secretaría los criterios que habrán de atenderse, en la determinación de los porcentajes y montos de incremento o reducción a los valores comerciales para los casos previstos en la Ley General de Bienes Nacionales. Proponer al titular de la Secretaría la política de la Administración Pública Federal en materia de arrendamiento de inmuebles cuando la Federación o las entidades tengan el carácter de arrendatarias y los lineamientos correspondientes en ésta materia, así como proponer el porcentaje máximo en que se podrá incrementar por periodos determinados, el monto de las rentas para continuar la ocupación de dichos inmuebles. Expedir las reglas para el otorgamiento, revalidación, suspensión y revocación del registro en el Padrón Nacional de Peritos, así como las relativas al Padrón de Promotores Inmobiliarios. Proponer al Titular de la Secretaría los aranceles para determinar el monto de los aprovechamientos por los servicios que presta el INDAABIN, y presentar las propuestas aprobadas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para los efectos correspondientes. 10

11 Determinar, a propuesta del titular de la Dirección General correspondiente, la forma de pago de honorarios a los peritos registrados en el Padrón Nacional de Peritos, por la realización de sus respectivos trabajos. Dictar las reglas específicas para la vigilancia y aprovechamiento de los inmuebles federales competencia de la Secretaría, así como las reglas específicas y el procedimiento para destinar dichos inmuebles al servicio de las instituciones públicas; Expedir los procedimientos para la integración y actualización del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal. Proponer al Titular de la Secretaría los lineamientos que regulen la administración de los inmuebles federales compartidos. Expedir los criterios y especificaciones técnicos para la construcción, reconstrucción, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, administración y aprovechamiento de los inmuebles federales competencia de la Secretaría que estén destinados para oficinas administrativas, puertos fronterizos, bodegas y almacenes. Expedir los criterios y especificaciones técnicos relativos a la imagen institucional, señalización, accesibilidad para discapacitados, distribución de espacios e instalaciones, tipo de acabados y, en general, para el óptimo aprovechamiento, funcionalidad y racionalidad en el uso de los inmuebles federales utilizados como oficinas administrativas. Representar a la Secretaría y al INDAABIN, en toda clase de asuntos competencia del propio Instituto, estando investido de las más amplias facultades, incluidas las que requieran cláusula especial conforme a la ley, las de rendir informes a nombre del INDAABIN e interponer toda clase de recursos en los juicios de amparo en que éste sea parte, así como dar cumplimiento a las sentencias dictadas en los mismos, las de interponer o desistirse de cualquier recurso y las de formular y ratificar denuncias y querellas en el orden penal, pudiendo conceder el perdón del ofendido en los casos en que sea procedente. Intervenir, cuando así proceda en los términos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, en los cambios de adscripción y remociones de los titulares de las unidades administrativas, así como de los demás servidores públicos que estén sujetos a dicha Ley. Designar, cambiar de adscripción y, en su caso, remover al personal del INDAABIN que no se encuentre sujeto a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, conforme a las disposiciones legales aplicables. Establecer las estrategias y criterios para el adecuado desarrollo de los servicios de informática y de telecomunicaciones del INDAABIN, con sujeción a las políticas y normas técnicas que establezca la autoridad competente, y en congruencia con los lineamientos emitidos por la Secretaría en esas materias. Establecer las medidas para la administración de las licencias de software cuyo uso tenga autorizado el INDAABIN, así como del equipo de cómputo y telecomunicaciones que opere el propio Instituto. Aprobar el programa y las estrategias de comunicación social del INDAABIN, atendiendo las disposiciones jurídicas aplicables y la política de comunicación social que determine el Titular de la Secretaría. Asesorarse en las materias inmobiliaria y valuatoria, de los consultores y técnicos que estime convenientes. 11

12 Aprobar anualmente los estados financieros del INDAABIN. Ejercer las facultades que el Título Quinto de la Ley confiere a los oficiales mayores de las dependencias en materia de bienes muebles, en lo que se refiere a aquellos que se encuentren al servicio del INDAABIN. Resolver los recursos administrativos que se interpongan contra los actos emitidos por servidores públicos del INDAABIN, cuando sean de su competencia, con excepción de los previstos en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Ejercer en forma directa cualquiera de las facultades que este Reglamento confiere a las unidades administrativas del INDAABIN. Celebrar los actos jurídicos, convenios y contratos que se requieran para el ejercicio de las atribuciones del INDAABIN, conforme a la normatividad aplicable. Recibir en acuerdo ordinario a los directores generales, coordinador, delegados regionales y, en acuerdo extraordinario, a cualquier otro servidor público subalterno, y las demás que le confiera el Titular de la Secretaría y las que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias relativas. 12

13 DIRECCIÓN DE INFORMATICA Apoyar los programas y tareas institucionales, implementando y administrando tecnologías de información mediante el desarrollo de sistemas de información y de servicios de telecomunicación para las diversas áreas del INDAABIN. Proponer a la Presidencia del Instituto, en coordinación con las Direcciones Generales, los criterios y lineamientos en materia informática y de telecomunicaciones, con sujeción a las políticas y normas técnicas que establezca la autoridad competente, a efecto de armonizar el desarrollo de las tecnologías de la información al interior de la misma y su comunicación con las Delegaciones Regionales; Proponer a la Presidencia del Instituto, en coordinación con las Direcciones Generales, planteamientos de simplificación y automatización de procesos; Proponer a la Presidencia del Instituto, la realización de acciones de coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública para promover el uso y aprovechamiento adecuado de las tecnologías de la información. Dirigir la supervisión periódica del desempeño de los sistemas en operación y bases de datos del Instituto, y proponer a la Presidencia y Direcciones Generales las adecuaciones conducentes. Proponer recomendaciones basadas en tecnologías de la información que optimicen los recursos y procesos operativos, propiciando el incremento permanente de la productividad y la eficiencia. Proponer a la Presidencia los lineamientos de actualización tecnológica de los bienes informáticos y de telecomunicaciones del Instituto. Dirigir la supervisión de los servicios informáticos y de telecomunicaciones que soliciten las Direcciones Generales y Delegaciones Regionales que integran el Instituto para que se realicen con calidad y oportunidad. Promover, diseñar y coordinar programas de capacitación en materia de tecnología de la información dirigidos a los servidores públicos del Instituto para el adecuado manejo de equipos y paquetería, así como de aplicaciones diseñadas y puestas en operación. Definir la administración de las licencias de software y realizar la distribución de éstas, de acuerdo con las necesidades y disponibilidad. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y el Presidente del INDAABIN. 13

14 SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Mantener en operación la infraestructura informática y de telecomunicaciones para la realización de las actividades sustantivas del INDAABIN. Supervisar las actividades relativas a la administración de servidores de informática para el usó eficiente en las áreas del Instituto. Supervisar la implementación, administración y mantenimiento de los servicios de Internet para la operación, de los servicios de correo electrónico, DNS, acceso a páginas web. Supervisar el cumplimiento de las políticas de acceso y protección de la información establecida por el INDAABIN. Supervisar el mantenimiento de los enlaces de telecomunicaciones entre los edificios del INDAABIN en el Distrito Federal. Monitorear el comportamiento del enlace hacia Internet y de la velocidad de transferencia de la red local. Supervisar la instalación del cableado estructurado y reubicación de nuevos nodos. Supervisión y asistencia técnica del servidor del sistema de nómina. Supervisar el mantenimiento del Sistema Automático de Reportes (SAREP). Investigar las mejores soluciones tecnológicas para la adquisición de nuevos bienes informáticos del INDAABIN. Supervisar la elaboración de los anexos técnicos para la adquisición de bienes informáticos mediante licitaciones. Actualizar y dar mantenimiento al proyecto de red de voz y datos del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Impartir cursos al personal técnico del Instituto sobre diferentes temas de interés informático para homogeneizar el conocimiento y contribuir al desarrollo profesional. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, el Director de Informática y el Presidente del INDAABIN. 14

15 DEPARTAMENTO DE TELECOMUNICACIONES Proporcionar asesoría y soporte técnico para el buen desempeño de las actividades de las diferentes áreas del Instituto. Efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de cómputo. Instalar la paquetería en las computadoras del INDAABIN. Proporcionar asesoría a usuarios. Administrar el Sistema Automático de Reportes (SAREP). Configurar la red. Configurar el correo electrónico. Configurar las salidas a Internet. Coordinar el mantenimiento correctivo de los equipos Compaq. Administrar el EPO (Consola de antivirus). Administrar el WebShield SMTP (Consola de antivirus). Administrar el GruopShied para Exchange (Consola de antivirus). Realizar el anexo técnico para los contratos de mantenimiento preventivo y correctivo. Realizar el anexo técnico para los contratos de uso de antivirus. Revisar técnicamente las bases para la compra del equipo de cómputo. Levantar el inventario del equipo de cómputo en activo. Realizar la recopilación anual de la cédula de responsabilidades que se aplica a cada funcionario del Instituto. Llevar a cabo el control del licenciamiento de software con que cuenta el Instituto e informar a la S.F.P. Proporcionar asistencia técnica para la administración de servidores, soporte a usuarios y configuración de equipos. 15

16 COORDINACIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Coordinar y apoyar la ejecución de los programas y acciones en materia de patrimonio inmobiliario federal y administración y obras en inmuebles federales en las Delegaciones Regionales de acuerdo a la normatividad aplicable y a solicitud de la Presidencia del INDAABIN, a través del diseño y establecimiento de un sistema de información estratégica que permita supervisar y controlar la gestión de las Delegaciones Regionales, con base en indicadores del desempeño. Coordinar y supervisar a las Delegaciones Regionales, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Presidencia. Apoyar a las Direcciones Generales del INDAABIN, en la transmisión y adopción de los criterios de administración gestión y coordinación aplicables en las delegaciones regionales que permitan el eficaz cumplimiento de las funciones delegadas. Definir en coordinación con los delegados regionales y de conformidad con las políticas establecidas por el Presidente del INDAABIN, las prioridades, estrategias y criterios básicos a que se sujetarán los programas de trabajo de las propias delegaciones. En coordinación con las unidades administrativas competentes del INDAABIN, diseñar y operar un sistema para evaluar el desempeño de las delegaciones regionales. Elaborar y someter a consideración del Presidente del INDAABIN, los proyectos de programa y estrategias de comunicación social del propio Instituto, atendiendo las disposiciones jurídicas aplicables y la política de comunicación social que determine el Titular de la Secretaría, así como llevarlos a cabo. Coordinar la producción de materiales en forma impresa y electrónica, para difundir el desarrollo y resultados de los programas de trabajo y acciones institucionales del INDAABIN. Coordinar la captación, análisis y procesamiento de la información generada por los medios de comunicación, referente a los acontecimientos del INDAABIN. Coordinar y supervisar las actividades de diseño y difusión de la imagen institucional, proveyendo lo necesario para garantizar la congruencia del contenido de las comunicaciones y materiales que genere el Instituto con dicha imagen, de conformidad con los criterios que emita el Presidente del INDAABIN. Proponer al Presidente del Instituto las estrategias y criterios para el adecuado desarrollo de los servicios de informática y de telecomunicaciones del INDAABIN, con sujeción a las políticas y normas técnicas que establezca la autoridad competente, y en congruencia con los lineamientos emitidos por la Secretaría en esas materias. 16

17 Determinar las medidas necesarias para que las unidades administrativas del INDAABIN, en ejercicio de sus atribuciones, cuenten con los servicios de apoyo referente al equipamiento informático, telecomunicaciones, desarrollo y operación de sistemas y programas informáticos. Proponer al Presidente del Instituto las medidas para la administración de las licencias de software cuyo uso tenga autorizado el INDAABIN, así como del equipo de cómputo y telecomunicaciones que opere el propio Instituto. Coordinar y supervisar los trabajos relativos a la Certificación de Sistemas de Gestión de Calidad que realicen las diversas unidades administrativas del INDAABIN. Coordinar y supervisar el control de gestión de la Presidencia del INDAABIN, así como dar seguimiento puntual a la atención de los asuntos remitidos al Instituto por el Titular de la Secretaría. Promover y gestionar ante las Direcciones Generales del INDAABIN, la ministración de los recursos financieros, humanos, materiales, informáticos y normativos necesarios para el adecuado cumplimiento de las atribuciones conferidas a las Delegaciones Regionales. Coordinar y apoyar la ejecución de los programas y acciones en materia de patrimonio inmobiliario federal, de acuerdo a la normatividad aplicable y a solicitud de la Presidencia del INDAABIN. Diseñar y establecer un sistema de información estratégica que permita supervisar y controlar periódicamente la gestión de las Delegaciones Regionales, con base en indicadores del desempeño sobre los programas, normas y atribuciones en materia de servicios valuatorios y patrimonio inmobiliario federal. Proponer en coordinación con la Dirección General de Administración y Finanzas, la asignación presupuestal de las Delegaciones Regionales, así como supervisar y dar seguimiento al ejercicio de los recursos. Coordinar los mecanismos y acciones que permitan conocer la opinión de la población y los clientes respecto a los programas y servicios a cargo de las Delegaciones Regionales del INDAABIN, a fin de fortalecer el proceso de mejora continua de sus sistemas de gestión. Diseñar y coordinar los programas de capacitación que requieran ser instrumentados para fortalecer los conocimientos, aptitudes y capacidad de respuesta de los servidores públicos que prestan sus servicios en las Delegaciones Regionales. Proponer a la Presidencia del INDAABIN, la creación, modificación o desaparición de Delegaciones Regionales de acuerdo al esquema de planeación estratégica establecido en el Instituto. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y el Presidente del INDAABIN. 17

18 SUBDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE PROGRAMAS DELEGACIONALES Diseñar y establecer un sistema de información estratégica que permita supervisar la gestión de las Delegaciones Regionales con base en indicadores del desempeño, de los programas y acciones en materia de servicios valuatorios, patrimonio inmobiliario federal y administración en edificios públicos compartidos mediante su seguimiento y control. Mantener comunicación con las Delegaciones Regionales para difundir la información que emane de las Áreas Sustantivas del INDAABIN. Identificar y evaluar la situación de las Delegaciones en lo que respecta a Recursos Humanos, Materiales, Financieros, apoyo técnico y definir en su caso las acciones que procedan, una vez que se cuente con la aprobación por parte de la Coordinación de Desarrollo Institucional. Verificar la aplicación de políticas, criterios, lineamientos y procedimientos establecidos en la realización de los programas y acciones de las Delegaciones. Concentrar y clasificar la información relevante derivada de los Tableros de Control Delegacionales. Definir, proponer y en su caso aplicar las medidas que conlleven a la modernización y agilización de trámites en las Delegaciones. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, el Coordinador de Desarrollo Institucional y el Presidente del INDAABIN. 18

19 DELEGACIÓN REGIONAL Coadyuvar, con el Gobierno Federal en el ámbito de su competencia regional, en la racionalización del gasto público y en la preservación, protección y administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mediante la realización de las actividades valuatorias y de justipreciación de rentas que le sean encomendadas, atendiendo siempre el interés público y los aspectos pertinentes de la política inmobiliaria establecida. Formular, organizar, dirigir, controlar y evaluar los programas y acciones encomendadas a la unidad administrativa a su cargo. Representar, al INDAABIN en el Cuerpo Colegiado de Avalúos de su adscripción. Proponer al Director General de Avalúos la expedición y modificación de los criterios técnicos, procedimientos y metodología de valuación del INDAABIN así como el registro, revalidación, suspensión y revocación del registro de peritos valuadores. Coordinar y evaluar la integración de las solicitudes de servicios valuatorios y en caso procedente acordar su recepción, así como llevar a cabo el seguimiento, control y evaluación de las referidas solicitudes; Asignar en cada caso, con sujeción a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a los peritos registrados en el Padrón Nacional de Peritos, la realización de trabajos periciales de acuerdo a su especialidad, complejidad, dimensión, novedad, confidencialidad, urgencia o necesidad de los servicios solicitados, así como suscribir el contrato de prestación de servicios respectivo en términos de las disposiciones aplicables. Estos trabajos podrán ser asignados, en caso necesario, al personal técnico de la propia delegación regional. Programar y dirigir la realización de los avalúos y justipreciaciones de rentas, así como revisarlos y presentarlos al cuerpo colegiado de avalúos de la delegación regional y de requerirse, solicitar a los peritos valuadores o al personal técnico que aclaren, complementen, corrijan o modifiquen sus trabajos, según proceda. Representar al Gobierno Federal en las operaciones inmobiliarias en que sea parte, de conformidad con la autorización expedida para tal efecto. Recibir de las dependencias y entidades, los inmuebles federales que ya no sean necesarios para la prestación de los servicios a su cargo y, en su caso, cumplimentar las instrucciones relativas a la entrega de inmuebles federales a las instituciones públicas que los requieran para su servicio. Coordinar la inspección y vigilancia de los inmuebles federales competencia de la Secretaría de la Función Pública a fin de evaluar su aprovechamiento y estado de conservación, velar por su integridad física y por el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas correspondientes. Ejercer el presupuesto aprobado y celebrar los contratos que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables y a las autorizaciones específicas. 19

20 Designar de entre los Notarios del Patrimonio Inmobiliario Federal, a los que deban intervenir en la protocolización de las operaciones inmobiliarias que otorgue el Gobierno Federal en base a los lineamientos que establezca la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal. Aprobar y certificar las copias de los planos y dictámenes relativos a los inmuebles respecto de los cuales el Gobierno Federal o las entidades paraestatales tengan intereses o sean titulares de derechos de propiedad o de posesión. Notificar en los términos de la ley a los colindantes de los inmuebles federales competencia de la Secretaría de la Función Pública, la iniciación del procedimiento administrativo de nacionalización o para declarar que forman parte del patrimonio de la federación, según sea el caso. Tomar posesión y entregar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los inmuebles que sean objeto de expropiación o de cualquier otra forma de incorporación al patrimonio inmobiliario federal, en base a los lineamientos que establezca la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal. Recibir de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los inmuebles de propiedad federal que ya no sean necesarios para la prestación de los servicios a su cargo y en su caso, cumplimentar las instrucciones relativas a la entrega de bienes inmuebles a las instituciones públicas que lo requieran para su servicio, en base a los lineamientos que establezca la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal. Rendir a las unidades administrativas competentes del INDAABIN, los informes sobre el estado que guarde la Delegación Regional y las demás que encomiende el Presidente de la INDAABIN. Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como dirigir las actividades para la formulación revisión, actualización, ejecución, seguimiento, supervisión, evaluación y control de los programas y acciones a cargo de la Delegación Regional correspondiente. Acordar con el Presidente del INDAABIN los asuntos que por su importancia lo ameriten. Proponer al Presidente del INDAABIN la delegación de sus facultades en servidores públicos subalternos. Formular, de conformidad con los lineamientos que determine la Oficialía Mayor de la Secretaría y en coordinación con la Dirección General de Administración y Finanzas, los proyectos de manuales de organización, de procedimientos y de servicios correspondientes a la unidad administrativa a su cargo. Promover los servicios valuatorios ante las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, en los estados que conforman la jurisdicción de cada Delegación. Intervenir en el nombramiento, contratación, desarrollo, capacitación, promoción y adscripción del personal a su cargo; y participar, directamente o a través de un servidor público subalterno, en los casos de imposición de sanciones, remoción y cese de personal bajo su responsabilidad, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables. Supervisar los gastos y honorarios generados por las operaciones efectuadas por la delegación regional, de resultar procedente, autorizar su pago y registro contable. Aprobar la calificación de aprovechamientos del INDAABIN y de los gastos generados por la realización de los avalúos justipreciaciones de rentas y demás servicios valuatorios y periciales solicitados y autorizar el oficio de notificación de dictámenes terminados a las dependencias y entidades. 20

21 Certificar la información relativa al cobro de aprovechamientos a través del formato 16 del SAT y autorizar los estados financieros de la Delegación Regional. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y el Presidente del INDAABIN. 21

22 SUBDELEGACIÓN DE AVALÚOS Coordinar la ejecución de los avalúos solicitados en su ámbito regional mediante la supervisión del proceso desde la etapa de recepción de solicitudes y asignación de peritos hasta la emisión de los dictámenes, a fin de garantizar que se circunscriban a los criterios y metodologías vigentes. Coordinar y dar seguimiento a los trabajos valuatorios encomendados a los peritos para que se realicen oportunamente y de acuerdo con los criterios, normas, lineamientos y metodologías establecidos. Analizar las solicitudes de dictamen, complementar la información necesaria, definir los criterios técnicos bajo los cuales se realizarán los trabajos valuatorios, comunicar dichos criterios a los peritos y verificar su aplicación en los trabajos encomendados. Entregar las órdenes de trabajo a los peritos, definir la información que debe contener el documento que al respecto se emita así como recibir de los peritos, los trabajos valuatorios generados por dicha orden, analizarlos y verificar el cumplimiento correspondiente. Participar en las reuniones del Cuerpo Colegiado de Avalúos y presentar la información que se considere necesaria para la aprobación de los trabajos valuatorios. Participar, como Secretario, en el Comité de Evaluación y Asignación de Peritos Valuadores y presidir dicho Comité, en ausencia del Delegado. Orientar el trabajo de los peritos en casos especiales. Integrar y mantener actualizado, el Padrón de Peritos y proponer, al Comité de Evaluación y Asignación de Peritos Valuadores, los que se consideren idóneos, con base en la calidad de los trabajos realizados y en la especialidad del perito de que se trate. Llevar a cabo la calificación de los trabajos valuatorios elaborados por los peritos externos. Llevar el registro de avalúos que emita la delegación. Suplir al Delegado en sus ausencias temporales. Proporcionar óptimos servicios a los usuarios, tanto en oportunidad como en eficiencia en los trabajos solicitados. Las demás afines a las que anteceden, que le sean encomendadas por el Delegado Regional, por el Coordinador de Desarrollo Institucional o por el Presidente del INDAABIN. 22

23 SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA Administrar los recursos financieros, humanos y materiales asignados a la delegación regional a fin de que se cumpla eficientemente con las funciones encomendadas mediante la aplicación de los sistemas administrativos y financieros establecidos por el INDAABIN. Supervisar la aplicación adecuada y el buen manejo de los recursos humanos, financieros y materiales, asignados a la delegación para que cumpla oportuna y eficientemente sus funciones. Realizar las actividades de cobranza necesarias para el ingreso de los recursos financieros a la TESOFE, derivados de los servicios que presta el INDAABIN. Controlar las incidencias del personal, renuncias y finiquitos. Proponer y, en su caso, supervisar la realización de los programa de capacitación y desarrollo del personal adscrito a la delegación. Realizar las actividades administrativas que permitan cumplir con los compromisos contraídos por la delegación. Calificar los dictámenes en función de aranceles para el cobro de honorarios. Representar al Delegado en acciones o asuntos de carácter administrativo. Participar en la elaboración de los programas, presupuestos e informes de la delegación. Coordinar las actividades relativas para la entrega de los dictámenes a los solicitantes. Elaborar, periódicamente, con base en las normas y procedimientos establecidos, los estados financieros (balance general, estado de resultados, estado de origen y aplicación de recursos y estados del ejercicio del presupuesto) de la delegación. Controlar, resguardar y salvaguardar los valores monetarios, documentos y demás bienes, propiedad de la delegación. Realizar el reclutamiento, selección, contratación, desarrollo y control de personal de acuerdo con los lineamientos, normas y procedimientos establecidos. Participar en la realización de trabajos orientados a la modernización y simplificación de la administración en la delegación. Revisar los comprobantes desde el punto de vista contable, fiscal y presupuestal de los honorarios y gastos generados por las operaciones efectuadas por la delegación regional y, de resultar procedente, solicitar la autorización para su pago y registro contable. Recibir las constancias de pago y entregar los respectivos dictámenes valuatorios, de justipreciaciones de rentas y demás servicios valuatorios y periciales solicitados en la delegación regional, así como requerir a los solicitantes los pagos correspondientes cuando omitan efectuarlos oportunamente y aplicarles los respectivos recargos y actualizaciones. 23

24 Revisar las calificaciones de aprovechamientos, así como el oficio de notificación de dictamen terminado. Las demás afines a las que anteceden, que le sean encomendadas por el Delegado Regional, por el Coordinador de Desarrollo Institucional o por el Presidente del INDAABIN. 24

25 DIRECCIÓN GENERAL DE AVALÚOS Dirigir las actividades de atención, control, seguimiento y evaluación de las solicitudes de servicios valuatorios de la A.P.F., emitir los correspondientes dictámenes valuatorios, así como coordinar la promoción y la emisión de normatividad valuatoria y proponer políticas y análisis sobre el arrendamiento de inmuebles de la A.P.F. Proponer al Presidente del INDAABIN los proyectos de procedimientos, criterios y metodologías de carácter técnico a que deberá sujetarse la práctica de los avalúos y justipreciaciones de rentas, así como todo tipo de servicios valuatorios que soliciten las instituciones públicas. Dirigir las actividades de atención, seguimiento, control y evaluación de las solicitudes de servicios valuatorios y de justipreciaciones de rentas. Adoptar las medidas administrativas, técnicas y operativas para asegurar la realización eficaz de los trabajos valuatorios y de justipreciaciones de rentas. Coordinar la integración y las actividades de los cuerpos colegiados de avalúos. Establecer los mecanismos de coordinación con las instituciones públicas, para la adecuada y oportuna presentación de solicitudes de servicios valuatorios con su base informativa, definición del alcance de los trabajos, tiempos de ejecución y resultado. Apoyar a las delegaciones regionales en sus requerimientos técnicos, para realizar los trabajos valuatorios y de justipreciaciones de rentas que les sean solicitados en sus respectivas circunscripciones territoriales. Proponer al Presidente del INDAABIN los mecanismos para fijar el monto o porcentaje máximo en que se podrá incrementar el importe de las rentas, por periodos determinados, para continuar la ocupación de los inmuebles arrendados por las dependencias y entidades. Determinar el mecanismo para que las dependencias y entidades capturen en la página de Internet que el INDAABIN destine para tal efecto, los datos relativos a los contratos de arrendamiento que suscriban con el carácter de arrendatarias, con el objeto de que los órganos internos de control consulten dicha información para verificar si el monto de la renta y la vigencia de cada contrato se sujeta a una justipreciación de renta específica o a una de carácter automático, así como a la normatividad aplicable. Analizar la información que las dependencias y entidades en su carácter de arrendatarias capturen en la página de Internet del INDAABIN, con objeto de determinar los alcances e impactos que el pago de rentas representa para el gasto público federal, y proponer al Presidente del Instituto la política en materia de arrendamiento inmobiliario. Dirigir los trabajos para mantener actualizados los tabuladores de bienes distintos a la tierra. Determinar los criterios y parámetros para evaluar el desempeño de los peritos valuadores, mantener actualizado el Padrón Nacional de Peritos, así como expedirles sus respectivas credenciales de identificación. 25

26 Someter a la consideración del Presidente del INDAABIN, el proyecto de arancel para determinar el monto de los aprovechamientos que el Instituto deba cobrar por los servicios valuatorios que preste, y el correspondiente al pago de los honorarios que el propio Instituto deba cubrir a los peritos valuadores. Determinar los conceptos y montos que los peritos podrán solicitar al INDAABIN por los gastos que efectúen con motivo de la realización de los trabajos valuatorios que se les asignen, tomando en cuenta la disponibilidad presupuestaria y las directrices que al efecto le señale el Presidente del propio Instituto. Representar al INDAABIN en los cuerpos colegiados de avalúos de oficinas centrales, sin perjuicio de que el Presidente del Instituto pueda presidirlos cuando lo estime conveniente. Revisar la integración de las solicitudes de servicios valuatorios que se presenten en oficinas centrales en lo relativo a su soporte documental y, en caso procedente, acordar su recepción. Seleccionar entre los procedimientos, criterios y metodologías de carácter técnico aprobados, los que resulten aplicables a cada solicitud de servicio valuatorio que se presente en oficinas centrales, atendiendo, cuando proceda, la elección de la dependencia o entidad promovente respecto de los valores aplicables a la operación de que se trate determinados en los respectivos criterios. Asignar en cada caso, con sujeción a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a los peritos valuadores registrados en el Padrón Nacional de Peritos, la realización de los trabajos valuatorios, en atención a la especialidad, complejidad, dimensión, singularidad, novedad, confidencialidad, urgencia o necesidad de los servicios solicitados. Estos trabajos podrán ser asignados, en caso necesario, al personal técnico de la propia Dirección General, así como al de las delegaciones regionales del INDAABIN, en acuerdo con los respectivos delegados. Dirigir y revisar los trabajos valuatorios que lleven a cabo los peritos valuadores designados y, en su caso, requerirlos para que aclaren, complementen, corrijan o modifiquen dichos trabajos, según proceda, así como suscribir el respectivo contrato de prestación de servicios. Aprobar el pago a los peritos valuadores de los honorarios y gastos generados por la realización de cada trabajo valuatorio asignado por la propia Dirección General de Avalúos, y remitir la respectiva documentación para su revisión desde el punto de vista contable, fiscal y presupuestal a la Dirección General de Administración y Finanzas. Calcular y notificar a las dependencias y entidades, el monto de los aprovechamientos del INDAABIN y de los gastos generados por la realización de los avalúos, justipreciaciones de rentas y demás servicios valuatorios solicitados en oficinas centrales. Formular, organizar, dirigir, controlar y evaluar los programas y acciones encomendados a la unidad administrativa a su cargo. Llevar a cabo el seguimiento y supervisión de los programas y acciones que les corresponden, de conformidad con las políticas, lineamientos y criterios establecidos por el Presidente del INDAABIN. Llevar a cabo la formulación, actualización, ejecución de los programas y acciones que les corresponden, de conformidad con las políticas, lineamientos y criterios establecidos por el Presidente del INDAABIN. Acordar con el Presidente del INDAABIN los asuntos que por su importancia lo ameriten. 26

27 Proponer al Presidente del INDAABIN la delegación de sus facultades en servidores públicos subalternos. Formular, de conformidad con los lineamientos que determine la Oficialía Mayor de la Secretaría y en coordinación con la Dirección General de Administración y Finanzas, los proyectos de manuales de organización, de procedimientos y de servicios correspondientes a la unidad administrativa a su cargo. Proponer al Presidente del INDAABIN la creación, modificación, reorganización, fusión y extinción de las áreas adscritas a la unidad administrativa a su cargo. Apoyar a la Dirección General de Administración y Finanzas en la definición de los perfiles y evaluación de los puestos que correspondan al personal sujeto a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como brindar la colaboración que les sea requerida en las demás actividades relativas al ingreso, desarrollo profesional, capacitación y certificación de capacidades, evaluación del desempeño y separación de dichos servidores públicos. Intervenir en el nombramiento, contratación, desarrollo, capacitación, promoción y adscripción del personal a cargo de la DGA, que no se encuentre sujeto a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; autorizar dentro del ámbito de su competencia, licencias de conformidad con las necesidades del servicio y participar, directamente o a través de un servidor público subalterno, en los casos de imposición de sanciones, remoción y cese de personal bajo su responsabilidad, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables. Proponer al Presidente del INDAABIN el otorgamiento, revalidación, suspensión y revocación del registro de los peritos en el Padrón Nacional de Peritos (Valuadores), de conformidad con la normatividad aplicable. Proponer al Presidente del INDAABIN la formulación o modificación de normas, políticas, lineamientos, criterios, medidas y, en general, disposiciones jurídicas y administrativas que se requieran para alcanzar eficacia y eficiencia en los programas y acciones a cargo del propio Instituto, así como elaborar los anteproyectos correspondientes. Rendir los informes previos y justificados, ofrecer pruebas, interponer recursos y demás promociones que deban presentar como autoridades responsables en los juicios de amparo. Contestar demandas, ofrecer pruebas, interponer recursos y demás promociones que deban presentar ante los tribunales judiciales o administrativos del orden federal o común, en los juicios en que la Procuraduría General de la República no intervenga en representación de la Federación. Otorgar y revocar poderes para pleitos y cobranzas cuando así convenga para la defensa jurídica que deban realizar tribunales judiciales o administrativos del orden federal o común, en los juicios en que la Procuraduría General de la República no intervenga en representación de la Federación. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que les correspondan por suplencia. Suscribir, previa revisión que realice la Dirección General Jurídica, los contratos de prestación de servicios profesionales que requiera celebrar la unidad administrativa a su cargo. Recibir las promociones y solicitudes relativas a los asuntos de su respectiva competencia, que formulen las instituciones públicas y los particulares por escrito o, cuando así proceda, a través de telefax o de medios de comunicación electrónica, sustituyéndose en este último caso la firma autógrafa por medios de identificación electrónica, así como emitir las respuestas y realizar 27

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