Roj: SAP Z 2334/ ECLI: ES:APZ:2011:2334

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Roj: SAP Z 2334/ ECLI: ES:APZ:2011:2334"

Transcripción

1 Roj: SAP Z 2334/ ECLI: ES:APZ:2011:2334 Id Cendoj: Órgano: Audiencia Provincial Sede: Zaragoza Sección: 6 Fecha: 19/09/2011 Nº de Recurso: 142/2011 Nº de Resolución: 311/2011 Procedimiento: PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS Ponente: MARIA JESUS SANCHEZ CANO Tipo de Resolución: Sentencia AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6ZARAGOZA 00311/2011 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCION SEXTA ROLLO DE APELACION (RP) Nº 142/2011 SENTENCIA Nº 311/2011 EN NOMBRE DE S.M. EL REY ILMOS. SEÑORES: PRESIDENTE D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ MAGISTRADOS D. CARLOS LASALA ALBASINI Dª Mª JESÚS SÁNCHEZ CANO En la ciudad de Zaragoza a diecinueve de septiembre de dos mil once. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las D.P.A. nº 236 de 2.010, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 7 de Zaragoza, Rollo nº 142/2011, seguidas por un delito de hurto contra Olegario, cuyos datos personales ya constan en la sentencia impugnada, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Sra. Viñuales Marco y defendido por la Letrada Sra. Pardos Orera. Fue parte acusadora el MINISTERIO FISCAL. Es Ponente en esta apelación Dª Mª JESÚS SÁNCHEZ CANO, que expresa el parecer del Tribunal. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. - En los citados autos recayó sentencia con fecha catorce de abril de dos mil once cuya parte dispositiva se da por reproducida SEGUNDO. - Se acepta la relación fáctica contenida en la sentencia de instancia, en cuanto no se opongan a la presente resolución, siendo aquella del siguiente tenor literal: "HECHOS PROBADOS: Apreciando las pruebas practicadas en el acto del juicio oral conforme al art.741 de la LECr, se declaran expresamente probados los siguientes: ÚNICO.- El acusado Olegario con DNI nº NUM000, mayor de edad, ejecutoriamente condenado en sentencias firmes de 14 de junio de 2006 por un delito de robo, el 17 de julio de 2007 por un delito de robo con violencia e intimidación y el 18 de noviembre de 2009 por un delito de acusación y denuncias falsas; entre las 15 y 15,30 horas del día 30 de diciembre de 2009 se apoderó con el ánimo de hacerla propia de la bicicleta marca Rock 1

2 Rider- BTwin modelo RR 5.2 C M con nº de serie NUM001 de 24 velocidades y cambios Shimano, con parrilla trasera de aluminio, propiedad de Paloma que la había dejado aparcada en la calle Gertrudis Gómez de Avellaneda en el aparca bicicletas del edificio Word Trade Center de Zaragoza para lo que rompió las cadenas de seguridad con las que había dejado sujeta, la bicicleta está valorada en 250 euros y los candados que la sujetaban en 20 euros. La bicicleta fue recuperada el día en buen estado faltándole solo la parrilla no reclamando nada la propietaria. El 3 de enero de 2010 la perjudicada vio la bicicleta aparcada en el parking sur de la Expo. El acusado el 2 de enero de 2010 entre las 12 y las 13 hora se apoderó de la bicicleta montain baik de color gris marca FELT modelo 600 valorada en 300 euros y propiedad de Alejandra que la había dejado aparcada en la calle Teniente Catalán de Zaragoza agarrada con una cadena que el acusado rompió. La bicicleta fue recuperada el día 3 de enero de 2010 si bien la misma se encontraba sin varias piezas que han sido valoradas en 225,90 euros, la reparación de las piezas ha ascendido a 222 euros, que su propietaria reclama." TERCERO.- Contra la expresada Sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Olegario, alegando como motivos del recurso: errónea valoración de la prueba practicada-vulneración de la presunción de inocencia, indebida aplicación de los artículos 234, 74 y 632 CP y falta de motivación-indebida aplicación de los arts.66, 74.2 y 23 CP, y admitido en ambos efectos se dio traslado, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Audiencia, señalándose para la votación y fallo del recurso el 14 de septiembre de FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- Dictada Sentencia condenatoria contra el recurrente, éste se alza contra la misma solicitando sea dictada nueva Sentencia, revocando la resolución impugnada, por la que se acuerde la libre absolución de Olegario del delito de hurto continuado, con todo tipo de pronunciamientos favorables. Por su parte, el Ministerio Fiscal se opone al recurso de apelación e interesa su desestimación. SEGUNDO.- En cuanto al primero de los motivos alegados, es conveniente precisar que, de conformidad con reiterada Jurisprudencia, para que pueda aceptarse la vulneración del principio de presunción de inocencia es necesario que en la causa exista un vacío probatorio sobre los hechos objeto del proceso o sobre los elementos esenciales del delito. Si por el contrario, en relación con tales hechos se ha practicado actividad probatoria revestida de los requisitos propios de la prueba de cargo, con sometimiento a los principios procesales de oralidad, contradicción e inmediación, no puede estimarse la violación de dicho principio y presunción constitucional. Las pruebas así obtenidas son aptas para destruir aquella presunción, quedando sometidas a la libre y razonada valoración del tribunal de instancia a quien por ministerio de Ley corresponde en exclusiva dicha función. Desde esta perspectiva, es evidente que el derecho fundamental a la presunción de inocencia, no puede convertirse en un cajón de sastre o derecho ilimitado para cuestionar los hechos probados y la valoración probatoria, cuando no existe fundamentación suficiente. De otro lado, cuando se invoca la presunción de inocencia, hay que recordar que a este Tribunal no le corresponde un nuevo examen valorativo de la prueba, de competencia exclusiva del Juez de instancia por atribución constitucional y legal (arts CE y 741 LECrim.), y en la que prevalece el principio de inmediación. No obstante lo dicho, a esta Sala sí le está permitido comprobar que ha existido actividad probatoria de cargo para desvirtuar la presunción y la racionalidad de la sentencia que funda su condena en criterios lógicos, razonables y conformes a la común experiencia. Por último, según doctrina jurisprudencial sentada, la relación histórica del hecho enjuiciado no debe ser sustituida ni modificada en apelación, salvo cuando concurra alguno de los supuestos siguientes: 1) que se aprecie manifiesto y patente error en la apreciación de la prueba; 2) que el relato fáctico sea incompleto, incongruente o contradictorio; y 3) que sea desvirtuado por nuevos elementos de prueba practicados en segunda instancia. TERCERO.- A la luz de la anterior doctrina jurisprudencial y centrándonos ya en la resolución del motivo alegado, a juicio de la Sala, en el supuesto de autos, resulta claro que, el apelante, vía recurso de apelación, lo que está cuestionando es la correcta apreciación por el Juez " a quo" de la prueba practicada, pretendiendo la sustitución de la más objetiva e imparcial valoración que acerca de la culpabilidad del recurrente ha llevado a cabo dicho Juzgador, plasmada como conclusión fáctica en los hechos probados que son premisa del fallo recurrido, por una interpretación propia, interesada y personal. Así las cosas, entiende este Tribunal que en supuesto enjuiciado existe suficiente prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste al acusado consistente en documental, testifical y pericial, obtenida con las debidas garantías, que acreditan los hechos que han sido declarados probados por la 2

3 resolución apelada. En este punto, hay que hacer constar que el Juez de instancia no pudo contar con la declaración del acusado en el acto del juicio oral, habida cuenta que Olegario no compareció al acto de la vista, donde hubiera podido realizar en su descargo todas aquellas alegaciones que hubiera considerado oportunas y ello, pese a constar que había sido debidamente citado y sin que el encausado hubiese alegado motivo legítimo alguno que se lo impidiera. En este orden de consideraciones y puesto que la parte recurrente alega que se ha condenado al acusado sobre la base de su propia declaración autoinculpatoria prestada en sede policial, que posteriormente fue ratificada en el juzgado de instrucción y que no fue reproducida durante la vista porque el encartado no compareció. Por esta razón, en opinión del apelante, dicha prueba no puede ser considerada como prueba de cargo válida para enervar el principio de presunción de inocencia que asiste al Sr. Olegario. A este respecto, después de examinar la Sentencia apelada, considera este Tribunal que la Juez "a quo" ha llegado a la conclusión de que el acusado cometió el delito de hurto por el que venía siendo acusado, no solo por las declaraciones autroincriminatorias del acusado en sede policial y judicial, realizadas, dicho sea de paso en presencia de Letrado y con todas las garantías constitucionales, sino también a través de la prueba testifical practicada a los agentes de la Policía Nacional con nº NUM002 y NUM003, que intervinieron en la detención y posterior toma de declaración del Sr. Olegario, y que, tal como el apelante reconoce en su escrito de recurso, ratificaron el atestado policial en la vista oral y por tanto, con pleno sometimiento a los principios de oralidad, inmediación y contradicción. Sobre este particular y saliendo al paso de las alegaciones del apelante, la Sala considera conveniente poner de manifiesto que existe una consolidada doctrina jurisprudencial, tanto del Tribunal Constitucional como de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que concede excepcionalmente un cierto valor de prueba a las actuaciones policiales e incluso admite que la declaración autoincriminatoria en esa sede, no ratificada posteriormente, puede ser estimada como prueba de cargo siempre que se acrediten las siguientes circunstancias: 1º) que conste que aquella fue prestada previa información de sus derechos constitucionales; 2º) que sea prestada a presencia de Letrado y 3º) finalmente que sea complementada en el mismo juicio oral mediante la declaración contradictoria del agente de policía interviniente en la misma ( SSTC 303/93, 51/95 de 23 de febrero, 153/97 de 29 de septiembre, así como de esta Sala, 1079/2000, de 19 de julio)". A mayor abundamiento, según reiterada Jurisprudencia, los miembros de la Policía o de los distintos Cuerpos de Seguridad, cuando deponen en el acto del juicio oral sobre datos de hecho que conocen de ciencia propia y han visto o percibido con sus propios ojos, los hace testigos hábiles y su testimonio constituye prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia. Y ello, habida cuenta que estos funcionarios llevan a cabo sus declaraciones de forma imparcial y profesional, en el sentido de que no existe razón alguna para dudar de su veracidad cuando realizan sus cometidos profesionales, teniendo las manifestaciones que prestan un alto poder de convicción, en cuanto no existe elemento subjetivo alguno para dudar de su veracidad, precisamente, en función a la profesionalidad que caracteriza su cometido profesional, la formación con la que cuentan y la inserción de la Policía Judicial en un Estado social y democrático de Derecho, como es el nuestro, todo ello de conformidad con los arts. 104 y 126 de la Constitución Española. En este sentido, una constante doctrina jurisprudencial del Tribunal supremo ha venido declarando (Vid. SSTS , , 11-3, 7-5 y , 12-5 y y ) que las declaraciones testificales de los agentes en el juicio oral con garantías de publicidad, oralidad, contradicción efectiva de las partes e inmediación del Tribunal, puede estimarse prueba de cargo bastante para enervar la presunción de inocencia ( STS ). Luego, en atención a lo expuesto, entiende este Tribunal que una condena con las pruebas que obran en los autos resulta perfectamente respetuosa con el derecho a la presunción de inocencia del art CE, sin que se aprecie en los razonamientos jurídicos de la Sentencia, y por tanto, tampoco en la valoración que de la prueba se realiza en la misma, arbitrariedad alguna. Antes al contrario, los razonamientos son coherentes, lógicos y lo que es más importante, ajustados a la prueba que se practicó en el plenario. En otro orden de consideraciones y por lo que se refiere a la errónea valoración de la prueba pericial practicada de los efectos sustraídos, invocada por el apelante. A este respecto, la Sala ha de dejar claro que el valor de las bicicletas sustraídas ha sido fijado en sentencia en base al informe del perito tasador, debidamente ratificado en la vista oral, por lo que, existiendo prueba pericial, no puede calificarse de arbitrario, ni de erróneo, en tanto que refleja la conclusión del perito, sin que la defensa haya acreditado la inexactitud de éste. Por tanto, desprendiéndose de la prueba pericial que las dos bicicletas sustraídas estaban valoradas en 250, la de la Sra. Paloma y en 300 euros, la de la Sra. Alejandra, a la Sala no le cabe la menor duda de que el valor total de los efectos sustraídos supera la cantidad de 400 euros. En consecuencia, procede la desestimación del motivo alegado. 3

4 CUARTO. - Como segundo motivo del recurso, argumenta el apelante la indebida aplicación de los arts.234, 74 y 632, en tanto que no comparte el criterio seguido por la sentencia ahora impugnada cuando, atendiendo a la continuidad delictiva, en vez de calificar los hechos constitutivos de una falta de hurto continuada, imponiendo la pena atendiendo al perjuicio total causado, atiende al perjuicio total causado para determinar que estamos ante un delito de hurto y además continuado. Pues bien, en este punto, la Sala ha de recordar que la práctica jurisprudencial admite que una consecuencia de las faltas continuadas que suman el tope de los 400 es la de cambiar su naturaleza y convertirse en delito de hurto continuado. En este sentido, de acuerdo con la doctrina contenida en sentencias, entre otras, números 1558/98, de 1 Oct y 482/2000, de 21 Mar., en los delitos contra el patrimonio, las acciones plurales pero que responden a una unidad de propósito deben ser sancionadas de acuerdo con esa unidad interna aunque se exterioricen en diversas acciones que deben ser estimadas como ejecución parcial de una única intención, bien sea esta entendida como ejecución de un plan preconcebido --dolo conjunto o unitario-- o aprovechamiento de una igual ocasión --dolo continuado en sentido estricto--, de suerte que incluso en el supuesto de tratarse de hurtos que aisladamente considerados pudieran por su cuantía ser constitutivos de falta, pierden esa condición al estimarse continuados y en atención al total del perjuicio causado se convierten en delitos, con la consiguiente agravación penal justificadora del mayor reproche que suscita la continuidad delictiva. Y ello, con base en el Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 27 Marzo de 1998, para la unificación de la aplicación del Derecho, en el cual se determina que "en los casos de hurtos varios la calificación como delito o falta debe hacerse por el total sustraído, si previamente a esa valoración económica se ha apreciado continuidad en las acciones sucesivas realizadas, por la concurrencia de los requisitos del artículo 74 del Código Penal ". Atendiendo a la anterior doctrina jurisprudencial, este Tribunal considera correcta la calificación jurídica realizada por la Juez "a quo", que entiende que los hechos que se declaran probados son constitutivos de un delito continuado de hurto, previsto y penado en el artículo 234 en relación con el art.74, ambos del Código Penal. En consecuencia, procede rechazar recurso de apelación QUINTO.- Por último, aduce el apelante falta de motivación, por entender que se condena al acusado a la pena de 9 meses de prisión por aplicación de los arts. 66, 74.2 y 234 CP, sin que la sentencia de instancia contenga ninguna motivación sobre las concretas circunstancias que le llevan a la imposición de dicha pena, siendo que la pena, a juicio del recurrente, debió imponerse en su grado mínimo, es decir, seis meses de prisión. Así las cosas, entiende la Sala que es cierto que el Código Penal en su artículo 72 impone al juez la obligación de razonar en la sentencia la extensión en que se impone la pena, atendiendo específicamente a criterios legales; de tal manera que la ausencia de motivación expresa sobre la individualización de la pena puede dar lugar a la nulidad de la sentencia en aquellos supuestos en que dicha omisión adquiere suficiente relevancia. Entre estos supuestos la jurisprudencia señala: a) cuando la pena sea impuesta en la mitad superior sin motivación expresa; b) cuando se hace uso de la facultad atribuida por la ley para aplicar una pena de grado superior a la inicialmente predeterminada; c) cuando uno de los autores de los mismos hechos, en quien no concurren específicas circunstancias de agravación, es sancionado con una pena notoriamente superior a la de los demás, sin motivo aparente; o d) cuando por unos mismos hechos se impone a varios coautores una pena idéntica, siendo así que en uno de ellos concurre una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal que no resulta aplicable a los demás, existiendo margen legal para valorar el efecto atenuatorio o agravatorio de la circunstancia. A la vista de los anteriores razonamientos entiende la Sala que en el presente caso no cabe apreciar que se haya producido omisión alguna que conlleve un defecto de razonabilidad de la pena impuesta. En efecto, el art.234 prevé para el delito de hurto una pena de seis meses a dieciocho de prisión, a lo que debemos añadir que en el supuesto enjuiciado concurren en el acusado la circunstancia agravante de reincidencia del art.22.8 CP junto con la atenuante de confesión del art.24.1 CP, circunstancias que constan todas ellas en el Fundamento Jurídico Tercero de la resolución impugnada y que, en virtud del art.66.7, deberán compensarse racionalmente para la individualización de la pena, lo que significa que el órgano judicial que impone la sanción puede recorrer la extensión de la pena y aplicar la que considere más adecuada en cada caso. Pues bien, atendiendo a tales consideraciones y teniendo en cuenta que la Sentencia apelada condena al encausado a una pena de nueve meses de prisión, la Sala ha de concluir que la Juez "a quo" ha impuesto la pena dentro de la mitad inferior, sin superar lógicamente la pena proporcionada a la culpabilidad por el hecho y por consiguiente, se mantiene dentro del ámbito inferior de la pena legalmente predeterminada. Todo lo cual ha de llevar a la desestimación del motivo alegado 4

5 SEXTO.- Habiéndose desestimado íntegramente el recurso de apelación, procede la confirmación de la sentencia recurrida. No apreciándose temeridad ni mala fe en la interposición del recurso, procede declarar de oficio las costas causadas en esta alzada. Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal FALLAMOS QUE DEBEMOS DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS el recurso de apelación formulado por la representación de Olegario contra la Sentencia de fecha de catorce de abril de 2011 dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez Titular del Juzgado de lo Penal nº 7 de Zaragoza, en las Diligencias de Procedimiento Abreviado 236/2010 y en consecuencia, CONFIRMAMOS ésta íntegramente y con declaración de las costas procesales de oficio. Esta Sentencia es firme y contra ella no cabe recurso. Notifíquese al Ministerio Fiscal y a las demás partes y únase el original al libro de sentencias, llevándose al rollo testimonio de la misma. Devuélvanse las actuaciones de primera instancia al Juzgado de procedencia con certificación de esta resolución para su ejecución y cumplimiento, debiendo acusar recibo. Así por nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. PUBLICACIÓN- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el M.I. Sr. Magistrado Ponente que la dictó, estando celebrando audiencia pública esta Audiencia Provincial. Doy fe. 5

SENTENCIA NÚM. 110/2016

SENTENCIA NÚM. 110/2016 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCION SEXTA ROLLO DE SALA (PA) Nº 5/2016 SENTENCIA NÚM. 110/2016 EN NOMBRE DE S. M. EL REY ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. RUBEN BLASCO OBEDÉ MAGISTRADOS D. CARLOS

Más detalles

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero Id. Cendoj: 28079120012015100214 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 06/05/2015 Nº Recurso: 101/2015 Ponente: LUCIANO VARELA

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 57/2017

SENTENCIA NÚM. 57/2017 SENTENCIA NÚM. 57/2017 EN NOMBRE DE S. M. EL REY ILMOS. SEÑORES PRESIDENTE D. JULIO ARENERE BAYO MAGISTRADOS D. JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE D. FRANCISCO JAVIER CANTERO ARIZTEGUI EN LA CIUDAD DE ZARAGOZA,

Más detalles

SENTENCIA: 00105/2017

SENTENCIA: 00105/2017 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCIÓN TERCERA CALLE GALO PONTE S/N TELÉFONO: 976208376-77-79-81 N.I.G.: 50297 43 2 2015 0452221 PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000005/2017 DELITO/FALTA: APROPIACIÓN INDEBIDA

Más detalles

Juzgado de Instrucción n 5 de Hospitalet de Llobregat (Barcelona)

Juzgado de Instrucción n 5 de Hospitalet de Llobregat (Barcelona) Id. Cendoj: 08019370082015100691 Organo: Audiencia Provincial Sede: Barcelona Sección: 8 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 27/11/2015 Nº Recurso: 75/2015 Ponente: CARLOS MIR PUIG Procedimiento:

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 141/2015

SENTENCIA NÚM. 141/2015 SENTENCIA NÚM. 141/2015 EN NOMBRE DE S. M. EL REY ILMOS. SEÑORES PRESIDENTE D. JULIO ARENERE BAYO MAGISTRADOS D. FCO. JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI D. ª MARÍA JESÚS SÁNCHEZ CANO EN LA CIUDAD DE ZARAGOZA, A

Más detalles

SENTENCIA Nº 503/2015

SENTENCIA Nº 503/2015 JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE ALMERÍA Procedimiento Abreviado 558/2015 En Almería, a 22 de diciembre de 2015. SENTENCIA Nº 503/2015 Vistos por D. Pedro D. García Fernández, Juez de Refuerzo de los Juzgados

Más detalles

RECURRIDO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Dª A Y D. B

RECURRIDO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Dª A Y D. B TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACIÓN Nº 164/05 RECURRENTE: X LETRADO: DOMINGO VILLAMIL GÓMEZ DE LA TORRE RECURRIDO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO

Más detalles

Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009

Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009 Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo

Más detalles

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece.

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece. Recurso de casación e infracción procesal 43/12 A U T O Excmo. Sr. Presidente / D. Fernando Zubiri de Salinas / Ilmos. Sres. Magistrados / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch / D. Emilio Molins García-Atance

Más detalles

SENTENCIA Nº 180/2015

SENTENCIA Nº 180/2015 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCIÓN SEXTA ROLLO DE SALA (PA) Nº 48/2013 SENTENCIA Nº 180/2015 EN NOMBRE DE S. M. EL REY ILMOS. SEÑORES: PRESIDENTE D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ MAGISTRADOS D. CARLOS LASALA

Más detalles

A U T O. Zaragoza a nueve de marzo de dos mil quince. ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O. Zaragoza a nueve de marzo de dos mil quince. ANTECEDENTES DE HECHO Recurso de casación 5/15 A U T O Excmo. Sr. Presidente / D. Manuel Bellido Aspas / Ilmos. Sres. Magistrados / D. Fernando Zubiri de Salinas / D. Javier Seoane Prado / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch / Dª.

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA EJECUTORIA 265/1998 ROLLO DE SALA NÚMERO 106/1998 PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 48/1997 JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE FUENGIROLA AUTO ILTMOS. SRES.

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA S E N T E N C I A Nº 202/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA S E N T E N C I A Nº 202/2015 CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :26/03/15 M/ REF.: 7239 LETRADO:HELENA LUCIO VICIANA FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Más detalles

Recurso de casación e infracción procesal 14/2015 A U T O. Zaragoza, a veintidós de junio de dos mil quince. ANTECEDENTES DE HECHO

Recurso de casación e infracción procesal 14/2015 A U T O. Zaragoza, a veintidós de junio de dos mil quince. ANTECEDENTES DE HECHO Recurso de casación e infracción procesal 14/2015 A U T O Excmo. Sr. Presidente / D. Manuel Bellido Aspas / Ilmos. Sres. Magistrados / D. Fernando Zubiri de Salinas / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch / Dª.

Más detalles

SENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO

SENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO Procedimiento: Juicio Oral nº 82/15 SENTENCIA En Santander a catorce de abril del año dos mil quince. Dª Rosa Mª Gutiérrez Fernández, Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº Tres de Santander, y su

Más detalles

S E N T E N C IA N 142/2009

S E N T E N C IA N 142/2009 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCiÓN CUARTA 1/5 Rollo de apelación no342/2006 Parte apelante: DEP. D'INTERIOR - GENERALlTAT DE CATALUNYA Representante

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo AOMINISTRAClON TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N : 342/09 APELANTE: AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PROCURADOR: D. Luis de Miguel-Bueres Fernández APELADO: UNIÓN DE CONSUMIDORES

Más detalles

Procedimiento: PENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO

Procedimiento: PENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO Id. Cendoj: 35016370022015100002 Organo: Audiencia Provincial Sede: Las Palmas Sección: 2 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 20/01/2015 Nº Recurso: 25/2013 Ponente: YOLANDA ALCAZAR MONTERO

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA CIVIL Y PENAL ZARAGOZA A U T O

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA CIVIL Y PENAL ZARAGOZA A U T O TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA CIVIL Y PENAL ZARAGOZA Casación 56/2012 A U T O EXCMO. SR. PRESIDENTE / D. Fernando Zubiri de Salinas / ILMOS. SRES. MAGISTRADOS / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch

Más detalles

S E N T E N C I A NUM. CATORCE

S E N T E N C I A NUM. CATORCE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA CIVIL Y PENAL ZARAGOZA Casación 46/2012 S E N T E N C I A NUM. CATORCE Excmo. Sr. Presidente / D. Fernando Zubiri de Salinas / Ilmos. Sres. Magistrados / D.

Más detalles

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado.

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado. Tribunal Superior de Justicia TSJ de Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª) Sentencia num. 422/2016 de 1 septiembre JUR\2016\266041 Personal al servicio de la Administración

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA NOTIFICADA AL PROCURADOR 4 FEBRERO 2016 SENTENCIA Nº 21 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Ilmo. Sres.: Presidente Mariano Ferrando

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA AUTO ANTECEDENTES DE HECHO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA AUTO ANTECEDENTES DE HECHO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA CIVIL i PENAL DILIGENCIAS PREVIAS 1/2015 Querella 16/14 y acumuladas AUTO Barcelona, a 2 de junio de 2016. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- El Ministerio

Más detalles

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 LEON A U T O Nº AUTO: 00068/2015 N10300 C., EL CID, 20 UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 LEON A U T O Nº AUTO: 00068/2015 N10300 C., EL CID, 20 UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 LEON AUTO: 00068/2015 N10300 C., EL CID, 20 UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO Tfno.: 987/233159 Fax: 987/232657 N.I.G. 24202 41 1 2014 0100309 ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION

Más detalles

Procedimiento: PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Procedimiento: PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO Id. Cendoj: 08019370202009100002 Organo: Audiencia Provincial Sede: Barcelona Sección: 20 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 16/02/2009 Nº Recurso: 186/2008 Ponente: MARIA CARMEN DOMINGUEZ

Más detalles

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA. Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO /2016

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA. Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO /2016 AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 LEON SENTENCIA: 00013/2017 ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000361 /2016 Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA Procedimiento de origen:

Más detalles

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero RECURSO n.º 636/2010 SENTENCIA n.º 61/2013 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA: SECCION PRIMERA Compuesta

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ 14/04/2008 Voces: ABSOLUCION, AMENAZAS, IN DUBIO PRO REO, MALOS TRATOS

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ 14/04/2008 Voces: ABSOLUCION, AMENAZAS, IN DUBIO PRO REO, MALOS TRATOS AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA 22/04/2008 Voces: DECLARACION, MALOS TRATOS, MEDICO FORENSE condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Pontevedra, sobre delito de maltrato en el ámbito

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 25/2017

SENTENCIA NÚM. 25/2017 SENTENCIA NÚM. 25/2017 EN LA CIUDAD DE ZARAGOZA, A VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE. EN NOMBRE DE S.M. EL REY ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. JULIO ARENERE BAYO MAGISTRADOS D. JUAN ALBERTO

Más detalles

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 OURENSE

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 OURENSE AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 OURENSE SENTENCIA: 00413/2015 PZA. CONCEPCION ARENAL, 1 Teléfono: 988687072/988687068 213100 N.I.G.: 32032 41 2 2010 0100293 APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000823 /2015 Delito/falta:

Más detalles

En la Ciudad de Santander, a veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis.

En la Ciudad de Santander, a veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis. En la Ciudad de Santander, a veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis. Este Tribunal ha visto en Juicio Oral y Público la presente causa seguida por el Procedimiento Abreviado con el núm. 972 de 2015

Más detalles

Rollo de apelación nº 141/2014 Partes : AJUNTAMENT DE TERRASSA C/ VODAFONE ESPAÑA, S.A. S E N T E N C I A Nº 1165

Rollo de apelación nº 141/2014 Partes : AJUNTAMENT DE TERRASSA C/ VODAFONE ESPAÑA, S.A. S E N T E N C I A Nº 1165 CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :24/11/15 M/ REF.: 7248 LETRADO:AMADO MARTINEZ RUIZ FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Más detalles

SENTENCIA NÚM 157/2017

SENTENCIA NÚM 157/2017 AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 ZARAGOZA SENTENCIA: 00157/2017 ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000063 /2017 JUZGADO DE PROCEDENCIA: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 DE ZARAGOZA PROCEDIMIENTO DE ORIGEN:

Más detalles

Procedimiento: Juicio Oral nº 323/14 SENTENCIA

Procedimiento: Juicio Oral nº 323/14 SENTENCIA Procedimiento: Juicio Oral nº 323/14 SENTENCIA En Santander a cinco de marzo del año dos mil quince. Dª Rosa Mª Gutiérrez Fernández, Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº Tres de Santander, y su partido

Más detalles

A U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO A U T O Nº 57/2005 Presidente D. JUAN JOSE GARCIA PEREZ Magistrados D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA D. JESUS SANTIAGO DELGADO CRUCES En Pamplona/Iruña, a 29 de marzo de 2005. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-

Más detalles

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2-28004 33010310 NIG: 28.079.00.3-2016/0014471 Recurso de Apelación 302/2017 Recurrente:

Más detalles

S E N T E N C I A N 141/05

S E N T E N C I A N 141/05 JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N 11 MADRID C/ GRAN VIA 19 Número de Identificación Único: 28079 3 0012128/2004 PROCEDIMIENTO ABREVIADO 358/2004 Sobre OTRAS CUESTIONES EN MATERIA DE EXTRANJERlA De XXXXXX Procurador

Más detalles

Audiencia Provincial. AP de Madrid (Sección 19ª) Sentencia num. 295/2009 de 29 mayo

Audiencia Provincial. AP de Madrid (Sección 19ª) Sentencia num. 295/2009 de 29 mayo Audiencia Provincial AP de Madrid (Sección 19ª) Sentencia num. 295/2009 de 29 mayo SEGURO: PÓLIZAS: EXCLUSIÓN DE LA COBERTURA: desestimación: intervención por tumor cerebral en centro concertado cubierta

Más detalles

Rollo Apelación faltas nº 47/ V. Juzgado Instrucción 1 La Seu d'urgell S E N T E N C I A NÚM.:118/2005

Rollo Apelación faltas nº 47/ V. Juzgado Instrucción 1 La Seu d'urgell S E N T E N C I A NÚM.:118/2005 Audiencia Provincial de Lleida (Sección 1ª) Sentencia núm. 118/2005 de 18 marzo (rec.47/2005) FALTAS CONTRA EL ORDEN PUBLICO: Faltar al respeto y consideración debida a la Autoridad o sus agentes: existencia:

Más detalles

El rol del Juez en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio

El rol del Juez en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio El rol del Juez en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio Unidad 1. Principios Constitucionales 2. Constitucionalizacion del Proceso Penal en sus diferentes etapas Objetivos Específicos Que el juez se constituya

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 DE DICIEMBRE DE MULTA A EMPRESA POR PRESTACION DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA SIN HABILITACIÓN.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 DE DICIEMBRE DE MULTA A EMPRESA POR PRESTACION DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA SIN HABILITACIÓN. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 DE DICIEMBRE DE 2008. MULTA A EMPRESA POR PRESTACION DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA SIN HABILITACIÓN. En la Villa de Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil

Más detalles

Sentencia de Sala de lo contencioso-administrativo. Sección sexta. Invocación del artículo 45.5 de la LOPD.

Sentencia de Sala de lo contencioso-administrativo. Sección sexta. Invocación del artículo 45.5 de la LOPD. Sentencia de 12-04-2002. Sala de lo contencioso-administrativo. Sección sexta. Invocación del artículo 45.5 de la LOPD. El TS declara no haber lugar al recurso de casación para la unificación de la doctrina

Más detalles

Tema 2 EL DERECHO PROCESAL PENAL

Tema 2 EL DERECHO PROCESAL PENAL Tema 2 EL DERECHO PROCESAL PENAL IDEAS GENERALES Concepto descriptivo. Principales caracteres: Rama autónoma del ordenamiento jurídico. Pertenece al Derecho Público. Es instrumental respecto al Derecho

Más detalles

SENTENCIA N o 152 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA

SENTENCIA N o 152 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Novena C/ General Castaños, 1, Planta 1-28004 33010280 NIG: 28.079.00.3-2014/0014626 Recurso de Apelación 308/2016

Más detalles

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 ZARAGOZA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 ZARAGOZA AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 ZARAGOZA SENTENCIA: 00439/2015 SENTENCIA núm.439/2015 Ilmos. Señores: Presidente: D. PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA Magistrados: D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER D. ALFONSO MARIA MARTINEZ

Más detalles

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO TRES DE ALICANTE SENTENCIA N 217/2007. En la ciudad de Alicante, a veintiuno de mayo de dos mil siete.

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO TRES DE ALICANTE SENTENCIA N 217/2007. En la ciudad de Alicante, a veintiuno de mayo de dos mil siete. JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO TRES DE ALICANTE SENTENCIA N 217/2007 En la ciudad de Alicante, a veintiuno de mayo de dos mil siete. Visto por el Magistrado-Juez, D. XXXXXXXX, el recurso

Más detalles

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 VALLADOLID

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 VALLADOLID AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 VALLADOLID SENTENCIA: 00138/2014 Rollo: RECURSO DE APELACION 164/14 SENTENCIA Nº 138/14 ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID SECCION PRIMERA Ilmo. Sr. Presidente: D. SALINERO

Más detalles

Recurso de Apelación 672/2015 Origen:Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid Diligencias Previas Proc. Abreviado 2310/2015

Recurso de Apelación 672/2015 Origen:Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid Diligencias Previas Proc. Abreviado 2310/2015 Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 9-28035 Teléfono: 914934645,914934645 Fax: 914934639 GRUPO 3 37051030 N.I.G.: 28.079.00.1-2015/0012251 Recurso

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo SENTENCIA: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION Nº: 132/14 APELANTE: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Representante:

Más detalles

PLENO JURISDICCIONAL PENAL 1997 ACUERDO PLENARIO N 1/97 REGLAS DE CONDUCTA EN LA SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD

PLENO JURISDICCIONAL PENAL 1997 ACUERDO PLENARIO N 1/97 REGLAS DE CONDUCTA EN LA SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD PLENO JURISDICCIONAL PENAL 1997 ACUERDO PLENARIO N 1/97 REGLAS DE CONDUCTA EN LA SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD PRIMERO: El pago de la reparación civil es susceptible de ser

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal AUTO CAUSA ESPECIAL Nº de Recurso:20501/2009 Fallo/Acuerdo: Auto Estimando Procedencia: QUERELLA Fecha Auto: 15/12/2009 Ponente Excmo. Sr. D.: Juan Saavedra

Más detalles

Recurso de Apelación 2368/2015 Origen: Juzgado de Instrucción nº 33 de Madrid Diligencias Previas Proc. Abreviado 9395/2007 AUTO NÚM.

Recurso de Apelación 2368/2015 Origen: Juzgado de Instrucción nº 33 de Madrid Diligencias Previas Proc. Abreviado 9395/2007 AUTO NÚM. Sección nº 05 de la Audiencia Provincial de Madrid C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 6-28035 Teléfono: 914934573,914933800 Fax: 914934716 TRA B 37051030 N.I.G.: 28.079.00.1-2015/0013418 Recurso

Más detalles

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto

Más detalles

Tema 1 EL PROCESO PENAL

Tema 1 EL PROCESO PENAL Tema 1 EL PROCESO PENAL EL PROCESO PENAL: FUNCIÓN ESPECÍFICA Derecho Penal sustantivo: qué conductas son punibles (delitos) y qué pena les corresponde. Ius puniendi del Estado. Principio de legalidad penal

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 22/06/2016 Recurso Num.: 3061/2014 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

C) Excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

C) Excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias. En Madrid, a treinta y uno de enero de dos mil doce. HECHOS PRIMERO.- Por Auto de 12 de diciembre de 2011 se acordó, entre otros pronunciamientos, la transformación de las Diligencias Previas en Procedimiento

Más detalles

SENTENCIA Nº 452/2012

SENTENCIA Nº 452/2012 AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN PRIMERA ALICANTE PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta Tfno: 965.93.59.39-40 Fax: 965.93.59.51 NIG: 03014-37-1-2011-0005606 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 000032/2011-

Más detalles

RECOPILATORIO PENAL III

RECOPILATORIO PENAL III RECOPILATORIO PENAL III En este ejercicio se recogen las 10 primeras preguntas de la parte general. Recordad que el tiempo máximo recomendado que se le debe asignar a cada pregunta es de 3 minutos y 12

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO S E N T E N C I A Nº 16/2009 Presidente D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ Magistrados D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO Dª BLANCA GESTO ALONSO En Pamplona/Iruña, a 29 de enero de 2009. La Sección Segunda de

Más detalles

A U T O. En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil catorce. ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O. En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil catorce. ANTECEDENTES DE HECHO JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 5 AUDIENCIA NACIONAL MADRID Procedimiento Abreviado 238/2010-D A U T O En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil catorce. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En fecha

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA) SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA) SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA) SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA. Apelación nº 43/2017 Recurso nº 202/2016 del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo

Más detalles

Juicio Oral Código Procesal Penal de Chile

Juicio Oral Código Procesal Penal de Chile Juicio Oral Código Procesal Penal de Chile Envío de auto de apertura del juicio oral Modificación al Código Procesal Penal de Chile, por la ley 19.815. Información que debe contener auto de apertura (tema

Más detalles

Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN SÉPTIMA

Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN SÉPTIMA ADMINISTRACION DEJUSTIQA AUDIENCIA NACIONAL Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN SÉPTIMA Núm. de Recurso: Tipo de Recurso: Núm. Registro General : Apelante: Apelado: Abogado Del Estado 000004612017

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal AUTO 732/2012 R.CASACION PARA LA UNIFICACION DE DOCTRINA Nº de Recurso:20839/2011 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Procedencia: Audiencia Provincial de Sevilla (Sección

Más detalles

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social SENTENCIA: Presidente Excmo. Sr. D.: Aurelio Desdentado Bonete en funciones Fecha Sentencia: 03/05/2006 Recurso Num.: UNIFICACIÓN DOCTRINA 1333/2005 Fallo/Acuerdo:

Más detalles

1. El caso caso práctico

1. El caso caso práctico caso práctico Denuncia de comunidad de propietarios por los daños ocasionados por una vecina a bienes individuales y comunitarios. Delito de incendio y falta de daños. Comunidad de Propietarios formula

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 562/2017 de 17 Oct. 2017, Rec. 848/2015

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 562/2017 de 17 Oct. 2017, Rec. 848/2015 Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 562/2017 de 17 Oct. 2017, Rec. 848/2015 Ponente: Orduña Moreno, Francisco Javier. Nº de Sentencia: 562/2017 Nº de Recurso: 848/2015 Jurisdicción:

Más detalles

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID Sala de lo Contencioso Administrativo Sección SEGUNDA VALLADOLID C/ Angustias s/n SENTENCIA: 00035/2016 N.I.G: 47186 33 3 2015 0103395 AP RECURSO DE APELACION 0000439

Más detalles

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 A U T O H E C H O S

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 A U T O H E C H O S JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 RIBEIRA DILIGENCIAS PREVIAS 669/2016 A U T O En Ribeira, a 19 de abril de 2017. H E C H O S PRIMERO.- Las presentes actuaciones, diligencias previas seguidas

Más detalles

Procedimiento Abreviado 970/2015

Procedimiento Abreviado 970/2015 Sección nº 07 de la Audiencia Provincial de Madrid C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 7-28035 Teléfono: 914934580,914933800 Fax: 914934579 37059120 N.I.G.: 28.079.00.1-2015/0016869 Procedimiento

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA) SALA. DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA) SALA. DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA) SALA. DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 1014/03 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Julián Moreno Retamino Ilmos.

Más detalles

Gabinete Jurídico LEX IURIS

Gabinete Jurídico LEX IURIS providencia de mero impulso procedimental. Infracción del art. 217 LECRIM. El derecho al recurso es parte integrante del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), que se configura como un derecho

Más detalles

COMPETENCIA (Art. 509 LEC) DEMANDA DE REVISIÓN. CONTESTACIÓN (Art LEC) TRAMITACIÓN JUICIO VERBAL. RESOLUCIÓN (Art. 516 LEC)

COMPETENCIA (Art. 509 LEC) DEMANDA DE REVISIÓN. CONTESTACIÓN (Art LEC) TRAMITACIÓN JUICIO VERBAL. RESOLUCIÓN (Art. 516 LEC) TRAMITACIÓN DE LA REVISIÓN DE SENTENCIAS FIRMES Motivos (Art. 510 LEC): o Recobrar u obtener documentos decisivos después de dictada sentencia: o Si recayó sentencia con base a documentos falsos o Si recayó

Más detalles

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGIÓN DE MURCIA Sala de lo Contencioso-administrativo Ponente: José María Pérez-Crespo Payá Sentencia de 17 de enero de 2014 Recurso 130/2013 Sentencia 20/2014 LA SALA

Más detalles

2. La anulación de la determinación de la construcción de la nueva Biblioteca Central de la Universidad de Sevilla en terrenos del referido Parque.

2. La anulación de la determinación de la construcción de la nueva Biblioteca Central de la Universidad de Sevilla en terrenos del referido Parque. En la Villa de Madrid, a catorce de junio de dos mil once. Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo el recurso de casación núm. 5786/2009 interpuesto por el Letrado de la Junta de

Más detalles

MINISTERIO PÚBLICO DE COSTA RICA

MINISTERIO PÚBLICO DE COSTA RICA 20 MINISTERIO PÚBLICO DE COSTA RICA 2008 Tema IN DUBIO PRO REO. Garantía procesal penal CULPABILIDAD. Condición de imputable del acusado en el proceso penal: Sumario IN DUBIO PRO REO. Garantía procesal

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 27 Jun. 2006, rec.

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 27 Jun. 2006, rec. Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 27 Jun. 2006, rec. 1694/2001 Ponente: Reino Martínez, Jesús Bartolomé N.º Sentencia:

Más detalles

En la ciudad de Valencia a 05 de junio de 2011.

En la ciudad de Valencia a 05 de junio de 2011. En la ciudad de Valencia a 05 de junio de 2011. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA 1/7 Rollo de apelación n 263/201 O Parte apelante: DEPARTAMENT D'INTERIOR, RELACIONS INSTITUCIONAL$ 1 PARTICIPACIÓ

Más detalles

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO LOPD ADMINISTRACJON T.S.J. CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO SENTENCIA: 00852/2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N 199/15 APELANTE: LOPD PROCURADOR: LOPD APELADOS: ZURICH

Más detalles

SENTENCIA: 00016/2017

SENTENCIA: 00016/2017 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCION TERCERA CALLE GALO PONTE S/N TELÉFONO: 976208376-77-79-81 N.I.G.: 50297 43 2 2015 0436163 PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000102/2016 DELITO/FALTA: TRÁFICO DE DROGAS

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA AUTO. En esta ciudad de Málaga, a 4 de marzo de ANTECEDENTES DE HECHO.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA AUTO. En esta ciudad de Málaga, a 4 de marzo de ANTECEDENTES DE HECHO. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA EJECUTORIA NÚMERO 81/2013 ROLLO NÚMERO 10.001/2010 PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 3.209/2006 JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE MARBELLA AUTO ILTMOS. SRES.

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 24/09/2013 Recurso Num.: 2887/2012 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

SENTENCIA nº /2016

SENTENCIA nº /2016 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA Avda Pedro San Martin S/N Santander Teléfono: 942357126 Fax.: 942357004 Modelo: TX900 Proc.: RECURSOS DE SUPLICACIÓN Nº: 0000203/2016 NIG:

Más detalles

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL Mónica-Galdana Pérez Morales Profesora Titular de Derecho Procesal Universidad de Murcia. 1 Lección 16. La prueba: concepto, objeto y necesidad.- Medios de prueba; prueba ilícita;

Más detalles

AL JUZGADO DE LO PENAL Nº3 DE MOSTOLES (PARA ANTE LA AUDIENCIA PROVINCIAL)

AL JUZGADO DE LO PENAL Nº3 DE MOSTOLES (PARA ANTE LA AUDIENCIA PROVINCIAL) Juicio oral nº226/2008 AL JUZGADO DE LO PENAL Nº3 DE MOSTOLES (PARA ANTE LA AUDIENCIA PROVINCIAL) DOÑA LEONOR Mª GUILLÉN CASADO, procurador de los tribunales y de Dª QUENBY ANN WILCOX GONZALEZ, y bajo

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O. Sala de lo. Contencioso-Administrativo. Sección: SEGUNDA S E N T E N C I A

T R I B U N A L S U P R E M O. Sala de lo. Contencioso-Administrativo. Sección: SEGUNDA S E N T E N C I A T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: SEGUNDA S E N T E N C I A Fecha de Sentencia: 21/11/2012 REC.ORDINARIO(c/a) Recurso Núm.: 17/2011 Fallo/Acuerdo: Sentencia Inadmisibilidad

Más detalles

N11600 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA Nº 1 ( NUEVO PALACIO DE JUSTICIA) 3ª PLANTA.- GIJÓN

N11600 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA Nº 1 ( NUEVO PALACIO DE JUSTICIA) 3ª PLANTA.- GIJÓN LOPD JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON SENTENCIA: 00118/2014 - N11600 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA Nº 1 ( NUEVO PALACIO DE JUSTICIA) 3ª PLANTA.- GIJÓN N.I.G: 33044 45 3 2014 0000096 Procedimiento: PROCEDIMIENTO

Más detalles

El sistema procesal penal chileno. Prof. Claudio Meneses Pacheco Escuela de Derecho Universidad de Valparaíso, Chile

El sistema procesal penal chileno. Prof. Claudio Meneses Pacheco Escuela de Derecho Universidad de Valparaíso, Chile El sistema procesal penal chileno Prof. Claudio Meneses Pacheco Escuela de Derecho Universidad de Valparaíso, Chile Sistema antiguo: 1907-2000 Modelo inquisitivo: juez investigador, acusador y sentenciador.

Más detalles

Audiencia Provincial

Audiencia Provincial de Alicante (Sección 8ª) Sentencia num. 203/2011 de 12 mayo JUR\2011\312505 CONCURSO (Ley 22/2003, de 9 julio): Informe de la administración concursal y determinación de las masas activas y pasivas del

Más detalles

AUTO. En Las Palmas de Gran Canaria, a trece de diciembre de dos mil trece.

AUTO. En Las Palmas de Gran Canaria, a trece de diciembre de dos mil trece. AUTO Ilmos. Sres.: PRESIDENTE: Don Miquel Ángel Parramón I Bregolat MAGISTRADOS: Doña I. Eugenia Cabello Díaz (Ponente) Don Ignacio Marrero Francés AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a trece de diciembre

Más detalles

SENTENCIA: 00545/2016

SENTENCIA: 00545/2016 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCIÓN TERCERA CALLE GALO PONTE S/N TELÉFONO: 976208376-77-79-81 N.I.G.: 50297 43 2 2013 0312248 PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000071/2016 DELITO/FALTA: ESTAFA (TODOS LOS

Más detalles

Audiencia Provincial de Madrid, Sección 23ª, Sentencia de 16 Jun. 2010, rec. 231/2009. Texto

Audiencia Provincial de Madrid, Sección 23ª, Sentencia de 16 Jun. 2010, rec. 231/2009. Texto Audiencia Provincial de Madrid, Sección 23ª, Sentencia de 16 Jun. 2010, rec. 231/2009 Ponente: Riera Ocariz, Adoración María. Nº de Sentencia: 773/2010 Nº de Recurso: 231/2009 Jurisdicción: PENAL Texto

Más detalles

TERCERO.- Comenzaremos a analizar los diversos motivos de impugnación por el mismo orden que nos los presenta la parte actora.

TERCERO.- Comenzaremos a analizar los diversos motivos de impugnación por el mismo orden que nos los presenta la parte actora. Audiencia Nacional. Sentencia de 21-04-2006. Sala de lo Contencioso- Administrativo, sección primera. Calidad de los datos de ficheros de contenido patrimonial. La AN desestima el recurso. Madrid, a veintiuno

Más detalles

Audiencia Provincial. AP de Guipúzcoa (Sección 1ª) Sentencia num. 285/2000 de 29 diciembre

Audiencia Provincial. AP de Guipúzcoa (Sección 1ª) Sentencia num. 285/2000 de 29 diciembre Audiencia Provincial AP de Guipúzcoa (Sección 1ª) Sentencia num. 285/2000 de 29 diciembre Seguro. Jurisdicción:Civil Recurso 1110/2000 Ponente:IIlma. Sra. Mª del Carmen Margalejo Ferrer En DONOSTIA - SAN

Más detalles

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 4 DE BILBAO SENTENCIA Nº 231/05

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 4 DE BILBAO SENTENCIA Nº 231/05 JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 4 DE BILBAO SENTENCIA Nº 231/05 En BILBAO, a seis de julio de dos mil cinco. FERNANDO GOIZUETA RUIZ MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO de lo Contencioso-Administrativo

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 56/15

SENTENCIA NÚM. 56/15 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCIÓN TERCERA CALLE GALO PONTE S/N TELÉFONO: 976208376-77-79-81 530550 N.I.G.: 50297 43 2 2014 0380466 PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000045 /2015 DELITO/FALTA: TRÁFICO

Más detalles