Diapositivas. Primera Parte

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1 Formación profesional: From the SelectedWorks of Prof. David Aníbal Ortiz Gaspar. Winter July, 2015 Diapositivas. Primera Parte David A Ortiz, Gaspar, Universidad de San Martín de Porres Available at:

2 CONTRATACIONES DEL ESTADO: Primera parte 1 Prof. David Aníbal Ortiz Gaspar david.ortiz@pucp.pe

3 Prof. David Aníbal Ortiz Gaspar -Abogado por la Universidad de San Martín de Porres. -Estudios de Postgrado en la Universidad Complutense de Madrid y la Universidad de Buenos Aires. -Estudios de Maestría en Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú. -Programa de Especialización en Gestión de las Contrataciones Públicas en la Escuela de Postgrado de la Universidad del Pacífico. Programa de Especialización de Formación de Árbitros en Contrataciones con el Estado en la Escuela de Postgrado de la Universidad ESAN. -Diplomado en Derecho Administrativo en la Escuela de Postgrado de la Universidad ESAN. -Diplomado en Contrataciones del Estado en la Escuela de Postgrado de la Universidad ESAN. -Diplomado en Arbitraje en la Escuela de Postgrado de la Universidad ESAN. -Curso de Especialización en Arbitraje en Contrataciones del Estado en la Escuela de Postgrado de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

4 3 SISTEMA DE ABASTECIMIENTO

5 4 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Ley Nº Los Sistemas son conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública. Los Sistemas están a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional. Artículo 46.- Sistemas Administrativos Los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso.

6 5 Sistema Nacional de Abastecimiento Decreto Ley N del Finalidad: Asegurar la unidad, racionalidad, eficiencia y eficacia de procesos de abastecimiento de bienes, servicios y obras en las entidades públicas.

7 6 PCM MODERNIZACIÓN GESTIÓN PÚBLICA MINTRA-SERVIR GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS CADENA DE ABASTECIMIENTO ABASTECIMIENTO OSCE PRESUPUESTO PÚBLICO MEF - DGPP CGR CONTROL MINJUSDEH DEFENSA JUDICIAL SISTEMAS ADMINISTRATIVOS (LOPE) MEF-DGTEP TESORERÍA MEF-DGTEP ENDEUDAMIENTO PÚBLICO CEPLAN PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO INVERSIÓN PUBLICA MEF-DGPI CONTABILIDAD MEF-DGCP

8 FINALIDAD Y RELEVANCIA DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA 7

9 Finalidad de las compras públicas 8 La compra pública es instrumental, al constituir un medio para lograr un fin público. La elección del proveedor no queda librada únicamente a la voluntad de la Entidad. No debe perderse de vista que, a través de las compras públicas, el Estado redistribuye el ingreso dentro del territorio nacional.

10 Relevancia de las compras estatales en el Perú 9 En el año 2013 el Estado Peruano adjudicó adquisiciones de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras por un total de S/. 36, ,000 (4 mil millones corresponde a Petroperú). Fuente: OSCE.

11 Relevancia de las compras estatales en el Perú 10 Del monto adjudicado en el 2013, la relevancia de mayor a menor por materias es la siguiente: Bienes 43.3% Obras 34.6% Servicios 19.5% Consultoría de obras 2.6% Fuente OSCE

12 Distribución de montos adjudicados 2013 (en millones S/.) 11 Gobierno Central Gobiernos Regionales Gobiernos Locales Empresas FONAFE PETROPERU Otras Fuente: OSCE.

13 12 Actores involucrados en la Contratación Pública SOCIEDAD PROMOTORES Y PROTECTORES DEL SISTEMA ENTIDAD CONTRATANTE Contrato CONTRATISTA SECTOR PÚBLICO DESTINATARIOS DIRECTOS COMUNIDAD INTERNACIONAL SECTOR PRIVADO

14 ACTORES QUE INTERVIENEN EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA 13 -SUPERVISIÓN - CONTROL GUBERNAMENTAL -VIGILANCIA CIUDADANA ESTADO PROVEEDORES 1. POLÍTICAS Deben considerar todos los supuestos de contratación, independientemente del régimen. 2. RECURSOS PÚBLICOS: Transparencia/Seguridad/Eficiencia/Eficacia. 3. CAPACIDADES DE GESTIÓN DEL CONTRATO Operadores capacitados. 4. RECTORÍA Supervisión/promoción/ protección 5. REGLAS DE ACCESO AL SISTEMA Registro Nacional de Proveedores. Interés público Interés público Interés privado Interés privado 1. INTERACCION ENTRE ACTORES Definición de practicas y políticas contractuales. 2. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS i) Focos de origen del conflicto (prevención). ii) Hitos de conflicto efectivo: a) actos preparatorios, b) proceso de selección y c) en la ejecución contractual. Publicidad de todos los procesos de contratación: SEACE 1. OPORTUNIDAD LEGITIMA DE NEGOCIO Acceso efectivo: i) en condiciones equitativas, con justicia distributiva y ii) competencia en caso de igualdad. 2. DESARROLLO DE CAPACIDADES Para todos mediante la intervención del estado y del privado. 3. TRAMITE, TIEMPO Y COSTOS DE TRANSACCION Simplificación. CONTEXTO INTERNACIONAL

15 14 CONTRATOS PÚBLICOS

16 15 Contrato de la Administración Pública Es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar, o extinguir una relación jurídica patrimonial, en el cual por lo menos una de las partes es una Entidad de la Administración Pública. CONTRATO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ENTIDAD PRIVADO ENTIDAD ENTIDAD

17 16 Características Por lo menos una de las partes ejerce función administrativa. Tiene como instrumento al contrato de la administración pública. En cada caso se sigue un procedimientos de naturaleza administrativa. Se aplica el Derecho Administrativo, que forma parte del Derecho Público. Vincula intereses colectivos con intereses privados. Existencia de prerrogativas especiales a la Administración.

18 17 Elementos esenciales: Entidad Pública. Bienes, servicios u obras. Fondos Públicos. Contratista como agente del mercado. Carácter oneroso / fin lucrativo de la vinculación contractual.

19 18 Esquema básico ENTIDAD - Determina necesidades. - Determina el valor referencial. -Establece condiciones financieras. - Invita a ofertar. - Evalúa las ofertas. -Adjudica la Buena Pro. PROVEEDORES Ofertan.

20 Diferencia con el Contrato Privado 19 Contrato Privado Art. 1351º del Código Civil establece el concepto de contrato: Acuerdo de dos o mas partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial Contrato de la Administración Pública El concepto subyace en la noción de Contrato de la Administración Pública. Una de las partes es una Entidad de la Administración Pública.

21 Diferencia con el Contrato Privado 20 Contrato Privado Conforme al artículo 1352º del Código Civil, el consentimiento de las partes basta para el perfeccionamiento del contrato. Tanto el procedimiento como la forma son libres, salvo sea por exigencia de la Ley, bajo sanción de nulidad. Contrato de la Administración Pública Para los contratos de la Administración Pública, el artículo 76º de la Constitución consagra la naturaleza de orden público de las normas que regulan el contrato. El procedimiento y la forma es bajo sanción de nulidad.

22 21 Diferencia con el Contrato Privado Contrato Privado Según el artículo 1354º del Código Civil, las partes pueden determinar libremente el contenido del contrato, siempre que no sea contrario a norma legal de carácter imperativo. Contrato de la Administración Pública El contenido de los contratos es determinado fundamentalmente por la Administración Pública, normalmente ciñéndose a normas especiales. Mínimo margen de negociación o hasta puede no existir.

23 22 Diferencia con el Contrato Privado Contrato Privado Según el artículo 1356º del Código Civil, las disposiciones de la Ley sobre contratos, son supletorios de la voluntad de las partes, salvo que sean imperativas. Confirma la prioridad otorgada a la libre voluntad de las partes. Contrato de la Administración Pública En los contratos de la Administración Pública, el principio es el contrario, pues casi la totalidad de las normas son de aplicación directa y tienen carácter imperativo. Sólo en caso de excepción, prevalece la voluntad de las partes.

24 23 Contrato Privado y Contrato de la Administración Pública El elemento determinante de distinción no es el de las prerrogativas especiales que confieren a la Administración Pública algunos tipos específicos de contratos, sino el hecho que participa la Administración Pública como una de las partes y el contrato nace de un procedimiento preestablecido y necesario.

25 24 Otros apuntes sobre el contrato de la Administración Pública Tiene una tipicidad contractual orientada a restringir o limitar las reglas del derecho común (v.g. los plazos de caducidad). Existen institutos forzosos e indisponibles tales como las garantías del contrato, las cláusulas de resolución de contrato y de solución de controversias. No existe un marco adecuado que fomente una solución pacífica de controversias (Problemas de conciliación), por lo que contrario, afronta el conflicto de modo organizado. No se requiere de un ambiente armonioso de ejecución del contrato: Especialmente en obras el sistema promueve un conflicto regulado.

26 25 MARCO NORMATIVO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

27 26 Normas aplicables Constitución Política del Estado Peruano (Art. 76). Ley de Contrataciones del Estado. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil. Directivas. Normas sectoriales o por actividad. Acuerdos de Sala Plena del Tribunal de Contrataciones del Estado. Opiniones? Pronunciamientos?

28 27 FUENTE CONSTITUCIONAL (ART. 76º) Las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación pública, así como también la adquisición o la enajenación de bienes. La contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. La ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades. Por tanto, la contratación de bienes, servicios u obras con cargo a fondos públicos deba efectuarse, obligatoriamente, mediante los procedimientos que establezca la Ley.

29 28 Fondos Públicos Ley 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público: Ingresos de naturaleza tributaria, no tributaria o por financiamiento que sirven para financiar todos los gastos del Presupuesto del Sector Público. / Recursos financieros del Sector Público que comprende a las entidades, organismos, instituciones y empresas. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto: Los fondos públicos se orientan a la atención de los gastos que genere el cumplimiento de sus fines, independientemente de la fuente de financiamiento de donde provengan. Competencia para determinar la naturaleza de fondos: Dirección General de Presupuesto Público del MEF.

30 29 Reglas de interpretación Artículo 142º 2do párrafo del Reglamento: En lo no previsto en la Ley y Reglamento (de contrataciones) se aplican las normas de derecho público y sólo en defecto de estas las del derecho privado, siendo dicho orden necesario.

31 30 Regímenes Especiales El Tribunal Constitucional ha precisado que ( ) si bien es cierto que la Ley de Contrataciones del Estado representa la norma de desarrollo constitucional que recoge los principios señalados en el artículo 76 de la Constitución, también lo es que el contexto socioeconómico puede determinar la necesidad de establecer mecanismos excepcionales de adquisición, conforme lo señala la propia Constitución, y cuya única condición exigible será que estén regulados por ley y que respeten los principios constitucionales que rigen toda adquisición pública. Es claro, entonces, que ningún mecanismo de adquisición será válido si no respeta los principios de eficiencia, transparencia y trato igualitario.

32 31 Regímenes Especiales (37) Agrobanco - Ley Nº Beneficencias - Ley Nº Bolsas de Productos - D.L. Nº 1063 Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - Ley Nº Colegios Emblemáticos - D.U. Nº Compras MYPErú - D.U. Nº / D.U. Nº Contrataciones de servicios para los procesos electorales durante el año Trigésima Quinta D.F. de la Ley Nº Contrataciones durante la Transmisión del mando supremo D.U. Nº Contrataciones para la cumbre de jefes de Estado y la Cumbre ASPEC - Sétima D.T. de la Ley Nº Contrataciones para la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro América del Sur - Países Árabes (ASPA) - D.U. Nº Contrataciones para la XL periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA - Sexagésima D.F. de la Ley Nº Contrataciones para sedes legislativas o administrativas del Congreso - Cuadragésima Octava D.F. de la Ley Nº Medidas para agilizar ejecución de proyectos de inversión pública (obras) - D.U. Nº Medidas para agilizar obras de inversión pública - D.U Disposiciones iniciales para viabilizar y facilitar la intervención integral de los Programas Sociales y otras Entidades en la Zona del VRAE - D.U. Nº / D.U. Nº / D.U. Nº Fenómeno del Niño D.U. Nº Gran Teatro Nacional INC D.U. Nº INPE D.U. Nº D.U Ley Nº Mantenimiento en los establecimientos de salud D.U. Nº Medidas extraordinarias destinadas a las acciones en el Marco del Plan VRAE D.U. Nº / D.U. Nº Medidas para agilizar la contratación de bienes, servicios y obras D.U. Nº / D.U. Nº Medidas para agilizar la ejecución de proyectos de inversión D.U. Nº / D.U. Nº Medidas para agilizar la ejecución de obras públicas y otras acciones D.U. Nº MIDIS Cuarta D.C.T. y Anexo II de la Ley Nº Cuarta D.C.T. de la Ley Nº MIVIVIENDA Primer D.C. de la Ley Nº Obras por impuestos Ley Nº OEFA Art. 12 de la Ley Nº PETROPERÚ D.L. Nº 43 / Ley Nº / Res. Nº OSCE/PRE Proceso de Selección abreviado (PSA) D.U. Nº / D.U. Nº / D.U. Nº / D.U. Nº Proceso Especial de Selección (PES) Ley Nº Procesos Electorales Art. 83 de la ley Nº 26859, Trigésima Novena D.C.F. de la Ley Nº 29626, Trigésima Cuarta D.C.F. de la Ley Nº y Trigésima Quinta D.C.F. de la Ley Nº Programas de Apoyo Alimentario y compensación Social Ley Nº PRONAA Ley Nº Segunda Vuelta de procesos electorales Art. 2 de la Ley Nº Trabaja Perú D.U. Nº / Vigésima Cuarta D.C.F. de la Ley Nº Medidas para reconstruir sector salud por el sismo Ley Nº Contrataciones por Sismo del 15.AGO Primera D.C.F. de la Ley Nº D.U. Nº

33 32 Ámbito Subjetivo (Art. 3.1º LCE) Entidades que deben adecuar sus actuaciones a la Ley: a) El Gobierno Nacional, sus dependencias y reparticiones. b) Los Gobiernos Regionales, sus dependencias y reparticiones. c) Los Gobiernos Locales, sus dependencias y reparticiones. d) Los Organismos Constitucionales Autónomos. e) Las Universidades Públicas. f) Las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social. g) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. h) Los Fondos de Salud, de Vivienda, de Bienestar y demás de naturaleza análoga de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. i) Las empresas del Estado de derecho público o privado, ya sean de propiedad del Gobierno Nacional, Regional o Local y las empresas mixtas bajo control societario del Estado.

34 33 Ámbito Subjetivo (Art. 3.1º LCE) j) Los proyectos, programas, fondos, órganos desconcentrados, organismos públicos del Poder Ejecutivo, instituciones y demás unidades orgánicas, funcionales, ejecutoras y/o operativas de los Poderes del Estado; así como los organismos a los que alude la Constitución Política del Perú y demás que sean creados y reconocidos por el ordenamiento jurídico nacional, siempre que cuenten con autonomía administrativa, económica y presupuestal.

35 Ámbito Objetivo (Art. 3.2º LCE) 34 Se refiere a las actuaciones a realizarse bajo la aplicación de la Ley: Se aplica a las contrataciones que deben realizar las Entidades para proveerse de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago del precio o de la retribución correspondiente con fondos públicos, y demás obligaciones derivadas de la calidad de contratante Por tanto, el ámbito de aplicación de la LCE son aquellas que realizan las Entidades señaladas en el artículo 3.1 de la Ley, para proveerse de los bienes, servicios u obras necesarios para el cumplimiento de sus funciones, asumiendo la obligación de pagar al proveedor la respectiva retribución, con cargo a fondos públicos.

36 35 Supuestos de Inaplicación Art. 3.3 de la Ley de Contrataciones del Estado

37 36 Notarios Públicos Servicio destinado a que ejerzan las funciones que la Ley y su Reglamento les han asignado en el marco de una contratación pública, en los Actos Públicos de las LP, CP y ADP: Presentación de Propuestas, Custodia de propuesta no admitida, Custodia de propuesta económica por reprogramación de fecha, Otorgamiento de la Buena Pro. Cuando se requiera contratar a un notario público para que este participe en actos o actuaciones distintos a los antes mencionados, sí debe observarse las disposiciones de la Ley y el Reglamento para su contratación, a menos que el monto de la contratación sea igual o inferior a 3 UIT.

38 Contratos por Administración Directa 37 Literal b) del art. 59º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto: La ejecución presupuestaria directa, o administración directa se producirá cuando la Entidad con su personal e infraestructura es el ejecutor presupuestal y financiero de las Actividades y Proyectos así como de sus respectivos Componentes. Si bien la ejecución de una obra por administración directa se encuentra fuera del ámbito de aplicación de la LCE, la contratación de los bienes (materiales, por ejemplo) requeridos para la ejecución de la obra debe realizarse observando las disposiciones de la Ley. Sea cual fuere la causal generadora de la resolución del contrato, corresponde a la Entidad adoptar las acciones pertinentes a fin de culminar el saldo de la obra. Ello debido al interés social e importancia que subyace a la ejecución de un proyecto de inversión.

39 Contrataciones al Extranjero Contrataciones en el extranjero: este supuesto se verifica cuando una Entidad, previa verificación de la inexistencia de algún proveedor en el mercado nacional que pueda brindarle la prestación requerida, decide contratar con un proveedor no domiciliado en el país la prestación requerida, la que se ejecuta mayoritariamente (más del 50%) en territorio extranjero. Requisitos: 38 Realizar un estudio de las posibilidades que ofrece el mercado, donde se determine que no hay oferta nacional. Contratar con un proveedor no domiciliado. Ejecutar más del 50% de la prestación en el extranjero. Régimen Especial: Artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1128: Para el caso de las contrataciones consideradas estratégicas en el ámbito de Defensa y Seguridad Nacional, el supuesto de inaplicación establecido en el artículo 3, numeral 3.3., literal o) de la Ley de Contrataciones del Estado, se configura cuando se contrata a un proveedor no domiciliado en el país, siempre que no exista en el territorio nacional un proveedor con capacidad de fabricar los bienes requeridos, o con capacidad de realizar dentro del territorio nacional los servicios requeridos, para lo cual se suscribirá el o los contratos internacionales respectivos.

40 Convenios de Cooperación 39 Acuerdo celebrado entre Entidades, o entre Entidades y organismos internacionales: A través de la celebración del acuerdo las partes no buscan obtener un beneficio económico (ganancia o utilidad), sino otro tipo de beneficios: cooperación mutua, gestión especializada, u otro análogo. A partir de la celebración de un convenio de cooperación, gestión u otro de naturaleza análogo, puede generarse el compromiso de alguna de las partes de cubrir determinados costos o gastos administrativos, o de realizar contrataciones para alcanzar la finalidad del convenio, no obstante, ello no enerva la ausencia de un beneficio económico, retribución o contraprestación. Acuerdo celebrado para brindar los bienes, servicios u obras propios de la función que corresponde a la Entidad.

41 OBJETIVOS, FINALIDAD Y PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PUBLICA 40

42 Objetivos de la Ley de Contrataciones del Estado Maximizar el valor del dinero. 2. Fomentar la participación y competencia de proveedores 3. Promover la rendición de cuentas, la equidad y la confianza del público en el régimen de contratación pública 4. Garantizar la transparencia en los procesos y toma de decisiones

43 FINALIDAD DE LOS PRINCIPIOS QUE INSPIRAN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA 42 Principios Especiales: Art. 4º del Decreto Legislativo Principios Generales del Derecho Público FINALIDAD: Criterio interpretativo e integrador para la aplicación de la LCE y su Reglamento. Parámetros para la actuación de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones.

44 Principios de la contratación pública en la legislación comparada 43 TRANSPARENCIA RENDICIÓN DE CUENTAS VALOR POR EL DINERO COMPETENCIA DEBIDO PROCESO TRATO JUSTO NO DISCRIMINACIÓN

45 44 Principios de la Contratación Pública D. Leg Promoción al Desarrollo Humano. Moralidad. Libre Concurrencia y Competencia. Imparcialidad. Razonabilidad. Eficiencia. Publicidad Transparencia. Economía. Vigencia Tecnológica. Trato Justo e Igualitario. Equidad. Sostenibilidad Ambiental.

46 45 Por el interés público: Promoción al Desarrollo Humano: Prioridad de gasto de fondos públicos. Servicios Públicos / Su rol en la etapa formativa. Moralidad: Prácticas de Anticorrupción / Relación directa con la presunción de veracidad. Sostenibilidad Ambiental: Evitar impactos ambientales negativos / Su rol en la etapa formativa. Impresoras, consumibles, etc.

47 Por el resultado de la contratación 46 Razonabilidad: Sólo el objeto de la contratación? Proporcionalidad / Debida motivación en cada decisión. Ejemplos: Suma Alzada o Precios Unitarios? / Ítems o Paquetes? Eficiencia: Celeridad, economía y eficacia: B, S u O al menor precio, con la mejor calidad y de forma oportuna. - Mismo Requerimiento en 3ra convocatoria, - Obras por Administración directa o indirecta, - Satisfacción real de la necesidad en tiempo, forma y costo. OPINIÓN Nº /DTN: La eficiencia constituye un principio que orienta a las Entidades a satisfacer sus requerimientos de bienes, servicios u obras en las mejores o más ventajosas condiciones, ya sea a través de menores precios, mejor calidad y tecnología y con plazos oportunos.

48 Por el resultado de la contratación 47 Economía: Simplicidad, Austeridad, Concentración y Ahorro de Recursos. No exigencias y formalidades costosas e innecesarias. - Definición del Rqto. Alquiler o compra de activos? - Determinación de VR Menor precio siempre? - Contratar por paquete por economía en escala. Vigencia Tecnológica: Modernidad tecnológica para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos / Su rol en la etapa formativa (Especificaciones Técnicas y Bases). Ejm: Convenio Marco: Computadoras 2da y 3ra generación.

49 48 Por las garantías para las partes Libre Concurrencia y Competencia: Incluir regulaciones o tratamientos que fomenten la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia y participación de postores: No direccionamiento, salvo: Mypes, Servicios de Publicidad, exoneraciones, etc. / Relación con las exigencias previstas en las Bases. Imparcialidad: Decisiones de la Entidad en estricta aplicación de la LCE, RLCE y criterios técnicos objetivos. Predictibilidad. Log., C.E., Entidad, Árbitros. Publicidad: Actos del proceso con difusión adecuada y suficiente. Transparencia y Concurrencia / Consecuencia del SEACE. Ejm: Actos de CE sobre participantes, cronograma, evaluaciones y buena pro de proceso por ítems.

50 49 Por las garantías para las partes Transparencia: Criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles, salvo excepción. Ejm.: VR reservado, inspecciones de seguros patrimoniales, etc. Trato Justo e Igualitario: Participación en semejantes condiciones, prohibido privilegios, ventajas o prerrogativas, salvo excepciones por ley: Mypes, discapacitados, colindante, amazonía. Equidad: Equivalencia entre prestaciones y derechos de las partes. Procedimiento para resolver contratos, ejecución de fianzas.

51 PLANIFICACIÓN DE LAS COMPRAS PÚBLICAS 50

52 Planeamiento SISTEMA DE PRESUPUESTO Planes Estratégicos de Desarrollo Programas Estratégico s Prioritarios Plan Estratégico Institucion al Plan Operativo Institucion al Presupuest o SISTEMA DE INVERSION PUBLICA Proyectos de Inversión Prioritarios Planificar no significa saber que decisión tomaré mañana, sino qué decisión debo tomar hoy para conseguir lo que quiero mañana SISTEMA DE CONTRATACIONES Compromiso de la Alta Dirección

53 52 Plan Estratégico Institucional Sistema de planeamiento Sistema de Presupuesto Presupuesto Institucional de Apertura Plan Operativo Régimen de Contrataciones Plan Anual de Contrataciones

54 53 QUÉ ES PLANIFICAR LAS COMPRAS? QUÉ se necesita. CUÁNTO se necesita DEFINIR PARA CUÁNDO se necesita CON QUÉ recursos Planificación de Compras PAC

55 Planificación del Gasto Cómo se financia los gastos? Cómo se clasifican los gastos? Quienes pueden gastar?

56 Quién ejecuta el gasto? Gobierno Regional Sector Pliego Unidades ejecutoras Mancomunidad Gobierno Local Municipalidad Departamental Provincial Municipalidad Distrital Gobierno Nacional Sector Pliego Unidades ejecutoras

57 Fuente de ingresos Recursos ordinarios Recursos directamente recaudados Donaciones y transferencias Recursos Determinados-Canon

58 Variables Compromiso Anual Mensual Devengado Con Factura Conformidad del servicio Girado Ingreso al Almacén

59 Planificar las compras permite: Obtener descuentos por volumen. Reducir los tamaños de pedido sin perder poder de negociación. Reducir los costos de administración. Reducir el fraccionamiento de las compras. Mejorar la programación de actividades. Generar estrategias de mejoramiento del abastecimiento. Mejorar la planificación financiera.

60 59 La planificación no podrá realizarse exitosamente si Logística funciona como oficina de emergencias dedicada a apagar incendios, lo que necesariamente implicará insatisfacción de los usuarios, estrés y tensiones entre unidades y funcionarios. La planificación de compras sólo es posible si existe un compromiso organizacional de todas las partes. Considerar los stocks de productos que tenemos cuando planificamos. La planificación de las compras nos permite controlar el proceso de abastecimiento, analizar las desviaciones y así poder tomar mejores decisiones a futuro.

61 60 FASES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

62 61 FASES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL ACTOS PREPARATORIOS Plan Estratégico Inst. Plan Operativo Inst. Determinación de necesidades Presupuesto Institucional Plan Anual de Contrataciones Expediente de contratación Designación del Comité Especial Elaboración de las Bases. SELECCIÓN Convocatoria. Registro de participantes Consultas Observaciones Presentación de propuestas Evaluación y calificación Otorgamiento de la Buena Pro Formalización del Contrato - Suscripción EJECUCIÓN CONTRACTUAL Garantías Adelantos Adicionales y reducciones Ampliaciones y prórrogas Subcontratación Intervención Económica de Obra Resolución Penalidades Recepción y conformidad Liquidación

63 62 Plan Anual de Contrataciones Documento de gestión donde se consignarán todas las contrataciones que se requerirán durante el año fiscal, con independencia del régimen jurídico que las regule o su fuente de financiamiento. Aprobado por el Titular de la Entidad y publicado en el SEACE dentro de los 15 días hábiles de aprobado el PIA. Deberá publicarse en el SEACE en un plazo no mayor de 5 días hábiles de aprobado, incluido el instrumento de aprobación. Este documento puede modificarse de acuerdo con las metas institucionales o los aspectos de presupuesto. Se modificará si existe una variación del 25% del V. estimado y eso cambie el tipo de proceso de selección.

64 Actores de la compra pública: Dependencias y órganos que participan 63 Órgano encargado de las contrataciones: Logística, quien gestiona el abastecimiento Dependencia usuaria: Órgano que solicita la compra o, por su especialización, es quien tramita los requerimientos de otros. Comité Especial: Órgano que selecciona al proveedor mediante un proceso de selección. Titular de la entidad: La más alta autoridad ejecutiva y tiene las facultades de aprobación, autorización y supervisión dentro de la entidad. En las empresas del Estado el titular es el Gerente General.

65 Expediente de Contratación 64 Sentido amplio Documento que contiene todas las actuaciones referidas a la adquisición o contratación, desde la decisión de adquirir o contratar hasta la culminación del contrato. Sentido estricto Expediente que reúne toda la información necesaria para la contratación de un objeto determinado: especificaciones, VR, estudio de posibilidades del mercado, tipo de proceso etc., el que una vez aprobado es remitido al CE para que inicie sus labores. Responsabilidad: DECA.

66 Génesis del expediente NECESIDAD Consolidar en el PAC Área Usuaria / Requerimiento DECA Estudio de posibilidades del mercado: VR y pluralidad de postores 65 Definición de características técnicas y valor referencial Prohibición de Fraccionamiento: No se debe dividir una adquisición o contratación para dar lugar al cambio del tipo de proceso de selección Determinación del tipo de proceso de selección: LP, CP, ADP, ADS y AMC

67 Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado 66 Procedimiento para: 1. Determinar el valor referencial. 2. Pluralidad de potenciales postores y marcas. 3. Posibilidad de distribuir la buena pro. 4. Afinar las características del bien o servicio. 5. Obtener información relevante para establecer los factores de evaluación. 6. Otros aspectos necesarios que tengan incidencia en la contratación.

68 Valor referencial Incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a adquirir o contratar. En el caso de ejecución de obras el valor referencial será el que establezca el expediente técnico, con excepción del Concurso Oferta. En el caso de la contratación de servicios de intermediación laboral el valor referencial deberá calcularse respetando las normas laborales.

69 Por estructura costos Fuentes de estudio de Mercado De otras licitaciones SEACE Opinión de un experto Cotizacione s Estructura del expedient e

70 Concurso Oferta Expediente Obra El postor oferta la elaboración del Expediente Técnico, ejecución de la obra y, de ser el caso el terreno. Esta modalidad sólo podrá aplicarse en la ejecución de obras que se convoquen bajo el sistema a suma alzada y siempre que el valor referencial corresponda a una Licitación Pública. Para la ejecución de la obra es requisito previo la presentación y aprobación del Expediente Técnico por el íntegro de la obra.

71 Llave en Mano Si el postor debe ofertar en conjunto la construcción, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra, y de ser el caso la elaboración del Expediente Técnico. En el caso de contratación de bienes el postor oferta, además de éstos, su instalación y puesta en funcionamiento.

72 Sistemas de Contratación Suma Alzada Monto fijo integral Ej. Construcció n de Posta medica Precios unitarios Monto según lo ejecutado Ej. Pintado por metraje Sistema mixto Magnitud y cantidad no definida (P.U.) y lo definido (S.A.) Sólo 0bras.

73 PROCESO POR PAQUETE 1 Los objetos deben estar vinculados. 2 Verificar la pluralidad de proveedores que puedan ofertar el paquete en su integridad. 3 Pueden estar conformado por mas de un bien o servicio que individualmente sea menor a 3uit.

74 Cómo agrupar Ítems ITEMS PAQUETES, POR TRAMOS POR ETAPA Bienes, servicios u obras Vinculados entre sí Viabilidad técnica, económica y administrativa En Obras POR LOTE ÍTEMS Bienes similares El monto individual de cada ítem no debe ser menor o igual a 3 UIT.

75 Procesos de Selección según Relación de Ítems Adquisición o contratación de bienes, servicios y obras vinculados entre sí. Procesos menores dentro del principal. De declararse desiertos algunos ítems, el proceso en segunda convocatoria se hará conforme a la sumatoria de los valores referenciales de aquellos.

76 Tipos de Procesos de contratación MAYOR VALOR REFERENCIAL Licitación Pública Concurso Público Procesos Públicos MENOR VALOR REFERENCIAL Menor Cuantía MENORES REQUISITOS PARA PARTICIPAR Adj. Direc. Selectiva Adj. Direc. Pública Procesos No Públicos MAYORES REQUISITOS PARA PARTICIPAR

77 76 Montos de procesos de selección (2015) Procesos de Selección Adquisición de bienes y de suministros (incluye contratos de arrendamiento financiero) Contratación de servicios y consultoría Contratación de Obras Licitación Pública S/. 400,000 S/. 1,800,000 Concurso Público S/. 400,000 Adjudicación Directa Pública Selectiva < S/. 400,000 > S/. 200,000 S/. 200,000 S/. 40,000 < S/. 400,000 > S/. 200,000 S/. 200,000 S/. 40,000 < S/. 1,800,000 > S/. 900,000 S/. 900,000 S/. 180,000 Adjudicación de menor cuantía < S/. 40,000 > S/. 11,550 < S/. 40,000 > S/. 11,550 < S/. 180,000 > S/. 11,550 De acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015, y el artículo 19 del RLCE.

78 Tipos de Procesos Se determina dependiendo de: a) Objeto del Proceso b) Valor Referencial Licitación Pública Bienes Obras Objeto Concurso Público Adjudicación Directa Adjudicación de Menor Cuantía Servicios Bienes, servicios y obras

79 Licitación y concurso Convocatoria (Publicación en SEACE) Presentación de Propuestas Calificación y Evaluación de Propuestas Registro de Participantes Integración Otorgamiento de la Buena Pro Presentación de Consultas (Mínimo 5 días) Absolución de Observaciones (Máximo 5 días) Consentimiento de la Buena Pro Absolución de Consultas (Máximo 5 días) Presentación de observaciones (Mínimo 5 días)

80 Adjudicación directa Convocatoria Presentación de Propuestas Calificación y evaluación de propuestas Registro de Participantes Integración Otorgamiento de la Buena Pro Consultas y Observaciones Absolución de consultas y observaciones

81 Factores de evaluación: Bienes Plazo de entrega Costos de operación Disponibilidad de servicios y repuestos La capacitación necesaria, si fuese el caso Impacto ambiental La experiencia del postor Garantía comercial del postor y/o del fabricante

82 Factores de evaluación servicios Constancias de servicio Certificados de calidad Experiencia Servicio postventa Garantía

83 82 Consultas Observaciones Tiene como finalidad aclarar las Bases o plantear alguna solicitud respecto a ellas. Se plantea por escrito Absuelve el CE y se publica en el SEACE Elevación a la OSCE 10 días Tiene como finalidad cuestionar el incumplimiento de las condiciones mínimas del artículo 26º de la ley o de cualquier disposición en materia de contrataciones, así como exigencias gravosas, desproporcionadas o direccionadas.

84 83 Culminación del proceso FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Suscripción del documento que lo contiene (requisitos / contenido / plazos y procedimiento) Recepción de la orden de Compra o de servicios (AMC) CANCELACIÓN DEL PROCESO Hasta antes del otorgamiento de la buena pro. Por razones de fuerza mayor o caso fortuito / desaparición de la necesidad / reasignación del presupuesto ante emergencia. Documento cancelatorio debe publicarse en el SEACE. OTORGAMIENTO DE BUENA PRO SE DEJA SIN EFECTO A solicitud del ganador, cuando la Entidad no cumple con suscribir el contrato dentro del plazo recibido. SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 137 RLCE

85 Mecanismos de contratación Finalidad: Modernizar la gestión del Estado haciendo más eficientes las compras estatales, simplificando los procedimientos y garantizando su transparencia. Compras Corporativas Subasta Inversa Convenios Marco

86 Compra Corporativa Con Resolución Ministerial Essalud Quiénes intervienen? Fuerzas armadas Medicamen to Minsa Facultativa Obligatoria PNP

87 Compras corporativas Entidades del Estado, mediante convenio o por mandato legal, se agrupan para adquirir o contratar bienes y/o servicios de manera conjunta. Uniformidad de bienes y servicios que se contrata. Objetivo Facilita la supervisión de procesos. Dan un mayor valor agregado al dinero del Estado. Obtención de mejores precios y beneficios adicionales. Mayor incentivo para la participación de fabricantes. Adecuada racionalización de los recursos.

88 Subasta inversa Entidades del Estado, realiza la adquisición de bienes comunes a través de una oferta publica, donde el ganador será el postor que oferte el menor precio, puede ser presencial o electrónica y se puede aplicar a procesos de Licitación Publica, Adjudicación Directa Publica, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía. Ventajas Ahorro de tiempo y dinero, mayor transparencia.

89 Convenio Marco Planificación Inscripción única Selección De OSCE Orden de servicio En los procesos de selección sujetos a la modalidad de Convenio Marco, la determinación del valor referencial es facultativa.

90 PERÚ COMPRAS Procedimiento SEACE: CATÁLOGO PROCESO DE SELECCIÓN CONVENIO MARCO PROVEEDOR(ES) ENTIDAD

91 90 Institutos y pasos del contrato Suscripción Garantías Adelantos Adicionales y Deductivos Ampliación de Plazo Subcontratación Culminación Recepción y conformidad Penalidades Resolución Intervención económica (obras)

92 Contrato: Perfeccionamiento Siempre por escrito. Su vigencia comienza cuando se cumplan las condiciones establecidas para dicho efecto en las Bases. Se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. En casos de AMC (distintas de obras y consultoría de obras) se podrá perfeccionar con la recepción de la orden. En caso de proceso según relación de ítem, si éste corresponde a una AMC podrá perfeccionarse con la recepción de la orden. Si un mismo proveedor gana varios ítem puede suscribir un contrato o recibir las ordenes por los ítem. 91

93 Cláusulas Obligatorias Garantías Solución de Controversias Resolución de Contrato

94 Posibilidad de modificaciones al del contrato 93 Atribución directa de la Administración. Mutuo Acuerdo con el contratista.

95 Atribución directa de la Administración 94 Adicionales y reducciones. Ampliaciones de plazo. Reajuste de precios. Subcontratación.

96 95 Adicionales y Reducciones Para alcanzar la finalidad del contrato hasta por el 25% del monto del contrato original. Obras 15% y hasta 50% CGR. Aprobación Resolución previa del Titular. Puede conllevar ampliación o reducción del plazo contractual y de las garantías. Costos (según especificaciones técnicas, precio pactado o acuerdo entre las partes).

97 Ampliaciones del plazo contractual 96 Procede: Por aprobación de adicional que afecte el plazo. Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad. Por caso fortuito o fuerza mayor. Trámite: Solicitud fundamentada dentro de los 7 días hábiles de finalizado el hecho y aprobación en 10 días hábiles. Reconocimiento de los costos directos y gastos generales que correspondan.

98 97 Subcontratación Requisitos: - Debe estar autorizado por las Bases. - Aprobación previa por escrito, 5 días hábiles para resolver pedido. - Contratista mantiene responsabilidad. - No exceder 40% de la prestación. - Capacitación y tecnología (extranjeros). - No estar suspendido o inhabilitado. - Estar inscrito en el RNP. - Preferencia a MYPES.

99 Mutuo Acuerdo con el contratista 98 Aspectos susceptibles de modificación: - bb. o ss. con iguales o mejores características. - Forma y condiciones de pago. - Lugar de entrega. - Mejora en el precio. - Mejora en la calidad. - Cronograma de suministro.

100 Contratación complementaria 99 Dentro de los 3 meses de culminado el contrato de bb o ss. De mutuo acuerdo entre las partes. Mismo bien o servicio con iguales condiciones. Máximo del 30% del monto del contrato original En tanto se culmine el proceso de selección, salvo que con ella se agote la necesidad.

101 Culminación del contrato 100 El contrato culmina con el pago al contratista. La norma no tiene plazo para que la entidad pague sino que lo remite a la oportunidad establecida en las bases. La conformidad debe otorgarse a los 10 días calendarios de recibidos y necesita el informe del funcionario del área usuaria. En caso de observaciones la entidad dará al contratista entre 2 y 10 días calendarios para levantarlas, si no lo hace puedo resolverlo.

102 Resolución del Contrato 101 Puede ser total o parcial, previo emplazamiento Resolución parcial Dependiendo de la naturaleza de las prestaciones y cuando no se afecte el contrato en su conjunto. Causales: Mutuo acuerdo por causas no imputables, por caso fortuito o fuerza mayor. Incumplimiento de las partes. Por hecho sobreviniente Bases, contrato o Reglamento aplicable.

103 102 Nulidad del Contrato Es donde se nota con mayor nitidez la desigualdad de las partes: Una de ellas está facultada a declarar inexistente la relación contractual. Se declara de oficio por la Entidad. Causales: En caso el contratista esté incurso dentro de los supuestos del artículo 10 de la Ley (impedimentos). Por trasgresión al principio de presunción de veracidad. Por firmar contrato estando en trámite apelación. Cuando no se haya empleado el proceso de selección respectivo. Cuando no se hayan cumplido los requisitos para exoneración. Es obligatorio declarar la nulidad en caso de configure alguno de los supuestos?

104 103 MANEJO DE CONFLICTOS EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

105 Modelos para la solución de controversias contractuales 104 Modelo judicial. Modelo administrativo. Modelo arbitral.

106 El conflicto en materia de contratación pública 105 El Régimen de Contratación Pública ha previsto al conflicto como un hecho que debe ser atendido, preferentemente, en la vía extrajudicial. Así, para la etapa formativa (Elaboración e integración de Bases) ha previsto los mecanismos de consultas, observaciones y elevación de Bases. Mientras tanto, para la etapa de selección, ha contemplado como vía de solución el recurso de apelación. Una vez suscrito el contrato, toda controversia debe solucionarse mediante conciliación o arbitraje. La vía judicial, en todos estos casos, solo tiene una participación residual.

107 Qué se puede impugnar por medio del Recurso de Apelación? Actos desarrollados dentro del proceso de selección. Los actos administrativos emitidos dentro del proceso de selección por el Titular tales como cancelación o nulidad. Actos expedidos luego de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato.

108 Materias no impugnables Actos materiales de programación de procesos en el SEACE. Las actuaciones y actos preparatorios. Las Bases y su Integración. Actuaciones relativas a la inscripción y las destinadas a programar, difundir y notificar. Los actos que aprueban la exoneración. Advertencia en el caso de los actos no impugnables (acarrean sanción).

109 Conflictos contractuales de ejecución 108 Qué tipo de controversias se producen en el desarrollo de un contrato? Ampliaciones de plazo. Atrasos imputables o no a alguna de las partes. Mayores o menores prestaciones. Calidad de las prestaciones, del personal o velocidad en su cumplimiento. Pagos parciales, penalidades, pago de intereses Otros.

110 Conflictos contractuales de conclusión del contrato 109 Cómo acaba un contrato? De manera anticipada (resolución por incumplimiento, por imposibilidad o extinción de su objeto, por caso fortuito o fuerza mayor u otros hechos no imputable a las partes). De manera regular, por cumplimiento del objeto. Por nulidad del contrato. Cuándo habrá nulidad del contrato? El caso de la nulidad de oficio. De manera mixta. Resolución o nulidad parcial del contrato. Conformidad o liquidación del contrato. Conflictos por el pago. Caso de vicios ocultos.

111 La conciliación y el arbitraje 110 La conciliación y el arbitraje como formas de solución de conflictos. Semejanzas y diferencias. Qué es la conciliación?: i) Requisitos del conciliador; ii) Ente rector; iii) Documentos de la conciliación. Qué es el arbitraje):?: i) Requisitos del árbitro ii) Ente rector; iii) Documentos del arbitraje. Son la conciliación y el arbitraje mecanismos contrapuestos?

112 La conciliación y el arbitraje en la Ley de Contrataciones del Estado 111 Las controversias que surjan desde la suscripción del contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, según el acuerdo de las partes, es decir según se haya establecido en el respectivo convenio arbitral. Sin perjuicio de ello, la conciliación siempre puede pedirse, aún cuando no estuviese pactada en el convenio arbitral. Puede existir el pacto en contrario? El inicio de estos procedimientos debe solicitarse en el plazo previsto para cada tipo de conflicto contractual presentado (que con los recientes cambios han sido estandarizados a quince días hábiles) En qué consiste la caducidad?

113 Materias no conciliables o arbitrables Art. 1 Ley de Arbitraje Las que interesan al orden público. Las que versan sobre delitos o faltas. Las directamente concernientes a las atribuciones o funciones del imperio del Estado. Art. 41 LCE La decisión de la Entidad o de la CGR de aprobar o no la ejecución de prestaciones adicionales, no puede ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser sometidas a arbitraje las controversias referidas a la ejecución de las prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervisión que requieran aprobación previa de la CGR 112

114 GRACIAS.

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