RESOLUCIÓN NÚMER DEL 2 9 NOV. 2012
|
|
- Eugenia San Segundo Márquez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC Ministerio de Justicia y del Derecho República de Colombia libettod y Orden RESOLUCIÓN NÚMER DEL 2 9 NOV "Por la cual se reglamenta el uso de armas de letalidad reducida para el servicio del Cuerpo de Custodia y Vigilancia El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC- En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los artículos 125 de la ley 65 de 1993 y 8 del Decreto 4151 de 2011, y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 2, establece como fines esenciales del Estado que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Que la norma ibídem en el artículo 6, dispone que los particulares sólo sean responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones. Que el artículo 90 de la Carta Política, en su inciso primero hace responsable al Estado por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. Que el mandato superior en los artículos 121, 122 y 123, desarrolló el tema de la función pública determinando que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la Constitución, la Ley o reglamento. Que la Ley 65 de 1993 en su artículo 14, determina que le corresponde al Gobierno Nacional por conducto del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, la ejecución de la pena privativa de la libertas impuesta a través de una sentencia penal condenatoria, el control de las medidas de aseguramiento, del mecanismo de la seguridad electrónica y de la ejecución del trabajo social no remunerado. Que el artículo 49 del Código Penitenciario y Carcelario establece que contra los internos solo se usará la fuerza necesaria para reducir su resistencia a una orden legal o reglamentaria impartida o para conjurar una evasión. Así mismo, que los miembros de la guardia que tengan que recurrir al empleo de la fuerza o de las armas lo hará en la medida estricta y racionalmente necesaria. Igualmente, el artículo 125 ejusdem determina que no obstante lo previsto en las disposiciones anteriores, el director del centro podrá utilizar medios coercitivos, establecidos reglamentariamente en los siguientes casos: 1 - Para impedir actos de fuga o violencia de los internos, 2 - Para evitar daño de los internos a sí mismos y a otras personas o bienes, y 3 - Para superar la resistencia pasiva o activa de los internos a órdenes del personal penitenciario o c$rcelario en ejercicio de su cargo. tr- Página 1 de 5 OP V03
2 RESOLUCIÓN NUMERO DE 2 9 NOV HOJA 2 DE 5 Que el Acuerdo 0011 de 1995 en su artículo 54, respecto de los medios de coerción establece: "Para los efectos señalados en el artículo 125 de la Ley 65 de 1993, se consideran medios coercitivos: el aislamiento provisional, la fuerza física personal, el empleo de los bastones de mando, los gases antimotines y las esposas. Su aplicación no podrá prolongarse más allá del tiempo estrictamente necesario." Que el Decreto 407 de 1994 en su artículo 2, determina que "la naturaleza del servicio penitenciario y carcelario es preventiva, educativa y social para los reclusos". Y el artículo 5 prevé que "En los establecimientos de reclusión prevalecerá el respeto a la dignidad humana, a las garantías constitucionales y a los derechos universalmente reconocidos. Se prohibe todo tipo de violencia física, síquica o moral". Que la oficina del Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos adoptó en el octavo congreso sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990, los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de cumplir la Ley, estableciendo la utilización de armas " incapacitantes no letales para emplear cuando fuera apropiado, con miras a restringir cada vez más el empleo de medios que puedan ocasionar lesiones o muertes." Que en su numeral 3 de las disposiciones generales, se estableció que "se hará una cuidadosa evaluación de la fabricación y distribución de armas no letales incapacitantes a fin de reducir al mínimo el riesgo de causar lesiones a personas ajenas a los hechos y se controlará con todo cuidado el uso de tales armas". Que así mismo, en su numeral 4 se dispuso que "Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en el desempeño de sus funciones, utilizaran en la medida de los posible medios no violentos antes de incurrir en el empleo de la fuerza y de las armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto". Que el numeral 33 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos establece: "Los medios de coerción tales como esposas, cadenas, grillos, y camisas de fuerza nunca deberán aplicarse como sanciones. Tampoco deberán emplearse cadenas y grillo como medios de coerción solo podrán ser utilizados en los siguientes casos: a) en cuento comparezca el recluso ante una autoridad judicial o administrativa; b) por razones médicas o indicaciones del médico, c) por orden del director, si han fracasado los demás medios para dominar al recluso, con el objeto de impedir que se dañe a sí mismo o dañe a otros o produzca daños materiales; en estos casos el director deberá consultar urgentemente al médico, e informar al autoridad administrativa superior." Que de igual forma en el numeral 34 del anterior instrumento se indica: "El modelo y los métodos de empleo autorizados de los medios de coerción serán determinados por la administración penitenciaria central. Su aplicación no deberá prolongarse más allá del tiempo estrictamente necesario." Que la Convención de Ginebra del 10 de octubre de 1980, establece las prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse ex{asjyamente nocivas o de efectos indiscriminados. ni-al2-1
3 RESOLUCIÓN NUMERO 0-05 J35 DE 2_9_110V 2012 HOJA 3 DE 5 Que en el artículo 36 del protocolo I de 1977, adicional a los convenios de Ginebra, se regula las "armas nuevas" disponiendo que cuando se estudie, desarrolle, adquiera o adopte una nueva arma, ésta no puede estar prohibida por el citado protocolo. Que el concepto de armas de letalidad reducida o inhabilitantes de acuerdo a Jan Alhadeff (Force XXI:1 ejercito del futuro, Difusa Oggi, sep oct 1998), son aquellas especialmente proyectadas y empleadas con el objetivo principal de inhabilitar a las personas o medios materiales, minimizando la probabilidad de causar daños permanentes. Que de acuerdo al objetivo, las armas de letalidad se clasifican en armas contra personas o la propiedad. Que de acuerdo a su tecnología, las armas de letalidad reducida se clasifican en cuadro (4) áreas: 1) mecánicas cinéticas, 2) químicas, 3) acústicas, 4) electromagnéticas y auxiliares. (Klaus Dieter Thiel, Non Lethal Weapons an alternative option facing unconventional threats). Que los principios de proporcionalidad y racionalidad limitan el empleo de las armas de letalidad reducida en el servicio penitenciario y carcelario, en busca de asegurar el cumplimiento de la ley y protección de derechos fundamentales, cuando los demás medios disponibles resulten ineficaces o poco efectivos, sin que logren brindar una opción efectiva a los fines lícitos perseguidos con la acción a ejecutar. Que resulta viable la implementación de dispositivos de control eléctrico que generan parálisis muscular como un recurso alterno o previo al uso de armas de fuego, evitando de esta manera el uso de la fuerza con capacidad letal. Es necesario hacer énfasis en la proporcionalidad, racionalidad y criterios de empleo, por cuanto solo deberá usarse para impedir actos de fuga o violencia de los internos, para evitar daño de los internos así mismos y a otras personas, exclusivamente dirigidos al restablecimiento de la normalidad y únicamente por el tiempo necesario. Que por lo anterior se requiere expedir un acto administrativo que reglamente el uso de armas de letalidad reducida por parte del personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia del INPEC en la prestación del servicio para la preservación del orden en los establecimientos carcelarios y penitenciarios, dentro del contexto constitucional, legal y humanitario de protección a la vida, los derechos humanos y la integridad del personal de internos que puedan incurrir conductas ilegales. Que en virtud de lo anterior, el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, RESUELVE: ARTICULO 1. Las armas de letalidad reducida serán empleadas en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, por los funcionarios del Cuerpo de Custodia y Vigilancia en cumplimiento del mandato legal otorgado por la Constitución y las leyes y yl eficaz cumplimiento de la misión institucional, siguiendo los protocolos de uso kitérnacionales y los procedimientos que al respecto se adopten.
4 RESOLUCIÓN NUMERO DE 2110Y HOJA 4 DE 5 o f Parágrafo. Las armas de letalidad reducida, que no están enunciadas en el artículo tercero, también podrán ser utilizadas por los miembros del Cuerpo de Custodia y Vigilancia una vez se tenga el estudio técnico y su uso no contraríe las normas del ordenamiento jurídico. ARTICULO 2. El uso de las armas de letalidad reducida se circunscribirá a las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para la integridad física del funcionario de Custodia y Vigilancia o en aquellas circunstancias para impedir actos de fuga o violencia de los internos, para evitar daño de los internos así mismos y a otras personas, exclusivamente dirigidos al restablecimiento de la normalidad y únicamente por el tiempo necesario, de conformidad con los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. ARTICULO 3. Las armas de letalidad reducida que se emplearan en el servicio del Cuerpo de Custodia y Vigilancia son aquellas clasificadas de manera técnica como mecánicas cinéticas, químicas, acústicas, electromagnéticas y auxiliares, como las que se relacionan a continuación; las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas, no serán utilizadas. Mecánicas cinéticas: Fusiles lanza gases, postas o perdigones de goma Carabinas automáticas Carabinas semi automáticas Lanzadores de red de nylon o materiales Lanzadores flash Lanzador de esferas de pava, esferas de tinta o agentes irritantes Munición de ráfaga táctica Munición ultra brillante Munición multi ráfaga Cinta de ráfagas táctica Munición de ráfaga táctica Munición de ráfaga táctica ultra brillante Dispersador de spray pimienta, con mecanismo de propulsión puede ser pirotécnico o por gas o aire comprimido Granada de humo blanco Granada de humo de diferentes colores Granada de mano lacrimógena Gas pimienta Gases vomitivos Gases urticantes, irritantes y gas pimienta Cartuchos de gas irritantes, el gas CS y CN Acústicas Granadas de aturdimiento Dispositivos acústicos para distancias largas Pistola de ráfaga de onda acústica Ráfaga acústica generadora de dolor Crerador acústico de dolor
5 RESOLUCIÓN NUMERO DE 2 9 NOV 2012 HOJA 5 DE 5 "Por la cual se reglamenta el uso de armas de letalidad reducida para el servicio del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Electromagnéticas y auxiliares Bastón de mando Pistolas de disparo eléctrico o dispositivos de control eléctrico Bastones eléctricos Dispositivo de shock eléctrico Denegadores de área remota Proyectiles alámbricos de incapacitación intramuscular, taser Bocacha y cartucho impulsor Proyectiles de goma Granada de múltiple impacto CS/OC Granada lumigenas y sonido (luz y sonido) ARTICULO 4. El uso de las armas de letalidad reducida por los funcionarios del Cuerpo de Custodia y Vigilancia estará circunscrito a objetivos lícitos de acuerdo con la Constitución, la Ley y los reglamentos en forma exclusiva para los fines que aquí se determinan, teniendo en cuenta los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego. ARTICULO 5. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 2 9 NOV rol ( Brigadier General USTAVO ADOLFO RICAURTE TAPIA Director General stituto Nacional Penitenciario y Carcelario Reviso y Aprobó Vo B.. Teniente Coronel. Pompy Arubal Pinzón Baró2 Dirección Técnica de Custodia y Vigilancia Coronel. José Fernando Velásquez Leyton Direcciónstión corporativa Doctora. Femand Escobar Sil4+1-4 Jefe Ofici Coronel nez Estrada Grupo de ementos de Seguridad Mayor. Elve erardo Rosas Suare Subdirección Cuerpo de Custodia Elaboro: Dragoneante. Juan José Luna Espít Armero Técnico INPEC
"POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA LEY 906 DE 2004 EN RELACIÓN CON LAS MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD" "Ea:
-LFMó. 1760 6JUr2015 "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA LEY 906 DE 2004 EN RELACIÓN CON LAS MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD" 1 r "Ea: I Ir I 11 11 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Más detallesDECRETO No. DE. Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
DECRETO No. DE () EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7 del artículo 315 de la Constitución Política y 9 del
Más detallesRESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación
Más detallesALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÀ, D.C. DECRETO No. DE
DECRETO No. DE ( ) EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 35 y 38 numeral 2 del Decreto Ley 1421 de 1993, el subliteral c) del numeral
Más detallesRepública de Colombia. libertod yorden MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. DEC16SEP~iÓ155
2) J~~'{ ';U~t1l 'A rn.~ ~~~~: \,'i ~~e í~i#fr~1. 4&la;~~~ República de Colombia ~._. ~, I>,.
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO 2013034419 DE 2013 (noviembre 20) por la cual se reglamenta el procedimiento para las autorizaciones sanitarias de importación
Más detallesRESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a
Más detallesDECRETO 1835 DE 1994 (agosto 3) Diario Oficial No , del 4 de agosto de 1994
DECRETO 1835 DE 1994 (agosto 3) Diario Oficial No. 41.473, del 4 de agosto de 1994 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NOTA DE VIGENCIA: Derogado por el Decreto 2090 de 2003 Por el cual se reglamentan
Más detallesRESOLUCIÓN RECTORAL No (Junio 8 de 2010)
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 053-2010 (Junio 8 de 2010) Por la cual se reglamenta el régimen financiero para los proyectos de extensión de la Universidad Central El Rector de la Universidad Central en uso de
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección
Más detallesPolítica de Protección de Datos Personales en el Ministerio de Minas y Energía
Política de Protección de Datos Personales en el Ministerio de Minas y Energía Este documento presenta los lineamientos generales para la protección de datos personales en el Ministerio de Minas y Energía,
Más detallesPROTOCOLO DE ACCION MARCO COMUNAL POSESIÓN DE ARMAS INSTITUTO TECNOLÓGICO Y COMERCIAL RECOLETA
PROTOCOLO DE ACCION MARCO COMUNAL POSESIÓN DE ARMAS INSTITUTO TECNOLÓGICO Y COMERCIAL RECOLETA INTRODUCCIÓN La portación o uso de armas incluye los aspectos preventivos y disuasivos, instrumentos de detección,
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ARCHIVO Y RESGUARDO DE DOCUMENTACION UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ARCHIVO Y RESGUARDO DE DOCUMENTACION UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA Artículo 1º. OBJETIVO El objetivo del Manual de Procedimientos de Archivo y Resguardo de Documentación, es establecer
Más detallesSUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS DIRECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS LEGISLACIÓN ECUATORIANA RESPECTO AL USO PROGRESIVO DE LA FUERZA
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS DIRECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS LEGISLACIÓN ECUATORIANA RESPECTO AL USO PROGRESIVO DE LA FUERZA En el Artículo 1 de la Constitución, el Estado ecuatoriano se define
Más detallesDECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí
DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí El Alcalde del Municipio de Potosí, en uso de sus atribuciones
Más detalles1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo?
Tema 1 (medidas generales) Las respuestas correctas se encuentran marcadas al final 1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( )
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( ) Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la conformación y funcionamiento de las Juntas Directivas de
Más detallesMINISTERIO ~E, JUSTIC~Yl>.EL DERECHO DECRETO NlJMEftO ".l;:) 3 ~ DE Y J L2014
I. REPUBLlCA DE COLOMBIA Libertad y Orden MINISTERIO ~E, JUSTIC~Yl>.EL DERECHO DECRETO NlJMEftO ".l;:) 3 ~ DE 2014 1Y J L2014 Por el cual se prorroga el plazo para la liquidación de la Dirección Nacional
Más detallesLEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL
LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana
Más detallesLOS CONSTRUCTOS DE INTERVENCIÒN EN PSICOLOGIA JURIDICA. Profesor LUIS ORLANDO JIMENEZ ARDILA UNIVERSIDAD CATÒLICA DE COLOMBIA FACULTAD DE PSICOLOGIA
LOS CONSTRUCTOS DE INTERVENCIÒN EN PSICOLOGIA JURIDICA Profesor LUIS ORLANDO JIMENEZ ARDILA UNIVERSIDAD CATÒLICA DE COLOMBIA FACULTAD DE PSICOLOGIA PARA ABORDAR EL TEMA DE ESTA CONFERENCIA DEBEMOS TENER
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA "':.:.- '- ' MINISTERIO DEL TRABAJO
Ir REPÚBLICA DE COLOMBIA "':.:.- '- ' MINISTERIO DEL TRABAJO i......, " i:., DECRETO NÚMERO' 111 7 DE 2016 Por el cual se modifican los artículos 2.2.4.10.2., 2.2.4.10.3. Y 2.2.4.10.5. Y se adicionan los
Más detallesRESOLUCION NUMERO 3104 DE 2005
Hoja 1 de 6 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL (Septiembre 13) Por la cual se precisan algunos aspectos del procedimiento de pago integrado realizado a través de la Planilla EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN
Más detallesNUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACION
MINSALUD ac iondo DE PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA PAZ EQUIDAD EDUCACION RESOLUCIÓN NUMERO 2 0 4 0 DE o 3 D 1 C. 2015 EL DIRECTOR GENERAL DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO DE 2016 ( )
NIT.899.999.055-4 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2016 ( ) "Por la cual se reglamenta el procedimiento para la expedición de la Planilla Única de Viaje Ocasional para los vehículos de servicio público de transporte
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. 005656 DE 2010 ( 30 NOV 2010 ) EL MINISTRO DE TRANSPORTE En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 143
Más detallesTIPS NUEVA LEGISLACION JURIDICA 2011. El artículo 43 de la Ley de Seguridad Ciudadana modifica el artículo 429 del Código Penal:
TIPS NUEVA LEGISLACION JURIDICA 2011 El artículo 43 de la Ley de Seguridad Ciudadana modifica el artículo 429 del Código Penal: Artículo 429. Violencia contra servidor público El que ejerza violencia contra
Más detallesHONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:
COMISIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA: A la Comisión de Estudios Legislativos de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Tamaulipas, fue
Más detallesRed de Información Jurídica LEGISLACION ANDINA. Colombia. Derecho Procesal Penal. Acuerdo Nro de (Septiembre 23)
Red de Información Jurídica LEGISLACION ANDINA Colombia Derecho Procesal Penal Acuerdo Nro. 0010 de 1997 (Septiembre 23) por el cual se expide el régimen de creación, organización y administración de los
Más detallesSISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES Bajo la ley 1552 de 2012 SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES ANTES DE LEY 100 S.G.R.L. (Dec. 1295/94 Y Ley 1562/12) SISTEMA LEY GENERAL 100 DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Más detallesMinisterio del Medio Ambiente
Ministerio del Medio Ambiente RESOLUCIÓN 0304 (16/04/2001) Por la cual se adoptan medidas para la importación de sustancias agotadoras de sustancias agotadoras de la capa de ozono. El Ministro del Medio
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE Jll~TICIA y DEL DERECHO 4JUN 2015 _t DECRETO U0Ut.;1227.. "Por el cual se adiciona una sección al Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del
Más detallesFOMENTO CULTURA DEL AUTOCONTROL OFICINA DE CONTROL INTERNO
FOMENTO CULTURA DEL AUTOCONTROL OFICINA DE CONTROL INTERNO 16 de diciembre de 2011 QUE ES CONTROL INTERNO? CONCEPTO LEGAL: Se entiende como el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto
Más detallesACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL
ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Señor Presidente del Concejo Municipal Honorables Concejales Las connotaciones
Más detallesExpte. DI-115/ EXCMO. SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Pº María Agustín 36. Edificio Pignatelli Zaragoza Zaragoza SUGERENCIA
Expte. DI-115/2016-6 EXCMO. SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Pº María Agustín 36. Edificio Pignatelli 50004 Zaragoza Zaragoza SUGERENCIA Primero.- En el marco del interés del Justicia por los colectivos más
Más detallesCÓDIGO DE ÉTICA PERSONAL PENITENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
CÓDIGO DE ÉTICA PERSONAL PENITENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ I. Definición del ámbito de aplicación del código El presente código se aplica al personal penitenciario de todos los niveles jerárquicos.
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI. ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013)
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL SALARIO DE LA ALCALDESA, EL PERSONERO, SE FIJAN LAS ESCALAS MAXIMAS DE
Más detallesAdaptación o cambio de puesto de trabajo por motivos de salud
Adaptación o cambio de puesto de trabajo por motivos de salud Página 3 de 11 ÍNDICE: 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETO 3. CAMPO DE APLICACIÓN 4. DEFINICIONES 5. LEGISLACIÓN Y NORMAS DE CONSULTA 6. DESARROLLO
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO 6790
RESOLUCIÓN NÚMERO 6790 ( JUNIO 16 DE 2011 ) Por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual y Consolidada Precios de Transferencia
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE DECRETO NÚMERO.~. ~ ti "j.~' -.' 038. DE 2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRABAJO 1<2 E E 2016
'. REPÚBLICA DE COLOMBIA IJ MINISTERIO DE TRABAJO DECRETO t-lum'i:ró '--" 036 DE 1
Más detalles(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
CIRCULAR 61 DE 2007 (mayo 10) Diario Oficial No. 46.632 de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Para Directores, Secretarios, Jefes de Oficina, Subdirectores, Subsecretarios,
Más detallesINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores
Más detallesRepública de Colombia. libertod YOrden MINISTERIO DEL TRABAJO. DECRETO NlIMERG '-- 2 O 11 DE 2012
República de Colombia libertod YOrden MINISTERIO DEL TRABAJO DECRETO NlIMERG '-- 2 O 11 DE 2012 l P2111 Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de
Más detallesDECRETO NúM'~b01.12g2 DE 2016
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL DECRETO NúM'~b01.12g2 DE 2016 Por el cual se establece el trámite para la obtención de la autorización provisional y se dictan otras disposiciones EL PRESIDENTE
Más detallesONTRALORÍA CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y las conferidas por el Acuerdo 519 de 2012, y
Q ONTRALORÍA Subrogada por la R.R. No. 006 de 12-02-2016 CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y las conferidas por el Acuerdo 519 de 2012, y CONSIDERANDO
Más detallesMUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO
MUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO IDENTIFICACIÓN MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Nombre del cargo Inspector de Policía Urbana Nivel: Profesional Código y Grado 233-17 Naturaleza del Cargo: Carrera
Más detallesMinisterio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS. RESOLUCIÓN No. DE 2012 ( )
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. DE 2012 ( ) LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus facultades legales,
Más detallesRESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, Dictamen 29-99 de Incumplimiento por parte del Gobierno de Venezuela por la adopción de restricciones, exclusiones o trato discriminatorio en
Más detallesLA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN ICFES CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN No.t O O 7 6 ) DE LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN ICFES En ejercicio de las funciones conferidas por la Ley 1324 de 2009 y el numeral 9 del
Más detallesRESOLUCION 1023 DEL 28 DE JULIO DE 2005
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) RESOLUCION 1023 DEL 28 DE JULIO DE 2005 Por la cual se adoptan guías ambientales como instrumento de
Más detallesMINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. . Don' 54f1. DeCRETO NUMERO be 2011
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. Don' 54f1 DeCRETO NUMERO be 2011 25FEB201l Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 5,7,48 Y 50 de la Ley 1429 de 2010 f EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM
REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. "~~la; )4 ~ ~"""""_uu._...1i MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLlCO--,."...""~"!"!'I,,~=,~.~-.
REPÚBLICA DE COLOMBIA "~~la; )4 ~ ~"""""_uu._...1i MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLlCO--,."...""~"!"!'I,,~=,~.~-. DECRETO NÚMERO 2101 DE 2013 ( 22 NOV 2013 Por el cual se reglamenta la Ley 1607 de
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO ( 3 O A 2112) Por medio del cual se reglamenta la Ley 1221 de 2008 y se dictan otras disposiciones
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO DECRETO NÚMERO ' '- 0884 DE 2012 ( 3 O A 2112) Por medio del cual se reglamenta la Ley 1221 de 2008 y se dictan otras disposiciones EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesCuando la pena a imponer sea inferior a tres meses será en todo caso sustituida bien por multa, bien por trabajos en beneficio de la comunidad.
LA SUSTITUCIÓN OBLIGATORIA DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD REGULACIÓN CONCEPTO Y DIFÍCIL APLICACIÓN EN LOS DELITOS DE VIOLENCIADE GENERO Artículo 71.2 Código Penal. Cuando la pena a imponer sea inferior
Más detallesDECRETO No. 516 DE 08 NOV "Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.
DECRETO No. 516 DE 08 NOV. 2013 ( ) "Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C." EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus facultades
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL, SERVICIO Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA JUVENTUD, PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL, SERVICIO Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA JUVENTUD, PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA CONJUVE 2 3 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
Más detallesEL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Se consideran funcionarios o servidores públicos: 1. Los que están comprendidos en la carrera administrativa 2. Los que desempeñan cargos políticos
Más detallesGOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO
GOBIERNO DEL ESTADO ACUERDO DE AJUSTE DE TARIFAS EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA MODALIDAD DE URBANO Y SUBURBANO ( CAMIONES URBANOS ) ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador
Más detallesBUENOS AIRES, Piedras 770 C1070AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5411)
BUENOS AIRES, VISTO las Leyes Nros. 23.737, 26.045 y 24.566; el Decreto Nº 1095/96 y su modificatorio Nº 1161/00 y la Resolución Conjunta Nº 325/97 - SE.DRO.NAR C. 40 - I.N.V., y CONSIDERANDO: Que el artículo
Más detallesEjes Estratégicos y Programas con Prioridad Nacional
Ejes Estratégicos y Programas con Prioridad Nacional 15 de enero de 2016 Ejes Estratégicos El Consejo Nacional aprobó en su Sesión Ordinaria XXXVIII de agosto de 2015, cinco Ejes Estratégicos del Sistema
Más detallesMunicipio de Génova Quindío
RESOLUCIÓN Nº 48 (SEPTIEMBRE 29 DE 2008) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE INCENTIVOS DE LA ALCALDÍA DE GÉNOVA QUINDÍO EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE GÉNOVA QUINDÍO, en uso de sus atribuciones constitucionales
Más detallesFUNDACIÓN UNIVERSITARIA LUIS AMIGÓ FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS HUMANAS TESAURUS EXAMEN PREPARATORIO AREA DERECHO PENAL
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA LUIS AMIGÓ FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS HUMANAS TESAURUS EXAMEN PREPARATORIO AREA DERECHO PENAL Temáticas que orientan el estudio del examen preparatorio 1. PENAL GENERAL CONTROL
Más detallesRESOLUCIÓN 585 DE 2016 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 1 7 FEB Por medio del cual se ordena una medida cautelar
RESOLUCIÓN 585 DE 2016 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 1 7 FEB 2016 Por medio del cual se ordena una medida cautelar EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias,
Más detallesDiario oficial 32669, jueves 12 de diciembre de DECRETO NUMERO 2869 DE 1968 (noviembre 20)
Diario oficial 32669, jueves 12 de diciembre de 1968 DECRETO NUMERO 2869 DE 1968 (noviembre 20) por el cual se crean el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y el Fondo Colombiano de Investigaciones
Más detallesALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO No. DE 2016
DECRETO No. DE 2016 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9º Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO
Más detallesRESOLUCIÓN 0901 23/05/2006 DIARIO OFICIAL 46.278
RESOLUCIÓN 0901 23/05/2006 DIARIO OFICIAL 46.278 por la cual se toman medidas para controlar las importaciones y el uso de las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono listadas en el Grupo II del Anexo
Más detallesPROTOCOLO PARA LA CONSERVACION Y ADMINISTRACION DE LAS ÁREAS MARINAS Y COSTERAS PROTEGIDAS DEL PACÍFICO SUDESTE
PROTOCOLO PARA LA CONSERVACION Y ADMINISTRACION DE LAS ÁREAS MARINAS Y COSTERAS PROTEGIDAS DEL PACÍFICO SUDESTE Las Altas Partes Contratantes Reconociendo la necesidad de adoptar medidas apropiadas para
Más detallesPROYECTO DE ACUERDO No. 25 ( NOVIEMBRE DE 2.014)
PROYECTO DE ACUERDO No. 25 ( NOVIEMBRE DE 2.014) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PUBLICA DE ATENCIÓN DE DISCAPACIDAD PARA EL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Municipio de Nariño (N),
Más detallesPROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN NO DIVULGADA CASO COLOMBIA
PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN NO DIVULGADA CASO COLOMBIA CAROLINA CONTRERAS OCTUBRE 23 DE 2007 AGENDA 1. LA ENTIDAD. 2. CONTEXTO DATOS DE PRUEBA 3. TRÁMITES ASOCIADOS 4. ACUERDOS COMERCIALES Es un establecimiento
Más detallesREPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO . ',~.,~ DECRETO NUMERO
REPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO ; DI L.fIIt 1IIIIIifIlf....L.. ',~.,~ 583 DECRETO NUMERO DE ( Por el cual se adiciona al título 3 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto
Más detallesDirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
Más detallesVISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y
PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Más detallesDECRETO 036 DE (Febrero 05)
Por el cual se establecen las normas para los inmuebles habilitados como estacionamientos en superficie y se acogen los diseños de espacio público y fachadas. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio
Más detallesA LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ. DEPARTAMENTO DE SANCIONES
A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ. DEPARTAMENTO DE SANCIONES FRANCISCO, mayor de edad, estudiante de 2º curso de, con domicilio en, Calle, núm. - Portal 2º, y
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE SEGURIDAD PARA EL USO DE LOS TALLERES Y LABORATORIOS DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY
1. OBJETIVO... 2 2. ALCANCE... 2 3. DEFINICIONES... 2 4. RESPONSABLES... 2 5. PROHIBICIONES... 6 6 DISPOSICIONES GENERALES... 7 7. ANEXO: MATRIZ DE EPI s... 8 1 1. OBJETIVO Establecer las políticas de
Más detallesProcedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue
JUNIO 21 Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue Resolución N : 0990 del 24/06/21 Página 1 de 10 JUNIO 21 Indice INTRODUCCION...
Más detallesAVISO DE NOTIFICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO
AVISO DE NOTIFICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO Acto Administrativo a notificar: Resolución No.0-1932 de junio 22 de 2016 "Por medio de la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta
Más detallesPersonas privadas de libertad en centros penitenciarios..personas vulnerables en sus derechos humanos.
Personas privadas de libertad en centros penitenciarios..personas vulnerables en sus derechos humanos. Licenciada en Derecho Verónica Berber Calle Licenciado en Derecho Manuel Cervera Escudero 1 OBJETIVOS
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ FISCALÍA GENERAL DE CUENTAS UNIDAD DE INFORMÁTICA
REPÚBLICA DE PANAMÁ FISCALÍA GENERAL DE CUENTAS UNIDAD DE INFORMÁTICA MARZO, 2015 1 GUIDO A. RODRÍGUEZ L. Fiscal General de Cuentas CÉSAR AUGUSTO SOLANO GARCÍA Secretario General JOSÉ CHEN ALBA Secretario
Más detallesREPÚBLlCA DE COLOMBIA ~ ~ MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL DECRETO NÚMERO ( )
REPÚBLlCA DE COLOMBIA ~ ~ MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL DECRETO NÚMERO ( ) "Por el cual se establecen los criterios para la imposición de las sanciones consagradas en el articulo
Más detallesCIRCULAR EXTERNA 001 DE 25 DE ENERO DE 2016 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Señores REPRESENTANTES LEGALES CONTADORES REVISORES FISCALES
CIRCULAR EXTERNA 001 DE 25 DE ENERO DE 2016 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Señores REPRESENTANTES LEGALES CONTADORES REVISORES FISCALES Sociedades comerciales, empresas unipersonales y sucursales de sociedades
Más detallesINTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA
INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA Aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de 18 de Diciembre de 2013 INTRODUCCIÓN El derecho a la protección
Más detalleslf~ IE~~ 2~1 6
~ REPUBLICA DE COLOMBIA fj -...--------..,.,. ~------~=~-~_M~~~-=\~ 1...~ L " DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN"",J"n.#N,,*,,,t'm,_!~~,,F.';:,.-\: uu:,i 0213 DECRETO NÚMERO DE 2016 'i @~~ lf~ IE~~ 2~1
Más detallesACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio
Más detallesDerecho Internacional Humanitario en conflictos No Internacionales. Para respetar las reglas de la guerra en los conflictos internos de los estados
Derecho Internacional Humanitario en conflictos No Internacionales Para respetar las reglas de la guerra en los conflictos internos de los estados DIH en Conflictos No Internacionales En este tipo de conflictos
Más detallesLos instrumentos pertinentes de la justicia para niños
Los instrumentos pertinentes de la justicia para niños Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley Adoptado por la Asamblea General en su resolución 34/169, de 17 de diciembre
Más detallesRESOLUCION No. 084 (Abril 16 de 2013) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN ANTICORRUPCION Y ATENCION AL CIUDADANO DEL MUNICIPIO DE TONA - SANTANDER
RESOLUCION No. 084 (Abril 16 de 2013) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN ANTICORRUPCION Y ATENCION AL CIUDADANO DEL MUNICIPIO DE TONA - SANTANDER El Alcalde del Municipio de Tona, en uso de las atribuciones
Más detallesGRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD. Test FE DE ERRATAS
GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Test ISBN: 9788467628111 DEPÓSITO LEGAL: SE 5063-2009 FECHA DE EDICIÓN: OCTUBRE 2009 FE DE ERRATAS Tras la revisión de los test
Más detalles2 9 '.-,',",,~.. ). 2008
REPUBLlCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA 2 9 '.-,',",,~.. ). 2008 DECRET-G'Nó. 624 1 " " ~',, (.' \~td.~.' Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos
Más detallesSUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 2.203, mediante el cual se declara una Insubsistencia al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por la cantidad que
Más detallesCONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 17/2015 PUBLICADO EN: BOE n.º 95, de 21 de abril de Disponible en:
TÍTULO: Resolución de 6 de abril de 2015, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal. REGISTRO NORM@DOC: 44679 BOMEH: 17/2015 PUBLICADO
Más detallesDECRETO 1075 DE 2015 (Junio 23)
DECRETO 1075 DE 2015 (Junio 23) Por medio del cual se modifica el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia fiscal 2015 EL ALCALDE DE MEDELLÍN En uso de sus facultades legales, y en
Más detallesReflexiones desde las Normas Internacionales de Trabajo LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES EN EL TELETRABAJO
1 Reflexiones desde las Normas Internacionales de Trabajo LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES EN EL TELETRABAJO 2 Un contexto en continuo cambio De la necesidad de continuidad de las labores en tiempos
Más detallesLA INTERPRETACIÓN JUDICIAL DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN MAGISTRADO JUAN CARLOS CRUZ RAZO
LA INTERPRETACIÓN JUDICIAL DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN MAGISTRADO JUAN CARLOS CRUZ RAZO Doble vertiente del Derecho a la alimentación Alimentación como Derecho Civil Alimentación como Derecho Social
Más detallesUNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN UNP
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN UNP DIRECCIONAMIENTO Y PLANEACION ESTRATÈGICA PLATAFORMA ESTRATÉGICA Bogotá D.C., 2015 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO CONTENIDO MISIÓN...
Más detalles«( ) formula algunas preguntas relacionadas con la aplicación del Decreto 2558 de 2007 al desarrollo de determinadas actividades.
CORRESPONSALÍA, CONTRATO Concepto 2007049595-001 del 30 de enero de 2008. Síntesis: El mercado de bienes, productos y servicios agropecuarios y agroindustriales que se transen a través de bolsas de bienes
Más detallesINDUCCIÓN PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y PROCEDIMIENTO CONTROL DE REGISTROS
INDUCCIÓN PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y PROCEDIMIENTO CONTROL DE REGISTROS Bogotá, junio de 2014 CONTENIDO 1. Legislación archivística 2. Gestión documental 3. Como se da cumplimiento al requisito en
Más detalles