SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL
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- Martín Sosa Chávez
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1 SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL Gerencia de Asuntos Legales 2013
2 Programa de Trabajo La Responsabilidad Civil en el Sistema de Riesgos Profesionales Sistema Integral de Seguridad Social Sistema de Riesgos laborales. Responsabilidad Civil,penal y administrativa Indemnización de Perjuicios
3 Sistema Integral de Seguridad Social Objetivo de la capacitación. Historia de la SISS
4 Conceptos y Objetivos Sistema Integral de Seguridad Social Ley 100 de 1993 La Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos de los que disponen las personas y la comunidad para gozar de una calidad de vida digna El objetivo del Sistema es proporcionar una cobertura integral de las contigencias que menoscaban o afectan la Salud, la Capacidad Económica entre otras. El fin ultimo del SISS es buscar amparar algunos riesgos que el Estado ha identificado como amparables.
5 Riesgos Amparables Sistema Integral de Seguridad Social Enfermedad Vejez Riesgos Amparables Invalidez Muerte
6 Organización del Sistema Sistema Integral de Seguridad Social
7 Reglamentacion en Colombia sobre Seguridad Social Ley 100/1993 PENSIONES SALUD RIESGOS P ENTIDADES AFP EPS ARP COBERTURA Invalidez Vejez Muerte Enfermedad General y Maternidad Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional COTIZACIÓN 16 % 12.5 % SEGÚN CLASIFICACIÓN DE LA EMPRESA VARÍA DESDE 0,348% HASTA 8.07%
8 SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES LEY 1562 DE JULIO 11 DE 2012 *Ajustes conceptuales *extensión de la cobertura *incentivo para trabajadores informales. *prescripción de las prestaciones. *multas. *Calificación sobre la invalidez. * Inspectores de trabajo.
9 Definición, Objetivos y Aplicación del Sistema Sistema de Riesgos laborales. Art. 1. Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Art. 2 Los objetivos son: (i) Establecer actividades de promoción y prevención para mejorar las condiciones de trabajo, protegiendo al trabajador de los riesgos a los que se ve expuesto. (ii) Reconocer y Pagar. Art 3. Se aplica a Todas las Empresas que funcionen en el territorio Nacional, a trabajadores, contratistas y subcontratistas del sector público y privado.
10 Características Sistema de Riesgos laborales. Quien lo dirige y controla? Quien debe Afiliarse? Y La afiliación de los Trabajadores independientes? Que pasa con el empleador que no afilie a sus trabajadores al SGRP? Quien paga Las cotizaciones del SGRP? Cuando inicia La cobertura del Sistema?
11 Actores del Sistema Sistema de Riesgos laborales. ACTORES Estado ARL Empleador Trabajador FUNCIONES Prestaciones Principal Protegido,
12 Accidente de Trabajo Sistema de Riesgos laborales. Artículo 3º. Ley 1592/12 Accidente de trabajo. Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
13 Accidente de Trabajo Sistema de Riesgos laborales. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
14 Accidente de Trabajo Sistema de Riesgos laborales Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
15 Riesgos laborales También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.
16 Qué no se Considera Accidente de Trabajo Sistema de Riesgos laborales. Producido en ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado tales como Recreativas, culturales o deportivas Aquellos producidos fuera de la empresa durante permisos concedidos al trabajador.
17 Responsabilidades Trabajadores 1. Procurar el cuidado Integral de la salud 2. Suministrar información verás sobre su estado de salud 3. Velar por el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores. 4. Participar en la prevención de riesgos profesionales 5. Participar en el proceso de elección de los representantes del COPASO y comité de convivencia. Empleador 1. Proporcionar y mantener las mejores condiciones de trabajo y prevenir los riesgos 2. Afiliar a los trabajadores al SGRP y efectuar el pago de las cotizaciones 3. Elabora e implementar el programa de Salud Ocupacional 4. Tener vigente el reglamento de Higiene y seguridad Industrial 5. Constituir y garantizar el funcionamiento del comité paritario 6. Notificar a la ARP los accidentes y enfermedades profesionales e informar a la ARP las novedades laborales ARL Establecer actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, Fijar las prestaciones de atención en salud de los trabajadores por incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias de ATEP Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por IPP que se deriven de un ATEP
18 Tipos de Accidentes VIOLENCIA ACCIDENTE DE TRANSITO DEPORTIVOS RECREATIVO O CULTURAL PROPIO DEL TRABAJO
19 Investigación del Accidente Resolución 1401 de 2007 Determina que todos los incidentes y accidente se deben investigar AT GRAVE Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cubito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.
20 Informes a remitir y contenido El empleador deberá remitir: El Informe de investigación de ACCIDENTES MORTALES y GRAVES. En un Término de : 15 días calendario siguientes a la ocurrencia Contenido del Informe: Relato completo y detallado de los hechos Variables y códigos del informe de AT Res 156 de 2005 Características : Tipo de Lesión Agente de la Lesión Mecanismo del accidente. Metodología para realizar la investigación.
21 Instrucciones para la notificación del presunto AT 1. Informar al jefe inmediato. 2. Prestar los primeros auxilios 3 Llamar a la Línea de atención Bogotá: Desde cualquier lugar del país: Remitir al paciente al centro asistencial ( si lo requiere) 5. Diligenciar reporte de notificación dentro de los dos días hábiles siguientes al evento 6. Envío del reporte de notificación EPS y ARP.
22 Medios Para realizar la notificación 1. Internet Servicios en Línea Furat 2. Por correo electronico a furat@arpsura.com.co Fax Bogotá Oficina en fisico Cra Cadiz
23 ENFERMEDADES LABORALES SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.
24 Inicio estudio de origen 1. Calificación en primera instancia por la EPS o por la junta de calificación regional 2. Por solicitud de la Empresa 3. Por solicitud directa del trabajador
25 Como se determina el Origen Relación : Causa Efecto Se determina cuando hay una relación entre el factor de riesgo presente en la empresa y la enfermedad, se demuestra mediante las mediciones ambientales, estudio de puesto de trabajo o indicadores biológicos específicos Vinculo Relación Cronicidad Consecuencia directa de las condiciones del trabajo Exposición y tiempo de exposición Deterioro paulatino y constante
26 Prestaciones del SGRP Prestaciones Asistenciales Médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica. Servicios de hospitalización. Suministro de medicamentos. Servicios de diagnóstico y tratamiento. Prótesis, órtesis, su reparación y reposición. Rehabilitación física y profesional. Gastos de traslado cuando sea necesario.
27 Prestaciones del SGRP Prestaciones Económicas Incapacidad Temporal. (I.T) 180 dias hasta % Salario Base de Liquidación. Incapacidad Permanente Parcial. (I.P.P) Disminución parcial, pero definitiva de su capacidad laboral entre el 5% y el 49%. Indemnización de 2 hasta 24 sbl. Pensión por Invalidez Pérdida de Capacidad Laboral superior al 50% hasta el 66 % indemnizacion 60% luego hasta el 75% Muerte : quienes tienen derecho. Afiliado 75%, pensionado 100 Quiénes tienen derecho? Auxilio Funerario 5 a 10 smlmv
28 PREVENIMOS ASISTIMOS RESPONDEMOS La prevención es una cultura La asistencia es nuestra vocación El aseguramiento es una responsabilidad SEGUROS DE RIESGOS PROFESIONALES SURAMERICANA S.A. LÍNEA DE ATENCIÓN:
29 Obligaciones del Empleador
30 Obligaciones del Empleador Sistema de Riesgos laborales. Identificación de Riesgos en la Empresa Afiliación Panorama de Riesgos Transmisión de la información al Empleado Elementos de Protección Personal Ambiente de trabajo sanos y seguros
31 Responsabilidad
32 TIPOS DE RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS EN ATEL CIVIL Civil LABORAL ADMINISTRATIVA PENAL
33 Responsabilidad CIVIL Concepto Es la obligación de asumir las consecuencias del daño que se ocasiona a otras personas. Art. 216 del C.S. del T. Culpa Plena Patronal Cuando exista culpa suficientemente comprobada del patrono en la ocurrencia del accidente de trabajo o de la enfermedad laboral Indemnización total y ordinaria de perjuicios.
34 Clasificacion de la Responsabilidad Responsabilidad Civil RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL La Culpa del Patrono es contractual, pues proviene de la falta de cuidado y diligencia necesarios para el desarrollo de la relación laboral, ya que el patrono esta obligado a tomar las medidas de seguridad para que no ocurran los accidentes y responde por esa obligación que proviene de la naturaleza del contrato
35 Elementos de la Responsabilidad Responsabilidad Subjetiva Trabajador debe probar Exoneración del Empleador Hecho Ilícito Dolo o Culpa Patronal Daño o Perjuicio Nexo Causal Hecho de un Tercero Culpa de la Víctima Fuerza Mayor o caso Fortuito Diligencia y Cuidado
36 Así las Cosas.. Responsabilidad Civil El empleador que no sea diligente o cuidadoso en la prevención de riesgos profesionales y que por su actuar antijurídico desencadene en sus trabajadores un riesgo laboral-daño, deberá indemnizarlo....la acción contra las contingencias del trabajo debe dirigirse mas a la prevención del mismo que a la reparación del daño causado. Por ello una correcta previsión es de suma utilidad, pues una plena aplicación de las debidas medidas de seguridad, de unos elementos de trabajo en las mejores condiciones para ser utilizados disminuyen los riesgos. Lo que representa evitar perdida de vidas humanas o daños irreparables en el organismo....
37 Responsabilidad de los Administradores Sistema de Riesgos laborales. Los administradores son responsables frente a la sociedad, a los socios y a los terceros. Ley 222 de 1995 (Art. 24). Es administrador todo el que puede disponer de los recursos de la empresa.
38 Responsabilidad Administradores Sistema de Riesgos laborales. Es solidaria e ilimitada. Frente a la sociedad, frente a los socios y frente a terceros. Se presume su culpa. Hacer prevención de riesgos es una obligación legal y genera responsabilidad del administrador
39 Perjuicios a Indemnizar Indemnizacíón de Perjuicios PERJUICIOS A INDEMNIZAR Patrimoniales Materiales Extrapatrimoniales Inmateriales Daño Emergente Lucro Cesante Estético Pérdida de la oportunidad Daño Moral Daño a la Vida en relación
40 Jurisprudencia Culpa Patronal II. ANTECEDENTES Que Luís Alfonso Torres Duque laboró para la sociedad demandada en el cargo de conductor (I) Que éste falleció electrocutado el día 4 de julio de 2004, estando al servicio de la empresa accionada; (II) Que el día de los acontecimientos, en ejercicio de su labor, transportó a una cuadrilla de trabajadores, señores Orlando encargado de soldar un quiebra patas, Harrison, en un vehículo de la compañía, hasta un lugar aledaño a la mina que le fue indicado por su superior (debian tomar la energía que se necesitaba para el funcionamiento del equipo de soldadura, de las redes eléctricas,con ese fin conectaron un cable a una de las líneas) (III) Que el accidente ocurrió mientras Luis esperaba que dichos trabajadores realizaran la labor encomendada, encontrando la muerte cuando el vehículo en que viajaron se electrizó, al haberse dejado sobre el mismo un cable que se conectó a voltios y produjo una carga eléctrica.
41 Jurisprudencia Culpa Patronal III. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA Juzgado Primero Laboral del Circuito de Itagüí, quien dictó sentencia el 3 de noviembre de 2006 Condenó a la sociedad demandada a reconocer y pagar a los demandantes Maria, quien actúa en nombre propio y en representación legal de su hija menor de edad Susana, y Carolina, por la muerte con ocasión de un accidente de trabajo de su compañero permanente y padre LUIS, respectivamente, las siguientes sumas de dinero y conceptos: a) $ ,oo por perjuicios materiales a la señora Maria b) $ ,oo por perjuicios materiales para la menor Susana c) $ ,oo por perjuicios morales a favor de cada una de las accionante Total Aproximado $100,
42 Jurisprudencia Culpa Patronal IV. SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, con sentencia que data del 25 de octubre de 2007, Confirmó las condenas impuestas en la decisión de primer grado, por concepto de perjuicios materiales, pero en su totalidad y en los siguientes montos: Maria por lucro cesante pasado $ ,oo y por lucro cesante futuro $ ,oo; Susana por lucro cesante pasado $ ,oo y por lucro cesante futuro $ ,oo; Confirmó en su integridad los perjuicios morales, y condenó a la sociedad demandada a las costas de la alzada.
43 RESPONSABILIDAD LABORAL Responde la ARL cuando el empleador cumple con la obligación de afiliar. Si no existe este pago por parte del empleador, éste asume con su propio patrimonio el cumplimiento de las prestaciones en las mismas condiciones que lo prestaría la ARP. Prestaciones asistenciales Prestaciones económicas. Decreto Ley 1295/94 Ley 776/02
44 CASO REAL Una empresa del sector de servicios fue condenada a pagar la suma de 65 millones de pesos porque un jefe envió a un asesor comercial a realizar una actividad fuera de la empresa el mismo día que había sido contratada y afiliada sufriendo un accidente de trabajo que le generó al trabajador múltiples fracturas en sus piernas. El Juez que falló el caso argumentó que la cobertura en Riesgos Profesionales comienza al día siguiente de la afiliación y que si un trabajador sufre un accidente de trabajo el mismo día que se afilia debe responder de manera directa la empresa.
45 RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA La no aplicación de reglamentos e instrucciones en Riesgos Profesionales puede ocasionar hasta multas de 500 S.M.L.M.V. por parte del MIN TRABAJO, incluso suspensión de actividades. Evasión y Elusión. INSPECTORES DE TRABAJO. MULTA DE 1000 SMLMV, POR NO REPORTAR ACCIDENTE MORTAL No informar el traslado de un afiliado a un lugar diferente de trabajo que implique cotización diferente. No realizar los reportes de accidente de ATEP (multa 200S.M.L.M.V
46 CASO REAL Una empresa del sector Metalmecánico fue condenada a pagar la suma de 80 millones de pesos como multa al Ministerio de Protección Social por no reportar e investigar un accidente de trabajo; cuando el Ministerio fue a verificar el cumplimiento de las Obligaciones en Salud Ocupacional a la empresa, encontró que la misma no había dado capacitaciones y no se encontraba conformado el COPASO ni las brigadas de emergencia desde hacía 2 años.
47 CASO REAL Una empresa del sector construcción fue condenada a pagar la suma de 750 millones de pesos en el año 2005 por la muerte de un trabajador en la construcción de los túneles de la vía Bogotá - Villavicencio. El accidente de trabajo fue provocado por el incumplimiento de la empresa de los protocolos, procedimientos y estándares al momento de realizar la labor. El Juez estableció que no solo es necesario dar entrenamiento y elementos de protección personal a los trabajadores sino garantizar en todo momento que el trabajo se va a desarrollar de una manera segura.
48 RESPONSABILIDAD Definición. PENAL Conducta, típica, antijurídica y culpable. Modalidad de la conducta, dolo, culpa y preterintension. Puede ser por acción o por omisión. Delitos que se pueden cometer. Tentativa. Agravantes y atenuantes. Medidas de seguridad y aseguramiento.
49 RESPONSABILIDAD PENAL Eximentes de la responsabilidad penal: 1. Culpa exclusiva de la victima. El daño fue causado intencionalmente por el trabajador. 2. Caso fortuito o fuerza mayor. El daño fue causado por fuerza mayor extraña al trabajador o empleador (sismo, terremoto). 3. Coacción. 4. Miedo insuperable. 5. Inimputabilidad. 6. Extrema necesidad. 7. Legitima defensa.
50 CASO REAL Una empresa del sector construcción en el mantenimiento de una vía de la ciudad por permitir el paso de una retroexcavadora de 40 toneladas sin que fuera escoltada ni en una cama-baja, la máquina se apagó, perdiendo el control cayendo sobre un bus escolar de 33 niños de un colegio produciéndole la muerte a 21 niños y dos adultos. Hace un mes el representante del consorcio, el operador de la máquina, el jefe de patios, el coordinador de salud ocupacional y 3 personas más fueron condenadas a 6 años de prisión por homicidio culposo.
51 GRACIAS Oscar Lopez Casteblanco Abogado Externo 51
52 RESPONSABILIDAD DEL TRABAJADOR Los trabajadores tiene deberes en Seguridad y Salud Ocupacional. Facilitar la aplicación de las medidas de S&SO. Sanciones: 1. Llamadas de atención, memorandos y suspensiones del contrato de trabajo. 2. Terminación del contrato de trabajo previo consentimiento del Ministerio de Protección Social
53 Contratación Laboral
54 Formas de Contratación Contratación Laboral Contrato Laboral Contrato Sindical Empresas de servicios especializados Formas de Contratación Contratistas Independientes Empresas de servicios temporales Cooperativas de Trabajo asociado
55 Contrato Laboral Contratación Laboral Prestación Personal De un Servicio Subordinación Jurídica Remuneración
56 Contratistas Independientes - Solidaridad Contratación Laboral El beneficiario de la obra será responsable solidariamente por salarios, prestaciones e indemnizaciones frente a los dependientes Contrato laboral - del contratista (y/o sub contratista). Cuándo? cuando el objeto del contrato que se celebre entre la empresa y el contratista esté dentro de las actividades normales de la empresa o negocio. Si el objeto social del contratista es diferente del que ejecuta la empresa que lo contrata, no existirá solidaridad. Acción de repetición.
57 Afliación de Independientes al SGRP Formas de Contratación Personal A través de la ARP del contratante, en las mismas condiciones y términos establecidos en el Decreto 1295 de A través de una vinculación colectiva con una Agremiación autorizada por el Ministerio de la Protección Social.
58 Recomendaciones de Contratación Contratación Laboral 1. Contratos claros (Términos específicos en Hseq). 2. Autonomía técnica y administrativa. 3. Pólizas de cumplimiento. 4. Verificación de afiliación a la seguridad social y seguimiento. 5. Pactos de auditoria. 6. Conveniencia de tener la misma ARP.
59 Cooperativas de Trabajo Asociado Contratación Laboral Son empresas asociativas sin ánimo de lucro que vinculan el trabajo personal de los asociados y sus aportes económicos para la producción de bienes, ejecución de obras o la prestación de servicios en forma autogestionaria.
60 Empresas de Servicios Temporales Contratación Laboral Son aquellas que ofrecen a terceros beneficiarios el suministro de trabajadores para que colaboren temporalmente en el desarrollo de sus actividades. En todo caso el empleador es la EST y no existe solidaridad con la empresa usuaria (En caso de infortunio en la usuaria la EST responde por la delegación del poder de subordinación Repetición). Categoría trabajadores: 1. De Planta: desarrollan la labor en la EST. 2. En misión: desarrollan la labor en la empresa usuaria.
61 Empresas de Servicios Especializados Contratación Laboral No se contratan personas, sino servicios (Ej: Cafetería, vigilancia, mantenimiento, etc.). No se les aplican las normas de los temporales. Generan responsabilidades solidarias por inadecuada contratación. Las obligaciones propias del empleador corresponden a la Empresa de Servicios Especializados.
62 -Exigencia legal. PORQUÉ HACER GESTIÓN EN SALUD OCUPACIONAL -Imperativo ético. -Estrategia para apoyar la gestión de la calidad en las empresas. -Inversión cuyo retorno se debe concretar en: Incremento de la productividad Incremento de la competitividad
63 CONCLUSIONES Para la ley solo es valedero lo que se pruebe. Ante la ley laboral el trabajador está desprotegido, por ello, toda duda será resuelta a favor de éste y en contra de la empresa. Toda actividad realizada en seguridad industrial y salud ocupacional debe tener un soporte que vaya con la firma de los asistentes y del encargado de desarrollar el P. S. O. Las políticas de la empresa deben ir más allá de las normas, debe ir en procura de mantener y mejorar las condiciones de dignidad y justicia en el trabajo.
64 GRACIAS INQUIETUDES Y SUGERENCIAS Oscar Lopez Casteblanco Abogado Externo oscarlopezc@hotmail.es 64
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