III. FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS 12 IV. FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS 14 V. FUNCIONES DEL COMITÉ 16

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1 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE ÍNDICE PÁGINA INTRODUCCIÓN OBJETIVO Y ALCANCE 2 FUNDAMENTO LEGAL 3 DEFINICIONES 7 I. POLÍTICAS DE OPERACIÓN 9 II. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS 10 DEL COMITÉ 10 DE LOS SUBCOMITÉS 11 III. FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS 12 IV. FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS 14 V. FUNCIONES DEL COMITÉ 16 VI. FUNCIONES DE LOS SUBCOMITÉS 17 VII. DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS 18 VII.1 OBJETIVO DEL SUBCOMITÉ 18 VII.2 POLÍTICA 18 VII.3 INTEGRACIÓN 18 VII.4 FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES 19 VII.5 FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ 21 ÍNDICE DE ANEXOS 22

2 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE INTRODUCCIÓN El Organismo ha participado y dado cumplimiento a los procesos de simplificación administrativa y a la normatividad vigente para operar en un marco racional de austeridad, lo que requiere de herramientas administrativas que permitan que los procesos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, se realicen con transparencia. De esta forma, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios ha operado con base en el Manual de Integración y Funcionamiento de dichos procesos, del cual tomó conocimiento el H. Consejo de Administración en su sesión 157 ordinaria en octubre de 1999, para vigilar que las actividades en la materia se lleven a cabo con eficiencia, honradez, austeridad y disciplina presupuestaria. La normatividad vigente en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios plasma en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, reviste gran importancia para el cumplimiento de las funciones encomendadas a las áreas responsables y a los Órganos Colegiados.

3 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE OBJETIVO Administrar con eficiencia, eficacia y honradez para optimizar la utilización de recursos económicos asignados para las adquisiciones, arrendamientos y servicios para coadyuvar al cumplimiento de los objetivos y metas que Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos establezca en estas materias, de conformidad con la normatividad vigente. ALCANCE El presente manual es de aplicación obligatoria para todos los servidores públicos de involucrados en la operación, registro y control de los Órganos Colegiados materia del presente manual, así como a los involucrados en actividades relativas a la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios de bienes muebles. 2

4 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE FUNDAMENTO LEGAL Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 134. D.O.F del 5 de febrero de 1917 y última modificación publicada en el D.O.F. el 4 de diciembre de 2006 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. del 04 de enero de 2000, última modificación publicada en el D.O.F. el 21 de agosto de 2006 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria D.O.F. del 30 de marzo de 2006 y última modificación publicada en el D.O.F. el 27 de diciembre de 2006 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos D.O.F. del 13 de marzo de 2002 y última modificación publicada en el D.O.F. el 21 de agosto de 2006 Ley Federal sobre Metrología y Normalización D.O.F. del 1 de julio de 1992 y última modificación publicada en el D.O.F. el 28 de julio de 2006 Ley sobre la Celebración de Tratados D.O.F. del 21 de enero de 1992 Ley Federal de Procedimiento Administrativo D.O.F. del 4 de agosto de 1994 y última modificación publicada en el D.O.F. el 30 de mayo de 2000 Ley Federal de las Entidades Paraestatales D.O.F. del 14 de mayo de 1986 y última modificación publicada en el D.O.F. el 30 de mayo de 2000 Código Civil Federal D.O.F. del 26 de mayo de 1928 y última modificación publicada en el D.O.F. el 31 de diciembre de 2004 Código Federal de Procedimientos Civiles D.O.F. del 24 de febrero de 1943 y última modificación publicada en el D.O.F. el 13 de junio de

5 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación Para el ejercicio fiscal del año que corresponda Tratados Internacionales Reglamento de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria D.O.F. del 28 de junio de 2006 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. del 20 de agosto de 2001 y última modificación publicada en el D.O.F. el 30 de noviembre de 2006 Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales D.O.F. del 26 de enero de 1990 y última modificación publicada en el D.O.F. el 7 de abril de 1995 Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos D.O.F. del 13 de diciembre de 2006 Oficio No. SP/100/Del 610 al 635/2004 de fecha 23 de agosto de 2004, relativo a la información que debe remitirse al Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET) Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal D.O.F. del 12 de julio de 2004 Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional. D.O.F. del 12 de julio de 2004 Acuerdo por el que se establecen las reglas para la realización de proyectos para prestación de servicios. D.O.F. del 9 de abril de 2004 Oficio Circular No. SP/100/0128/2004, para la aplicación de criterios normativos en procedimientos administrativos. 9 de febrero de

6 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE Oficio Circular Núm.-307.A.-0685, relativo a los contratos de los seguros de personas emitido por la SHCP. 26 de septiembre de 2003 Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio. D.O.F. del 28 de febrero de 2003 Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación de las reservas contenidas en los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. del 28 de febrero de 2003 Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas para la aplicación de las reservas de compras del sector público establecidas en el tratado de libre comercio de América del Norte y para la determinación de contenido nacional en los procedimientos de contratación de obras públicas D.O.F. del 6 de octubre de 2000 Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas, que celebran las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía. D.O.F. del 9 de agosto de 2000 Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional. D.O.F. del 3 de marzo de 2000 Oficio circular UNAOPSPF/309/AD/023/99, mediante el cual se informa del procedimiento que deberá observarse en la contratación de adquisiciones, arrendamientos, obra pública y servicios, en lo relativo a la acreditación de los proveedores y contratistas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. D.O.F. de 20 de octubre de 1999 Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública. D.O.F. del 11 de abril de

7 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en los procedimientos de contratación de seguros de bienes patrimoniales y de personas. D.O.F. del 4 de agosto de 1997 Acuerdo que establece lineamientos para la contratación de los servicios de telefonía de larga distancia por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. del 07 de mayo de 1997 Capítulo II del Acuerdo mediante el cual se dan a conocer las reglas en materia de compras del sector público para la participación de las empresas micro, pequeñas y medianas para las reservas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y para la determinación del grado de integración nacional. D.O.F. del 24 de noviembre de 1994 y sus reformas publicadas en el D.O.F. el 8 de diciembre de

8 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE DEFINICIONES ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS: Los considerados como tales en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. : Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. COMITÉ: El órgano colegiado denominado Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Capufe, a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. COORDINADORA DE SECTOR: La Secretaría de Comunicaciones y Transportes. DELEGACIONES REGIONALES, GERENCIAS DE TRAMO Y PLANTA DE PINTURAS Y EMULSIONES: Unidades Administrativas Foráneas, autorizadas por el H. Consejo de Administración en la estructura orgánica de Capufe y registradas ante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. DEPENDENCIAS REGULADORAS: Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de la Función Pública respectivamente. LEY: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. OFICINAS CENTRALES: Se refiere a las unidades administrativas en oficinas centrales de Capufe. ÓRGANO INTERNO DE CONTROL: Órgano Interno de Control en Capufe, que depende jerárquica, funcional y normativamente de la Secretaría de la Función Pública. PROVEEDOR: La persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios. REGLAMENTO: El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. SECRETARÍA: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público. SUBCOMITÉS: Los Subcomités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en cada Delegación Regional, Gerencia de Tramo y Planta de Pinturas y Emulsiones de Capufe. 7

9 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES: El Órgano responsable de revisar las bases de invitación a cuando menos tres personas, licitaciones públicas y convocatorias, previo a su publicación. TITULAR DEL ÁREA SOLICITANTE O REQUERIENTE: El que cuenta con la asignación presupuestal y es responsable de su ejecución. 8

10 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE I.- POLÍTICAS DE OPERACIÓN. I.1 I.2 I.3 I.4 I.5 I.6 Los integrantes titulares del Comité y Subcomité con derecho a voz y voto, deberán designar por escrito a sus suplentes respectivos, los que deberán tener un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular, y sólo podrán participar en ausencia de éste. Para el caso de los asesores, el área Jurídica y área del Órgano Interno de Control deberán designar al efecto a un servidor público. Las especificaciones y justificaciones técnicas deberán ser firmadas por el titular del área solicitante o requeriente según corresponda. La información y documentación que se someta a la consideración del Comité y Subcomités serán de la exclusiva responsabilidad del área que la formule. La información y documentación que se someta a la consideración del Comité y Subcomités serán de la exclusiva responsabilidad del área que las formule y cuando la documentación sea insuficiente a juicio del Comité o Subcomités, el asunto se tendrá como no presentado. La responsabilidad de cada integrante del Comité y Subcomités quedará limitada al voto o comentario que emita u omita, en lo particular, respecto al asunto sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada. En este sentido las determinaciones y opiniones de los miembros del Comité y Subcomités respectivos, no comprenden las acciones u omisiones que posteriormente se generen durante el desarrollo de los procedimientos de contratación o en el cumplimiento de los contratos. No deberán someterse a consideración del Comité y Subcomités respectivos, los procedimientos de contratación cuya adjudicación por monto se ubique en el Artículo 42 de la Ley, salvo en los casos en que se acredite que no es factible hacerlo conforme a dicho numeral así como los asuntos cuyos procedimientos de contratación se hayan iniciado sin dictamen previo del Comité y Subcomités. Los Subcomités respectivos deberán informar al Comité en forma trimestral, a más tardar dentro de los quince días siguientes al término de cada trimestre, de cada asunto que dictaminen. 9

11 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE II.- INTEGRACIÓN DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS. El Comité y Subcomités se integran de la siguiente manera: DEL COMITÉ CARGO PUESTO DERECHO Presidente Director de Administración y Finanzas. A Voz y Voto Secretario Ejecutivo o Presidente Suplente Vocales Subdirector de Bienes y Servicios. Director de Operación. Director Técnico. Director de Planeación y Desarrollo Subdirector de Finanzas. A Voz y Voto A voz y Voto Asesores Servidor Público Designado por la Dirección Jurídica. A Voz únicamente Servidor Público Designado por el Órgano Interno de Control. Servidor Público Designado por la Secretaría de la Función Pública, en su caso. Invitados Representante del área solicitante o requeriente que en su caso tenga que aclarar aspectos técnicos o administrativos sobre determinado asunto. A Voz únicamente a petición del Secretario Ejecutivo. 10

12 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE DE LOS SUBCOMITÉS CARGO PUESTO DERECHO Presidente Delegado Regional, Gerente de Tramo o A Voz y Voto Subdirector de la Planta de Pinturas y Emulsiones. Secretario Ejecutivo o Presidente Suplente Vocales Subdelegado o Subgerente de Administración. Subdelegados o Subgerentes Técnicos Subdelegados o Subgerentes de Operación Subdelegados de Informática y Telecomunicaciones Subgerentes de Producción y de Distribución (en la Subdirección de la Planta de Pinturas y Emulsiones). Titular de Recursos Financieros Titular de los Almacenes e Inventarios A Voz y Voto A voz y Voto Asesores Representante de la Subdelegación Jurídica A Voz únicamente Representante del Comité, en su caso. Representante del Órgano Interno de Control. Representante de la Secretaría de la Función Pública, en su caso. Invitados Representante del área solicitante o requeriente que en su caso tenga que aclarar aspectos técnicos o administrativos sobre determinado asunto. A Voz únicamente a petición del Secretario Ejecutivo. 11

13 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE III.- FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS. III.1 DEL PRESIDENTE: III.1.1 III.1.2 III.1.3 Expedir las convocatorias y órdenes del día de las reuniones ordinarias y extraordinarias, así como presidir las reuniones del Comité y Subcomités. Remitir el informe relativo a los contratos formalizados durante el mes calendario inmediato anterior a más tardar el último día hábil de cada mes, al Órgano Interno de Control, acompañando copia del escrito aludido en el artículo 40 de la Ley y de un dictamen en el que se hará constar el análisis de la o las propuestas y las razones para la adjudicación del contrato. No será necesario rendir este informe en las operaciones que se realicen al amparo del artículo 41 de la Ley, fracciones IV y XII, de este ordenamiento. Suscribir y presentar el informe trimestral al Comité o Subcomités de la conclusión de los asuntos dictaminados conforme lo establece la fracción IV del Artículo 22 de la Ley y el Artículo 18 de su Reglamento, así como los resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, que contendrán como mínimo lo siguiente: A. Los procedimientos de contratación, en términos de lo dispuesto por el Artículo 41 de la Ley, así como de las licitaciones públicas celebradas. En ambos casos se incluirán en los informes los avances respectivos hasta la formalización del contrato o pedido correspondiente; B. Los porcentajes de las contrataciones formalizadas de acuerdo a los procedimientos de contratación a que se refiere el artículo 42 de la Ley; C. Los contratos en los que el proveedor haya incurrido en atraso y los que se haya autorizado diferimiento de los plazos de entrega de los bienes o de prestación de los servicios, precisando a los que se haya aplicado la penalización respectiva, así como los casos en que se haya agotado el monto máximo de penalización; D. Las inconformidades recibidas, a fin de que el Comité y Subcomités, cuenten con elementos para proponer medidas tendientes a subsanar las deficiencias que, en su caso, estuvieran ocurriendo en las áreas encargadas de realizar los procedimientos de contratación; E. El estado que guarden los procedimientos de aplicación de las garantías por la rescisión de los contratos o por el no reintegro de anticipos. 12

14 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE III.2 DEL SECRETARIO EJECUTIVO: III.2.1 Vigilar la elaboración de las convocatorias, órdenes del día y de los listados de los asuntos que se tratarán (Anexo 1), incluyendo los soportes documentales necesarios así como remitirlos a los miembros del Comité y/o Subcomités. Deberá realizar el escrutinio de los asistentes a las reuniones del Comité y Subcomités para verificar que exista el quórum necesario para sesionar. Así mismo deberá cuidar que los acuerdos del Comité y Subcomités se asienten en los formatos respectivos, Anexo 1 y levantar el acta de cada una de las sesiones, vigilando que el archivo de documentos esté completo y se mantenga actualizado; III.2.2 Firmar el listado de casos que se someta a la consideración del Comité y/o Subcomités, responsabilizándose de que la información contenida en el mismo corresponda a la proporcionada por las áreas respectivas. III.3 DE LOS VOCALES: III.3.1 III.3.2 En su caso enviar al Secretario Ejecutivo antes de la reunión, con suficiente anticipación a la realización de cada sesión, los documentos de los asuntos que se deban someter a la consideración del Comité y Subcomités, (para reuniones ordinarias con 8 días hábiles y para extraordinarias con 4 días hábiles de anticipación). (ANEXO 2) Analizar el orden del día y los documentos sobre los asuntos a tratar, así como pronunciar los comentarios que estimen pertinentes. III.4 DE LOS ASESORES: III.4.1 III.4.2 Proporcionar la asesoría necesaria en torno a los asuntos que se traten, de acuerdo con las facultades que tengan conferidas el área que los haya designado. Firmar el acta como constancia de su participación. III.5 DE LOS INVITADOS: III.5.1 III.5.2 Aclarar aspectos técnicos o administrativos, relacionados con los asuntos sometidos a la consideración del Comité o Subcomités. Los invitados deberán firmar el acta como constancia de su participación. 13

15 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE IV.- FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS. IV.1 IV.2 IV.3 IV.4 IV.5 El Comité y Subcomités celebrarán las reuniones en forma ordinaria por lo menos una vez al mes, salvo que no existan asuntos a tratar. Sólo en casos justificados se podrán realizar reuniones extraordinarias, a solicitud del área interesada. Las reuniones se llevarán a cabo cuando asistan como mínimo la mitad más uno de los miembros con derecho a voz y voto. Las decisiones y acuerdos del Comité se tomarán de manera colegiada por la mitad más uno de los miembros con derecho a voz y voto y en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. En ausencia del Presidente del Comité y Subcomités o de su suplente las reuniones no podrán llevarse a cabo. La convocatoria de cada reunión junto con el orden del día y los documentos correspondientes a cada asunto se entregará en forma impresa o por medios electrónicos a los miembros del Comité y Subcomités cuando menos con 2 días hábiles de anticipación a la celebración de las reuniones ordinarias y con un día hábil para las extraordinarias. Los asuntos relacionados con solicitudes de excepción a la licitación pública que se sometan a consideración del Comité y Subcomités deberán presentarse en el formato señalado como Anexo 1, el cual invariablemente deberá contener, como mínimo lo siguiente: A. La información resumida del asunto que se propone sea analizado o bien, la descripción genérica de los bienes o servicios que se pretendan adquirir, arrendar o contratar, así como su monto estimado. B. La justificación y la fundamentación para llevar a cabo el procedimiento de contratación, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley; la indicación de si los contratos serán abiertos o con abastecimiento simultáneo o en su caso si la contratación se encuentra sujeta o no a los tratados, así como las condiciones de entrega y pago. C. La relación de la documentación soporte que se adjunte para cada asunto, la solicitud de pedido que acredite la existencia de suficiencia presupuestaria, así como la que haga constar la cantidad de existencias en inventario. IV.6 Una vez que el asunto sea analizado y dictaminado por el Comité o Subcomité, el listado de casos deberá ser firmado por cada asistente con derecho a voto. 14

16 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE IV.7 IV.8 IV.9 De cada reunión se levantará acta que será firmada por todos los que hubieran asistido a ella, misma que se aprobará a más tardar en la reunión ordinaria inmediata posterior, en dicha acta se deberá señalar el sentido del acuerdo tomado por los miembros con derecho a voto y los comentarios relevantes de cada caso. La copia del acta debidamente firmada, deberá ser integrada en la carpeta de la siguiente reunión. Invariablemente se incluirá en el Orden del día de las reuniones ordinarias un apartado correspondiente al seguimiento de acuerdos emitidos en las reuniones anteriores. En el punto correspondiente a asuntos generales, solo podrán incluirse asuntos de carácter informativo. En la última reunión de cada ejercicio fiscal se presentará a consideración del Comité y Subcomités, el calendario de reuniones ordinarias del siguiente ejercicio y en la primera sesión del ejercicio se determinará el volumen anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios autorizados y los montos máximos que alude el artículo 42 de la Ley. 15

17 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE V.- FUNCIONES DEL COMITÉ. V.1 V.2 V.3 V.4 V.5 V.6 V.7 V.8 Proponer las políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como autorizar los supuestos no previstos en estos informando al H. Consejo de Administración de Capufe y posteriormente en su caso, someterlo a su consideración para su inclusión de las ya emitidas. Elaborar y aprobar el presente manual, conforme a las bases que expida la Secretaría de la Función Pública. Coadyuvar al cumplimiento de la Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables. Revisar los Programas y Presupuestos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como formular en su caso, las observaciones y recomendaciones convenientes. Establecer Subcomités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios cuando se justifique, determinando su integración, operación y funciones, así como los límites de responsabilidad, respecto de los asuntos que puedan conocer dentro de sus áreas de influencia y la forma y términos en que deberán informar al propio Comité en forma trimestral de cada asunto que dictaminen, a más tardar dentro de los 15 días siguientes al término de cada trimestre. Constituir el Subcomité encargado de la revisión de bases de licitación, convocatorias y de invitaciones a cuando menos tres personas en oficinas centrales. Dictaminar previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el Artículo 41 de la Ley, salvo en los casos de las fracciones I, II y XII del propio precepto. Dicha función también podrá se ejercida directamente por el Director General de Capufe o aquel servidor público en quien éste delegue dicha función. Analizar trimestralmente el informe de la conclusión de los casos dictaminados conforme al punto V.7 anterior, así como de las licitaciones públicas que se realicen y, los resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y servicios y, en su caso, recomendar las medidas necesarias para evitar el probable incumplimiento de alguna disposición jurídica o administrativa. 16

18 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE VI.- FUNCIONES DE LOS SUBCOMITÉS. VI.1 VI.2 VI.3 VI.4 Coadyuvar al cumplimiento de la Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables. Revisar los Programas y Presupuestos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como formular en su caso las observaciones y recomendaciones convenientes. Constituir el Órgano encargado de la revisión de bases de licitación, convocatorias y de invitaciones a cuando menos tres personas en Delegaciones, Gerencias de Tramo y la Subdirección de la Planta de Pinturas y Emulsiones. Dictaminar previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el Artículo 41 de la Ley. 17

19 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE VII.- DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS VII.1 OBJETIVO DEL SUBCOMITÉ Revisar y analizar la forma y términos en que deberán ser publicadas las Bases de Licitaciones e Invitaciones emitidas por el Organismo, procurando el estricto apego de su contenido a la normatividad vigente y sugiriendo las modificaciones que se estimen pertinentes. VII.2 POLÍTICA El Subcomité aprobará las bases que se pretendan presentar en las Licitaciones Públicas o de Invitaciones a Cuando Menos Tres Personas, vigilando que contengan los requisitos mínimos establecidos en el artículo 31 de la Ley. VII.3 INTEGRACIÓN CARGO PUESTO DERECHO Presidente Subdirector de Bienes y Servicios o A Voz y Voto Delegado Regional o Gerente de Tramo o Subdirector de la Planta de Pinturas y Emulsiones. Secretario Ejecutivo o Presidente Suplente Secretario Técnico o Secretario Ejecutivo Suplente Gerente de Recursos Materiales o Subdelegado o Subgerente de Administración. Subgerente de Adquisiciones o Superintendente de Recursos Materiales A Voz y Voto A Voz y Voto Vocales Representante del área solicitante o requeriente del bien o servicio. Gerente de Presupuesto y Contabilidad o Superintendente de Recursos Financieros o el representante que para tal efecto designen. Gerente de Evaluación o Seguimiento o A Voz y Voto 18

20 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE Superintendente de Recursos Financieros de Farac o el representante que para tal efecto designen. (cuando sean asuntos de Farac) Asesores Servidor Público designado por la Dirección Jurídica, Subdirección Consultiva o Subdelegación Jurídica. A Voz únicamente Invitados Servidor Público Designado por el Órgano Interno de Control Cualquier persona cuya participación se estime conveniente como observador, o bien, para aclarar aspectos técnicos o administrativos sobre el contenido de las bases. A Voz únicamente a petición del Secretario Ejecutivo. VII.4 FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES VII.4.1 Los integrantes del Subcomité tendrán las siguientes funciones de carácter general: VII VII VII VII VII Asistir a las sesiones del Subcomité o, en los casos que así se estipule, designar a un representante. Revisar el contenido del proyecto de Bases y hacer aportaciones al mismo, desde la perspectiva del ámbito de competencia del área que representan. Aportar información y criterios para que los proyectos de Bases contengan todas las especificaciones sustantivas y técnicas pertinentes, en apego a la normatividad vigente en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios. Aclarar aspectos técnicos o administrativos, relacionados con el contenido de las Bases. Firmar la lista de asistencia y el acta que será levantada con motivo de la sesión, como constancia de su participación. 19

21 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE Asimismo, algunos miembros del Subcomité tendrán las siguientes funciones de carácter específico: VII.4.2 DEL PRESIDENTE VII VII Convocar y presidir las sesiones del Subcomité. Aprobar los proyectos de Bases de las Licitaciones e Invitaciones, una vez que éstos hayan sido revisados y, en su caso, modificados. VII.4.3 DEL SECRETARIO EJECUTIVO VII VII Dar seguimiento a las observaciones efectuadas por los miembros del Subcomité durante la revisión, de manera que las Bases incluyan todas aquellas modificaciones que se estimaron pertinentes, previamente a su aprobación y publicación. Resguardar el archivo de documentos relativos a las convocatorias, bases, carpetas de trabajo, reuniones y acuerdos del Subcomité. VII.4.4 DEL SECRETARIO TÉCNICO VII VII Remitir a los miembros del Subcomité, en forma impresa o vía correo electrónico, los proyectos de Bases y en su caso, anexos, motivo de la revisión. Levantar acta de las reuniones del Subcomité. VII.4.5 DE LOS ASESORES VII Proporcionar la asesoría necesaria a los miembros del Subcomité sobre los asuntos que se traten, desde los ámbitos de competencia que les corresponda, de conformidad con las atribuciones y/o facultades que tengan conferidas. 20

22 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE VII.5 FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ. Las reuniones del Subcomité, se celebrarán en los términos siguientes: VII.5.1 VII.5.2 VII.5.3 VII.5.4 VII.5.5 VII.5.6 El Subcomité sesionará a solicitud de las áreas solicitantes o requerientes, las cuales para someter a revisión cualquier proyecto, deberán enviar al Presidente del Subcomité la documentación respectiva cuando menos con 3 días hábiles de anticipación a la fecha en que se pretenda llevar a cabo la reunión. EL orden del día junto con el proyecto de Bases, se entregará a los integrantes del Subcomité, cuando menos con 1 día hábil de anticipación a aquel en que se pretenda sesionar. En caso de no observarse estos plazos la sesión no podrá llevarse a cabo. Las reuniones se llevarán a cabo cuando asistan como mínimo tres de sus miembros con derecho a voto. En caso de empate quién presida tendrá voto de calidad para tomar la determinación correspondiente. En ausencia del Presidente del Subcomité o de su suplente las sesiones no podrán llevarse a cabo. De cada reunión se levantará acta que será firmada por todos los que hubieran asistido a ella; en dicha acta se deberá señalar el sentido del acuerdo tomado por los miembros con derecho a voto y los comentarios relevantes de cada caso. Una vez revisadas y, en su caso, modificadas las Bases, se procederá a su aprobación y publicación respectiva. 21

23 DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE ÍNDICE DE ANEXOS PÁGINA ANEXO 1 23 INSTRUCTIVO DE LLENADO ANEXO 1 24 ANEXO

24 SUBCOMITÉS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE Y DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE ANEXO 1 REUNIÓN NO: 1 - FECHA: 2 - COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS ASUNTO QUE SE SOMETE A DICTAMEN DEL COMITÉ: ÁREA REQUERIENTE: 4 3 HOJA DE SOPORTES DOCUMENTALE (BREVE DESCRIPCIÓN) CANTIDAD, SOLICITUD Y DESCRIPCIÓN D BIEN O SERVICIO MONTO MÁX PLANTEAMIENTO (JUSTIFICACIÓ FUNDAMENTO LEGAL) PARTIDA PRESUPUES ACUERDO FUNDAMENTO LEGAL: 9 CONTRATO ABIERTO SI NO (ARTÍCULO 47 LAAySSP) 12 VERIFICACIÓN DE EXISTENCIAS DEL BIEN O DEL SERVICIO: 14 LUGAR DE ENTREGA O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: 16 ABASTECIMIENTO SI NO SIMULTANEO (ARTÍCULO 39 LAAySSP) 13 PRECIOS SUJETOS A AJUSTE: SI NO 15 TIEMPO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O ENTREGA DE BIENES: 17 TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PRESIDENTE TITULAR DE LA SUBDIRECCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS SECRETARIO TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIÓN VOCAL TITULAR DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA VOCAL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO VOCAL TITULAR DE LA SUBDIRECCIÓN DE FINANZAS VOCAL COORDINADOR DE ASESORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL VOCAL 23

25 MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE Y DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE ANEXO 1 INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL LISTADO DE CASOS No. CONCEPTO DESCRIPCIÓN Se anota: 1 Reunión No. El número de reunión correspondiente. 2 Fecha El día, mes y año de la reunión. 3 Asunto que se somete a dictamen del Comité Los bienes o servicios de que se trate. 4 Área Solicitante o Requeriente La Unidad Administrativa que requiere el bien o servicio del Organismo. 5 Soportes documentales Todos los documentos relacionados con el objeto del bien o servicio a contratar. 6 Cantidad, solicitud y descripción del bien o servicio. A detalle la descripción del bien o servicio a contratar. 7 Monto máximo Con número arábigo el costo del bien o servicio a contratar. 8 Planteamiento (Justificación fundamento legal) La justificación que corresponda según el caso. 9 Fundamento legal El ordenamiento jurídico que competa, según el caso. 10 Partida presupuestal El número de partida presupuestal correspondiente. 11 Acuerdo Plasmar la resolución que emita el Pleno del Comité. 12 Contrato abierto Marcar con una X si es contrato abierto o no. 24

26 MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE Y DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE No. CONCEPTO DESCRIPCIÓN Se anota: 13 Abastecimiento simultáneo Marcar con una X si es abastecimiento simultáneo o no. 14 Verificación de existencias del bien o del servicio Oficio del Almacén mediante el cual certifique la no existencia del bien o el monto de bienes existentes o en su caso, oficio de la Coordinadora de Sector y de la Coordinación de Asesores del Organismo de la no existencia de trabajos similares del servicio a contratar. 15 Precios sujetos a ajuste Marcar con una X si los precios sufrirán modificación o no. 16 Lugar de entrega o prestación de los servicios 17 Tiempo de la prestación del servicio o entrega de bienes El lugar donde se va a entregar el bien o servicio. El período de la entrega del bien o servicio. 25

27 MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE Y DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE ANEXO 2 DOCUMENTOS NECESARIOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD DE REUNIÓN DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS CUANDO SE SOMETA UN ASUNTO A CONSIDERACIÓN DEL MISMO. REQUISITOS 1. Oficio dirigido al Presidente del Comité, mediante el cual solicita someta su asunto en la próxima sesión (para el caso de requerir sesión extraordinaria, la causa justificada de su petición) ESPECIFICACIONES Reuniones Ordinarias: La documentación deberá remitirse con 8 días hábiles de anticipación a la sesión correspondiente. Reuniones Extraordinarias: La documentación deberá remitirse con 4 días hábiles de anticipación a la sesión correspondiente. 2. Solicitud de Pedido SIAC Liberada y firmada por la Subdirección de Finanzas 3. Dictamen del Área Solicitante o Requeriente. (El dictamen deberá haber sido presentado a la Dirección Jurídica para su revisión previa) Deberá ser firmado por el titular del área solicitante o requeriente: - Director General - Director de Operación - Director Técnico - Director de Planeación y Desarrollo - Director Jurídico Para el caso de la Dirección de Administración y Finanzas: - Subdirector de Bienes y Servicios - Subdirector de Recursos Humanos e Innovación Gubernamental - Subdirector de Finanzas - Subdirector de Tecnologías de Información 26

28 MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE Y DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE Deberá contener la descripción de los bienes o servicios. Motivación y fundamentación legal del o los supuestos de excepción. Precio estimado y en caso de adjudicación directa, la investigación de mercado conforme a la cual se haya determinado su conveniencia. Procedimiento de contratación propuesto. Plazo o condiciones de entrega de los bienes o prestación del servicio. Forma de pago propuesta. Persona propuesta para la adjudicación, en caso de adjudicación directa. El acreditamiento de los criterios en que fundan su excepción así como la justificación de las razones para el ejercicio de la opción. En el caso de las fracciones III, VII, VIII y IX del artículo 41 de la LAASSP se deberá observar lo establecido en el artículo 51 del Reglamento. Si son asesorías, consultorías, estudios o investigaciones, además de lo anterior incluir lo solicitado en el Artículo 19 de la Ley. 4. Invitación del área solicitante o requeriente (es) al representante legal de la persona (s), junto con el anexo técnico donde se describirá claramente las características de lo que se requiere. para que envíen propuesta técnica y económica. 5. Propuesta técnica y económica de los bienes o servicios a contratar En hoja membretada de firmada por un Servidor Público con nivel de por lo menos Subdirector u homólogo. En hoja membretada de la persona, firmada por el representante legal (adjuntar hoja de acreditamiento de personalidad jurídica). 6. Estudio de mercado En su caso 7. Carta de la persona de no encontrarse en los supuestos del artículo 50 de la LAASSP En hoja membretada de la persona y firmada por el representante legal. 27

29 MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y SUBCOMITÉS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE Y DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y CONVOCATORIAS DE 8. Carta del proveedor mediante la cual manifieste encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales de acuerdo al artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación. 9. Carta de conformidad del modelo de contrato que se firmaría por la persona en el caso de aceptarse la adjudicación. En hoja membretada de la persona y firmada por el representante legal (dos originales). En hoja membretada de la persona y firmada por el representante legal. 28

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