Cómo lo impacta a usted la Reforma Tributaria?
|
|
- Josefina Romero Plaza
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Cómo lo impacta a usted la Reforma Tributaria? Las reformas del año 2012 y 2014 realizaron modificaciones importantes con impacto en pensiones voluntarias y por supuesto en la tributación de las personas naturales. Conozca los cambios para aprovechar al máximo el beneficio tributario. Las modificaciones realizadas con la Reforma Tributaria del 2012 en complemento con las efectuadas con Reforma Tributaria del 2014, exigen que los afiliados comprendan cómo pueden aprovechar mejor el beneficio tributario en pensión voluntaria. La materialización natural del beneficio por no retirar los aportes pasó de 5 a 10 años, un término que busca que los recursos permanezcan en el fondo para que de ese modo cumplan con su objetivo: complementar los ahorros en pensión obligatoria. De todas maneras, los afiliados aún pueden hacer retiros para vivienda conservando el beneficio, con los mismos requisitos y modalidades para su retiro. Es importante tener en cuenta que todo lo que haya ahorrado hasta el 31 de diciembre 2012 mantiene el beneficio como ingreso no constitutivo de renta con el término de permanencia de 5 años, mientras que los aportes realizados a partir del 1 de enero de 2013 obtendrán el beneficio como renta exenta tras permanecer en el fondo durante 10 años. La limitación del beneficio se conserva en el 30% del total de ingresos pero sin incluir ingresos originados en ganancias ocasionales y con la limitación en UVT para los casos en donde el 30% es superior a este tope, de tal manera que el beneficio no puede exceder de UVT anuales, es decir, 107' pesos para el 2015, representado en aportes voluntarios y obligatorios a fondos de pensiones y aportes a AFC. Esto implica que las personas naturales con ingresos altos van a ver limitada su posibilidad de beneficio en esas cifras. Soy empleado, trabajador por cuenta propia (TCP) o como me clasifico para efectos tributarios? A partir de 2013, para efectos del impuesto a la renta, las personas naturales clasifican en tres grupos: 1) Empleados. 2) Trabajadores por cuenta propia. 3) Demás contribuyentes. 1
2 Empleados son las personas naturales que prestan servicios personales. Dentro de esta categoría podemos encontrar a tres conjuntos de personas 1 : a. Conjunto 1, que hemos denominado Empleados Asalariados. Están clasificadas dentro de este grupo o conjunto las personas naturales que cumple la siguiente condición: Sus ingresos brutos provienen, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de una vinculación laboral o legal y reglamentaria, independientemente de su denominación. b. Conjunto 2, que hemos denominado Empleados Independientes sin subordinación. Están clasificadas dentro de este grupo o conjunto las personas naturales que cumplen las siguientes condiciones: Sus ingresos brutos provienen, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica, mediante una vinculación de cualquier naturaleza, independientemente de su denominación. No presta el respectivo servicio, o no realiza la actividad económica, por su cuenta y riesgo. c. Conjunto 3, que hemos denominado Empleados otras actividades diferentes a TCP Trabajadores por Cuenta Propia. Están clasificadas dentro de este grupo las personas naturales que cumplen las siguientes condiciones: Sus ingresos brutos provienen, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica, mediante una vinculación de cualquier naturaleza, independientemente de su denominación. Presta el respectivo servicio, o realiza la actividad económica, por su cuenta y riesgo. No presta servicios técnicos que requieren de materiales o insumos especializados, o maquinaria o equipo especializado. Los ingresos originados en el desarrollo de actividades diferentes a las señaladas en el artículo 340 del Estatuto Tributario, le representan más del veinte por ciento (20%) de sus ingresos brutos. 1 El Decreto 3032 de 2013, estableció importantes definiciones para establecer la clasificación tributaria. De igual forma, el Concepto de la DIAN 885 de Julio de 2014, definió una lista de chequeo que a interpretación del regulador permite definir la clasificación tributaria de la persona natural. 2
3 Los ingresos originados en actividades de expendio, compraventa o distribución de bienes y mercancías, al por mayor o al por menor y/o actividades de producción, extracción, fabricación, confección, preparación, transformación, manufactura y ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes, NO superan el veinte por ciento (20%) de sus ingresos brutos. Los Empleados que además de sus ingresos por servicios personales perciban ingresos por Pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, deben incluir estos conceptos como ingresos laborales para establecer la proporción (80/20) y dentro del total de ingresos brutos. Esto solo para efectos de establecer la clasificación tributaria. Para establecer el monto del ochenta por ciento (80%), deben computarse y sumarse tanto los ingresos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria, los ingresos provenientes del ejercicio de profesiones liberales como también los provenientes de la prestación de servicios técnicos percibidos por la misma persona natural. Para efectos de calcular la proporción de ingresos (80/20), no se tendrán en cuenta: a) Las rentas sometidas al régimen del impuesto complementario de ganancias ocasionales. b) Las provenientes de enajenación de activos fijos poseídos por menos de dos (2) años. c) Los retiros parciales o totales de los aportes voluntarios a Fondos de Pensiones y de ahorros en las cuentas para el fomento de la construcción AFC, siempre y cuando correspondan a ingresos que se hayan percibido y destinado en un período o períodos fiscales distintos al período fiscal en el cual se efectúa el retiro del Fondo o cuenta, según corresponda. Ilustremos con ejemplos para entender la proporción de ingresos 80/20: Pedro Perez, es residente y recibió ingresos de $ por salarios y $ por arrendamientos. Se clasifica como empleado para efectos tributarios? Salarios $ % Arrendamientos $ % Total Ingresos $ % R: PP SI es Empleado para efectos tributarios porque el 92% de sus ingresos proviene de servicios personales por concepto de salarios puesto que cumple con la proporción del 80/20. 3
4 Sandra Rodríguez, es residente y recibe ingresos por salarios por $ y realizó un retiro de rendimientos financieros del fondo de pensiones voluntarios por aportes sin permanencia por valor de $ Se clasifica como empleado para efectos tributarios? Salarios $ % Rendimientos financieros $ % Total Ingresos $ % R: SR, NO es empleado para efectos tributarios porque el 73% de sus ingresos proviene de servicios personales por concepto de salarios, puesto que no cumple con la proporción del 80/20. Marcos Sanchez, es residente y recibe ingresos por honorarios por $ y realizó una venta de un apartamento por valor de $ Se clasifica como empleado para efectos tributarios? Honorarios $ % Ingreso por venta de activos fijos $ % Total Ingresos $ % R: MS, SI es empleado para efectos tributarios porque el 100% de sus ingresos proviene de servicios personales por concepto de honorarios. Tener en cuenta que para la determinación de los límites porcentuales no se incluyen los ingresos por ganancia ocasional ni las ventas de inmuebles poseídos por menos de dos años. Julio Caceres, es residente y recibe ingresos por servicios de $ , por salarios de $ y se ganó una lotería por $ Se clasifica como empleado para efectos tributarios? Servicios $ % Salarios $ % Ingreso por lotería $ % Total Ingresos $ % R: JC, SI es empleado para efectos tributarios porque el 100% de sus ingresos proviene de servicios personales por concepto de servicios y salarios, puesto que cumple con la proporción del 80/20. Tener en cuenta que para la determinación de los límites porcentuales no se incluyen los ingresos por ganancia ocasional. 4
5 Margarita Suarez, es residente y recibe ingresos por salarios de $ , por pensiones $ y arrendamientos por $ Se clasifica como empleado para efectos tributarios? Salarios $ % Pensiones $ % Arrendamientos $ % Total Ingresos $ % R: MS, SI es empleado para efectos tributarios porque el 88% de sus ingresos proviene de servicios personales, puesto que cumple con la proporción del 80/20. Tener en cuenta que las Pensiones sólo se incluyen para la determinación de los límites porcentuales. Trabajadores por cuenta propia (TCP). Una persona natural residente en el país, se considera trabajador por cuenta propia para efectos tributarios y Podrá liquidar su impuesto por el sistema IMAS - Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado, si cumple las condiciones: Sus ingresos provienen, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de la realización de solo una de las actividades económicas señaladas en el artículo 340 del Estatuto Tributario 2 : Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento Agropecuario, silvicultura y pesca Comercio al por mayor Comercio al por menor Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos Construcción Electricidad, gas y vapor Fabricación de productos minerales y otros Fabricación de sustancias químicas Industria de la madera, corcho y papel Manufactura alimentos Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero Minería Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones Servicios de hoteles, restaurantes y similares Servicios financieros 2 Con el Decreto 1473 de Agosto de 2014, la DIAN estableció la codificación de actividades económicas por cada tipo de categoría según la tabla de IMAS para TCP Trabajadores por Cuenta Propia definida en la Ley 1607 de
6 Presta el servicio por su cuenta y riesgo. Su Renta Gravable Alternativa (RGA) es inferior a veintisiete mil (27.000) UVT. El patrimonio líquido (Activos Deudas) declarado en el período gravable anterior es inferior a doce mil (12.000) UVT. Concepto UVT (Base) Base Col $ Año 2014 Base Col $ Año 2015 Renta Gravable Alternativa (RGA) durante el año superiores a (*) 1,400 $38,479,000 $39,591,000 Renta Gravable Alternativa (RGA) durante el año inferior a (*) 27,000 $742,095,000 $763,533,000 El patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior es inferior a (*) 12,000 $322,092,000 $329,820,000 Ilustremos con ejemplos para entender la proporción de ingresos 80/20: Juan Perez, es residente y recibió ingresos de $ por venta de electrodomésticos al por menor y $ por arrendamientos. Se clasifica como TCP para efectos tributarios? Comercio al por menor $ % Arrendamientos $ % Total Ingresos $ % R: JP, SI es TCP para efectos tributarios porque el 85% de sus ingresos proviene de actividades por concepto de comercio al por menor puesto que cumple con la proporción del 80/20. Marcela Garzón, es residente y recibe ingresos por salarios por $ , tiene un restaurante e hizo ventas por $ y tuvo ingresos por dividendos por $ Se clasifica como TCP para efectos tributarios? Salarios $ % Ingreso por venta en Restaurante $ % Rendimientos financieros $ % Total Ingresos $ % R: MG, NO es TCP para efectos tributarios porque el 57% de sus ingresos proviene de ingresos por la actividad de restaurante, puesto que no cumple con la proporción del 80/20. 6
7 Nelson Suarez, es residente y recibió ingresos de $ por venta de electrodomésticos al por menor y $ por Pensiones y su patrimonio bruto en 2013 es de $400 Millones Se clasifica como TCP para efectos tributarios? Comercio al por menor $ % Pensiones $ % Total Ingresos $ % R: JP, NO es TCP para efectos tributarios porque su patrimonio del año anterior supera UVT ($ ). Las pensiones solo se tienen en cuenta en límites porcentuales de Empleados. Manuel Quiroga, es residente, recibe ingresos por comisiones por $ , por salarios de $ , tiene un taxi del cual obtuvo ingresos por $ y realizó una venta de un apartamento por valor de $ Se clasifica como TCP para efectos tributarios? Comisiones $ % Salarios $ % Servicio de transporte $ % Ingreso por venta de activos fijos $ % Total Ingresos $ % R: MQ, NO es TCP para efectos tributarios porque no cumple con la proporción del 80/20, respecto de su actividad de servicio de transporte. Tener en cuenta que para la determinación de los límites porcentuales no se incluyen los ingresos por ganancia ocasional ni las ventas de inmuebles poseídos por menos de dos años. Demás contribuyentes. Las siguientes personas naturales se regirán únicamente por el sistema ordinario de determinación del impuesto de renta: Las personas naturales que en su condición de notarios presten el servicio público de notariado. Deben llevar en su contabilidad, cuentas separadas de los ingresos provenientes de la prestación de servicios notariales y de los ingresos de orígenes distintos. Las personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el país cuyos ingresos provengan únicamente de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y riesgos laborales. Los servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme con lo establecido en el artículo del Estatuto Tributario. 7
8 Las sucesiones ilíquidas de causantes nacionales o extranjeros que al momento de su muerte eran residentes en el país, los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales excepto cuando los donatarios o asignatarios los usufructúen personalmente. Las demás personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el país, que no clasifiquen dentro de las categorías de empleado o trabajador por cuenta propia. No residentes. Liquidar a través del IMAN o de la renta ordinaria? A partir del 2013, las personas naturales deben revisar su clasificación para efectos tributarios para poder determinar su sistema de tributación, dentro de los cuales están: Sistema Ordinario. La base gravable del impuesto se depura como lo establece el artículo 26 del E.T. + Ingresos brutos - Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional - Rentas exentas. - Deducciones = Base Gravable. La tabla de renta ordinaria es la siguiente: Rangos en UVT Tarifa Marginal Unidades Adicionales Instrucción para calcular Calculo en $ del impuesto Desde Hasta impuesto en $ % 0 No tiene $ % 0 (Renta gravable o ganancia $ 0 ocasional gravable expresada en UVT menos 1090 UVT) *19% % 116 (Renta gravable o ganancia $ 0 ocasional gravable expresada en UVT menos 1700 UVT) *28% más 116 UVT 4100 En adelante 33% 788 (Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 4100 UVT) *33% más 788 UVT $ 0 IMAN Impuesto Mínimo Alternativo Nacional. Es un impuesto mínimo presuntivo que se paga sobre la base de los ingresos con unas deducciones específicamente permitidas por la ley. No se deben considerar dentro de la base del total de ingresos los generados por ganancias ocasionales. 8
9 IMAS Impuesto Mínimo Alternativo Simple. Es un impuesto mínimo opcional para algunos contribuyentes que se paga sobre la base de los ingresos con unas deducciones específicamente permitidas por la ley. No se deben considerar dentro de la base del total de ingresos los generados por ganancias ocasionales. Sistema de Renta presuntiva. Es un impuesto mínimo presuntivo que se paga sobre el patrimonio con unas deducciones específicamente permitidas por la ley. De acuerdo con la nueva clasificación, las personas naturales liquidan el impuesto teniendo en cuenta lo siguiente: De acuerdo con lo anterior, los Empleados deben liquidar su impuesto por el Sistema Ordinario o bien a través del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMAN), y pagar el impuesto más alto tras hacer el cálculo en ambos sistemas. 9
10 Hasta el año 2014, los Empleados con RGA Renta Gravable Alternativa inferior a UVT, pueden liquidar su impuesto de renta por medio del Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS). La reforma tributaria (Ley 1739 de 2014) realizó dos modificaciones a los requisitos que deben cumplir las personas que deseen acogerse al sistema de tributación IMAS a partir del año gravable Uno, debe tener Ingresos brutos en el año inferiores a UVT y, Dos, su Patrimonio líquido (Activos Deudas) al cierre del año debe ser inferior a UVT Concepto IMAS: "Impuesto Mínimo Alternativo Simple", Opcional para empleados con Renta Gravable Alternativa (RGA) inferior a: IMAS: "Impuesto Mínimo Alternativo Simple", Opcional para empleados con Ingresos Brutos inferiores a: Y patrimonio líquido inferior a: UVT (Base) Base Col $ Año 2014 Base Col $ Año ,700 $129,180,000 N/A 2,800 N/A $79,181,000 12,000 N/A $339,348,000 Igualmente la mencionada Ley, unificó la depuración de la base gravable del impuesto ordinario para las personas naturales asalariadas e independientes clasificadas como Empleados, en relación con la renta laboral exenta del 25% y las deducciones. Es así que a partir del año 2015, los trabajadores independientes tendrán derecho a solicitar la renta exenta del 25% y las deducciones permitidas a los empleados asalariados en igualdad de condiciones. 10
11 Si realizamos varios cálculos para diferentes rangos de ingresos, en general se puede evidenciar que el impuesto sigue siendo más alto por el sistema de renta ordinaria, como se muestra en la siguiente tabla (valores en pesos), tomando como supuesto que no hay deducciones por salud ni dependientes: Ingreso Mensual Base Gravable Base Gravable IMAN o IMAS IMAN IMAS Impuesto 4,500,000 37,948,000 50,598,000 67,000 69,000 1,353,000 5,000,000 42,165,000 56,220, , ,000 2,155,000 6,000,000 50,598,000 67,464, ,000 1,104,000 3,987,000 7,000,000 59,031,000 78,708,000 1,572,000 NO 6,348,000 8,000,000 67,464,000 89,952,000 2,351,000 NO 8,709,000 9,000,000 75,897, ,196,000 3,072,000 NO 11,071,000 10,000,000 84,330, ,440,000 4,094,000 NO 13,432,000 10,500,000 88,546, ,062,000 4,771,000 NO 14,612,000 13,000, ,629, ,172,000 8,089,000 NO 20,516,000 15,000, ,306, ,408,000 11,298,000 NO 25,703,000 20,000, ,400, ,200,000 20,157,000 NO 39,264,000 35,000, ,224, ,668,750 62,312,000 NO 89,367,000 I m p u e s t o A n u a l 100,000,000 90,000,000 80,000,000 70,000,000 60,000,000 50,000,000 40,000,000 30,000,000 20,000,000 10,000,000 0 IMAN IMAS Ingresos Mensuales Como se puede evidenciar para las personas naturales Empleadas que cumplen los requisitos para aplicar opcionalmente el sistema IMAS, el impuesto es más bajo que ordinario luego les favorece este sistema. Evidentemente esto fue una ventaja que fue evidenciada por la DIAN por tal razón limitó los requisitos para acceder a este beneficio. 11
12 Como se puede observar, con los nuevos sistemas de tributación y las modificaciones existe una gran posibilidad y por supuesto la necesidad de realizar planeación tributaria, de tal manera que el impuesto por sistema ordinario se pueda acercar al impuesto calculado por el sistema IMAN. Uno de esos mecanismos es ahorrar por medio de pensiones voluntarias, como se muestra a continuación: Ingreso Mensual Base Gravable Base Gravable IMAN o IMAS Aportes voluntarios Anuales IMAN IMAS Impuesto 4,500,000 30,997,000 49,140,000 7,810,000 33,000 34,000 33,000 5,000,000 31,545,000 54,600,000 12,540, , , ,000 6,000,000 35,640,000 65,520,000 18,000, , , ,000 7,000,000 41,580,000 76,440,000 21,000,000 1,313,000 NO 2,044,000 8,000,000 47,520,000 87,360,000 24,000,000 2,023,000 NO 3,172,000 9,000,000 54,432, ,196,000 28,620,000 3,072,000 NO 5,061,000 10,000,000 60,480, ,440,000 31,800,000 4,094,000 NO 6,754,000 10,500,000 63,504, ,062,000 33,390,000 4,771,000 NO 7,601,000 13,000,000 78,624, ,172,000 41,340,000 8,089,000 NO 11,834,000 15,000,000 90,720, ,408,000 47,448,000 11,298,000 NO 15,221,000 20,000, ,960, ,200,000 61,920,000 20,157,000 NO 23,939,000 35,000, ,241, ,668,750 84,347,000 62,312,000 NO 62,312,000 70,000,000 I m p u e s t o A n u a l 60,000,000 50,000,000 40,000,000 30,000,000 20,000,000 10,000,000 0 IMAN IMAS Ingresos Mensuales Si revisamos la tendencia en el impuesto realizando aportes al fondo de pensiones voluntarias es evidente que el impuesto de renta es menor y se acerca al IMAN, mejorando su tributación. 12
13 Hoy en día, la planeación tributaria no solo es para las personas de altos ingresos, con la disminución de la base de ingresos brutos para ser declarante del impuesto a la renta a UVT anuales ($ para 2015), se amplía el universo de declarantes, de tal manera que una persona natural con vínculo laboral que tenga un ingreso mensual de $ ya sería declarante en Esto significa que la planeación tributaria se debe ahora enfocar respecto del impuesto de renta. Veamos un ejemplo ilustrativo, para un empleado con un salario integral de 9 millones de pesos y procedimiento 2, porcentaje fijo 5.4%: Sin aporte PV Impuesto de Renta (Anual) Con aporte PV IMAN Retención en la fuente (Mensual) Sin aporte PV Con aporte PV Ingresos brutos 108,000, ,000, ,000,000 9,000,000 9,000,000 RT Mínima 9,000,00 0 (-) Deducción Salud Obligatoria -3,024,000-3,024,000-3,024, , , ,000 (-) Deducción Dependientes -10,800,000-10,800, , ,000 0 (-) Deducción Medicina Prepagada -1,560,000-1,560, , ,000 0 (-) Renta exenta aportes obligatorios -3,780,000-3,780,000-3,780, , , ,000 (-) Renta exenta aportes voluntarios 0-24,000, ,000,000 0 (-) Renta laboral exenta -22,209,000-16,209, ,850,750-1,350,750 0 Base Gravable 66,627,000 48,627, ,196,000 5,552,250 4,052,250 8,433,00 0 Retención en la Fuente Mensual , , ,000 Impuesto / Retención Anual 8,475,000 3,435,000 3,072,000 3,600,000 2,628,000 3,072,00 0 Impuesto / Retención año gravable -3,600,000-3,072, ,600,000 3,072,000 0 Impuesto de renta a pagar 4,875, , Beneficio Tributario por Renta 0 5,040, ,000 0 En este caso, el "Empleado" es declarante del Impuesto a la renta, debe pagar un impuesto por el sistema ordinario de $ y su retención en la fuente por el sistema de retención ordinaria de $ Pero si hace aportes de 2 millones de pesos mensuales en pensiones voluntarias, el impuesto de renta sería de $ por el sistema ordinario y si retención anual sigue siendo de $ por el sistema de retención mínima. Aplicando el concepto de planeación tributaria, el beneficio en el impuesto de renta real es de $ , dado que la retención en la fuente es un pago anticipado del impuesto. Si no hace el aporte a pensión voluntaria, el valor a pagar en la fecha de presentación de la declaración de renta sería de $ , esto sin tener en cuenta que es posible que le toce liquidar anticipo para el año siguiente que igual mente afecta su flujo de caja en el mes de presentación de la declaración. Siga al tanto de la más completa información sobre su cuenta de pensiones en nuestra sección de Afiliados y conozca las mejores noticias y eventos de interés para su beneficio. 13
Cómo lo impacta a usted la Reforma Tributaria?
Cómo lo impacta a usted la Reforma Tributaria? La reforma hizo modificaciones importantes en materia de pensiones voluntarias. Conozca los cambios y cómo aprovechar el beneficio tributario. Empleado o
Más detallesCOLFONDOS 2015 Perfilando camino hacia la declaración de renta año gravable 2014
TRIBUTAR ASESORES SAS EMPRESA COLOMBIANA LIDER EN SOLUCIONES Y SERVICIOS TRIBUTARIOS COLFONDOS 2015 Perfilando camino hacia la declaración de renta año gravable 2014 De las obligaciones Formales Emitir
Más detallesDECRETO 3032 DE 2013 (Diciembre 27) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario.
DECRETO 3032 DE 2013 (Diciembre 27) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial
Más detallesCOLFONDOS 2015 Perfilando camino hacia la declaración de renta año gravable 2014
TRIBUTAR ASESORES SAS EMPRESA COLOMBIANA LIDER EN SOLUCIONES Y SERVICIOS TRIBUTARIOS COLFONDOS 2015 Perfilando camino hacia la declaración de renta año gravable 2014 De las obligaciones Formales Emitir
Más detallesIMAN E IMAS IMPUESTOS MÍNIMOS ALTERNATIVOS. HORACIO AYALA VELA 22 y 31 de enero de 2012
IMAN E IMAS IMPUESTOS MÍNIMOS ALTERNATIVOS HORACIO AYALA VELA 22 y 31 de enero de 2012 EL AMT Y EL IMAN El impuesto mínimo alternativo -AMT- pretende asegurar que cualquier persona que se beneficia de
Más detallesASPECTOS TRIBUTARIOS PERSONAS NATURALES RENTA 2016 COOPROFESIONALES
ASPECTOS TRIBUTARIOS PERSONAS NATURALES RENTA 2016 COOPROFESIONALES Julio 25 de 2017 AGENDA Modelo único de ingresos servicios y control automatizado MUISCA Clasificación de las Personas Naturales Contribuyentes
Más detallesASPECTOS TRIBUTARIOS PERSONAS NATURALES COOPROFESIONALES
ASPECTOS TRIBUTARIOS PERSONAS NATURALES COOPROFESIONALES Julio 8 de 2.015 AGENDA En que consiste modelo único de ingresos servicios y control automatizado MUISCA Clasificación de las Personas Naturales
Más detallesARTÍCULO 10. Adiciónese el Título V del Libro I del Estatuto Tributario con el siguiente Capítulo:
LEY 1607 DE 2012 (Artículo 10, Artículo11). ARTÍCULO 10. Adiciónese el Título V del Libro I del Estatuto Tributario con el siguiente Capítulo: CAPÍTULO I Empleados Artículo 329. Clasificación de las personas
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( )
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( ) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso
Más detallesDECRETO 3032 DE 2013
DECRETO 3032 DE 2013 (diciembre 27) Diario Oficial No. 49.016 de 27 de diciembre de 2013 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. Resumen
Más detallesREFORMA TRIBUTARIA LEY 1607 DE DIC. 26 DE 2012 IMAN - IMAS
REFORMA TRIBUTARIA LEY 1607 DE DIC. 26 DE 2012 IMAN - IMAS WILLIAM RODRÍGUEZ Ingeniero de Sistemas Especialista en redes Abogado - Universidad de San Buenaventura Cali Maestría en Derecho Tributario Universidad
Más detallesCertificado de Ingresos y Retenciones Personas naturales declararan renta en el 2013 con ingresos a partir de $
Certificado de Ingresos y Retenciones 2013 Personas naturales declararan renta en el 2013 con ingresos a partir de $37.577.000 Por el año gravable 2013 las personas naturales declararán renta con ingresos
Más detallesDECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2014
DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2014 Alberto Valencia Casallas. Bogotá, Junio 19 de 2015 TEMAS A ABORDAR 1. Clasificación de las personas naturales. 2. El concepto de residencia.
Más detalles1 Adenda explicativa al documento Reforma tributaría 2012 respecto de los temas: IMAN, IMAS & Tarifa Mínima de Retención.
1 Adenda explicativa al documento Reforma tributaría 2012 respecto de los temas: IMAN, IMAS & Tarifa Mínima de Retención. Gerencia de Soluciones de Inversión Vicepresidencia de Distribución y Ventas En
Más detallesUNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS
Con la Reforma Tributaria Ley 1607 de 2012 en su articulo 10 se modifico el Estatuto Tributario en 10 relacionado con la c1asificaci6n tributaria de las personas Naturales asf: "ARTICULO 329. Clasificacion
Más detallesNOVEDADES LABORALES. No están obligados a pago del CREE y siguen pagando los aportes parafiscales:
NOVEDADES LABORALES Vicepresidencia Asuntos Jurídicos y Sociales Presentamos a continuación, los aspectos laborales más relevantes de la Reforma Tributaria - Ley 1607 de 2012, sancionada el miércoles 26
Más detallesTribut ac ión e n e l Im pue s t o Sobre la Re nta para As alariados e Inde pe ndie ntes SERGIO IVAN PÉREZ PEÑUELA
Tribut ac ión e n e l Im pue s t o Sobre la Re nta para As alariados e Inde pe ndie ntes SERGIO IVAN PÉREZ PEÑUELA Clasificación de las Personas Naturales (Ley 1607 de 2012) Empleados Trabajadores por
Más detallesLos cambios siempre son positivos si sabe cómo aprovecharlos.
Los cambios siempre son positivos si sabe cómo aprovecharlos. Conozca los principales aspectos de la Reforma Tributaria en Impuesto de Renta, Pensiones Voluntarias y aportes Voluntarios en el Fondo de
Más detallesCARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES
CARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES WWW.CONSULTORCONTABLE.COM Descripción generalizada de la tributación en Colombia para personas naturales, el tratamiento de la renta
Más detallesEsperamos que sea de gran utilidad.
REFORMA TRIBUTARIA Te invitamos a que conozcas en detalle todos los aspectos de la Reforma Tributaria, en relación con los productos de Pensión Voluntaria. Esperamos que sea de gran utilidad. A continuación
Más detalles10- CLASIFICACION DE PERSONAS NATURALES art 329 ET para efectos TRIBUTARIOS o Fiscales. Empleados. Trabajadores cuenta propia
10- CLASIFICACION DE PERSONAS NATURALES art 329 ET para efectos TRIBUTARIOS o Fiscales a- Empleados b- Trabajadores cuenta propia Parágrafo Régimen ordinario general GRUPO GESTION CONSULTORES AUDITORES
Más detallesÍndice General ÍNDICE GENERAL CAPÍTULO 1 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PERSONAS NATURALES CONTRIBUYENTES Y NO CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE RENTA...
Índice General V ÍNDICE GENERAL CAPÍTULO 1 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PERSONAS NATURALES CONTRIBUYENTES Y NO CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE RENTA...1 CONTRIBUYENTES...1 Contribuyentes del Régimen General u
Más detallesDECRETO 2243 de
TEMARIO Generalidades del Impuesto de Renta Obligados a presentar declaración de renta año gravable 2015 Clasificación de las personas naturales Sistema de determinación de la base gravable Ganancias Ocasionales
Más detallesSEMINARIO REFORMA TRIBUTARIA. Retención en la fuente Ley 1607 de Febrero de 2013
SEMINARIO REFORMA TRIBUTARIA Retención en la fuente Ley 1607 de 2012 Febrero de 2013 Retención en la fuente Ley 1607 de 2012 Febrero de 2013 Renta y retención en la fuente Quienes son empleados? Art. 329
Más detallesCARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES
CARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES WWW.CONSULTORCONTABLE.COM Descripción generalizada de la tributación en Colombia para personas naturales, el tratamiento de la renta
Más detallesCOMUNICADOS TRIBUTARIOS
INSOTAX S.A.S COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 6 de ENERO de 2016 TEMA: RENTA PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN COLOMBIA SUB TEMA: PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN COLOMBIA
Más detallesPor: Héctor Julio Alzate. corporación = confiable =
Por: Héctor Julio Alzate 1 PERSONAS NATURALES Naturaleza jurídica y algunas obligaciones tributarias 1. Es todo ser humano o individuo que hace y obtiene la capacidad legal en la sociedad sin importar
Más detallesReforma tributaria y el sector de trabajadores independientes y empleados BEATRIZ E. VILLEGAS DE BEDOUT VILLEGAS MELO ABOGADOS
Reforma tributaria y el sector de trabajadores independientes y empleados BEATRIZ E. VILLEGAS DE BEDOUT VILLEGAS MELO ABOGADOS RESIDENCIA FISCAL -PERSONAS NATURALES Norma anterior - Permanencia continua
Más detallesOBLIGADOS A DECLARAR RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2016
OBLIGADOS A DECLARAR RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2016 Tutoría No. 4 Están obligados a presentar declaración de renta y complementarios, todos los contribuyentes sometidos dicho Impuesto, con excepción de
Más detallesRENTA CEDULAR RENTA CEDULAR
A. RENTAS DE TRABAJO Incluye: Excluye: Las rentas de trabajo definidas en el art. 103 E.T. Honorarios, y compensaciones por servicios personales de P.N. que vinculen menos de dos (2) trabajadores. Pensiones
Más detallesAsalariados no obligados a declarar. Art. 593 E.T. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 1º del artículo anterior, no presentarán declaración
Asalariados no obligados a declarar. Art. 593 E.T. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 1º del artículo anterior, no presentarán declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, los asalariados
Más detallesABC Reforma Tributaria
ABC Reforma Tributaria La planeación tributaria de cada persona es diferente, y debe estar alineada con tus propósitos de ahorro e inversión. Realiza la tuya en compañía de Protección. Con la Reforma Tributaria,
Más detallesNormas Técnicas - Doctrina O F I C I O D E N O V I E M B R E 2 7
Dónde estoy?: Inicio Normas Técnicas - Doctrina Buscar Normas Técnicas - Doctrina O F I C I O 0 6 4 3 6 7 D E 2 0 1 4 N O V I E M B R E 2 7 OFICIO 064367 DE 2014 NOVIEMBRE 27 NOTA: La doctrina incorporada
Más detallesART ART LEY 1819 DE 2016 ARTS. 1, 11 AL 15
CONCEPTO 04884 DEL 24 DE FEBRERO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Descriptores DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS NATURALES. Fuentes Formales ART.
Más detallesCARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES
CARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES WWW.CONSULTORCONTABLE.COM Descripción generalizada de la tributación en Colombia para personas naturales, el tratamiento de la renta
Más detalles- Oficio modificado por el Oficio de 2014, publicado en el Diario Oficial No de 25 de noviembre de 2014.
CONCEPTO 100202208-885 DE 2014 (julio 31) Diario Oficial No. 49.230 de 1 de agosto de 2014 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIRECCIÓN GESTIÓN JURÍDICA Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA:
Más detallesDerechos reservados. Prohibida su reproducción. OTROS REFORMA TRIBUTARIA LEY 1739 DE 2014
OTROS REFORMA TRIBUTARIA LEY 1739 DE 2014 IMPUESTO SOBRE LA RENTA 2 AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO 3 Ajuste por diferencia en cambio Ley 1739 Artículo 66. Adiciónese un parágrafo al artículo 32-1 del
Más detallesDe acuerdo con la nueva redacción de este artículo, los contribuyentes personas naturales se clasifican en:
Fecha: Miércoles 2 de noviembre de 2013 Título: Retención en la Fuente Asalariados y Trabajadores Independientes - Ley 1607 de 2012 Asociado: EDUAR BENJUMEA BENJUMEA Básicamente las modificaciones introducidas
Más detallesDocente-Instructor: Jaime Posada. No obligados a declarar PERSONAS NATURALES QUE NO DECLARAN RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2011
Docente-Instructor: Jaime Posada. No obligados a declarar PERSONAS NATURALES QUE NO DECLARAN RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2011 COMERCIANTES Y PERSONAS NATURALES QUE EN EL AÑO: 2011 HAYAN TENIDO INGRESOS BRUTOS
Más detallesAlcances de la Reciente Reforma Tributaria
ACELERACIÓN DE LA ECONOMÍA COLOMBIANA Y LAS REFORMAS ESTRUCTURALES Alcances de la Reciente Reforma Tributaria HORACIO AYALA VELA Cali, 20 de febrero de 2013 REFORMA TRIBUTARIA 2012 Presentación del Ministro
Más detallesLey 1607 de 2012. Impuesto sobre la Renta
Ley 1607 de 2012 Impuesto sobre la Renta Personas Naturales Sergio Iván Pérez Peñuela sperez@perezygomezabogados.com Ley 1607 de 2012 Residencia para efectos tributarios RESIDENCIA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS
Más detallesINFORMACION TRIBUTARIA
INFORMACION TRIBUTARIA INFORMACION TRIBUTARIA El Decreto 2972 de 2013, dejó tres grupos de personas naturales: EMPLEADOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA DEMÁS PERSONAS NATURALES Quienes pertenecen a la
Más detallesAPARTES DE LA LEY 1607 DE 2012
Artículo 13. Tarifa de retención en la fuente. APARTES DE LA LEY 1607 DE 2012 Modifica el inciso primero del artículo 383 del E.T. Redacción nueva Tarifa. La retención en la fuente aplicable a los pagos
Más detallesBogotá D.C., 8 de Enero de 2.014
Bogotá D.C., 8 de Enero de 2.014 Luego de la promulgación de normas y decretos a finales del año anterior, nos permitimos informarles los puntos más importantes de las últimas disposiciones vigentes a
Más detallesTarifa de este impuesto es el 8%, pero para los años 2013, 2014 y 2015 será del 9%.
REFORMA TRIBUTARIA 2012 globalcont A continuación expondremos los puntos más relevantes de los cambios a nivel tributario que nos trae la Reforma Tributaria de 2012, contenida con la expedición de la Ley
Más detallesBoletín Extraordinario. 2 Ed. Proyecto de Reforma Tributaria. Noviembre
Boletín Extraordinario. 2 Ed. Proyecto de Reforma Tributaria Noviembre 01 IMPUESTOS SOBRE LA RENTA DE PERSONAS NATURALES MODIFICACIONES PROPUESTAS POR EL PROYECTO PARA PERSONAS NATURALES (ART. 1, 4, 9
Más detallesReescritura de la Ley 1819 propuesta aquí: Texto original la Ley 1819: IMPUESTO DE RENTA. PERSONAS NATURALES.
Reescritura de la Ley 1819 propuesta aquí: IMPUESTO DE RENTA. PERSONAS NATURALES. ARTICULO 1. Se modifica el Título V del Libro I del Estatuto Tributario, así: TÍTULO V CAPÍTULO I DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
Más detallesMODIFICACIONES A LA DEPURACION ORDINARIA EN RENTA PERSONAS NATURALES JUAN CAMILO SERRANO VALENZUELA
MODIFICACIONES A LA DEPURACION ORDINARIA EN RENTA PERSONAS NATURALES CONTRIBUYENTES PERSONAS NATURALES + Depuración con IMAN y Retención + Empleados + Trabajadores por cuenta propia + Los demás personas
Más detallesQuiénes son los Obligados a Declarar Renta en el Año 2012? Obligados a declarar renta por el año gravable 2011
Quiénes son los Obligados a Declarar Renta en el Año 2012? Por contribuyente.org 25 ene, 2012 Sección: Impuesto de Renta Una vez finalizado el año fiscal 2011, las personas naturales y sucesiones ilíquidas
Más detallesGuía Tributaria para Personas Naturales
Guía Tributaria para Personas Naturales Queda prohibida toda reproducción total o parcial por cualquier medio sin previa autorización del editor Registro de Derechos de Autor Ministerio del Interior Edición
Más detallesManual de preguntas frecuentes
Manual de preguntas frecuentes Índice 1. Beneficios tributarios de aportes a fondos de pensiones y cesantías. 2. Categoría Tributaria para Impuesto de Renta y sistemas de determinación y cálculo del impuesto
Más detallesTAX TIPS DECLARACIONES DE RENTA PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2015 (II).
CONSULTORIO TRIBUTARIO 26-09-2016 TAX TIPS DECLARACIONES DE RENTA PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2015 (II). Los ingresos por pensiones, conforme a la ley, no deben sumarse por hallar el IMAS de Empleados
Más detallesCARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES
CARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES WWW.CONSULTORCONTABLE.COM Descripción generalizada de la tributación en Colombia para personas naturales, el tratamiento de la renta
Más detallesLEY 1819 DE REFORMA TRIBUTARIA ASPECTOS RELACIONADOS CON RENTAS DE TRABAJO Y PENSIONES
LEY 1819 DE 2016 - REFORMA TRIBUTARIA ASPECTOS RELACIONADOS CON RENTAS DE TRABAJO Y PENSIONES Art. 1: Cambia la clasificación que se tenía con respecto a empleados y trabajadores por cuenta propia; ahora
Más detallesRETENCION EN LA FUENTE ANIBAL SALGADO MULETH 83
RETENCION EN LA FUENTE ANIBAL SALGADO MULETH 83 RENTAS DE TRABAJO Retención en la fuente por pagos laborales y a independientes Se eliminó la retención en la fuente mínima La retención en la fuente por
Más detallesRETENCIONES EN LA FUENTE 22 DE MAYO DE 2013 BOGOTÁ D.C. - COLOMBIA. Jorge Fernando Corredor Alejo
RETENCIONES EN LA FUENTE RENTA Y CREE 22 DE MAYO DE 2013 BOGOTÁ D.C. - COLOMBIA Jorge Fernando Corredor Alejo 1 !"#$ "%&"&&"'(&#$ )&"*&" &(+,-.+/01--23 425,.11//2,/!4)&46#!!7 4)&689&" Jorge Fernando Corredor
Más detallesRETENCIONES EN LA FUENTE EN LA LEY 1607 DE 2012
RETENCIONES EN LA FUENTE EN LA LEY 1607 DE 2012 Javier González Valencia, febrero de 2013. RF del CREE FACULTAD PARA ESTABLECER RF (Art 37 Ley 1607) ART. 37. Facultad para establecer retención en la fuente
Más detallesELECTIVA DE PROFUNDIZACION LABORATORIO TRIBUTARIO B JOSE HILARIO ARAQUE C. Docente
FACULTAD DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PROGRAMA DE CONTADURIA PUBLICA ELECTIVA DE PROFUNDIZACION LABORATORIO TRIBUTARIO B-2015 JOSE HILARIO ARAQUE C. Docente JOSE HILARIO ARAQUE CARDENAS DOCENTE 1 TEMARIO
Más detallesIMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES
IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES 1. Objetivos de la reforma OBJETIVO GENERAL DE LA REFORMA TRIBUTARIA Generación de empleo Formalidad laboral Objetivo General Sistema Tributario Progresivo
Más detallesDocumentos para Declaración de Renta:
DECLARACIÓN DE RENTA REFORMA TRIBUTARIA Documentos para : Las personas obligadas a declarar o que lo hagan de manera voluntaria deben contar con los documentos necesarios que le permitan establecer los
Más detallesResidencia para efectos fiscales. Art. 10 E.T. Ley 1607/12
Residencia para efectos fiscales. Art. 10 E.T. Ley 1607/12 Se consideran residentes en Colombia para efectos tributarios las personas naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:
Más detallesRetención en la fuente Tablas de Retención para Ingresos Laborales Artículos 383, 386 y 387 del Estatuto Tributario.
CONCEPTO 13514 DEL 31 DE MAYO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señora GLORIA MARLENE UNIBIO AVILA Carrera 11 No. 77ª 49 Ofic. 303 gloriamua@meta4.com Bogotá, D.C. Ref: Radicado
Más detallesGESTIÓN Y ADQUISCIÓN DE RECURSOS. Instructivo para aplicar retenciones a los contratos de Prestación de Servicios
CONTROL DE CAMBIOS VERSIÓN 1 FECHA DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACION 1 02 de septiembre de 2014 Primera versión del documento 1 Si este documento se encuentra impreso se considera Copia no Controlada. La
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO ( ) DE 2016 DIAN
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) DE 2016 DIAN Por la cual se modifica la Resolución 000004 de enero 08 de 2016 Por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones
Más detallesReforma Tributaria Resumen Ejecutivo
Reforma Tributaria Resumen Ejecutivo Ley 167, Diciembre 26 de 212 Conoce los cambios tributarios aprobados por el Congreso 1 2 Manual Nueva Reforma Tributaria Para una correcta planeación financiera y
Más detallesLOS ÚLTIMOS EFECTOS TRIBUTARIOS EN SUS NEGOCIOS
LOS ÚLTIMOS EFECTOS TRIBUTARIOS EN SUS NEGOCIOS Edison F. Barragán Beltrán Socio de Impuestos Barragan C Asociados SAS ÍNDICE Introducción Impuesto sobre la renta Impuesto sobre las ventas IVA Impuesto
Más detallesIMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES
Subdirección de Gestión de Asistencia Al Cliente IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES Fecha del documento 1. Objetivos de la reforma OBJETIVO GENERAL DE LA REFORMA TRIBUTARIA Generación de empleo
Más detallesLa Reforma Tributaria Estructural y su efecto sobre la renta de Personas Naturales martes, 28 de febrero de 2017
La Reforma Tributaria Estructural y su efecto sobre la renta de Personas Naturales martes, 28 de febrero de 2017 1 Exposición de Motivos MinHacienda h4p://www.minhacienda.gov.co/homeminhacienda/showproperty?
Más detallesCARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES
CARTILLA PARA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES WWW.CONSULTORCONTABLE.COM Descripción generalizada de la tributación en Colombia para personas naturales, el tratamiento de la renta
Más detallesRetención en la Fuente Mínima para Empleados
Retención en la Fuente Mínima para Empleados Ley 1607 de 2012 Sergio Iván Pérez Peñuela sperez@perezygomezabogados.com Qué es la Retención Mínima? Es una nueva forma de retención en la fuente para empleados,
Más detallesNotas de Interés Reforma Tributaria 2016 Aspectos asociados al Fondo de Pensiones Voluntarias Visión
Notas de Interés Reforma Tributaria 2016 * Aspectos asociados al Fondo de Pensiones Voluntarias Visión *Ley 1819 de 2016, sancionada el 29 de Diciembre de 2016 Estar informado es tener más. Alianza le
Más detallesLa reforma tributaria y el sector asegurador
La reforma tributaria y el sector asegurador La reforma tributaria del Gobierno Nacional fue presentada al Congreso de la República, mediante el PL 166 de 2012 C. Fue radicada con mensaje de urgencia,
Más detallesRENTA PERSONAS NATURALES Tributación justa y simplificada para todos
Boletín No 173 RENTA PERSONAS NATURALES Tributación justa y simplificada para todos A partir de 2017, de tres sistemas (Renta Ordinaria, Imán e Imás) se pasa a uno sólo (Renta Ordinaria) 93% de los colombianos
Más detallesRetención en la Fuente para asalariados y empleados
Retención en la Fuente para asalariados y empleados Javier Martinez Fuentes Gerente Impuestos Barranquilla, Mayo 22 de 2013 Ley 1607 de 2012 Reglamentación retención en la fuente Nueva clasificación de
Más detallesRESOLUCIÓN Nº DIAN
RESOLUCIÓN Nº 000029 29-03-2016 DIAN por la cual se modifica la Resolución 000004 de enero 8 de 2016, por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO ( )
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se modifica la Resolución 000004 de enero 08 de 2016 Por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias,
Más detallesAvenida Esperanza (Calle 24) Edificio Gran Estación II Pisos Referencia: Radicado 1079 del 04/03/2014 (radicado de 27/02/2014)
OFICIO 19738 DE 2014 (marzo 25) Diario Oficial No. 49.174 de 6 de junio de 2014 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA Bogotá, D. C., 21 de marzo de 2014 100208221 000248
Más detallesPresentado por: Luz María Solano Ruíz
Presentado por: Luz María Solano Ruíz Retención en la fuente empleados Se deben incluir conceptos tales como sueldos, horas extras, recargos nocturnos, recargos dominicales, porcentajes sobre ventas, sobresueldos,
Más detallesSOPORTES DECLARACIÓN DE RENTA Y SUS COMPLEMENTARIOS POR EL AÑO GRAVABLE 2015.
SOPORTES DECLARACIÓN DE RENTA Y SUS COMPLEMENTARIOS POR EL AÑO GRAVABLE 2015. Los vencimientos para declarar impuesto sobre la renta de las personas naturales no obligadas a llevar libros de contabilidad
Más detallesCONCEPTO DE 21 DE AGOSTO DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. Ref.: Radicado del 09/06/2015
CONCEPTO 24300 DE 21 DE AGOSTO DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Ref.: Radicado 100016836 del 09/06/2015 Tema Impuesto sobre la Renta y Complementarios Descriptores Tarifa
Más detallesAPLICATIVO PARA HONRA Y GLORIA DE NUESTRO SEÑOR JESUS CRISTO YOIBER ANTONIO OJEDA PACHECO
Página 1 de 24 Página 2 de 24 JUSTIFICACION Con la expedición de la Ley 1607 de 2012, los profesionales de la Contaduría pública conocimos como el Estado Colombiano implemento otras formas para determinar
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( )
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( ) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso
Más detallesCARTILLA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES 2014
CARTILLA DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES 2014 Impuesto sobre la renta El impuesto sobre la renta es un tributo de carácter obligatorio, con el fin de participar con sus recursos en las cargas del
Más detallesBOLETIN TRIBUTARIO No. 44 DATOS DE INTERESES PARA EL AÑO 2014
UVT AÑO 2014: RESOLUCIÓN 00227 OCTUBRE 31 DE 2013 Según Resolución 000227 del 31 de octubre 2013, el valor de la Unidad de Valor Tributario UVT, que regirá durante el año 2014 será de $27.485 NUEVAS TARIFAS
Más detallesAlcances de la Reciente Reforma Tributaria
ACELERACIÓN DE LA ECONOMÍA COLOMBIANA Y LAS REFORMAS ESTRUCTURALES Alcances de la Reciente Reforma Tributaria HORACIO AYALA VELA Medellín, 6 de Marzo de 2013 REFORMA TRIBUTARIA 2012 Presentación del Ministro
Más detallesCONCEPTO DE 11 DE ABRIL DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.
CONCEPTO 00279 DE 11 DE ABRIL DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor RICARDO ANDRES VANEGAS rvanegap@gmail.com Bogotá D.C. Ref: Radicado 56865 del 07/04/2015. Tema: Impuesto
Más detallesRESIDENCIA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS. 4 CALIFICACION TRIBUTARIA DE LAS PERSONAS NATURALES DEFINICIONES
Tabla de contenido Cartilla... 1 Tributaria... 1 2009-2010... 1 Guía Práctica... 1 1. RESIDENCIA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS... 4 2. CALIFICACION TRIBUTARIA DE LAS PERSONAS NATURALES... 6 2.1. DEFINICIONES...
Más detallesASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA. Alexandra Gnecco Mendoza
ASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA Alexandra Gnecco Mendoza 1 Objetivos de de la la Reforma *Equidad Mejorar la distribución de la carga tributaria - Personas con *Equidad un poco - más Personas
Más detallesANÁLISIS DEL EFECTO DE LA REFORMA
ANÁLISIS DEL EFECTO DE LA REFORMA RENTA E IMPUESTO CALCULADO CONFORME A LAS NORMAS HOY VIGENTES RENTA E IMPUESTO CALCULADO CONFORME A LA REFORMA TOTAL INRNGO RENTA EXENTA RETENCIÓN CALCULO SEGÚN IMAN TARIFA
Más detallesREFORMA TRIBUTARIA APLICADA A ENTIDADES CON ANIMO DE LUCRO Y PERSONAS NATURALES 2017
REFORMA TRIBUTARIA APLICADA A ENTIDADES CON ANIMO DE LUCRO Y PERSONAS NATURALES 2017 TEMARIO I-IMPUESTO DE RENTA EMPRESAS II-IMPUESTO DE RENTA PERSONAS NATURALES III-RETENCION EN LA FUENTE LEY 1819 DE
Más detalles1- Art 329 ET Clasificación tributaria de las PNresidentes
14- Retención en la fuente a Personas Naturales Residentes que ejercen Profesiones Liberales Independientes ó que prestan Servicios Técnicos 14.1 Normatividad vigente : 1- Art 329 ET Clasificación tributaria
Más detallesBorrador de Primera Ponencia
Borrador de Primera Ponencia Cuadro comparativo texto ajustado y texto radicado Ministerio de Hacienda - DIAN Personas Naturales TEXTO AJUSTADO CAPÍTULO I PERSONAS NATURALES ARTÍCULO 1. Modifícase el artículo
Más detallesDECRETO 99 DE (enero 25) Diario Oficial No de 25 de enero de 2013 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETO 99 DE 2013 (enero 25) Diario Oficial No. 48.684 de 25 de enero de 2013 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. EL PRESIDENTE DE LA
Más detallesLos puntos claves para entender la reforma tributaria
Los puntos claves para entender la reforma tributaria Los cambios realizados han generado incertidumbre y confusión hasta para algunos gremios especializados en el tema. Conozca estos puntos sobre el impacto
Más detallesResumen de Notas de Vigencia. Jurisprudencia Vigencia LEY 1607 DE (diciembre 26) Diario Oficial No de 26 de diciembre de 2012
LEY 1607 DE 2012 (diciembre 26) Diario Oficial No. 48.655 de 26 de diciembre de 2012 CONGRESO DE LA REPÚBLICA Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones. Resumen
Más detallesGanancia Ocasional Impuesto del 10%. Utilidad por venta de activos. Analisis para el costo
ARTÍCULO 311-1. UTILIDAD EN LA VENTA DE LA CASA O APARTAMENTO. Estarán exentas las primeras siete mil quinientas
Más detallesRepública de Colombia DIARIO OFICIAL. Fundado el 30 de abril de 1864 PODER PÚBLICO RAMA LEGISLATIVA LEY 1607 DE 2012
República de Colombia IMPRENTA NACIONAL Fundado el 30 de abril de 1864 Año CXLVIII No. 48.655 Edición de 60 páginas Bogotá, D. C., miércoles, 26 de diciembre de 2012 I S S N 0122-2112 LEY 1607 DE 2012
Más detallesDIRECCIÓN NACIONAL DE IMPUESTOS Y ADUNAS NACIONALES. OFICIO DE 2013 (Diciembre 12)
DIRECCIÓN NACIONAL DE IMPUESTOS Y ADUNAS NACIONALES OFICIO 079831 DE 2013 (Diciembre 12) Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D.C. 100208221 001122 Ref: Radicado 02224 del 09/09/2013 Tema
Más detallesCOMUNICADOS TRIBUTARIOS
INSOTAX S.A.S COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 5 de ENERO de 2016 TEMA: RETENCION EN LA FUENTE INGRESOS LABORALES Y EMPLEADO SUB TEMA: RETENCION EN LA FUENTE Mediante la ley
Más detalles