RECURSOS HUMANOS APROBADO CONCESIÓN DE PRESTAMOS AL PERSONAL DE PETRESA

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1 APROBADO FIRMADO POR: FECHA: FIRMA: CONCESIÓN DE PRESTAMOS AL PERSONAL DE PETRESA PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 1 de 8

2 SE INDICAN CON R LOS APARTADOS REVISADOS PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 2 de 8

3 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL PERSONAL DE PETRESA OBJETO CONCESION DE PRÉSTAMOS AL PERSONAL DE PETRESA OBJETO 1. Este procedimiento interno tiene por objeto regular las condiciones por las que se rige la concesión y entrega al personal de préstamos para los fines, concretos, detallados en el apartado de especificaciones. AMBITO 2. El ámbito de aplicación de este procedimiento interno alcanza a todo el personal fijo de PETRESA. ESPECIFICACIONES 3. Finalidad de los préstamos. La compra o reparación de la vivienda destinada a domicilio y residencia habitual del solicitante. La atención de gastos ocasionados con motivo de estudios universitarios de los hijos del solicitante. 4. Condiciones para la obtención de los préstamos. Ser empleado fijo de PETRESA. No tener agotada la cantidad máxima para su nivel con motivo de préstamos anteriores. PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 3 de 8

4 5. Documentación previa a la concesión. El solicitante deberá aportar, según los casos, la siguiente documentación: Vivienda sin construir o en construcción. Contrato de compraventa o, en su defecto, opción de compra, mientras no sea posible obtener el primero. Vivienda construida. Escritura pública otorgada a nombre del empleado solicitante del préstamo. De no existir ésta, por circunstancias ajenas al solicitante, la entrega quedará pendiente hasta el momento en que pueda celebrarse la escritura, debiéndose aportar el contrato de compraventa. En cualquier caso, deberá presentarse justificación de pagos pendientes de la vivienda a la fecha de la concesión. Reparación o reforma de vivienda. Presupuesto en el que se describa y valoren las obras a realizar. Estudios universitarios de hijos del solicitante. Justificación documental de gastos de matriculación, librería, alojamiento y manutención, generados como consecuencia de la formación universitaria de los hijos del solicitante. 6. Cuantía de los préstamos. Las cantidades a conceder en los préstamos serán las justificadas a través de la documentación aportada, no pudiendo exceder del tope máximo fijado para cada nivel en el Anexo Nº1 de este procedimiento interno. En los casos de: Cambio de nivel del empleado solicitante. No haber consumido inicialmente el tope correspondiente al nivel. PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 4 de 8

5 La cantidad máxima a percibir será la diferencia entre la correspondiente al nivel del solicitante, de acuerdo con el Anexo Nº 1 de este procedimiento interno, y las percibidas en concepto de cualquiera de las modalidades de préstamos indicadas en la Especificación 3 de este procedimiento. 7. Orden de concesión. Las solicitudes de préstamos se atenderán por riguroso orden de petición, salvo las de empleados que puedan demostrar no poseer vivienda propia o tener que hacer frente a necesidades inmediatas con motivo de estudios universitarios de sus hijos, en cuyo caso, y con el mismo orden de petición, la concesión se hará efectiva en el momento de existir capital disponible. R 8. Tipo de interés. Los préstamos se concederán a un tipo de interés igual al MIBOR a un año, publicado por el Banco de España, en vigor en el momento de la concesión del préstamo. R Durante el plazo de amortización de los préstamos, y con efectos del 1 de Enero y 1 de Julio de cada año, se revisarán los tipos de interés aplicados, de forma que si el publicado en estas fechas, por el Banco de España, fuera superior o inferior en un punto a los que se vinieran aplicando, éstos se actualizarán de acuerdo al nuevo tipo de interés publicado. 9. Plazo de amortización. El plazo máximo de amortización del préstamo será de siete años, con amortizaciones mensuales. En el momento de la concesión del préstamo, el empleado recibirá una tabla completa correspondiente a sus amortizaciones por paga, con expresión de la cantidad correspondiente a amortización de capital e interés. Si durante la amortización del préstamo se produjera un cambio en el tipo de interés aplicado, según el punto anterior, daría lugar a la emisión, desde esa fecha, de una nueva tabla para el período pendiente hasta un nuevo cambio de tipo, si lo hubiera, o la finalización de la amortización. PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 5 de 8

6 10. Tramitación de préstamos concedidos. Una vez concedido el préstamo deberán cumplirse los trámites siguientes: Contrato El interesado concertará con PETRESA un contrato para regular las condiciones por las que se rige el mencionado préstamo. Seguro del préstamo. El interesado concertará un seguro de amortización del préstamo que cubra la cantidad adeudada a la Compañía en el caso de fallecimiento del titular del referido préstamo. La prima de este seguro será por cuenta del interesado, debiendo aportar documentación acreditativa de la suscripción del seguro y abono de primas. Documentos complementarios Como documentos complementarios a los recogidos en la especificación 5, el empleado receptor del préstamo deberá entregar los siguientes documentos: - En caso de compra de viviendas: Póliza de seguro de incendios, con una cláusula de subrogación a favor de PETRESA para casos de siniestro, y póliza de seguro de responsabilidad civil, que deberán mantenerse en vigor durante todo el período de amortización del préstamo. - En caso de reparación o reforma de viviendas: Facturas de los gastos ocasionados por la reforma, con el objeto de verificar el cumplimiento del presupuesto. Los gastos originados por la obtención de los documentos anteriores, serán por cuenta del empleado. La no presentación de la documentación requerida, tanto antes como durante la vigencia del préstamo, dará lugar, en el primer caso, a la pérdida del derecho a dicho préstamo y, en el segundo, a la inmediata cancelación del mismo. 11. Liquidación de impuestos PETRESA se ocupará de la liquidación de los impuestos que pudieran generarse, de acuerdo con la legislación en vigor, ingresando las cantidades correspondientes por cuenta del empleado prestatario, las cuales serán reintegradas a PETRESA por el mismo, junto con el pago de la primera amortización del préstamo. PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 6 de 8

7 GESTION DEL PROCEDIMIENTO 12. La gestión de este procedimiento interno corresponde a PETRESA, que deberá interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación, así como proceder a su revisión cuando sea necesario para actualizar su contenido. DISTRIBUCION 13. Por tratarse de un procedimiento interno, su distribución será la definida por el Manual de Procedimientos internos de PETRESA. NORMATIVA RELACIONADA Convenio Colectivo Procedimiento específico de Firmas Autorizadas (PRE-008) Manual de Firmas Autorizadas Fábrica de San Roque (MAE-01) Manual de Firmas Autorizadas en Madrid (MAE-58). Manual de Nóminas (MAE-35). Manual de Gestión de Personal (MAE-38). PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 7 de 8

8 A N E X O Nº1 CANTIDADES MÁXIMAS POR EL CONCEPTO DE PRÉSTAMOS AL PERSONAL DE PETRESA A PARTIR DE SEPTIEMBRE 2004 NIVELES 1 AL NIVELES 8 Y NIVELES SUPERIORES Las cantidades se concederán en base al nivel salarial que el empleado tenga cuando se le concede el préstamo. No se ampliarán las cantidades cuando se pasa a un nivel superior. FECHA: FIRMA: El documento original firmado se encuentra bajo custodia del Departamento de Recursos Humanos PRI005 Rev. 2/Septiembre 2004 Editado y Gestionado por: PETRESA Fecha vigor: Abril 1995 Pág.: 8 de 8

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