pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com NOVIEMBRE 2016 TEMA 19
|
|
- César Rubio Ruiz
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com TEMA 19 EL IRPF (II): BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLE. REDUCCIONES. ADECUACIÓN DEL IMPUESTO A LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES DEL CONTRIBUYENTE. CÁLCULO DEL IMPUESTO ESTATAL. GRAVAMEN AUTONÓMICO. CUOTA DIFERENCIAL. TRIBUTACIÓN FAMILIAR. REGÍMENES ESPECIALES. DECLARACIONES, PAGOS A CUENTA Y OBLIGACIONES FORMALES. 1. BASE IMPONIBLE, BASE LIQUIDABLE Y REDUCCIONES BASE IMPONIBLE. De conformidad con el art. 15 LIRPF, la base imponible del Impuesto estará constituida por el importe de la renta del contribuyente, y se determinará aplicando los métodos del art. 16: a) Estimación directa. Se aplicará con carácter general admitiendo en los rendimientos de actividades económicas dos modalidades, la normal y la simplificada. b) Estimación objetiva. Para determinadas actividades económicas en los términos que reglamentariamente se establezcan. c) Estimación indirecta. Se aplicará de acuerdo con lo dispuesto en la LGT BASE LIQUIDABLE Y REDUCCIONES. Art. 50 LIRPF A) BASE LIQUIDABLE GENERAL. Estará constituida por el resultado de practicar en la base imponible general, exclusivamente, por este orden y con los límites legalmente establecidos, las siguientes reducciones sin que pueda resultar negativa como consecuencia de dichas disminuciones : 1. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. Art Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad con los que el contribuyente tenga relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, por el cónyuge del mismo y por aquellos que lo tengan a su cargo en régimen de acogimiento o tutela. Art Reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas discapacitadas con las que el contribuyente tenga relación de parentesco hasta el tercer grado, así como el cónyuge y aquellos que lo tengan a su cargo en régimen de tutela o acogimiento. Art Reducción por pensiones compensatorias. Art Aportaciones directas o imputadas a Mutualidades de Previsión Social de deportistas profesionales. DA Undécima de la ley Con carácter previo a las anteriores reducciones,hay que aplicar la reducción por tributación conjunta de en unidades familiares biparentales o en monoparentales.art 84.2 Ley B) BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO. Será el resultado de disminuir la base imponible del ahorro en el remanente, si lo hubiere, de la reducción por pensiones compensatorias, sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal disminución. En tributación conjunta también es susceptible de disminuir esta base,el remanente de la reducción por tributación conjunta no reducidas en la base general Por último, si la base liquidable general resultase negativa, su importe puede ser compensado con los de las bases liquidables generales positivas que se obtengan en los 4 años siguientes. La compensación debe efectuarse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes y sin que pueda practicarse fuera de ese plazo mediante la acumulación a bases liquidables generales negativas de años posteriores. 1 pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
2 2 acocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com 2. ADECUACIÓN DEL IMPUESTO A LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES DE LOS CONTRIBUYENTES. Según el art. 56 LIRPF, el mínimo personal y familiar constituye la parte de la base liquidable que, por destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente, no se somete a tributación por el IRPF. El mínimo personal y familiar será el resultado de sumar el mínimo del contribuyente y los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad, incrementados o disminuidos a efectos de cálculo del gravamen autonómico en los importes establecidos por cada CCAA, El mínimo del contribuyente es de anuales.. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en euros anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en euros anuales. El mínimo por descendientes es una cuantía determinada en función del número de hijos, menores de 25 años o discapacitados y que convivan con el contribuyente y no tenga rentas anuales superiores a Las cuantías son: anuales por el primero, por el segundo anuales por el tercero por el cuarto y siguientes. El mínimo se incrementa en por cada hijo menor de 3 años. A estos efectos, se asimilarán a los descendientes aquellas personas vinculadas al contribuyente por razón de tutela y acogimiento, en los términos previstos en la legislación civil. Se considera que conviven con el contribuyente los descendientes que estén internado en centros especializados El mínimo por ascendientes es de euros anuales por cada ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad que conviva con el contribuyente y que no obtenga rentas anuales superiores a los euros. Si el ascendiente tuviera más de 75 años el mínimo se aumentará en euros. En el artículo 60 LIRPF se regula el mínimo por discapacidad, considerándose que una persona es discapacitada cuando su grado de minusvalía es igual o superior al 33 %. Entre el 33% y el 65% reducción de Menor de 65% pero con movilidad reducida,reducción de euros. Mayor de 65%,reducción de euros 2.1. NORMAS COMUNES PARA LA APLICACIÓN DEL MÍNIMO DEL CONTRIBUYENTE Y POR DESCENDIENTES, ASCENDIENTES Y DISCAPACIDAD. Art. 61 LIRPF pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com
3 3.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com a) Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, respecto de los mismos ascendientes o descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.no obstante,cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el descendiente o ascendiente, la aplicación del mínimo corresponderá a los de grado más cercano,salvo que éstos no tengan rentas anuales,excluidas las exentas,superiores a euros,en cuyo caso corresponderán a los del siguiente grado. b) No procederá la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, cuando los ascendientes o descendientes que generen el derecho a los mismos presenten declaración con rentas superiores a euros. c) La determinación de las circunstancias personales y familiares se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del Impuesto. d) No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en caso de fallecimiento de un descendiente o ascendiente que genere el derecho al mínimo por descendientes o ascendientes, la cuantía será de euros anuales o euros anuales por ese descendiente o ascendiente, respectivamente. 3. CÁLCULO DEL IMPUESTO ESTATAL CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL. Art. 62 LIRPF Será la suma de las cantidades resultantes de aplicar los tipos de gravamen a los que se refieren los arts. 63 y 66 de esta ley, a las bases liquidables general y del ahorro, respectivamente, con las especialidades señaladas en el art. 64 para los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos CUOTA LÍQUIDA ESTATAL. Art. 67 LIRPF. 1. La cuota líquida estatal del Impuesto será el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de a) la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación previstas en el art 68.1 de esta ley b) El 50 por ciento del importe total de las deducciones previstas en los apartados 2,3,4,y 5 del artículo 68 de esta Ley.( 2. El resultado de las operaciones a que se refiere el apartado anterior no podrá ser negativo 3.5. DEDUCCIONES DEL ART. 68 LIRPF. 1. Deducción en empresas de nueva o reciente creación. 2. Deducciones en actividades económicas. 3. Deducciones por donativos y otras aportaciones. a) Las deducciones previstas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. b) El 10 por ciento de las cantidades donadas a las fundaciones legalmente reconocidas que rindan cuentas al órgano del protectorado correspondiente, así como a las asociaciones declaradas de utilidad pública, no comprendidas en el párrafo anterior. c) El 20 por ciento de las cuotas de afiliación y las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores. La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales y estará constituida por las cuotas de afiliación y aportaciones previstas en la letra a) del apartado Dos del artículo 2 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos. 4. Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla. 5. Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y de las ciudades, conjuntos y bienes declarados Patrimonio Mundial. 6. Suprimido 7. Suprimido pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasa
4 4 4. GRAVAMEN AUTONÓMICO. Según el art. 72 LIRPF Para determinar la residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma se utilizan, con carácter general, tres criterios de aplicación subsidiaria: permanencia por mayor número de días del período impositivo en el territorio de la CA, obtención de la mayor parte de la base imponible del IRPF en dicho territorio o última residencia declarada a efectos del IRPF CUOTA ÍNTEGRA AUTONÓMICA. Art. 73 LIRPF Será la suma de las cuantías resultantes de aplicar los tipos de gravamen de los arts. 74 y 76 a la base liquidable general y del ahorro, respectivamente, con la especialidad que para los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos establece el art CUOTA LÍQUIDA AUTONÓMICA. Art. 77 LIRPF Será el resultado (sin que pueda ser negativo) de disminuir la cuota íntegra autonómica en la suma de: a) El 50 por ciento del importe total de las deducciones previstas en los apartados 2,3,4, y 5 del artículo 68 de esta Ley, con los límites y requisitos de situación patrimonial previstos en sus artículos 69 y 70. pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com L b) El importe de las deducciones establecidas por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de las competencias previstas en la Ley 22/2009, por el que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía. 5. CUOTA DIFERENCIAL. De conformidad con el art. 79 LIRPF, la cuota diferencial será el resultado de minorar la cuota líquida total del impuesto, que será la suma de las cuotas líquidas, estatal y autonómica, en los siguientes importes: a) La deducción por doble imposición internacional prevista en el artículo 80 de esta Ley. b) Las deducciones a que se refieren el artículo y el artículo 92.4 de esta Ley. Transparencia fiscal internacional y derechos de imagen c) Las retenciones a que se refiere el apartado 11 del artículo 99 de esta Ley. d) Cuando el contribuyente adquiera su condición por cambio de residencia, las retenciones e ingresos a cuenta a que se refiere el apartado 8 del artículo 99 de esta Ley, así como las cuotas satisfechas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y devengadas durante el período impositivo en que se produzca el cambio de residencia. e) Las retenciones, los ingresos a cuenta y los pagos fraccionados previstos en esta Ley y en sus normas reglamentarias de desarrollo. Artículo 80 Deducción por doble imposición internacional 1. Cuando entre las rentas del contribuyente figuren rendimientos o ganancias patrimoniales obtenidos y gravados en el extranjero, se deducirá la menor de las cantidades siguientes: a) El importe efectivo de lo satisfecho en el extranjero por razón de un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a este impuesto o al Impuesto sobre la Renta de no Residentes sobre dichos rendimientos o ganancias patrimoniales. pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com p
5 5 b) El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de base liquidable gravada en el extranjero. Una vez determinada la cuota diferencial se aplicarán la deducción por maternidad Se crean nuevas figuras de protección social 1-Familias con hijos dependientes con discapacidad superior al 33% 2-Familias con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33% 3- Familias numerosas, con 3 o más hijos o con 2 hijos y uno de ellos con discapacidad >33% 4-Familias numerosas de categoría especial. Con 5 o más hijos, con 4 y de ellos tres por parto o adopción múltiple o bien con 4 hijos e ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM Importe, anuales, acumulables para cada una de las situaciones. 6. TRIBUTACIÓN FAMILIAR MODALIDADES DE UNIDAD FAMILIAR. Art. 82 LIRPF Podrán tributar conjuntamente las personas que formen parte de alguna de las siguientes modalidades de unidad familiar (sin que nadie pueda formar parte de dos al mismo tiempo): 1. La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere: a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos. b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. 2. En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y reúnan los requisitos anteriores OPCIÓN POR LA TRIBUTACIÓN CONJUNTA. Art. 83 LIRPF Las personas físicas integradas en una unidad familiar podrán optar, en cualquier período impositivo, sin que vincule para períodos sucesivos, por tributar conjuntamente en el IRPF, siempre que todos sus miembros sean contribuyentes por este impuesto, en cuyo caso, esta modalidad de tributación deberá abarcar a la totalidad de los miembros de la unidad familiar NORMAS APLICABLES EN TRIBUTACIÓN CONJUNTA. Art. 84 LIRPF En la tributación conjunta serán aplicables las reglas generales del impuesto con las especialidades siguientes: a) Los importes y límites cuantitativos establecidos a efectos de la tributación individual se aplicarán en idéntica cuantía en la tributación conjunta, sin que proceda su elevación o multiplicación en función del número de miembros de la unidad familiar, con ciertas precisiones. b) En la tributación conjunta serán compensables las pérdidas patrimoniales y las bases liquidables generales negativas, realizadas y no compensadas por los contribuyentes componentes de la unidad familiar en períodos impositivos anteriores en que hayan tributado individualmente. c) Los mismos conceptos determinados en tributación conjunta serán compensables, exclusivamente, en caso de tributación individual posterior, por aquellos contribuyentes a quienes correspondan de acuerdo con las reglas sobre individualización de rentas. d) Las rentas obtenidas por las personas físicas integradas en una unidad familiar que hayan optado por la tributación conjunta serán gravadas acumuladamente.
6 6 e) Todos los miembros de la unidad familiar quedarán, conjunta y solidariamente, sometidos al impuesto, sin perjuicio del derecho a prorratear entre sí la deuda tributaria,según la parte de renta sujeta que corresponda a cada uno de ellos. 7. REGÍMENES ESPECIALES. Título X LIRPF 7.1. IMPUTACIÓN DE RENTAS INMOBILIARIAS. Art 85 LIRPF Tendrá la consideración de renta imputada el 2% del valor catastral, o el 1,1% cuando el valor catastral esté modificado o revisado en los 10 periodos impositivos anteriores.si carecen aún de valor catastral,el valor será el 50% del mayor de los siguientes valores: el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición, y en este caso el coeficiente es del 1,1% determinándose proporcionalmente al número de días que corresponda en cada período impositivo ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS. Art 86 a 90 LIRPF Las rentas se atribuirán a los socios, herederos, comuneros o partícipes, respectivamente aplicándose las normas del IRPF con determinadas especialidades. Están obligadas a presentar declaración informativa, identificando a los miembros, el importe de las rentas obtenidas y la parte atribuible a cada uno, las entidades que ejerzan una actividad económica o que obtengan rentas superiores a euros IMPUTACIÓN DE RENTAS EN RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL. Art 91 LIRPF Los contribuyentes imputarán las rentas positivas obtenidas por una entidad no residente en territorio español a que se refieren los apartados 2 o 3 de este artículo cuando se cumplan las circunstancias establecidas en la Ley IMPUTACIÓN DE RENTAS POR LA CESIÓN DE DERECHOS DE IMÁGEN.Art 92 El contribuyente imputará en su base imponible el valor de la contraprestación pactada entre la entidad con la que mantenga una relación laboral y la entidad que le cede el derecho a explotar los derechos de imagen del contribuyente INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Art 94 LIRPF Los socios o partícipes de las Instituciones de Inversión Colectiva imputarán las ganancias o pérdidas patrimoniales obtenidas por la transmisión de las acciones o participaciones o del reembolso de estas últimas, así como los resultados distribuidos por dichas instituciones TRABAJADORES DESPLAZADOS. Art 93 LIRPF Las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España por desplazamiento a territorio español podrán optar por tributar por el IRPF o por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los cinco ejercicios siguientes, cuando se cumplan las condiciones legales. 8. DECLARACIONES, PAGOS A CUENTA Y OBLIGACIONES FORMALES. Título XI 8.1. DECLARACIONES.
7 7 Según el art. 96 LIRPF Los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración en los modelos aprobados por el Ministro de Economía y Hacienda. 1. No tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes, exclusivamente, de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta: a) Rendimientos del trabajo, con el límite de euros brutos anuales cuando procedan de un solo pagador-con las excepciones establecidas en la ley- o de euros cuando procedan de más de uno. b) Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de euros anuales. c) Rentas inmobiliarias imputadas y rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de euros brutos anuales. 2. En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo, del capital o de actividades profesionales, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de euros brutos anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros. Por su parte, el art. 97 LIRPF dispone que Los contribuyentes obligados a declarar deberán determinar, al tiempo de presentar su declaración, la deuda tributaria correspondiente e ingresarla. El ingreso se podrá fraccionar sin interés ni recargo en dos partes: el 60% en el momento de presentar la declaración, y el 40% en el plazo establecido (hasta el 5 de noviembre). Los contribuyentes pueden solicitar de la Administración la remisión de un borrador de declaración conforme al procedimiento regulado en el artículo 98. Cuando la Administración carezca de los datos para la elaboración del borrador pondrá a disposición de los contribuyentes los datos que pueda facilitarle PAGOS A CUENTA. Arts. 99 a 101 LIRPF A) RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. 1. Rentas sujetas a retención o ingreso cuenta. a) Los rendimientos del trabajo. b) Los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. c) Los rendimientos del capital mobiliario. d) Los rendimientos de actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales y los derivados de actividades empresariales que determinen su rendimiento en estimación objetiva enumerados en el RIRPF. e) Las ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos y concursos. 2. Obligados a retener o ingresar a cuenta. a) Las personas jurídicas y demás entidades, incluidas las comunidades de propietarios y las entidades en régimen de atribución de rentas.
8 8 b) Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas, cuando satisfagan rentas en el ejercicio de sus actividades. c) Los no residentes con establecimiento permanente. d) Los no residentes sin establecimiento permanente, en cuanto a los rendimientos del trabajo que satisfagan, así como respecto de otros rendimientos sometidos a retención o ingreso a cuenta que constituyan gasto deducible para la obtención de rentas por las explotaciones económicas que realicen. e) Las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del EEE que operen en España en régimen de libre prestación de servicios y los fondos de pensiones domiciliados en otro Estado miembro de la UE que desarrollen en España planes de pensiones de empleo sujetos a la legislación española, por las operaciones que realicen es España. B) PAGOS FRACCIONADOS. Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas estarán obligados a efectuar pagos fraccionados a cuenta del IRPF, autoliquidando e ingresando su importe, trimestralmente, salvo que en el ejercicio anterior al menos el 70% de los ingresos de la actividad hubiese sido objeto de retención o ingreso a cuenta (actividades profesionales, agrícolas, ganaderas o forestales) OBLIGACIONES FORMALES. Dispone el art LIRPF que Los contribuyentes del IRPF están obligados a conservar, durante el plazo máximo de prescripción, los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones, rentas, gastos, ingresos, reducciones y deducciones de cualquier tipo que deban constar en sus declaraciones.
pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres. ENERO 2018 TEMA 19
1 TEMA 19 EL IRPF (II): CLASES DE RENTAS.INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN DE RENTAS.BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLE. REDUCCIONES. ADECUACIÓN DEL IMPUESTO A LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES DEL CONTRIBUYENTE.
Más detallesTEMA 8. BASE IMPONIBLE Y BASE LIQUIDABLE
TEMA 8. BASE IMPONIBLE Y BASE LIQUIDABLE CONCEPTO EPÍGRAFE NORMATIVA BASE DE DATOS SUPUESTOS PRÁCTICOS RENTA GENERAL Y RENTA DEL AHORRO INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN DE RENTAS EN LA BASE IMPONIBLE BASE LIQUIDABLE
Más detallesFiscalidad. Integración y Compensación de Rentas y Conceptos de Base Imponible y Base Liquidable. Reducciones Instituto Europeo de Posgrado
Fiscalidad Integración y Compensación de Rentas y Conceptos de Base Imponible y Base 2015 Instituto Europeo de Posgrado Contenido 1 Reglas de integración y compensación de las rentas de la base imponible
Más detallesCuáles son las deducciones y reducciones de la Declaración de la Renta 2015?
Cuáles son las deducciones y reducciones de la Declaración de la Renta 2015? Desde el pasado 6 de Abril de 2.016 ya se puede solicitar el Borrador de la Renta 2015 a través de la nueva Plataforma Renta
Más detallesMANUAL PRACTICO DEL IRPF
Bonificable 100% en las cuotas de la Seguridad Social Modalidad: Distancia Duración: 100 Horas. Manual + CD de datos Objetivos: Conocer la actual configuración legal del Impuesto sobre la Renta de las
Más detallesESTADISTICA DE LOS DECLARANTES EN EL IRPF, POR MUNICIPIOS DATOS 2013 AGENCIA TRIBUTARIA
ESTADISTICA DE LOS DECLARANTES EN EL IRPF, POR MUNICIPIOS DATOS 2013 AGENCIA TRIBUTARIA CEUTA MELILLA ESPAÑA NÚMERO DE HABITANTES 84.963 84.509 42.565.539 POSICIONAMIENTO DE LA RENTA BRUTA MEDIA A NIVEL
Más detallesFiscalidad. Otras Deducciones. Cuota Diferencial Instituto Europeo de Posgrado
Fiscalidad Otras Deducciones. Cuota Diferencial 2017 Instituto Europeo de Posgrado Contenido 1 Otras Deducciones 3 1.1 Deducción por donativos... 3 1.2 Deducción en actividades económicas... 4 1.3 Deducción
Más detallesTEMA 9. CUOTA ÍNTEGRA, LÍQUIDA Y DIFERENCIAL
TEMA 9. CUOTA ÍNTEGRA, LÍQUIDA Y DIFERENCIAL CONCEPTO EPÍGRAFE NORMATIVA BASE DE DATOS SUPUESTOS PRÁCTICOS CUOTA ÍNTEGRA CUOTA LÍQUIDA CUOTA DIFERENCIAL Cuota íntegra general Cuota íntegra del ahorro Cuota
Más detallesIMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS formacion@prodetur.es Telf.: 954 486 800 Sanlúcar la Mayor, 13 de noviembre CLASES DE RENTAS. Renta general: - Rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario,
Más detallesCUARTA ENTREGA. PRINCIPALES MODIFICACIONES RELACIONADAS CON:
1 de 6 04/01/2007 18:55 PRESENTACIÓN DE BOLETÍN EXTRAORDINARIO. Finalizamos la entrega especial de Boletínes relacionados con la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, motivo de la
Más detallesSISTEMA FISCAL ESPAÑOL & INTRODUCCIÓN AL IRPF. Lorenzo Gil Maciá Análisis Económico Aplicado Universidad de Alicante
SISTEMA FISCAL ESPAÑOL & INTRODUCCIÓN AL IRPF Lorenzo Gil Maciá Análisis Económico Aplicado Universidad de Alicante SUMARIO 1ª PARTE APROXIMACIÓN ECONÓMICA AL SISTEMA FISCAL ESPAÑOL 2ª PARTE INTRODUCCIÓN
Más detallesENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS.
ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS. P&A CONSULTORES DEPARTAMENTO TRIBUTARIO COLECCIÓN JURÍDICO-TRIBUTARIO DOCUMENTOS. Documento 4/2003 (15 de febrero de 2003) 1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS
Más detallesEl rendimiento neto de la actividad económica se determina de la manera siguiente:
15 Institución La Salle Impuesto sobre la Renta de las 15 Personas Físicas II parte mbmunoz 10 ESTIMACIÓN OBJETIVA El método de estimación objetiva lo pueden utilizar la empresas que realicen alguna de
Más detallesFiscalidad. Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo Instituto Europeo de Posgrado
Fiscalidad Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo 2017 Instituto Europeo de Posgrado Contenido 1 Introducción: Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo 3 2 Rendimientos del trabajo
Más detallesII.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS... 69
XII.- ÍNDICE. I.- LEY GENERAL TRIBUTARIA Y ESTRUCTURA DEL SISTEMA FISCAL ESPAÑOL.... 7 1.- INTRODUCCIÓN.... 7 2.- CONCEPTO, FINES Y CLASES DE TRIBUTOS.... 8 3.- POTESTAD TRIBUTARIA.... 10 4.- PRINCIPIOS
Más detallesLÍMITES ECONÓMICOS A EFECTOS DEL IRPF 2011
LÍMITES ECONÓMICOS A EFECTOS DEL IRPF 2011 NO OBLIGACIÓN DE DECLARAR Los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta: a)
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010
Gabinete de Estudios del Registro General de Asesores Fiscales (REGAF) Nota 19/09 NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010 15 DE OCTUBRE 2009
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2015
1 Área Fiscal Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2015 DOCUMENTO DE TRABAJO Nº 516/2016 Estimado cliente, Con fecha 06 de abril de 2016 ha comenzado la campaña del Impuesto sobre la Renta de
Más detallesPROBLEMAS PRACTICOS DEL I.R.P.F. EJERCICIO 2010
PROBLEMAS PRACTICOS DEL I.R.P.F. EJERCICIO 2010 Ana Isabel González González Universidad de Oviedo UNIDAD FAMILIAR DOS MODELOS: FAMILIA COMPUESTA POR LOS CÓNYUGES NO SEPARADOS LEGALMENTE Y, SI LOS HUBIERA,
Más detallesImpuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Impuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas Duración: 58 horas. Modalidad: online El impuesto sobre sociedades es el tributo que va a gravar los resultados obtenidos por sociedades
Más detallesPLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2014
PLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2014 Próximos a finalizar el año conviene tener una serie de pautas con el fin de recordar en qué se puede mitigar la carga fiscal del ejercicio 2014 en el Impuesto sobre la Renta
Más detallesRENTA 2017 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA... DEDUCCIONES PARA EL APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD...
RENTA 2017 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA... Para beneficiarios de ayudas familiares en aplicación de la normativa de la Comunidad Autónoma Andaluza. Por adopción de hijos
Más detallesLOS LIMITES ECONOMICOS A TENER EN CUENTA EN LA CAMPAÑA DE IRPF 2012
LOS LIMITES ECONOMICOS A TENER EN CUENTA EN LA CAMPAÑA DE IRPF 2012 NO OBLIGACIÓN DE DECLARAR Los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2012 rentas procedentes exclusivamente de las siguientes
Más detallesASPECTOS A TENER EN CUENTA POR CONTRIBUYENTES DEL IRPF ANTES DEL CIERRE DEL EJERCICIO 2015
ASPECTOS A TENER EN CUENTA POR CONTRIBUYENTES DEL IRPF ANTES DEL CIERRE DEL EJERCICIO 2015 A un mes escaso del final del año 2015 es el momento de hacer una previsión del impuesto al que deberemos hacer
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015)
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015) Duración: 20.00 horas Descripción Este curso expone y explica con profundidad el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015)
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015) Duración: 20.00 horas Descripción Este curso expone y explica con profundidad el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas
Más detallesREFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
REFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Con fecha 5 de diciembre de 2013 (B.O.B. 13/12/13) se publicó la Norma Foral 13/2013 en relación a la nueva normativa del Impuesto de la
Más detallesDERECHO FINANCIERO II. Tema 6 El Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Tema 6 El Impuesto sobre la Renta de No Residentes. 1. Naturaleza y caracteres. En el año 1998, se opto por configurar de manera unitaria la obtención de renta en España por parte de personas no residentes,
Más detallesDerecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa
Derecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa 66023089 Programa de DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II Facultad de Derecho Plan nuevo Curso 2008-2009 Curso 2018-2019 515045 UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesDeducciones autonomicas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas en el Principado de Asturias En el presente artículo reproducimos las principales medidas tributarias incluidas en el Ley 13/2010,
Más detallesDERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II DR. JOSÉ MARÍA TOVILLAS CURSO TEMA 2: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (I) 4ª PARTE
DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II DR. JOSÉ MARÍA TOVILLAS CURSO 2010-2011 TEMA 2: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (I) 4ª PARTE 1 INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN DE RENTAS Una de las principales
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesComunidad Autónoma del Principado de Asturias
Capítulo 17. Deducciones autonómicas de la cuota aplicables en el ejercicio 2014 Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (Decreto Legislativo 2/2014) Los contribuyentes que en 2014 hayan tenido su
Más detallesT E M A 1. N AT U R A L E Z A Y H E C H O I M P O N I B L E
T E M A 1. N AT U R A L E Z A Y H E C H O I M P O N I B L E CONCEPTO EPÍGRAFE NORMATIVA BASE DE DATOS SUPUESTOS PRACTICOS AMBITO DE APLICACIÓN Territorial y Art. 4,8,9 y 10 LIRPF Memento Fiscal/Impuestos
Más detallesREQUISITOS PARA APLICAR LA REDUCCIÓN SOBRE EL RENDIMIENTO NETO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS A PARTIR DE 2010
REQUISITOS PARA APLICAR LA REDUCCIÓN SOBRE EL RENDIMIENTO NETO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS A PARTIR DE 2010 REQUISITOS PARA QUE UN TRABAJADOR AUTÓNOMO TENGA EL CARÁCTER DE ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE
Más detallesRESUMEN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 20/2011 EN MATERIA TRIBUTARIA
RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 20/2011 EN MATERIA TRIBUTARIA A falta de la aprobación de la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2012, el pasado 30 de diciembre de
Más detallesTEMA VI ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS EN EL MUNDO. Fiscalidad Internacional
TEMA VI ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS EN EL MUNDO 1 INDICE VI.1. Estructura de los impuestos indirectos. IVA VI.2. Estructura de los impuestos directos. IS VI.3. Estructura de los impuestos
Más detallesMANUAL INTERPRETACION IRPF (Mod.100)
Financial Services MANUAL INTERPRETACION IRPF 2014 (Mod.100) BMW Bank GmbH Sucursal en España NEW BUSINESS Abril 2015 INDICE: Introducción 1. Rendimientos del trabajo 1.1 Asalariados - Fijos (Nómina e
Más detallesSumario (I) El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Sumario (II) 11. Cuota y deducciones en la cuota
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Ismael Jiménez Compaired Sumario (I) 1. Cuestiones generales: antecedentes, fuentes normativas, naturaleza y ámbito de aplicación 2. Elementos configuradores
Más detallesÍNDICE GENERAL. Sumario IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.. 11
ÍNDICE GENERAL PÁGINA Sumario... 5 1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.. 11 1.1. Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas...... 13 Preámbulo...
Más detallesIMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
UNIDAD 12 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. (11) 1. CUOTA LIQUIDA. 2. CUOTA DIFERENCIAL. 3. IMPUESTOS NEGATIVOS. 4. TRIBUTACIÓN FAMILIAR. 5. GESTIÓN DEL IMPUESTO. 6. PERÍODO IMPOSITIVO.
Más detallesDEDUCCIONES POR FAMILIA NUMEROSA O PERSONAS CON DISCAPACIDAD A CARGO
DEDUCCIONES POR FAMILIA NUMEROSA O PERSONAS CON DISCAPACIDAD A CARGO Departamento de publicaciones A través de esta Circular pretendemos informarle sobre las nuevas Deducciones en el IRPF por familia numerosa
Más detallesLa consultante, residente en Galicia hasta diciembre de 2015, trasladó su residencia habitual a la Comunidad Autónoma de Canarias en 2016.
NUM-CONSULTA: V0001-17 ÓRGANO: SECRETARIA GENERAL TÉCNICA Y DEL PATRIMONIO FECHA DE SALIDA: 26/01/2017 NORMATIVA: Artículo 5.Dos del Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma
Más detallesREGISTRO BOMEH: 25/2005 PUBLICADO EN: BOE n.º 139 de 11 de junio de 2005 Disponible en: VIGENCIA: En vigor desde 12 de junio de 2005.
TÍTULO: REAL DECRETO 687/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, para regular
Más detallesPágina 1 de 5 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 Boletín Fiscal, Editorial CISS Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ( BOCG 1 de octubre
Más detallesPrograma Oficial de Asignatura. Ficha Técnica. Presentación. Competencias y/o resultados del aprendizaje. Contenidos Didácticos
Ficha Técnica Titulación: Grado en Derecho Plan BOE: BOE número 108 de 6 de mayo de 2015 Asignatura: Módulo: Derecho Financiero y Tributario Curso: 4º Créditos ECTS: 6 Tipo de asignatura: Obligatoria Tipo
Más detallesDECLARACIÓN DE LA RENTA
DECLARACIÓN DE LA RENTA IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS www.agenciatributaria.es IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Más detallesMEDIDAS URGENTES PARA REDUCIR LA CARGA TRIBUTARIA SOPORTADA EN EL IRPF
EDIFICIO SANT ANTONI Vía Sindicato 67, 3º1ª 07002 Palma de Mallorca T. 971 214 616 F. 971 425 490 www.fis3.es MEDIDAS URGENTES PARA REDUCIR LA CARGA TRIBUTARIA SOPORTADA EN EL IRPF 1. MODIFICACIÓN DE LOS
Más detallesINCENTIVOS FISCALES EN LA COLABORACIÓN DE LA EMPRESA PRIVADA EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA
INCENTIVOS FISCALES EN LA COLABORACIÓN DE LA EMPRESA PRIVADA EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA 1. Quién puede beneficiarse de incentivos fiscales por colaborar con la UC3M? a) Contribuyentes del Impuesto sobre
Más detallesDERECHO A LA DEDUCCIÓN POR CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A PRESENTAR DISCAPACIDAD A CARGO O POR ASCENDIENTE SEPARADO LEGALMENTE O SIN
Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 121 «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. DEDUCCIONES POR FAMILIA NUMEROSA O POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Más detallesEntre todas las modificaciones introducidas por la Reforma, podemos destacar las siguientes:
NOVEDADES LEGISLATIVAS DERIVADAS DE LA LEY 26/2014 DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2014 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS: La Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Ley 35/2006,
Más detallesComunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha Los contribuyentes que en 2016 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha podrán aplicar las siguientes
Más detallesCERTIFICADO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL I.R.P.F.
www.agenciatributaria.es Delegación Especial de MADRID Administración de POZUELO Nº Comunicación: GARRIDO GARCIA ANGEL CERTIFICADO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL I.R.P.F. Página 1 Nº REFERENCIA: La
Más detallesTRIBUTACIÓN DE LOS INMUEBLES URBANOS PROPIEDAD DE NO RESIDENTES PERSONAS FÍSICAS
TRIBUTACIÓN DE LOS INMUEBLES URBANOS PROPIEDAD DE NO RESIDENTES PERSONAS FÍSICAS 1.- CONSIDERACIONES GENERALES Si usted tiene la condición de no residente en España y es propietario de algún inmueble urbano
Más detallesUNIDAD 10 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (9)
UNIDAD 10 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (9) 1. LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. 2. INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN DE RENTAS. 3. LA BASE LIQUIDABLE GENERAL.
Más detallesComo de costumbre, quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.
C I R C U L A R 2 3 / 2 0 1 8 MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DEL IRPF Muy señores nuestros: Oviedo, 26 de diciembre de 2018 Se aprueba el Real Decreto 1461/2018 por el que se modifica el Reglamento del
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES I.R.P.F. 2015
PRINCIPALES NOVEDADES I.R.P.F. 2015 Obligación de declarar Se modifica el límite en la obligación de declarar para los contribuyentes que perciban rendimientos de trabajo de dos o más pagadores, anualidades
Más detallesINSTRUCCIONES DEL MODELO 111
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO
Más detallesALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS
Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, por la que se aprueba el modelo 121 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Comunicación
Más detallesExperto en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre el Patrimonio
Experto en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre el titulación de formación continua bonificada expedida por el instituto europeo de estudios empresariales Experto en
Más detallesNovedades en la Orden por la que se aprueban los modelos de Renta 2015
Novedades en la Orden por la que se aprueban los modelos de Renta 2015 La Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, ha aprobado los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Más detallesLEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS (BOE DE 20 DE DICIEMBRE)
Cuadro comparativo de la REFORMA FISCAL. Modificaciones realizadas por la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE 28-11-2014) LEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN
Más detallesDiseño de registro de suministro Prestaciones Sociales 2016
Diseño de registro de suministro Prestaciones Sociales 2016 Registro de entrada Número Tipo Campo Validación 1 Alfanumérico NIF Obligatorio 2 Alfanumérico Apellidos y nombre Opcional Diseño registro de
Más detallesLÍMITES ECONÓMICOS A EFECTOS DEL IRPF 2016
LÍMITES ECONÓMICOS A EFECTOS DEL IRPF 2016 N O O B L I G A C I Ó N D E D E C L A R A R NO OBLIGADOS a declarar: (Art.96 y DT Decimoctava Ley 35/2006 y art.61 Reglamento) Art.1 Orden Los contribuyentes
Más detallesPrograma Oficial de Oposiciones al Título de Notarías. Primer Ejercicio. Legislación Fiscal
Colección: Programa Oficial de Oposiciones al Título de Notarías. Primer Ejercicio. Legislación Fiscal Títol: El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Tema 4. Autor: Matèria: Eva Andrés Aucejo
Más detallesIRPF FISCALIDAD DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL
IRPF FISCALIDAD DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL IMPORTANTE! La deducción se elimina para la adquisición, rehabilitación o mejora de la habitual realizada a partir
Más detalles(BOE 68, 20/03/2009, BOPA 302, 31/12/2008) TÍTULO III. MEDIDAS TRIBUTARIAS CAPÍTULO II. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009 (BOE 68, 20/03/2009, BOPA 302,
Más detallesGUÍA FISCAL PLAN RENOVE DE MOBILIA- RIO DE HOGAR DE EXTREMADURA 2017
Gracias al Plan Renove de Mobiliario de Hogar de Extremadura, podemos acceder a subvenciones para la compra de los muebles de nuestro hogar, que pueden llegar hasta los 1.000 euros por contribuyente-usuario.
Más detallesCERTIFICADO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL I.R.P.F.
www.agenciatributaria.es Administración de LORCA CL SANTO DOMINGO, 11 30800 LORCA (MURCIA) Tel. 968477018 Fax. 968464689 Delegación Especial de MURCIA Nº de Remesa: 00043220017 *1466995718402* Nº Comunicación:
Más detallesExperto en Impuestos Directos de Personas Físicas
titulación de formación continua bonificada expedida por el instituto europeo de estudios empresariales Experto en Impuestos Directos de Personas Físicas duración total: 350 horas 175 horas horas teleformación:
Más detallesIRPF SEPTIEMBRE 2017 CASOS PRACTICOS FINANCIERO Y. Manuel Alcaide y Ann
IRPF SEPTIEMBRE 2017 CASOS PRACTICOS FINANCIERO Y TRIBUTARIO II UNED Manuel Alcaide y Ann 1. ÍNDICE 1.Índice 2.IRPF. Planificación del estudio para el examen de septiembre 2017. 3.Desglose de relevancia
Más detalles7 Imputación de rentas
7 7.1 Régimen de transparencia fiscal 7.1.1 A quién se imputará la renta obtenida por la sociedad transparente, y en qué proporción? 7.1.2 Cuándo se imputará al socio la renta que proviene de la sociedad
Más detallesDATOS FISCALES. Una vez examinados los datos y demás antecedentes en esta Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
DATOS FISCALES MOTIVO DE LA SOLICITUD: petición interesado NIF/NIE: ------- Apellidos y Nombre: PEREZ RUBALCABA, ALFREDO La Agencia Estatal de Administración Tributaria: Una vez examinados los datos y
Más detallesAdministración de LORCA Nº de Remesa: CL SANTO DOMINGO, LORCA (MURCIA) Tel Fax
Delegación Especial de MURCIA www.agenciatributaria.es Administración de LORCA Nº de Remesa: 00043220017 CL SANTO DOMINGO, 11 30800 LORCA (MURCIA) Tel. 968477018 Fax. 968464689 *1466995718411* Nº Comunicación:
Más detalleso Novedades Módulos. Límites para la aplicación del método de estimación objetiva en los ejercicios 2016 y 2017.
CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO 2016 En el BOE del día 23 de marzo de 2017, se ha publicado la HFP/255/2017, de 21 de marzo por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las
Más detallesIRPF Y PATRIMONIO 2017
CIRCULAR 10/2018 IRPF Y PATRIMONIO 2017 Gros Monserrat Asociados Abril 2018 Gros Monserrat Asociados, S.L. Les recordamos que el plazo para la presentación de la Declaración del Impuesto sobre la Renta
Más detallesLEY 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año Novedades Fiscales
LEY 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009. Novedades Fiscales La presente Ley recoge en su Título VI las disposiciones de vigencia anual a las que se remiten
Más detallesINFORMACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN MODELO
INFORMACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN MODELO 100 Registro Presentación realizada el 14-06-2015 a las 16.43.57 Expediente/Referencia (nº registro asignado): Código Seguro de Verificación: Presentador
Más detallesDEL CAPITAL MOBILIARIO
Una persona soltera presenta en 2011, entre otros, los siguientes datos económicos: a) Ha obtenido unos dividendos de una S.A. b) Ha vendido su vivienda habitual (que la había costado 100.000 en 2001)
Más detallesOs hacemos un resumen de las principales novedades publicadas en el BOE del pasado 11 de julio.
R.H.: 17/ Madrid, 14 de julio de Estimado amigos: Os hacemos un resumen de las principales novedades publicadas en el BOE del pasado 11 de julio. Medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada
Más detallesTributación «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2008 (CASO PRÁCTICO)» A. García-Vaquero Martínez
Tributación «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2008 (CASO PRÁCTICO)» A. García-Vaquero Martínez Abogado y Asesor Fiscal Tratándose la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes:
PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL 2015 Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes: - Se modifica la tributación de las indemnizaciones
Más detallesNEWS ALERT FISCAL. Declaración sobre la renta y patrimonio de las personas físicas
Declaración sobre la renta y patrimonio de las personas físicas El día 23 de marzo se publicó la Orden HFP/255/2017, de 21 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre
Más detallesLa sociedad civil aplicará atribución de rentas
CUADRO RESUMEN LEY FORAL 25/2016 DE MODIFICACIÓN DE DIVERSOS IMPUESTOS Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS IRPF ATRIBUCIÓN DE RENTAS La sociedad civil aplicará atribución de rentas RENTAS EXENTAS cuando no sea
Más detallesLEY FORAL 25/2016 DE MODIFICACIÓN DE DIVERSOS IMPUESTOS Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS IRPF MATERIA Novedades Artículo Vigencia ATRIBUCIÓN DE RENTAS
LEY FORAL 25/2016 DE MODIFICACIÓN DE DIVERSOS IMPUESTOS Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS IRPF ATRIBUCIÓN DE RENTAS La sociedad civil aplicará atribución de rentas RENTAS EXENTAS cuando no sea sujeto pasivo
Más detallesINFORMACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN MODELO
INFORMACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN MODELO 100 Registro Presentación realizada el 07-04-2015 a las 00.54.17 Expediente/Referencia (nº registro asignado): Código Seguro de Verificación: Presentador
Más detallesCUADRO DE RETENCIONES 2016 IRPF IS IRNR
CUADRO DE RETENCIONES 2016 IRPF IS IRNR Actualizado conforme a: 1) Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF
Más detallesIRPF Medidas a adoptar antes de final de año
IRPF Medidas a adoptar antes de final de año 1. Aportaciones a planes de pensiones Las aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social (seguros, planes de previsión asegurados,
Más detallesIII. EL CONTRIBUYENTE. ATRIBUCIÓN E INDIVIDUALIZACIÓN DE RENTAS IV. PERÍODO IMPOSITIVO. DEVENGO DEL IMPUESTO. IMPUTACIÓN TEMPORAL DE RENTAS
1.ª PARTE. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS I. NATURALEZA, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN II. EL HECHO IMPONIBLE. EXENCIONES III. EL CONTRIBUYENTE. ATRIBUCIÓN E INDIVIDUALIZACIÓN DE RENTAS
Más detallesCURSO MONOGRÁFICO ASESOR EXPERTO EN IRPF
CURSO MONOGRÁFICO ASESOR EXPERTO EN IRPF EN QUÉ CONSISTE EL CURSO? A lo largo de más de 20 horas, distribuidas en diez sesiones, impartiremos un curso que pretende compaginar el tiempo disponible para
Más detallesdespatx assessors i advocats
despatx assessors i advocats Passeig M. Verdaguer núm. 40. Edifici Verdaguer. Planta 1a. 08700 IGUALADA (Barcelona) T. 93 805 39 39 - Fax 93 805 39 16 Circular informativa (22/12/2014) DEPARTAMENTO FISCAL
Más detalles1.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Comunicación 1/2012 Enero 2012 Área Fiscal Muy Sres. nuestros: En fecha 31 de diciembre fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
Más detallesRAMOS GARCIA M JESUS NUM OURENSE PEREIRO DE AGUIAR (O) SOMOZA VAZQUEZ ANTONIO NUM 3
RAMOS GARCIA M JESUS M X NUM PEREIRO DE AGUIAR (O) 1 3 OURENSE SOMOZA VAZQUEZ ANTONIO NUM 3 PEREIRO DE AGUIAR (O) OURENSE H X 11 2 RAMOS GARCIA M JESUS SOMOZA RAMOS ALEJANDRO 3 Rendimientos del trabajo
Más detallesExperto en Gestión de Renta y Tributación en Haciendas Locales
Experto en Gestión de Renta y Tributación en Haciendas Locales titulación de formación continua bonificada expedida por el instituto europeo de estudios empresariales Experto en Gestión de Renta y Tributación
Más detallesRETENCIONES DE RENTAS AÑO 2016
RETENCIONES DE RENTAS AÑO 2016 En este mes de enero de 2016 las empresas tienen que entregar a todos los trabajadores el modelo 145 de retenciones a cuenta del IRPF. Según se recoge textualmente en la
Más detalles