MetLife APV. En letra GRANDE. y SIMPLE!
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- Alfonso Márquez Jiménez
- hace 6 años
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1 MetLife APV En letra GRANDE y SIMPLE!
2 1 Qué es MetLife APV? Es un Seguro de Vida con un componente de ahorro, que contempla beneficios tributarios o fiscales, según corresponda, que permitirá anticipar la jubilación o bien aumentar el monto de la pensión. Al mismo tiempo, otorga la tranquilidad que la familia esté protegida ante algún imprevisto. El capital de ahorro que se reúna durante la vigencia de este seguro podrá ser invertido en diferentes fondos de inversión. Como se trata de un Seguro de Vida con Ahorro Previsional Voluntario (APV), una parte del pago quese realizará (prima) se destina al pago de la cobertura del seguro y otra al ahorro voluntario. Se debe considerar que los montos que se mantienen en APV no son embargables y, por ser montos asociados a este seguro de vida, no están afectos al impuesto a la herencia. La frecuencia con que se pagará este seguro ya esta definida y está indicada en la póliza. El seguro contempla los siguientes beneficios. Vida + Ahorro para la Jubilación
3 2 Regímenes de APV La normativa vigente en el sistema de pensiones de nuestro país establece dos Regímenes Tributarios de APV. Régimen A: Se Opta a una bonificación fiscal, equivalente al 15% del total de las primas pagadas por este seguro, con un tope de UF 600 al año por concepto de primas y de 6 UTM de bonificación fiscal anual. Esta bonificación se adicionará a un plan de ahorro y será parte de la cuenta individual de la AFP al momento de pensionarte. Tanto la bonificación como la rentabilidad generada por el pago de primas de MetLife APV, no constituirán renta. Régimen B: Permite rebajar la base imponible el monto de primas pagadas por este seguro, con un tope de UF 50 mensuales o UF 600 anuales. Así, el cálculo del impuesto a la renta se hará sobre la base imponible reducida por las primas pagadas, y la tasa de impuesto a la renta podrá disminuir, dependiendo del nivel de ingresos. El Régimen Tributario de MetLife APV se definirá y está indicado en la póliza. Recordar que se puedes cambiar de Régimen Tributario cuando sea conveniente. Considerar que al cambiar de Régimen Tributario, la bonificación fiscal o la rebaja de la base imponible, según corresponda, sólo afectará a las primas pagadas por este seguro con posterioridad a la fecha de realización de este cambio. Si sehadecidido hacerlo, contacta a un Asesor.
4 3 Qué protección entrega este seguro? Protección básica Pago del Monto Asegurado en caso de fallecimiento, durante la vigencia de la póliza, de acuerdo a la modalidad contratada. Protección opcional Se podrá contratar las siguientes coberturas adicionales: Muerte Accidental: Capital asegurado adicional por muerte accidental, que permite complementar la protección básica. La cobertura de este adicional sólo se mantendrá vigente hasta cumplir 65 años de edad. Pago Anticipado por Invalidez Total y Permanente 2/3: Pagar anticipadamente el Monto Asegurado de la protección básica, en caso de pérdida total y permanente de 2/3 de la capacidad de trabajo, por accidente o enfermedad. El pago de esta cobertura adicional pone término a la póliza. La cobertura de este adicional se mantendrá vigente hasta que el asegurado cumpla 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 años en el caso de la mujer.
5 4 Qué protección no entrega este seguro? MetLife APV no cubre si el fallecimiento del asegurado es causado por: a) Suicidio, automutilación o autolesión. No obstante, se pagará el monto asegurado a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hayan pasado dos años completos y sin interrupciones desde la fecha de contratación del seguro. b) Pena de muerte o por participación en cualquier acto delictivo. c) Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario. d) Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas. e) Una actividad o deporte riesgoso, que las partes hayan acordado excluir de la cobertura, al no aceptar el contratante un recargo en las primas. f) Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva. g) Conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad.
6 Al contratar el adicional de Pago Anticipado por Invalidez Total y Permanente 2/3, se consideran las siguientes exclusiones, además de las aplicables en caso de fallecimiento: a) La participación del asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa. b) La práctica de deportes riesgosos o el desempeño de alguna actividad, profesión u oficio claramente riesgoso, que no haya sido declarada por el asegurado al momento de contratar el seguro o durante su vigencia. c) Que el asegurado se encuentre en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos. d) Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario. e) Invalidez originada por un accidente o enfermedad ocurrido o diagnósticada fuera de la vigencia de la póliza. Al contratar el adicional de Muerte Accidental, son aplicables las exclusiones establecidas para la cobertura de fallecimiento, así como las mismas especificadas para el adicional de Pago Anticipado por Invalidez Total y Permanente 2/3.
7 5 Qué es y cómo se constituye el Monto Asegurado? Existen dos Modalidades para el pago del Monto Asegurado en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente 2/3. Para mayor claridad, revisar los diagramas que describen el Monto Asegurado de ambas Modalidades. La Modalidad con que se pagará el Monto Asegurado ya se definió y está indicada en la póliza. Modalidad 1: El Monto Asegurado corresponderá al valor que resulte mayor entre: Capital Asegurado. Valor Póliza más el 10% del Capital Asegurado. Esta Modalidad está orientada a personas que privilegian maximizar el ahorro. UF Valor Póliza + 10% Capital Asegurado Valor Póliza Capital Asegurado Años Vigencia Póliza Monto Asegurado
8 Modalidad 2: El Monto Asegurado corresponderá a la suma del Capital Asegurado más el Valor Póliza. Esta Modalidad está orientada a personas que privilegian maximizar la protección ante fallecimiento e invalidez total y permanente 2/3. UF Monto Asegurado Valor Póliza Capital Asegurado Años Vigencia Póliza Monto Asegurado: Es el valor a pagar en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente 2/3, durante la vigencia de la póliza. Capital Asegurado: Es el capital que se contrata en caso de fallecimiento, el que estará en la póliza. Valor Póliza: Es la suma de todas las primas pagadas por este seguro, menos los gastos y costos asociados a él, más las rentabilidades obtenidas a través de los fondos de inversión elegidos. Es importante tener en consideración que la bonificación fiscal del 15% más la rentabilidad, en caso de haber optado por el Régimen A, forman parte del valor póliza durante la vigencia de ésta, pero sólo estarán disponibles para retiro al momento de pensionarte, en cuyo caso dichos fondos serán traspasados directamente a la cuenta individual de la AFP.
9 6 Cómo se desglosa el pago de MetLife APV? Prima Pagada (según frecuencia de pago) Prima Básica = (según frecuencia + de pago) Prima en Exceso (según frecuencia de pago) + Prima Extraordinaria Cobertura de seguro + Ahorro Ahorro Ahorro Prima Básica: Es el monto pactado al momento de contratar este seguro. Una parte de ella se destina a la cobertura del seguro y otra al ahorro. Prima en Exceso: Es el monto pactado al momento de contratar el seguro, que se destina en su totalidad al ahorro, y que se paga en la misma frecuencia que la prima básica. Prima Extraordinaria: Es un monto de dinero adicional a la prima básica y prima en exceso, se podrá aportar a MetLife APV en cualquier momento, que se destina en su totalidad a ahorro. Los traspasos de fondos de APV desde otras instituciones autorizadas son considerados como Prima Extraordinaria. Revisar los montos de la Prima Básica y en Exceso contratadas, en la póliza. Recordar el propósito al contratar este seguro es mejorar la pensión o adelantar la fecha de la jubilación, por lo que es importante pagar las primas de acuerdo al período de pago establecido en la póliza.
10 7 Qué es y cómo se constituye el Valor Póliza o ahorro de la póliza? El Valor Póliza es la suma de todas las primas pagadas por este seguro, menos los gastos y costos asociados a él, más las rentabilidades obtenidas a través de los fondos de inversión elegidos. Se constituye de la siguiente manera: Valor Póliza último día del mes Inversión Costos de = valorizada - cobertura - según cuota mensual Gastos de administración sobre Valor Póliza mensual Los montos de primas se distribuyen en distintas alternativas de inversión, comprando cuotas cuya valorización es diaria. La variación del Valor Cuota refleja la rentabilidad de las inversiones. Valor Póliza mes anterior Prima Básica deducida de gasto adm. primas Prima en Exceso Prima Extraordinaria En el Régimen A, la bonificación fiscal del 15% más la rentabilidad forman parte del Valor Póliza durante la vigencia de ésta, pero sólo estarán disponibles para retiro al momento de pensionar, en cuyo caso dichos fondos serán traspasados directamente a la cuenta individual de AFP correspondiente.
11 8 Costos y gastos de este seguro Costos de coberturas: Corresponden a la cobertura que brinda el seguro. Gastos de administración de la póliza: Permiten financiar los gastos operacionales y de administración asociados a la póliza, los que pueden aplicarse sobre el valor póliza o sobre la prima, pudiendo ser fijas o variables.
12 9 Alternativas de inversión para ahorros MetLife APV cuenta con distintos fondos de inversión, con diferentes perfiles de riesgo, en los que se podrá distribuir ahorros según preferencia. Se podrá solicitar por escrito a la Compañía la modificación de la distribución de ahorro entre las distintas alternativas de inversión vinculadas a la póliza, en cualquier momento durante la vigencia de ésta. De acuerdo a la antigüedad de la póliza, se podrá hacer un determinado número de movimientos entre los distintos fondos, sin costo. En caso que la Compañía modifique las alternativas de inversión disponibles, se informará con 30 días de anticipación para que se pueda indicar la nueva elección de fondo. Si la Compañía no recibiera la respuesta con elección, los fondos afectados por el cambio, pasarán al fondo que tenga una rentabilidad mínima garantizada.
13 10 Retiros en Régimen Tributario A Al seleccionar este Régimen Tributario para MetLife APV, a partir del segundo mes de vigencia de la póliza y en cualquier momento, se podrá hacer retiros parciales o totales de fondos con un tope equivalente al Valor Póliza. Éstos serán pagados por la Compañía dentro de un plazo de 10 días hábiles después de recibir la respectiva solicitud debidamente firmada. La Compañía deberá devolver a la Tesorería General de la República el 15% del monto del retiro correspondiente a la bonificación fiscal otorgada por esos fondos. En caso de realizar un retiro total, al momento en que la Compañía reciba dicha solicitud por escrito se producirá el término de la cobertura que otorga el seguro por fallecimiento y los adicionales que se hubiese contratado. Al contratar la Modalidad 1, al momento de efectuar un retiro parcial, el capital asegurado en la protección básica se reducirá, y el nuevo capital asegurado se recalculará. Este último será informado una vez concretado el retiro.
14 11 Retiros en Régimen Tributario B Al seleccionar este Régimen Tributario para MetLife APV, a partir del segundo mes de vigencia de la póliza y en cualquier momento, se podrá hacer retiros parciales o totales de fondos con un tope equivalente al Valor Póliza. Estos serán pagados por la Compañía dentro de un plazo de 10 días hábiles después de recibir la respectiva solicitud debidamente firmada. La Compañía deberá retener el 15% del monto del retiro, por concepto del impuesto a la renta, cuyos fondos serán traspasados a la Tesorería General de la República. Además, en la declaración de renta correspondiente al año en que se efectuó el retiro, se deberá pagar una sobre tasa que oscilará entre 3% y 7%. En caso de realizar un retiro total, al momento en que la Compañía reciba dicha solicitud por escrito, se producirá el término de la cobertura que otorga el seguro por fallecimiento y los adicionales que hubieses contratado. Al contratar la Modalidad 1, al momento de efectuar un retiro parcial, el capital asegurado en la protección básica se reducirá y el nuevo capital asegurado, se recalculará. Este último será informado una vez concretado el retiro.
15 12 Traspasos de MetLife APV Se pueden traspasar, en cualquier momento, una parte o la totalidad de los fondos del Valor Póliza a las AFP o instituciones autorizadas para administrar fondos de APV. Estos traspasos no tienen ningún cargo adicional.
16 13 Qué pasa si no se paga las primas? En caso de vivir situaciones que no permitan pagar las primas de la póliza, los montos disponibles en el Valor Póliza cubrirán todos los costos de MetLife APV tales como costos de cobertura y gastos de administración de la póliza. Esta situación hará que los ahorros disminuyan. Cuando el Valor Póliza no alcance para cubrir los costos de MetLife APV o llegue a cero, se contará con un plazo de gracia de 60 días antes de que se ponga término a este seguro. En ese plazo se deberá pagar al menos el margen mínimo, que corresponde al monto que se debe mantener en el Valor Póliza para cubrir los costos de cobertura y gastos de administración de póliza de MetLife APV. Durante el plazo de gracia, se seguirá contando con la protección de este seguro. Si la póliza perdiera su vigencia, se podrá rehabilitar solicitándo por escrito a la Compañía, dentro de los 6 meses siguientes al término de ésta, una vez que se cumplan las condiciones establecidas para estos efectos en la póliza. Es importante considerar que el pago de primas es fundamental para el logro de los objetivos de ahorro.
17 14 Cuál es la vigencia de este seguro? La vigencia máxima de MetLife APV es hasta los 100 años de edad del asegurado, fecha en la cual la Compañía pondrá término al seguro y se hará entrega de los fondos disponibles a esa fecha en el Valor Póliza. No obstante lo anterior, el seguro terminará ante alguna de las siguientes situaciones: Fallecimiento del asegurado, caso en el cual se pagará el Monto Asegurado a los beneficiarios o bien será traspasado a la cuenta de capitalización individual, si los beneficiarios así lo solicitan. En caso de tener contratado el adicional de Pago Anticipado por Invalidez Total y Permanente 2/3 y hacerlo efectivo. Solicitud de retiro total o traspaso total del Valor Póliza antes de la fecha de término de MetLife APV. A partir de ese momento no se contará con la protección de este seguro. Que el Valor Póliza llegue a cero. Si el monto o unidad ajustable (UF) deja de existir y no se acepta la nueva unidad que la reemplaza, para efectos de esta póliza. Considerar que los beneficios fiscales o tributarios terminarán al momento de pensionarte.
18 15 Cuándo se pagará este seguro? En caso de querer ser pensionado, se podrá traspasar el monto total o parcial del Valor Póliza a la cuenta de capitalización de la AFP. Los fondos del Valor Póliza, que destines a la cuenta de capitalización individual de la AFP no estarán afectos a impuestos al momento del retiro de la Compañía. Sin embargo, los fondos retirados de la Compañía cuyo destino sea distinto a la cuenta de capitalización individual de la AFP, tendrán el siguiente trato dependiendo del régimen tributario seleccionado: Régimen A: La Compañía deberá devolver a la Tesorería General de la República el 15% del monto del retiro, correspondiente a la bonificación fiscal otorgada por esos fondos. Régimen B: La Compañía deberá retener el 15% del monto del retiro, correspondiente al impuesto a la renta, cuyos fondos serán traspasados a la Tesorería General de la República. Además, en la declaración de renta correspondiente al año en que se efectuó el retiro, se deberá pagar una sobre tasa que oscilará entre 3% y 7%. En caso de haber contratado la cobertura adicional de Pago Anticipado por Invalidez Total y Permanente 2/3, ya sea por accidente o enfermedad, se pagará anticipadamente el Monto Asegurado. En el caso de que este monto no se destine para pensionar, se tendrá el mismo trato tributario descrito en el punto anterior. En caso de fallecimiento del asegurado MetLife APV pagará a los beneficiarios el Monto Asegurado de acuerdo al Régimen Tributario y a la Modalidad de seguro elegido. En caso de haber contratado la cobertura adicional de Muerte Accidental, el Monto Asegurado se incrementará de acuerdo al capital contratado.
19 16 Quién recibe el pago de este seguro? En caso de ser pensionado, se pagará el Valor Póliza. En caso de invalidez total y permanente 2/3, se pagará el Monto Asegurado. En caso de fallecimiento, se pagará el Monto Asegurado a los beneficiarios legales que corresponda de acuerdo al Artículo 5 del Decreto de Ley A falta de ellos, el Monto Asegurado será pagado a los herederos. Los beneficiarios, podrán solicitar que se traspase el Monto Asegurado a la cuenta de capitalización individual de la AFP, debiendo constar por escrito esta decisión. Recomendamos comentar con los beneficiarios, el objetivo que se ha tenido al contratar esta póliza de seguro. Se debe recordar que Si los beneficiarios destinan el Monto Asegurado a la cuenta individual de la AFP, con el objeto de aumentar el monto de la pensión de sobrevivencia, éstos no requerirán el pago del impuesto o la devolución de la bonificación fiscal, según corresponda. En caso contrario deberán pagar el 15% de impuesto o, devolver el 15% de bonificación fiscal de acuerdo al Régimen Tributario seleccionado.
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