PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO

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1 PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Versión Abreviada MUNICIPIO DE EL SALTO JALISCO H. de El Salto

2 Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco, y su zonificación. CAPÍTULO 1 Disposiciones Generales. Artículo 1. El Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco, establece: I.- Las normas de control del aprovechamiento o utilización del suelo en las áreas y predios que lo integran y delimitan; y II.- Las normas aplicables a la acción urbanística, a fin de regular y controlar las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento que se proyecten y realicen en el mismo. Artículo 2. Las normas de ordenamiento y regulación que se integran en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, son de orden público e interés social. Se expiden para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, desglosadas en el artículo 3 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Artículo 3. Para los efectos del presente Programa Municipal de Desarrollo Urbano se designará como: I. Ley General: la Ley General de Asentamientos Humanos; II. Ley Municipal: la Ley Orgánica Municipal del Estado de Jalisco; III. Ley o Ley Estatal: la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco: IV.Reglamento: el Reglamento de Zonificación del Estado de Jalisco: V. Municipio: el Municipio de El Salto, Jalisco; VI.Centro de Población: los centro de población conurbados dentro del territorio municipal de El Salto, Jalisco; VII.Programa o Programa de Desarrollo Urbano: el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco; VIII.Plan o Plan de Desarrollo Urbano: el Plan de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco; I.Distrito Urbano: parte del territorio que integra el Programa Municipal, sujeto a una zonificación primaria o general;. Subdistrito Urbano: subdivisión territorial de un Distrito Urbano, para efectos de Plan Parcial, sujeta a una zonificación secundaria o específica; I.Documento técnico: el conjunto de estudios, análisis y lineamientos que integran la información, conclusiones, recomendaciones y propuestas, relativos a los elementos del medio físico natural y transformado, así como los aspectos socioeconómicos y jurídicos, que constituyen las bases reales de la planeación, programación, ordenamiento y regulación para el desarrollo ecológico y urbanístico del Programa o Plan; Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 2

3 II.Anexo gráfico: el conjunto de planos impresos o en archivos digitalizados, que forman parte de este Programa Municipal de Desarrollo Urbano; III.Documento básico: el conjunto de disposiciones reglamentarias que precisan el área de aplicación del Programa, las normas de zonificación urbana, las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento, así como las obligaciones a cargo de las autoridades y de los particulares derivadas del mismo; IV.Secretaría: la dependencia del Gobierno del Estado competente en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, en este caso la Secretaría de Desarrollo Urbano; y V.Dependencia Municipal: la dependencia técnica y administrativa competente para expedir los dictámenes, autorizaciones y licencias en materia de urbanización y edificación, en este caso la Dirección de Obras Públicas Municipales de este. Artículo 4. El Programa Municipal de Desarrollo Urbano del que forman parte integral los anexos gráficos y archivos de datos, contiene la expresión de los resultados de los estudios técnicos del medio natural, del medio físico transformado y del medio económico social, relativos a la planeación, programación, ordenamiento y regulación para el desarrollo urbano y la conservación ecológica, dentro de su área de aplicación, mismos que constituyen los instrumentos para proveer soluciones viables a la problemática de los asentamientos humanos, actividades productivas y acciones de conservación y mejoramiento del medio ambiente, así como para la consecución de los objetivos que se determinan en el mismo Programa. Artículo 5. El Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto y sus disposiciones atienden y guardan congruencia con: I. El Plan Nacional de Desarrollo; II. El Programa Nacional de Desarrollo Urbano; III. El Plan Estatal de Desarrollo; IV.El Programa Estatal de Desarrollo Urbano; y V. El Plan de Ordenamiento de la Zona Conurbada de Guadalajara Artículo 6. El área de aplicación del Programa constituye su ámbito territorial para regular el aprovechamiento de las áreas y predios. Para los efectos de la fracción II del artículo 78 de la Ley Estatal, en relación con lo dispuesto la fracción I del artículo 131, comprende la totalidad del Municipio de El Salto, incluyendo: I. Las áreas que integran el Municipio de El Salto; y II. Las áreas que delimitan el Municipio de El Salto y sus aprovechamientos que tienen una relación directa con el asentamiento humano, en función de sus características naturales, usos en actividades productivas, así como su viabilidad para constituir futuras reservas. Artículo 7. El área de aplicación del Programa, que comprende la totalidad del territorio municipal, se ubica dentro de la Zona Conurbada de Guadalajara, en la región denominada Centro del Estado de Jalisco, teniendo una superficie aproximada de 10,590 hectáreas cuyos límites se señalan en el Plano D-1 del Anexo Gráfico. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 3

4 CAPÍTULO II De los objetivos generales del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto. Artículo 8. Son objetivos generales del Programa: I. Establecer las directrices, lineamientos y normas conforme a las cuales las diversas personas y grupos que integran la población, participarán en el proceso de urbanización y de desarrollo sustentable; II. Adecuar la distribución de la población y de las actividades económicas, de acuerdo a las condiciones de su territorio; III. Alentar la radicación de la población en su medio, mejorando las condiciones de su hábitat; IV.Propiciar la integración socioeconómica entre las diferentes partes que forman el municipio; V. Distribuir equitativamente las cargas y beneficios del desarrollo urbano; VI.Preservar y mejorar las áreas forestadas, ríos, escurrimientos y acuíferos en el municipio y sus áreas de apoyo; VII.Salvaguardar el Patrimonio Cultural del Estado, preservando los edificios y conjuntos arquitectónicos de valor histórico - cultural o que identifiquen la fisonomía del lugar; VIII.Procurar que el municipio mantenga o desarrolle de manera integral la calidad de la imagen visual característica del lugar; I.Distribuir adecuadamente las actividades urbanas para el óptimo funcionamiento del municipio;. Facilitar la comunicación y los desplazamientos de la población, promoviendo la integración de un sistema eficiente de vialidad, otorgando preferencia a los sistemas colectivos de transporte; y I.Todos aquellos que permitan orientar el desarrollo del municipio a condiciones óptimas. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 4

5 CAPÍTULO III De la zonificación. Artículo 9. Todas las obras y construcciones que se realicen en predios comprendidos en el área de aplicación del Programa, sean públicas o privadas, deberán sujetarse a las normas de zonificación, conforme lo ordenan los artículos 193, 195, 199 y 200 de la Ley Estatal. Sin este requisito no se otorgará autorización o licencia para efectuarlas. Artículo 10. La utilización del suelo comprendido en el área de aplicación, se sujetará a las normas de zonificación del Programa que se aprueba y a las disposiciones que establecen a) La Ley General de Asentamientos Humanos; b) La Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco; c) El Reglamento de Zonificación del Estado de Jalisco; d) La Ley Federal de Reforma Agraria; e) Las leyes, reglamentos y disposiciones en materia de vías generales de comunicación; f) Las leyes, reglamentos y disposiciones federales y estatales aplicables en materia de aguas; g) Las leyes, reglamentos y disposiciones federales, estatales y municipales en materia de monumentos arqueológicos, históricos o artísticos; h) Las leyes, reglamentos y disposiciones federales, estatales y municipales en materia de equilibrio ecológico y mejoramiento del ambiente; i) Los reglamentos y disposiciones municipales de edificación; j) Los reglamentos y disposiciones de observancia general que expida este H., para la ejecución de acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento; k) Las normas y disposiciones de los decretos, acuerdos y convenios, expedidos con participación de las autoridades federales, estatales y municipales, para establecer y administrar reservas territoriales; y l) Los reglamentos y disposiciones estatales y municipales que regulen la vialidad, imagen urbana y otros ordenamientos aplicables. Artículo 11. Conforme lo dispuesto en los artículos 40, fracción IV, y 35 de la Ley General, y las disposiciones aplicables de la Ley Estatal y el Reglamento, se aprueban como elementos de la zonificación urbana: I. La clasificación de áreas contenida en el plano E1 del Anexo Gráfico; II. La determinación de zonas y utilización general del suelo, conteniendo la zonificación primaria, establecida en el plano E2 del Anexo Gráfico; y III. La estructura urbana que se define en el Plano E3 del Anexo Gráfico. Artículo 12. La clasificación de áreas y la determinación de usos, destinos y reservas conforme los planos mencionados en el artículo anterior, son las normas de Zonificación Urbana y Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 5

6 determinación de Usos, Destinos y Reservas, en relación con las áreas y predios que en los mismos se especifican y se autorizan con los efectos de las declaratorias que establece la Ley. Artículo 13. La clasificación de áreas se establece en función de las condicionantes que resultan de las características del medio físico natural y transformado, las que según su índole requieren de diverso grado de control o participación institucional, para obtener o conservar la adecuada relación ambiental, así como para normar la acción urbanística que en dichas áreas se pretenda realizar, en caso de ser factible. Las áreas que se establecen en el presente Programa, son las que se señalan gráficamente en el Plano El, identificadas con las claves y sub-claves indicadas en el articulo 9 del Reglamento, adecuando los símbolos gráficos que complementan esta identificación con objeto de obtener una mayor claridad, mismas que a continuación se enuncian para cada uno de los Distritos Urbanos: I. Areas Urbanizadas a) Areas incorporadas: Son las áreas urbanizadas que han sido debidamente incorporadas al municipio en los términos señalados en la Ley y el Reglamento de Zonificación, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1 las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde la AU-I hasta la AU-3 inclusive, siendo las siguientes: AU-1: Zona Centro de El Salto, con una extensión aproximada de 4.90 has. AU-2: Zona Sur de El Salto, con una extensión aproximada de 2.60 has. AU-3: Zona al Poniente del panteón, con una extensión aproximada de 4.30 has. Distrito Urbano SLT-2 las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde la AU-1 hasta la AU-10 inclusive, siendo las siguientes: AU-1: San José del Castillo, con una extensión aproximada de has. AU-2: MOSA, con una extensión aproximada de has. AU-3: Parque Industrial El Salto, con una extensión aproximada de has. AU-4: Transmisiones de potencia, con una extensión aproximada de has. AU-5: Infonavit El Castillo, con una extensión aproximada de has. AU-6: Bronces Urrea, con una extensión aproximada de has. AU-7: Petroquímicos de México, con una extensión aproximada de has. AU-8: El Muey Norte, con una extensión aproximada de 6.82 has. AU-9: Euskady, con una extensión aproximada de has. AU-10: El Muey Sur, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-3: la señalada en el plano E1, con la clave AU-1. AU-1: Conjunto Penitenciario, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde la AU-I hasta la AU-3 inclusive, siendo las siguientes: AU-1: Lomas del Verde, con una extensión aproximada de has. AU-2: La Loma, con una extensión aproximada de has. AU-3: Honda, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 6

7 la AU-I hasta la AU-7 inclusive, siendo las siguientes: AU-1: Club de Golf Atlas, con una extensión aproximada de has. AU-2: IBM, con una extensión aproximada de has. AU-3: Parque Montenegro, con una extensión aproximada de 6.07 has. AU-4: Parque Industrial Guadalajara, con una extensión aproximada de has. AU-5: Las Pintitas Poniente, con una extensión aproximada de has. AU-6: Las Pintitas Oriente, con una extensión aproximada de has. AU-7: Las Pintas, con una extensión aproximada de has. b) Areas de urbanización progresiva: Son las áreas urbanizadas realizadas mediante la acción urbanística por objetivo social, y que no han concluido con dicha acción urbanística o aquellas de urbanización espontánea que el ha autorizado regularizar, mediante acuerdo de cabildo, según los tramites que señalan las leyes en la materia y para complementar sus obras de urbanización se sujetan a lo estipulado para la acción urbanística de objetivo social; siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano El, con las claves comprendidas desde la AU-UP1 hasta la AU-UP3 inclusive, siendo las siguientes: AU-UP1: Ejido El Salto Norte, con una extensión aproximada de has. AU-UP2: Ejido El Salto Centro, con una extensión aproximada de 8.35 has. AU-UP3: Ejido El Salto Sur, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano El, con las claves AU-UP1 y AU-UP4, siendo las siguientes: AU-UP1: El Castillo Norte, con una extensión aproximada de has. AU-UP2: El Castillo Sur, con una extensión aproximada de has. AU-UP3: Zona al Sur del Muey, con una extensión aproximada de 5.61 has. AU-UP4: Fraccionamiento La Alameda, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano El, con las claves comprendidas desde la AU-UP1 hasta la AU-UP3 inclusive, siendo las siguientes: AU-UP1: El Verde, con una extensión aproximada de has. AU-UP2: El Terrero-Felipe Angeles, con una extensión aproximada de has. AU-UP3: San José del Quince, con una extensión aproximada de has. AU-UP4: Los Maestros, con una extensión aproximada de 50 has. Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde la AU-UP1 hasta la AU-UP5 inclusive, siendo las siguientes: AU-UP1: Pacífico - Santa Rosa del Valle, con una extensión aproximada de has. AU-UP2: La Nopalera, con una extensión aproximada de has. AU-UP3: Lomas del Aeropuerto, con una extensión aproximada de has. AU-UP4: El Carmen, con una extensión aproximada de has. AU-UP5: La Huizachera, con una extensión aproximada de has. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 7

8 c) Areas de renovación urbana: Son áreas urbanizadas en las que se pretende realizar obras de urbanización para la renovación urbana, que se refiere a las acciones técnicas de acondicionamiento del suelo y a las relativas al mejoramiento, saneamiento y reposición de sus elementos; como la vialidad, redes de servicio o del paisaje urbano, pudiendo implicar un cambio en las relaciones de propiedad y tenencia del suelo, que requerirá su reincorporación municipal siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano El, con la clave AU1-RN. AU1-RN: Centro de Población El Salto, con una extensión aproximada de has. II. Áreas de protección histórico - patrimonial: Son las áreas cuya fisonomía y valores, tanto naturales como culturales, forman parte de un legado histórico o artístico que requieren de su protección, según las leyes en la materia, subdividiéndose en: a) Areas de protección al patrimonio histórico Son las áreas donde se localizan varios monumentos históricos o artísticos asociados entre sí, con espacios abiertos o elementos topográficos cuyo conjunto reviste valor estético en forma relevante; o varios monumentos históricos relacionados con un suceso nacional, o los que se encuentran vinculados a hechos pretéritos de relevancia para el país, por lo tanto están bajo la protección de la Ley Federal sobre Monumentos Artísticos e Históricos y Zonas Arqueológicas y el control del Instituto Nacional de Antropología e Historia, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves PP-PH1 y PP-PH2, siendo las siguientes: PP-PH1: Area en la que se localiza la Ex-Hacienda de Jesús María y la antigua planta de luz (hidroeléctrica), cuenta con una superficie aproximada de 4 Has. PP-PH2: Area en la que se localizan los antiguos tanques de almacenamiento de agua potable, cuenta con una superficie aproximada de 6,000 metros cuadrados. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves PP-PH1, siendo la Ex-Hacienda de San José del Castillo, cuenta con una superficie aproximada de 4 Has. b) Areas de protección a la fisonomía urbana: Son las áreas que contienen traza urbana y edificaciones de valor arquitectónico que forman un conjunto fisonómico, por lo que su conservación es de interés municipal siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves PP-PF1, PP-PF2 y PP-PF3, siendo las siguientes: PP-PF1. Area en la que se localiza la fábrica Textil Nunatex y zona arbolada, cuenta con una superficie aproximada de 13 Has. PP-PF2. Plaza central, cuenta con un área aproximada de 3,750 metros cuadrados. PP-PF3. Jardín-Plaza, cuenta con un área aproximada de 2,800 metros cuadrados. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 8

9 III. Áreas de reserva urbana Son las áreas que corresponden a los terrenos donde se dispone el crecimiento del centro de población. En estas áreas corresponderá a la autoridad municipal promover el desarrollo de las obras de urbanización básica a que se refiere el artículo 146 de la Ley de Desarrollo Urbano, sin las cuales no se autorizará modalidad alguna de acción urbanística subdividiéndose en las siguientes: a) Areas de reserva urbana a corto plazo Son las áreas pertenecientes a la reserva urbana que cuentan con obras de urbanización básica o donde es factible realizarlas de inmediato. En estas áreas es viable promover las acciones urbanísticas señaladas en el título quinto de la Ley de Desarrollo Urbano y por lo tanto, procede su autorización conforme al mismo título, siendo las siguientes. Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves RU-CP1 y RU-CP2, siendo las siguientes: RU-CP1: Poniente del área urbana de El Salto, con una extensión aproximada de 8.28 has. RU-CP2: Norte del área urbana de El Salto, con una extensión aproximada de 11 has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde la RU-CP1 hasta la RU-CP8 inclusive, siendo las siguientes: RU-CP1: Zona al Sur de CYDSA, con una extensión aproximada de has. RU-CP2: Parque Industrial El Salto, con una extensión aproximada de has. RU-CP3: Fraccionamiento La Alameda Norte, con una superficie aproximada de has. RU-CP4: PEME Distribución, con una extensión aproximada de has. RU-CP5: Fraccionamiento La Alameda Sur, con una extensión aproximada de has. RU-CP6: El Castillo Sur, con una superficie aproximada de 7.81 has. RU-CP7: El Muey, con una extensión aproximada de has. RU-CP8: Zona al Sur de la Subestación Eléctrica, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde la RU-CP1 hasta la RU-CP2 inclusive, siendo las siguientes: RU-CP1: El Ahogado, con una extensión aproximada de has. RU-CP2: San José del Quince Poniente, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas desde la RU-CP1 hasta la RU-CP4 inclusive, siendo las siguientes: RU-CP1: Parque Montenegro, con una extensión aproximada de has. RU-CP2: La Ermita, con una extensión aproximada de has. RU-CP3: La Huizachera, con una extensión aproximada de has. RU-CP4: La Gigantera, con una extensión aproximada de has. b) Areas de reserva urbana a mediano plazo Son las áreas de reserva urbana que son potencialmente urbanizables, pero no cuentan con las obras de urbanización básica y no es factible realizarlas inmediatamente; sin embargo los interesados podrán solicitar al la realización de estudios que permitan la promoción de las obras de urbanización básica que les permita pasar a formar parte de la reserva urbana a corto plazo; siendo las siguientes: Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 9

10 Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las con las claves comprendidas desde la RU-MP1 hasta la RU-MP6 inclusive, siendo las siguientes: RU-MP1: Sur del Cerro de La Cruz, con una extensión aproximada de has. RU-MP2: Surponiente del Área Urbana de El Salto, con una extensión aproximada de has. RU-MP3: Norte carretera a El Salto, con una extensión aproximada de 64 has. RU-MP4: Norte de El Salto, con una extensión aproximada de 7 has. RU-MP5 (RTD): Poniente de El Salto, con una extensión aproximada de has., siendo un área Receptora de Transferencias de Derechos. RU-MP6: Oriente de El Salto, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves de la RU-MP1 hasta la RU-MP6. RU-MP1: Euskadi - Penwalt, con una extensión aproximada de has. RU-MP2: La Alameda - El Muey, con una extensión aproximada de has. RU-MP3: Oriente El Muey, con una extensión aproximada de 37 has. RU-MP4: El Muey Nororiente, con una extensión aproximada de 28 has. RU-MP5: El Castillo - San José del Castillo, con una superficie aproximada de has. RU-MP6: El Castillo - San José del Castillo, con una superficie aproximada de has. Distrito Urbano SLT-3: la señalada en el plano E1, con la clave de la RU-MP1, siendo la siguiente: RU-MP1: Carretera Libre Zapotlanejo, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RU-MP1, hasta la RU-MP5 inclusive, siendo las siguientes: RU-MP1: La Loma, con una superficie aproximada de has. RU-MP2: Las Hornillas Poniente, con una superficie aproximada de has. RU-MP3: Las Hornillas Oriente, con una superficie aproximada de has. RU-MP4: El Ahogado, con una superficie aproximada de has. Esta área queda dentro del vaso, por lo tanto su aprovechamiento queda condicionado a que se autorice el Programa de Saneamiento y manejo hidráulico de la Presa del Ahogado que prevé la reducción del embalse sin reducir su capacidad de almacenamiento. RU-MP5: Felipe Angeles, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E1, con la clave RU-MP1. RU-MP1: Zona Oriente de El Catorce, con una extensión aproximada de has. e) Areas de reserva urbana a largo plazo Son las áreas de reserva urbana potencialmente urbanizabas, pero que no cuentan con obras de urbanización básica, y no es posible realizarlas inmediatamente. Sin embargo, los interesados podrán solicitar al que estudie la factibilidad de que a futuro lleguen a contar con la urbanización básica. Entre tanto, en estas zonas no se permite modalidad alguna de acción urbanística, y son las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RU-LP1, hasta la RU-LP6 inclusive, siendo las siguientes: Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 10

11 RU-LP1: Norte del panteón, con una extensión aproximada de has. RU-LP2: Sur del panteón, con una extensión aproximada de has. RU-LP3: Libramiento Sur, con una extensión aproximada de has. RU-LP4: Sureste Area Urbana de El Salto, con una extensión aproximada de has. RU-LP5: Norte Area Urbana de El Salto, con una extensión aproximada de has. RU-LP6: Sur Area Urbana de El Salto, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves RU-LP1 y la RU-LP2, siendo las siguientes: RU-LP1: La Alameda - Aralmex, con una extensión aproximada de has. RU-LP2: Penwalt - CYDSA, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RU-LP1, hasta la RU-LP2 inclusive, siendo las siguientes: RU-LP1: Los Maestros, con una extensión aproximada de has. RU-LP2: La Higuera, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E1, con la clave RU-LP1 RU-LP1: Club de Golf Atlas - IBM, con una extensión aproximada de has. IV. Areas de restricción de instalaciones especiales: Son las áreas próximas o dentro del radio de influencia de instalaciones especiales, que por razones de seguridad están sujetas a restricciones en su utilización y condicionadas por los aspectos normativos de las mismas, siendo las siguientes: a) Areas de restricción de instalaciones ferroviarias: Distrito Urbano SLT-2: la señalada en el plano E1, con la clave IE-FR1 Distrito Urbano SLT-4: la señalada en el plano E1, con la clave IE-FR1 Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E1, con la clave IE-FR1 b) Areas de restricción de instalaciones de readaptación social: Distrito Urbano SLT-3: la señalada en el plano E1, con las claves IE-RS1 hasta la IE-RS3 inclusive; y Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E1, con la clave IE-RS1. c) Areas de restricción de instalaciones de riesgo: Son las referidas a depósitos de combustible, distribución de energéticos, cementerios, industrias peligrosas y usos del suelo que entrañen peligro o riesgo para la salud y sus inmediaciones, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 11

12 IE-RG1, hasta la IE-RG2, inclusive; Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la IE-RG1, hasta la IE-RG4, inclusive; Distrito Urbano SLT-3: la señalada en el plano EI, con la clave IE-RG2; Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la IE-RG1, hasta la IE-RG3, inclusive; y Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E1, con la clave IE-RG1. V. Áreas de restricción por paso de infraestructuras Son las áreas que resultan afectadas por el paso de infraestructuras y son necesarias por razones de seguridad y el buen funcionamiento de las mismas, siendo las siguientes: a) Areas de restricción por paso de instalaciones de agua potable: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RI-AB1, hasta la RI-AB4, inclusive; b) Areas de restricción por paso de instalaciones de drenaje Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano E1, con la clave RI-DR1. c) Areas de restricción por paso de instalaciones de electricidad: Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano E1, con la clave RI-EL1. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RI-EL1, hasta la RI-EL9, inclusive; Distrito Urbano SLT-3: la señalada en el plano E1, con la clave RI-EL1; Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RI-EL1, hasta la RI-EL4, inclusive; y Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E1, con las claves RI-EL1, y RI-EL2. d) Areas de restricción por paso de instalaciones de telecomunicación: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RI-TL1, hasta la RI-TL3, inclusive. e) Areas de restricción por paso de infraestructura vial: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la RI-VL1, hasta la RI-VL5 inclusive, siendo las siguientes: RI-VL1: Carretera a El Salto. RI-VL2: Libramiento Carretero de la cabecera municipal. RI-VL3: Al Norte del libramiento carretero de la cabecera municipal RI-VL4: Carretera a la Planta de Basura Laureles II. RI-VL5: Carretera El Salto-Juanacatlán. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 12

13 Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves RI-VL1 y RI-VL2 siendo las siguientes: RI-VL1: Carretera El Verde - El Castillo. RI-VL2: Carretera a El Salto. Distrito Urbano SLT-3: las señaladas en el plano E1, con las claves RI-VL1 y RI-VL2, siendo las siguientes: RI-VL1: Carretera libre a Zapotlanejo. RI-VL2: Carretera a la Planta de Basura. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves RI-VL1 y RI-VL2, siendo las siguientes: RI-VL1: Carretera El Verde - El Castillo. RI-VL2: Carretera a Chapala. IR-VL3: Carretera a San Martín de las Flores. Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E1, con las claves RI-VL1 y RI-VL2, siendo las siguientes: RI-VL1: Carretera a El Verde y prolongación a Las Pintas. RI-VL2: Carretera a Chapala. VI. Areas de transición Son las áreas que fungen como separadoras entre las áreas urbanas y las áreas rurales o naturales protegidas, aminorando la confrontación directa entre las condiciones físicas de cada una de ellas; estas áreas están sujetas a usos restringidos y sólo se permitirán aquellas instalaciones con baja intensidad de uso de suelo, teniendo como prioridad las actividades que demanden grandes extensiones de espacio abierto, especialmente de recreación y esparcimiento, institucionales y agropecuarias. En las áreas de transición, para los efectos de la fracción VI del artículo 9 del Reglamento, para garantizar una baja intensidad de uso del suelo en usos que puedan generar su propia infraestructura, la superficie mínima de un lote será de cinco mil metros cuadrados. Este tipo de áreas son las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves AT-1, AT-2 y AT-3, siendo las siguientes: AT-1 (RTD): Libramiento Norte, con una extensión aproximada de has., siendo un área Receptora de Transferencias de Derechos. AT-2 (RTD): Al Poniente del Libramiento, con una extensión aproximada de 34 has., siendo un área Receptora de Transferencias de Derechos. AT-3: Al Sur del Libramiento, con una extensión aproximada de 7.47 has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves AT-1 y AT-2, siendo las siguientes: AT-1: El Terrero, con una extensión aproximada de has. AT-2: San José del Quince, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E1, con la clave AT-1: AT-1: Arroyo Seco, con una extensión aproximada de has. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 13

14 VII. Areas rústicas Son las tierras, aguas, y bosques cuyo uso corresponde a las actividades del sector primario de manera permanente, por lo que son susceptibles de aprovechamiento racional agrícola, pecuaria, piscícola o forestal, siendo las siguientes a) Areas agropecuarias: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves AR-AGR1, hasta la AR-AGR3 inclusive, siendo las siguientes: AR-AGR1: Al Norponiente del Cerro La Cruz, con una extensión aproximada de has. AR-AGR2: Al Nororiente del Cerro La Cruz, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves AR-AGR1, hasta la AR-AGR4 inclusive, siendo las siguientes: AR-AGR1: Cerro San Martín y alrededores, con una extensión aproximada de has. AR-AGR2: Al Sur de la zona Aralmex, con una extensión aproximada de has. AR-AGR3: Al Sur del Arroyo El Ahogado con una extensión aproximada de has. AR-AGR4: Al Suroriente de la subestación eléctrica, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-3: las señaladas en el plano E1, con las claves AR-AGR1, hasta la AR-AGR3 inclusive, siendo las siguientes: AR-AGR1: Al Norte del conjunto penitenciario, con una extensión aproximada de has. AR-AGR2: Al Sur del conjunto penitenciario, con una extensión aproximada de has. AR-AGR3: Al Poniente del conjunto penitenciario, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: la señalada en el plano E1, con la clave AR- AGR1: AR-AGR1: Al Norte del Cerro de San Bartolo, con una extensión aproximada de has. VIII. Areas de actividades extractivas: Son las dedicadas a la explotación del subsuelo para la transformación de los materiales en insumos, dedicados en este caso a la industria de al construcción, siendo las siguientes Distrito Urbano SLT-4: la señalada en el plano E1, con la clave AE-1: AE-1: Cerro de San Bartolo, con una superficie aproximada de has I. Areas de conservación ecológica Son las áreas en que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad humana y que por razones de carácter ambiental y equilibrio ecológico deben conservarse, permitiendo la intervención humana en forma condicionada. En estas áreas deberá respetarse lo establecido en la Ley Federal y Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, estando bajo el Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 14

15 E1, con las claves AC-1 y AC-2, siendo las siguientes: AC-1 (GTD): Con una superficie aproximada de has., siendo un área Generadora de Transferencia de Derechos. AC-2 (GTD): Con una superficie aproximada de has., siendo un área Generadora de Transferencia de Derechos.. Areas de protección a cauces y cuerpos de agua Son las áreas requeridas para la regulación y el control de los cauces en los escurrimientos y vasos hidráulicos, tanto por la operación natural como para fines de explotación agropecuaria y de suministro a los asentamientos humanos; siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la CA1, hasta la CA8 inclusive, siendo las siguientes: CA1: Río Grande de Santiago CA2: Arroyo sin nombre CA3: Canal de riego sin nombre CA4: Arroyo El Ahogado CA5: Escurrimiento intermitente sin nombre CA6: Escurrimiento intermitente sin nombre CA7: Escurrimiento intermitente sin nombre CA8: Arroyo el Popul Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la CA1, hasta la CA2, inclusive, siendo las siguientes: CA1: Arroyo El Ahogado CA2: Río Grande de Santiago Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la CAI, hasta la CA3 inclusive, siendo las siguientes: CA1: Presa El Ahogado CA2: Presa Las Hornillas CA3: Arroyo El Ahogado Distrito Urbano SLT-5:las señaladas en el plano E1, con las claves comprendidas entre la CAI, hasta la CA5 inclusive, siendo las siguientes: CA1: Presas Las Pintas y El Órgano CA2: Presa Las Pintitas CA3: Escurrimiento intermitente sin nombre CA4: Arroyo Seco CA5: Escurrimiento intermitente sin nombre I. Areas de protección a acuíferos. Son las áreas requeridas para la conservación y mejoramiento de los mantos friáticos, siendo las siguientes: Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 15

16 Áreas Directas de Protección al Acuífero PAI: Corresponde a la zona Sur del Municipio. Áreas Inmediatas de Protección al Acuífero PAII: Corresponde a la zona Poniente del Municipio. Artículo 14. La determinación de zonas y utilización del suelo, establece y regula los usos y destinos de los predios y las edificaciones que en ellos se construyan, indicando su categoría como usos y destinos predominantes. De conformidad con lo señalado en el artículo 15 del Reglamento, por su grado de detalle, se establecen dos niveles de zonificación. En el presente documento sólo se presentará la información relativa a la zonificación primaria: I. La zonificación primaria: En la que se determinan los aprovechamientos genéricos, o utilización general del suelo, en los cinco Distritos Urbanos que integran el territorio municipal de El Salto. La cual se especifica en el Plano E2 del Anexo Gráfico. II. La zonificación secundaria: En la que se determinan los aprovechamientos específicos, o utilización particular del suelo, en los distintos Subdistritos Urbanos que integran el territorio municipal de El Salto, incluyendo sus respectivas normas de control de la densidad de la edificación, esta zonificación se especificará cuando se elaboren los Planes Parciales de Urbanización. Las zonas especificadas en los planos mencionados, se identifican con las claves y sub-claves indicadas en los artículos 17 y 18 del Reglamento, adecuando los símbolos gráficos que complementan esta identificación con objeto de obtener una mayor claridad. Artículo 15. Las zonas primarias que se establecen en el presente Programa, de conformidad a la clasificación prevista en el artículo 17 del Reglamento, son las que a continuación se enuncian para cada uno de los Distritos Urbanos: 1. Zonas de aprovechamiento de recursos naturales Son las que se ubican sobre áreas rústicas y, por tanto, no son destinadas a ser soporte de procesos de urbanización y desarrollo urbano, sino a aprovechamientos concordantes con su carácter de medio rural, subdividiéndose en los siguientes tipos: a) Zonas Agropecuarias Son las que comprenden todas las actividades relacionadas con la agricultura y la ganadería, en sus diversas modalidades, sujetas a las regulaciones en la materia, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la AG-1, hasta la AG-5 inclusive, siendo las siguientes: AG-1: Al Norponiente del Cerro de la Cruz, con una extensión aproximada de has. AG-2: Al Nororiente del Cerro de la Cruz, con una extensión aproximada de has. AG-3: Al Oriente del Cerro de la Cruz, con una extensión aproximada de has. AG-4: Al Suroriente de El Salto, con una extensión aproximada de has. AG-5: Al Surponiente de El Salto, con una extensión aproximada de has. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 16

17 Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E2, con las claves AG-1 hasta la AG- 4 inclusive, siendo las siguientes: AG-1: Cerro San Martín y alrededores, con una extensión aproximada de has. AG-2: Al Sur de la zona Aralmex, con una extensión aproximada de has. AG-3: Al Sur del Arroyo El Ahogado, con una extensión aproximada de has. AG-4: Al oriente de la subestación eléctrica, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-3: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la AG-1, hasta la AG-3 inclusive, siendo las siguientes: AG-1: Al Norte del Conjunto Penitenciario, con una extensión aproximada de has. AG-2: Al Sur del Conjunto Penitenciario, con una extensión aproximada de has. AG-3: Al Poniente del Conjunto Penitenciario, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: la señalada en el plano E2, con la clave AG-1: AG-1: Al Norte del Cerro de San Bartolo, con una extensión aproximada de has. b) Zonas de Actividades Extractivas Son aquellas dedicadas a la explotación racional del subsuelo para la transformación de los materiales en insumos industriales y de la construcción, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-4: la señalada en el plano E2, con la clave AE-1: AE-1: Cerro de San Bartolo, con una extensión aproximada de has. c) Zonas de Actividades Silvestres: II. Zonas Turísticas: Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano E2, con la clave AS-1: AS-1: Al Sur de El Salto, con una extensión aproximada de has. Son las que comprenden instalaciones para alojamiento no permanente, que funcionan mediante el arrendamiento de cuartos y servicios complementarios, siendo las siguientes a) Zonas Turísticas de densidad mínima: Son aquellas que pueden tener una densidad máxima de 15 cuartos por hectárea, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano E2, con la clave T1-1: T1-1: Cerro de la Cruz, con una extensión aproximada de has. III. Zonas Habitacionales: Comprende todo tipo de edificaciones para uso habitacional, integrándose en la zonificación Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 17

18 primaria por cuatro categorías de densidad: mínima, baja, media, y alta; utilizándose como parámetro indicativo el señalado en el Reglamento para zonas de tipo Unifamiliar. En los Planes Parciales de Desarrollo Urbano de nivel Subdistritos Urbanos, correspondientes a la zonificación secundaria, descritos en el artículo 14 de este ordenamiento, se especificarán los tipos de vivienda permisibles y las normas específicas a las que se sujetarán en cada zona a) Zonas Habitacionales de densidad mínima: Son las que pueden tener una densidad máxima de 40 habitantes por hectárea o 8 viviendas por hectárea, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E2, con la clave H1-1, con una extensión aproximada de has. b) Zonas Habitacionales de densidad baja: Son las que pueden tener una densidad máxima de 95 habitantes por hectárea o 19 viviendas por hectárea, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano E2, con la clave H2-1, siendo la siguiente: H2-1: Centro de Población El Salto, con una extensión aproximada de 190 has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E2, con las claves H2-1 y H2-2, siendo las siguientes: H2-1: San José del Castillo, con una extensión aproximada de has. H2-2: El Muey Sur, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E2, con la clave H2-1, siendo la siguiente: H2-1: La Huizachera, con una extensión aproximada de 87 has. c) Zonas Habitacionales de densidad media: Son las que pueden tener una densidad máxima de 195 habitantes por hectárea o 39 viviendas por hectárea, siendo las siguientes Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E2, con las claves H3-1 y H3-2, siendo las siguientes: H3-1: El Castillo - San José del Castillo, con una extensión aproximada de has. H3-2: Fracc. La Alameda, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E2, con las claves H3-1 y H3-2, siendo las siguientes: H3-1: San José del Quince, con una extensión aproximada de has. H3-2: Los Maestros, con una extensión aproximada de 50 has. Distrito Urbano SLT-5: la señalada en el plano E2, con la clave H3-1, siendo la siguiente: H3-1: Santa Rosa del Valle, La Nopalera, Lomas del Aeropuerto, con una extensión aproximada de has. Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 18

19 d) Zonas Habitacionales de densidad media (*): Son las que pueden tener una densidad máxima de 360 habitantes por hectárea o 72 viviendas por hectárea, cuya densidad quedará sujeta a negociación previa con la autoridad municipal, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas de la H3*-1, a la H3*-11, siendo las siguientes: H3*-1: Sureste de El Salto, con una extensión aproximada de has. H3*-2: Sur de El Salto, con una extensión aproximada de has. H3*-3: Surponiente de El Salto, con una extensión aproximada de has. H3*-4: Poniente del área urbana de El Salto, con una extensión aproximada de has. H3*-5: Norte del área urbana de El Salto, con una extensión aproximada de 11 has. H3*-6: Norte del área urbana de El Salto, con una extensión aproximada de 7 has. H3*-7: Oriente del área urbana de El Salto, con una extensión aproximada de has. H3*-8: Norte del Panteón, con una extensión aproximada de has. H3*-9: Sur del Panteón - Libramiento Sur, con una extensión aproximada de has. H3*-10: Norte de El Salto, con una superficie aproximada de has. H3*-11: Suroriente de El Salto, con una superficie aproximada de has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas de la H3*-1 a la H3*-6, siendo las siguientes: H3*-1: El Castillo - San José del Castillo, con una superficie aproximada de has. H3*-2: El Muey, con una extensión aproximada de has. H3*-3: Suroriente de El Muey, con una extensión aproximada de has. H3*-4: Fraccionamiento La Alameda Norte, con una extensión aproximada de has. H3*-5: Fraccionamiento La Alameda Sur, con una extensión aproximada de has. H3*-6: Fraccionamiento La Alameda Oriente, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas de la H3*-1 a la H3*-4, siendo las siguientes: H3*-1: La Loma, con una extensión aproximada de H3*-2: La Higuera, con una extensión aproximada de has. H3*-3: San José del Quince, con una extensión aproximada de has. H3*-4: Lomas del Verde, con una extensión aproximada de 3 has. Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas de la H3*-1 a la H3*-5, siendo las siguientes: H3*-1: Oriente del Club de Golf Atlas, con una extensión aproximada de has. H3*-2: La Huizachera, con una extensión de 100 has. H3*-3: Las Pintas, con una extensión aproximada de has. H3*-4: Las Pintitas Oriente, con una extensión aproximada de has. H3*-5: La Gigantera, con una extensión aproximada de has. e) Zonas Habitacionales de densidad alta: Son las que pueden tener una densidad máxima de 290 habitantes por hectárea o 58 viviendas por hectárea, siendo la siguiente: Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 19

20 Distrito Urbano SLT-2: la señalada en el plano E2, con la clave H4-1, siendo la siguiente: H4-1: El Castillo Sur, con una extensión aproximada de has. IV. Zonas de Uso Mixto Son aquellas en las que la habitación se mezcla con actividades relativas al comercio y los servicios, así como con instalaciones de equipamiento urbano, subdividiéndose en los siguientes tipos: a) Zonas de Uso Mixto barrial: Son aquellas en las que la habitación es predominante pero compatible con otros usos de tipo comercial y de servicios estrictamente barriales, en ellas el uso habitacional no podrá ser menor del 75 por ciento de la zona, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la MB-1*, hasta la MB-4*, inclusive; b) Zonas de Uso Mixto Distrital: Son aquellas en donde la habitación coexiste en forma equilibrada con usos comerciales, de servicios, de oficinas, y de equipamiento urbano, cuya zona de influencia es la totalidad del Distrito Urbano, en ellas el uso habitacional no podrá ser menor del 50 por ciento de la zona, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la MD-1* a la MD-8*; Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la MD-1*, hasta la MD-6*, inclusive; Distrito Urbano SLT-3: la señalada en el plano E2, con la clave MD-1*. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la MD-1*, hasta la MD-5*, inclusive; y Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la MD-1*, hasta la MD-6*. c) Zonas de Uso Mixto central: Son aquellas en donde la habitación deja de ser predominante, mezclándose con usos comerciales y de servicios de carácter urbano general, que sirven a la totalidad del centro de población, quedando excluidos los usos comerciales y de servicios de mayor impacto, por razones de impacto en la imagen urbana; en ellas el uso habitacional no podrá ser menor del 25 por ciento de la zona, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano E2, con la clave MC-1*. d) Servicios a la industria y el comercio : Son aquellas que alojan instalaciones complementarias y de servicio a la actividad industrial y comercial, tales como abastos, almacenamientos, talleres de servicio y ventas especializadas, así como giros seleccionados de tipo industrial de bajo impacto; debiendo excluirse el uso habitacional Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 20

21 de estas zonas, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: la señalada en el plano E2, con la clave S-1: S-1: Sur del Panteón, con una superficie aproximada de has. Distrito Urbano SLT-2: la señalada en el plano E2, con la clave S-1: S-1: La Alameda - El Muey, con una superficie aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: la señalada en el plano E2, con la clave S-1: S-1: Felipe Angeles, con una superficie aproximada de has. V. Zonas Industriales: Son las que alojan las instalaciones necesarias para el desempeño de la actividad industrial, subdividiéndose en los siguientes tipos a) Industria ligera y de riesgo bajo Comprenden establecimientos industriales cuyo impacto provocado en zonas adyacentes por ruidos, olores, humos y polvos, y riesgos de incendio y explosión, pueden controlarse mediante normas de operación especiales; el uso habitacional debe quedar excluido de estas zonas, siendo las siguientes: Distrito Urbano SLT-1: las señaladas en el plano E2, con las claves I1-1 y I1-2: I1-1: Fábrica Textil Nunatex, con una extensión aproximada de 2 has. I1-2: Al Surponiente de El Salto, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-2: las señaladas en el plano E2, con las claves I1-1, I1-2 y I1-3, siendo las siguientes: I1-1: MOSA, con una superficie aproximada de has. I1-2: PEME Distribución, con una superficie aproximada de has. I1-3: Sur Transmisiones de potencia, con una extensión aproximada de 7.50 has. Distrito Urbano SLT-3: la señalada en el plano E2, con la clave I1-1, siendo la siguiente: I1-1: Al Nororiente del Reclusorio, con una extensión aproximada de has. Distrito Urbano SLT-4: las señaladas en el plano E2, con las claves comprendidas entre la I1-1 y la I1-2 inclusive, siendo las siguientes: I1-1: Lomas del Verde, con una superficie aproximada de has. I1-2: Los Maestros, con una superficie aproximada de 7.41 has. Distrito Urbano SLT-5: las señaladas en el plano E2, con las claves I1-1 y I1-2, siendo las siguientes: I1-1: La Ermita, con una superficie aproximada de has. I1-2: I.B.M., con una superficie aproximada de 7.66 has. b) Industria mediana y de riesgo medio Estas zonas están previstas para actividades industriales y relacionadas que puedan cumplir con los lineamientos técnicos señalados en el Reglamento de Zonificación del Estado de Jalisco relativos a Programa Municipal de Desarrollo Urbano de El Salto, Jalisco 21

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