JURISPRUDENCIA SOBRE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL
|
|
- Rafael Carmona Quintana
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 JURISPRUDENCIA SOBRE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANTONIO LORENTE RIVAS Profesor Asociado de Derecho del Trabajo Universidad de Granada - STS de 25 de octubre de 2001 (RJ 2001\2370) Médicos de la Seguridad Social. Personal excedente voluntario. Reingreso provisional al servicio activo: obligación de participar en concursos de traslado convocados para la cobertura de plazas. - STS de 31 de octubre de 2001, ref. Recurso de casación para unificación de doctrina. Es un caso de incapacidad permanente en que se condena a la devolución de la prestación indebidamente percibida, como responsable directa, y al INSS y a la TGSS como responsables subsidiarios para el supuesto de insolvencia de la primera. La Mutua había satisfecho a la accidentada la prestación correspondiente a la incapacidad permanente parcial que le fue reconocida por resolución del INSS, en cumplimiento del deber que le venía impuesto al ser dicha resolución inmediatamente ejecutiva. Por tanto, el derecho de la Mutua patronal al reintegro de la cantidad entregada a la trabajadora, una vez judicialmente se declaró que las lesiones no eran constitutivas de la incapacidad declarada inicialmente, es una consecuencia lógica e inmediata, de acuerdo con el art. 9.2 RD 2609/1982, de 2 de septiembre, en relación con el art RD 1517/1991, de 11 de octubre, y, precisamente por dimanar de dicha entidad la resolución que dio lugar al abono de dicha prestación, no es dable eximir al INSS de la obligación de reintegrar a la parte recurrente la cantidad satisfecha, al carecer de base legal para ello. - STS de 8 de noviembre de 2001 (RJ 2001\9873) Colaboración voluntaria de empresas en materia de Seguridad Social. Responsabilidad del pago de la prestación económica de Incapacidad temporal derivado de enfermedad común si la enfermedad se extiende a fechas posteriores a la extinción de la relación laboral. Declara el TS, manteniendo la doctrina sentada en otras anteriores, que la relación de Seguridad Social se mantiene en esencia en los supuestos de colaboración voluntaria de las empresas, sin que pueda considerarse un aseguramiento extramuros del Sistema. En consecuencia, no puede haber una merma de protección de los beneficiarios. Ahora bien, ello no obsta a la responsabilidad subsidiaria de la entidad gestora de la Seguridad Social, sin perjuicio de que ésta se subrogue en los derechos de los beneficiarios. Se reiteran las SSTS de 14 de junio de 2000 (RJ 2000\5115) y 15 de mayo de 2001 (RJ 2001\5214). - STS de 17 de noviembre de Recurso de Casación para la unificación de doctrina. Ref. I.L.J.1979 El caso se refiere a una trabajadora que sufre una incapacidad temporal por enfermedad común y que es despedida por la empresa al estar todavía en período de prueba, si bien la baja por enfermedad continúa durante varios meses después del despido. La cuestión se suscita porque la empresa, que colabora voluntariamente en la gestión de la Seguridad Social asumiendo directamente el pago de las prestaciones de incapacidad temporal derivada de enfermedad común en base a lo dispuesto en el art b) de la Ley General de la Seguridad Social, no abona a la trabajadora la prestación por
2 incapacidad temporal a partir del día siguiente al del despido por entender que no estaba ya obligada a ello. La trabajadora solicita al INSS el pago de la prestación, que le fue denegado, llegando al correspondiente procedimiento judicial que terminó con sentencia en que se condena a la empresa a pagar la totalidad de las cantidades adeudadas y al INSS al anticipo de las mismas. Esta tesis es la que mantuvo la sentencia de suplicación y la de este recurso de casación, en línea con las STS de 14 de junio de 2000 y 15 de mayo de La base argumental reside en que como el régimen de colaboración voluntaria en la gestión de la Seguridad Social, regulado en el art. 77 LGSS, es voluntario y no supone en su gestión equipararse a una actuación de autoaseguramiento que sitúe la contingencia extramuros del sistema de Seguridad Social que permita a la Entidad Gestora desentenderse de sus obligaciones de protección y, en modo alguno, esta colaboración de las empresas con las entidades gestoras puede suponer una merma en la protección a que tienen derecho los beneficiarios. Esto en cuanto al fondo del asunto, referido al responsable del pago de la prestación, porque la obligación del INSS del adelanto de prestaciones previsto en el art , ha de estimarse plenamente vigente y no ha sido objeto de exclusión en estos supuestos de colaboración voluntaria, por lo que el INSS está obligado a adelantar la prestación aunque el responsable del pago sea la empresa colaboradora. - STSJ de Asturias de 23 de noviembre de 2001 (Recurso de Suplicación núm. 2032/2000)(AS 2001\4118) A propósito de la responsabilidad de la Mutua de AT/EP por mal funcionamiento de los servicios médicos, se plantea la naturaleza jurídica de las Mutuas. Véase esta Sentencia referenciada también en el apartado correspondiente a Responsabilidad por mal funcionamiento de la Administración (infra) - STSJ de La Rioja de 8 de enero de 2002 (AS 2002\267) Personal estatutario de la Seguridad Social. Equipo de atención primaria: traslado dentro del Area de Salud. Necesidades imperativas: obligatorio conocimiento y motivación a los afectados. - STSJ País Vasco de 13 de julio de 2001, ref. I.L.J.2015.Se trata de un accidente de trabajo que causa unas lesiones calificadas por la Mutua y el INSS como lesiones permanentes no invalidantes, indemnizado con un importe de ptas. El trabajador accidentado presenta reclamación previa que le fue estimada por lo que se le declara una Incapacidad Permanente Parcial por lo que le corresponde una indemnización de 24 mensualidades de su base reguladora y una cuantía total de ptas. Contra esta resolución recurre la Mutua que obtiene sentencia favorable tanto en instancia como en suplicación por la que se confirme que la incapacidad permanente no es invalidante. El problema aparece porque el trabajador, mientras tanto, ha cobrado, en virtud de una resolución administrativa del INSS que obliga a la Mutua a pagar la prestación como si la incapacidad fuera invalidante, se niega a devolver la cantidad percibida indebidamente, por lo que procede la Mutua a demandar al trabajador y al INSS y a la Tesorería General. La sentencia de instancia condena al trabajador al pago y absuelve al INSS y a la TGSS, por lo que es recurrida en suplicación. La sentencia de suplicación mantiene la condena de reintegro al trabajador y se declara la incuestionable responsabilidad del INSS y la TGSS a tenor del art del R.D. 1637/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, al que se remiten el art de la Orden Ministerial desarrolladora de tal
3 precepto, de 22 de febrero de 1996 y la posterior, art. 95 de la de 26 de mayo de 1999, que fijan tal responsabilidad claramente, además de que lo fija el art. 138 del Reglamento de Accidentes de trabajo de 22 de junio de 1.956, del que no consta su derogación expresa. Similar la STSJ País Vasco de 27 de marzo de STSJ de Cataluña de 13 de junio de 2001, ref. I.L.J Se trata de un caso de accidente de trabajo en que, por infracotización empresarial, constatada y liquidada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y abonada por la empresa, la pensión correspondiente se elevó en pesetas, que la Mutua no esta dispuesta a pagar. Pretende, en cambio, que la asuma la empresa por su responsabilidad directa en la infracotización. Sin embargo se desestima su pretensión y es condenada a asumir la totalidad de la prestación por que la responsabilidad empresarial en las prestaciones por falta de cotización tiene que vincularse a un incumplimiento con trascendencia en la relación jurídica de protección, de forma que aquélla impida la cobertura del período de cotización exigido, aparte de que como ya ha sido sancionado el empresario con los recargos procedentes en la liquidación practicada por la Inspección si ahora se le condenara a pagar la diferencia en la prestación sería una vulneración del principio no bis in idem cuya proyección constitucional reconocen las STC 2/1981 y 159/1985. En caso contrario se sancionaría dos veces la misma conducta, sanción administrativa directa y sanción administrativa indirecta por la vía de la responsabilidad de la prestación. Finalmente se razona que fuera del supuesto de incumplimiento contractual en materia de cotizaciones no puede determinar una responsabilidad prestacional, sin perjuicio de que pueda ser objeto de sanción con independencia de la recaudación en vía ejecutiva de las actuaciones adeudadas, por lo que hay que entender que ha cotizado la empresa regularmente y que la responsable del pago de la prestación es la Mutua. - STS de 29 de octubre de 2001, ref. I.L.J Reclamación de daños y perjuicios por defectuosa prestación sanitaria contra Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales a la que se le pide el abono de una indemnización por daños y perjuicios, pero tanto el Juzgado como la Sala de lo Social entendieron en sus sentencias que eran imcompetentes para conocer y resolver este asunto indicando al actor que puede interponer su reclamación ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. Entiende el Tribunal Supremo que la la Ley 4/1999, de 13 de enero, despejó las dudas que con anterioridad existían con respecto a este problema competencial porque su art. 3.2 incluyó en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común la disposición adicional duodécima que dice textualmente: la responsabilidad de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, (...) así como de las demás entidades, servicios y organismos del Sistema Nacional de la Salud y de los centros sanitarios concertados con ellas, por los daños y perjuicios causados por o con ocasión de la asistencia sanitaria, y las correspondientes reclamaciones, seguirán la tramitación administrativa prevista en esta Ley, correspondiendo su revisión jurisdiccional al orden contencioso administrativo en todo caso. De acuerdo con el art. 41 y 43.2 CE en la organización sanitaria para la tutela de la salud pública que deben organizar los poderes públicos se incluyen las prestaciones de asistencia sanitaria que las Mutuas de Accidentes de Trabajo prestan a los trabajadores en ellas encuadradas como parte del régimen público de la Seguridad Social. Además,
4 el art de la Ley 14/1986 señala que todas las estructuras y servicios públicos al servicio de la Salud integrarán el Sistema Nacional de la Salud, mientras que el art. 45 dice que el Sistema Nacional de Salud integra todas las funciones y prestaciones sanitarias (...) responsabilidad de los poderes públicos para el debido cumplimiento del derecho a la protección de la salud. Consecuentemente, el art. 12 RD 1993/1995, de 7 de diciembre, que aprobó en Reglamento sobre colaboración de las Mutuas habla en su número 1 de prestaciones integradas en el Sistema Nacional de la Salud. Por tanto, concluye el Tribunal que, como las instituciones y centros sanitarios de las Mutuas tienen la condición de entidades del Sistema Nacional de Salud, y en consecuencia la exigencia de responsabilidad por los daños y perjuicios causados por o con ocasión de tal asistencia sanitaria las reclamaciones que por estas cuestiones se les presenten han de serlo ante los Tribunales del Orden Jurisdiccional contencioso administrativo. -STS de 12 de febrero de 2001, ref. I.L.J.224. Es un recurso que trata de la responsabilidad empresarial por accidente de trabajo en que la empresa presenta descubiertos de cotización de especial relevancia, 28 meses. El problema de la responsabilidad por defectos de cotización empresarial ha sido resuelto por la STS (Sala General) de 1 de febrero de 2000, 29 de febrero, y 27 de marzo de 2000, entre otras, y se distingue entre incumplimientos empresariales transitorios o, por el contrario, se trata de incumplimientos definitivos y voluntarios, rupturistas o expresivos de la voluntad empresarial de no cumplir con su obligación de cotizar En este caso existe un incumplimiento equiparable al total, dada la persistencia de los descubiertos, por lo que persiste la responsabilidad del empresario, sin perjuicio del anticipo por parte de la Mutua y de la garantía subsidiaria de la entidad gestora en base a una interpretación armónica de los arts. 126 de la LGSS en relación con los arts. 94 y 96 de la LGSS de y la Disposición Transitoria 2ª del D. 1645/1972, de 23 de junio. - STS de 27 de febrero de 2001, ref. I.L.J Obligación por la Mutua de hacerse cargo de las prestaciones económicas derivadas de incapacidad temporal por contingencias comunes de todos los trabajadores de la empresa, una vez que la empresa ha ejercido la opción. La cuestión planteada es determinar que Entidad debe asumir el pago directo al trabajador del subsidio de una incapacidad temporal por enfermedad común, que nace cuando la empresa tenía asegurada la gestión de dicha contingencia con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y continúa después de que la empresa, al amparo de la Disposición Adicional Undécima de la vigente LGSS y del RD 1993/1995, porque fuera una Mutua la que asumiera la gestión. Tras la opción, la Mutua está obligada a extender su cobertura a todos los trabajadores de la empresa, y consiguientemente, a hacerse cargo de la prestación económica de todas las incapacidades temporales que existan en ese momento, cualquiera que sea la fecha de su aparición o nacimiento, puesto que el art del RD 1993/1995 prevé que cuando un empresario opte por la que la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de su personal se lleve a cabo por una Mutua, dicha opción comprenderá a la totalidad de los trabajadores. El art del Reglamento del 95 establece con toda rotundidad que una vez formalizada la cobertura, la Mutua asumirá la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal por contingencias comunes del personal al servicio de sus asociados, sin distinción alguna resalta la Sala. Por eso, la existencia de la regla de
5 gestión global, derivada del art LGSS, recogido en el art. 61 del RD 1993/1995, modificado por el RD 250/1997, para las contingencias profesionales, no condiciona la opción por el mero hecho de que existan en la empresa trabajadores en incapacidad temporal, ni muchos menos impone el principio de división de gestión que la Mutua pretende. Abunda mas en su obligación de gestionar a todos los trabajadores el que el art. 4.1 del RD 575/1997, de 18 de abril, que regula determinados aspectos de la Gestión y Control de la prestación económica por incapacidad temporal, señala que las Mutuas ejercerán el control y seguimiento de la prestación económica de incapacidad temporal, lo que permite afirmar que la Mutua está facultada para controlar los hechos que las originaron (...) ya que a partir de ese momento asume la gestión del gasto de dicha prestación sin distinción alguna.
(BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 2005)
Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. (BOE
Más detallesADN Social: Recargo de prestaciones Cómo se computa el plazo de prescripción?
1 ADN Social: Recargo de prestaciones Cómo se computa el plazo de prescripción? 2 Índice Síntesis: - Revisión de la incapacidad por agravación Cuestiones a Recordar: - Recargo por falta de medidas de seguridad
Más detallesBOLETÍN INFORMATIVO Nº 69
BOLETÍN INFORMATIVO Nº 69 INFORMACIÓN COLECTIVO DE PREJUBILADOS En el boletín informativo nº 46, pudimos apreciar el giro jurisprudencial que dio la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de marzo de 2006,
Más detallesPrincipales novedades en la gestión y control de la incapacidad temporal en los primeros 365 días
CIRCULAR INFORMATIVA Fecha: 30/07/2014 Número: PRL30/2014 Principales novedades en la gestión y control de la incapacidad temporal en los primeros 365 días En el BOE del 21 de julio de 2014 se publicó
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 4 de agosto de 2010
Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. Ministerio
Más detallesTEMA 7. DEVENGO DE COSTAS EN LA EJECUCIÓN PROVISIONAL
TEMA 7. DEVENGO DE COSTAS EN LA EJECUCIÓN PROVISIONAL Es un principio comúnmente aceptado por la doctrina que en la esfera jurídica del demandado sólo caben injerencias coactivas cuando la incertidumbre
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290 Viernes 2 de diciembre de 2011 Sec. I. Pág. 128411 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 18914 Real Decreto 1596/2011, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla la disposición
Más detallesRÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR SEGURIDAD SOCIAL
RÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR 2011 RÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR SEGURIDAD SOCIAL Regulación contenida en la Disposición adicional trigésima novena de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
Más detallesMODELO DE TEST 2. Eva María Blázquez Agudo Mª Gema Quintero Lima
MODELO DE TEST 2 Eva María Blázquez Agudo Mª Gema Quintero Lima 1. La prestación por riesgo durante el embarazo: a) Se concede en las condiciones que la Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes.
Más detallesCOMUNICACIÓN DE SOSPECHAS DE ENFERMEDADES PROFESIONALES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
COMUNICACIÓN DE SOSPECHAS DE ENFERMEDADES PROFESIONALES Y ACCIDENTES DE TRABAJO 1. INTRODUCCIÓN El Real Decreto 1299/2006 1, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales 2 en el sistema
Más detallesLEY 40/2007 MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL
LEY 40/2007 MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL 1. INCAPACIDAD TEMPORAL 2. MUERTE Y SUPERVIVENCIA 1. INCAPACIDAD TEMPORAL INCAPACIDAD TEMPORAL- ART. 128 LGSS SITUACIÓN DESDE 18-01-2008 12 meses + 6
Más detallesRIESGO DURANTE EL EMBARAZO/LACTANCIA MAYO 2009
RIESGO DURANTE EL EMBARAZO/LACTANCIA MAYO 2009 INTRODUCCIÓN LEGISLACIÓN Capítulo IV quater y quinquies del Título II de la LGSS(*) Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales (*) Real Decreto 259/2009
Más detallesSentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero
Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero RECURSO n.º 636/2010 SENTENCIA n.º 61/2013 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA: SECCION PRIMERA Compuesta
Más detallesTEMA 8. PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TEMA 8. PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8.1. Introducción Las prestaciones de la Seguridad Social son cantidades que, a través del empresario en pago delegado, o directamente el Instituto Nacional
Más detallesRespuestas acerca del Paro Para Autónomos Resumen del Sistema específico de protección por cese de actividad de los Trabajadores Autónomos
Respuestas acerca del Paro Para Autónomos Resumen del Sistema específico de protección por cese de actividad de los Trabajadores Autónomos Más allá de la salud 1. Qué protege y a quién 2. Requisitos e
Más detallesCertificado de empresa de los últimos 180 días cotizados Libro de familia En caso de despido; carta de despido, acto de conciliación o sentencia.
Colaboradora con la Seguridad Social DOCUMENTOS A ENTREGAR PARA EL TRAMITE DE LA PRESTACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS COMUNES (Los documentos deben ser originales y en vigor) EN TODOS LOS
Más detallesCircular Informativa sobre la Protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos de las Cooperativas de Trabajo
Circular Informativa sobre la Protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos de las Cooperativas de Trabajo La Ley 32/2010, de 5 de agosto (BOE 6 de agosto de 2010), establece un sistema
Más detallesDirección General de la Función Pública. ANGEL MELCHOR CELADA Subdirector General de Relaciones Laborales
LOS TRABAJOS DE COLABORACION SOCIAL EN LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Dirección General de la Función Pública ANGEL MELCHOR CELADA Subdirector General de Relaciones Laborales LOS TRABAJOS DE COLABORACION
Más detallesREGULACION NORMATIVA EN MATERIA DE PENSIONES TRAS EL REAL DECRETO LEY 5/2013
REGULACION NORMATIVA EN MATERIA DE PENSIONES TRAS EL REAL DECRETO LEY 5/2013 El Real Decreto Ley 5/2013 de 15 de Marzo completa la reforma de pensiones introducida por la Ley 27/2011 de 2 de Agosto. Conforme
Más detallesLa impugnación del Recurso de Suplicación Laboral. Comentarios a la Sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de octubre de 2013.
La impugnación del Recurso de Suplicación Laboral. Comentarios a la Sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de octubre de 2013. Celestino Aguilera Burgos. Graduado Social Diplomado. El Boletín Oficial del
Más detallesCOMPETENCIA SANCIONADORA EN MATERIA DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO Miguel Arenas Gómez Col lectiu Ronda abogado
COMENTARIO A LA STC104/2013 COMPETENCIA SANCIONADORA EN MATERIA DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO Miguel Arenas Gómez Col lectiu Ronda abogado @MArenas_ La STC es muy extensa -33 páginas- y el recurso de inconstitucionalidad
Más detallesPrograma Oficial de Asignatura. Ficha Técnica. Presentación. Competencias y/o resultados del aprendizaje. Contenidos Didácticos
Ficha Técnica Titulación: Grado en Derecho Plan BOE: BOE número 108 de 6 de mayo de 2015 Asignatura: Módulo: Formación multidisciplinar Curso: Créditos ECTS: 6 Tipo de asignatura: Optativa Tipo de formación:
Más detallesCircular Laboral número 6/2011 Novedades Legales. Distinguidos clientes,
Circular Laboral número 6/2011 Novedades Legales Distinguidos clientes, Mediante la Ley 36/2011, de 10 de octubre de 2011, reguladora de la jurisdicción social, publicada en el BOE del pasado 11 de octubre,
Más detalles23 a) Nivel contributivo. 23 b) Nivel asistencial. 24 c) otras acciones protectoras.
ÍNDICE GENERAL Volumen I Tema 1. PROTECCIÓN por desempleo 17 1. PROTECCIÓN por desempleo. objeto. 18 2. Niveles de protección. 19 3. PERSONAS protegidas. 23 4. ACCIÓN protectora. 23 a) Nivel contributivo.
Más detallesCese de Actividad de Trabajadores Autónomos
Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos versión imprimible Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 151 Una
Más detallesJornadas de LEY DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Jornadas de LEY DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Ponente: Esther Domínguez Jiménez Asesora Jurídica de la D. G. de Política Social y Familia Consejería de Salud y Política Social
Más detallesABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS
ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS ESPECIAL SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO SOCIAL, Nº 118/2016, DEL 16 E FEBRERO DE 2016, DICTADA EN EL RECURSO DE UNIFICACIÓN DE DOCTRINA Nº 3257/2014 ESPECIAL
Más detallesFACULATD DE CIENCIAS DEL TRABAJO. DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL II (Código: 03B9) Diplomado en Relaciones Laborales Curso 2012/2013
FACULATD DE CIENCIAS DEL TRABAJO DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL II (Código: 03B9) Diplomado en Relaciones Laborales Curso 2012/2013 Curso: Tercero Cuatrimestre: Anual Profesor/es: Todos los Grupos: Belén
Más detallesDINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO
DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO 1. ANTECEDENTES. El artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social establece que los trabajadores que reúnan las condiciones exigidas para
Más detallesNuevo Régimen de Servicio del Hogar Familiar
Nuevo Régimen de Servicio del Hogar Familiar Concepto Es una relación laboral de carácter especial que concierta el titular de un hogar familiar como empleador, con personas que, por cuenta de este y bajo
Más detallesAPUNTES SOBRE ACTUALIDAD LABORAL
DICIEMBRE 2016 APUNTES SOBRE ACTUALIDAD LABORAL FOGASA: LÍMITE DE RESPONSABILIDAD EN INDEMNIZACIONES POR FINALIZACIÓN DE CONTRATO EVENTUAL. La Sala 4ª del Tribunal Supremo, mediante sentencia del pasado
Más detallesReal Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE del 31) Entrada en vigor: 2 de enero de 2016 1 RD Legislativo 8/2015
Más detalles(BOE núm. 124, de 25 de mayo de 2005)
Orden TAS/1464/2005, de 20 de mayo, mediante la que se regula el procedimiento para la emisión y circulación de formularios de liquidación de gastos derivados de la aplicación de la reglamentación comunitaria
Más detallesDERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y GARANTÍA DE INDEMNIDAD
DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y GARANTÍA DE INDEMNIDAD Dossier de jurisprudencia del Tribunal Constitucional *MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO DEL TRABAJO Y RELACIONES LABORALES* Lorenzo Diazgranados
Más detallesLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
LOS DESPIDOS OBJETIVOS POR CAUSAS ECONÓMICAS Y LA PUESTA A DISPOSICIÓN AL TRABAJADOR DEL 60% DE LA INDEMNIZACIÓN. A PROPÓSITO DE UNA SENTENCIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Más detallesInforme 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO.
Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO. ANTECEDENTES El Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia remite escrito
Más detallesV.- MODALIDADES DE CONTRATACIÓN.- CONTRATO DE TRABAJO PARA FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
$049/1 20-03-2011 V.- MODALIDADES DE CONTRATACIÓN.- CONTRATO DE TRABAJO PARA FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA $049 CONTRATO DE TRABAJO PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA (Ley 12/2001, de
Más detallesTema 13 SEGURIDAD SOCIAL
Tema 13 SEGURIDAD SOCIAL Tienen derecho a la PENSIÓN DE ORFANDAD, cada uno de los hijos del causante, siempre que, al fallecer éste, sean menores de 18 años o estén incapacitados para el trabajo, y que
Más detallesASUNTO: PERSONAL Retribuciones de funcionario municipal en situación de baja por enfermedad 046/11 INFORME
SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA A LAS EE.LL OFICIALÍA MAYOR ASUNTO: PERSONAL Retribuciones de funcionario municipal en situación de baja por enfermedad 046/11 EP ************* INFORME I. ANTECEDENTES
Más detallesActualización normativa 2015
Actualización normativa 2015 RD-ley 1/2015, de 27 de febrero Antonio Benavides Vico Objeto Mínimo exento para las empresas de la base de cotización de 500 euros a la Seguridad Social por contingencias
Más detallesI. EL SISTEMA ESPAÑOL DE SEGURIDAD SOCIAL
I. EL SISTEMA ESPAÑOL DE SEGURIDAD SOCIAL 1. Qué es la Seguridad Social?... 2. Cuáles son los niveles de protección del sistema de Seguridad Social?... 2.1. Nivel contributivo... 2.2. Nivel asistencial
Más detallesCONSECUENCIAS DEL IMPAGO DE LOS DIFERENTES PLAZOS
CONSECUENCIAS DEL IMPAGO DE LOS DIFERENTES PLAZOS DE PRIMAS SUCESIVAS 1 STS (Sala 1ª) de 9 de diciembre de 2015 (JUR 2016\3811) Pilar Domínguez Martínez Profesora Contratada Doctora de Derecho Civil Centro
Más detallesASPECTOS DESTACADOS DE LA NUEVA LEY DE MUTUAS. En el BOE de 29 de diciembre de 2014 se publicó la Ley 35/2014 por la que se modifica el Texto
ASPECTOS DESTACADOS DE LA NUEVA LEY DE MUTUAS En el BOE de 29 de diciembre de 2014 se publicó la Ley 35/2014 por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación
Más detallesULTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Y ANALISIS DE RETRIBUCIONES EN ESPECIE Aitor Garcia Rodríguez 1
ULTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Y ANALISIS DE RETRIBUCIONES EN ESPECIE Aitor Garcia Rodríguez 1 ULTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS DISPOSICIONES NORMATIVAS Principales normas aprobadas Real Decreto-ley 16/2013,
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Núm. 445 28 de noviembre de 2014 Pág. 2 I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY Proyecto de Ley de medidas en materia de liquidación
Más detallesCircular informativa laboral
Circular informativa laboral Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos En Valencia, a 20 de septiembre
Más detallesJURISPRUDENCIA SOBRE RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL EN ORDEN A PRESTACIONES
JURISPRUDENCIA SOBRE RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL EN ORDEN A PRESTACIONES SOFÍA OLARTE ENCABO Profesora Titular de Universidad Universidad de Granada SUMARIO 1. Responsabilidad empresarial por incumplimiento
Más detallesVicios ocultos 323/12
http://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: CONTRATACIÓN Vicios ocultos 323/12 EP ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES Los aportados con el escrito de solicitud
Más detallesDocumento. Orden núm. ESS/106/2014, de 31 enero. RCL 2014\160
Documento (Disposición Vigente) Orden ESS/106/2014, de 31 de enero. Orden núm. ESS/106/2014, de 31 enero. RCL 2014\160 PRESUPUESTOS DEL ESTADO. Desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad
Más detallesIncapacidad permanente. supervivencia. y prestaciones por muerte y ESTAMOS PARA AYUDARTE CERRADO
CERRADO Incapacidad permanente y prestaciones por muerte y supervivencia ESTAMOS PARA AYUDARTE Qué es la incapacidad permanente? Se considera incapacidad permanente la situación del trabajador que, después
Más detallesA/A de Secretarías de Acción Sindical y de Igualdad.
Afiliada a: www.uso.es Confederación Europea de Sindicatos Confederación Sindical Internacional A/A de Secretarías de Acción Sindical y de Igualdad. Sentencia nº 810/2016 de 6 de julio, dictada por el
Más detallesMarzo/2016 ARTÍCULOS ANÁLISIS DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL EN LA UNIÓN EUROPEA.
Marzo/2016 ARTÍCULOS ANÁLISIS DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL EN LA UNIÓN EUROPEA. El objetivo de este artículo es comparar diferentes países de la Unión Europea en materia de incapacidad temporal, ya que no
Más detallesÍNDICE. 1. Exposición de Motivos del Real Decreto 625/2014: 2. Partes de baja y confirmación de la baja (art. 2 RD 625/2014):
RESUMEN Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por IT en los primeros 365 días de su duración ÍNDICE 1. Exposición de
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 18 de febrero de 2014 Sala de lo Social Rec. n.º 1099/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: RETA. Pensión de jubilación. Trabajadores que
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO LABORAL TEMA 1.- EL DERECHO DEL TRABAJO, CONCEPTO, OBJETO Y SIGNIFICACIÓN.
PROGRAMA DE DERECHO LABORAL TEMA 1.- EL DERECHO DEL TRABAJO, CONCEPTO, OBJETO Y SIGNIFICACIÓN. 1.- Concepto del Derecho del Trabajo. 2.- El objeto del Derecho del Trabajo: inclusiones y exclusiones. 3.-
Más detallesCONTRATO DE SERVICIOS DE COLABORACIÓN DE ADMINISTRACIÓN COMPLEMENTARIA REUNIDOS
Nº de Contrato: 00/00/00000/00000 CONTRATO DE SERVICIOS DE COLABORACIÓN DE ADMINISTRACIÓN COMPLEMENTARIA En LOCALIDAD, a 1 de mayo de 2010. REUNIDOS DE UNA PARTE, D., con D.N.I. nº, en nombre y representación
Más detallesSentencia T.S. (Sala 4) de 23 de noviembre de 2010
RESUMEN: Sentencia T.S. (Sala 4) de 23 de noviembre de 2010 Recargo de prestaciones: Se declara la existencia de falta de medidas de seguridad, ante el hecho indubitado de la situación de acoso moral y
Más detallesCOBERTURA A LA QUE OPTAR POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES (Accidente de trabajo y enfermedad profesional)
COBERTURA A LA QUE OPTAR POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES (Accidente de trabajo y enfermedad profesional) La Mutua con la que se tengan las coberturas en caso de que el autónomo sufra accidente de trabajo
Más detallestasas Tabla comparativa de las disposiciones modificadas por el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero (BOE 28 febrero; convalidación BOE 18 marzo)
tasas Tabla comparativa de las disposiciones modificadas por el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero (BOE 28 febrero; convalidación BOE 18 marzo) Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan
Más detallesINFORMACION Y TRÁMITES PARA SOLICITAR LA PENSION POR INCAPACIDAD PERMANENTE DE LA SEGURIDAD SOCIAL
INFORMACION Y TRÁMITES PARA SOLICITAR LA PENSION POR INCAPACIDAD PERMANENTE DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1.-INFORMACION(cuando un titulo este resaltado en azul pulsar Ctrl+Clik del ratón para ir al vinculo)
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente
Más detallesLA INCAPACIDAD LABORAL: PROCEDIMIENTO, TIPOS Y SUS INCOMPATIBILIDADES
Sesión informativa celebrada el 21 de junio de 2012 en el marco del Programa Saber para Mejorar organizado por el Área de Discapacidad de la Concejalía de Acción Social, Mujer y Familia LA INCAPACIDAD
Más detallesSistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios
Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios 1 ÍNDICE 1. CAMPO DE APLICACIÓN 2. ENCUADRAMIENTO 3. AFILIACIÓN, ALTAS Y BAJAS 4. COTIZACIÓN 5. ACCIÓN PROTECTORA 2 1. CAMPO DE APLICACIÓN Están
Más detallesEDD 2017/1457 DGT, Consulta nº V de 25 enero 2017.
EDD 2017/1457 DGT, Consulta nº V0173-17 de 25 enero 2017. NORMATIVA ESTUDIADA Ley 37/1992 de 28 diciembre 1992. Impuesto sobre el Valor Añadido IVA art.1, art.4.1, art.5, art.7.10, art.11.1, art.20.1.8
Más detallesObligaciones de prevención de riesgos laborales respecto de los trabajadores desplazados al extranjero.
Obligaciones de prevención de riesgos laborales respecto de los trabajadores desplazados al extranjero. I. Consideraciones generales El objeto del Informe se centra en determinar las obligaciones o normativa
Más detallesINTEGRACIÓN DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA AJENA DEL RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL RÉGIMEN GENERAL Y PROTECCIÓN SOCIAL
INTEGRACIÓN DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA AJENA DEL RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL RÉGIMEN GENERAL Y PROTECCIÓN SOCIAL Los más de 852.000 trabajadores eventuales agrarios en España
Más detallesEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS COMPETICIONES TUTELADAS
EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS COMPETICIONES TUTELADAS (Comentario a la Sentencia 327/2012, de 13 de noviembre, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Zaragoza) Por Manuel GUEDEA MARTÍN 1.
Más detallesAprobada: por el Pleno Municipal el 18/10/2004. Publicada: en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 21/12/2004 1/5
ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUELO, SUBSUELO O VUELO DE LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES, EN FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE
Más detallesRELACIONES LABORALES. Accidente de trabajo in itinere
RELACIONES LABORALES PRÁCTICA LABORAL Encuadramiento, cotización y acción protectora de los becarios durante la realización de prácticas retribuidas con cotización a la Seguridad Social Antonio Pedrajas
Más detallesNOVEDADES 2014 EMPRENDEDORES Y EMPRESARIOS
NOVEDADES 2014 EMPRENDEDORES Y EMPRESARIOS SEGURIDAD SOCIAL BASE MINIMA 2013 BASE MAXIMA 2013 BASE MINIMA 2014 BASE MAXIMA 2014 858,60 3.425,70 875,70 3.597,00 CUOTA AUTONOMO 2013 CUOTA AUTONOMO 2014 256,72
Más detallesAtención. El FOGASA adelanta esos pagos y posteriormente los reclamará a la empresa.
QUÉ RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES GARANTIZA EL FOGASA? El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción
Más detallesCESE DE ACTIVIDAD TRABAJADORES CUENTA PROPIA
CESE DE ACTIVIDAD TRABAJADORES CUENTA PROPIA CESE DE ACTIVIDAD: Programa Primera Parte Concepto, beneficiarios, requisitos y cuantía Comparativa con la prestación por desempleo Segunda Parte Suspensión,
Más detallesCircular Laboral. Abril Ámbito de aplicación de las ayudas. 2. Presupuesto previsto. 3. Entidades beneficiarias
Circular Laboral RESOLUCIÓN DE 14 DE ABRIL DE 2016, DEL DIRECTOR GENERAL DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO, POR LA QUE SE PROCEDE A LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL CONTRATO DE RELEVO Abril
Más detallesMINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Proyecto de Orden Ministerial por la que se modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el
Más detallesUrgencia de una reforma laboral sobre las indemnizaciones
OPINIÓN > Por Ley Urgencia de una reforma laboral sobre las indemnizaciones Ricardo De Lorenzo, socio-director en De Lorenzo Abogados Viernes, 13 de enero de 2017, a las 11:30 En el ámbito jurídico y especialmente
Más detallesLaboral Social. Junio 2015
CULMINADO EL NUEVO CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL: APROBADOS LOS NUEVOS MODELOS DE PARTES MÉDICOS DE BAJA, CONFIRMACIÓN DE BAJA Y ALTA EN LOS PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL (ORDEN ESS/1187/2015,
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO:
LA TGSS PROMUEVE ALTAS Y BAJAS CON INDEPENDENCIA DE LOS CRITERIOS DE LA INSPEC- CIÓN DE TRABAJO El Tribunal constata que existe una persona, en un centro de trabajo de una empresa dedicada a la actividad
Más detallesJUBILACIÓN, DESEMPLEO Y CESE DE ACTIVIDAD
Delegación de Cámara JUBILACIÓN, DESEMPLEO Y CESE DE ACTIVIDAD Durango, 24 de noviembre de 2010 ULTIMAS REFORMAS EN EL RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS José Ramón Minguez Benavente María García Herráiz Durango, 24
Más detallesTESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Dirección Provincial de Zaragoza
Mod 2.20 MINISTERIO La empresa Barrientos y López SA con 15 trabajadores figura de alta en Seguridad Social desde 17 de marzo 2008. Hasta el mes de Enero 2010 ha ingresado en tiempo y forma los seguros
Más detallesJUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 4 DE BILBAO SENTENCIA Nº 231/05
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 4 DE BILBAO SENTENCIA Nº 231/05 En BILBAO, a seis de julio de dos mil cinco. FERNANDO GOIZUETA RUIZ MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO de lo Contencioso-Administrativo
Más detallesPÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral
Actualidad Jurídico Laboral Julio 2011 Selección de Doctrina Social Tribunal Supremo PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DOCUMENTO ELABORADO POR EL GABINETE DE ESTUDIOS JURIDICOS DE CC.OO. Concepción, 12-1ºDcha.
Más detallesTRATAMIENTO FISCAL DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR MATERNIDAD REGULADA EN LOS ARTÍCULOS 177 Y SIGUIENTES DEL
TRATAMIENTO FISCAL DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR MATERNIDAD REGULADA EN LOS ARTÍCULOS 177 Y SIGUIENTES DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE
Más detallesFUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL
FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL Régimen jurídico Anulación parcial del Decreto que regula el régimen de los funcionarios con habilitación de carácter estatal aprobado por la Generalitat
Más detallesSubinspectores de Empleo y Seguridad Social. (Temario completo)
Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. (Temario completo) Organización del Estado, de la Administración Pública y de la Unión Europea Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.
Más detallesDerecho Laboral y Seguridad Social
Derecho Laboral y Seguridad Social I- Relaciones laborales de carácter individual Contratos laborales: Modalidades, jornada, salarios, condiciones, movilidad, extinción, II- La relación colectiva de trabajo
Más detallesSITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo
SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo Resumen de las modalidades de jubilación anticipada y parcial
Más detallesR.D. 1484/2012 APORTACIONES DE EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS
R.D. 1484/2012 APORTACIONES DE EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS Real Decreto 1484/2012, de 29 de Octubre sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios
Más detallesENUNCIADO. La base de cotización para Contingencias Comunes de diciembre 2012 fue de 1.205,76 euros.
DE RECURSOS HUMANOS () APARTADO 6: LA FISCALIDAD DE LA REMUNERACIÓN, MEJORAS DE LAS CARGAS FISCALES, BENEFICIOS SOCIALES Y REMUNERACIÓN EN ESPECIE DIAPOSITIVA Nº: 2 PRESTACIONES SEGURIDAD SOCIAL EJERCICIO
Más detallesJUBILACIÓN (ley 27/2011)
JUBILACIÓN (ley 27/2011) Setembre 2011 CONDICIONES ACTUALES DE LA JUBILACIÓN JUBILACIÓN Tendrán derecho a la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, las personas incluidas en su Régimen General,
Más detallesRECURSOS PROCESALES. 1. Doctrina del Tribunal Constitucional en relación con los recursos.
RECURSOS PROCESALES 1. Doctrina del Tribunal Constitucional en relación con los recursos. El derecho a la tutela judicial efectiva no implica el derecho a obtener dos resoluciones. La CE garantiza el acceso
Más detalles(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2
Más detalles1. Acreditación de la situación legal de cese de actividad por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos.
Circular nº: 14/2012 Fecha: 19 de enero de 2012 Asunto: PROTECCIÓN POR CESE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Un año después de la entrada en vigor de la Ley 32/2010, de protección por cese de actividad
Más detallesNOVEDADES INTRODUCIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR EL REAL DECRETO LEY 29/2012 Y EL REAL DECRETO 1716/2012
1-2013 Enero, 2013 NOVEDADES INTRODUCIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR EL REAL DECRETO LEY 29/2012 Y EL REAL DECRETO 1716/2012 El pasado día 31 de diciembre de 2012, se publicaron en el BOE, dos
Más detallesEstadística de Mediación, Arbitraje y Conciliación Comentario de principales resultados
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Estadística de Mediación, Arbitraje y Conciliación Comentario de principales resultados Datos Año
Más detallesLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 Noviembre 1992) TÍTULO IX De la potestad sancionadora 1 CAPÍTULO PRIMERO
Más detallesJurisprudencia en materia de Seguridad Social en la Sala Tercera y Cuarta del Tribunal Supremo. Enero a junio de 2000
Jurisprudencia en materia de Seguridad Social en la Sala Tercera y Cuarta del Tribunal Supremo. Enero a junio de 2000 Mª LUZ GARCÍA PAREDES * ÍNDICE POR MATERIAS 1 Accidente de trabajo Accidente in itinere
Más detallesCONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados
CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados
Más detallesNOTAS ACLARATORIAS PARA EL CÁLCULO DE INTERESES
NOTAS ACLARATORIAS PARA EL CÁLCULO DE INTERESES El tipo de interés a aplicar va a depender de la naturaleza de la deuda y de la legislación aplicable, puesto que no todas recogen un mismo régimen de cálculo:
Más detallesV. Anuncios. Otros anuncios. Consejería de Empleo, Industria y Comercio
4892 V. Anuncios Otros anuncios Consejería de Empleo, Industria y Comercio 1087 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 26 de febrero de 2013, de la Directora, relativo a notificación de la Resolución
Más detallesCUESTIONES PRÁCTICAS QUE PLANTEAN LOS NUEVOS RECURSOS DE CASACIÓN
CUESTIONES PRÁCTICAS QUE PLANTEAN LOS NUEVOS RECURSOS DE CASACIÓN CUESTIONES PRÁCTICAS QUE PLANTEAN LOS NUEVOS RECURSOS DE CASACIÓN...1 1. INTRODUCCIÓN...2 A) Principales cuestiones sin resolver en la
Más detalles