Junio de Perspectivas de las cámaras de riesgo central de contraparte frente al Derecho Comparado

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1 Junio de 2014 Perspectivas de las cámaras de riesgo central de contraparte frente al Derecho Comparado

2 Dodd-Frank Wall Street Reform and Consumer Protection Act EMIR - European Market Infrastructure Regulation 2

3 Regulación Internacional 3

4 Regulación Internacional 4

5 Regulación Internacional 5

6 Regulación Internacional Cumbre del G-20 en Pittsburgh, EEUU. Dodd Frank Wall Street Reform and Consumer Protection Act MiFID II (Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros) EMIR (Reglamento Europeo de Infraestructuras de Mercado) ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados) 6

7 Recomendaciones del G-20: Principios: Estableció que los instrumentos financieros derivados negociados en el OTC deberán compensarse y liquidarse a través de entidades de contrapartida central (ECC) y que todos los derivados sin importar si son objeto de clearing obligatorio deberán registrarse en los Repositorios de Información. Los sistemas financieros extranjeros deberán cumplir con los objetivos del G-20 con el fin de mejorar la trasparencia, reducir el riesgo sistémico y protegerse contra el abuso en los mercados. 7

8 EMIR - European Market Infraestructure Regulation MiFID II (Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros Estableció medidas basadas en las recomendaciones del G-20, con el fin de incrementar la transparencia y regulación en mercados poco regulados como el mercado de instrumentos financieros derivados. Otorgó mayores facultades sancionatorias a la ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados) Incentivó la Protección a los consumidores. EMIR (Reglamento Europeo de Infraestructuras de Mercado ) Norma que regula los derivados extrabursátiles, entidades de contrapartida central y registro de operaciones. Aprobado por el Parlamento Europeo. ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados) Entidad encargada de reglamentar los estándares técnicos establecidos por el EMIR. 8

9 EMIR - European Market Infraestructure Regulation Antecedentes: Estableció categorías de derivados con clearing obligatorio y/o registro en repositorios de información. Introdujo mayores controles y procedimientos de gestión de riesgos para los participantes que no compensen y liquiden derivados a través de las ECC. Diferencia entre contrapartes financieras y no financieras: Contrapartes no Financieras la compensación y liquidación a través de una ECC debe establecerse de conformidad con la finalidad y la magnitud de sus operaciones. Los participantes del Mercado deben notificar a los registros todas las operaciones sobre Instrumentos Financieros Derivados. 9

10 Regulación comparada: Mayoría de jurisdicciones propenden por sistemas y normas similares para la regulación y el funcionamiento de las cámaras de riesgo central de contraparte. Similitudes entre los Marcos Regulatorios: G-20 - Propuestas del Financial Stability Board Dodd-Frank Wall Street Reform and Consumer Protection Act EMIR - European Market Infrastructure Regulation IOSCO / BIS Principios para las Infraestructuras del Mercado Financiero Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS) - Capital Requirements for banks exposure to CCPs Parte de Basilea III Obligaciones 10

11 Obligaciones - Regulación Comparada: Obligaciones por Tipo de Participante: ENTIDAD Contrapartes Financieras y No Financieras que excedan los limites. Contrapartes Financieras que no excedan los limites. OBLIGACIÓN Clearing Obligatorio Requerimientos de Mitigación de Riesgos Obligación de Reporte Obligación de Reporte Ciertos Requerimientos de Mitigación de Riesgos Entidades de Contrapartida Central (ECC) Requerimientos para las ECC Repositorios de Información (R.I.) Requerimientos para los R.I. Obligaciones por tipo de Instrumento Financiero: DERIVADO OBLIGACIÓN Derivados OTC Clearing Obligatorio Requerimientos de Mitigación de Riesgos Todos los Derivados Obligación de Reporte Todos los Instrumentos Financieros Derivados Clearing Obligatorio Cumplir requerimientos de las ECC 11

12 Principales Similitudes: Reporte de operaciones a Repositorios de Información. Similares reglas en la Administración de Riesgos Confirmación y valoración de operaciones, así como la solución de conflictos Obligatoriedad de llevar a clearing ciertas operaciones con instrumentos financieros derivados no estandarizados (OTC). Determinados Swaps deberán ser compensados y liquidados a través de un DCO (Derivatives Clearing Organization) o en una ECC (Entidad de Contrapartida Central). Registro o reconocimiento de la ECC ante la CFTC o la ESMA. Requerimientos a nivel de cada entidad y tipo de operación. Registro, reporte, entrega de información, entre otras. 12

13 Obligación de registro o reconocimiento EE.UU. CEA (Commodity Exchange Act) - Section 5B modificada por el Dodd-Frank Act: Obligación de registro como un DCO ante la CFTC. La CFTC podrá exceptuar de la obligación de registro si la regulación aplicable es equivalente a la regulación de los DCOs en los EE.UU. U.E. - EMIR - Artículo 25: Reconocimiento de la ESMA - Autoridad Europea de Valores y Mercados. Adicionalmente: La Comisión Europea deberá implementar un acuerdo, permitiendo la operación de una ECC extranjera que un su país de origen cumpla con una normativa homologable a la contenida en el EMIR. La ESMA deberá suscribir un acuerdo de cooperación con autoridad competente del país de origen de la ECC Extranjera. 13

14 Substituted Compliance Dodd-Frank Act Elegibilidad de un DCO para hacer Clearing de Swaps (Derivados): Para la CFTC determine que un DCO es elegible para realizar el clearing de Swaps, se establecieron los siguientes criterios: Se presume que un DCO es elegible para realizer el clearing de cierto tipo de Swaps si ya se encuentra realizándolo. En caso que no realice el clearing de este tipo de operaciones deberá efectuar una solicitud electrónica a la CFTC y esta evaluará:» La suficiencia de Recursos Financieros» La capacidad del DCO para administrar riesgos asociados con el clearing de Swaps. Existen similares requerimientos aplicables a los DCOs y a las cámaras de riesgo de conformidad con la legislación colombiana. 14

15 Dodd-Frank Act Registro como Substituted Compliance: Definición: Es la posibilidad que tienen las cámaras de riesgo central de contraparte no estadunidenses de realizar el clearing de determinadas operaciones sin necesidad de registrarse como un DCO, acreditando que la regulación de origen es análoga y cumple con los principios del Dodd Frank Act. Propósito: Cumplimiento del requerimiento de clearing, para ciertas operaciones específicas mediante la compensación y liquidación de operaciones a través de una cámara de riesgo central de contraparte. Proceso de Acreditación: Solicitud de los Establecimientos de Crédito o de la SFC a la CFTC. 15

16 Obligación de registro o reconocimiento Conveniencia Para una cámara de riesgo central de contraparte: Capacidad operativa para compensar y liquidar operaciones determinadas por la CFTC o la ESMA. La relevancia del negocio en términos económicos, teniendo en cuenta el número y monto de las operaciones. La viabilidad legal del negocio respecto de la compatibilidad de la estructura de la ECC con la exigida por la CFTC o la ESMA. Para el Mercado Local: En caso que un Miembro tenga la obligación de registro:» Podrá cumplir con la obligación de clearing de operaciones sin necesidad de acudir a una entidad extranjera.» Cumplimiento de la obligación de clearing de productos con otro tipo de contrapartes. 16

17 Obligación de registro o reconocimiento Conveniencia: Para el Mercado Local: En caso que no existan Miembros Locales que deban registrarse (Ej. Swap Dealers o Major Swap Participants):» Permitirá a las contrapartes colombianas contar con una ECC Local para el cumplimiento de las operaciones sujetas a clearing obligatorio. La posibilidad de compensar y liquidar:» Operaciones objeto de clearing actual, como los IRS (Interest Rate Swaps) o CDS (Credit Default Swaps LIBOR y EURIBOR) en las siguientes monedas: USD, EURO, LIBRA ESTERLINA, YEN» Productos a los que se exija en el futuro clearing obligatorio, por ejemplo, como el NDF USD/COP. Evolución mundial hacía el Clearing de operaciones. 17

18 Obligación de registro o reconocimiento Dificultades: Para una cámara de riesgo central de contraparte: Incumplimiento con disposiciones del ordenamiento local al cumplir con requerimientos bajo la regulación extranjera.» Conflictos en el deber de reserva de información. Para los Miembros: Obligación de Registro o adopción de los requerimientos propios de autoridades extranjeras.» Regulaciones expedidas por la Futures Commission Merchants (FCM) o Introducing Brokers (IB). Existencia de procesos o procedimientos diferentes a los cuales se encuentran obligados bajo la regulación Colombiana. Posibilidad de que la información de sus operaciones y la de sus Terceros pueda ser entregada a una autoridad extranjera. Modificaciones a sus planes operativos. 18

19 Registro de ECC extranjeras como Derivatives Clearing Organizations - DCOs Canadá Reino Unido Francia Alemania Singapur Reino Unido 19

20 Reconocimiento ante la ESMA - Autoridad Europea de Valores y Mercados Suecia Reino Unido Alemania Polonia Francia Holanda Alemania Italia 20

21 Requisitos de las ECC: Cumplimiento con los Principios Generales (Compliance) Solicitud de autorización Gobierno (Governance fitness Standards & Conflicts of Interest) REQUISITOS La ECC deberá cumplir con los Principios Generales para las Infraestructuras para el Mercado Financiero. Ante la autoridad competente del Estado Miembro para el caso de la UE o ante la CFTC. Está limitada a la compensación y liquidación de determinados derivados financieros. Accionistas con participaciones calificadas y verificación de idoneidad. Disposiciones sobre conflictos de intereses. Regulación de las Juntas Directivas (Composition of Governing Boards) Las ECC deberán tener sólidos mecanismos de gobierno incluido un comité de riesgos, compuesto de representantes de Miembros, Miembros Independientes y representantes de clientes. CRCC S.A. Cumple. No Cumple. Cumple 21

22 Requisitos de las ECC: Requisitos de Capital / Recursos Financieros Elegibilidad (Participant and Product Eligibility) Normas de Conducta Requisitos en Materia de Organización REQUISITOS Requisitos Mínimos de Capital. El capital, incluidas las ganancias acumuladas y las reservas deberá ser proporcional al riesgo derivado de sus actividades. La ECC deberá fijar criterios de elegibilidad de sus Miembros o participantes y de sus productos. Principios de Imparcialidad y Profesionalidad rigen a las ECC. Principio de Transparencia: Las ECC y sus Miembros harán publicas los precios y comisiones de sus servicios. Obligaciones de conservación y divulgación de información. Obligación de Información a las Autoridades Competentes. Control sobre la tercerización de actividades. CRCC S.A. Cumple Cumple Cumple Cumple. 22

23 Requisitos de las ECC: Riesgo Legal (Legal Risk) Seguridad del Sistema (System Safeguards) Competencia (Antitust considerations) Controles de Riesgo de Liquidez Constitución de Fondos de Garantía (Treatment of Funds) REQUISITOS PRUDENCIALES Las ECC deberán contar con procedimientos para mitigar el Riesgo Legal. Las ECC deberán contar con mecanismos para la seguridad de sus Sistemas. Las ECC deberán contar con mecanismos para la promoción de la Competencia. La liquidez puede provenir de un banco central o de bancos comerciales o ambos. CRCC S.A. Cumple. Cumple. Cumple. Cumple Parcialmente. (Agente Colocador de OMAs.) Estructuración del Fondo de Salvaguarda de la CRCC S.A. está incluido en la Planeación de la CRCC S.A. para el año

24 Requisitos de las ECC: Segregación y portabilidad Gestión de la Exposición y Gestión de Riesgos (Risk Managment) Requisitos en Materia de Garantías REQUISITOS PRUDENCIALES Las ECC conservarán cuentas separadas que les permitan, en todo momento diferenciar las cuentas de sus Miembros Liquidadores. Las ECC medirán la liquidez y la exposiciones de crédito de cada Miembro Liquidador. Las ECC tendrán acceso a las fuentes de fijación de precios. A fin de limitar sus exposiciones de crédito, las ECC impondrán, exigirán y cobrarán garantías a sus Miembros Liquidadores. Las ECC aceptarán garantías de elevada liquidez con mínimo riesgo de crédito y de mercado para cubrir la exposición de con Miembros Liquidadores. CRCC S.A. Cumple. Cumple. (Posibles ajustes no sustanciales,) Cumple. Cumple. 24

25 Requisitos de las ECC: Estrategia de Inversión Cumplimiento de Reglas (Rule Enforcement) Procedimientos en caso de Incumplimientos. (Default Rules and Procedures) Revisión de Modelos, Pruebas de Resistencia y Retrospectivas Liquidación (Settlement Procedures) REQUISITOS PRUDENCIALES Las ECC invertirán sus recursos financieros exclusivamente en efectivo o en instrumentos financieros de elevada liquidez con un riesgo mínimo de crédito y de mercado. Las ECC deberán contar con mecanismos para el cumplimiento efectivo de sus normas. Obligación de desarrollar Procedimientos en caso de Incumplimientos. Las ECC revisarán periódicamente los modelos y mecanismos de control del riesgo. Las ECC adoptarán medidas para limitar los riesgos de liquidación en efectivo y el riesgo de liquidación con entrega. CRCC S.A. Cumple. Cumple. Cumple. (Caso Interbolsa) Cumple. Cumple. 25

26 Conclusiones: A pesar de las críticas a sus efectos extraterritoriales las modificaciones incluidas en el Dodd Frank Act y el EMIR están siendo implementadas a nivel mundial. Marco común en la Administración del Riesgo. Promoción de la competencia y mayor integración entre las Entidades de Contrapartida Central. Acuerdos de Interoperabilidad entre las ECC. Cross Margin entre ECC. Incorporación de mejoras operativas y tecnológicas en las plataformas y modelos de las ECC. Incremento del volumen de operaciones compensadas y liquidas a través de las ECC planteará un reto para estas entidades dada la concentración del Riesgo Sistémico. 26

27 CRCC S.A. Activos compensados y liquidados May, 2013 Mar, 2013 Jul, 2012 Futuro sobre Acciones sin entrega COLCAP Jun, 2012 Futuro de TES Referencias Especificas Mar, 2011 Oct, 2010 Oct, 2011 Futuro sobre la acción de Pacific y Futuro de Inflación Futuro de IBR Futuro Mini sobre Energía Futuros Índice Accionario COLCAP Ago, 2009 Mar, 2010 Abr, 2010 Futuro sobre energía y Futuro Mini de Tasa de Cambio Dólar/Peso Forward NDF USD/ COP Futuro sobre la acción de Ecopetrol y Preferencial de Bancolombia Dic, 2008 Sept 2008 Futuro de Tasa de Cambio Dólar/Peso Futuro TES Corto y Largo Plazo Futuro TES Mediano Apertura del Mercado de Instrumentos Financieros Derivados en Colombia 27

28 CRCC S.A. Evolución Divisa - Forward NDF (USD / COP) Monto promedio diario millones de dólares I 2010-II 2010-III 2010-IV ene-11 feb-11 mar-11 abr-11 may-11 jun-11 jul-11 ago-11 sep-11 oct-11 nov-11 dic-11 ene-12 feb-12 mar-12 abr-12 may-12 jun-12 jul-12 ago-12 sep-12 oct-12 nov-12 dic-12 ene-13 feb-13 mar-13 abr-13 may-13 jun-13 jul-13 ago-13 sep-13 oct-13 nov-13 dic-13 ene-14 feb-14 mar-14 abr-14 may-14 jun-14 No Estandarizado Monto 28 * Hasta el 13 de junio de 2014

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