Puesta en marcha y desarrollo de un ensayo clínico: Normas de Buena Práctica Clínica

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1 Puesta en marcha y desarrollo de un ensayo clínico: Normas de Buena Práctica Clínica Ferran Capdevila Bastons Unidad de Investigación Clínica Fundación Miguel Servet fcapdevb@navarra.es

2 MAPAMUNDI DE LOS ENSAYOS CLÍNICOS ClinicalTrials.gov Octubre 2012

3 Actualmente: Francia, Alemania, UK, Italia, España. Tendencia: Europa del Este ClinicalTrials.gov Octubre 2012

4 ClinicalTrials.gov 18% 21% 26% 35% 37% 44% 63%

5

6 Qué es la Buena Práctica Clínica (BPC)? Es una norma internacional de calidad ética y científica aplicable al diseño, realización, registro y comunicación de los ensayos clínicos en los que participen seres humanos. El cumplimiento de esta norma proporciona una garantía pública de la protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los sujetos del ensayo de acuerdo con los principios de la Declaración de Helsinki pdf

7 HISTORIA Segunda Guerra Mundial : Juicio de Núremberg 23 médicos nazis que realizaron experimentos con prisioneros de los campos de concentración. Experimentación con fines científicos. No había legislación sobre experimentación en humanos. Código de Núremberg (1947): Primer protocolo de la historia sobre ética de la investigación en humanos. Principios orientativos de la experimentación médica en seres humanos.

8 Código de Núremberg (1947) 1. Consentimiento voluntario. 2. Los resultados no pueden obtenerse por otro método. 3. Investigación debe basarse en la experimentación animal. 4. Evitar sufrimiento innecesario y daño. 5. No es legítima ninguna investigación que produzca la muerte o daño en el sujeto. 6. Asegurar que el beneficio debe superar el riesgo. 7. Tomar medidas para proteger a los sujetos 8. Realizar por personal cualificado 9. El sujeto puede dejar el estudio en cualquier momento. 10. El investigador debe estar preparado para terminar el estudio en cualquier momento

9 HISTORIA : Tuskegee Study (Public Health Service Syphilis Study) 399 hombres infectados de sífilis y 201 controles, todos ellos de raza negra. Observar la progresión natural de la sífilis cuando no era tratada y como se llegaba a la muerte. Sin consentimiento informado. Se les informó que iban a ser tratados de la mala sangre Informe Belmont (1979): Principios éticos y pautas para la protección de los seres humanos en la investigación. Respeto a las personas: consentimiento informado Beneficiencia: valoración beneficio riesgo para el sujeto Justicia: selección equitativa de los sujetos del estudio.

10 HISTORIA 1960: Desastre de la Talidomida (focomelia) Probado en animales (monos, conejos, ratas y perros) sin observar ningún efecto teratógeno. Aprobado en los 60s en Europa para insomnio y nauseas, especialmente durante las primeras semanas del embarazo. Afectó a recién nacidos de todo el mundo. 40% de mortalidad a los 12 meses Modificación de Kefauver Harris de la Federal Food Drug and Cosmetic Act de 1938 Seguridad y eficacia probada Normas de Correcta Fabricación (GMP) Control de medicamentos no autorizados (registro de RA)

11 HISTORIA 1964: Declaración de Helsinki (Asociación Médica Mundial WMA) Establece los principios éticos para investigación médica en seres humanos. Referente ético. 6 revisiones (última Seúl octubre 2008) Carece de valor jurídico. Incorporada a la reglamentación de muchos países. Normas protección sujetos Consentimiento informado. Confidencialidad de la información de salud del sujeto. Los riesgos no deben ser desproporcionados Normas del desarrollo de las investigaciones. Necesidad de revisión y aprobación por un comité ético de investigación independiente.

12 HISTORIA Años 70s: FDA Obligaciones para el monitor y el promotor Obligaciones para el investigador Años 80: Europa y Japón hacen su propias normas de BPC. 1994: Recomendaciones BPC de la OMS Diferencias entre Europa, EEUU y Japón. Datos clínicos recogidos en una región no eran aceptados automáticamente por las otras dos. La compañías farmacéuticas que querían registrar un medicamento en Europa, Japón y EEUU tenían que hacer EECC en las 3 áreas.

13 International Conference on Harmonitation (ICH) 1997 Desarrolla guías para la elaboración y presentación de datos que son aceptadas en EEUU, UE y Japón ICH Topic E6 Guideline for Good Clinical Practice

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15 OBJETIVOS DE LA BPC Proteger los derechos, seguridad y el bienestar de los sujetos participantes en el ensayo Que están participando en EECC Que participarán en EECC Garantizar la fiabilidad de los datos obtenidos Protección de pacientes que serán tratados con el medicamento cuando se comercialice

16 MARCO LEGAL Normas de BPC: CPMP/ICH/135/95 Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Directiva 2001/20/CE del Parlamento Europeo, relativa a la aplicación de buenas prácticas clínicas en la realización de ensayos clínicos de medicamentos de uso humano. Real Decreto 223/2004, que regula los ensayos clínicos con medicamentos (artículo 34). ORDEN SCO/256/2007, de5defebrero,porlaqueseestablecen los principios y las directrices detalladas de BPC y los requisitos para autorizar la fabricación o importación de medicamentos en investigación de uso humano. Las guías ICH de BPC deben ser cumplidas en todos los ensayos clínicos y tienen que ser seguidas por todas las partes involucradas (investigadores, promotores, comités éticos y autoridades).

17 CONTENIDO DE LA GUÍA DE BPC 1. Glosario (62 términos) 2. Principios de las BPC de la ICH 3. Comité Ético de Investigación Clínica (CEIC) 4. El Investigador 5. Promotor (CRO, monitor) 6. Protocolo de ensayo clínico / enmiendas 7. Manual del Investigador 8. Documentos esenciales

18 Principios de las BPC de la ICH 1. Ensayosclínicosrealizadossegúnlosprincipioséticosdela Declaración de Helsinki, la BPC y legislación vigente. 2. Un ensayo deberá realizarse únicamente en el caso de que los beneficios previstos justifiquen los riesgos. 3. Los derechos, la seguridad y el bienestar de los sujetos por encima de cualquier interés. 4. Ensayos clínicos científicamente justificados y descritos en un protocolo claro y detallado. 5. Protocolo previamente aprobado por un CEIC.

19 Principios de las BPC de la ICH 8. Investigador cualificado como responsable del cuidado médico y de las decisiones tomadas. 9. Obtención del consentimiento informado de forma libre y previo a la participación. 10. La información obtenida del ensayo correctamente registrada y archivada. Permitir verificación. 11. Se deberá proteger la confidencialidad. Respeto a la privacidad. 12. Medicamentos en investigación deberán fabricarse, manejarse y almacenarse de acuerdo con las GMP (normas de correcta fabricación) y utilizados de acuerdo al protocolo.

20 Comité Ético de Investigación Clínica Un CEIC deberá salvaguardar los derechos, la seguridad y el bienestar de todos los sujetos del ensayo. Deberá prestarse especial atención a los ensayos que puedan incluir sujetos vulnerables. Responsabilidades: Dictamen favorable/desfavorable Revisión y aprobación del protocolo y modificaciones relevantes Hoja de Información al sujeto y consentimiento informado. Idoneidad del investigador (CV) Compensación económica a participantes e investigadores. Composición Al menos cinco miembros (9) Al menos 1 no científico. Al menos 1 independiente del centro del estudio Procedimientos Normalizados de Trabajo

21 Responsabilidades del Investigador (1) Cualificaciones del Investigador y Acuerdos El investigador deberá estar cualificado por su titulación, formación y experiencia (médico y odontólogo) para responsabilizarse de la realización correcta del ensayo clínico y deberá cumplir todos los requisitos especificados en la legislación. Deberá conocer a fondo las propiedades de los medicamentos en investigación. El investigador deberá conocer y ajustarse alaguíadebpc. El investigador deberá permitir al promotor la monitorización yla auditoria del ensayo clínico y a las autoridades competentes la realización de las inspecciones correspondientes.

22 Responsabilidades del Investigador (2) Equipo investigador El investigador deberá archivar el listado de las personas debidamente cualificadas en las que haya delegado obligaciones importantes relacionadas con el ensayo. Informar regularmente al equipo investigador sobre el estudio y cualquier cambio (documentar los puntos relevantes de la reunión, aclaraciones, etc.).

23

24 Responsabilidades del Investigador (3) Recursos Apropiados Capacidad para reclutar el número de sujetos adecuados. Tener suficiente tiempo para realizar el estudio (consentimiento informado, visitas del estudio, reuniones, auditorias e inspecciones). Disponer del número adecuado de personal cualificado y de las instalaciones necesarias para realizar el ensayo correctamente y con seguridad. Garantizar que todas las personas que participan en el ensayo están informadas correctamente del protocolo, los medicamentos en investigación y de sus tareas y obligaciones.

25 Responsabilidades del Investigador (4) Asistencia Médica de los Sujetos del Ensayo Durante y después de la participación de un sujeto en un ensayo el investigador/institución deberán asegurarse de que se le proporcione una asistencia médica adecuada ante cualquier acontecimiento adverso queestérelacionadoconelensayo.el investigador deberá informar al sujeto cuando éste necesite asistencia médica para las enfermedades intercurrentes de las que el investigador tenga conocimiento. Comunicación con el CEIC Antes de iniciar un ensayo, el investigador deberá obtener el dictamen favorable, por escrito y fechado, para el protocolo del ensayo, la HIP y el CI.

26 Responsabilidades del Investigador (5) Cumplimiento del protocolo Realizar el ensayo de acuerdo con el protocolo acordado con el promotor y, autorizado por la AEMPS y que tiene el dictamen favorable del CEIC. No debe realizar ninguna desviación ni modificación del protocolo sin el permiso del promotor, la revisión previa y el dictamen favorable a la modificación, por escrito, del CEIC, salvo cuando sea necesario reducir un riesgo inminente para los sujetos del ensayo. En caso de desviación al protocolo que ponga o pueda poner en peligro la seguridad del paciente o la validez de los datos, se deberá notificar de forma inmediata a la AEMPS y al CEIC.

27 Responsabilidades del Investigador (6) Medicamentos en Investigación La responsabilidad de la contabilidad de los medicamentos en investigación en el centro de investigación reside en el investigador. Registro de medicamentos. Recae en los Servicios de Farmacia. Los investigadores deberán mantener registros que documenten que a los sujetos se les suministraron las dosis especificadas en el protocolo y que los datos cuadren con los medicamentos en investigación recibidos del promotor. Garantizar que los medicamentos en investigación sólo se utilizarán de acuerdo con el protocolo aprobado. Dosis preparada y administrada correctamente.

28 Responsabilidades del Investigador (7) Consentimiento informado El investigador o una persona designada por él, deberá informar de forma completa al sujeto y darle tiempo para reflexionar yhacer preguntas. Lenguaje práctico, no técnico. Debe ser firmado y fechado por el paciente, facilitándole una copia del CI firmada y fechada Informar siempre que haya nueva información relevante para paciente, obteniéndose un nuevo CI. Ni el investigador ni el personal del ensayo deberán coaccionar o influir indebidamente al sujeto para que participe o continúe su en un ensayo. Respetar el derecho del paciente en salir en cualquier momento del estudio sin necesidad de dar ninguna razón. Documentar en la historia clínica la entrega del formulario de CI.

29 Responsabilidades del Investigador (8) Consentimiento informado (Situaciones epeciales) MENORES DE EDAD: consentimiento informado de los padres o del representante legal del menor (y asentimiento del menor). Informar al Ministerio Fiscal. CUANDO LA CONDICIÓN FÍSICA O MENTAL IMPIDE OTORGAR EL CI: consentimiento del representante legal, y cuando las condiciones del sujeto lo permitan, se obtendrá de su consentimiento. Personas que no pueden leer o escribir: un testigo imparcial estará presente durante el todo el proceso. Leerá, firmará y fechará el documento. SITUACIONES DE EMERGENCIA: cuando no es capaz de otorgar su consentimiento y carece de representante legal, sin CI. Dicha situación estará contemplada en el protocolo aprobado por el CEIC.

30 Responsabilidades del Investigador (9) Registros e informes DOCUMENTOS ESENCIALES: documentos que individual y colectivamente permiten la reconstrucción del estudio. Documentos de CI firmados y fechados Protocolo y Cuaderno de Recogida de Datos (CRD) Manual del Investigador Correspondencia / comunicaciones con CEIC, AEMPS. DOCUMENTOS FUENTE: documentos originales o copias certificadas necesarios para la verificación de los datos del estudio. Historia Clínica (evolución, informes de interconsultas, imágenes, laboratorio, notas, etc). Se debe verificar la consistencia de los datos fuente y el CRD. Todos los datos incluidos en el CRD deben figurar en la historia clínica, a menos que se describa otra cosa en el protocolo o se justifique.

31 Responsabilidades del Investigador (10) Registros e informes: CRD Sólo los investigadores o el personal del equipo investigador autorizado rellenan el CRD. Completar el CRD de manera legible. Es información para terceros. Cualquier corrección de los datos del CRD deberá ser fechado, firmado con las iniciales y explicado (si es necesario) y no deberá ocultar los datos originales Ante la solicitud del monitor, auditor, CEIC o autoridad sanitaria, el investigador/institución deberá ser capaz de tener disponibles todos los archivos relacionados con el ensayo.

32 Responsabilidades del Investigador (11) Registros e informes: CRD Garantizar la exactitud, integridad y puntualidad enlapresentación de los datos al promotor en el plazo de tiempo estipulado así como de todos los informes que se le requieran. Mantener los CRDs y archivo del investigador bajo llave durante el ensayo. Todos los registros deben guardarse y estar disponibles para inspección como mínimo hasta 2 años después de la obtención de la última autorización de uso en el mercado, o bien de la notificación por parte del promotor de que todas las investigaciones han terminado. (en la práctica se asume que son 15 años tras la finalización del estudio en el centro).

33 Responsabilidades del Investigador (12) Informes de seguimiento El investigador presentará al CEIC un resumen escrito de la situación del ensayo como mínimo una vez al año. Informes de seguridad Notificación inmediata (24h) de acontecimientos adversos graves al promotor y CEIC. La notificación inmediata deberá ir seguida de puntuales informes escritos detallados Proporcionar notificación completa y exacta de los acontecimientos adversos no graves. Facilitar al CEIC las revisiones de la seguridad del estudio, modificaciones del protocolo e informes periódicos de seguimiento del estudio.

34 Responsabilidades del Investigador (13) Finalización anticipada o suspensión de un ensayo Informar puntualmente a los sujetos del ensayo, garantizando el tratamiento y seguimiento apropiado de los mismos. Tanto si se suspende por iniciativa del promotor como del investigador, este lo deberá comunicar puntualmente a la institución y CEIC, y presentar una justificación escrita de las razones de la finalización. Informe Final del Investigador Al finalizar el ensayo, el investigador, informará a la institución y enviará al CEIC (a través del promotor) un resumen de los resultados del ensayo.

35 Responsabilidades del Investigador (14) DICTAMEN FAVORABLE DEL CEIC 60 días APROBACIÓN DE LA AEMPS 60 días CONFORMIDAD DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO / CONTRATO Hasta no tener los 3 documentos, no se puede hacer ninguna actividad El promotor no puede enviar el medicamento en investigación al centro. El sujeto de estudio no puede firmar el CI.

36 El Promotor Individuo, empresa, institución u organización responsable del inicio, gestión y/o financiación del ensayo. Financiación Datos CEIC AEMPS Registros QA Inicio/Fin Est. PROMOTOR Selec. Inv. Fármacos Monitor Auditorías Seguridad

37 El Promotor Responsabilidades (aunque delegue en CRO): 1. Seleccionar al investigador 2. Responsable del Control y Garantía de Calidad Procedimientos Normalizados de Trabajo Diseño del protocolo y organización del EC BPC y legislación 3. Medicamento en investigación: garantizar su calidad (GMP), información, etiquetado, suministro y manejo. 4. Financiación del EC (Seguro e Indemnizaciones, contrato y colaboraciones) 5. Realizar la Monitorización y auditorias. 6. Facilitar las inspecciones (autoridad sanitaria) 7. Relación con autoridades/ceic 8. Custodia y conservación documentación (hasta al menos 2 años)

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