Cristian arancibia villanueva. con COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA. agrolan.cl.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Cristian arancibia villanueva. con COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA. agrolan.cl."

Transcripción

1 Cristian arancibia villanueva con COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA. agrolan.cl Causa Rol N de noviembre de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de Controversias por Nombres de Dominio.CL y en la Reglamentación para el funcionamiento del Registro de Nombres del Dominio.CL, en adelante e indistintamente el Procedimiento, se notificó al infrascrito su nombramiento como árbitro en el conflicto suscitado con motivo de la solicitud de revocación del nombre de dominio agrolan.cl, siendo partes en este litigio, como actual asignatario del nombre de dominio, CRISTIAN ARANCIBIA VILLANUEVA, y, como solicitante de revocación, COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA. SEGUNDO: Que, el suscrito aceptó el cargo con fecha 4 de agosto de 2015, lo que se notificó a las partes y a NIC Chile según consta en autos. TERCERO: Que, consta en autos que el solicitante de revocación ha cumplido con las cargas procesales que le corresponden. CUARTO: Que, dentro de plazo, el solicitante de revocación presentó la demanda arbitral por revocación de nombre de dominio, alegando en lo medular lo siguiente:

2 COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A. fue fundada el 9 de Noviembre de 1916 y su existencia legal fue autorizada por Decreto Supremo N 2629 de fecha 30 de Diciembre de 1916, siendo inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 46, N 22, con fecha 12 de Enero de En sus inicios, la planta productiva estaba localizada en el pueblo de El Volcán, Cajón del Maipo, y la operación consistía en la extracción de colpa de yeso desde depósitos aledaños y su posterior calcinación con el propósito de proveer yeso a la construcción. Posteriormente, en 1948, con la importación de maquinaria traída desde EE.UU., Volcán amplió su operación instalando en Puente Alto una fábrica para la elaboración de planchas para la construcción en base a yeso y revestidas con cartón, que se comercializan bajo la marca VOLCÁNITA. Durante el año 1997, Volcán adquirió la totalidad de la propiedad de Minera Virginia S.A. y de Gypsum Chile S.A., haciéndose de una cartera importante de clientes agrícolas y de la marca 3 comercial FertiYeso. Conjuntamente con esto y buscando ampliar la oferta al rubro agrícola, se invirtió en una línea de pelletizado de yeso compuesta de un mezclador y disco pelletizador, cuya producción se destina a las empresas mezcladoras de fertilizantes. A comienzos de 1998 se inició la construcción de una nueva planta para la fabricación de aislantes térmicos en base a fibra de vidrio en la comuna de Puente Alto pero en terrenos distintos a los de la actual planta. La marca con la cual se comercializan estos productos es AISLANGLASS. Da cuenta de su extensa actividad industrial y reconocimientos obtenidos. La revocante posee los siguientes registros marcarios: AGROLAN, Registro , Clase 6. AGROLAN, Registro , Clase 1. AGROLAN, Registro , Clase 19. Sostiene que existe entre el dominio pedido y su marca registrada una identidad gráfica y fonética indiscutible. Sus registros marcarios protegen ampliamente productos de la construcción como se ha detallado

3 anteriormente, los cuales se venden en el ámbito de las soluciones constructivas que abarcan el ámbito de ingenieros, constructores y arquitectos del rubro. Afirma que es el único titular de registros marcarios sobre dicha expresión, por cuanto la utilización por un tercero de una expresión sustancialmente similar, producirá entre los miembros del público consumidor, una conexión inmediata con sus productos y servicios, siendo, en ese sentido, escasa cualquier posibilidad de coexistencia pacífica. Sus derechos serían preexistentes respecto del nombre de dominio en disputa y careciendo el actual titular de derechos de propiedad industrial, le asistiría un derecho preferente a su favor. Este derecho preferente rompe con el principio rector de la Reglamentación para el funcionamiento del Registro de Nombres de Dominio CL, first come, first served, con lo cual corresponde la revocación de la asignación del dominio en disputa. Afirma que de la visita a la página web solicitada, puede apreciarse que ésta se desempeñaría en su mismo rubro es decir en relación con el área de la ingeniería, lo que acrecienta más aún la posibilidad de error o confusión que pueden sufrir los usuarios de internet. Indica que, en conformidad con la jurisprudencia existente relativa a nombres de dominio, con el derecho comparado y la normativa nacional vigente, al resolver respecto de la titularidad de un nombre de dominio, se debe necesariamente considerar la titularidad de los registros marcarios que existen, respecto a un signo distintivo que se encuentra íntegramente contenido en el dominio solicitado. Según la denominada Política Uniforme de Resolución de Conflictos de Nombres de Dominio (ICANN), se reconoce como aspecto fundamental para la resolución de conflictos, la titularidad de registros marcarios para el signo en cuestión. Criterio que ha sido recogido en el Reglamento de Nic Chile, particularmente en el artículo 20. Sostiene que los usuarios de Internet que conocen e identifican a una determinada organización, empresa, o persona, mediante una designación

4 determinada; posee la legítima expectativa de encontrar en Internet a dicha organización, persona o empresa. La determinación del espacio en Internet en el que se encuentra ubicado un determinado sujeto, es usualmente hecha por los usuarios a través de una asociación cognitiva entre un nombre de dominio, y la designación que individualiza a una persona, organización, o empresa, existiendo a este respecto, una suerte de fe pública en que el nombre de dominio de un determinado sujeto tendría correspondencia con el nombre o actividad que lo individualiza y distingue en el mercado. El solicitante de revocación acompañó los siguientes documentos: 1. Copia impresa de los dominios 2. Copia impresa del dominio objeto de la revocación 3. Copia de la página con antecedentes de Compañía Industrial El Volcán S.A. 4. Copia de sus registros marcarios. QUINTO: Que, este Tribunal tuvo por interpuesta la demanda de revocación, por acompañados los documentos presentados, y dio traslado de la presentación al actual asignatario del nombre de dominio. SEXTO: Que, dicho traslado fue evacuado por el actual titular, alegando en lo medular, lo siguiente: - Don CRISTIAN ARANCIBIA VILLANUEVA es Ingeniero Agrícola, mención Ganadería, título que obtuvo el año Desde entonces, ha prestado servicios en el área agrícola, principalmente como operador acreditado en el programa para la recuperación de suelos degradados, gestión en derechos de agua, y proyectos de inversión y asesoría general en el rubro agropecuario, todo esto en la comuna de Lanco, en la Región de los Ríos. Asimismo, y en vista de la experiencia y contactos que adquiere durante su carrera, adiciona también el servicio de corretaje de propiedades, siempre en la comuna de Lanco.

5 - En vistas del éxito de su actividad, decide darse a conocer por un nombre de fantasía, con el fin de hacer más fácil la recordación de su imagen y sus servicios a sus clientes y poder asimismo darle mayor difusión mediante un nombre atractivo. Así, es que finalmente bautiza a su emprendimiento como AGROLAN. - La denominación AGROLAN, por la que se hace llamar en su rubro y por la cual se hace conocido, proviene de la sencilla idea de fusionar el concepto de AGRONOMÍA, con el área geográfica donde se encuentra emplazado, esto es, la comuna de LANCO. - El actual titular inscribe de buena fe el dominio AGROLAN.CL, con el objeto de darse visibilidad más fácilmente, para que sus clientes tengan acceso a sus servicios tanto de corretaje como de ingeniería agrícola. - Afirma que el sitio web le permitirá dar a conocer sus servicios a través de la web, proveer de información técnica a los potenciales clientes, además de permitirles una comunicación fluida y un rápido contacto, además de la imperiosa necesidad de tener correos corporativos (@AGROLAN.cl) que le otorgan una seriedad indispensable a cualquier actividad, y por supuesto, un nombre corto y fácil de recordar como enlace web. - Indica que el uso que le da al dominio se encuentra protegido por la normativa pertinente, en particular lo dispuesto en el artículo 20 de la RNCL y el párrafo 4 letra c) de la UDRP. - Sostiene que, en atención a los documentos que acompaña, se acredita conducta concluyente, dirigida inequívocamente a utilizar el nombre de dominio en disputa para la realización de una actividad lícita y de buena fe. - La expresión AGROLAN, si bien no corresponde directamente a una palabra del idioma español, sí es una expresión que ha sido utilizada pacíficamente por distintos particulares, para designar los más diversos proyectos o emprendimientos. - Afirma que si se busca el término en comento en Google o Facebook, figura una gran cantidad de resultados diferentes para la expresión. Todo lo anterior arroja una conclusión inequívoca: la expresión AGROLAN no

6 constituye un signo que sea creación o que pertenezca exclusivamente a alguna de las partes, sino que existen innumerables usos por parte de distintas personas, por lo que no puede avalarse que un único titular reclame el derecho excluyente en su utilización, máxime cuando éste ni siquiera figura siquiera como una de las fuentes relacionada a la expresión. - Afirma que la titularidad de marcas comerciales no otorga derechos sobre un nombre de dominio determinado, sino que es solo uno más de los antecedentes a considerar para la resolución de este tipo de conflictos, pero en ningún caso el único criterio relevante. - Sostiene que considerar que las marcas comerciales de la demandante le otorgan un interés preferente en el dominio en disputa, importaría equiparar dos registros de naturaleza distinta. las marcas comerciales están sujetas a una clasificación, y pueden perfectamente subsistir varias marcas bajo un mismo nombre si se refieren a productos o servicios distintos. Por otro lado, los nombres de dominio no operan de esta manera, no pudiendo existir más de un SLD (Secondary Level Domain, el nombre del dominio) para cada TLD (Top Level Domain, la extensión, en nuestro caso.cl, del cctld correspondiente a Chile). Pretender aplicar la legislación marcaria a los nombres de dominio transgrede la propia naturaleza de las marcas comerciales, que solo otorgan derechos para los productos y servicios efectivamente distinguidos por ella, y no a la denominación misma sin tomar en cuenta su ámbito de protección. En este sentido, la marca de la demandante protege las clases 1, 6 y 19, todas clases de productos, mientras que el actual titular ofrece servicios de ingeniería y corretaje de propiedades, que de estar registrados como marca, lo serían en las clases 42 y 36 respectivamente. - Alega que no se ha acreditado de ninguna forma que se produzca efectivamente la supuesta confusión que refiere la demandante, desembocando en una simple afirmación que no tiene ningún valor para el proceso. En este sentido, la solicitante de revocación no acompaña una

7 sola prueba de estar utilizando, o incluso de haber utilizado jamás, la marca AGROLAN, ya sea en el mercado real o en internet. - De igual forma, indica que la demandante sólo ha citado las normas UDRP y Reglamento de Nic Chile en parte, omitiendo lo importante del mismo y desvirtuando su real contenido y alcance. - Afirma que le asiste el principio first come, first served. El actual titular acompañó los siguientes documentos: 1. Certificado de Título de don CRISTIAN ARANCIBIA VILLANUEVA, acreditando su calidad de Ingeniero Agrícola, mención Ganadería, concordante con la actividad a la que se dedica hoy en día. 2. Captura de pantalla del dominio AGROLAN.CL 3. Impresión de la página de Facebook de AGROLAN, 4. Impresión de la ubicación de AGROLAN en Google Maps, dando cuenta de su emplazamiento físico en la comuna de Lanco, Región de los Ríos. 5. Impresión de la búsqueda en Google de la expresión AGROLAN, dando cuenta de su asociación a múltiples titulares, ninguno de ellos siendo el revocante de autos. 6. Impresión de la búsqueda en Facebook de la expresión AGROLAN, comprobando que en los resultados sí figura el actual titular. 7. Copia del informe evacuado por el árbitro Luis Valencia Arancibia en el recurso de queja seguido en su contra por el dominio myrobinsoncrusoe.cl, en que se señala expresamente que las controversias por nombres de dominio son distintos a los conflictos marcarios. 8. Copia del fallo recaído en juicio sobre el nombre de dominio nutraceutical.cl 9. Copia del fallo de la Corte de Apelaciones, recaído en el recurso de queja presentado contra el árbitro Marcos Morales Andrade por la sentencia del dominio antedicho.

8 10. Copia del fallo de la Corte de Apelaciones, recaído en el recurso de queja presentado contra el árbitro Luis Valencia Arancibia por la sentencia sobre el dominio myrobinsoncrusoe.cl. 11. Copia del fallo recaído en juicio sobre el nombre de dominio entrecopas.cl 12. Copia del fallo recaído en juicio sobre el nombre de dominio blackcatchile.cl 13. Copia del fallo recaído en juicio sobre el nombre de dominio lacremeria.cl 14. Impresión de los datos del dominio AGROLAN.CL, obtenida de NIC Chile, en que consta el contacto administrativo del dominio en disputa. SÉPTIMO: Que, atendiendo el mérito del proceso, este Tribunal citó a las partes a oír sentencia, decretando como medida para mejor resolver la inspección personal del Tribunal al sitio web otorgando un plazo de 3 días para efectos de que las partes formularan las observaciones que estimaren pertinentes. OCTAVO: Que, en uso de dicha oportunidad, las partes formularon sus observaciones, reiterando los argumentos planteados en sus presentaciones previas, lo que este Tribunal tuvo presente. CONSIDERANDO: NOVENO: Que, atendido a que los documentos acompañados por las partes no han sido objetados, y han sido presentados en tiempo y forma, se tendrán por reconocidos para todos los efectos probatorios en esta causa. DÉCIMO: Que, el solicitante de la revocación cumplió con todas las cargas ordenadas por el Tribunal y practicó las presentaciones dentro del plazo estipulado, demandando la revocación del nombre de dominio agrolan.cl, argumentando en lo medular y sustancial que en el caso de autos posee un interés preferente respecto al nombre de dominio en conflicto, toda vez que éste es similar a la marca comercial de su representada, buscando el actual titular,

9 inducir a error o engaño a los clientes del solicitante de revocación, aprovechándose del prestigio de la marca comercial AGROLAN. UNDÉCIMO: Que, el objeto de este proceso consiste en determinar si en la especie se cumplen o no los requisitos para que, de conformidad con el título "De las Revocaciones de Dominio", artículos 18 y siguientes del Procedimiento, tenga lugar la revocación del nombre de dominio agrolan.cl, lo que, en la especie, deberá ser establecido por este árbitro a través de los dichos y pruebas aportadas por el solicitante de la revocación y el actual asignatario. DÉCIMO SEGUNDO: Que, de acuerdo a las disposiciones ya singularizadas, el caso que nos ocupa consiste en una revocación denominada temprana, esto significa que el revocante puede invocar un interés preferente, bastando que se acrediten derechos preferentes al dominio, por una parte para que éste le sea asignado. DÉCIMO TERCERO: Que, siendo efectivo que CRISTIAN ARANCIBIA VILLANUEVA es el actual titular, este sentenciador ha señalado reiteradamente en su jurisprudencia que el principio first come, first served es precisamente un principio, mas no un derecho, únicamente orientador en idéntica situación de relevancia de los intereses que se pretende satisfacer, por lo que corresponderá avocarse al análisis del fondo de los mismos. DÉCIMO CUARTO: Que, en relación con el solicitante de revocación, queda acreditado a través de los argumentos planteados y la documentación acompañada que es titular de la marca AGROLAN. De lo señalado, y de sus propios dichos se desprende que su interés en la asignación del nombre de dominio es obtener protección de su signo distintivo y evitar la confusión de los consumidores y usuarios.

10 DÉCIMO QUINTO: Que, como ha sostenido este sentenciador en su jurisprudencia uniforme, el antecedente marcario no debe ser considerado como único ni decisivo para efectos de resolver los conflictos surgidos de las inscripciones de nombres de dominio, pero sí debe ser correctamente sopesado a la hora de determinar un mejor derecho sobre ellos. DÉCIMO SEXTO: Que, la importancia primordial de los nombres de dominio es la de identificar un determinado producto, servicio, organización o cualquier tipo de sistema social en la Web, en forma rápida y precisa, a fin de evitar que las personas en general y los consumidores en particular, de los productos y servicios cuya información se recaba a través de Internet, experimenten confusión sobre la procedencia, calidad y características o condiciones de los mismos. DÉCIMO SÉPTIMO: Que, en atención a que éste sentenciador es llamado a resolver los asuntos que son sometidos a su conocimiento en virtud de las reglas de la prudencia y la equidad, se ha realizado una inspección personal del tribunal en la página web del dominio en disputa, a saber, Este árbitro comprobó que el sitio web se encuentra operativo, sin presentar mayor contenido que una breve descripción de su actividad. La gran mayoría de las secciones del sitio web se encuentran vacías. DÉCIMO OCTAVO: Que, asignar el nombre de dominio agrolan.cl al solicitante de revocación con la sola finalidad de proteger su signo distintivo, el que se conforma por la expresión AGROLAN, el que protege sólo productos relacionados con materiales de construcción, químicos destinados a la industria, así como a la agricultura, horticultura, entre otros; no habiendo a juicio de este sentenciador una amenaza real de dilución marcaria o confusión, constituiría implícitamente otorgar una exclusividad respecto de toda expresión derivada del vocablo AGROLAN, lo que no resulta prudente considerando que en el mercado pueden coexistir, como ocurre efectivamente, distintos agentes que ostenten la titularidad de diversos registros marcarios y nombres de dominio que incorporen dicha expresión A

11 mayor abundamiento, si cada una de las partes efectúa su propia inversión en publicidad y una actividad comercial real y lícita dentro de sus respectivos rubros, que se diferencia de la actividad y campo en que se desenvuelve su contraparte, ambos debieran tener derecho a utilizar la expresión en cuestión y sus derivados, según corresponda. El caso de autos se encuadra dentro de lo señalado anteriormente, siendo la actividad que se encuentra desarrollando el actual titular totalmente diversa y amparada por un sustento comercial que este sentenciador estima real. DÉCIMO NOVENO: Que, además, siendo el interés que alienta al primer solicitante el obtener un signo distintivo con el cual identificar en la web la actividad que desempeña en el rubro de la ingeniería agrícola y corretaje de propiedades, este sentenciador estima que, por muy lícito que sea el fin que persigue con su solicitud el revocante, atendida las consideraciones precedentes, éste no puede en caso alguno preferirse al legítimo interés de su contraparte. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 636 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, el Procedimiento de Nic Chile y demás normas legales pertinentes. RESUELVO: Se rechaza la demanda de revocación deducida por parte de COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA., en contra de CRISTIAN ARANCIBIA VILLANUEVA, actual asignatario del nombre de dominio. Manténgase la actual asignación del nombre de dominio agrolan.cl a nombre de CRISTIAN ARANCIBIA VILLANUEVA, actual asignatario del nombre de dominio.

12 Comuníquese a NIC Chile para su inmediato cumplimiento. Cada parte responderá de sus costas. Resolvió Cristián Saieh Mena,. Autorizan los testigos Francisco Javier Vergara Diéguez y Sebastián Matías Contreras Pizarro.

David Araya Vallejos con ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES Y FRANQUICIAS S.A. mizuchirolls.cl. Causa Rol N 6283

David Araya Vallejos con ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES Y FRANQUICIAS S.A. mizuchirolls.cl. Causa Rol N 6283 David Araya Vallejos con ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES Y FRANQUICIAS S.A. mizuchirolls.cl Causa Rol N 6283 6 de noviembre de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

En Santiago de Chile a 2 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 2 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 2 de septiembre de 2011.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO14170 de fecha 1 de junio de 2011 me notificó de la designación

Más detalles

Mauricio Vidal Guerra. con PRODUCTOS ALIMENTICIOS DONUTS LTDA. elbarrosluco.cl. Causa Rol N 2482

Mauricio Vidal Guerra. con PRODUCTOS ALIMENTICIOS DONUTS LTDA. elbarrosluco.cl. Causa Rol N 2482 Mauricio Vidal Guerra con PRODUCTOS ALIMENTICIOS DONUTS LTDA elbarrosluco.cl Causa Rol N 2482 3 de marzo de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de

Más detalles

ASESORIAS E INVERSIONES MINERIA INTELIGENTE LTDA. v. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM. Causa Rol No. 24-2012

ASESORIAS E INVERSIONES MINERIA INTELIGENTE LTDA. v. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM. Causa Rol No. 24-2012 JUEZ ÁRBITRO CRISTIAN SAIEH MENA Fojas 98 ASESORIAS E INVERSIONES MINERIA INTELIGENTE LTDA. v. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM. Causa Rol No. 24-2012 Santiago, 23 de julio de 2012. VISTOS Y

Más detalles

Santiago, catorce de diciembre del año dos mil once. Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de

Santiago, catorce de diciembre del año dos mil once. Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de Foja 20 Santiago, catorce de diciembre del año dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de procedimiento de fojas 10 y 11 de autos y lo dispuesto por el

Más detalles

Foja 16.- En Santiago de Chile, a doce de diciembre del año dos mil cinco.-

Foja 16.- En Santiago de Chile, a doce de diciembre del año dos mil cinco.- En Santiago de Chile, a doce de diciembre del año dos mil cinco.- Foja 16.- Vistos lo dispuesto por el número Quinto de las Bases de Procedimiento de fojas 6 a 8 de autos y lo dispuesto por el artículo

Más detalles

En Santiago de Chile, a 9 de mayo de 2013.- VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 9 de mayo de 2013.- VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 9 de mayo de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO17516 de fecha 14 de enero de 2013 me notificó de la designación como

Más detalles

JANETT FUENTEALBA ROLLAT Juez Árbitro NIC Chile

JANETT FUENTEALBA ROLLAT Juez Árbitro NIC Chile Santiago, 25 de Agosto 2009 Juicio arbitral pathfinder-chile.cl Rol 44-2009 VISTOS: PRIMERO: Que, en conformidad a lo dispuesto en el No. 8 del Anexo sobre Procedimiento de Mediación y Arbitraje de la

Más detalles

Santiago, 5 de abril de dos mil diez. VISTOS,

Santiago, 5 de abril de dos mil diez. VISTOS, Santiago, 5 de abril de dos mil diez. VISTOS, PRIMERO: Que, en conformidad a lo dispuesto en el N 8 del Anexo sobre Procedimiento de Mediación y Arbitraje de la Reglamentación para el funcionamiento del

Más detalles

Fallo por dominio grancasinosantiago.cl SALGUERO HOTELS CHILE S.A. -v- ENYOY GESTION LIMITADA. Juez Arbitro. Ricardo Sandoval López

Fallo por dominio grancasinosantiago.cl SALGUERO HOTELS CHILE S.A. -v- ENYOY GESTION LIMITADA. Juez Arbitro. Ricardo Sandoval López Fallo por dominio grancasinosantiago.cl SALGUERO HOTELS CHILE S.A -v- ENYOY GESTION LIMITADA Juez Arbitro Ricardo Sandoval López ---------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

Fallo arbitral por dominio abcgroup.cl ADOLFO EUGENIO ALIAGA SILVA. -v- ABC COMERCIAL LIMITADA

Fallo arbitral por dominio abcgroup.cl ADOLFO EUGENIO ALIAGA SILVA. -v- ABC COMERCIAL LIMITADA Fallo arbitral por dominio abcgroup.cl ADOLFO EUGENIO ALIAGA SILVA -v- ABC COMERCIAL LIMITADA Juez Arbitro Ricardo Sandoval López En Santiago, 18 de Julio de 2007 VISTOS: PRIMERO: Que por Oficio OF06925,

Más detalles

Janett Fuentealba Rollat Juez Árbitro Nic Chile

Janett Fuentealba Rollat Juez Árbitro Nic Chile Juicio arbitral bonnefete.cl Pablo Abarca Tapia vs. Chocolates del Mundo Ltda. Causa Rol No. 2308 SENTENCIA DEFINITIVA ARBITRAJE POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO BONNEFETE.CL Santiago, 29 de Enero de

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO fondomagallanes.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO fondomagallanes.cl 90 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO fondomagallanes.cl Santiago, veintisiete de octubre de dos mil diez.-- VISTOS: Con fecha 3 de marzo de 2010, la sociedad Administradora

Más detalles

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro Sentencia definitiva Juicio por nombre de dominio nothofaguschile.cl ROL N 6088-2015 Santiago, 29 de febrero de 2016. VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 15 de julio de 2015, el Departamento de Ciencias de

Más detalles

Juez Arbitro. Ricardo Sandoval López

Juez Arbitro. Ricardo Sandoval López Fallo arbitral por dominio altojuicio.cl DATTATEC.COM SOLUCIONES DE HOSTING LIMITADA v- ALTO S.A. Juez Arbitro Ricardo Sandoval López ---------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código Foja 45 Santiago, veintiocho de marzo de dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Rol: 9331. Dominio: residenciasenior.cl. Caratulados: INMOBILIARIA SENIORS S.A. con Ruth Metayer Biolley. Tipo de revocación: temprana. SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, 29 de abril de 2016 VISTOS 1) Con

Más detalles

TRÁVELNEWS.CL. Santiago, veintinueve de Diciembre de dos mil cinco.- VISTOS: I. PARTE EXPOSITIVA.

TRÁVELNEWS.CL. Santiago, veintinueve de Diciembre de dos mil cinco.- VISTOS: I. PARTE EXPOSITIVA. TRÁVELNEWS.CL Santiago, veintinueve de Diciembre de dos mil cinco.- VISTOS: I. PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Compromiso. Que con fecha 29 de junio de 2005, fue entregada al Juez Arbitro la carpeta Oficio NIC

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número Quinto de las Bases de. Procedimiento de fojas 9 y 10 de autos y lo dispuesto por el artículo 170 del

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número Quinto de las Bases de. Procedimiento de fojas 9 y 10 de autos y lo dispuesto por el artículo 170 del Foja 32 Santiago, siete de noviembre del año dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número Quinto de las Bases de Procedimiento de fojas 9 y 10 de autos y lo dispuesto por el artículo

Más detalles

JAVIER VELOZO ALCAIDE Juez Árbitro

JAVIER VELOZO ALCAIDE Juez Árbitro Santiago, veintitrés de mayo de dos mil dieciséis NOMBRE DE DOMINIO EN CONTROVERSIA rehma.cl TITULAR Daniel Cortés REVOCANTE REMA COMERCIAL E INDUSTRIAL LIMITADA TIPO DE REVOCACIÓN Temprana EXPEDIENTE

Más detalles

Arbitraje nombre de dominio sumatec.cl. Oficio NIC Santiago, 19 de Julio de VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

Arbitraje nombre de dominio sumatec.cl. Oficio NIC Santiago, 19 de Julio de VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Arbitraje nombre de dominio sumatec.cl Oficio NIC 5507-2005 Santiago, 19 de Julio de 2007. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO : Que, en conformidad a lo dispuesto en el N 8 del Anexo sobre Procedimiento

Más detalles

Fallo arbitral por dominio latamcargo.cl EDGAR CUSTODIO TORRES VALDEBENITO. -v- Lan LAN AIRLINES S.A. REP (SILVA Y CIA)

Fallo arbitral por dominio latamcargo.cl EDGAR CUSTODIO TORRES VALDEBENITO. -v- Lan LAN AIRLINES S.A. REP (SILVA Y CIA) 1 Fallo arbitral por dominio latamcargo.cl EDGAR CUSTODIO TORRES VALDEBENITO -v- Lan LAN AIRLINES S.A. REP (SILVA Y CIA) Juez Arbitro Ricardo Sandoval López ---------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO reservaladehesa.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO reservaladehesa.cl 289 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO reservaladehesa.cl Santiago, jueves dieciocho de junio de dos mil nueve.- VISTOS: Con fecha diecisiete de septiembre de dos

Más detalles

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Luis José Diez Canseco Núñez Presidente Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LA COMUNIDAD ANDINA

Más detalles

1) Que por oficio 201503031732-3941 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro

1) Que por oficio 201503031732-3941 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro Fallo por Arbitraje de dominio "Medifarma.cl" Expediente Rol N 3941 Santiago, siete de mayo de dos mil quince. VISTOS: 1) Que por oficio 201503031732-3941 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro de Resolución

Más detalles

Fallo arbitral por dominio zoechile.cl FELIPE ANDRÉS CISTERNA CONCHA. -v- OPTICAS GMO CHILE S.A.

Fallo arbitral por dominio zoechile.cl FELIPE ANDRÉS CISTERNA CONCHA. -v- OPTICAS GMO CHILE S.A. Fallo arbitral por dominio zoechile.cl FELIPE ANDRÉS CISTERNA CONCHA -v- OPTICAS GMO CHILE S.A. Juez Arbitro Ricardo Sandoval López ---------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

1) Que por oficio 201505251159-4939 de fecha 25 de mayo de 2015, el Centro

1) Que por oficio 201505251159-4939 de fecha 25 de mayo de 2015, el Centro Fallo por Arbitraje de dominio "BIOWATT.CL" Expediente Rol N 4939 Santiago, veintidós de julio de dos mil quince. VISTOS: 1) Que por oficio 201505251159-4939 de fecha 25 de mayo de 2015, el Centro de Resolución

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las Bases de

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las Bases de Foja 163 Santiago, ocho de agosto del año dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las Bases de Procedimiento de fojas 21 y siguiente de autos, lo dispuesto por el

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código Foja 111 Santiago, veintisiete de enero de dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170

Más detalles

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO senderoschile.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO senderoschile.cl 50 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO senderoschile.cl Santiago, veintiocho de abril de dos mil once.- VISTOS: Con fecha veintiséis de abril de dos mil diez, don

Más detalles

Juan Agustín Castellón Munita Juez Arbitro

Juan Agustín Castellón Munita Juez Arbitro Sentencia definitiva Juan Agustín Castellón Munita Juicio por nombre de dominio tekso.cl Santiago, 2 de marzo de 2012. VISTOS: PRIMERO: Que por Oficio Nº 14.612 de fecha 20 de julio de 2011 del Departamento

Más detalles

Santiago de Chile, catorce de noviembre del año dos mil once. Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las Bases de

Santiago de Chile, catorce de noviembre del año dos mil once. Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las Bases de Foja 22 Santiago de Chile, catorce de noviembre del año dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las Bases de Procedimiento de fojas 7 y 8 de autos y lo dispuesto

Más detalles

MAT: Arbitraje por revocación de nombre de dominio nexpresso.cl

MAT: Arbitraje por revocación de nombre de dominio nexpresso.cl MAT: Arbitraje por revocación de nombre de dominio nexpresso.cl Santiago, 14 de septiembre de 2016. VISTOS: 1.- Que por oficio N 201606201103-10143, de fecha 20 de junio de 2016, el Centro de Resolución

Más detalles

En Santiago de Chile a 9 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 9 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 9 de septiembre de 2009.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO10381 de fecha 4 de marzo de 2009 me notificó de la designación

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Luis Villarroel Villalón Juez Árbitro Sistema de solución de controversias NIC Chile Expediente Rol Nº3385-2014 Nombre de dominio: pomarolapizza.cl Titular: Felipe Alcerreca. Revocante: Empresas Carozzi

Más detalles

Nombre de Dominio : inoxcentro.cl Rol Expediente : 9577. : Inoxcentro Comercial S.A. Santiago, a veinticinco de mayo de dos mil dieciséis.

Nombre de Dominio : inoxcentro.cl Rol Expediente : 9577. : Inoxcentro Comercial S.A. Santiago, a veinticinco de mayo de dos mil dieciséis. Nombre de Dominio : inoxcentro.cl Rol Expediente : 9577 Titular : Megacero Ltda. Revocante : Inoxcentro Comercial S.A. Santiago, a veinticinco de mayo de dos mil dieciséis. VISTOS: 1.- Que con fecha tres

Más detalles

Rol: 9864. Dominio: facturaelectronicaenfacil.cl. Caratulados: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS con Jorge Silberstein. Tipo de revocación: temprana.

Rol: 9864. Dominio: facturaelectronicaenfacil.cl. Caratulados: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS con Jorge Silberstein. Tipo de revocación: temprana. Rol: 9864. Dominio: facturaelectronicaenfacil.cl. Caratulados: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS con Jorge Silberstein. Tipo de revocación: temprana. SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, 16 de mayo de 2016 VISTOS

Más detalles

1) Que por oficio 201503031732-3877 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro

1) Que por oficio 201503031732-3877 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro Fallo por Arbitraje de dominio "Aeropostalexpress.cl" Expediente Rol N 3877 Santiago, siete de mayo de dos mil quince. VISTO: 1) Que por oficio 201503031732-3877 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro

Más detalles

PABLO ELTESCH FIGUEROA v. VARELA HERMANOS S.A. Causa Rol N

PABLO ELTESCH FIGUEROA v. VARELA HERMANOS S.A. Causa Rol N PABLO ELTESCH FIGUEROA v. VARELA HERMANOS S.A. Causa Rol N 03-2012 Santiago, 07 de mayo de 2012. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el N 8 del Anexo sobre Procedimiento

Más detalles

Foja 116.- En Santiago de Chile, a veinticuatro de abril del año dos mil seis

Foja 116.- En Santiago de Chile, a veinticuatro de abril del año dos mil seis Foja 116.- En Santiago de Chile, a veinticuatro de abril del año dos mil seis Vistos lo dispuesto por el número Quinto de las Bases de Procedimiento de fojas 54 y 55 de autos y lo dispuesto por el artículo

Más detalles

En Santiago de Chile, a 8 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 8 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 8 de mayo de 2012.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO15610 de fecha 22 de diciembre de 2011 me notificó de la designación

Más detalles

. Nombre de Dominio : grupoagua.cl Rol Expediente : 2032 : Áreas Verdes Agua S.P.A.

. Nombre de Dominio : grupoagua.cl Rol Expediente : 2032 : Áreas Verdes Agua S.P.A. . Nombre de Dominio : grupoagua.cl Rol Expediente : 2032 Titular : Áreas Verdes Agua S.P.A. Revocante : Aguas Andinas S.A. Santiago, a trece de julio de dos mil quince. VISTOS: 1.- Que con fecha veintiséis

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO bruno.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO bruno.cl 184 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO bruno.cl Santiago, jueves veintinueve de junio de dos mil seis.- VISTOS: Con fecha 26 de octubre de 2005, la sociedad Auto

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Luis Villarroel Villalón Juez Árbitro Sistema de solución de controversias NIC Chile Expediente Rol Nº2362 Nombre de dominio: tporvenir.cl Titular: Rodrigo Lucero Revocante: Aguas CCU- NESTLÉ CHILE S.A.

Más detalles

En Santiago de Chile a 7 de enero de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 7 de enero de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 7 de enero de 2008.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO7871 de fecha 17 de agosto de 2007 me notificó de la designación como

Más detalles

En Santiago de Chile a 14 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 14 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 14 de agosto de 2012.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio 16265 de fecha 15 de mayo de 2012 me notificó de la designación como árbitro

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 17 y 18 de autos, artículo 170 del Código de

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 17 y 18 de autos, artículo 170 del Código de Foja 47 Santiago, veinte de diciembre del año dos mil diez Vistos: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de procedimiento de fojas 17 y 18 de autos, artículo 170 del Código

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Expediente Rol N 541, agener.cl. Titular: Michael Tengelin Barrientos Revocante: AES Gener S.A. Tipo de Revocación: Temprana SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, dos de julio de dos mil quince. VISTOS: 1.- Que

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO idealsa.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO idealsa.cl 122 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO idealsa.cl Santiago, viernes siete de diciembre de dos mil siete.- VISTOS: Con fecha 19 de abril de 2007, don Francisco Javier

Más detalles

DENOMINACIÓN DE ORIGEN PISCO. Noviembre 2010

DENOMINACIÓN DE ORIGEN PISCO. Noviembre 2010 DENOMINACIÓN DE ORIGEN PISCO Noviembre 2010 Titularidad de las Denominaciones de Origen en el Perú El titular de las denominaciones de origen reconocidas como tales es el Estado Peruano, quien a su vez

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a diecisiete de enero del año dos mil quince. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número mil nueve del año dos mil catorce, sobre nombre de

Más detalles

MATEHUALA, SAN LUIS POTOSI, A 14 CATORCE DE ABRIL DEL 2015 DOS MIL QUINCE.-

MATEHUALA, SAN LUIS POTOSI, A 14 CATORCE DE ABRIL DEL 2015 DOS MIL QUINCE.- 1 MATEHUALA, SAN LUIS POTOSI, A 14 CATORCE DE ABRIL DEL 2015 DOS MIL QUINCE.- VISTO para resolver oficiosamente el sobreseimiento de la causa número 02/2013, que se instruye en contra de ELIMINADO, por

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

En Santiago de Chile a 18 de abril de 2008-. VISTOS PARTE EXPOSITIVA

En Santiago de Chile a 18 de abril de 2008-. VISTOS PARTE EXPOSITIVA 1 de 5 24-04-2008 17:32 Asunto: Fallo "24x7chile.cl" De: Guillermo Carey C. Fecha: Fri, 18 Apr 2008 19:00:03-0400 A: "'sergio.safm@gmail.com'" , "'sfuentes@vxs.cl'"

Más detalles

MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio "radiosmotorola.cl

MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio radiosmotorola.cl MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio "radiosmotorola.cl Santiago, tres de Septiembre de dos mil quince. VISTOS: 1.- Que por oficio N 201506251217-5788, de fecha 25 de Junio de 2015, el Centro

Más detalles

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS COMISIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS RESOLUCIÓN Nº 002-2015/CSD-INDECOPI EXPEDIENTE : 444625-2011 ACCIONANTE EMPLAZADA MATERIA : CARRASCO ROJAS, FELIX WALTER : PRODUCTORA DE ALIMENTOS

Más detalles

CUARTO: Que, con fecha 27 de Enero de 2010, se notifica a todas las partes el procedimiento arbitral a seguir por correo electrónico.

CUARTO: Que, con fecha 27 de Enero de 2010, se notifica a todas las partes el procedimiento arbitral a seguir por correo electrónico. Arbitraje nombre de dominio STOPISAPRES.CL Oficio NIC 11767-10 Santiago, 15 de Abril de 2011. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO : Que, en conformidad a lo dispuesto en el N 8 del Anexo sobre Procedimiento

Más detalles

PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN (Refundido) Apruébase el siguiente Plan Técnico Fundamental de Numeración. TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN (Refundido) Apruébase el siguiente Plan Técnico Fundamental de Numeración. TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN (Refundido) DECRETO: Apruébase el siguiente Plan Técnico Fundamental de Numeración. TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Artículo 4

Más detalles

ANTECEDENTES. Registro Salida Nº: 3186 Fecha: 19/01/2017 MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

ANTECEDENTES. Registro Salida Nº: 3186 Fecha: 19/01/2017 MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN DE LA POR LA QUE SE CONCEDE LA PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LA LICENCIA SINGULAR PARA EL DESARROLLO Y EXPLOTACIÓN DEL TIPO DE JUEGO BLACK JACK CON LA QUE CUENTA LA ENTIDAD RANK MALTA OPERATIONS,

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO. hipnoterapias.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO. hipnoterapias.cl TRIBUNAL ARBITRAL Jacqueline Abarza T. Juez Árbitro TRIBUNAL ARBITRAL Jacqueline Abarza T. Juez Árbitro SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO hipnoterapias.cl Santiago,

Más detalles

Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información

Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información 9.0.0.04 Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y se establecen

Más detalles

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias

Más detalles

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O EXPEDIENTE NÚMERO: 1668/2012 JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. - - - - Tulancingo de Bravo, Hidalgo, a 27 veintisiete de marzo del año 2013 dos mil trece.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Más detalles

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN QUE LA OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR (MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS) HABRÁ DE LLEVAR A CABO SOBRE LAS MARCAS COMUNITARIAS PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN

Más detalles

Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado.

Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado. MARCA Y BRANDING Docente: Lina Bernal Contexto de marcas Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado. Qué

Más detalles

ese momento el centro debe realizar el registro que son responsabilidad del ministerio

ese momento el centro debe realizar el registro que son responsabilidad del ministerio Junio 2016 *El alumno/a presenta la solicitud y la documentación correspondiente en el centro educativo donde se encuentra matriculado (centro autorizado para el procedimiento por la Comunidad). En ningún

Más detalles

Nombre del trámite: SOLICITUD DE CONCESION DE ACUICULTURA.

Nombre del trámite: SOLICITUD DE CONCESION DE ACUICULTURA. Nombre del trámite: SOLICITUD DE CONCESION DE ACUICULTURA. Descripción: Una concesión de acuicultura es el acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Defensa Nacional otorga a una persona los

Más detalles

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en

Más detalles

MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio "economicosgratis.cl

MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio economicosgratis.cl MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio "economicosgratis.cl Santiago, 29 de Julio de 2015 VISTOS: 1.- Que por oficio N 201505141804-4993, de fecha 14 de mayo de 2015, el Centro de Resolución

Más detalles

Dibujos y modelos industriales y el Arreglo de La Haya: Introducción ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Dibujos y modelos industriales y el Arreglo de La Haya: Introducción ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Dibujos y modelos industriales y el Arreglo de La Haya: Introducción ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Qué son los dibujos y modelos industriales? Por dibujo o modelo industrial se entiende

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de foja 13 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de foja 13 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código Foja 40 Santiago, veintinueve de mayo de dos mil trece VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de procedimiento de foja 13 y siguiente de autos, artículos 160 y 170

Más detalles

INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES. Versión [2.0]

INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES. Versión [2.0] INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES Versión [2.0] Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones

Más detalles

En Santiago de Chile a 20 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 20 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 20 de mayo de 2005.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO4477 de fecha 13 de enero de 2005 me notificó de la designación como

Más detalles

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES POR LA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE REASIGNACIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO DE EXCEPCIONAL INTERÉS GENERAL INTRODUCCIÓN La disposición

Más detalles

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 385 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS, DE FECHA

Más detalles

Sentencia definitiva

Sentencia definitiva Expediente Rol n 3891 axa-rental.cl Titular: Hugo Palominos Araya Revocante: AXA Tipo Revocación: Temprana Sentencia definitiva Santiago, dieciocho de mayo de dos mil quince. VISTOS: Por Oficio Nº 201503031726-3891

Más detalles

pullmofl ~i I"'j 0. 4) '/ SOL N : 819079 EXP N : 9079-08 PULLMAN HOTELS AND RESORTS CHECK IN, CHILL OUT.

pullmofl ~i I'j 0. 4) '/ SOL N : 819079 EXP N : 9079-08 PULLMAN HOTELS AND RESORTS CHECK IN, CHILL OUT. :EPUBLICA DE CHILE lstituto Nacional de Propiedad Industrial ~API SOL N : 819079 EXP N : 9079-08 ~i I"'j 0. 4) '/ ;l '1, oj ': j Ii FALLO N, Santiago, veintinueve de enero de dos mil diez PULLMAN HOTELS

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Más detalles

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro Sentencia definitiva Juicio por nombre de dominio coronasunset.cl Expediente Rol N 12770-2016 Santiago, 10 de enero de 2017 VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 21 de octubre de 2016, el Departamento de Ciencias

Más detalles

Arbitraje por la asignación de nombre de dominio enjoy-chile.cl. 1. Que por oficio Nº OF 06188 de fecha 19 de junio de 2006, el

Arbitraje por la asignación de nombre de dominio enjoy-chile.cl. 1. Que por oficio Nº OF 06188 de fecha 19 de junio de 2006, el Arbitraje por la asignación de nombre de dominio enjoy-chile.cl Oficio 06188 Santiago, 28 de agosto de 2006 VISTOS: 1. Que por oficio Nº OF 06188 de fecha 19 de junio de 2006, el Departamento de Ciencias

Más detalles

RESOLUCIÓN I.- ANTECEDENTES DE HECHO.

RESOLUCIÓN I.- ANTECEDENTES DE HECHO. En Madrid, a 22 de marzo de 2012, José Manuel Otero Lastres, experto designado por la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) para la resolución de la demanda formulada

Más detalles

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a treinta de diciembre del año dos mil quince. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número siete mil setecientos ochenta y nueve del año dos

Más detalles

REPUBLICA DE CHILE TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA

REPUBLICA DE CHILE TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA Santiago, diez de noviembre de dos mil dieciséis. Con respecto a la propuesta de acuerdo conciliatorio presentada por Fiscalía Nacional Económica (en adelante, FNE o Fiscalía, indistintamente) y G.D. Searle

Más detalles

ANEXOS FORMULARIOS 1. CLÁUSULA SOBRE VALIDACIÓN DE LA CALIDAD DEL PRODUCTO:

ANEXOS FORMULARIOS 1. CLÁUSULA SOBRE VALIDACIÓN DE LA CALIDAD DEL PRODUCTO: ANEXOS FORMULARIOS 1. CLÁUSULA SOBRE VALIDACIÓN DE LA CALIDAD DEL PRODUCTO: 4.1.7.1 Validación de la Calidad del Producto: 1 Antes de proceder a la cosecha o, en su caso, una vez entregado el producto,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

Janett Fuentealba Rollat Juez Árbitro Nic Chile

Janett Fuentealba Rollat Juez Árbitro Nic Chile Juicio arbitral fossilchile.cl Fossil, Inc. vs. Patricia Angélica Ríos Carrasco Causa Rol No. 8755. SENTENCIA DEFINITIVA ARBITRAJE POR REVOCACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO FOSSILCHILE.CL Santiago, 04 de Marzo

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

APRUEBA LA CLASIFICACIÓN CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y

APRUEBA LA CLASIFICACIÓN CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y REAL DECRETO 312/2005, de 18 de Marzo, por el que se APRUEBA LA CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA

Más detalles

LLAMADO REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE MICROCHIPS PARA LA IDENTIFICACION DE ANIMALES DE COMPAÑIA

LLAMADO REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE MICROCHIPS PARA LA IDENTIFICACION DE ANIMALES DE COMPAÑIA LLAMADO REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE MICROCHIPS PARA LA IDENTIFICACION DE ANIMALES DE COMPAÑIA I) INTRODUCCION La Ley Nº 18.471 de Protección Animal (y modificaciones introducidas por Ley Nº 19.355)

Más detalles

COMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES

COMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES DON JAIME VELÁZQUEZ VIOQUE, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado

Más detalles

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes: El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de

Más detalles

Evolución de la normativa costarricense en materia de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen.

Evolución de la normativa costarricense en materia de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Evolución de la normativa costarricense en materia de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen. Jonathan Lizano O. Registro de la Propiedad Industrial NORMATIVA

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto

Más detalles

MC/2085. Original: inglés 8 de octubre de 2002 OCTOGÉSIMA CUARTA REUNIÓN SOLUCIÓN SISTÉMICA RELATIVA A LA UTILIZACIÓN DE LOS EXCEDENTES

MC/2085. Original: inglés 8 de octubre de 2002 OCTOGÉSIMA CUARTA REUNIÓN SOLUCIÓN SISTÉMICA RELATIVA A LA UTILIZACIÓN DE LOS EXCEDENTES Original: inglés 8 de octubre de 2002 OCTOGÉSIMA CUARTA REUNIÓN SOLUCIÓN SISTÉMICA RELATIVA A LA UTILIZACIÓN DE LOS EXCEDENTES REGISTRADOS EN LA PARTE DE ADMINISTRACIÓN DEL PRESUPUESTO Página 1 SOLUCIÓN

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. 005656 DE 2010 ( 30 NOV 2010 ) EL MINISTRO DE TRANSPORTE En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 143

Más detalles

RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD

RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD Versión 31.10.2014 I. INTRODUCCIÓN La normativa vigente, legislación comunitaria MiFID (Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y de la Comisión

Más detalles

Carmen Paz Álvarez Enríquez Juez Árbitro NIC-Chile

Carmen Paz Álvarez Enríquez Juez Árbitro NIC-Chile Sentencia definitiva Arbitraje por nombre de dominio abcradio.cl Titular: DANIEL QUIROZ MEDINA Revocante: DISTRIBUIDORA DE INDUSTRIAS NACIONALES S.A. Rol Nº 8629 Tipo de revocación: Temprana Santiago,

Más detalles