Sistemas electorales y de partidos

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2 Edición 2016 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Carlota Armero núm. 5000, Colonia CTM Culhuacán, Delegación Coyoacán, 04480, Ciudad de México Coordinación: Centro de Capacitación Judicial Electoral ISBN en trámite Centro de Capacitación Judicial Electoral 2

3 Contenido Introducción Sistemas electorales Elementos del sistema electoral La conversión de votos en escaños Umbrales legal y real Tamaño de la asamblea Clasificación de los sistemas electorales Sistemas mayoritarios Sistemas proporcionales Sistemas mixtos o combinados Los sistemas de partidos Sistemas de partidos Clasificación de los sistemas de partidos Sistemas competitivos y no competitivos Interacciones en los sistemas de partidos Interacciones entre los sistemas electorales y de partidos Sistema electoral y de partidos en México El sistema de partido hegemónico en México Sistema electoral mixto Proporcionalidad y número efectivo de partidos en México Elementos constitutivos de los congresos mexicanos Conformación del Congreso federal Cámara de Diputados Cámara de Senadores Conformación de los congresos locales Anexo Anexo Anexo Centro de Capacitación Judicial Electoral 3

4 Anexo Fuentes de consulta Glosario Centro de Capacitación Judicial Electoral 4

5 Introducción En las democracias modernas los ciudadanos eligen a sus representantes a través del voto, pero siguiendo un conjunto de reglas, que pueden definirse, en un sentido amplio, como el derecho electoral de un país determinado. Una parte importante del derecho electoral la conforman los sistemas electorales, es decir, las reglas específicas según las cuales se convierten los votos en escaños dentro de un parlamento o congreso. Incluso determinan quién resulta electo para ocupar el poder ejecutivo en un Estado. Los sistemas electorales son tan importantes que con una misma votación la integración de un parlamento puede variar drásticamente. Por lo tanto, los sistemas electorales juegan un papel definitorio en la distribución de poder dentro de un régimen democrático. Por su parte, los sistemas de partidos definen las condiciones de competencia electoral por el poder político en un Estado determinado. El sistema de partidos consiste en el número, tamaño y tipo de partidos que compiten por obtener la preferencia de los ciudadanos y eventualmente el poder político, ya sea en el poder legislativo, en el ejecutivo o en ambos. También se refiere a las relaciones que los partidos tienen entre sí y con la sociedad. La ciencia política contemporánea ha encontrado relaciones importantes entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos, de manera que algunos especialistas del tema (Duverger, Sartori, Nohlen) incluso han buscado predecir resultados en uno u otro ámbito, a partir del diseño de los sistemas y del contexto específico en el que se desarrollan. Para el caso mexicano, resulta fundamental conocer el tipo de sistema electoral y de sistema de partidos que funciona en la actualidad. De esa manera pueden entenderse como reglas, principios y procedimientos que derivan de la normatividad electoral afectan los resultados electorales, teniendo siempre en cuenta que estos en buena medida dependen de las decisiones que toman los ciudadanos en las elecciones. El diseño de cada sistema no es arbitrario y sus reformas pueden afectar el tipo de representación predominante en el país. Debido a la importancia del sistema electoral para integrar la representación en un régimen democrático, y a su influencia en la competencia de los partidos políticos por el poder, es fundamental estudiar el diseño mexicano y sus efectos. A través de este manual, obtendrás los elementos suficientes para entender que detrás de las reglas que definen a los sistemas electorales y de partidos, se encuentran principios democráticos que son fundamentales para sostener la democracia representativa mexicana, y los derechos político-electorales de los ciudadanos mexicanos. Centro de Capacitación Judicial Electoral 5

6 1. Sistemas electorales 1.1 Elementos del sistema electoral El sistema electoral es el conjunto de reglas que estipula el procedimiento por el que los electores votan, votos que se convierten en escaños para los miembros del Poder Legislativo, o en cargos de gobierno en caso de la elección del Poder Ejecutivo (Nohlen 2008, 8). Los sistemas electorales 1 se componen de elementos o variables que los configuran (Nohlen 2008, 9-13): 1. Circunscripciones electorales. 2. Formas de candidatura y de votación. 3. Formas de conversión de votos en escaños. 4. Barreras legales o umbrales. Además de los anteriores, pueden tomarse en cuenta el número de escaños en disputa por cada circunscripción, el umbral real 2 o efectivo y el tamaño de la asamblea 3 (Lijphart 1994, 10-5). A continuación se explicarán cada uno de los elementos que conforman el sistema electoral. (Ver Ilustración 1) 1 Dieter Nohlen distingue entre sistema electoral en sentido amplio y sistema electoral en sentido restringido. Por sistema electoral en sentido amplio se entiende todo lo que se relaciona con las elecciones. Por sistema electoral en sentido restringido, sólo las reglas de conversión de votos en escaños (Nohlen 2008, 8). Debido a que la acepción amplia puede confundirse con la de derecho electoral, para efectos de este manual se toma el sentido restringido. 2 El umbral real es una proposición matemática que está vinculada al número de escaños en disputa en cada circunscripción: a un mayor número de escaños, un umbral real menor y a un menor número de escaños, un umbral real mayor. 3 El tamaño de la asamblea es el total de escaños que están en disputa en una elección. Centro de Capacitación Judicial Electoral 6

7 Ilustración 1 Circunscripción o distrito La circunscripción o distrito es el ámbito territorial en el que se lleva a cabo una elección, cuya distribución consiste en el número de demarcaciones en las que se divide un territorio para efectos electorales. El tamaño o magnitud de la circunscripción es el número de escaños por repartir al interior de ésta. El número de escaños en disputa puede variar entre: uno, dos o más. Si se reparte sólo un escaño en cada circunscripción se trata de una circunscripción uninominal. Por otra parte, si se reparte más de un escaño por circunscripción es plurinominal. Por ejemplo, para la integración Cámara de Diputados en México tenemos 305 circunscripciones: 300 de ellas son uninominales en México denominadas distritos electorales y 5 plurinominales, cada una conformada por una lista de 40 candidatos, para elegir a los 200 diputados de representación proporcional (RP). Cuando se trata de un escaño, la cantidad de votos que se requiere es mayor para ganarlo; mientras que cuando se trata de más de un escaño el que se encuentra en la competencia electoral, la cantidad de votos para obtener alguno es menor (Lijphart 1994, 12). Eso significa Centro de Capacitación Judicial Electoral 7

8 que a mayor tamaño de distrito (mayor número de escaños) más proporcional debe ser el resultado de la elección. Formas de candidatura y votación Las candidaturas pueden ser de dos formas: Personal: Se refiere a la candidatura de una sola persona, donde el elector debe decidir simplemente si vota por ese candidato o por otro. Por lista: En esta modalidad se pueden distinguir 3 variantes (cerrada y bloqueada; cerrada y no bloqueada, y abierta), cada una asociada con distintos procedimientos de votación para el elector. La siguiente tabla ilustra esta relación (véase Tabla 1). Tabla 1 Si la lista es Cerrada y bloqueada: No se puede alterar el orden de aparición de los candidatos en la lista. Cerrada y no bloqueada: Se puede alterar el orden de los candidatos en la lista propuesta por el partido. Abierta (no cerrada y no bloqueada): Se puede conformar una lista distinta de la originalmente propuesta por los partidos. Entonces el elector Dispone únicamente de un voto, con el que elige una lista de candidatos fija propuesta por cada partido. Dispone de un voto para elegir a un candidato dentro de la lista de un partido. Es decir, el elector puede cambiar el orden de prelación de los candidatos propuestos por los partidos. Dispone de dos votos, por lo menos: uno para la lista del partido y otro para un candidato dentro de esa lista. Dispone de varios votos y puede confeccionar su propia lista a partir de las propuestas de los partidos. Es importante puntualizar que para las candidaturas por el principio de mayoría relativa (MR), los partidos políticos no son la única vía de alcanzar el poder político en México, los candidatos pueden optar por participar en la contienda de manera independiente. Para el caso de elección por el principio de RP, las candidaturas independientes, aún no son posibles, por no estar reguladas en la legislación. Centro de Capacitación Judicial Electoral 8

9 La circunscripción o distrito es el ámbito territorial en el que se lleva a cabo una elección. Es una circunscripción uninominal si se reparte un escaño y una circunscripción plurinominal si se reparte más de un escaño. Las candidaturas pueden ser de dos formas: personal y por lista. Estas últimas pueden ser cerradas y bloqueadas; cerradas y no bloqueadas, y abiertas La conversión de votos en escaños Reglas de decisión: mayoritaria o proporcional Existen dos grandes reglas de decisión para convertir los votos en escaños: la mayoritaria y la proporcional (véase Ilustración 2). En la decisión mayoritaria gana escaños el partido que obtiene el mayor número de votos. En la decisión proporcional obtiene escaños el partido que alcanza un determinado porcentaje de los votos. Ilustración 2 Centro de Capacitación Judicial Electoral 9

10 Estas reglas de decisión corresponden respectivamente a dos principios de representación, el de mayoría y el proporcional (Nohlen 2008, 24): El principio de mayoría consiste en que un partido político que haya obtenido la votación más alta (aunque no haya alcanzado la mayoría absoluta), pueda obtener la mayor parte de los escaños y, por tanto, garantizar un predominio para la toma de decisiones. Por ejemplo, en un sistema de mayoría, un partido que gana la mayoría de los distritos electorales uninominales con el 35% de los votos, puede obtener el 60% de los escaños, de acuerdo a las reglas electorales. El principio proporcional consiste en posibilitar la mayor aproximación entre el porcentaje de votos y el número de escaños y, por tanto, lograr la mayor representatividad posible de todos los sectores de la sociedad. Por ejemplo, si en un sistema proporcional con tres partidos, dos partidos alcanzan el 40% y el tercero el 20% de los votos, obtendrían un número de escaños que corresponda al porcentaje total del Congreso proporcional a su votación. Para tener derecho a participar en la distribución de escaños por RP, es común que los partidos deban alcanzar un porcentaje determinado de votos. Ese porcentaje establecido en la ley se denomina barrera legal o umbral, tema que veremos en más detalle en el apartado de este manual. El principio de mayoría consiste en que un partido que obtuvo la votación más alta sin alcanzar la mayoría absoluto, pueda obtener la mayoría de los escaños. El principio proporcional consiste en posibilitar la mayor aproximación entre el porcentaje de votos y el número de escaños. Fórmula electoral La fórmula electoral es el procedimiento a través del cual se determina al ganador o ganadores de una elección (véase ilustración 3). Si la regla de decisión es mayoritaria, la fórmula utilizada para determinar al ganador puede ser de mayoría relativa o absoluta: Centro de Capacitación Judicial Electoral 10

11 Ilustración 3 Mayoría relativa: gana el partido que obtiene más votos. Ejemplo: elección presidencial de México. Mayoría absoluta: gana el partido que obtiene la mitad más uno de los votos. Si ningún partido obtiene una mayoría absoluta, hay que realizar una segunda vuelta de elecciones entre los dos partidos que obtuvieron el porcentaje de votación más alta en la primera vuelta. Ejemplo: elección presidencial de Francia. Otro caso interesante es la elección de presidencial en Costa Rica, donde el candidato presidencial ganador requiere obtener por lo menos el 40% de la votación a su favor y una diferencia de por lo menos 10% con respecto al segundo lugar, lo que puede catalogarse como una mayoría ponderada o específica, ya que es menor a la mayoría absoluta e incorpora tres requisitos: la mayor votación, un umbral determinado y una diferencia puntual, teniendo el propósito de evitar una segunda vuelta y que el ganador obtenga un respaldo electoral importante. En el caso de la regla de decisión proporcional existen diversos procedimientos matemáticos, los dos tipos más importantes son los procedimientos de divisor 4 y los procedimientos de cociente 5, aunque existen otros que se utilizan regularmente. A continuación se describen estos métodos proporcionales y se incluyen ejercicios hipotéticos para ilustrar la aplicación de los procedimientos específicos y sus resultados (véase Ilustración 4). 4 Los procedimientos de divisor utilizan alguna serie de números, regularmente la serie comienza en el uno y termina cuando se asigna el último escaño. 5 Los procedimientos de cociente o cuotas establecen una cantidad de votos que representa el costo de cada escaño: el cociente se obtiene de sumar los votos de los partidos y dividirlos entre el número de escaños. Cociente = votos/escaños. Centro de Capacitación Judicial Electoral 11

12 Ilustración 4 a) Divisores Fórmula D Hondt de representación proporcional La votación obtenida por cada partido se debe dividir entre números enteros sucesivos hasta cubrir el número de escaños a distribuir. La serie de divisores comienza en el uno (1) y termina cuando están repartidos todos los escaños. Ejemplo: España (Lijphart 1994, 23). Ecuación Votación Obtenida Divisor (número entero) = Cociente Ejemplos 5,930 1 = 5, 930 5,930 2 = 2, 965 5,930 Div = C En el caso que se propone, hay cuatro partidos políticos en competencia y seis escaños por repartir. Sus votaciones son divididas por unidades (divisores) comenzando desde el uno y en este caso terminando con el cuatro. Cabe destacar que el número de divisores depende del caso concreto y que en un contexto real donde normalmente hay más escaños a repartir, es necesario usar más divisores. En nuestro ejemplo, dividiendo las votaciones por cuatro queda claro que los cocientes resultantes no son entre los mayores, por lo que no es necesario seguir con más divisores (hay que tomar en cuenta que, al dividir la votación por números cada vez mayores, el cociente es cada vez más bajo). Posteriormente, se asignan Centro de Capacitación Judicial Electoral 12

13 los escaños de acuerdo a los resultados obtenidos una vez aplicados los cocientes, bajo el criterio de mayor a menor, como lo muestra la siguiente tabla (véase tabla 2). Tabla 2 (1 de 3) Partidos Votos Divisores A 22,000 22,000 11,000 7, ,500 B 17,000 17,000 8,500 5, ,250 C 5,000 5,000 2,500 1, ,250 D 26,000 26,000 13,000 8, , el primero de los seis escaños se asigna al Partido D pues tiene el número más alto de votos: 26 mil. 2. el segundo escaño corresponde al Partido A, con 22 mil votos; 3. el tercero al Partido B, con 17 mil votos; 4. el cuarto nuevamente al Partido D, con 13 mil votos; 5. el quinto al Partido A, con 11 mil votos; 6. y el sexto nuevamente al Partido D pues tiene 8 mil 667 votos. La siguiente tabla resume estos resultados (véase tabla 3). Tabla 3 (2 de 3) Partidos Votos Escaños D 26,000 1 A 22,000 2 B 17,000 3 D 13,000 4 A 11,000 5 D 8,667 6 La distribución final de escaños se muestra en la siguiente tabla (véase tabla 4). Centro de Capacitación Judicial Electoral 13

14 Tabla 4 (3 de 3) Partido Escaños A 2 B 1 C 0 D 3 Total 6 Fórmula Sainte-Laguë de representación proporcional La votación de los partidos políticos se divide entre una serie de divisores que comienzan en 1.4, seguido de los números impares sucesivos (3, 5, 7 ) hasta cubrir el número de escaños por repartir. Ejemplo: Suecia (Lijphart 1994, 23): Ecuación Votación Obtenida Divisores (1.4, 3, 5, 7 ) = Cociente Ejemplos 5, = 4, ,930 = 1, ,930 Div = C En nuestro ejemplo, hay cuatro partidos políticos en competencia y seis escaños por repartir. En este caso, la votación obtenida es dividida por los divisores 1.4, 3 y 5. Cabe destacar que el número de divisores depende del caso concreto y que en un contexto real donde normalmente hay más escaños a repartir, es necesario usar más divisores. En el ejemplo, dividiendo las votaciones por cinco queda claro que los cocientes resultantes no son entre los mayores, por lo que no es necesario seguir con más divisores; obviamente por dividir la votación por números cada vez mayores, el cociente es cada vez más bajo. La asignación de escaños se realiza de acuerdo a los resultados obtenidos después de haber aplicado los cocientes, bajo el criterio de mayor a menor, como se muestra en la siguiente tabla (véase tabla 5). Centro de Capacitación Judicial Electoral 14

15 Tabla 5 (1 de 3) Partidos Votos A 22,000 15, , ,400 B 17,000 12, , ,400 C 5,000 3, , ,000 D 26,000 18, , , el primero de los seis escaños se asigna al número más elevado de la tabla, que es el Partido D, con 18,571 votos; 2. el segundo escaño corresponde al Partido A, con 15,714 votos; 3. el tercero al Partido B, con 12,142 votos; 4. el cuarto al Partido D, con 8,666 votos; 5. el quinto corresponde al Partido A, con 7,333 votos; 6. el último escaño corresponde al Partido B, pues cuenta con 5,666 votos, La siguiente tabla resume estos resultados (véase tabla 6). Tabla 6 (2 de 3) Partidos Cocientes Escaños D 18,571 1 A 15,714 2 B 12,143 3 D 8,667 4 A 7,333 5 B 5,667 6 La distribución final de escaños se muestra en la siguiente tabla (véase tabla 7). Centro de Capacitación Judicial Electoral 15

16 Tabla 7 (3 de 3) Partidos Escaños A 2 B 2 C 0 D 2 Total 6 b) Cocientes o cuotas Fórmula Hare de representación proporcional El procedimiento Hare se realiza mediante la aplicación de un cociente de distribución, que se obtiene de dividir la suma total de la votación entre el número de escaños por repartir. Votación total = Cociente de distribución Número de escaños La asignación de escaños se basa en el número de veces que el cociente de distribución cabe en la votación de cada partido, es decir, hay que dividir la votación recibida de cada partido por el cociente de distribución. El número resultante, sin tomar en cuenta los decimales y sin redondear, es el número de escaños que debe recibir el partido. Este procedimiento regularmente se complementa con el método de restos 6 para asignar todos los escaños. Ejemplo: Alemania Federal hasta 2008 (Lijphart 1994, 23). Votación total del partido Cociente de distribución = Asignación de escaños En nuestro ejemplo hay cuatro partidos en la competencia y seis escaños por repartir como se muestra en la siguiente tabla (véase tabla 8). 6 Método que consiste en obtener los remanentes o restos de votación de cada partido político, una vez aplicado el cociente de distribución. Los restos se ordenan de mayor a menor para asignar los escaños faltantes. Centro de Capacitación Judicial Electoral 16

17 Tabla 8 (1 de 4) Partidos Votos A 22,000 B 17,000 C 5,500 D 26,000 Total 70,500 El cociente de distribución se obtiene de dividir la votación total (los 70,500 votos) entre el número de escaños a repartir (en este ejemplo son 6 escaños). De acuerdo con la siguiente calculación, en este caso el cociente es 11,750. Cociente de distribución = 70,500 6 = 11,750 La votación de cada partido se divide entre el cociente de distribución y se asignan los escaños de acuerdo al número de veces que el cociente cabe en su votación, tomando en cuenta solamente el número entero, como se muestra en la tabla (véase tabla 9). Tabla 9 (2 de 4) Partidos Votos Cociente de distribución Resultado Veces que cabe en el cociente A 22, B 17, ,750 C 5, D 26, Total 70,500 4 Con este procedimiento se han repartido cuatro escaños, los Partidos A y B tienen un escaño cada uno, el Partido D consigue dos escaños, y el Partido C no obtiene escaños. Aún quedan dos escaños por repartir, por lo que se aplica el criterio de los restos mayores, los que se calcula sumando el número de veces que el cociente fue utilizado y restando dicha cifra a la cantidad de votos. Por ejemplo, Partido A: 22,000-11,750=10,250. Los Partidos A y C tienen los remanentes o restos más grandes, por lo que ganan los escaños faltantes, como se muestra en la tabla (véase tabla 10). Centro de Capacitación Judicial Electoral 17

18 Tabla 10 (3 de 4) Partidos Restos Restos mayores Total de escaños A 10, B 5, C 5, D 2, Total 2 6 La distribución final se encuentra en la siguiente tabla (véase tabla 11): Tabla 11 (4 de 4) Partidos Escaños A 2 B 1 C 1 D 2 Total 6 Fórmula Droop de representación proporcional El procedimiento Droop se realiza mediante la aplicación de un cociente de distribución, que se obtiene de dividir la votación total de los partidos políticos entre el número de escaños a repartir más uno. Votación total = Cociente de distribución Escaños a repartir + 1 La asignación de escaños se basa en el número de veces que el cociente de distribución cabe en la votación de cada partido, es decir, hay que dividir la votación recibida de cada partido por el cociente de distribución. El número resultante, sin tomar en cuenta los decimales y sin redondear, es el número de escaños que debe recibir el partido. Este Centro de Capacitación Judicial Electoral 18

19 procedimiento regularmente se complementa con el método de restos 7 para asignar todos los escaños. Ejemplo: Alemania Federal hasta 2008 (Lijphart 1994, 24). Votación total del partido Cociente de distribución = Asignación de escaños En el caso que se propone hay cuatro partidos en la competencia y seis escaños por repartir, como se muestra en la tabla (véase tabla 12). Tabla 12 (1 de 4) Partidos Votos A 22,000 B 17,000 C 5,500 D 26,000 Total 70,500 El cociente de distribución se obtiene de dividir la votación total (los 70,500 votos) entre el número de escaños por repartir más uno (en este caso, 6+1 = 7). De acuerdo con la siguiente calculación, en este caso el cociente es de 10,071. Cociente de distribución = 70, = 70,500 = 10, El cociente de distribución se aplica a la votación de cada partido político, como se muestra en la tabla (véase tabla 13). 7 Método que consiste en obtener los remanentes o restos de votación de cada partido político, una vez aplicado el cociente de distribución. Los restos se ordenan de mayor a menor para asignar los escaños faltantes. Centro de Capacitación Judicial Electoral 19

20 Tabla 13 (2 de 4) Partidos Votos Cociente de distribución Resultado Veces que cabe en el cociente A 22, B 17, ,071.4 C 5, D 26, Total 70,500 5 Con la aplicación del procedimiento se han repartido cinco escaños; a los Partidos A y D les corresponden dos escaños, al Partido C solo uno. Aún queda un escaño por repartir, por lo que se aplica el método de los restos, los que se calcula sumando el número de veces que el cociente fue utilizado y restando dicha cifra a la cantidad de votos. El Partido B cuenta con el resto mayor como lo muestra la tabla (véase tabla 14). Tabla 14 (3 de 4) Partidos Restos Restos Mayores Total de escaños A 1, B 6, C 5, D 5, Total 1 6 La distribución final se muestra en la tabla (véase tabla 15): Centro de Capacitación Judicial Electoral 20

21 Tabla 15 (4 de 4) Partidos Total de escaños A 2 B 2 C 0 D 2 Total 6 Fórmula Imperiali de representación proporcional El procedimiento Imperiali se realiza mediante la aplicación de un cociente de distribución, que se obtiene de dividir la votación total de los partidos políticos entre el número de escaños a repartir más dos. Votación total = Cociente de distribución Escaños a repartir + 2 La asignación de escaños se basa en el número de veces que el cociente de distribución cabe en la votación de cada partido, es decir, hay que dividir la votación recibida de cada partido por el cociente de distribución. El número resultante, sin tomar en cuenta los decimales y sin redondear, es el número de escaños que debe recibir el partido. Este procedimiento regularmente se complementa con el método de restos 8 para asignar todos los escaños. Ejemplo: Alemania Federal hasta 2008 (Lijphart 1994, 24). Votación total del partido Cociente de distribución = Asignación de escaños En el caso que se propone hay cuatro partidos en la competencia y seis escaños por repartir, como se muestra en la tabla (véase tabla 16). 8 Método que consiste en obtener los remanentes o restos de votación de cada partido político, una vez aplicado el cociente de distribución. Los restos se ordenan de mayor a menor para asignar los escaños faltantes. Centro de Capacitación Judicial Electoral 21

22 Tabla 16 (1 de 4) Partidos Votos A 22,000 B 17,000 C 5,500 D 26,000 Total 70,500 Se obtiene el cociente de distribución de dividir la votación total que es igual a 70,500 entre el número de escaños por repartir más dos (en este caso, 6+2=8). De acuerdo con la siguiente calculación, en este caso el cociente es de 8, Cociente de distribución = 70, = 70,500 = 8, Posteriormente, el cociente de distribución se aplica a la votación de cada partido político, como se muestra en la tabla (véase tabla 17). Tabla 17 (2 de 4) Partido Votos Cociente de distribución Resultado Veces que cabe en el cociente A 22, B 17, ,812.5 C 5, D 26, Con la aplicación de dicho procedimiento se han repartido cinco escaños; a los partidos A y D le corresponden dos escaños, mientras al Partido B solo uno. Sin embargo, aún queda un escaño por repartir, por lo que se aplica el método de los restos, correspondiéndole al Partido C que cuenta con el resto mayor como lo muestra la tabla (véase tabla 18). Centro de Capacitación Judicial Electoral 22

23 Tabla 18 (3 de 4) Partidos Restos ARM Escaños A 4, B 8, C 5, D 8, Total 1 6 La distribución total aparece en la tabla (véase tabla 19). Tabla 19 (4 de 4) Partidos Escaños A 2 B 1 C 0 D 3 Total 6 c) Otras fórmulas: proporciones matemáticas y voto doble Proporciones matemáticas Con este procedimiento se asigna a cada partido político el número de escaños en relación directa con la proporción de la votación obtenida. Para ello, se transforma la votación de los partidos en proporciones a partir de la siguiente fórmula: Votos obtenidos por el partido Votación total = Proporción Continuando con el ejemplo de los cuatro partidos y los seis escaños a repartir, en la siguiente tabla se muestra la proporción matemática. Centro de Capacitación Judicial Electoral 23

24 Tabla 20 (1 de 4) Partidos Votos Proporción A 22, B 17, C 5, D 26, Total 70,500 Una vez obtenida la proporción que cada partido obtuvo de la votación total, se calcula la fracción en relación con el total de los escaños por distribuir, acordándonos que en este caso son 6 escaños. Por lo que se sigue la siguiente fórmula: Número de escaños a repartir Proporción = Fracción Los resultados aparecen en la tabla (véase tabla 21). A partir de tales fracciones se asignan los escaños correspondientes a cada partido político. Tabla 21 (2 de 4) Partidos Votos Proporción Fracciones Escaños A 22, B 17, C 5, D 26, Total 70,500 4 De manera que, los partidos A y B obtienen un escaño cada uno, el Partido D consigue dos escaños y el Partido C no obtiene escaños. Sin embargo, se han distribuido solo cuatro de los seis escaños por asignar, por lo que se utilizará el sistema de fracciones mayores para repartir los dos escaños faltantes. En este Centro de Capacitación Judicial Electoral 24

25 caso los partidos A y C tienen las fracciones mayores, como se muestra en la tabla (véase tabla 22). Tabla 22 (3 de 4) Partidos Votos Proporción Fracciones Escaños Escaños por Total restos A 22, B 17, C 5, D 26, Total 70,500 6 La distribución final se muestra en la tabla (véase tabla 23). Tabla 23 (4 de 4) Partidos Escaños A 2 B 1 C 1 D 2 Total 6 Voto doble En este procedimiento el electorado tiene dos votos, uno para votar por el partido político de su preferencia y el otro para elegir el candidato de la lista del partido de su selección. Para repartir los escaños, se identifican, primero, los partidos políticos que cuenten con el mayor número de votos para después identificar a los candidatos más votados de las listas de dichos partidos. La asignación de escaños se realiza de manera proporcional a los votos obtenidos. Un ejemplo es la ley electoral de Uruguay de 1910 (Lijphart 1994, 32). En el caso que se propone existen cuatro partidos políticos que compiten por seis escaños. Tienen derecho a presentar tres candidatos en sus listas. La votación de los partidos y candidatos más votados, ordenada de mayor a menor, es la que se muestra en la tabla (véase tabla 24). Centro de Capacitación Judicial Electoral 25

26 Tabla 24 (1 de 4) Partidos Votos D 26,000 A 22,000 B 17,000 C 5,500 Total 70,500 Para distribuir los escaños a los partidos políticos, se utiliza el procedimiento de Hare. Se divide la votación total, que en este caso es de 70,500, entre el número de escaños por repartir, que en este caso es 6, para obtener el cociente de distribución que es aplicado a la votación de cada partido político. Procedimiento de Hare Ejemplo Total de votación Número de escaños = Cociente de distribución 70,500 = 11,750 6 Votación total del partido Cociente de distribución = Asignación de escaños 26,000 11,750 = El resultado se aprecia en la tabla (véase tabla 25). Tabla 25 (2 de 4) Partidos Resultados Veces que cabe en el cociente D A B C Con la aplicación de dicho procedimiento se han repartido cuatro escaños, el Partido D consigue dos escaños, los Partidos A y B obtienen un escaño cada uno y el Partido C no obtiene escaños. Sin embargo, aún quedan dos escaños por repartir, por lo que se aplica el criterio de los restos mayores, siendo los remanentes de los Partidos A y C los mayores, como se muestra en la tabla (véase tabla 26). Centro de Capacitación Judicial Electoral 26

27 Tabla 26 (3 de 4) Partidos Restos ARM Total de escaños D 2, A 10, B 5, C 5, Total 2 6 La distribución final de cada partido político con la identificación de los candidatos más votados de sus listas, aparece en la tabla (véase tabla 27). Tabla 27 (4 de 4) Partidos Total de escaños Candidatos D 2 3, 2 A 2 2, 1 B 1 1 C 1 2 Total 6 Como se ha podido apreciar en este tema, las fórmulas para calcular los escaños en los sistemas electorales son tan importantes que, con una misma votación, la integración de un parlamento puede variar. Por lo tanto, los sistemas electorales juegan un papel definitorio en la distribución de poder dentro de un régimen democrático. En la tabla (véase tabla 28) se puede apreciar cómo en los casos hipotéticos, con los mismos votos dados a cada partido, los seis escaños del caso se reparten de distinta manera según la fórmula que se aplique. Tabla 28 Partidos Votos D Hondt Sainte- Proporciones Voto Hare Droop Imperiali Laguë matemáticas doble A 22, B 17, C 5, D 26, Centro de Capacitación Judicial Electoral 27

28 Como podemos observar, las fórmulas tienen diferentes efectos sobre la distribución de escaños. Algunas de ellas favorecen a los partidos más votados (D Hondt e Imperiali), a los partidos medianos (Sainte-Laguë, Droop) o a los pequeños (Hare). Las proporciones matemáticas y la fórmula Hare generan resultados más proporcionales. La fórmula electoral es el procedimiento matemático que convierte los votos en escaños. Las fórmulas D Hondt y Sainte-Laguë dividen la votación de los partidos entre una serie de divisores hasta cubrir el número de escaños a distribuir. Las fórmulas Hare, Droop y Imperiali dividen la suma total de la votación entre un número relacionado con escaños por repartir para obtener el cociente de distribución. La asignación de escaños corresponderá al número de veces que dicho cociente de distribución quepa en la votación de cada partido y se complementará con el método de restos. Proporciones matemáticas: Procedimiento que asigna a cada partido político el número de escaños en relación directa con la proporción de la votación obtenida. Para ello, se transforma la votación de los partidos en fracciones con base en la unidad. Se complementa con el método de fracciones mayores. Voto doble: En este procedimiento el electorado tiene un voto para el partido político de su preferencia y otro para elegir el candidato de la lista del partido de su selección. Los escaños se asignan a los partidos por la fórmula Hare, y después se identifican a los candidatos más votados de las listas de dichos partidos Umbrales legal y real Los umbrales o barreras son los límites que las legislaciones electorales imponen a los partidos políticos para que puedan participar en la asignación de escaños legislativos. Los Centro de Capacitación Judicial Electoral 28

29 umbrales legales pueden expresarse en una cantidad de votos determinada o en un porcentaje de votos. La doctrina ha planteado que existen dos familias de barreras legales que pueden agruparse en: Umbrales altos, cuando la legislación demanda 5% o más de votos para participar en la asignación. Umbrales bajos, cuando la legislación demanda menos de 5% de votos para participar en la asignación. La barrera legal para acceder al congreso federal mexicano es de 3%, por lo que es un caso de umbral bajo. Además de la barrera legal, existe otro tipo de umbral que es el real o efectivo. El umbral real es una medida estadística que permite obtener, en porcentaje, el costo real de obtener un escaño. Es la relación matemática que existe entre el número de escaños y el cien por ciento de los votos; por ejemplo: 1. Umbral efectivo = 100% de votos / número de escaños. 2. Umbral efectivo 1 = 100% de votos / 50 escaños = 2% de votos. 3. Umbral efectivo 2 = 100% de votos / 200 escaños = 0.5% de votos. Los ejemplos muestran que el porcentaje de votos necesario para obtener un escaño depende del número total de puestos que están en disputa. Por esto es necesario considerar tanto el umbral legal (regla electoral), como el umbral real (relación estadística). El vínculo entre los umbrales se da de la siguiente manera: Si la legislación impone una barrera legal alta, el umbral real es secundario. Si la legislación estipula una barrera legal baja, el umbral real es importante. Ejemplo: para integrar el Senado de la República Mexicana se tiene una lista de 32 escaños en una circunscripción nacional. Para tener derecho a la asignación, los partidos tienen que alcanzar el umbral legal de 3% de los votos. Para este caso, el umbral real (Ur) es mayor: Ur Senado Mexicano = 100% de votos / 32 escaños = 3.16% de votos. El resultado de la división muestra que, en el caso del Senado mexicano, el umbral real (3.16%) es más alto que la barrera legal (3%). Aunque la diferencia no es grande, esto implica que un partido que alcanza el umbral legal podrá participar en la asignación, pero no tiene garantizado el escaño. En este caso, el umbral real es importante para prever la integración del Senado, ya que los umbrales altos tienden a favorecer a los partidos más grandes. Centro de Capacitación Judicial Electoral 29

30 Los umbrales son los límites que las legislaciones imponen a los partidos. Pueden expresarse en una cantidad de votos determinada o en un porcentaje de votos. Para acceder al congreso federal mexicano se requiere un 3%, un umbral bajo Tamaño de la asamblea El tamaño de la asamblea o congreso es la cantidad total de escaños que están en disputa para conformar un órgano colegiado. Las asambleas se pueden agrupar como: Asambleas pequeñas: las de 20 miembros o menos. Asambleas medianas: las de 100 miembros o menos. Asambleas grandes: las de más de 100 miembros. El tamaño de la asamblea está relacionado con los umbrales ya que, como se mencionó con anterioridad, a menor número de escaños, más votos se necesitan para obtenerlos; mientras que un mayor número de escaños requiere un menor número de votos. También es necesario considerar si el sistema electoral establece un umbral legal para la asignación de escaños, como en el ejemplo del Senado mexicano (Lijphart 1994, 63-8). La clasificación presentada anteriormente se refiere a los congresos nacionales. Como se verá más adelante, al analizar los congresos locales mexicanos, el tamaño de la asamblea puede volverse una variable clave en la operación del sistema electoral, además de que nos obligan a replantear la clasificación basada en el tamaño. El tamaño de la asamblea es la cantidad total de escaños que están en disputa para conformar un órgano colegiado. Centro de Capacitación Judicial Electoral 30

31 1.2 Clasificación de los sistemas electorales Existen diversas clasificaciones para los sistemas electorales. Los especialistas en el tema proponen distintas clasificaciones de acuerdo a su enfoque metodológico y al énfasis que le dan a los distintos elementos o variables que conforman los sistemas electorales (Lijphart 1994; Nohlen 2008). La clasificación será diferente de acuerdo al criterio de cada autor. Para efectos de la presente manual, no es relevante entrar a la discusión sobre esas clasificaciones, sino destacar la existencia de tres tipos básicos de sistemas electorales: los sistemas de mayoría, los sistemas de RP y los sistemas mixtos o combinados. Ilustración Sistemas mayoritarios El rasgo distintivo de los sistemas de mayoría es que normalmente utilizan distritos unipersonales o uninominales. El ganador es el candidato que haya obtenido la mayor cantidad de votos, aunque no necesariamente la mayoría absoluta. Los sistemas mayoritarios tienen el propósito de generar un gobierno definido, por lo que tienden a premiar al partido más grande (en términos de votos). Los sistemas mayoritarios privilegian la gobernabilidad entendida como la capacidad de gestión y la estabilidad del gobierno en turno. Centro de Capacitación Judicial Electoral 31

32 Es posible identificar cinco variantes de este sistema: de mayoría simple (MS), voto en bloque (VB), voto en bloque por partido (VBP), voto alternativo (VA) y doble ronda (DR). 1. Mayoría simple Es el sistema más simple pues el candidato ganador es aquel que obtiene el mayor número de votos, independientemente del porcentaje que representen dichos votos. a. Ventajas: 1. Brinda opciones claramente definidas a los electores entre dos partidos. 2. Permite la formación de gobiernos de un solo partido. 3. Da cabida a la oposición. 4. Favorece a los partidos de base amplia. 5. Excluye de la legislatura a los partidos extremistas. 6. Incentiva el vínculo entre los representantes y representados, debido a que los candidatos tienen un área geográfica definida. 7. Permite al electorado escoger entre candidatos y no entre partidos. b. Desventajas: 1. No permite la representación adecuada de minorías, 2. Exacerba la figura de bastiones regionales. 3. Puede incentivar el voto dividido. 4. Puede no ser sensible a los cambios en la opinión pública. 2. Voto en bloque (VB) Sistema donde los electores disponen de un número de votos igual al de los escaños a elegir. a. Ventajas. Preserva la facultad de los electores de votar en lo individual y permitir la formación de distritos con una extensión geográfica. b. Desventajas. Puede resultar desproporcional cuando los electores le dan todos sus votos a un candidato. 3. Voto en bloque por partido (VPB) En este sistema los electores tienen un solo voto y eligen al partido de su preferencia y no por candidatos de forma individual. Centro de Capacitación Judicial Electoral 32

33 a. Ventajas. Incentiva el fortalecimiento de los partidos y la representación de minorías debido a las listas de candidatos que cada partido establece. b. Desventajas. Sus desventajas son similares a las de mayoría simple, además de que puede producir resultados poco proporcionales. 4. Voto alternativo (VA) Es un sistema usado en distritos uninominales en donde el elector ordena numéricamente a los candidatos de su preferencia. Cuando un candidato obtiene la mayoría absoluta de los votos, se convierte en el elegido. En caso de que ningún candidato obtenga la mayoría, el último se elimina y sus votos se reparten entre las segundas preferencias. a. Ventajas. Permite la combinación de intereses diversos y obliga a los candidatos a ganar la preferencia de los grupos que no son su voto fuerte. b. Desventajas. Requiere que el electorado tenga cierto nivel de alfabetización y conocimientos básicos matemáticos para hacer un uso eficiente de sus votos. 5. Doble ronda (DR) El principio de esta modalidad es que, si un candidato no obtiene la mayoría absoluta en la elección, debe realizarse una segunda ronda en donde el ganador es declarado electo. a. Ventajas: 1. Le brinda al elector una segunda oportunidad para votar por el candidato de su preferencia o hacer uso de su voto útil. 2. Incentiva la integración de intereses diversos. 3. Se ajusta a países con altos índices de analfabetismo b. Desventajas: 1. La autoridad responsable de organizar las elecciones tiene una mayor presión ya que debe organizar dos procesos, el segundo poco tiempo después del primero. 2. Comparte la mayoría de las desventajas de la mayoría simple, donde los resultados son poco proporcionados. 3. Puede resultar desgastante en países altamente divididos. No obstante, debido a la afectación de la representatividad que implican los sistemas mayoritarios, gran parte de las democracias optan por utilizar los sistemas de representación proporcional o mixtos. Centro de Capacitación Judicial Electoral 33

34 Los sistemas mayoritarios normalmente utilizan distritos unipersonales o uninominales. El ganador es el candidato que haya obtenido la mayor cantidad de votos. Se clasifican en mayoría absoluta, relativa y ponderada Sistemas proporcionales En los sistemas de representación proporcional (RP) se elige en circunscripciones plurinominales y los ganadores son los partidos que obtienen determinado porcentaje de los votos, según lo requieran las fórmulas electorales respectivas. Los sistemas proporcionales tienen el propósito de asegurar la representación de la mayor parte de las fuerzas políticas de un país, por lo que intentan reflejar la conformación política del país en el órgano legislativo. Estos sistemas privilegian la proporcionalidad entre votos y escaños, intentando que tal relación sea lo más equilibrada posible. Es decir, la conversión del porcentaje de votos obtenido por el partido político en escaños en la legislatura. Por ello, los sistemas de RP favorecen el pluripartidismo, es decir, facilitan el ingreso al legislativo de mayor número de partidos. a. Ventajas: 1. Evita los resultados poco proporcionales. 2. Incentivar acuerdos o relaciones entre grupos partidarios para la conformación de las listas del partido. 3. Impide el número elevado de votos no útiles. 4. Incentiva la representación de las minorías. 5. Limita la formación de bastiones regionales debido a que se compensan a los partidos minoritarios con cierta proporción de escaños. 6. Propicia la continuidad de proyectos y estabilidad de políticas públicas. 7. Visibiliza el ejercicio del poder y acuerdos entre fuerzas políticas. b. Desventajas: 1. La fragmentación puede generar parálisis legislativas. 2. Se le da voz y voto a partidos extremistas. 3. La gobernabilidad peligra ante gobiernos de coalición débiles. 4. Se le da poder de veto a partidos minoritarios. 5. La remoción de partidos políticos puede ser más complicada para el elector. Centro de Capacitación Judicial Electoral 34

35 Existen dos tipos principales de sistemas de RP: 1. por listas: implica que cada partido político presenta una lista de candidatos para cada uno de los distritos electorales y de donde se escogen a los ganadores. En las listas cerradas se eligen de acuerdo al orden de la lista, mientras que en las listas abiertas o libres los votantes pueden influir en la elección al marcar a los candidatos de su preferencia. 2. por voto único transferible (VUT): se emplea en distritos plurinominales, donde los electores deben marcar sus boletas de acuerdo a sus preferencias. Este sistema es parecido al de voto alternativo, los candidatos que superan cierta cuota son elegidos de inmediato, en tanto que se elimina a los menos favorecidos y sus votos se distribuyen subsecuentemente al resto de los candidatos. En los sistemas de RP se eligen los representantes circunscripciones plurinominales. Estos sistemas intentan reflejar la conformación política del país en el órgano legislativo Sistemas mixtos o combinados Los sistemas mixtos o combinados, por su parte, combinan elementos de RP y de mayoría. Intentan relacionar las ventajas de la gobernabilidad y de la proporcionalidad: generar un gobierno determinado y asegurar la representación de diversas fuerzas políticas. En los países contemporáneos existen diferentes tipos de sistemas mixtos. Algunos de ellos pretenden equilibrar ambas rutas, dividiendo los escaños en partes iguales entre MR y RP. En algunos otros países predomina el sistema mayoritario (Italia, Tailandia) o el proporcional (Alemania, Nueva Zelanda). Además, para el análisis de los sistemas mixtos es importante tomar en cuenta las relaciones entre ambas vías: si son dependientes o independientes entre sí, es decir, si existe vinculación entre la votación o resultado electoral de las dos rutas. Así, en algunos países se vota por separado por la vía de MR y la de RP (Alemania, Hungría), mientras que en otros hay un solo voto que sirve para determinar al ganador bajo ambos principios (México, Corea del Sur). Finalmente, las relaciones entre ambos principios de elección pueden incluir la vinculación entre el número de escaños que obtiene el partido bajo el principio dominante, que puede limitar el número de curules asignados bajo el principio complementario. Centro de Capacitación Judicial Electoral 35

36 Los efectos de cada sistema dependen de su diseño particular. En general, los sistemas mixtos son criticados por ser muy complicados en su aplicación y por generar dos clases de representantes. Por otro lado, entre sus ventajas podemos mencionar que no desperdician votos, son más incluyentes y propician la rendición de cuentas. En México tenemos un sistema electoral mixto, predominantemente mayoritario. Para la Cámara de Diputados se eligen 300 diputados de MR y 200 mediante listas de RP, de manera que 60% de sus integrantes se eligen mediante un sistema mayoritario. Los sistemas mixtos o combinados mezclan los elementos de RP y de mayoría. Intentan generar un gobierno determinado y asegurar la representación de diversas fuerzas políticas. Centro de Capacitación Judicial Electoral 36

37 2. Los sistemas de partidos 2.1 Sistemas de partidos Los sistemas electorales y los sistemas de partidos permiten cumplir uno de los principales objetivos de los regímenes democráticos que es generar representación política. Por medio de las reglas electorales, los partidos logran participar y competir en comicios para obtener cargos legislativos y ejecutivos. Un sistema de partidos puede definirse como el conjunto de interacciones derivadas de la competencia entre partidos, así como las relaciones y dinámica que se presentan entre ellos en un Estado determinado. Además, de acuerdo con Lipset y Rokkan (1967), los partidos actúan como agentes de la gestión del conflicto y como instrumentos de integración, a partir de lo que denominan líneas críticas de ruptura o clivajes. De acuerdo con Nohlen (2004, 41), los elementos principales que se observan en un sistema de partidos son los siguientes: Competencia e interacción entre partidos. Número de partidos. Tamaño de los partidos. Distancia ideológica entre los partidos. Relación de los partidos con la sociedad o con grupos sociales. Actitud de los partidos frente al sistema político. Los partidos en sí mismos no constituyen un sistema, sino que son partes del mismo, y un sistema de partidos es precisamente el sistema de interacciones que resulta de la competencia entre partidos (Sartori 2000, 67). Antes de continuar con el tema, es importante aclarar que la noción de sistema de partidos no se refiere al régimen legal que se aplica a los partidos políticos en un Estado determinado, ni tampoco a la organización interna de los partidos, sino que, como se mencionó en el párrafo anterior, se refiere al sistema de interacciones que resulta de la competencia entre partidos. Los partidos políticos son actores importantes en un régimen democrático. No solo funcionan como instrumentos para postular a los ciudadanos en las elecciones, sino también sirven como mediadores entre el gobierno y los ciudadanos, agregan y ordenan intereses de la sociedad, y definen el debate político predominante en un Estado. Centro de Capacitación Judicial Electoral 37

38 Los tipos de sistemas de partidos derivan de las características específicas de los partidos, sobre todo de las relaciones entre ellos. A continuación se muestran dos tipologías trascendentales: 1. La primera gran distinción es respecto a la presencia o a la ausencia de la competencia y de está se desprenden dos tipos de sistemas: competitivos: cualquier partido puede ganar. no competitivos: solamente gana el partido gobernante. 2. La segunda diferencia en los sistemas de partidos atiende al número de partidos que existan. Esto implica que pueda haber: Unipartidismo: la presencia única del partido gobernante. Bipartidismo: la existencia de dos partidos relevantes. Multipartidismo: la existencia de más de dos partidos importantes. A continuación se muestra esquemáticamente los tipos de sistemas de partidos a partir de su característica principal (véase ilustración 6). Ilustración 6 Los partidos son parte de la organización política de la sociedad, por lo que no pueden ser considerados como organismos aislados, incluso en los sistemas de unipartidismo en los que por definición está prohibida la presencia de otros actores. Como explica Sartori, en los sistemas de Estado-partido, el Estado y el partido se refuerzan y se duplican mutuamente, mientras que en los sistemas pluralistas se dividen y se desunen (Sartori 2000, 74-5). Centro de Capacitación Judicial Electoral 38

39 Un sistema de partidos es el sistema de interacciones que resulta de la competencia entre partidos. Con respecto a la competencia existen sistemas competitivos o no competitivos. Y en función del número existen sistemas unipartidistas, bipartidistas y multipartidistas. 2.2 Clasificación de los sistemas de partidos Sistemas competitivos y no competitivos La presencia o la ausencia de competencia electoral en un sistema de partidos, define la principal interacción entre un conjunto de partidos políticos. En los sistemas de partidos competitivos, más de un partido tiene posibilidades de ganar una elección, de manera que los partidos se alternan en los puestos de elección popular. En los sistemas de partidos no competitivos, no existe la posibilidad de que el partido gobernante pierda, de manera que si existen otros partidos, estos no tienen posibilidad real de acceder al poder. Los sistemas competitivos y no competitivos pueden subdividirse, a su vez, en otras categorías que varían según el número de actores que participan en el sistema (Sartori 2000, 158). a) Sistemas competitivos: partido dominante, bipartidismo, multipartidismo De acuerdo con Sartori (2000, 161), los sistemas de partidos competitivos pueden clasificarse de la manera siguiente: Sistema de partido dominante. El partido gobernante mantiene una larga permanencia, pero siempre existe la posibilidad de que pierda. Ejemplo: sistema de partidos de Japón (hasta 2009). Bipartidismo. Dos partidos se alternan los puestos de elección popular, sin que un tercero pueda competir con posibilidades de ganar. Ejemplo: sistema de partidos de los Estados Unidos de América. Pluralismo moderado. Más de dos partidos comparten los puestos de elección popular y generalmente se requieren de coaliciones para gobernar. Ejemplo: sistema de partidos de México. Pluralismo extremo. Diversos partidos acceden a los puestos de elección popular. Ejemplo: sistema de partidos de Brasil. Atomización. No hay posibilidad de coaliciones gubernamentales por la cantidad de partidos que existen y porque ninguno puede tener el respaldo suficiente para gobernar. Ejemplo: República Weimar. Centro de Capacitación Judicial Electoral 39

40 Los sistemas de partidos competitivos son propios de los regímenes democráticos, ya que al existir una competencia por el poder verdadera entre diversos actores, los ciudadanos tienen opciones reales para elegir a sus gobernantes. b) Sistemas no competitivos: partido único, partido hegemónico Los sistemas de partidos no competitivos pueden clasificarse de la siguiente manera (Sartori 2000, 160): I. Sistema de partido único. Están prohibidos los otros partidos diferentes al partido gobernante. Ejemplo: sistema de partidos de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. II. Sistema de partido hegemónico. Se permite la existencia de otros partidos distintos al gobernante, pero su presencia es testimonial, es decir, no tienen posibilidades de derrocar al partido dominante. Sartori (2000) menciona a dos tipos de partido hegemónico: ideológico, como en Polonia hasta 1989 y pragmático, como en México antes de la reforma electoral de El sistema de partido hegemónico fue característico de México durante varias décadas del siglo XX. Sartori lo calificó en los setenta como un caso característico de régimen de partido hegemónico: Si nos salimos del terreno de los sistemas de partidos competitivos y pasamos al de los no competitivos, es posible todavía que nos encontremos con comunidades políticas (por ejemplo, Polonia, y mejor todavía México) con más de un partido en las cuales los partidos secundarios no se pueden dejar meramente de lado como fachadas puras y simples. Por otra parte, sí es cierto que estos partidos secundarios y periféricos cuentan menos. Por así decirlo, tienen permiso y únicamente se les permite existir como partidos subordinados. Esos son los sistemas que yo califico de hegemónicos (Sartori 2000, 157). El sistema de partido hegemónico en México, a partir de las décadas de los ochentas y los noventas del siglo XX, tuvo que enfrentar a la competencia electoral (Molinar 1991), que terminó con el sistema de partido hegemónico y construyó un sistema de partidos competitivo. Los sistemas de partidos o son competitivos o no competitivos. Son sistemas de partidos competitivos el sistema de partido dominante, bipartidismo, pluralismo moderado, pluralismo extremo y atomización. El sistema de partido único y el sistema de partido hegemónico son los sistemas de partidos no competitivos. Centro de Capacitación Judicial Electoral 40

41 2.3 Interacciones en los sistemas de partidos Para conocer las interacciones en los sistemas de partidos es preciso establecer cómo contar a los partidos políticos. No basta con contar a los partidos que tienen registro en un país determinado, ni a todos los partidos que han participado en las elecciones durante un periodo. Seguramente en varios casos existen partidos que, aunque participan constantemente en las elecciones, no tienen respaldo ciudadano significativo, o bien solo existen durante un periodo corto. Por lo tanto, en adelante veremos cómo contar a los partidos relevantes en un sistema determinado, empezando con la definición de algunos criterios. Sartori propuso contar solamente a los partidos que tenían fuerza para integrar una alianza o bien para oponerse a una medida de gobierno, sin importar su tamaño, lo que significa que podemos dejar de contar a los partidos que no tienen: i) posibilidades de coalición ii) posibilidades de chantaje. A la inversa, debemos contar a todos los partidos que tienen: i) importancia gubernamental en la liza en que se deciden las coaliciones o ii) importancia competitiva en la liza de la oposición (Sartori 2000, 155). La coalición o el chantaje a los que se refiere Sartori pueden ejemplificarse con las posibles interacciones en dos sistemas diferentes, el primero con dos partidos relevantes y el segundo con tres partidos relevantes: Sistema con dos partidos: uno gobierna y el otro es oposición, si este decide colaborar pueden aprobar, en conjunto, una medida política; por el contrario, si el partido opositor decide disentir no puede amenazar al partido gobernante. Sistema con tres partidos: uno gobierna y dos son oposición; si alguno de los partidos opositores decide colaborar con el partido gobernante pueden formar coalición y marginar al opositor. Además, el partido que colabora tiene la posibilidad de presionar al partido gobernante. Las interacciones en los sistemas de partidos son muchas, sin embargo, los especialistas destacan dos: fraccionalización (o fragmentación) y polarización. La primera mide el número de partidos importantes en un sistema y la segunda el nivel de competencia política. Tanto la fraccionalización y fragmentación como la polarización son medidas estadísticas que permiten observar las relaciones entre los partidos políticos dentro de un sistema determinado. En ese sentido, sirven para distinguir, dentro de un sistema competitivo, si se Centro de Capacitación Judicial Electoral 41

42 puede clasificar como sistema de partido dominante, o bien como bipartidismo, pluralismo o atomización. a) Fraccionalización y fragmentación Fraccionalización nos permite medir cuántas fuerzas electorales (partidos o candidatos) están presentes en los comicios o en el congreso. La relación causal es la siguiente: Si existe una fuerza política dominante, la fraccionalización será baja. Si no existe una fuerza política dominante o existen varias con alta representación, la fraccionalización tenderá a ser alta. La fraccionalización se expresa a través de un índice numérico que va de cero a uno. El cero significa ausencia de fraccionalización, mientras que el uno implica fraccionalización completa. Por ejemplo: Un índice de 0.30 significa que existe un partido mayor y varios partidos menores. Un índice de 0.50 significa que existen dos partidos equilibrados. Un índice de 0.75 significa que existen varios partidos con diversos tamaños. El índice sirve para saber si aumentaron o disminuyeron los partidos que potencialmente podrían convertirse en gobernantes o socios de una coalición gubernamental (capacidad de negociación, en términos de Sartori). Es importante señalar que no existe un consenso de cómo medir la fraccionalización (Piñeiro 2004, p ). Un índice similar es el de fragmentación, que permite la evaluación de la relación existente entre el número de partidos y su tamaño, así como la competitividad interpartidista. La manera más común de calcularla es el índice de fragmentación de Rae, que pondera a los partidos por sus propios pesos electorales o parlamentarios. Hay dos maneras de calcular el índice de fragmentación, dependiendo de qué es lo que queremos medir. Si nos interesa conocer el índice de fragmentación respecto de la fuerza electoral de los partidos, debemos restar de 1 la sumatoria de los cuadrados de los porcentajes de votos obtenidos por los partidos políticos. Cuando queramos conocer el índice de fragmentación a nivel legislativo, debemos restar de 1 la sumatoria de los cuadrados de los porcentajes de escaños obtenidos por los partidos políticos, según las siguientes ecuaciones: Fragmentación = 1 (% de votos) 2 Fragmentación = 1 (% de escaños) 2 El índice de Rae varía entre 0 y 1, siendo 0 el valor de máxima concentración y 1 el de máxima dispersión. Centro de Capacitación Judicial Electoral 42

43 b) Polarización La polarización determina un valor numérico para medir la distancia entre las fuerzas electorales (partidos o coaliciones) de un país en un momento determinado, tomando en cuenta la cantidad de votos o escaños obtenidos por cada una de dichas fuerzas (Sartori 1992, 448). La relación causal es la siguiente: Si una sola fuerza electoral obtiene la mayoría de los votos o escaños, la polarización será baja. Si no existe una fuerza que obtenga la mayoría de los votos o escaños, la polarización será alta. La polarización se expresa en porcentajes: un porcentaje mayor significa más votos o escaños, un porcentaje menor significa menos votos o escaños. Por ejemplo: Polarización baja: un partido tiene 80% de los votos o escaños. Polarización media: un partido obtiene 50% de los votos o escaños. Polarización alta: ningún partido obtiene 50% de los votos o escaños. Polarización extrema: todos los partidos obtienen un porcentaje de votos o escaños similar. A continuación se muestran cuatro ejemplos para ilustrar las categorías de polarización explicadas. Los casos de polarización baja, media y alta se explican con resultados de elecciones en México durante 1967, 1997 y 2009, respectivamente. El caso de polarización baja se ilustra a continuación (véase Ilustración 7): Ilustración 7 Centro de Capacitación Judicial Electoral 43

44 La tabla (véase Tabla 29) se refiere a la polarización baja, esta ocurre cuando una de las opciones obtiene la mayoría y el resto de las opciones juntas no obtienen el mismo porcentaje o más, por lo que la sola opción mayoritaria puede lograr cambiar las leyes. En este caso no es necesario el consenso con las fuerzas opositoras. Tabla 29 Elección intermedia 1967 Porcentaje de votos o escaños Partido Revolucionario Institucional (PRI) 86.3% Partido Acción Nacional (PAN) 11.5% Partido Popular Socialista (PPS) 1.4% Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM) 0.8% El caso de polarización media se ilustra con resultados de las elecciones en México de 1997 (véase Ilustración 8 y Tabla 30). Ilustración 8 Centro de Capacitación Judicial Electoral 44

45 La polarización se considera media cuando una de las opciones obtiene el 50% de los votos o escaños, lo que facilita los consensos si hay una alianza de la primera fuerza con cualquiera de los partidos restantes. Tabla 30 Elección de diputados 1997 Porcentaje de votos o escaños PRI 48% PAN 24% Partido de la Revolución Democrática (PRD) 25% Otros 3% El caso de polarización alta se ilustra con resultados de las elecciones en México de 2009 (véase Ilustración 9 y Tabla 31). Ilustración 9 En el caso de la polarización alta existen dos fracciones con mayor votación, debido a que ninguna alcanza el 50% de los votos o escaños, por lo que el consenso será difícil de lograr, pero es posible con la intervención de un tercero. Centro de Capacitación Judicial Electoral 45

46 Tabla 31 Elección intermedia 2009 Porcentaje de votos o escaños PRI 39% PAN 30% PRD 13% Otros 18% En adelante se muestra un ejemplo de polarización absoluta con un caso hipotético (véase Ilustración 10 y Tabla 32). Ilustración 10 En este ejemplo existen cuatro opciones que obtuvieron igual peso en la votación. La votación está dividida, polarizada y se asume que será difícil lograr consensos. Tabla 32 Caso hipotético con 4 fracciones Porcentaje de votos o escaños Partido 1 25% Partido 2 25% Partido 3 25% Partido 4 25% Centro de Capacitación Judicial Electoral 46

47 Los sistemas de partidos competitivos son propios de los regímenes democráticos, ya que al existir una competencia verdadera los ciudadanos tienen opciones reales para elegir gobernantes. El sistema de partido no competitivo (partido hegemónico) fue característico de México durante gran parte del siglo XX, pero se ha mostrado que la tendencia del país durante varias décadas ha sido hacía una polarización más alta. Para conocer las interacciones en los sistemas de partidos es necesario no sólo contar a los partidos que tienen registro, sino también a los que tienen fuerza para integrar una alianza o para oponerse a una medida de gobierno. La fraccionalización permite medir el número de fuerzas electorales que están presentes en los comicios o en el congreso. La polarización determina un valor numérico para medir la distancia entre las fuerzas electorales. 2.4 Interacciones entre los sistemas electorales y de partidos La relación entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos es bilateral: las modificaciones que se realizan en uno tienden a afectar al otro. 9 La principal consecuencia de los sistemas electorales se observa cuando influyen de manera notoria en la conformación de los poderes legislativos e impactan en el sistema de partidos, tanto en el número de partidos como en la dinámica de la competencia electoral o en el aumento de la competitividad. La forma más evidente de consecuencias políticas del diseño de los sistemas electorales son las llamadas mayorías manufacturadas o prefabricadas. Esto sucede cuando un partido político obtiene la mayoría absoluta de un órgano colegiado, sin importar que su cantidad de votos haya sido menor; el efecto anterior se genera por la diferencia entre el porcentaje de votos frente al porcentaje de escaños. Este fenómeno también se conoce como sesgo de la representación legislativa. 9 Una manera alternativa de observar los efectos de los sistemas electoral y de partidos son los índices de proporcionalidad, fragmentación y polarización (Lijphart 1994). Centro de Capacitación Judicial Electoral 47

48 Una mayoría de consenso también puede presentarse por medio de la segunda vuelta: las preferencias de los votos de aquellos candidatos que no lograron acceder al turno definitivo tienen que optar entre las dos candidaturas que sí hayan logrado llegar a la vuelta definitiva. Esto se presenta regularmente cuando es un solo espacio el que está en disputa como en la elección de algunos presidentes latinoamericanos. Una forma de medir las consecuencias políticas de un sistema electoral específico es calculando la diferencia entre el porcentaje de votos obtenido por un partido político y su porcentaje de escaños en el poder legislativo. Esta medida sirve para evaluar qué tan proporcional o desproporcional es el sistema electoral empleado. Otra forma de medir las consecuencias es conocer cuántas ocasiones alcanza un partido político la mayoría sin haber obtenido la mayoría absoluta de los votos. En estos casos el sistema electoral influye directamente en el diseño del sistema de partidos. Los ejemplos anteriores tienen el propósito de establecer los efectos que los sistemas electorales generan en los sistemas de partidos, en la integración de los poderes políticos y en la elaboración de las políticas que pretenda impulsar un gobierno determinado. A continuación se explican las tres mediciones más comunes para determinar las posibles consecuencias de un sistema electoral sobre el sistema de partidos de un país (véase Ilustración 11). Ilustración 11 Las mediciones se denominan proporcionalidad, fragmentación, número efectivo de partidos electorales y número efectivo de partidos parlamentarios. Centro de Capacitación Judicial Electoral 48

49 a) Proporcionalidad La relación que se presenta entre los votos de los ciudadanos y los escaños distribuidos es una proporción. Cuando esa relación se expresa en porcentajes se obtiene la proporcionalidad, que es la relación que existe entre el porcentaje de votos obtenidos y el porcentaje de escaños que se distribuyen entre las fuerzas políticas en competencia. La proporcionalidad se usa para medir la desproporcionalidad de un resultado electoral, o en otras palabras, la diferencia entre el porcentaje de votos obtenidos y el porcentaje de escaños asignados a los partidos. Es especialmente útil para comparar la proporcionalidad entre sistemas electorales distintos. Para realizar la medición de proporcionalidad es necesario convertir los votos y los escaños de cada partido en porcentajes, a fin de realizar un cotejo de ambos. Si se presentan diferencias, la relación es la siguiente: Subrepresentación: cuando se presenta un menor porcentaje de escaños frente al porcentaje de votos. Sobrerrepresentación: cuando se presenta un mayor porcentaje de escaños frente al porcentaje de votos. Para calcular la proporcionalidad (Ps) en el sistema de partidos se usa el Índice de Gallagher. Se suma la diferencia entre el porcentaje de la votación y de los escaños obtenidos por cada partido, en valores absolutos, y se divide esta suma por dos, tomando la raíz cuadrado de este valor. % de escaños % de votos Ps = = dif 2 2 El valor del índice va desde 0 a 100, y un valor más bajo implica menor desproporcionalidad (o mayor proporcionalidad) y viceversa. La medición de la proporcionalidad permite mostrar qué tan desproporcional es un sistema electoral y cómo influye en el sistema de partidos; la relación es la siguiente: Un sistema electoral proporcional tiende a disminuir los sesgos de sobrerrepresentación y subrepresentación. Un sistema electoral desproporcional tiende a generar sesgos de sobrerrepresentación para los partidos grandes y de subrepresentación para los partidos chicos. De acuerdo con Lijphart (2001, 160-1) los diversos sistemas electorales tienden a sobrerrepresentar a los partidos grandes y a subrepresentar a los otros partidos. Esto sucede porque las reglas electorales específicas pueden premiar, por ejemplo, al partido mayoritario en detrimento de los otros al adjudicarle más escaños. Las reglas también pueden excluir Centro de Capacitación Judicial Electoral 49

50 del reparto a los partidos que no alcancen el umbral legal y la distribución de escaños se realiza entre los que logran rebasar la barrera. La sobrerrepresentación o subrepresentación por sí misma no es necesariamente un fenómeno negativo. En todos los sistemas electorales modernos este fenómeno se presenta en mayor o menor medida. Esto es así porque los sistemas electorales tienen umbrales que no permiten la representación de todas las fuerzas políticas en competencia. Los umbrales buscan garantizar un mínimo de representatividad entre los integrantes del poder legislativo, de manera que la toma de decisiones en su interior no sea fraccionada y se asegure un mínimo de gobernabilidad. b) Índice de fragmentación Como señalamos en el apartado 2.3, el índice de fragmentación evalúa la relación entre el número de partidos y su tamaño, así como la competitividad interpartidista, y que se calcula usando una de las siguientes fórmulas, como se muestra en las tablas 33 y 34. Fragmentación = 1 (% de votos) 2 c) Número efectivo de partidos electorales Fragmentación = 1 (% de escaños) 2 El índice del número efectivo de partidos electorales (NEPE) sirve para obtener una medición de los partidos que son relevantes en la contienda electoral. Tiene como propósito evaluar la importancia de los partidos políticos al interior del sistema. Sirve para verificar, por ejemplo, si un sistema es un bipartidismo, aunque existan más partidos involucrados en la contienda, o bien si a pesar de que existan diversas fuerzas políticas con reconocimiento oficial, en realidad el sistema de partidos corresponde a un modelo de partido dominante. El NEPE se calcula dividiendo 1 por la sumatoria de los cuadrados de los porcentajes de votos obtenidos por los partidos políticos. NEPE = 1 (% de votos) 2 En la tabla 33 se presenta un ejercicio hipotético para medir el número efectivo de partidos electorales y el nivel de fragmentación en un sistema con cuatro partidos en la contienda electoral (véase Tabla 33). Centro de Capacitación Judicial Electoral 50

51 Tabla 33 Partidos Votos Proporción Proporción 2 A 31, B 24, C 8, D 36, Total 100, NEPE Fragmentación 1 / sumatoria (proporción) sumatoria (proporción) = 3, = Fuente: (Taagepera y Soberg 1989, 79-81) En el ejemplo anterior se obtuvo un NEPE de 3.40, lo que significa que existen tres partidos políticos relevantes y un cuarto secundario. Los tres relevantes son diferentes, pero en su conjunto tienen la mayor cantidad de votos, lo que implica que es un sistema multipartidista donde los dos partidos más grandes requieren del tercero ya sea para aprobar iniciativas políticas o para bloquear propuestas gubernamentales. La fragmentación indica que es un sistema con un grado medio-alto de fragmentación (0.706). d) Número efectivo de partidos parlamentarios El índice del número efectivo de partidos parlamentarios (NEPP) pretende medir el peso de los partidos en los congresos para sopesar si tienen capacidad para coaligarse o posibilidad de influir en la formulación de las políticas públicas. El NEPP se calcula dividiendo 1 por la sumatoria de los cuadrados de los porcentajes de escaños obtenidos por los partidos políticos. NEPP = 1 (% de escaños) 2 Este índice se ilustra con el ejemplo de la Tabla 34: Centro de Capacitación Judicial Electoral 51

52 Tabla 34 Partidos Escaños Proporción Proporción 2 A B C D Total NEPP Fragmentación 1 / sumatoria (proporción) sumatoria (proporción) 2 Fuente: (Taagepera y Soberg 1989, 79-81) = 2, = En el ejemplo, el NEPP es de 2.72 y como se puede observar en la tabla, existen dos partidos relevantes y un conjunto de partidos menores. Sin embargo, el que los dos partidos mayoritarios requieran de los escaños de los partidos menores para aprobar iniciativas o para bloquearlas, lo hace un sistema multipartidista. Lijphart (2001, 160-1) ofrece una conclusión para las mediciones sobre proporcionalidad y número efectivo de partidos, es decir, sobre los efectos más comunes de los sistemas electorales sobre los sistemas de partidos. Afirma que todos los sistemas electorales tienden a sobrerrepresentar a los partidos grandes a través de: 1. Generar resultados desproporcionales. 2. Reducir el número efectivo de partidos parlamentarios en comparación con el número efectivo de partidos electorales. 3. Fabricar una mayoría parlamentaria para partidos que no han recibido el respaldo mayoritario de los votantes. Estas tres tendencias son mucho más fuertes en los sistemas de mayoría que en los de RP. Centro de Capacitación Judicial Electoral 52

53 La proporcionalidad es la relación que existe entre el porcentaje de votos obtenidos y el porcentaje de escaños que se distribuyen entre las fuerzas políticas en competencia. Las diferencias pueden ser de sub o sobre representación. El índice de fragmentación evalúa la relación existente entre el número de partidos y su tamaño, así como la competitividad interpartidista. El índice NEPE tiene como propósito evaluar la importancia de los partidos políticos al interior del sistema. El índice NEPP pretende medir el peso de los partidos en los congresos para coaligarse o tener la posibilidad de influir en la formulación de las políticas públicas. 2.5 Sistema electoral y de partidos en México Las características del sistema electoral mexicano y la influencia que éstas tienen sobre nuestro sistema de partidos, conforman la manera en que dichos sistemas operan en el país, constituyendo así su diseño específico. Sin embargo, su configuración actual no ha sido la misma que en el pasado, sino que es el producto de una serie de transformaciones graduales dadas en un devenir histórico. A lo largo de este tema se conocerá el perfil del sistema electoral y de partidos que México tiene actualmente; también una breve reseña de las diversas reformas que le han dado forma; así como la presentación de un ejercicio para evaluar la proporcionalidad del sistema electoral mexicano, con base en los datos de la elección de senadores en 2006 y Los periodos y reformas principales del sistema electoral en México se muestran en la siguiente ilustración (véase Ilustración 12). Centro de Capacitación Judicial Electoral 53

54 Ilustración 12 La configuración actual del sistema de partidos en México, caracterizado por el pluralismo político y reflejado en los órganos de representación, tanto a nivel federal como a nivel local, deviene de un proceso de cambios y reformas político-electorales graduales que han transformado la forma de hacer política en el país. Dicho proceso permitió el paso de un sistema de partido hegemónico a un sistema de partidos competitivo. Las reglas electorales han sufrido modificaciones sustanciales a partir de 1977, desde la distribución y tamaño de las circunscripciones hasta la manera de repartir los escaños en los órganos legislativos. A continuación se exponen los principales cambios que influyeron en la transición del sistema de partidos durante el periodo de reformas que va de 1977 a Cada una de estas reformas en mayor o menor grado cambió el sistema electoral mexicano, hasta llegar a un sistema electoral competitivo. La configuración actual del sistema de partidos en México, caracterizado por el pluralismo político, es el resultado de un desarrollo progresivo de un sistema de partido hegemónico a un sistema de partidos competitivo El sistema de partido hegemónico en México Antes de la reforma de 1977, el PRI dominaba el sistema político del país. Existían algunos partidos de oposición, pero su capacidad política y electoral era nula, es decir, tenían una presencia testimonial. Centro de Capacitación Judicial Electoral 54

55 Este escenario derivó en gran parte de prácticas políticas autoritarias y de la falta de reglas político-electorales equitativas que produjeran un contexto de competencia. Existía discrecionalidad en el otorgamiento de registros a los partidos políticos y faltaban mecanismos que brindaran certeza y seguridad en los comicios. La gráfica (véase Ilustración 13) ilustra los resultados electorales a partir de este escenario. Al observar las distancias entre la fuerza del partido hegemónico y el resto, queda claro que el sistema de partidos prevaleciente no era competitivo. Ilustración 13 Fuente: Portal del INE (elaboración propia) En resumen, las características del sistema de partido hegemónico mexicano eran las siguientes (Molinar 1991): Acceso restringido al poder político. Estructura administrativa patrimonial. 10 Inexistencia de competencia político-electoral. Desconfianza hacia el pluralismo por parte de la sociedad. 10 Con base en la dominación patriarcal descrita por Weber, caracterizada por la sujeción a la estricta lealtad personal, las normas derivadas de la tradición y la creencia en la inviolabilidad de su existencia desde tiempos memoriales. Centro de Capacitación Judicial Electoral 55

56 a) Las reformas de 1977 Circunscripción y distribución de las circunscripciones Hasta antes de 1977, la distribución territorial de los distritos electorales se hacía de forma arbitraria. El número de distritos electorales no era fijo y podía cambiar en cada proceso electoral. En todos los distritos se elegía solamente al diputado que obtuviera la mayoría simple de los votos (Becerra y Woldenberg 2005, 115). Con la reforma de 1977 se determinó un número fijo de circunscripciones uninominales (300), en las que se escogería a un diputado por cada circunscripción, por la vía de mayoría simple (Becerra y Woldenberg 2005, 116). Además, se crearon las circunscripciones plurinominales para elegir a 100 diputados de representación proporcional (RP). Las formas de candidatura y votación Si bien en años anteriores existía la figura de candidato de partido, la figura predominante eran los candidatos vía mayoría relativa. Así, el primer cambio en el sistema electoral se dio en con los diputados de partido. Sin que significaran la inclusión de una forma de candidatura distinta, se asignaban cinco diputados a los partidos que lograran obtener al menos 2.5% de la votación nacional efectiva (1.5% a partir de 1971), y uno más por cada 0.5% hasta alcanzar el límite de 20 (Becerra y Woldenberg 2005, 115). El cambio sustancial se dio en 1977 con la inclusión de diputados elegidos en una circunscripción plurinominal mediante listas regionales por partido (Becerra y Woldenberg 2005, 116). Conversión de votos en escaños Uno de los ejes más importantes en la reforma fue incorporar la RP en la elección de una porción de la Cámara de Diputados. Como ya se mencionó, a partir de la reforma se elegían 300 diputados por la fórmula de MR y 100 diputados por la fórmula proporcional. La intención fue que las posibilidades de representación política se ensancharan de manera tal que el complicado mosaico ideológico nacional de las distintas corrientes políticas fuera captado en los órganos de representación nacional (Córdova 2008, 657). Dentro del sistema de asignación proporcional, la Constitución contemplaba dos fórmulas electorales para la asignación de los escaños (Becerra y Woldenberg 2005, 116-7): a. La fórmula de representatividad mínima: consistía en otorgar un diputado a todos los partidos que alcanzaran el 5% de la votación efectiva; posteriormente se calculaba la votación nacional efectiva entre el número de escaños que quedaban vacantes, obteniendo así el cociente natural, para asignar a cada partido el número de Centro de Capacitación Judicial Electoral 56

57 posiciones plurinominales que resultara de la división de los votos de cada partido entre el cociente natural. b. La fórmula de primera proporcionalidad: consistía en dividir la votación nacional efectiva de la circunscripción entre el número de escaños y multiplicarlo por dos, para obtener el cociente rectificado, mediante el cual se distribuía las curules que correspondían a los partidos. Si quedaban curules por repartir, eran asignadas a través del cociente de unidad, que se obtenía dividiendo la votación efectiva menos los votos utilizados entre el total de escaños todavía por repartir. La vía adoptada era decidida en enero del año electoral por la Comisión Federal Electoral, por lo que el número de circunscripciones y la fórmula electoral podían ser distintos de elección a elección (Becerra y Woldenberg 2005, 117). El umbral que los partidos debían alcanzar para obtener el reparto de escaños era de 1.5% de la votación nacional. De no conseguir este umbral en tres elecciones consecutivas, los partidos perdían su registro (Becerra y Woldenberg 2005, 135). Clasificación del sistema electoral Con la incorporación de la regla de decisión de asignación por RP, el sistema electoral mexicano pasó de ser un sistema de mayoría a convertirse en un sistema mixto. Así, desde 1977 hasta la fecha se incorporan elementos de RP y de mayoría en la elección de los órganos legislativos. Uno de los límites del sistema mixto implantado en 1977 fue la cláusula de reparto de los escaños plurinominales. Ningún partido que hubiese obtenido 60 o más escaños por la vía uninominal tendría derecho al reparto de los escaños plurinominales (Becerra y Woldenberg 2005, 116), con lo que en la práctica el PRI no obtenía escaños plurinominales y los partidos de oposición eran beneficiados. Resultados electorales y partidos políticos Con la reforma, se estableció un sistema de registro condicionado, que implicaba mayor flexibilidad en los requisitos exigidos para obtener el registro definitivo. Los partidos podían aspirar al registro definitivo al obtener un porcentaje mínimo de 1.5% de los votos válidos (Córdova 2008, 658; Becerra y Woldenberg 2005, 111-2). Además, se reconoció el carácter de instituciones de interés público y nacional de los partidos políticos. También se autorizó participar en las elecciones locales a los partidos nacionales, con el solo hecho de contar con un registro nacional; se les dio como prerrogativa el acceso a los medios de comunicación y al financiamiento público de acuerdo con el porcentaje de votos (Córdova 2008, 658; Becerra y Woldenberg 2005, 104-8). Centro de Capacitación Judicial Electoral 57

58 Los resultados de la reforma en torno a los partidos políticos fueron: la apertura de un sistema de partidos cerrado, la entrada de nuevas fuerzas políticas y el inicio de la creación del pluralismo político e ideológico (Córdova 2008, 658). Lo anterior se refleja en la incorporación de seis partidos políticos dentro de los siguientes ocho años: 1. el PCM (luego PSUM en 1979), 2. el Partido Socialista de los Trabajadores (PST, 1979), 3. el Partido Demócrata Mexicano (PDM, 1979), 4. el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT, 1982), 5. el Partido Socialdemócrata (PSD, 1982) y 6. el Partido Mexicano de los Trabajadores (PMT, 1985) (Córdova 2008, 659). En las elecciones de 1979 el porcentaje obtenido por el PRI descendió de manera considerable 11 (lo que seguiría como una tendencia progresiva al aumentar las opciones políticas) y se abrió camino a la redistribución de los escaños a los partidos de oposición. b) Las reformas de 1986 Circunscripción y distribución de las circunscripciones Se incrementó la cantidad de diputaciones de RP hasta 200 legisladores, mediante listas cerradas y bloqueadas, con lo que los integrantes de la Cámara de Diputados aumentaron a 500. Los 200 diputados de RP serían electos invariablemente en cinco circunscripciones (antes, los 100 plurinominales podían ser elegidos en una, dos, tres, cuatro o cinco circunscripciones; el número lo determinaba la Comisión Federal Electoral) (Becerra y Woldenberg 2000, 179). Las formas de candidatura y votación Se incorporó la figura de candidatura común, los candidatos podían ser registrados bajo los nombres y emblemas de todos y cada uno de los partidos aliados electoralmente. Además, se permitió que hasta 30 candidatos de MR por cada partido político pudieran aparecer simultáneamente en las listas plurinominales. La votación de los diputados de RP se hizo mediante una lista cerrada y bloqueada. 11 La caída drástica se presenta entre 1976 y 1979 pues pasó de 80 a 70% de votos. sería Más tarde su votación sería 1982, 69% y 1985, 65% (Pacheco, 1986, 14). Centro de Capacitación Judicial Electoral 58

59 Conversión de votos en escaños La Constitución estableció que todos los partidos con registro que obtuvieran determinada votación tendrían derecho a participar en el reparto de los diputados plurinominales, pero bajo las siguientes modalidades (Becerra y Woldenberg 2000,189): 1. Ningún partido podría tener más de 70% de diputados (350) aunque su votación fuese mayor a dicho número (antes podía tener hasta 75%); 2. El partido que obtuviera entre 50% y 70% de la votación nacional y menos de ese porcentaje del total de diputados por la vía de MR, obtendría el número de diputados necesarios por la vía plurinominal para lograr empatar el porcentaje de diputados con relación al total de la Cámara; y 3. El partido mayoritario sí podía acceder al reparto plurinominal, aunque dentro de ciertos límites. No tendría derecho de ello si el porcentaje de sus triunfos distritales superaba a la mitad de la Cámara y contaba con 51% de la votación nacional efectiva. Tampoco si tenía menos de 51% de la votación, pero su número de constancias distritales le hubieran garantizado ya la mayoría absoluta (251) de los diputados. Además, se unificó el método para asignar los escaños de RP. El Código Electoral Federal establecía en su artículo 209, la aplicación de la fórmula de primera proporcionalidad antes mencionada. Los escaños se repartían por el cociente rectificado y después por el cociente de unidad, aplicando finalmente el resto mayor en el caso de que todavía hubiese escaños por repartir. En el Senado se incorporó la renovación por mitades cada tres años. Resultados electorales y partidos políticos La flexibilización de la participación electoral conjunta permitió la formación y el crecimiento del Frente Democrático Nacional (FDN), lo que multiplicó la capacidad competitiva de diversas organizaciones políticas de tradición de izquierda y que, posteriormente, daría lugar a la creación del PRD (Becerra y Woldenberg 2000, 195). Los partidos que obtuvieron su registro a partir de 1977, lo confirmaron en las elecciones de 1988 (PCM, PST (1979), PDM (1979), PRT (1982), y PMT (1985)). A pesar de la falta de legitimidad de las elecciones de 1988, en gran parte a raíz de la caída del sistema de cómputo, así como de la impugnación sistemática de los resultados electorales, se pueden destacar como efectos de la reforma, los siguientes: a. El PRI pierde la mayoría calificada en la Cámara de Diputados, necesaria para reformar la Constitución. b. La capacidad competitiva de los partidos minoritarios se incrementa en los órganos de representación. Centro de Capacitación Judicial Electoral 59

60 c. Presencia, cada vez más consistente, de los partidos de oposición en el país (el PAN gana las elecciones para gobernador en Baja California en 1989). d. Multiplicación de los municipios gobernados por la oposición en los años siguientes. e. Llegan los primeros legisladores de oposición al Senado. c) Las reformas de Las formas de candidatura y votación La reforma desapareció la figura de candidatura común que la izquierda había utilizado anteriormente, e incrementó significativamente los requisitos para conformar coaliciones electorales. Conversión de votos en escaños Se garantizaba al partido mayoritario una mayoría absoluta en la Cámara de Diputados, pues al partido que obtuviera el mayor número de constancias de mayoría y el 35% de la votación total, le serían asignados el número de diputados de RP necesario para obtener el 50% más uno de los representantes en la Cámara (251) (cláusula de gobernabilidad). Adicionalmente a la mayoría absoluta, por cada punto porcentual de votación obtenido por encima de 35% y hasta menos de 75%, le serían asignados dos diputados de RP (mecanismo denominado escala móvil ). En cambio, los partidos que obtuvieran un número de votos por debajo de 35% de la votación nacional, solo podían tener el porcentaje de escaños correspondiente a su porcentaje de votos. Para participar en el reparto de diputados plurinominales se requería contender por lo menos con 200 candidatos uninominales y obtener 1.5% de la votación nacional. Se mantuvo el tope de sobrerrepresentación establecido en la anterior reforma, pues ningún partido podría tener más de 350 diputados en total. Resultados electorales y partidos políticos Respecto al régimen de partidos, se cerraron los caminos para las candidaturas comunes y se suprimió la figura de las asociaciones políticas nacionales. La modalidad impuesta respecto del aseguramiento de la mayoría absoluta al partido mayoritario junto con el establecimiento de la escala móvil, se tradujo en una sobrerrepresentación artificial del partido mayoritario. Por ello, en las elecciones intermedias de renovación total de la Cámara de Diputados y la mitad de la Cámara de Senadores en 1991, el PRI recuperó una considerable parte del Centro de Capacitación Judicial Electoral 60

61 terreno que había perdido tres años antes (Becerra y Woldenberg 2000, 664); incluso recupera la mayoría calificada en la Cámara de Diputados. En las elecciones para integrar la Cámara de Diputados, seis de los diez partidos tuvieron representación: el PAN logró la segunda posición, mientras que el PRD en su primera aparición electoral perdió fuerza considerable respecto de los votos obtenidos por el FDN (Becerra y Woldenberg 2000, 275). El PRT y el PDM volvieron a perder su registro y los dos nuevos partidos, el Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido del Trabajo (PT) tampoco superaron la barrera legal de 1.5% de la votación, por lo que no alcanzaron su registro definitivo. d) Las reformas de 1993 Conversión de votos en escaños Antes de la reforma de 1993 el Senado se integraba por 64 legisladores que eran electos mediante la fórmula de MR. A raíz de la reforma, el número de senadores dobló su número a 128 y reestructuró la manera de elegir a la mitad de ellos. De la nueva mitad del Senado, 32 senadores serían elegidos utilizando la fórmula de la primera minoría, con la que se garantizó que los estados tendrían la representación de al menos un senador que formara parte de algún partido de oposición (Becerra y Woldenberg 2005, 292). La incorporación de esta fórmula tenía la intención de disminuir la sobrerrepresentación del PRI y la subrepresentación de los partidos de oposición, tal como había sucedido en las elecciones de 1988 y 1991, en donde el PRI obtuvo 93% de los escaños del Senado (60 de 64) con una votación de 50.7% en 1988; y en 1991 obtuvo 97% de los escaños (31 de 32) con una votación de 61.5% (Becerra y Woldenberg 2005, 291-2). Clasificación del sistema electoral Con la modificación en el Senado, se permitió el pluralismo partidista, ya que por primera vez los partidos minoritarios contarían con un grupo de oposición medianamente nutrido (Becerra y Woldenberg 2005, 292; Córdova 2008, 666-7). Por lo que respecta a la Cámara de Diputados, se estableció un nuevo límite al número de escaños que podían ser obtenidos por un solo partido. Se fijó como tope el número de 300 diputados en el caso de que la votación nacional efectiva del partido no sobrepasara 60%. Si la votación obtenida resultaba mayor a 60%, entonces se permitiría al partido obtener hasta 315 diputados (Becerra y Woldenberg 2005, 293). Centro de Capacitación Judicial Electoral 61

62 Resultados electorales y partidos políticos El sistema de partidos adoptó un elemento importante con la reforma de 1993: el Instituto Federal Electoral (IFE) sería el encargado de fiscalizar los recursos de los partidos políticos y de verificar el cumplimiento de sus obligaciones de financiamiento, principalmente respecto de los topes electorales (Córdova 2008, 664-5). Las modificaciones al rubro del financiamiento de partidos políticos establecieron, nuevas disposiciones que restringían el uso de sus recursos privados (con la posibilidad de sancionar vía el Tribunal Federal Electoral a quienes lo hicieran) (Córdova 2008, 665). Aunque las reglas electorales seguían el diseño de un sistema de partidos competitivo, el PRI predominaba sobre los demás por la asimetría y desigualdad presupuestaria que existía entre los partidos contendientes. Los informes de gastos de campaña de 1994 arrojaron a la luz que el PRI había dispuesto 71.4% del total del dinero gastado, el PAN 17.8% y el PRD 6.05%, con lo que se vislumbraba la diferencia entre el partido en el poder y los partidos que competían con este (Córdova 2008, 665). e) Las reformas de 1996 Circunscripción y distribución de las circunscripciones Con la nueva regla de decisión de RP en el Senado, se estableció una sola circunscripción nacional que sería competida a través de listas cerradas y bloqueadas (Córdova 2008, 672). Conversión de votos en escaños La manera de repartir los escaños en el Senado cambió a raíz de la reforma. Aun cuando seguía integrándose por 128 legisladores, cada entidad federativa tendría tres de ellos, y un cuarto senador sería elegido por la regla de RP (Córdova 2008, 672). En el caso de la Cámara de Diputados se estableció un umbral legal de 2% y un límite a la sobrerrepresentación del 8% respecto de la votación obtenida por cada partido (Córdova 2008, 672). Clasificación del sistema electoral Los límites de la Cámara de Diputados se modificaron de manera importante. Se fijó un nuevo límite máximo de diputados que algún partido podía llegar a adquirir. Se estableció el límite de 300 legisladores por partido como máximo por cualquiera de las dos fórmulas electorales (MR y RP) (Córdova 2008, 672). Resultados electorales y partidos políticos Las modificaciones de 1996 se encargaron de reforzar las prohibiciones que se establecieron en 1993 respecto de las fuentes de financiamiento de los partidos políticos. Se estableció Centro de Capacitación Judicial Electoral 62

63 una fórmula para calcular la bolsa total de dinero que se daba a los partidos. El mecanismo consistía en una repartición igualitaria del 30% de los recursos a cada uno de los partidos políticos, y el 70% restante de manera proporcional de acuerdo con la votación obtenida en la última elección de diputados. Además, se prohibieron las donaciones anónimas (excepto por colectas en la calle o sorteos) (Córdova 2008, 671; Becerra y Woldenberg 2005, 403-4). La reforma buscó repartir de manera más equitativa los recursos para establecer condiciones de competencia que permitieran a los partidos de oposición contender frente al PRI. Se introdujo una nueva gama de reglas de acceso a los medios de comunicación. Los partidos políticos tendrían programas permanentes en radio y televisión y un número de promocionales comprados y distribuidos por el IFE. Estas prerrogativas se les daban durante las campañas electorales y eran independientes de la contratación que podían hacer los propios partidos políticos (Córdova 2008, 671). La reforma de ese año tuvo importantes consecuencias en la política del país: en 1997 el PRI perdió por primera vez en su historia la mayoría absoluta de la Cámara de Diputados y en las sucesivas elecciones se generó un avance significativo en la presencia de los partidos de oposición tanto en los espacios legislativos como administrativos sujetos a elección. De hecho, es a partir de las elecciones de 1997, que el sistema de partidos pluripartidista en la integración de los órganos de representación en todos los niveles de gobierno, se vuelve un rasgo característico de la política mexicana. Las elecciones de 2000 siguieron esta misma lógica, pues tanto la Cámara de Diputados como el Senado se integraron por distintas opciones políticas, sin la mayoría absoluta de una sola fuerza. En el Poder Ejecutivo se dio la primera alternancia, luego de 70 años del posicionamiento del PRI. El candidato de la coalición Alianza por el Cambio (integrada por los partidos Acción Nacional y el Verde Ecologista) ganó las elecciones por seis puntos porcentuales al candidato del PRI. El fenómeno de sistema pluripartidista, en el que ningún partido obtiene la mayoría absoluta para la toma de decisiones, con elecciones altamente competitivas, prevaleció en las elecciones intermedias de 2003 con la renovación de la Cámara de Diputados así como las sucedidas en 2006, con la renovación del Senado. En ese año el PAN refrendó su posicionamiento en la Presidencia de la República, después de elecciones muy cerradas con el PRD (se registró una diferencia de votos entre el primer y segundo lugar, equivalente al 0.58%). Estos resultados marcaron al sistema de partidos mexicano como uno muy competitivo. Visto en perspectiva, destaca el posicionamiento del PRI en el tercer lugar de las preferencias electorales en 2006, cuando una década atrás era el partido hegemónico. El proceso de reformas constitucionales y legales en materia político-electoral ha sido clave para el desarrollo del sistema de partidos en los órganos de representación del país, que ha Centro de Capacitación Judicial Electoral 63

64 transitado de un sistema de partidos no competitivo a un sistema de partidos con competencia: Los rasgos principales del sistema pluripartidista mexicano en la actualidad son los siguientes: Alternancia política de las fuerzas electorales en los órganos de representación. Apertura en el acceso del poder político derivado del establecimiento de reglas competitivas en los comicios. Fortalecimiento de las instituciones y reglas electorales. Gobiernos divididos en los niveles federal y local. La siguiente ilustración muestra el impacto de estos reformas sobre el porcentaje de escaños de los partidos en la Cámara de Diputados entre 1976 y 2006 (véase Ilustración 14). Ilustración 14 Fuente: Portal oficial del INE (elaboración propia) f) Las reformas de Resultados electorales y partidos políticos En estos años hubo una importante reforma legal y constitucional en materia político electoral que modificó sustancialmente la regulación de la contratación de espacios en los Centro de Capacitación Judicial Electoral 64

65 medios de comunicación. 12 Los concesionarios y permisionarios deben ceñir su actuación (durante y fuera de los procesos electorales) a las restricciones del financiamiento establecidas por estas reformas. Son sujetos imputables de responsabilidad conforme al régimen sancionador electoral, por la transmisión de propaganda política o electoral ordenada por personas distintas al IFE. Se incluyó también a las personas físicas o morales dentro de la categoría de sujetos sancionables por el régimen sancionador administrativo electoral. Cualquier persona puede ser sancionada por conductas que violen las reglas del nuevo modelo de comunicación (dentro y fuera de los procesos electorales), por ejemplo, puede ser castigada por contratar propaganda en radio y televisión, en territorio nacional o en el extranjero, para la promoción personal con fines políticos o electorales o para influir en las preferencias electorales de los ciudadanos. 13 Además de que se establecieron normas para reducir el gasto electoral y los tiempos de campaña; la regulación de las precampañas; 14 entre otros. Cabe señalar que, no obstante, su gran relevancia, no afectó la conformación del sistema electoral, es decir, la conversión de votos en cargos de elección popular. g) Las reformas de 2012 Las formas de candidatura y votación El 9 de agosto de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma al artículo 35 de la CPEUM, por el cual se amplió el derecho a participar como candidato a un cargo de elección popular a personas que no pertenezcan a determinado partido político, es decir, el derecho a solicitar registro como candidato ante la autoridad electoral sea como candidatos de manera independiente o a través de un partido político Jurisprudencia 30/2009. RADIO Y TELEVISIÓN. LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR PROPAGANDA ELECTORAL NO TRANSGREDE LAS LIBERTADES CONSTITUCIONALES DE LOS CONCESIONARIOS; Jurisprudencia 29/2010. RADIO Y TELEVISIÓN. LA AUTÉNTICA LABOR DE INFORMACIÓN NO CONTRAVIENE LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR O CONTRATAR TIEMPO. 13 Jurisprudencia 9/2011. RADIO Y TELEVISIÓN. INFRACCIONES GRAVES EN MATERIA ELECTORAL 14 Tesis XXV/2007. ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA. LA AUTORIDAD ELECTORAL ADMINISTRATIVA ESTÁ FACULTADA PARA EFECTUAR EL MONITOREO (LEGISLACIÓN DE VERACRUZ Y SIMILARES) 15 Tesis XXV/2013. CANDIDATURAS INDEPENDIENTES. ES PROPORCIONAL Y RAZONABLE EXIGIR A LOS ASPIRANTES A DIPUTADOS EL DOS POR CIENTO DE APOYO EN LA DEMARCACIÓN PARA SU REGISTRO (LEGISLACIÓN DE QUINTANA ROO) y Tesis VIII/2013. CANDIDATURAS INDEPENDIENTES. ES INCONSTITUCIONAL EXIGIR ESCRITO DE INTENCIÓN PARA EL REGISTRO (LEGISLACIÓN DE ZACATECAS). Centro de Capacitación Judicial Electoral 65

66 Por lo tanto, los partidos políticos ya no son la única vía para alcanzar el poder político en México para las candidaturas por el principio de MR. La primera reglamentación al respecto fue la Ley Electoral del Estado de Zacatecas, publicada el 12 de octubre de h) Las reformas de 2014 Conversión de votos en escaños Con la reforma se elevó el umbral legal para que un partido político tenga derecho a que le sean atribuidos diputados por el principio de representación proporcional de 2% de la votación nacional emitida a 3% de la votación válida emitida (CPEUM, artículos 41, fracción I; 54, fracción II; 56 y 116, fracción IV, inciso f) y LEGIPE, artículo 15.1). Esa regla aplica para la integración del Congreso federal y de los congresos estatales. La reforma unificó el umbral de sobrerrepresentación para los congresos estatales en 8%, y estableció el límite de subrepresentación para los legislativos locales, también de 8% sobre la votación válida emitida (CPEUM, artículo 116, fracción II y LEGIPE, artículo 28.2). Resultados electorales y partidos políticos Además, se incorporó la obligación de los partidos políticos de preservar la paridad de género en la integración de sus fórmulas para contender en los procesos electorales, postulando siempre fórmulas de candidatos de un solo género, además de la restricción de asignar a un mismo género a un lugar donde históricamente su fuerza política ha perdido (CPEUM, artículo 41, base I y LGPP, artículo 3.5). La siguiente ilustración muestra el impacto de estas reformas sobre el porcentaje de escaños de los partidos en la Cámara de Diputados entre 1997 y 2015 (véase Ilustración 15). Ilustración 15 Fuente: Portal del INE (elaboración propia) Centro de Capacitación Judicial Electoral 66

67 Reformas de 1977: Se incluyó a 100 legisladores de RP, por lo que pasó de ser un sistema de mayoría a convertirse en un sistema mixto para la elección de la Cámara de Diputados. Y finalmente la apertura de un sistema de partidos cerrado, entrada de nuevas fuerzas políticas y el surgimiento del pluralismo político e ideológico. Reformas de 1986: Se incrementó la cantidad de diputaciones de RP a 200 legisladores. Como resultado, el partido dominante perdió la mayoría calificada en la Cámara de Diputados y se incrementó la presencia de los partidos de oposición. Reformas de : Se garantizaba al partido mayoritario una mayoría absoluta en la Cámara de Diputados mediante la cláusula de gobernabilidad. Reformas de 1993: El número de senadores se duplicó, llegando a 128 y se reestructuró la manera de elegir a la mitad de ellos, con lo que se incentivó el pluralismo. Reformas de 1996: Se fijó una sola circunscripción nacional a votarse con listas cerradas y bloqueadas y se cambió la manera de repartir los escaños en el Senado. Se modificaron los límites de la Cámara de Diputados. Con la reforma se derivaron importantes consecuencias en la política: en 1997 el partido dominante perdió por primera vez en su historia la mayoría absoluta de la Cámara de Diputados y en las elecciones de 2000 perdió el poder ejecutivo por primera vez en más 70 años. Reformas 2012: Se amplió el derecho a participar como candidato a un cargo de elección popular a candidatos independientes. Reformas 2014: El umbral legal para acceder a diputaciones de RP es de 3% de la votación válida emitida. El límite de sub y sobrerrepresentación es de 8% para los congresos locales. Centro de Capacitación Judicial Electoral 67

68 2.5.2 Sistema electoral mixto Actualmente, México tiene un sistema electoral mixto, lo que significa que los integrantes de un mismo cuerpo legislativo se eligen bajo dos principios distintos, en ese caso, mayoría relativa y representación proporcional. La Cámara de Diputados está integrada por 500 diputados, de los cuales 300 son electos por el principio de MR mediante el sistema de distritos uninominales y 200 por el principio de RP bajo el sistema de listas regionales (véase Ilustración 16). Para la elección de las diputaciones de MR el territorio se divide en 300 demarcaciones. Para la elección de diputados de RP, en cinco circunscripciones plurinominales, en cada una de las cuales son electos 40 diputados. Ilustración 16 Para que los partidos políticos puedan competir por diputados de RP deben registrar candidatos de MR en por lo menos 200 distritos uninominales (es decir, en dos terceras partes), y para que puedan participar en la asignación de diputados de RP, los partidos deben obtener un umbral mínimo del 3% de la votación válida emitida. Centro de Capacitación Judicial Electoral 68

69 Existen dos límites de sobrerrepresentación política en la Cámara de Diputados (CPEUM, artículo 54): Los partidos no pueden tener más de 300 diputados por ambos principios. Ningún partido puede exceder el 8% de representación por ambos principios. Aunque dicha regla no aplica a aquel partido que exceda el porcentaje de escaños de sobrerrepresentación a partir de sus triunfos en los distritos de MR. El procedimiento de Hare es utilizado para repartir los diputados de RP. En México, el sistema electoral para la integración de las cámaras de diputados y de senadores a nivel federal es mixto. Un número de integrantes de cada cámara se elige bajo el principio de MR y otro por el de RP Proporcionalidad y número efectivo de partidos en México A continuación se presentan algunos ejercicios para evaluar la proporcionalidad del sistema electoral mexicano con base en los datos de las elecciones de senadores en 2006 y El Senado mexicano se integra con 128 senadores (véase Ilustración 17): 64 senadores se eligen a través de la MR, a razón de 2 por cada una de las 32 entidades federativas. 32 senadores se eligen a través de la primera minoría (segundo lugar), a razón de uno por cada una de las 32 entidades federativas. 32 senadores se eligen por medio de las listas de los partidos políticos en una circunscripción nacional, por el método de cocientes y resto mayor (RP). Centro de Capacitación Judicial Electoral 69

70 Ilustración 17 Lo anterior implica que 96 senadores se eligen por una fórmula mayoritaria y 32 con un método proporcional. Como se ha revisado, la proporcionalidad (Ps) es la relación entre porcentajes de votos y de escaños, que se calcula según la siguiente fórmula: % de escaños % de votos Ps = = dif 2 2 Centro de Capacitación Judicial Electoral 70

71 Elección 2006 A continuación se presentan los datos de la elección de Senadores de 2006 (véase tablas 35, 36 y 37). Tabla 35 Partidos % Escaños 16 % Votos Diferencia PAN PRI/PVEM PRD/PT/PC PANAL PAS Nulos y no registrados Total Ps = dif 2 = = 3.08 Los resultados observados en la tabla muestran que en la elección de senadores de 2006 hubo tres partidos sobrerrepresentados (resultado en positivo, resaltados en rojo) y cinco partidos subrepresentados (resultado en negativo, resaltados en azul). De este segundo conjunto hay que denotar que Nueva Alianza tiene la mayor diferencia negativa y que Alternativa Social no alcanza escaños porque obtiene menos de 2% de votos, que era la barrera legal. Del conjunto de partidos sobrerrepresentados hay que denotar la paradoja más interesante: PRI y PVEM que son el tercer lugar en porcentaje de votos, obtuvieron el segundo lugar en porcentaje de escaños; esto fue posible porque con las fórmulas de MR y primera minoría, dichos partidos lograron obtener más escaños que el segundo lugar en porcentaje de votos. El índice de proporcionalidad (3.08) implica baja desproporcionalidad, según los estándares internacionales (para una comparación, véase Gallagher, 1991, p. 46). 16 Es el porcentaje de escaños respecto del total de escaños de la legislatura. Centro de Capacitación Judicial Electoral 71

72 Tabla 36 Partidos Escaños Proporción Proporción 2 (P 2 ) PAN PRI/PVEM PRD/PT/PC PANAL PAS Total NEPP 1 P IF 1 - P Tabla 37 Partidos Votos Proporción Proporción 2 (P 2 ) PAN 14,035, PRI/PVEM 11,681, PRD/PT/PC 12,397, PANAL 1,688, PAS 795, Total 41,739, NEPE 1 P Fragmentación 1 - P Sobre el número efectivo de partidos, es mayor el índice para la dimensión electoral (3.55) que para la dimensión legislativa (2.97). Ambos índices muestran que el Senado mexicano es un sistema multipartidista con tres fuerzas parecidas y donde el partido mayor necesita del segundo o del tercer partido para lograr que sean aprobadas sus iniciativas políticas. Centro de Capacitación Judicial Electoral 72

73 Elección 2012 A continuación se presentan los datos de la elección de Senadores de 2012 (véase tablas 38, 39 y 40). Tabla 38 Partidos % Escaños 17 % Votos Diferencia PRI PAN PRD PVEM PT MC PNA Candidatos no registrados Votos nulos Votación total emitida Ps = dif 2 = = 4.28 Como se muestra la tabla 35 y la tabla 38, en la elección de 2006 fueron tres los partidos sobrerrepresentados, mientras en 2012 fueron únicamente dos partidos (resaltados en rojo). Sin embargo, cinco partidos políticos se encuentran en calidad de subrepresentación (véase tabla 38, resaltados en azul). La índice de proporcionalidad (4.28) es más alta que en 2006, pero sigue implicando desproporcionalidad más baja que el promedio según los estándares internacionales (para una comparación, véase Gallagher, 1991, p. 46). 17 Es el porcentaje de escaños respecto del total de escaños de la legislatura. Centro de Capacitación Judicial Electoral 73

74 Tabla 39 Partidos Escaños Proporción Proporción 2 (P 2 ) PRI PAN PRD PVEM PT MC PNA Total NEPP 1 P IF 1 - P Tabla 40 Partidos Votos Proporción Proporción 2 (P 2 ) PRI 15,673, PAN 13,237, PRD 9,351, PVEM 2,880, PT 2,336, MC 2,024, PNA 1,854, Total 50,286, NEPE 1 P IF 1 - P De acuerdo con los datos anteriores, también en 2012 el índice para la dimensión electoral (4.24) fue mayor que la dimensión legislativa (3.24). El NEPE implica que hay cuatro partidos políticos con fuerzas electorales parecidas, mientras el NEPP muestra que hay tres partidos con fuerzas parlamentarias parecidas. En la elección de senadores de 2006 hubo tres partidos sobrerrepresentados (resultado en positivo) y cinco partidos subrrepresentados (resultado en negativo), mientras que en la elección de senadores de 2012 hubo dos partidos sobrerrepresentados y cinco subrepresentados. Centro de Capacitación Judicial Electoral 74

75 3. Elementos constitutivos de los congresos mexicanos. 3.1 Conformación del Congreso federal Con la finalidad de conocer a detalle las reglas para la conformación de los congresos mexicanos, ahora se analizará el procedimiento de asignación de escaños de representación proporcional para la Cámara de Diputados y la de Senadores, así como para la integración de los congresos locales. Para tal fin, se usarán ejemplos hipotéticos, según los distintos sistemas, procedimientos y reglas Cámara de Diputados La Cámara de Diputados se integra por 500 representantes, de los cuales 300 son de mayoría relativa (MR) y 200 de representación proporcional (RP) (CPEUM, artículo 52). El sistema de asignación que se emplea para los diputados de RP es de cocientes y restos mayores (LEGIPE, artículo 16). Para que los partidos puedan acceder a su distribución, deben registrar candidatos por el principio de MR por lo menos en las dos terceras partes de los distritos uninominales, es decir, en 200 de ellos, y obtener como mínimo 3% de la votación emitida (CPEUM, artículo 54, fracciones I y II). Para las elecciones de la Cámara de Diputados, el territorio nacional se divide en cinco circunscripciones plurinominales; en cada una se eligen 40 diputados por el principio de representación proporcional. Después de determinar el número de diputados correspondiente a cada partido, se realiza la distribución de los mismos entre las cinco circunscripciones, de acuerdo al sistema de cociente y restos mayores (LEGIPE, artículo 19). A nivel federal en México se usa la fórmula Hare para la asignación de escaños (véase el tema La conversión de votos en escaños). La Constitución prevé dos limitantes a efecto de que ningún partido político quede sobrerrepresentado en la Cámara de Diputados, a saber: a) ningún partido político puede tener más de 300 diputados por ambos principios; b) ningún partido puede tener un porcentaje de diputados por ambos principios que represente un porcentaje mayor al 8% de la votación nacional emitida a su favor. Sin embargo, esto último no aplica al partido que, debido a sus triunfos en los distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules superior a la suma de su porcentaje de votación más ocho puntos, (CPEUM, artículo 54, fracciones IV y V). En otras palabras, el límite de sobrerrepresentación aplica principalmente en la etapa de asignación de escaños por el principio de RP. Centro de Capacitación Judicial Electoral 75

76 A continuación puedes analizar un esquema del procedimiento de distribución de escaños de representación proporcional para la Cámara de Diputados: Ilustración 18 Para conocer a mayor detalle el procedimiento para la asignación, se sugiere consultar el Anexo 1. Centro de Capacitación Judicial Electoral 76

77 3.1.2 Cámara de Senadores El Senado se integra por 128 representantes, de los cuales 64 son de mayoría relativa, 32 de primera minoría 18 y 32 de representación proporcional (CPEUM, artículo 56). El sistema de asignación que se emplea para los senadores de RP es de cocientes y restos mayores (LEGIPE, artículo 21). Los senadores por el principio de RP se eligen mediante listas nacionales registradas por los partidos políticos (CPEUM, artículo 56). Para acceder a la distribución de escaños por este principio, los partidos deben obtener por lo menos el 3% de la votación válida emitida (CPEUM, artículo 54, fracciones I y II), como sucede con los diputados, pero a diferencia de éstos, no existen límites a la sobrerrepresentación. A continuación puedes analizar un esquema del procedimiento de distribución de escaños de representación proporcional para la Cámara de Senadores: Ilustración 19 Para que puedas conocer a mayor detalle el procedimiento para la asignación véase el Anexo Se asigna un escaño a la primera fórmula de mayoría del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en cada una de las entidades federativas. Centro de Capacitación Judicial Electoral 77

78 3.2 Conformación de los congresos locales Los congresos estatales en México, al igual que el federal, emplean un sistema electoral mixto: una parte de los integrantes del Poder Legislativo son electos vía mayoría relativa y otra mediante RP. Conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esa proporción debe ser de 60-40, predominando el sistema mayoritario (AI 7/97, 37/2001, 3/2002, 15/2003, 41/2008, 10/2009 y 21/2009). Las entidades federativas tienen libertad para configurar la legislación que regula sus sistemas electorales, salvo el respeto a las proporciones y a la aplicación de las nuevas reglas introducidas por la reforma constitucional de 2014, que son: Límite de sobrerrepresentación de 8% (CPEUM, artículo 116, fracción II); Límite de subrepresentación de 8% (CPEUM, artículo 116, fracción II). El legislador federal pretendió, mediante las reglas incluidas en la LEGIPE y la LGPP, uniformar parcialmente el procedimiento de asignación de las diputaciones de representación proporcional en los congresos locales, estableciendo que la primera ronda debería llevarse a cabo mediante asignación directa, otorgando un escaño a cada partido que obtuviera por lo menos el 3% de los votos (LGPP, artículo 9, fracciones I y II, inciso c; LEGIPE, artículo 28. 2, incisos a y b). Como dato relevante, en la Acción de Inconstitucionalidad 22/2014 y sus acumuladas 26/2014, 28/2014 y 30/2014 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional ese procedimiento, al estimar que la legislación general en materia electoral no está constitucionalmente autorizada para determinar algún aspecto de este procedimiento, ya que es de competencia de las legislaturas locales. Sin embargo, antes de que la Suprema Corte declarara inconstitucional la obligación de las entidades federativas de incluir la asignación directa como el primer paso de asignación de los escaños de RP, muchos estados ya habían incluido ese procedimiento en sus constituciones y/o leyes electorales. Con ello se dio una importante homogenización de los sistemas electorales en las entidades federativas, ya que, a partir de la libertad de configuración legislativa estatal reconocida por la SCJN, la mayoría de los estados optó por adoptar el modelo de asignación directa (25 estados emplean esa fórmula). A partir del fenómeno de homogenización, tres variables se vuelven claves para el funcionamiento de los sistemas electorales en las entidades federativas: 1. La regulación del ajuste a los límites de sub y sobrerrepresentación: implica algunas variaciones en el procedimiento de asignación de escaños y se refiere a distintos Centro de Capacitación Judicial Electoral 78

79 momentos en los que se realiza la comprobación de los umbrales de sub y sobrerrepresentación. En ese sentido, la comprobación puede hacerse: a. En cada paso de asignación; b. Al final, realizando un ajuste simple de ser necesario; c. Al final, reasignando los escaños excedentes mediante un cociente ajustado de ser necesario; d. Al final, reiniciando el procedimiento de ser necesario. 2. El tamaño de la asamblea determina la viabilidad del sistema en su conjunto, ya que en los congresos pequeños puede que la cantidad de escaños a distribuir no sea suficiente para llevar a todos los partidos dentro de los mínimos constitucionales, respetando al mismo tiempo el procedimiento de asignación directa; 3. La proporción entre los escaños de RP y MR. A pesar de que los criterios de la Suprema Corte obligan a los congresos locales a mantener la proporción entre la vía uninominal y la plurinominal, no todos los estados cumplen con ello. A menor número de escaños de RP resulta más difícil la asignación para hacer que cumpla con los límites constitucionales. En general, es posible delimitar cuatro esquemas de asignación bajo el procedimiento de asignación directa, además del procedimiento por cociente y por rondas (véase tabla 41). Tabla 41. Sistemas electorales en las entidades federativas Asignación directa Fórmula Ajuste simple por pasos 19 Aguascalientes Baja California Baja California Sur Coahuila Colima Michoacán Morelos Nayarit Querétaro Quintana Roo Sonora Estados 19 En la mayoría de los estados de este grupo, la legislación no establece cuándo se deben comprobar los límites de sobre- y subrepresentación. Sin embargo, en estados que celebraron elecciones en 2015 en los cuales la ley tampoco especificaba el procedimiento, como fue el caso de Yucatán, el TEPJF determinó de manera consistente que la comprobación se hace por pasos (SUP-REC-575/2015). Como ejemplos adicionales caben mencionar: Querétaro (SM-JRC-308/2015) y Michoacán (SUP-REC- 690/2015). Centro de Capacitación Judicial Electoral 79

80 Cociente Rondas Ajuste simple al final Ajuste final con reasignación de los escaños excedentes Ajuste final con reinicio del procedimiento Yucatán Chiapas Guerrero Hidalgo Jalisco Puebla Tamaulipas 20 Campeche Ciudad de México Guanajuato San Luis Potosí Sinaloa México Nuevo León Tabasco Durango Oaxaca Tlaxcala Veracruz Zacatecas Chihuahua * Datos para marzo de 2016 Asignación directa Todos los procedimientos de asignación directa inician con la distribución de escaños otorgando una diputación a cada partido que haya alcanzado la cantidad de votos señalada por la legislación local (en la mayoría de los casos el umbral es de 3% de los votos válidos emitidos), empezando por el partido más votado. 21 Como siguiente paso, se emplea la asignación por cociente 22 y, si aún hay escaños disponibles, por resto mayor. 20 En la sentencia SUP-REC-743/2016 la Sala Superior revocó la asignación realizada por la Sala Regional Monterrey bajo la lógica de comprobación por pasos (SM-JDC-271/2016), señalando que de la legislación local no se desprende ese mecanismo y que la comprobación de los límites debe realizarse al terminar la asignación. 21 Como excepción cabe destacar a Puebla, donde en vez de asignar un escaño de asignación directa a cada partido que alcanza el umbral, se asigna un escaño de asignación directa a la fórmula de candidatos postulados por el principio de mayoría relativa que, por sí misma, haya obtenido el mayor porcentaje de votos de todas las fórmulas registradas para la elección de diputados por el referido principio, siempre que no hubiere alcanzado la constancia respectiva, es decir, el mejor segundo lugar de todos los distritos uninominales, medido en porcentaje de votos. 22 La única excepción es Baja California, donde en vez de aplicar el cociente se calcula el número de escaños expectativo de cada partido con base en su porcentaje de votación y el número de escaños Centro de Capacitación Judicial Electoral 80

81 En función de las particularidades, es posible distinguir cuatro modelos de asignación directa empleados en los congresos locales mexicanos: Ajuste por pasos. Implica realizar la comprobación del límite de sobrerrepresentación en cada paso: antes de la primera asignación y después de cada ronda. A continuación se presenta un esquema del procedimiento: Ilustración 20 Para conocer este modelo de asignación en mayor detalle, consulta el caso de Yucatán, Anexo 3. en el congreso local, el cual se compara con el número de escaños que tiene cada partido por MR y asignación directa. Centro de Capacitación Judicial Electoral 81

82 Ajuste simple al final. Implica realizar la asignación completa y una vez terminada, comprobar los límites de sub y sobrerrepresentación. En caso de que algún partido quede fuera de los límites constitucionales, se realiza el ajuste necesario para colocarlo dentro de los límites. Por ejemplo, si un partido queda sobrerrepresentado se le quitan los escaños necesarios para que quede dentro de su límite de sobrerrepresentación, y los escaños descontados se asignan a los partidos con mayor subrepresentación. Ajuste final con reasignación de los escaños excedentes. Implica comprobar los límites de sub y sobrerrepresentación una vez realizada la asignación de todos los escaños. Si algún partido queda sobrerrepresentado, se restan los escaños necesarios para que quede dentro de su límite de sobrerrepresentación y solamente los escaños descontados se reasignan con base en un cociente ajustado o rectificado. Ajuste final con reinicio del procedimiento. Implica realizar la asignación completa, es decir realizar todos los pasos, y una vez terminada, comprobar los límites de sub y sobrerrepresentación. En caso de ser necesario un ajuste, se asignan los escaños necesarios para colocar a los partidos sub o sobrerrepresentados dentro de los límites constitucionales, y se realiza el procedimiento completo de distribución de los escaños restantes entre los demás partidos. A continuación se presenta un esquema del procedimiento: Centro de Capacitación Judicial Electoral 82

83 Ilustración 21 Para conocer este modelo de asignación en mayor detalle, consulta el caso de Tabasco, Anexo 4. Otros modelos de asignación Antes de la reforma de 2014, dos estados (Jalisco y Zacatecas) establecían en su legislación asignación directa con ganador al límite, lo que implica asignar, en primer lugar, los escaños al partido más votado, para llevarlo al máximo de su límite constitucional de sobrerrepresentación. Después se distribuyen los escaños restantes entre los demás partidos con derecho a participar en la asignación. Sin embargo, en el marco del proceso electoral , la Sala Superior del TEPJF decidió inaplicar esta parte del procedimiento de asignación en Jalisco por ser desproporcional (SUP-JDC-841/2015). En el caso de Zacatecas, esta parte del procedimiento fue declarada inconstitucional por la SCJN antes de sus elecciones locales de 2016 por distorsionar la proporcionalidad que debe existir entre el Centro de Capacitación Judicial Electoral 83

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