Capítulo I Disposiciones Generales
|
|
- Gonzalo Castilla Franco
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1788, Ordinaria, celebrada el día veintiocho de junio del dos mil siete, en uso de las atribuciones legales que le confiere el Artículo 26 de la Ley de Universidades y el Numeral 21 del Artículo 23 del Reglamento General de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado APROBO la Reforma Parcial al Reglamento General de los Cursos Intensivos de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" Capítulo I Disposiciones Generales Artículo: 1 Los Cursos Intensivos son cursos de las asignaturas del pénsum de estudios, de los diferentes programas que ofrece la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", cuyo objetivo es aumentar la eficiencia en la utilización del tiempo disponible para el proceso de enseñanza aprendizaje, disminuyendo la duración promedio de los estudios en cada Programa por estudiante, sin menoscabo de la calidad de la enseñanza y de la validez de la evaluación del rendimiento estudiantil. Artículo: 2 El Consejo de Decanato conforme a sus políticas curriculares determinará y aprobará las asignaturas a ser dictada bajo la modalidad de Curso Intensivo. Artículo: 3 Los Cursos Intensivos tendrán una duración de cinco (5) semanas consecutivas, y serán dictados en el período vacacional, de acuerdo con el calendario de la Universidad. Artículo: 4 El personal docente y administrativo que trabaje durante el período de los Cursos Intensivos, lo hará voluntariamente y recibirá una bonificación especial, sometiéndose a lo pautado en este Reglamento y a las características propias de cada curso. 1/9
2 Capítulo II De la Coordinación Artículo: 5 La planificación de los Cursos Intensivos estará a cargo de la(s) Dirección(es)de Programa (s) de cada Decanato. Artículo: 6 Con dos (2) meses de anticipación, por lo menos, el Consejo de Decanato se pronunciará sobre la apertura de los Cursos Intensivos y las asignaturas a ser impartidas. En la misma oportunidad fijará la fecha de inicio de los cursos y se nombrará un Coordinador General de los Cursos Intensivos del Decanato, quien asumirá responsabilidad, la supervisión y coordinación del desarrollo de éstos. Parágrafo Primero: El Consejo de Decanato podrá nombrar un adjunto al coordinador de acuerdo a las necesidades particulares del Decanato. Parágrafo Segundo: Quien ejerza la coordinación y supervisión de los Cursos Intensivos y su adjunto, en caso de que lo hubiera, no podrán participar en el dictado de los mismos. Artículo: 7 En la semana siguiente al nombramiento del Coordinador de los Cursos Intensivos, los departamentos seleccionarán en reunión convocada al efecto, los profesores que participarán en el dictado de los cursos, designando un responsable académico en cada asignatura. El Jefe de Departamento informará al Coordinador de los Cursos Intensivos de estas decisiones. Parágrafo Único : Cuando en un Departamento no existan profesores con disponibilidad para el dictado de una determinada asignatura, en la cual se evidencie alta demanda estudiantil, podrán utilizarse profesores de otro Departamento u otro Decanato o en situaciones extremas de otra Universidad Nacional siempre y cuando llenen los requisitos establecidos en el Artículo 16 del presente Reglamento. Artículo: 8 El Coordinador General de los Cursos Intensivos del Decanato deberá presentar ante el Consejo de Decanato en las cuatro (4) semanas siguientes a 2/9
3 su nombramiento un informe detallado sobre la realización de los Cursos Intensivos, que deberá incluir la siguiente información: a. Lista de las asignaturas a ser ofrecidas durante la realización de los Cursos Intensivos. b. Lista de profesores que participarán en el dictado de los referidos cursos. c. Estimación de estudiantes a participar. d. Necesidades de personal de apoyo, material a utilizar y servicios adicionales requeridos. e. Unidades Administrativas de apoyo. f. Determinación de los costos por asignatura. g. Cualquier otra información cuya inclusión se considere necesaria. Capítulo III Del Régimen de Estudios Artículo: 9 Los requisitos para cursar una (s) asignatura (s) bajo la modalidad de Cursos Intensivos, serán los establecidos en el Plan de Estudios vigente para cada Programa. Artículo: 10 Durante la realización de los Cursos Intensivos se mantendrá el régimen de prelación vigente para cada asignatura. Artículo: 11 El número de horas de clases a dictarse en una asignatura, bajo la modalidad de Cursos Intensivos, debe ser equivalente al número de horas de clases que dicha asignatura tenga en el semestre regular (de 16 semanas). 3/9
4 Parágrafo Único : El número estimado de horas de clase semanales de una asignatura debe ser el cociente que resulte de dividir el número total de horas de la asignatura en el semestre regular entre cinco semanas. Artículo: 12 Bajo el régimen de cursos intensivos, el estudiante podrá cursar un máximo de dos (2) asignaturas y en ningún caso su carga horaria podrá ser superior a seis (6) horas diarias. Parágrafo Único: El estudiante que inscriba más del limite de horas señaladas en este artículo, le será anulada cualquiera de las asignaturas que constituyan el exceso de carga horaria. Artículo: 13 El alumno que resulte aplazado en cualquier asignatura cursada bajo este régimen, será considerado como repitiente de la misma. Artículo: 14 No se permitirá, bajo ninguna circunstancia, coincidencia de horarios para cursar las asignaturas, durante los Cursos Intensivos. Artículo: 15 El estudiante podrá solicitar en los primeros cinco (5) días de iniciado el curso, su retiro de la (s) asignatura (s) que estuviese cursando, sin que esta cuente para su historia académico. Capítulo IV De la Planificación del Control y de la Evaluación Académica. Artículo: 16 Un profesor dictará solo una asignatura y hasta dos (2) secciones con un máximo de ocho (8) horas académicas diarias de clases en los Cursos Intensivos, y es requisito indispensable ser profesor de la asignatura con categoría mínima de Asistente y haber administrado la asignatura al menos una vez en los últimos tres (03) años. 4/9
5 Parágrafo Único : En caso de no contar con el personal académico del escalafón requerido, interesados en el dictado de estos Cursos, se podrán incorporar como docentes a los Instructores o Profesores Contratados, con suficiente experiencia, a juicio del Consejo de Decanato. Artículo: 17 El profesor presentará con quince (15) días de anticipación al inicio de los Cursos Intensivos, la programación de las actividades a realizar durante los mismos. Dicha programación deberá ser consignada por ante el Jefe de Departamento respectivo. Esta programación deberá contener la siguiente información : a. Fecha de inicio y culminación del curso. b. Cronogramas de las asignaturas a dictarse, evaluación y atención a los estudiantes. c. Cronogramas de evaluaciones. d. Material de apoyo. Artículo: 18 Los profesores que dictan Cursos Intensivos deben presentar un informe final sobre la asignatura dictada. Este informe debe contener como mínimo los siguientes aspectos: a. Número de alumnos inscritos, número de alumnos retirados, número de alumnos aprobados y número de alumnos reprobados. b. Copias de los exámenes aplicados. c. Observaciones y recomendaciones sobre el desarrollo del curso. Artículo: 19 El informe final deberá ser entregado al Coordinador de los Cursos Intensivos, en los primeros cinco (5) días del reinicio de las actividades, quien lo hará llegar al Director de Programa o su equivalente, para su consideración y estudio. 5/9
6 Artículo: 20 El Coordinador de los Cursos Intensivos presentará ante el Consejo de Decanato un informe sobre los resultados de los mismos, dentro de los primeros treinta (30) días del inicio de las actividades. Dicho informe deberá contener como mínimo la siguiente información. a. Aspecto Académico-Administrativo, y Financiero. b. Evaluación General del Curso. Capítulo V De la Selección y Evaluación Estudiantil Artículo: 21 Los Cursos Intensivos están dirigidos a los alumnos que deseen adelantar asignaturas, cursar materias retiradas, o aplazadas por primera vez. Deben llenar los requisitos exigidos por cada curso en particular y cumplir las condiciones establecidas en las normas internas de cada Decanato. Artículo: 22 En caso de asignaturas donde existan más solicitudes que cupos ofrecidos, se hará una selección de los aspirantes de acuerdo al índice académico tomado hasta el último lapso concluido. Artículo: 23 La evaluación del rendimiento académico estudiantil de los cursos intensivos será de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil de la UCLA. Exceptuando las pruebas diferidas y sustitutivas que quedan eliminadas del Curso Intensivo. Capítulo VI De las Inscripciones. Artículo: 24 La Oficina de Registro Académico de cada Decanato deberá realizar un proceso de pre-ínscripción, conjuntamente con el Coordinador de los Cursos Intensivos, por lo menos seis (6) semanas antes del inicio de los mismos. 6/9
7 Artículo: 25 El proceso de inscripción de los Cursos Intensivos se realizará al menos con quince (15) días de antelación al inicio de los mismos y se regirá por las Normas Internas de cada Decanato. Este proceso lo realizará la Unidad de Registro Académico del Decanato, o su equivalente. Capítulo VII De los Aranceles Artículo: 26 En los Cursos Intensivos, el estudiante deberá cancelar un arancel de preinscripción, éste constituye parte del arancel de inscripción. Parágrafo Primero: al estudiante le será reintegrada la cantidad pagada por concepto de preinscripción o inscripción en un Curso Intensivo en los siguientes casos: a.- Cuando no es seleccionado en un curso para el cual se preinscribió. b.- Cuando no se inicia un curso en el cual se inscribió c.- En los casos indicados en el Parágrafo Tercero del presente artículo. El Estudiante dispondrá de un lapso de dos (2) meses contados a partir de la finalización de los Cursos Intensivos para retirar el respectivo reintegro. Vencido el lapso antes mencionado, el dinero no solicitado pasará a formar parte del excedente del curso intensivo. Parágrafo Segundo: Cinco (5) días antes de la inscripción final, el estudiante podrá cambiar la asignatura que pre-inscribió por otra, utilizando el arancel previamente cancelado. Parágrafo Tercero: La Coordinación de los Cursos Intensivos recomendará el reintegro cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias: a.- Enfermedad incapacitante del estudiante que amerite un reposo prolongado que le impida cursar el curso intensivo. b.- La muerte del cónyuge o pariente en primer grado de consaguinidad del estudiante. 7/9
8 c.- En caso de detención política o jurídica durante el período del Curso Intensivo. Artículo: 27 Los profesores que participen en los Cursos Intensivos cobrarán un bono especial, el cual se determinará según la formula siguiente : B = N x S B - Bono especial a cobrar por el profesor. N - Número de horas de la asignatura en un semestre regular. S - Costo de una hora de clase equivalente a la de un profesor Agregado a Tiempo Convencional. Parágrafo Único: El Coordinador de los Cursos Intensivos recibirá un Bono Especial, cuyo monto será equivalente al sueldo mensual de un Profesor Agregado a Dedicación Exclusiva. Artículo: 28 El Departamento determinará el costo de cada curso en particular, tomando en consideración las siguientes variables: Profesor, Personal de Apoyo, Materiales y otros. Una vez determinado el costo del curso, se fijará el cupo mínimo y máximo del mismo. El cupo mínimo debe garantizar el costo determinado para cada curso. Artículo: 29 En aquellos casos en que los Cursos Intensivos generan excedentes, los mismos deberán ser asignados al presupuesto del Decanato respectivo. Los Consejos de Decanato dictarán los instructivos internos que regirán las particularidades de los Cursos Intensivos de cada Programa. Artículo: 30 Los recursos a que hace mención el artículo anterior deberán ser utilizados para el financiamiento de necesidades o proyectos de interés para la Comunidad Estudiantil y para el Decanato. Por lo cual el Consejo de Decanato nombrará una comisión integrada por: Director Administrativo, Directores de Programa, Representante del Centro de Estudiantes y representante de los Grupos Organizados, que evaluará las necesidades o proyectos y los presentará para su consideración ante el Consejo de Decanato. 8/9
9 Capítulo VIII Disposiciones Finales Artículo: 31 Los Consejos de Decanato dictarán los instructivos internos que regirán las particularidades de los Cursos Intensivos de cada Programa. Artículo: 32 Lo no previsto en este Reglamento debe ser resuelto por el Consejo Universitario. Dado, sellado, firmado en la Sala de Sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado en su Sesión N 1788, Ordinaria, realizado el día veintiocho de junio del dos mil siete. Dr. Francesco Leone Durante Rector Dr. Francisco Ugel Garrido Secretario General 9/9
Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita
1 Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita EL VALLE DEL ESPÍRITU SANTO, JUNIO DE 2013 Modificación del Art. 10 Aprobado en CUSO # 001-2014, de fecha 20-02-2014 2 Normas de los Cursos
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1.890 Ordinaria, celebrada el día diecisiete de septiembre del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones
Más detallesCapitulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario, de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en Sesión Nº 1532, Ordinaria, celebrada el día 12-05-2004, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias, concretamente
Más detallesCapítulo I Disposiciones Fundamentales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2068, Ordinaria, celebrada el día 03 de Noviembre de dos mil diez y en uso de las atribuciones legales
Más detallesCapítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones
Más detallesCapítulo I De la Naturaleza y Basamento Legal
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1599, Ordinaria, celebrada, el día dos de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesLa unidad académico-administrativa encargada del proceso de admisión a los programas de Pregrado es la Dirección de Admisión y Control de Estudios.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1949, Ordinaria, celebrada el día veinte de mayo del dos mil nueve, en uso de las atribuciones legales
Más detallesSección I De las Coordinaciones de Postgrado
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades y el Numeral
Más detallesCapítulo I De la Definición
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Reglamento General de esta institución dicta las presentes Normas del
Más detallesNormas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Normas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Capítulo I De la Definición y Naturaleza Artículo: 1 La actividad de evaluación extraordinaria
Más detallesExposición de Motivos:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1980, Ordinaria, realizada el día siete del mes de octubre
Más detallesAPROBO: NORMATIVA INTERNA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DEL DECANATO DE AGRONOMIA ARTICULO
El Consejo Universitario de la Universidad, reunido en su sesión N 1591, Ordinaria, celebrada, el día dos de febrero del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confiere
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1628, Ordinaria, celebrada, el quince de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales
Más detallesCAPITULO I NATURALEZA, DEFINICIÓN Y FINES
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2157, Ordinaria, celebrada el diecinueve de octubre del año dos mil once, en uso de las atribuciones
Más detallesNORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL -
NORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL - Presentado por la Ampliación Puerto Cabello para la consideración del
Más detallesDisposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1848, Ordinaria, celebrada el día trece de marzo del dos mil ocho, en uso de las atribuciones legales
Más detallesCONSIDERANDO. Dicta las siguientes: NORMAS GENERALES PARA LOS CURSOS INTENSIVOS DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES CAPITULO I
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL ORDINAL 21 DEL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DE UNIVERSIDADES CONSIDERANDO 1. Que anualmente durante el periodo
Más detallesOFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO
OFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO CRITERIOS PARA OFRECER ASIGNATURAS EN EL PCI (Pregrado) a- Se pueden ofrecer asignaturas que en la Escuela de Origen sean electivas, complementarias, obligatorias y de
Más detallesDisposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1854, Ordinaria, celebrada el día dos de abril del dos mil ocho, en uso de las atribuciones legales
Más detallesInstructivo para Trámites Estudiantiles
Entrega del anteproyecto de Un ejemplar encuadernado. Constancia de cumplimiento de requisitos exigidos emitida por Registro Consignación ante el Consejo de Investigación. Durante las primeras seis semanas
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la, reunido en su sesión Nº 2158 Ordinaria, celebrada el día 26 de octubre de 2011, en uso de las atribuciones que le confiere los artículos 21 y 22 de La Ley Orgánica de Hacienda
Más detallesNORMAS QUE REGULAN EL PERIODO INTENSIVO VACACIONAL (PIV) EN LA UNEFA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (UNEFA) VICERRECTORADO ACADEMICO NORMAS QUE REGULAN
Más detallesArtículo: 3 Para los efectos de cancelación de los aranceles, se establecen las tarifas siguientes:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" en uso de las atribuciones legales que le confiere el Reglamento General de esta Institución Dicta las siguientes Normas de
Más detallesI.- Exposición de Motivos
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2020, Ordinaria, celebrada el día doce de mayo del dos mil diez, en uso de las atribuciones legales
Más detallesINSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS A-2015
OFICINA DE REGISTROS ESTUDIANTILES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANALISIS UNIVERSIDAD DE LOS ANDES MERIDA - VENEZUELA INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS A-2015 CONTENIDO PÁG. PROCESO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS
Más detallesNormativa para la Administración n y Control de Ingresos Propios Manejador a través s de las Coordinaciones de Fomento
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS Normativa para la Administración n y Control de Ingresos Propios Manejador a través s
Más detallesINSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS B-2014
OFICINA DE REGISTROS ESTUDIANTILES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANALISIS UNIVERSIDAD DE LOS ANDES MERIDA - VENEZUELA INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS B-2014 CONTENIDO PÁG. PROCESO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS
Más detallesCapitulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1639, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de julio de dos mil cinco, en uso de las atribuciones
Más detallesPerfil del Jefe de Departamento Académico
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1631, Ordinaria, celebrada, el día veintitrés de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesCAPÍTULO I De los Estudios
El Consejo de Escuela de Ingeniería Civil de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" en concordancia con el Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil, dicta el siguiente
Más detallesFacultad de Ingeniería - Decanato
Reglamento de Régimen de Estudios de la Facultad de Ingeniería (Aprobado 18/05/2015) Del Título Artículo 1: Para optar al Título de Ingeniero en cualquiera de las Escuelas de la Facultad de Ingeniería,
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, ARTE Y EDUCACION
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD DR. JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ El Consejo Universitario de la Universidad Dr.
Más detallesNORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO
NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Año 2017 1 NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Cabudare, septiembre 2017 3 1. ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO.
Más detallesExposición de Motivos:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1535, Ordinaria, realizada el día diecinueve de mayo del
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 2160 Ordinaria, celebrada el día ocho de noviembre del año dos mil once, en uso de las atribuciones
Más detallesAPROBO Las Normas Aplicables al Proceso de Contratación del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
El Consejo Universitario de la Universidad, en su Sesión Nº 1500, Extraordinaria, celebrada el día 19-01-2004, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere la Ley de Universidades
Más detallesel diálogo y la crítica razonada en el ámbito académico para la construcción-acción del Servicio Comunitario Estudiantil.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1768, Ordinaria, celebrada el día veinticinco de abril del año dos mil siete, en uso de las atribuciones
Más detallesNormas Generales. 2. El uso del carnet tendrá los siguientes beneficios:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1599, Ordinaria, celebrada, el día dos de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento
Más detallesREGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO PARA EL TÍTULO DE INGENIERO CIVIL
REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO PARA EL TÍTULO DE INGENIERO CIVIL Mérida, Revisión Abril-2015 1 REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO PARA EL TÍTULO DE INGENIERO CIVIL CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO
Más detallesINSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. SOPORTE LEGAL: La Normativa de Servicio Comunitario
Más detallesAPROBO: Normativa Interna para los Trabajos de Grado de Los Programas de Pregrado del Decanato de Agronomía.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones
Más detallesCapítulo I De la Naturaleza y Fines de Evaluación
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1920, Ordinaria, celebrada el día cuatro de febrero del dos mil nueve, en uso de las atribuciones
Más detallesCapítulo I Definición de Términos
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2330, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de noviembre del dos mil trece, en uso de las atribuciones
Más detallesPLAN DE ESTUDIOS DE LA ESCUELA DE FILOSOFÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA REGLAMENTO
El régimen de estudio es semestral, un régimen de créditos y prelaciones de asignaturas. Existen dos semestres al año y, para obtener la licenciatura, todo estudiante deberá aprobar 150 créditos, distribuidos
Más detallesEL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, DICTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS
Más detallesAPROBO MODIFICACION CURRICULAR DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE LOS PROGRAMAS DE ADMINISTRACIÓN COMERCIAL Y CONTADURIA PUBLICA,
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en sesión N 1289, Ordinaria de fecha veintisiete de junio del dos mil uno, haciendo uso de las atribuciones legales
Más detallesAPROBÓ: NORMATIVA INTERNA DEL PROGRAMA DE PASANTIAS DEL DECANATO DE AGRONOMÍA.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2236, Ordinaria, celebrada, el diecisiete, de octubre del año dos mil doce, en uso de sus atribuciones
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Facultad de Ingeniería Escuela de Ingeniería De Telecomunicaciones Reglamento de Pasantías
NORMAS SOBRE REALIZACIÓN, PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE PASANTÍAS EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES. (Normas aprobadas por el Consejo de la, en su sesión Nº ------, de fecha 14-03-2005.)
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1905, Ordinaria, celebrada el día cinco de noviembre del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES Artículo 1.- Cursos Abiertos.- La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato, mantiene un
Más detallesDisposición General. Capítulo I De las Jubilaciones
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su Sesión N 1859, Ordinaria, celebrada el día dieciséis de abril de dos mil ocho, en uso de sus atribuciones legales
Más detallesREGLAMENTO DE PASANTIAS DEL PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL P. P. PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARIA BARALT PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA REGLAMENTO DE PASANTIAS DEL
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1204, Ordinaria, realizada el día veintiséis de julio
Más detallesAPROBO Creación del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo en la UCLA: Una Responsabilidad Impostergable. Justificación
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1871, Ordinaria, celebrada el día veintitrés de mayo del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones
Más detalles1. En los Decanatos y Núcleos se debe conformar un Comité Deportivo.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1569, Ordinaria, celebrada el día veinte de octubre de dos mil cuatro, en uso de las atribuciones legales
Más detallesNORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA
1 NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA EL VALLE DEL ESPÍRITU SANTO, JUNIO DEL 2013 Modificado y Aprobado en CUSO # 06-2017, de fecha 22-06-2017 2 El Consejo Universitario
Más detallesCAPÍTULO I Del Régimen de Estudios. CAPÍTULO I De la Naturaleza y los Fines de Evaluación
El Consejo de Decanato de Medicina de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en concordancia con el Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil, dicta la siguiente
Más detallesINSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES El Consejo Directivo del Instituto Universitario de Diseño Las Mercedes en uso de la facultad que le confiere el numeral 2 del artículo 15 del Reglamento
Más detallesDisposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1993, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de enero del año dos mil diez, en uso de las atribuciones
Más detallesUNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE EL PROGRESO CUNPROGRESO
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE EL PROGRESO CUNPROGRESO NORMATIVO ESCUELA DE VACACIONES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE EL PROGRESO Aprobado por EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO Acuerdo Específico de Pregrado 05 CURSOS INTERSEMESTRALES
CONSEJO ACADÉMICO Acuerdo Específico de Pregrado 05 CURSOS INTERSEMESTRALES 20 de octubre de 2016 1 ACUERDO ESPECÍFICO 05 PARA PREGRADO 20 de octubre de 2016 El Consejo Académico de la Universidad EIA,
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1436, Ordinaria, celebrada el día cuatro de junio de dos mil tres, en uso de las atribuciones que le
Más detallesUniversidad Centroccidental Lisandro Alvarado Decanato de Ciencias Económicas y Empresariales Programa de Economía Departamento de Economía
Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Decanato de Ciencias Económicas y Empresariales Programa de Economía Departamento de Economía NORMATIVA INTERNA DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO DEL PROGRAMA LICENCIATURA
Más detallesNORMATIVO DE ESCUELA DE VACACIONES
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE BAJA VERAPAZ - CUNBAV - UNIDAD DE PLANIFICACIÓN NORMATIVO DE ESCUELA DE VACACIONES Guatemala, Febrero de 2013 INDICE CONTENIDO Página CAPITULO
Más detallesArtículo: 4 La Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil deberá orientarse hacia los siguientes fines:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades, Numeral 18 del
Más detallesLicenciatura o su equivalente en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Capítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1996, Ordinaria, realizada el día 10 de febrero de dos mil diez, haciendo uso de las atribuciones
Más detallesCAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES
NORMAS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DE LA PASANTÍA EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (FACYT) CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES ARTÍCULO 1 : Las
Más detallesExposición de Motivos.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1790, Ordinaria, celebrada el día cuatro de julio del año dos mil siete, en uso de las atribuciones
Más detallesCONSIDERANDO REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN. CAPITULO I
LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO
Más detallesEL CONSEJO DIRECTIVO
EL CONSEJO DIRECTIVO En uso de la atribución que le confiere el numeral 12 del artículo 11 del Reglamento General de la Universidad Simón Bolívar dicta el siguiente: REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE ESTUDIOS
Más detallesNORMAS INTERNAS SOBRE CURSOS INTENSIVOS EN LA ESCUELA DE DERECHO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Consejo de Facultad NORMAS INTERNAS SOBRE CURSOS INTENSIVOS EN LA ESCUELA DE DERECHO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
Más detallesREGLAMENTO DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO
REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO Año 2010 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO Barquisimeto, 2010 Resolución: 2010-017-083 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
Más detallesCONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017
CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017 La División de Estudios Profesionales del te invita a participar en los Cursos de Verano 2017. DEFINICIÓN Y CARACTERIZACIÓN El curso de verano es una alternativa
Más detallesINSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES El Consejo Directivo del Instituto de Universitario de Diseño Las Mercedes en uso de sus atribuciones legales dicta el siguiente: REGLAMENTO DE PASANTIAS
Más detallesNorma para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita
El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita, en uso de la atribución que le confiere el artículo 26 de la Ley de Universidades en concordancia con el artículo 23 numeral 7 del Estatuto Orgánico
Más detallesCapítulo I Definición de Términos
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones reglamentarias que le confiere el Artículo 9 en sus Numerales 9 y 23 del Reglamento General de
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1396, Ordinaria, realizada el día once de diciembre de
Más detallesINSTRUCTIVO PROCEDIMENTAL PASANTIAS
1 I. OBJETIVO: Dotar a la Coordinación de Pasantías de la Universidad Nacional Experimental de Guayana de un documento contentivo de las normas y procedimientos desarrolladas y cumplidas para simplificar
Más detallesREGLAMENTO INTERNO POSTGRADO EN MATEMATICA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
REGLAMENTO INTERNO POSTGRADO EN MATEMATICA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Sección I: Sobre el Comité Académico 1.- El Comité Académico del Postgrado en Matemática estará integrado
Más detallesArtículo: 1 Los Actos de grado, de acuerdo al ceremonial establecido, se dividen en dos categorías:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Numeral 18 del Artículo 8 del Reglamento de la Universidad Centroccidental
Más detallesI Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales y reglamentarias previstas en el numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES. CAPITULO I Disposiciones Generales
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El Programa de Estudios Semipresenciales se refiere a una modalidad educativa mixta con elementos de
Más detallesMANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE PROYECTOS LOCTI
La Universidad que Siembra Consejo Directivo Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 1/7 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA UNELLEZ
Más detallesUNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN DE CONTROL DE ESTUDIOS
UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN DE CONTROL DE ESTUDIOS Proceso de inscripciones del período académico regular 2.011 III (Agosto-Diciembre) A- QUIÉNES SE PUEDEN INSCRIBIR?:
Más detallesNORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO EDUCATIVO NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES Aprobado por la Junta Directiva de la Facultad
Más detallesArticulo 4. Articulo 5 Articulo 6. Articulo 7. Articulo 8 Articulo 9. Articulo 10. Articulo 11.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2035, Ordinaria, celebrada el día treinta de junio año dos mil diez, en uso de las atribuciones legales
Más detallesEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14, numeral 28 del reglamento General de la Institución, RESUELVE 1) Aprobar
Más detallesPara realizar su pago de arancel por concepto de matricula estudiantil, debe obtener un código de validación vía SMS.
PAGO DE MATRICULA ESTUDIANTIL Para realizar su pago de arancel por concepto de matricula estudiantil, debe obtener un código de validación vía SMS. Proceso de inscripción bajo la modalidad de 3 SMS: Código
Más detallesREGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC
REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCION
Más detallesPROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA REALIZACIÓN DE LA PASANTÍA EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA INFORMÁTICA
PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA REALIZACIÓN DE LA PASANTÍA EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA INFORMÁTICA 1ER. PASO: PREINSCRIPCIÓN Todos los estudiantes que tengan intenciones de realizar la pasantía durante
Más detallesUniversidad de Carabobo. Consejo Universitario REGLAMENTO DE CURSOS ESPECIALES DE AVANCE Y NIVELACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO.
Año 58 Valencia, 05 de Agosto de 2016 EXTRAORDINARIA N 620 Sumario Gaceta Oficial Universidad de Carabobo Sesión 1.798 de Fecha 04/08/2016 Consejo Universitario REGLAMENTO DE CURSOS ESPECIALES DE AVANCE
Más detallesReglamento de Trabajo de Grado
Reglamento de Trabajo de Grado Año 2014 1 REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO Barquisimeto, febrero 2014 3 Reglamento de Trabajo de Grado Página 3 Resolución: 2014-05-014 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República del Ecuador publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en el Art. 3
Más detallesEl Consejo Universitario en sesión del 20 de diciembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos:
REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES El Consejo Universitario en sesión del 20 de diciembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: I. INSCRIPCIONES (PRIMER INGRESO) ARTÍCULO 1.- Para
Más detalles