Capítulo I Disposiciones Generales

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Capítulo I Disposiciones Generales"

Transcripción

1 El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1788, Ordinaria, celebrada el día veintiocho de junio del dos mil siete, en uso de las atribuciones legales que le confiere el Artículo 26 de la Ley de Universidades y el Numeral 21 del Artículo 23 del Reglamento General de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado APROBO la Reforma Parcial al Reglamento General de los Cursos Intensivos de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" Capítulo I Disposiciones Generales Artículo: 1 Los Cursos Intensivos son cursos de las asignaturas del pénsum de estudios, de los diferentes programas que ofrece la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", cuyo objetivo es aumentar la eficiencia en la utilización del tiempo disponible para el proceso de enseñanza aprendizaje, disminuyendo la duración promedio de los estudios en cada Programa por estudiante, sin menoscabo de la calidad de la enseñanza y de la validez de la evaluación del rendimiento estudiantil. Artículo: 2 El Consejo de Decanato conforme a sus políticas curriculares determinará y aprobará las asignaturas a ser dictada bajo la modalidad de Curso Intensivo. Artículo: 3 Los Cursos Intensivos tendrán una duración de cinco (5) semanas consecutivas, y serán dictados en el período vacacional, de acuerdo con el calendario de la Universidad. Artículo: 4 El personal docente y administrativo que trabaje durante el período de los Cursos Intensivos, lo hará voluntariamente y recibirá una bonificación especial, sometiéndose a lo pautado en este Reglamento y a las características propias de cada curso. 1/9

2 Capítulo II De la Coordinación Artículo: 5 La planificación de los Cursos Intensivos estará a cargo de la(s) Dirección(es)de Programa (s) de cada Decanato. Artículo: 6 Con dos (2) meses de anticipación, por lo menos, el Consejo de Decanato se pronunciará sobre la apertura de los Cursos Intensivos y las asignaturas a ser impartidas. En la misma oportunidad fijará la fecha de inicio de los cursos y se nombrará un Coordinador General de los Cursos Intensivos del Decanato, quien asumirá responsabilidad, la supervisión y coordinación del desarrollo de éstos. Parágrafo Primero: El Consejo de Decanato podrá nombrar un adjunto al coordinador de acuerdo a las necesidades particulares del Decanato. Parágrafo Segundo: Quien ejerza la coordinación y supervisión de los Cursos Intensivos y su adjunto, en caso de que lo hubiera, no podrán participar en el dictado de los mismos. Artículo: 7 En la semana siguiente al nombramiento del Coordinador de los Cursos Intensivos, los departamentos seleccionarán en reunión convocada al efecto, los profesores que participarán en el dictado de los cursos, designando un responsable académico en cada asignatura. El Jefe de Departamento informará al Coordinador de los Cursos Intensivos de estas decisiones. Parágrafo Único : Cuando en un Departamento no existan profesores con disponibilidad para el dictado de una determinada asignatura, en la cual se evidencie alta demanda estudiantil, podrán utilizarse profesores de otro Departamento u otro Decanato o en situaciones extremas de otra Universidad Nacional siempre y cuando llenen los requisitos establecidos en el Artículo 16 del presente Reglamento. Artículo: 8 El Coordinador General de los Cursos Intensivos del Decanato deberá presentar ante el Consejo de Decanato en las cuatro (4) semanas siguientes a 2/9

3 su nombramiento un informe detallado sobre la realización de los Cursos Intensivos, que deberá incluir la siguiente información: a. Lista de las asignaturas a ser ofrecidas durante la realización de los Cursos Intensivos. b. Lista de profesores que participarán en el dictado de los referidos cursos. c. Estimación de estudiantes a participar. d. Necesidades de personal de apoyo, material a utilizar y servicios adicionales requeridos. e. Unidades Administrativas de apoyo. f. Determinación de los costos por asignatura. g. Cualquier otra información cuya inclusión se considere necesaria. Capítulo III Del Régimen de Estudios Artículo: 9 Los requisitos para cursar una (s) asignatura (s) bajo la modalidad de Cursos Intensivos, serán los establecidos en el Plan de Estudios vigente para cada Programa. Artículo: 10 Durante la realización de los Cursos Intensivos se mantendrá el régimen de prelación vigente para cada asignatura. Artículo: 11 El número de horas de clases a dictarse en una asignatura, bajo la modalidad de Cursos Intensivos, debe ser equivalente al número de horas de clases que dicha asignatura tenga en el semestre regular (de 16 semanas). 3/9

4 Parágrafo Único : El número estimado de horas de clase semanales de una asignatura debe ser el cociente que resulte de dividir el número total de horas de la asignatura en el semestre regular entre cinco semanas. Artículo: 12 Bajo el régimen de cursos intensivos, el estudiante podrá cursar un máximo de dos (2) asignaturas y en ningún caso su carga horaria podrá ser superior a seis (6) horas diarias. Parágrafo Único: El estudiante que inscriba más del limite de horas señaladas en este artículo, le será anulada cualquiera de las asignaturas que constituyan el exceso de carga horaria. Artículo: 13 El alumno que resulte aplazado en cualquier asignatura cursada bajo este régimen, será considerado como repitiente de la misma. Artículo: 14 No se permitirá, bajo ninguna circunstancia, coincidencia de horarios para cursar las asignaturas, durante los Cursos Intensivos. Artículo: 15 El estudiante podrá solicitar en los primeros cinco (5) días de iniciado el curso, su retiro de la (s) asignatura (s) que estuviese cursando, sin que esta cuente para su historia académico. Capítulo IV De la Planificación del Control y de la Evaluación Académica. Artículo: 16 Un profesor dictará solo una asignatura y hasta dos (2) secciones con un máximo de ocho (8) horas académicas diarias de clases en los Cursos Intensivos, y es requisito indispensable ser profesor de la asignatura con categoría mínima de Asistente y haber administrado la asignatura al menos una vez en los últimos tres (03) años. 4/9

5 Parágrafo Único : En caso de no contar con el personal académico del escalafón requerido, interesados en el dictado de estos Cursos, se podrán incorporar como docentes a los Instructores o Profesores Contratados, con suficiente experiencia, a juicio del Consejo de Decanato. Artículo: 17 El profesor presentará con quince (15) días de anticipación al inicio de los Cursos Intensivos, la programación de las actividades a realizar durante los mismos. Dicha programación deberá ser consignada por ante el Jefe de Departamento respectivo. Esta programación deberá contener la siguiente información : a. Fecha de inicio y culminación del curso. b. Cronogramas de las asignaturas a dictarse, evaluación y atención a los estudiantes. c. Cronogramas de evaluaciones. d. Material de apoyo. Artículo: 18 Los profesores que dictan Cursos Intensivos deben presentar un informe final sobre la asignatura dictada. Este informe debe contener como mínimo los siguientes aspectos: a. Número de alumnos inscritos, número de alumnos retirados, número de alumnos aprobados y número de alumnos reprobados. b. Copias de los exámenes aplicados. c. Observaciones y recomendaciones sobre el desarrollo del curso. Artículo: 19 El informe final deberá ser entregado al Coordinador de los Cursos Intensivos, en los primeros cinco (5) días del reinicio de las actividades, quien lo hará llegar al Director de Programa o su equivalente, para su consideración y estudio. 5/9

6 Artículo: 20 El Coordinador de los Cursos Intensivos presentará ante el Consejo de Decanato un informe sobre los resultados de los mismos, dentro de los primeros treinta (30) días del inicio de las actividades. Dicho informe deberá contener como mínimo la siguiente información. a. Aspecto Académico-Administrativo, y Financiero. b. Evaluación General del Curso. Capítulo V De la Selección y Evaluación Estudiantil Artículo: 21 Los Cursos Intensivos están dirigidos a los alumnos que deseen adelantar asignaturas, cursar materias retiradas, o aplazadas por primera vez. Deben llenar los requisitos exigidos por cada curso en particular y cumplir las condiciones establecidas en las normas internas de cada Decanato. Artículo: 22 En caso de asignaturas donde existan más solicitudes que cupos ofrecidos, se hará una selección de los aspirantes de acuerdo al índice académico tomado hasta el último lapso concluido. Artículo: 23 La evaluación del rendimiento académico estudiantil de los cursos intensivos será de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil de la UCLA. Exceptuando las pruebas diferidas y sustitutivas que quedan eliminadas del Curso Intensivo. Capítulo VI De las Inscripciones. Artículo: 24 La Oficina de Registro Académico de cada Decanato deberá realizar un proceso de pre-ínscripción, conjuntamente con el Coordinador de los Cursos Intensivos, por lo menos seis (6) semanas antes del inicio de los mismos. 6/9

7 Artículo: 25 El proceso de inscripción de los Cursos Intensivos se realizará al menos con quince (15) días de antelación al inicio de los mismos y se regirá por las Normas Internas de cada Decanato. Este proceso lo realizará la Unidad de Registro Académico del Decanato, o su equivalente. Capítulo VII De los Aranceles Artículo: 26 En los Cursos Intensivos, el estudiante deberá cancelar un arancel de preinscripción, éste constituye parte del arancel de inscripción. Parágrafo Primero: al estudiante le será reintegrada la cantidad pagada por concepto de preinscripción o inscripción en un Curso Intensivo en los siguientes casos: a.- Cuando no es seleccionado en un curso para el cual se preinscribió. b.- Cuando no se inicia un curso en el cual se inscribió c.- En los casos indicados en el Parágrafo Tercero del presente artículo. El Estudiante dispondrá de un lapso de dos (2) meses contados a partir de la finalización de los Cursos Intensivos para retirar el respectivo reintegro. Vencido el lapso antes mencionado, el dinero no solicitado pasará a formar parte del excedente del curso intensivo. Parágrafo Segundo: Cinco (5) días antes de la inscripción final, el estudiante podrá cambiar la asignatura que pre-inscribió por otra, utilizando el arancel previamente cancelado. Parágrafo Tercero: La Coordinación de los Cursos Intensivos recomendará el reintegro cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias: a.- Enfermedad incapacitante del estudiante que amerite un reposo prolongado que le impida cursar el curso intensivo. b.- La muerte del cónyuge o pariente en primer grado de consaguinidad del estudiante. 7/9

8 c.- En caso de detención política o jurídica durante el período del Curso Intensivo. Artículo: 27 Los profesores que participen en los Cursos Intensivos cobrarán un bono especial, el cual se determinará según la formula siguiente : B = N x S B - Bono especial a cobrar por el profesor. N - Número de horas de la asignatura en un semestre regular. S - Costo de una hora de clase equivalente a la de un profesor Agregado a Tiempo Convencional. Parágrafo Único: El Coordinador de los Cursos Intensivos recibirá un Bono Especial, cuyo monto será equivalente al sueldo mensual de un Profesor Agregado a Dedicación Exclusiva. Artículo: 28 El Departamento determinará el costo de cada curso en particular, tomando en consideración las siguientes variables: Profesor, Personal de Apoyo, Materiales y otros. Una vez determinado el costo del curso, se fijará el cupo mínimo y máximo del mismo. El cupo mínimo debe garantizar el costo determinado para cada curso. Artículo: 29 En aquellos casos en que los Cursos Intensivos generan excedentes, los mismos deberán ser asignados al presupuesto del Decanato respectivo. Los Consejos de Decanato dictarán los instructivos internos que regirán las particularidades de los Cursos Intensivos de cada Programa. Artículo: 30 Los recursos a que hace mención el artículo anterior deberán ser utilizados para el financiamiento de necesidades o proyectos de interés para la Comunidad Estudiantil y para el Decanato. Por lo cual el Consejo de Decanato nombrará una comisión integrada por: Director Administrativo, Directores de Programa, Representante del Centro de Estudiantes y representante de los Grupos Organizados, que evaluará las necesidades o proyectos y los presentará para su consideración ante el Consejo de Decanato. 8/9

9 Capítulo VIII Disposiciones Finales Artículo: 31 Los Consejos de Decanato dictarán los instructivos internos que regirán las particularidades de los Cursos Intensivos de cada Programa. Artículo: 32 Lo no previsto en este Reglamento debe ser resuelto por el Consejo Universitario. Dado, sellado, firmado en la Sala de Sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado en su Sesión N 1788, Ordinaria, realizado el día veintiocho de junio del dos mil siete. Dr. Francesco Leone Durante Rector Dr. Francisco Ugel Garrido Secretario General 9/9

Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita

Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita 1 Normas de los Cursos Intensivos en la Universidad de Margarita EL VALLE DEL ESPÍRITU SANTO, JUNIO DE 2013 Modificación del Art. 10 Aprobado en CUSO # 001-2014, de fecha 20-02-2014 2 Normas de los Cursos

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1.890 Ordinaria, celebrada el día diecisiete de septiembre del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones

Más detalles

Capitulo I Disposiciones Generales

Capitulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario, de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en Sesión Nº 1532, Ordinaria, celebrada el día 12-05-2004, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias, concretamente

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Fundamentales

Capítulo I Disposiciones Fundamentales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2068, Ordinaria, celebrada el día 03 de Noviembre de dos mil diez y en uso de las atribuciones legales

Más detalles

Capítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías

Capítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones

Más detalles

Capítulo I De la Naturaleza y Basamento Legal

Capítulo I De la Naturaleza y Basamento Legal El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1599, Ordinaria, celebrada, el día dos de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones

Más detalles

La unidad académico-administrativa encargada del proceso de admisión a los programas de Pregrado es la Dirección de Admisión y Control de Estudios.

La unidad académico-administrativa encargada del proceso de admisión a los programas de Pregrado es la Dirección de Admisión y Control de Estudios. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1949, Ordinaria, celebrada el día veinte de mayo del dos mil nueve, en uso de las atribuciones legales

Más detalles

Sección I De las Coordinaciones de Postgrado

Sección I De las Coordinaciones de Postgrado El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades y el Numeral

Más detalles

Capítulo I De la Definición

Capítulo I De la Definición El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Reglamento General de esta institución dicta las presentes Normas del

Más detalles

Normas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado

Normas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Normas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Capítulo I De la Definición y Naturaleza Artículo: 1 La actividad de evaluación extraordinaria

Más detalles

Exposición de Motivos:

Exposición de Motivos: El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1980, Ordinaria, realizada el día siete del mes de octubre

Más detalles

APROBO: NORMATIVA INTERNA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DEL DECANATO DE AGRONOMIA ARTICULO

APROBO: NORMATIVA INTERNA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DEL DECANATO DE AGRONOMIA ARTICULO El Consejo Universitario de la Universidad, reunido en su sesión N 1591, Ordinaria, celebrada, el día dos de febrero del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confiere

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1628, Ordinaria, celebrada, el quince de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales

Más detalles

CAPITULO I NATURALEZA, DEFINICIÓN Y FINES

CAPITULO I NATURALEZA, DEFINICIÓN Y FINES El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2157, Ordinaria, celebrada el diecinueve de octubre del año dos mil once, en uso de las atribuciones

Más detalles

NORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL -

NORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL - NORMATIVO DEL CURSO INTENSIVO DE NIVELACION Y AVANCE DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA JUAN PABLO PEREZ ALFONZO - IUTEPAL - Presentado por la Ampliación Puerto Cabello para la consideración del

Más detalles

Disposiciones Generales

Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1848, Ordinaria, celebrada el día trece de marzo del dos mil ocho, en uso de las atribuciones legales

Más detalles

CONSIDERANDO. Dicta las siguientes: NORMAS GENERALES PARA LOS CURSOS INTENSIVOS DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES CAPITULO I

CONSIDERANDO. Dicta las siguientes: NORMAS GENERALES PARA LOS CURSOS INTENSIVOS DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES CAPITULO I EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL ORDINAL 21 DEL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DE UNIVERSIDADES CONSIDERANDO 1. Que anualmente durante el periodo

Más detalles

OFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO

OFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO OFERTA DE ASIGNATURAS PCI-PREGRADO CRITERIOS PARA OFRECER ASIGNATURAS EN EL PCI (Pregrado) a- Se pueden ofrecer asignaturas que en la Escuela de Origen sean electivas, complementarias, obligatorias y de

Más detalles

Disposiciones Generales

Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1854, Ordinaria, celebrada el día dos de abril del dos mil ocho, en uso de las atribuciones legales

Más detalles

Instructivo para Trámites Estudiantiles

Instructivo para Trámites Estudiantiles Entrega del anteproyecto de Un ejemplar encuadernado. Constancia de cumplimiento de requisitos exigidos emitida por Registro Consignación ante el Consejo de Investigación. Durante las primeras seis semanas

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la, reunido en su sesión Nº 2158 Ordinaria, celebrada el día 26 de octubre de 2011, en uso de las atribuciones que le confiere los artículos 21 y 22 de La Ley Orgánica de Hacienda

Más detalles

NORMAS QUE REGULAN EL PERIODO INTENSIVO VACACIONAL (PIV) EN LA UNEFA.

NORMAS QUE REGULAN EL PERIODO INTENSIVO VACACIONAL (PIV) EN LA UNEFA. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (UNEFA) VICERRECTORADO ACADEMICO NORMAS QUE REGULAN

Más detalles

Artículo: 3 Para los efectos de cancelación de los aranceles, se establecen las tarifas siguientes:

Artículo: 3 Para los efectos de cancelación de los aranceles, se establecen las tarifas siguientes: El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" en uso de las atribuciones legales que le confiere el Reglamento General de esta Institución Dicta las siguientes Normas de

Más detalles

I.- Exposición de Motivos

I.- Exposición de Motivos El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2020, Ordinaria, celebrada el día doce de mayo del dos mil diez, en uso de las atribuciones legales

Más detalles

INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS A-2015

INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS A-2015 OFICINA DE REGISTROS ESTUDIANTILES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANALISIS UNIVERSIDAD DE LOS ANDES MERIDA - VENEZUELA INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS A-2015 CONTENIDO PÁG. PROCESO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS

Más detalles

Normativa para la Administración n y Control de Ingresos Propios Manejador a través s de las Coordinaciones de Fomento

Normativa para la Administración n y Control de Ingresos Propios Manejador a través s de las Coordinaciones de Fomento UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS Normativa para la Administración n y Control de Ingresos Propios Manejador a través s

Más detalles

INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS B-2014

INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS B-2014 OFICINA DE REGISTROS ESTUDIANTILES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANALISIS UNIVERSIDAD DE LOS ANDES MERIDA - VENEZUELA INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS B-2014 CONTENIDO PÁG. PROCESO DE INSCRIPCIÓN BIOANÁLISIS

Más detalles

Capitulo I Disposiciones Generales

Capitulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1639, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de julio de dos mil cinco, en uso de las atribuciones

Más detalles

Perfil del Jefe de Departamento Académico

Perfil del Jefe de Departamento Académico El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1631, Ordinaria, celebrada, el día veintitrés de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones

Más detalles

CAPÍTULO I De los Estudios

CAPÍTULO I De los Estudios El Consejo de Escuela de Ingeniería Civil de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" en concordancia con el Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil, dicta el siguiente

Más detalles

Facultad de Ingeniería - Decanato

Facultad de Ingeniería - Decanato Reglamento de Régimen de Estudios de la Facultad de Ingeniería (Aprobado 18/05/2015) Del Título Artículo 1: Para optar al Título de Ingeniero en cualquiera de las Escuelas de la Facultad de Ingeniería,

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, ARTE Y EDUCACION

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, ARTE Y EDUCACION REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD DR. JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ El Consejo Universitario de la Universidad Dr.

Más detalles

NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO

NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Año 2017 1 NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Cabudare, septiembre 2017 3 1. ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO.

Más detalles

Exposición de Motivos:

Exposición de Motivos: El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1535, Ordinaria, realizada el día diecinueve de mayo del

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 2160 Ordinaria, celebrada el día ocho de noviembre del año dos mil once, en uso de las atribuciones

Más detalles

APROBO Las Normas Aplicables al Proceso de Contratación del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado

APROBO Las Normas Aplicables al Proceso de Contratación del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado El Consejo Universitario de la Universidad, en su Sesión Nº 1500, Extraordinaria, celebrada el día 19-01-2004, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere la Ley de Universidades

Más detalles

el diálogo y la crítica razonada en el ámbito académico para la construcción-acción del Servicio Comunitario Estudiantil.

el diálogo y la crítica razonada en el ámbito académico para la construcción-acción del Servicio Comunitario Estudiantil. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1768, Ordinaria, celebrada el día veinticinco de abril del año dos mil siete, en uso de las atribuciones

Más detalles

Normas Generales. 2. El uso del carnet tendrá los siguientes beneficios:

Normas Generales. 2. El uso del carnet tendrá los siguientes beneficios: El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1599, Ordinaria, celebrada, el día dos de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO PARA EL TÍTULO DE INGENIERO CIVIL

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO PARA EL TÍTULO DE INGENIERO CIVIL REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO PARA EL TÍTULO DE INGENIERO CIVIL Mérida, Revisión Abril-2015 1 REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO PARA EL TÍTULO DE INGENIERO CIVIL CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO

Más detalles

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. SOPORTE LEGAL: La Normativa de Servicio Comunitario

Más detalles

APROBO: Normativa Interna para los Trabajos de Grado de Los Programas de Pregrado del Decanato de Agronomía.

APROBO: Normativa Interna para los Trabajos de Grado de Los Programas de Pregrado del Decanato de Agronomía. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones

Más detalles

Capítulo I De la Naturaleza y Fines de Evaluación

Capítulo I De la Naturaleza y Fines de Evaluación El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1920, Ordinaria, celebrada el día cuatro de febrero del dos mil nueve, en uso de las atribuciones

Más detalles

Capítulo I Definición de Términos

Capítulo I Definición de Términos El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2330, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de noviembre del dos mil trece, en uso de las atribuciones

Más detalles

PLAN DE ESTUDIOS DE LA ESCUELA DE FILOSOFÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA REGLAMENTO

PLAN DE ESTUDIOS DE LA ESCUELA DE FILOSOFÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA REGLAMENTO El régimen de estudio es semestral, un régimen de créditos y prelaciones de asignaturas. Existen dos semestres al año y, para obtener la licenciatura, todo estudiante deberá aprobar 150 créditos, distribuidos

Más detalles

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, DICTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS

Más detalles

APROBO MODIFICACION CURRICULAR DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE LOS PROGRAMAS DE ADMINISTRACIÓN COMERCIAL Y CONTADURIA PUBLICA,

APROBO MODIFICACION CURRICULAR DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE LOS PROGRAMAS DE ADMINISTRACIÓN COMERCIAL Y CONTADURIA PUBLICA, El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en sesión N 1289, Ordinaria de fecha veintisiete de junio del dos mil uno, haciendo uso de las atribuciones legales

Más detalles

APROBÓ: NORMATIVA INTERNA DEL PROGRAMA DE PASANTIAS DEL DECANATO DE AGRONOMÍA.

APROBÓ: NORMATIVA INTERNA DEL PROGRAMA DE PASANTIAS DEL DECANATO DE AGRONOMÍA. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2236, Ordinaria, celebrada, el diecisiete, de octubre del año dos mil doce, en uso de sus atribuciones

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Facultad de Ingeniería Escuela de Ingeniería De Telecomunicaciones Reglamento de Pasantías

UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Facultad de Ingeniería Escuela de Ingeniería De Telecomunicaciones Reglamento de Pasantías NORMAS SOBRE REALIZACIÓN, PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE PASANTÍAS EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES. (Normas aprobadas por el Consejo de la, en su sesión Nº ------, de fecha 14-03-2005.)

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1905, Ordinaria, celebrada el día cinco de noviembre del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES Artículo 1.- Cursos Abiertos.- La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato, mantiene un

Más detalles

Disposición General. Capítulo I De las Jubilaciones

Disposición General. Capítulo I De las Jubilaciones El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su Sesión N 1859, Ordinaria, celebrada el día dieciséis de abril de dos mil ocho, en uso de sus atribuciones legales

Más detalles

REGLAMENTO DE PASANTIAS DEL PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA

REGLAMENTO DE PASANTIAS DEL PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL P. P. PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARIA BARALT PROGRAMA INGENIERIA Y TECNOLOGIA REGLAMENTO DE PASANTIAS DEL

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1204, Ordinaria, realizada el día veintiséis de julio

Más detalles

APROBO Creación del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo en la UCLA: Una Responsabilidad Impostergable. Justificación

APROBO Creación del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo en la UCLA: Una Responsabilidad Impostergable. Justificación El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1871, Ordinaria, celebrada el día veintitrés de mayo del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones

Más detalles

1. En los Decanatos y Núcleos se debe conformar un Comité Deportivo.

1. En los Decanatos y Núcleos se debe conformar un Comité Deportivo. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1569, Ordinaria, celebrada el día veinte de octubre de dos mil cuatro, en uso de las atribuciones legales

Más detalles

NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA

NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA 1 NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA EL VALLE DEL ESPÍRITU SANTO, JUNIO DEL 2013 Modificado y Aprobado en CUSO # 06-2017, de fecha 22-06-2017 2 El Consejo Universitario

Más detalles

CAPÍTULO I Del Régimen de Estudios. CAPÍTULO I De la Naturaleza y los Fines de Evaluación

CAPÍTULO I Del Régimen de Estudios. CAPÍTULO I De la Naturaleza y los Fines de Evaluación El Consejo de Decanato de Medicina de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en concordancia con el Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil, dicta la siguiente

Más detalles

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES El Consejo Directivo del Instituto Universitario de Diseño Las Mercedes en uso de la facultad que le confiere el numeral 2 del artículo 15 del Reglamento

Más detalles

Disposiciones Generales

Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1993, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de enero del año dos mil diez, en uso de las atribuciones

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE EL PROGRESO CUNPROGRESO

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE EL PROGRESO CUNPROGRESO UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE EL PROGRESO CUNPROGRESO NORMATIVO ESCUELA DE VACACIONES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE EL PROGRESO Aprobado por EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO

Más detalles

CONSEJO ACADÉMICO Acuerdo Específico de Pregrado 05 CURSOS INTERSEMESTRALES

CONSEJO ACADÉMICO Acuerdo Específico de Pregrado 05 CURSOS INTERSEMESTRALES CONSEJO ACADÉMICO Acuerdo Específico de Pregrado 05 CURSOS INTERSEMESTRALES 20 de octubre de 2016 1 ACUERDO ESPECÍFICO 05 PARA PREGRADO 20 de octubre de 2016 El Consejo Académico de la Universidad EIA,

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1436, Ordinaria, celebrada el día cuatro de junio de dos mil tres, en uso de las atribuciones que le

Más detalles

Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Decanato de Ciencias Económicas y Empresariales Programa de Economía Departamento de Economía

Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Decanato de Ciencias Económicas y Empresariales Programa de Economía Departamento de Economía Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Decanato de Ciencias Económicas y Empresariales Programa de Economía Departamento de Economía NORMATIVA INTERNA DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO DEL PROGRAMA LICENCIATURA

Más detalles

NORMATIVO DE ESCUELA DE VACACIONES

NORMATIVO DE ESCUELA DE VACACIONES UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE BAJA VERAPAZ - CUNBAV - UNIDAD DE PLANIFICACIÓN NORMATIVO DE ESCUELA DE VACACIONES Guatemala, Febrero de 2013 INDICE CONTENIDO Página CAPITULO

Más detalles

Artículo: 4 La Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil deberá orientarse hacia los siguientes fines:

Artículo: 4 La Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil deberá orientarse hacia los siguientes fines: El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades, Numeral 18 del

Más detalles

Licenciatura o su equivalente en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Capítulo I Disposiciones Generales

Licenciatura o su equivalente en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1996, Ordinaria, realizada el día 10 de febrero de dos mil diez, haciendo uso de las atribuciones

Más detalles

CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES NORMAS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DE LA PASANTÍA EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (FACYT) CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES ARTÍCULO 1 : Las

Más detalles

Exposición de Motivos.

Exposición de Motivos. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1790, Ordinaria, celebrada el día cuatro de julio del año dos mil siete, en uso de las atribuciones

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN. CAPITULO I

CONSIDERANDO REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN. CAPITULO I LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIMALHUACÁN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO

Más detalles

EL CONSEJO DIRECTIVO

EL CONSEJO DIRECTIVO EL CONSEJO DIRECTIVO En uso de la atribución que le confiere el numeral 12 del artículo 11 del Reglamento General de la Universidad Simón Bolívar dicta el siguiente: REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE ESTUDIOS

Más detalles

NORMAS INTERNAS SOBRE CURSOS INTENSIVOS EN LA ESCUELA DE DERECHO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

NORMAS INTERNAS SOBRE CURSOS INTENSIVOS EN LA ESCUELA DE DERECHO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Consejo de Facultad NORMAS INTERNAS SOBRE CURSOS INTENSIVOS EN LA ESCUELA DE DERECHO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

Más detalles

REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO

REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO Año 2010 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO Barquisimeto, 2010 Resolución: 2010-017-083 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA

Más detalles

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017 CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017 La División de Estudios Profesionales del te invita a participar en los Cursos de Verano 2017. DEFINICIÓN Y CARACTERIZACIÓN El curso de verano es una alternativa

Más detalles

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES INSTITUTO UNIVERSITARIO DE DISEÑO LAS MERCEDES El Consejo Directivo del Instituto de Universitario de Diseño Las Mercedes en uso de sus atribuciones legales dicta el siguiente: REGLAMENTO DE PASANTIAS

Más detalles

Norma para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita

Norma para Estudiantes Preparadores de la Universidad de Margarita El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita, en uso de la atribución que le confiere el artículo 26 de la Ley de Universidades en concordancia con el artículo 23 numeral 7 del Estatuto Orgánico

Más detalles

Capítulo I Definición de Términos

Capítulo I Definición de Términos El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones reglamentarias que le confiere el Artículo 9 en sus Numerales 9 y 23 del Reglamento General de

Más detalles

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1396, Ordinaria, realizada el día once de diciembre de

Más detalles

INSTRUCTIVO PROCEDIMENTAL PASANTIAS

INSTRUCTIVO PROCEDIMENTAL PASANTIAS 1 I. OBJETIVO: Dotar a la Coordinación de Pasantías de la Universidad Nacional Experimental de Guayana de un documento contentivo de las normas y procedimientos desarrolladas y cumplidas para simplificar

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO POSTGRADO EN MATEMATICA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

REGLAMENTO INTERNO POSTGRADO EN MATEMATICA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA REGLAMENTO INTERNO POSTGRADO EN MATEMATICA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Sección I: Sobre el Comité Académico 1.- El Comité Académico del Postgrado en Matemática estará integrado

Más detalles

Artículo: 1 Los Actos de grado, de acuerdo al ceremonial establecido, se dividen en dos categorías:

Artículo: 1 Los Actos de grado, de acuerdo al ceremonial establecido, se dividen en dos categorías: El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Numeral 18 del Artículo 8 del Reglamento de la Universidad Centroccidental

Más detalles

I Disposiciones Generales

I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales y reglamentarias previstas en el numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES. CAPITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES. CAPITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El Programa de Estudios Semipresenciales se refiere a una modalidad educativa mixta con elementos de

Más detalles

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE PROYECTOS LOCTI

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE PROYECTOS LOCTI La Universidad que Siembra Consejo Directivo Resolución Nº CD 2008/985. Pág. 1/7 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA UNELLEZ

Más detalles

UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN DE CONTROL DE ESTUDIOS

UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN DE CONTROL DE ESTUDIOS UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN DE CONTROL DE ESTUDIOS Proceso de inscripciones del período académico regular 2.011 III (Agosto-Diciembre) A- QUIÉNES SE PUEDEN INSCRIBIR?:

Más detalles

NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES

NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO EDUCATIVO NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES Aprobado por la Junta Directiva de la Facultad

Más detalles

Articulo 4. Articulo 5 Articulo 6. Articulo 7. Articulo 8 Articulo 9. Articulo 10. Articulo 11.

Articulo 4. Articulo 5 Articulo 6. Articulo 7. Articulo 8 Articulo 9. Articulo 10. Articulo 11. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2035, Ordinaria, celebrada el día treinta de junio año dos mil diez, en uso de las atribuciones legales

Más detalles

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14, numeral 28 del reglamento General de la Institución, RESUELVE 1) Aprobar

Más detalles

Para realizar su pago de arancel por concepto de matricula estudiantil, debe obtener un código de validación vía SMS.

Para realizar su pago de arancel por concepto de matricula estudiantil, debe obtener un código de validación vía SMS. PAGO DE MATRICULA ESTUDIANTIL Para realizar su pago de arancel por concepto de matricula estudiantil, debe obtener un código de validación vía SMS. Proceso de inscripción bajo la modalidad de 3 SMS: Código

Más detalles

REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC

REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC REGLAMENTO DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCION

Más detalles

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA REALIZACIÓN DE LA PASANTÍA EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA INFORMÁTICA

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA REALIZACIÓN DE LA PASANTÍA EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA INFORMÁTICA PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA REALIZACIÓN DE LA PASANTÍA EN LA ESCUELA DE INGENIERÍA INFORMÁTICA 1ER. PASO: PREINSCRIPCIÓN Todos los estudiantes que tengan intenciones de realizar la pasantía durante

Más detalles

Universidad de Carabobo. Consejo Universitario REGLAMENTO DE CURSOS ESPECIALES DE AVANCE Y NIVELACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO.

Universidad de Carabobo. Consejo Universitario REGLAMENTO DE CURSOS ESPECIALES DE AVANCE Y NIVELACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO. Año 58 Valencia, 05 de Agosto de 2016 EXTRAORDINARIA N 620 Sumario Gaceta Oficial Universidad de Carabobo Sesión 1.798 de Fecha 04/08/2016 Consejo Universitario REGLAMENTO DE CURSOS ESPECIALES DE AVANCE

Más detalles

Reglamento de Trabajo de Grado

Reglamento de Trabajo de Grado Reglamento de Trabajo de Grado Año 2014 1 REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO Barquisimeto, febrero 2014 3 Reglamento de Trabajo de Grado Página 3 Resolución: 2014-05-014 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República del Ecuador publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en el Art. 3

Más detalles

El Consejo Universitario en sesión del 20 de diciembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos:

El Consejo Universitario en sesión del 20 de diciembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES El Consejo Universitario en sesión del 20 de diciembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: I. INSCRIPCIONES (PRIMER INGRESO) ARTÍCULO 1.- Para

Más detalles