"Año del Buen Servicio al Ci udadano"

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download ""Año del Buen Servicio al Ci udadano""

Transcripción

1 "Año del Buen Servicio al Ci udadano" RESOLUCIÓN N2 005 &j SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA SERVI R/TSC MANUEL POCLIN TORREJON UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 02 LEY N RÉGIMEN DISCIPLINARIO SUSPENSIÓN TEMPORAL POR TREINTA Y UN (31} DÍAS SIN GOCE DE REMUNERACIONES SUMILLA: Se declara INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor MANUEL POCLIN TORREJON y, en consecuencia, se CONFIRMA la Resolución Directora/ U.G.E.L. 02 Nº 626, de/24 de enero de 2017, la Jefatura del Programa Sectorial// de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02; al haberse acreditado la comisión de la falta imputada. Lima, 12 de abril de 2017 ANTECEDENTES l. Con Oficio Nº MINEDU/UGEL02-ASGESE, del8 de julio de 2016, el área de Supervisión y Gestión del Servicio Educativo remitió a la Comisión de Procedimiento Disciplinarios, en adelante la Comisión, de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02, en adelante la Entidad, el Informe Nº MINEDU/UGEL.02.ASGESE, mediante el cual se informa el incumplimiento de las recomendaciones indicadas en el Oficio Nº MINEDU/UGEL02-ASGES, por parte del señor MANUEL POCLIN TORREJON, en adelante el impugnante, en su calidad de Director de la Institución Educativa "Mercedes Cabello de Carbonera", en adelante el Colegio, en los siguientes términos:. ' J f'v( 1 (i) No tiene aprobado el Reglamento Interno, no guardando coherencia entre el Reglamento Interno y el Cuaderno de Controt incumpliendo lo señalado en el Decreto Supremo Nº ED que corresponde a la gestión de Comité de Recursos propios correspondientes al año 2015 y el primer semestre del (ii) Elaborar el Plan de Trabajo para abordar los problemas de Convivencia y tardanza de los estudiantes. (iii) Culminar el Reglamento Interno y remitirlo a la UGEL. (iv) Establecer el cronograma y rol de turnos de directivos y coordinadores para que permanezcan antes de la hora de ingreso en la parte exterior del plantel. (v) Velar por el incumplimiento de las normas de convivencia del aula y de la institución educativa. (vi) Involucrar a los actores educativos en la solución del problema institucional (impuntualidad y deficiente presentación personal de las estudiantes). 1 Jr. Mariscal Miller 11S3 1157, Jesús Marfa lima 11, Perú

2 (vii) Realizar Coordinación con la APAFA y el Comité de Aula para involucrar y plantear soluciones. (viii)sistematizar las aulas, las incidencias de tardanza y deficiente presentación de las estudiantes. (ix) Mejorar el sistema de trabajo de tutoría, convivencia, auxiliar de educación, docentes y personal directivo. (x) Integrar a los padres de familia (BAPES) al trabajo de vigilancia de las estudiantes a la hora de ingreso y salida. (xi) Adecuar las normas legales del sector, a la realidad de la institución educativa. (xii) Coordinar e integrar a los Promotores de Tutoría y Convivencia de la UGEL 02 para la solución de la problemática de vivencia del plantel. (xiii}visualizar en muros paneles (parte exterior del plantel), lemas, normas de convivencia, etc. (xiv}cumplir con el Plan Monitoreo Pedagógico del plantel. 2. En virtud a lo señalado anteriormente, mediante el Informe Preliminar Nº M IN EDU/UGEL.02-CPPADD, del26 de julio de 2016, la Comisión de la Entidad, recomendó a la Dirección del Programa Sectorial 11 de la Entidad, instaurar procedimiento administrativo al impugnante por presuntamente incumplir con informar las implementaciones respecto de la dación del Reglamento Interno, Plan de Trabajo, presentación de informes de Recursos Propios correspondiente al año 2015 y primer trimestre de ,. 1 r~0 ' ;; ~ En ese sentido, se imputó al impugnante el incumplimiento de lo señalado en el artículo 17º del Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas, aprobado por Decreto Supremo Nº ED 1, habiendo transgredido sus deberes establecidos en los literales a), f) y q) del artícu lo 40º de la ley Nº 29944, ley de Reforma Magisterial, por lo que habría incurrido en las faltas tipificadas en los literales a) y f) del artículo 48º del referido texto normativo 2. 1 Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas, aprobado por Decreto Su premo N ED. "Artículo Las Instituciones Educativas Registrarán en el Libro de Caja y Libro de Bancos, si tuviera aperturada cuenta bancaria, los documentos sustentatorios de ingresos y egresos, debiendo considerarse los comprobantes autorizados por la SUNAT, así como los documentos internos que establezca el Comité". 2 Ley N Ley de Reforma Magisterial. "Artículo Deberes Los profesores deben: a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional. (... ) 2 Jr. Mariscal Miller 11S3 1157,

3 Presidencia 3. Mediante la Resolución Directora! U.G.E.L. 02 Nº 11498, del 26 de agosto de 2016, la Dirección del Programa Sectorial 11 de la Entidad inició Procedimiento Administrativo Disciplinario contra el impugnante por los hechos y faltas señalados en el párrafo anterior de la presente Resolución. 4. Mediante escrito presentado el 28 de septiembre de 2016, el impugnante presentó sus descargos señalando lo siguiente: (i) El Colegio cuenta con el Plan de Trabajo para abordar los problemas de Convivencia y tardanza de los estudiantes. (ii) Los Directivos coordinadores de tutoría cumplen con su jornada laboral y horarios. (iii) Las normas de convivencia en el aula se vienen cumpliendo y desarrollando diariamente con el continuo trabajo de los tutores y el apoyo de los docentes y auxiliares de educación. (iv) La impuntualidad y deficiente presentación de las estudiantes no constituyen el"problema institucional", siendo considerada como una problemática interna en la que continuamente se encuentran trabajando, siendo que se cuenta con espacios de integraciones de padres de familia, docentes y estudiantes. (v) La APAFA fu reconocida el 18 de mayo de (vi) Los padres de familia integrantes de las BAPES tienen presencia permanente en la Institución y alrededores a la hora de ingreso y salida de las estudiantes. (vii) Se pueden observar banners en las instalaciones del colegio que promueven la puntualidad y se hacen recomendaciones diarias para incentivar la puntualidad de las estudiantes. (viii)se viene cumpliendo el Plan de Monitoreo Pedagógico del Colegio, del cual tienen conocimiento los especialistas de la Entidad. (ix) La demora en la regularización del manejo de los recursos propios correspondientes al año 2015 y 2016 se debe a las encargatura de los cargos directivos ocurridas en los meses de enero y febrero de 2015, en las que se produjo un evidente desorden. f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan. (... ) q) Otras que se desprendan de la presente Ley o de otras normas específicas en la materia". "Artículo 482. Suspensión Son causales de cese temporal en el cargo, la transgresión por acción u omisión, de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, considerados como grave. : a) Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa. (... ) f) Interrumpir u oponerse deliberadamente al normal desarrollo del servicio educativo. (... )". 3 í r.gob.pe Jr. Mariscal Miller 11S3 1157, Jesús María

4 S. Presentados los descargos por parte del impugnante y en base al Informe Final Nº MINEDU/UGEL.02-CPPAADD, mediante la Resolución Directora! U.G.E.L. 02 Nº 626, del 24 de enero de , la Jefatura del Programa Sectorial 11 de la Entidad resolvió sancionar al impugnante con la suspensión temporal por treinta y un (31) días sin goce de remuneraciones, por los hechos que le fueron imputados, al haber transgredido sus deberes establecidos en los literales a), f) y q) del artículo 40º de la ley Nº 29944, por lo que habría incurrido en la falta tipificada en el literal a) del artículo 48º del referido texto normativo. TRÁMITE DEl RECURSO DE APELACIÓN 6. Al no encontrarse conforme con la sanción impuesta, el 28 de febrero de 2017, el impugnante interpuso recurso de apelación contra la Resolución Directora! U.G.E.L. 02 Nº 626, solicitando que se declare fundado su recurso bajo los siguientes argumentos:,., '1 ""'1 1 1 / --,. / ) (i) El Colegio sí cuenta con un Reglamento Interno, el cual presenta adjunto al recurso, siendo que este documento no es de elaboración y presentación anual, sino sólo cuando se modifica, en virtud del literal d) del artículo 32º del Decreto Supremo Nº ED. (ii) No es cierto que las normas consignadas en el Cuaderno de Control no concuerden con las normas del Reglamento Interno, por lo que presenta copia del referido Cuaderno de Control. (iii) Presenta el Plan Anual de Tutoría Convivencia y Disciplina Escolar del Colegio, siendo que además remite las Resoluciones Directorales N DIEE.MCC y 433-DIEE.MCC-2016, de los años 2015 y 2016, respectivamente. (iv) En relación a la permanencia de los directivos y coordinadores antes de la hora de ingreso en la parte exterior del plantel, no requiere cronograma ni rol de turnos, porque es una acción cotidiana y permanente de los mismos. (v) Para evidenciar los problemas de impuntualidad e indisciplina del alumnado, de mejorar los elementos de la Comunidad Edeucativa, entre ellos con el Personal Directivo, con los Coordinadores de Área, con los Auxiliares de Educación y con los propios Padres de Familia, por lo que adjunta cinco actas, así como el Informe Anual de Atención Tutorial Integral, fichas de atención de Padres de Familia y la Declaración Jurada de la coordinadora de tutoría y disciplina escolar con lo que desvirtúa las imputaciones por las que fue sancionado. (vi) Se le ha sancionado mediante un procedimiento que no ha tenido denuncia ni etapa investigatoria y sin que se le haya concedido su derecho de defensa respecto al Informe Nº MINEDU/UGEL.02.ASGESE. 3 Notificada al impugnante el 7 de febrero de Jr. Mariscal M iller , Jesús María

5 (vii) Se ha infringido el plazo legal establecido en el artículo 432 de la Ley N , el cual señala que el procedimiento administrativo disciplinario no puede exceder de los cuarenta y cinco (45) días hábiles. (viii)no se ha tipificado adecuadamente las faltas por las que fue sancionado, siendo que las mismas que no guardan relación con los hechos imputados. 7. Con Oficio N MINEDU/UGEL.02-AAJ, la Dirección del Programa Sectorialll de la Entidad remitió al Tribunal del Servicio Civil, en adelante el Tribunal, el recurso de apelación interpuesto por el impugnante. 8. Mediante Oficios N SERVIR/TSC y SERVIR/TSC, emitidas el 4 de abril de 2017, se comunicó a la Entidad y al impugnante, respectivamente, la admisión del recurso de apelación sometido a conocimiento de este Tribunal. ANÁLISIS De la competencia del Tribunal del Servicio Civil 9. De conformidad con el artículo 172 del Decreto Legislativo N , modificado por la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final la Ley N Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal , el Tribunal tiene por función la resolución de controversias individuales que se susciten al interior del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, en las materias: acceso 0 ~'rc 4 Decreto Legislativo NI! Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos "Artículo Tribunal del Servicio Civil El Tribunal del Servicio Civil - el Tribunal, en lo sucesivo - es un órgano integrante de la Autoridad que tiene por función la resolución de controversias individuales que se susciten al interior del Sistema. El Tribunal es un órgano con independencia técnica para resolver en las materias de su competencia. Conoce recursos de apelación en materia de: a) Acceso al servicio civil; b) Pago de retribuciones; e) Evaluación y progresión en la carrera; d) Régimen disciplinario; y, e) Terminación de la relación de trabajo. El Tribunal constituye última instancia administrativa. Sus resoluciones podrán ser impugnadas únicamente ante la Corte Superior a través de la acción contencioso administrativa. Por decreto supremo refrendado por el Presidente, previa opinión favorable de la Autoridad, se aprobarán las normas de procedimiento del Tribunal". 5 Ley N!! Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES "CENTÉSIMA TERCERA.- Deróguese el literal b) del articulo 17 del Decreto Legislativo N!! 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos". S Jr. Mariscal Miller , Jesús María

6 "Año del Buen Servicio al Ciudadano~~ al serv1c1o civil, evaluación y progresión en la carrera, reg1men disciplinario y terminación de la relación de trabajo; siendo la última instancia administrativa. 10. Asimismo, conforme a lo señalado en el fundamento jurídico 23 de la Resolución de Sala Plena Nº SERVIR/TSC 6, precedente de observancia obligatoria sobre competencia temporal, el Tribunal es competente para conocer en segunda y última instancia administrativa los recursos de apelación que sean presentados ante las entidades a partir del 15 de enero de 2010, siempre y cuando, versen sobre las materias establecidas descritas en el numeral anterior. 11. Sin embargo, cabe precisar que en el caso de las entidades del ámbito regional y local, el Tribunal únicamente es competente para conocer los recursos de apelación que correspondan a la materia de régimen disciplinario, en virtud a lo establecido en el artícu lo 90º de la Ley Nº Ley del Servicio CiviF, y el artículo 95º de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM 8 ; para aquellos recursos de apelación interpuestos a partir del1 de julio de 2016, conforme al comunicado emitido por la Presidencia Ejecutiva de SERVIR y publicado en el Diario Oficial "El Peruano 119, en at ención al acuerdo del Consejo Directivo de fecha 16 de junio del Publicada en el Diario Ofic1al El Peruano el17 de agosto de / 0 f'v( 7 Ley N!! Ley del Servicio Civil "Artículo 90!!.- La suspensión y la destitución La suspensión sin goce de remuneraciones se aplica hasta por un máximo de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario previo procedimiento administrativo disciplinario. El número de días de suspensión es propuesto por el jefe inmediato y aprobado por el jefe de recursos humanos o quien haga sus veces, el cual puede modificar la sanción propuesta. La sanción se oficializa por resolución del jefe de recursos humanos o quien haga su veces. La apelación es resuelta por el Tribunal del Servicio Civil. La destitución se aplica previo proceso administrativo disciplinario por el jefe de recursos humanos o quien haga sus veces. Es propuesta por el jefe de recursos humanos o quien haga sus veces y aprobada por el titular de la entidad pública, el cual puede modificar la sanción propuesta. Se oficializa por resolución del titular de la entidad pública. La apelación es resuelta por el Tribunal del Servicio Civil". 8 Reglamento de la Ley N!! 30057, aprobado por Decreto Supremo Nl! PCM "Artículo Competencia para el ejercicio de la potestad disciplinaria en segunda instancia De conformidad con el artículo 17 del Decreto Legislativo N!! 1023, que crea la Autoridad del Servicio Civil, rectora del sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, la autoridad competente para conocer y resolver el recurso de apelación en materia disciplinaria es el Tribunal del Servicio Civil, con excepción del recurso de apelación contra la sanción de amonestación escrita, que es conocida por el jefe de recursos humanos, según el artículo 89 de la Ley. La resolución de dicho tribunal pronunciándose sobre el recurso de apelación agota la vía administrativa". 9 El1 de julio de Decreto Legislativo N Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos "Artículo Funciones y atribuciones del Consejo Directivo Son funciones y atribuciones del Consejo Directivo: a) Expedir normas a través de Resoluciones y Directivas de carácter general; 6 Jr. Mariscal Miller 11S3-1157,

7 Presidencia Autoridad Nidonill dej ServidoCMJ 12. Por tal razón, al ser el Tribunal el único órgano que resuelve la segunda y última instancia administrativa en vía de apelación en las materias de acceso al servicio civil, evaluación y progresión en la carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación de trabajo, con la resolución del presente caso asume dicha competencia, pudiendo ser sus resoluciones impugnadas solamente ante el Poder Judicial. 13. En ese sentido, considerando que es deber de todo órgano decisor, en cautela del debido procedimiento, resolver la controversia puesta a su conocimiento según el mérito de lo actuado; y, habiéndose procedido a la admisión del recurso de apelación y valoración de los documentos y actuaciones que obran en el expediente, corresponde en esta etapa efectuar el análisis jurídico del recurso de apelación. Del régimen disciplinario aplicable 14. De la revisión de la documentación que obra en el expediente, el impugnante presta servicios bajo las disposiciones de la Ley NQ 29944, por lo que la Sala considera que son aplicables al presente caso, la referida Ley y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo NQ ED, normas que se encontraban vigentes al momento de la instauración del proceso administrativo disciplinario, y cualquier otro documento de gestión emitido por el Ministerio de Educación por el cual se establezcan funciones, obligaciones, deberes y derechos para el personal de la Entidad. Sobre la acreditación de los hechos imputados 15. Con Resolución Directora! U.G.E.L. 02 NQ 626, del 24 de enero de 2017, la Jefatura del Programa Sectorial 11 de la Entidad resolvió sancionar al impugnante con la b) Aprobar la política general de la institución; e) Aprobar la organización interna de la Autoridad, dentro de los límites que señala la ley y el Reglamento de Organización y Funciones; d) Emitir interpretaciones y opiniones vinculantes en las materias comprendidas en el ámbito del sistema; e) Nombrar y remover al gerente de la entidad y aprobar los nombramientos y remociones de los demás cargos directivos; f) Nombrar, previo concurso público, aceptar la renuncia y remover a los vocales del Tribunal del Servicio Civil; g) Aprobar la creación de Salas del Tribunal del Servicio Civil; h) Proponer el Texto Único de Procedimientos Administrativos; i) Supervisar la correcta ejecución técnica, administrativa, presupuesta! y financiera de la institución; j) Disponer la intervención de las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas; y k) Las demás que se señalen en el Reglamento y otras normas de desarrollo del Sistema". 7 Jr. Mariscal Miller , Jesús María lima 11, Perú

8 Presiden da suspensión temporal por treinta y un {31) días sin goce de remuneraciones, por los siguientes hechos: {i) No contar con el Reglamento Interno del Colegio y la correspondiente Resolución que lo aprueba. {ii) No contar con el Plan Anual de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar 2016 y la correspondiente Resolución que lo aprueba. (iii) No contar con la programación de turnos directivos y de coordinadores. (iv) No contar con los Informes de los tutores que acrediten el cumplimiento del rol de asistencia de los referidos tutores. 16. Al respecto, corresponde a esta Sala analizar los hechos que se encuentran debidamente acreditados en el presente procedimiento administrativo disciplinario, de conformidad con la documentación que obra en el expediente: (i) Mediante Resolución Directora! Institucional N UGEL.02/D.IEE "MCC", del 31 de diciembre de 2015, el impugnante aprobó el Reglamento Interno del Colegio. (ii) Mediante Oficio Nº CTCD.I.E.E. "MCC" - UGEL 02, del 10 de agosto de 2016, la Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar remitió al impugnante el Plan Anual de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar 2016, el cual fue aprobado mediante la Resolución Directora! Institucional N UGEL.02/D.IEE "MCC", del18 de agosto de (iii) Obra en el expediente el"lnforme Anual de la Atención Tutoriallntegral2016", perteneciente al 1 y 2 de secundaria del Colegio, el cual tiene como membrete la Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar. (iv) Obra en el expediente el Informe Nº D.A.M.-I.E. "MERCEDES CABELLO DE CARBONERA", del 28 de diciembre de 2016, mediante el cual el docente de iniciales C.G.C. remite al impugnante el informe de atención a padres del 111 Trimestre (v) Obra en el expediente el Informe Nº E.M.C.C/UGEL Nº 02/D.EPT/2016, del 29 de diciembre de 2016, mediante el cual la docente de iniciales M.P.V. remite al impugnante el informe de atención a padres y estudiantes correspondiente al año De los documentos antes señalados, se puede concluir que el Reglamento Interno del Colegio fue aprobado en el año 2015 mediante la Resolución Directora! Institucional Nº UGEL.02/D.IEE "MCC", del 31 de diciembre de 2015, siendo que, de acuerdo al artículo literal d) del artículo 32º del Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, aprobado por el Decreto Supremo Nº ED, dicho instrumento de gestión se remite para conocimiento de la Unidad de Gestión Educativa Local, so lamente la primera vez o cuando sea modificado, razón por la cual dicha infracción ha quedado desvirtuada por parte del impugnante. 8 Jr. Mariscal M ller ,

9 A~orldad Naóonal del Servido CMI 18. Por otro lado, respecto al Plan Anual de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar 2016, queda acreditado que el impugnante aprobó dichos instrumentos de gestión después de que el procedimiento administrativo disciplinario se haya instaurado, por lo que se puede verificar que al momento de la imputación de los hechos, la responsabilidad del impugnante se encontraba acreditada. 19. Respecto a la programación de turnos directivos, coordinadores y tutores, se aprecia que el impugnante no ha acreditado contar con una programación determinada y planificada, sino que ha remitido informes de atención a padres de familia, así como a alumnos los cuales corresponden a una parte reducida del Colegio, lo que evidencia que dichas actividades no se han efectuado de manera adecuada, razón por la cual el impugnante no cuenta con un informe completo de las mismas, habiendo tenido la posibilidad de presentarlos desde el momento en que se le solicitaron los respectivos descargos, razón por la cual la responsabilidad administrativa en cuanto a dichas imputaciones también ha quedado acreditada. 20. En cuanto a los argumentos de defensa señalados por el impugnante éste alega que se le ha sancionado mediante un procedimiento que no ha tenido denuncia ni etapa investigatoria y sin que se le haya concedido su derecho de defensa respecto al Informe N MINEDU/UGEL.02.ASGESE. ~ l'r'( 21. Sobre el particular, esta Sala debe señalar que los procedimientos administrativos disciplinarios se encuentran dirigidos a determinar la responsabilidad de los servidores públicos frente al incumplimiento de normas imperativas en el marco de sus funciones, las cuales pueden evidenciarse de una denuncia, informes de control o de cualquier medio que muestre un comportamiento pasible de ser sancionado a través de un procedimiento preestablecido, en ese sentido, la ausencia de una denuncia en el presente caso, no enerva la responsabilidad administrativa del impugnante, la cual ha sido acreditada, siendo que tampoco se puede amparar lo alegado por el impugnante respecto a la vulneración a su derecho de defensa, pues tal como se verifica de los documentos que obran en el expediente administrativo, éste ha ejercido su defensa al momento de presentar sus descargo de las imputaciones en su contra, así como al momento de efectuar la presente apelación, razón por la cual debe desestimarse este extremo del recurso de apelación presentado. 22. En otro extremo del recurso planteado, el impugnante ha señalado que se ha infringido el plazo legal establecido en el artículo 432 de la Ley N , el cual señala que el procedimiento administrativo disciplinario no puede exceder de los cuarenta y cinco (45) días hábiles. 9 Jr. Mariscal Miller , lima 11, Perú

10 Presidencia 23. De lo señalado por el impugnante, debe precisarse que el numeral102.2 del artículo 102º del Reglamento de la Ley Nº 29944, señala que el incumplimiento del plazo señalado en el artículo 43º, no origina caducidad del proceso sino que constituye falta pasible de sanción, por lo que lo alegado por el impugnante no enerva el procedimiento administrativo disciplinario, ni la sanción que le fue impuesta. 24. Finalmente, el impugnante ha señalado que no se ha tipificado adecuadamente las faltas por las que fue sancionado, las mismas que no guardan relación con los hechos imputados. 25. Al respecto, tal como se ha señalado en los párrafos anteriores, el impugnante fue sancionado por la comisión de la falta tipificada en el literal a) del artículo 48º de la Ley Nº 29944, la cual establece como falta pasible de suspensión, el causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa. 26. En ese sentido, tal como puede verificarse, el hecho de que en el Colegio no haya existido una adecuada previsión en la aprobación de los instrumentos de gestión, así como su adecuado manejo y programación de actividades, conlleva indefectiblemente a causar perjuicio en los estudiantes del Colegio, razón por la cual, a criterio de esta Sala, los hechos que fueron imputados al impugnante, guardan estrecha rel ación con la falta por la que fue sancionado, debiendo rechazar dicho argumento y por ende, declarar infundado el recurso interpuesto. En ejercicio de las facultades previstas en el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1023, la Segunda Sala del Tribunal del Servicio Civil; RESUELVE: / 1 ~,, _,..,. /..,.;":._././ -// J / L.' 0 e f r TERCERO.- 1 PRIMERO.- Declarar la INFUNDADO el recurso interpuesto por el señor MANUEL POCLIN TORREJON y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Directora! U.G.E.L. 02 Nº 626, del 24 de enero de 2017, la Jefatura del Programa Sectorialll de la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 02; al haberse acreditado la comisión de la falta imputada. SEGUNDO.- Notificar la presente resolución al señor MANUEL POCLIN TORREJON y a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 02, para su cumplimiento y fines pertinentes. Devolver el expediente a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 02. CUARTO.- Declarar agotada la vía administrativa debido a que el Tribunal del Servicio Civil constituye última instancia administrativa Jr. Mariscal Míller , lima 11, Perú

11 P~sidenda QUINTO.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional ( Regístrese, comuníquese y publíquese. cc=3. l.. ~.C... CARLOS GUILLERMO OSCAR ENRIQUE MIRANDA HURTADO VOCAL MORALES M ORANTE PRESIDENTE GOMEZ CASTRO VOCAL L21/CP Jr. Mariscal Miller 11S3 1157, Uma 11. Perú

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano Pres denc a del Conse o de M.nistros Civj! RESOLUCIÓN N2 00 ) 2{ -207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 2376-206-SERVI R/TSC AURORA JINEZ JINEZ SUPERINTENDENCIA NACIONAL

Más detalles

Resoluciones Administrativas en materia del Procedimiento Administrativo Disciplinario

Resoluciones Administrativas en materia del Procedimiento Administrativo Disciplinario Resoluciones Administrativas en materia del Procedimiento Administrativo Disciplinario Karina Rodriguez Vila Especialista del Tribunal del Servicio Civil Autoridad Nacional del Servicio Civil AGENDA Competencia

Más detalles

2. En sus descargos el Colegio señaló que cumplió con informar a los padres de familia sobre las condiciones económicas del servicio educativo

2. En sus descargos el Colegio señaló que cumplió con informar a los padres de familia sobre las condiciones económicas del servicio educativo PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE CAJAMARCA PROCEDIMIENTO : DE OFICIO DENUNCIADA : PROMOTORA DE SERVICIOS EDUCATIVOS CAJAMARCA S.A.C. MATERIAS : INTERESES ECONÓMICO S ACTIVIDAD

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL 1. Qué es el Tribunal del Servicio Civil (TSC)? El TSC es un órgano integrante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) que tiene como

Más detalles

CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PROFESIONALES DE LA SALUD EN LAS IIEE Unidad de Gestión Educativa Local Nº 07

CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PROFESIONALES DE LA SALUD EN LAS IIEE Unidad de Gestión Educativa Local Nº 07 CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PROFESIONALES DE LA SALUD EN LAS IIEE Unidad de Gestión Educativa Local Nº 07 CONTRATACIÓN DE ADMINISTRATIVO Y PROFESIONALES DE LA SALUD EN LAS IIEE I.- BASE LEGAL

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03 Formalizan aprobación de la Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas a los Aportes por el Derecho Especial destinado al FITEL RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2014-MTC-03 Lima,

Más detalles

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES 20 NORMAS LEGALES Martes 23 de mayo de 2017 / El Peruano 1523040-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES

Más detalles

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" INFORME TÉCNICO W '\'('' -2015-SERVIR/GPGSC A De JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

Más detalles

Aprueban Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones educativas públicas de Educación Básica

Aprueban Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Aprueban Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Lima, 7 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0516-2007-ED

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Socia l del Perú"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Consolidación Económica y Socia l del Perú Lima, 2 O OCT 2010 "Año de la Consolidación Económica y Socia l del Perú" OFICIO N ~ ::;._ { -2010-SERVIR/PE Señor DIETHELL COLUMBUS MURATA Director de la Oficina de Asesoría Jurídica Municipalidad de

Más detalles

Adheridos al Sistema de Arbitraje de Consumo ; RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº INDECOPI/COD

Adheridos al Sistema de Arbitraje de Consumo ; RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº INDECOPI/COD Aprueban Directiva N 006-2014/DIRCOD-INDECOPI denominada Directiva que aprueba el Procedimiento de Adhesión de Proveedores y Creación del Registro de Proveedores Adheridos al Sistema de Arbitraje de Consumo

Más detalles

1. FINALIDAD 2. ALCANCES

1. FINALIDAD 2. ALCANCES NORMAS PARA LA EVALUACIÓN DE LOS CRITERIOS DE FORMACIÓN, MÉRITOS, EXPERIENCIA PROFESIONAL Y DESEMPEÑO PROFESIONAL EN LA SEGUNDA ETAPA DEL PROCESO DE INCORPORACIÓN A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL DE LA

Más detalles

TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL

TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL Programa de entrenamiento Lima, 13 de agosto de 2012 IMPORTANCIA Alcance a nivel nacional Especialidad en la solución de controversias (relativa a las materias de su competencia)

Más detalles

INFORME LEGAL Nº '' sERVIR GG oaj RE e 1. BEATRIZ ROBLES CAHUAS Firma:... P Hora:. lq.:j!... ~---- -

INFORME LEGAL Nº '' sERVIR GG oaj RE e 1. BEATRIZ ROBLES CAHUAS Firma:... P Hora:. lq.:j!... ~---- - Presidencia "Decenio de las Personas con Discapacidad en el P r~'(j TORIDA O NAC.!ONAl DEL SERVICIO CIVIL "Año de la Consolidación Económica y Social del P rl!';erencia Of POLITICAS DE GES TIÓN DE R!:CUF

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" (/Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú (/Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" (/Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" INFORME TÉCNICO NQ 1 oo''>-2015-servir/gpgsc A JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

Más detalles

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la apelada por similares argumentos.

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la apelada por similares argumentos. EXP. N.º 02892-2009-PHD/TC LIMA FANNY RAMÍREZ QUIROZ SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 22 días del mes de enero de 2010, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo A De ~ ' " ~ ' ~ '" - ' Rresidencia,, _ Clel fónsejo de Ministros "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO N :A_b:', 2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N GR.CAJ/GGR

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N GR.CAJ/GGR cawm>""zr' 413:(p VISTOS: El Expediente N 010-2015-STCPAD, Resolución de Órgano Instructor N 30-2016-GR.CAJ-GGR (MAD N 2626077), de fecha 06 de diciembre de 2016; Informe N 23-2017-GRC.CAJ/STCPAGRC (MAD

Más detalles

Presidencia del Consejo de Ministros

Presidencia del Consejo de Ministros Presidencia Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" A De Asunto Referencia Fecha INFORME TÉCNICO N C:f,O -2015-SERVIR

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINAM

DECRETO SUPREMO N MINAM Aprueban Cuadro de Tipificación de Infracciones Ambientales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a la Gran y Mediana Minería respecto de Labores de Explotación, Beneficio, Transporte y Almacenamiento

Más detalles

/{Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11 "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

/{Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11 Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación /{Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11. \' INFORME TÉCNICO N" 'tt\c-2015-servir/gpgsc A De JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de

Más detalles

RE e lts 1 v_~> De CYNTHIA SÚ LA Y Firma...

RE e lts 1 v_~> De CYNTHIA SÚ LA Y Firma... A "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú'' INFORME TÉCNICO N2 ~0-2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL PRESIDENCIA EJECUTIVA

Más detalles

Aprueban Documento Técnico Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera

Aprueban Documento Técnico Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera El Peruano Jueves 27 de noviembre de 2014 538535 exceda los sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Segunda.- Plan de Implementación

Más detalles

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL 0014-2009/CEB-INDECOPI 19 de enero de 2009 EXPEDIENTE Nº 000110-2008/CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL SUMILLA: Se declara que el incumplimiento

Más detalles

Resolución de Secretaría General N 0':f:Z., EFA/SG

Resolución de Secretaría General N 0':f:Z., EFA/SG Resolución de Secretaría General N 0':f:Z., -2014-0EFA/SG Lima, 2 3 OCT. 2014 y; VISTO: El Informe W 224-2014-0EFA/OAJ, del 14 de octubre del 2014, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N 018-2002-PCM

Más detalles

_.,: t;féii~rvi~io q~1;-,l;_~~.~:~.

_.,: t;féii~rvi~io q~1;-,l;_~~.~:~. Presidencia.... ' ~ AutQridad Nácl~~ál, _.,: t;féii~rvi~io q~1;-,l;_~~.~:~. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

Más detalles

Establecen etapas para la ejecución del beneficio de la reincorporación o reubicación laboral de la Ley Nº RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR

Establecen etapas para la ejecución del beneficio de la reincorporación o reubicación laboral de la Ley Nº RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR Establecen etapas para la ejecución del beneficio de la reincorporación o reubicación laboral de la Ley Nº 27803 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 374-2009-TR CONCORDANCIAS: R.M. N 122-2010-MIMDES (Disponen reincorporar

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de encargaturas de los cargos de

Más detalles

DIRECTIVA Nº /CONSUCODE/PRE REMISIÓN DE ACTAS DE CONCILIACIÓN Y LAUDOS ARBITRALES AL CONSUCODE

DIRECTIVA Nº /CONSUCODE/PRE REMISIÓN DE ACTAS DE CONCILIACIÓN Y LAUDOS ARBITRALES AL CONSUCODE DIRECTIVA Nº 002 2005/CONSUCODE/PRE REMISIÓN DE ACTAS DE CONCILIACIÓN Y LAUDOS ARBITRALES AL CONSUCODE I) FINALIDAD Precisar las formalidades y el plazo en el que los árbitros, y en su defecto las entidades

Más detalles

Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados

Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados N 9266 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: REFORMA PARCIAL DE LA LEY N. 13, LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS, DE 28 DE OCTUBRE

Más detalles

MODELO DE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA PARA GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES

MODELO DE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA PARA GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS DE GESTIÓN PÚBLICA MODELO DE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA PARA GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES ESTADO PLURINACIONAL

Más detalles

Aprueban Directiva Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observacionesiones

Aprueban Directiva Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observacionesiones Aprueban Directiva Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observacionesiones RESOLUCION Nº 274-2016-OSCE-PRE Jesús María, 22 de julio de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE AYACUCHO DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE AYACUCHO DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DIRECTIVA N 104-2017-GRA/GOB-GG-GRDS-DREA-DIR LINEAMIENTOS PARA GARANTIZAR LA RECUPERACIÓN DE LAS HORAS EFECTIVAS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, AFECTADAS POR LA PARALIZACIÓN DE LABORES

Más detalles

MODIFICAN ANEXO DE LA DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA, APROBADA POR RESOLUCIÓN DIRECTORAL N EF/68.

MODIFICAN ANEXO DE LA DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA, APROBADA POR RESOLUCIÓN DIRECTORAL N EF/68. MODIFICAN ANEXO DE LA DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA, APROBADA POR RESOLUCIÓN DIRECTORAL N 003-2011- EF/68.01 Resolución Directoral N 008-2013-EF/63.01 (Publicada en el Diario

Más detalles

CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil. Oficio NQ UNTRM-CPPAD

CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil. Oficio NQ UNTRM-CPPAD "Año de la consolidación del Mar de Grau 11 INFORME TÉCNICO W ) OL\ -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 "Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO Nº \C\ 4'b SERVIR/GPGSC /~.

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 Año de la consolidación del Mar de Grau INFORME TÉCNICO Nº \C\ 4'b SERVIR/GPGSC /~. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 INFORME TÉCNICO Nº \C\ 4'b -2016-SERVIR/GPGSC /~. (,!., '.; A JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo De CYNTHIASÚ LAY Gerente (e) de Políticas

Más detalles

DIRECTIVA Nº CG/AC

DIRECTIVA Nº CG/AC DIRECTIVA Nº 002-2002- CG/AC PROCESAMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE INGRESOS Y DE BIENES Y RENTAS DE LAS AUTORIDADES, FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PUBLICOS, ASÍ COMO INFORMACIÓN SOBRE

Más detalles

DIRECTIVA Nº CG/AC

DIRECTIVA Nº CG/AC DIRECTIVA Nº 002-2002- CG/AC PROCESAMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE INGRESOS Y DE BIENES Y RENTAS DE LAS AUTORIDADES, FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PUBLICOS, ASÍ COMO INFORMACIÓN SOBRE

Más detalles

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado XesoCución W CONSUCODE/PRE Jesús María, 28 DIC 2096 VISTO: El Memorando N 975-2006-GRNP, de fecha 30 de noviembre de 2006, emitido. por la

Más detalles

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

RÉGIMEN DISCIPLINARIO RÉGIMEN DISCIPLINARIO PREGUNTAS FRECUENTES 1. Si un servidor público renuncia se le procesa como ex servidor? La condición de servidor o ex servidor, para los efectos del PAD, no varía con la desvinculación

Más detalles

DIRECTIVA: NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIDAD DE GUARDIA DE FINES DE SEMANA Y DIAS FERIADOS, EN SEDAM HUANCAYO S.A.

DIRECTIVA: NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIDAD DE GUARDIA DE FINES DE SEMANA Y DIAS FERIADOS, EN SEDAM HUANCAYO S.A. DIRECTIVA: NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIDAD DE GUARDIA DE FINES DE SEMANA Y DIAS FERIADOS, EN SEDAM HUANCAYO S.A. I. OBJETIVO Establecer normas y procedimientos que permitan el óptimo desempeño

Más detalles

RESOLUCION DE JEFATURA Nº J-OCMA/PJ LA JEFATURA SUPREMA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL:

RESOLUCION DE JEFATURA Nº J-OCMA/PJ LA JEFATURA SUPREMA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL: Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación RESOLUCION DE JEFATURA Nº 154-2015-J-OCMA/PJ Lima, 05 de agosto de 2015. LA JEFATURA SUPREMA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

Más detalles

Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente Corte Suprema de Justicia de la República SENTENCIA REV. JUD. N LIMA

Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente Corte Suprema de Justicia de la República SENTENCIA REV. JUD. N LIMA MATERIA: REVISIÓN JUDICIAL DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA. TEMA: OBJETO DEL PROCESO SUMILLA. Para los casos en los que la obligación puesta a cobro en el procedimiento de ejecución coactiva es

Más detalles

Resolución de Contraloría Nº CG

Resolución de Contraloría Nº CG Resolución de Contraloría Nº 367-2015-CG Contralor General aprueba Directiva Verificación del cumplimiento de la obligación de las entidades de contar con un Libro de Reclamaciones. Publicado 22/12/2015

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Para efecto de los presentes lineamientos se entiende por personal administrativo toda

Más detalles

RESOLUC1ON DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

RESOLUC1ON DE PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUC1ON DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Lima, p 3 MAY 2017 Nº OSS -2017-SERVIR/PE Visto; el Memorando Nº 367-2017-SERVIR/TSC de la Secretaria Técnica del Tribunal del Servicio Civil y documentos anexos; CONSIDERANDO:

Más detalles

PROCESO CAS N UGEL 03 PRIMERA CONVOCATORIA

PROCESO CAS N UGEL 03 PRIMERA CONVOCATORIA PROCESO CAS N 177-2017-UGEL 03 PRIMERA CONVOCATORIA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIO DE UN (01) APOYO EDUCATIVO PARA LA I.E. JUAN PABLO VIZCARDO Y GUZMÁN DEL DISTRITO DE CERCADO

Más detalles

DIRECTIVA N OSCE/CD

DIRECTIVA N OSCE/CD DIRECTIVA N 013-2017-OSCE/CD CERTIFICACIÓN POR NIVELES DE LOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS QUE LABOREN EN LOS ÓRGANOS ENCARGADOS DE LAS CONTRATACIONES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS I. FINALIDAD Implementar la

Más detalles

no informó por escrito las condiciones económicas del servicio

no informó por escrito las condiciones económicas del servicio PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LA LIBERTAD PROCEDIMIENTO : DE OFICIO DENUNCIADA : CENTRO DE SERVICIOS EDUCATIVOS INMACULADA VIRGEN DE LA PUERTA S.A.C. MATERIAS : INFORMACIÓN

Más detalles

NOTA DE PRENSA N 045 MINISTERIO DE EDUCACION CONVOCA A DOCENTES A CONCURSO PARA ASCENSO EN LA CARRETERA PUBLICA MAGISTERIAL

NOTA DE PRENSA N 045 MINISTERIO DE EDUCACION CONVOCA A DOCENTES A CONCURSO PARA ASCENSO EN LA CARRETERA PUBLICA MAGISTERIAL NOTA DE PRENSA N 045 MINISTERIO DE EDUCACION CONVOCA A DOCENTES A CONCURSO PARA ASCENSO EN LA CARRETERA PUBLICA MAGISTERIAL Huancavelica, 08 mayo de 2017.- El Ministerio de Educación (Minedu) convoca a

Más detalles

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción? INFORME N. 0154-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas sobre las denominadas cartas inductivas que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Más detalles

SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA:

SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA: Lima, veinticinco de abril de dos mil doce.- SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA DE DE LA REPÚBLICA: VISTA: La causa en audiencia pública de la fecha; y, efectuada la votación con arreglo

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo Presidencia Lima, 2 7 ENE' 2011 OFICIO N Oqg -2011-SERVIR/PE j- ~ : 1, ';-r ', 1 :. > \ del Servicio Civil.. :... \ > ' '..... -... ~... Señora TULIA IVANOA CASTRO BERNEOO Jirón Francisco de Zela Nº 2656-503

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Relmbli (d del EcuadOf RPC-SO-24-No.299-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 76, numeral 7, literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "En todo proceso

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MINSA

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MINSA Sistema Peruano de Información Jurídica Ministerio de Justicia Aprueban Reglamento de Concurso para cargos estructurales de Departamentos de Obstetrices y/o Jefe de Servicio de Obstetrices en los Institutos

Más detalles

PRESCRIPCIÓN. Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz

PRESCRIPCIÓN. Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz PRESCRIPCIÓN Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz Base Legal Código Tributario - Título Segundo del Capítulo IV del T.U.O. del Código Tributario D.S. 133-2013 OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Es de derecho público,

Más detalles

Resolución SMV Nº SMV/01

Resolución SMV Nº SMV/01 Resolución Nº 017-2015-/01 Lima, 17 de septiembre de 2015 VISTOS: El Expediente N 2015028379, los Memorandos Conjuntos N s 2049-2015-/06/11/12 y 2464-2015-/06/11/12 del 30 de julio de 2015 y 10 de septiembre

Más detalles

Que mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.

Que mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas. Aprueban Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas o suspensión impuestas a los concesionarios postales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS

Más detalles

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm).

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm). INFORME N. 005-2017-SUNAT/5D0000 En relación con la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría que es efectuada por los contribuyentes dentro del plazo de prescripción, se consulta lo siguiente:

Más detalles

Personal de vigilancia sede UGEL -Santa (09), Personal de vigilancia para I.E (02) Personal de Apoyo Pedagógico ( 04 )

Personal de vigilancia sede UGEL -Santa (09), Personal de vigilancia para I.E (02) Personal de Apoyo Pedagógico ( 04 ) UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL SANTA-UGEL-S PROCESO CAS N 03-2017- (AMPLIACIÓN) II CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE PERSONAL BAJO EL REGIMEN ESPECIAL DE CAS EN EL MARCO

Más detalles

RESOLUCIÓN N.2 t-/ ANA/TNRCH

RESOLUCIÓN N.2 t-/ ANA/TNRCH PERÚ Ministerio de Agricultura y Riego Autoridad Nacional del Agua Tribunal Nacional de Resolución de Controvers as H dricas "Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Promoción de

Más detalles

- Ley N , Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, LPAG).

- Ley N , Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, LPAG). INFORME N. 080-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si publicada una resolución de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal conteniendo un criterio distinto al de una resolución de dicho tribunal

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN Enrique Guzmán y Valle Alma Máter del Magisterio Nacional

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN Enrique Guzmán y Valle Alma Máter del Magisterio Nacional BASES DEL CONCURSO PUBLICO DE PLAZA PARA CONTRATO DOCENTE PARA EL AÑO ACADEMICO 2017 I.- OBJETIVOS La presente base tiene por objetivo establecer el procedimiento y los criterios técnicos para la contratación

Más detalles

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N EF

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N EF Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N 085-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 207-2012-EF

Más detalles

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº OEFA-CD

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº OEFA-CD Tipifican las infracciones administrativas y establecen la escala de sanciones relacionadas con la eficacia de la fiscalización ambiental, aplicables a las actividades económicas que se encuentran bajo

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" A De INFORME TÉCNICO N2 lo';c':zols-servir/gpgsc JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión

Más detalles

CONCORDANCIAS: R.M. N MINAM (Aprueban Guía para el Muestreo de Suelos y Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos)

CONCORDANCIAS: R.M. N MINAM (Aprueban Guía para el Muestreo de Suelos y Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos) AMBIENTE Aprueban Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo DECRETO SUPREMO Nº 002-2013-MINAM Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - PDF. CONCORDANCIAS: R.M. N 085-2014-MINAM (Aprueban Guía para el

Más detalles

n E ~ 1 B 1 D Orr.;,~,?.:

n E ~ 1 B 1 D Orr.;,~,?.: -~--~~-':"'- - ------------------- --- ----------~::-:-:o:--r- "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" 11 Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" INFORME

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" GISELLA SANTIVÁÑEZ ANTO

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo GISELLA SANTIVÁÑEZ ANTO INFORME LEGAL Nº Bzr -2011-SERVIR/GG-OAJ A De Asunto GISELLA SANTIVÁÑEZ ANTO Gerente (e) de Políticas de Gestión de Recursos Humanos MANUEL MESONES CASTELO Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica Consulta

Más detalles

Ministerio de Economía y Finanzas PROCESO CAS Nº PERÚ COMPRAS

Ministerio de Economía y Finanzas PROCESO CAS Nº PERÚ COMPRAS PROCESO CAS Nº 055-2016- BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS I. GENERALIDADES 1. ENTIDAD CONVOCANTE. 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Más detalles

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA:

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA: INFORME N. 039-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el Régimen de Gradualidad aplicable a la sanción de multa por las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 del artículo 178 del Código

Más detalles

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Vistos y considerando: Primero: Que en este juicio sumario rol N 10.640-2014 caratulado Aguas Magallanes S.A. con Superintendencia de Servicios Sanitarios,

Más detalles

Resolución Administrativa n P-CSJCA-PJ

Resolución Administrativa n P-CSJCA-PJ Resolución Administrativa n 058-2012-P-CSJCA-PJ Cajamarca, 02 de abril del 2012. VISTOS: El escrito presentado por María Elvira Castro Chumpitaz el 16 de marzo del 2012; y, CONSIDERANDO: Conforme lo prevé

Más detalles

Procedimiento de queja por defectos de tramitación

Procedimiento de queja por defectos de tramitación Procedimiento de queja por defectos de tramitación DIRECTIVA Nº 001-2009-TRI -INDECOPI TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DIRECTIVA Nº 001-2009/TRI-INDECOPI

Más detalles

Lima, veinticinco de octubre de dos mil dieciséis.-

Lima, veinticinco de octubre de dos mil dieciséis.- Las afectaciones en materia pensionaria tienen la calidad de una vulneración continuada, pues tienen lugar mes a mes, motivo por el cual no existe posibilidad de rechazar reclamos, recursos o demandas

Más detalles

]âütwé atv ÉÇtÄ wx XÄxvv ÉÇxá Resolución n JNE

]âütwé atv ÉÇtÄ wx XÄxvv ÉÇxá Resolución n JNE Expediente n. J-2008-799 Lima, ocho de setiembre de dos mil nueve VISTO, en audiencia pública de fecha 8 de setiembre de 2009, el recurso de apelación interpuesto por don Jesús Juvenal Cueva Capa contra

Más detalles

APRUEBAN REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN EN EL REGISTRO DE ESPECIALISTAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (REPIP)

APRUEBAN REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN EN EL REGISTRO DE ESPECIALISTAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (REPIP) APRUEBAN REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN EN EL REGISTRO DE ESPECIALISTAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (REPIP) Resolución Directoral N 005-2009-EF/68.01 (Publicada en el Diario Oficial

Más detalles

Ministerio de Educación

Ministerio de Educación Ministerio de Educación R e p ú b l i c a d e l P e r ú Década de la Educación Inclusiva 2003-2012 Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo 1 4 d e S e t i e m b r e d e 2 0 1 1 Decreto Supremo

Más detalles

I. ENTIDAD CONVOCANTE.- Instituto Nacional de Salud

I. ENTIDAD CONVOCANTE.- Instituto Nacional de Salud I. ENTIDAD CONVOCANTE.- Instituto Nacional de Salud II. OBJETIVO Y FINALIDAD.- Garantizar el proceso de cambio de grupo ocupacional y línea de carrera en el Instituto Nacional de Salud, sobre la base del

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacfdad en el Perú"

Decenio de las Personas con Discapacfdad en el Perú "Decenio de las Personas con Discapacfdad en el Perú" uma, 2 8 MAR 2012 OFICIO NQ 4/0-2012-SERVIR/PE Señor FRANCISCO PALOMARES MURGA Director General de Administración Biblioteca Nacional del Perú Presente.-

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

Aprueban Normas Técnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal

Aprueban Normas Técnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal Aprueban Normas Técnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal Lima, 29 de abril de 2008 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1344-2008-ED CONSIDERANDO: Que,

Más detalles

FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República

FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República www.contraloria.gob.pe Resolución de Contraloría Nº 220-2011-CG Contralor General Modifica el Reglamento de los Órganos de Control Institucional. Publicado 19/08/2011 Lima, 18 de agosto de 2011. Visto,

Más detalles

FALTAS Y SANCIONES EN LA LEY Nº Y SU REGLAMENTO D.S. Nº ED

FALTAS Y SANCIONES EN LA LEY Nº Y SU REGLAMENTO D.S. Nº ED FALTAS Y SANCIONES EN LA LEY Nº 29944 Y SU REGLAMENTO D.S. Nº 004-2013-ED FALTAS O INFRACCIONES Falta, es toda acción u omisión voluntaria o no que contravenga los deberes señalados en el art. 40 de la

Más detalles

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº EF/52.01

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº EF/52.01 Aprueban la Directiva para la implementación del acceso de los gobiernos regionales y gobiernos locales al financiamiento con la emisión de bonos soberanos aprobada por el Decreto Supremo Nº 224-2013-EF

Más detalles

Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº TR

Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº TR Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº 008-2011-TR CONCORDANCIAS: R. Nº 183-2011-SUNAT (Aprueban Normas y Procedimientos para la presentación de la Planilla Electrónica

Más detalles

- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.

- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias. INFORME N. 061-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En el marco de lo dispuesto por el numeral 3 del a rtículo 137, el segundo párrafo del artículo 141 y el penúltimo párrafo de l artículo 146 del Código Tributario,

Más detalles

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 559126 NORMAS LEGALES Jueves 13 de agosto de 2015 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Lineamientos para la constitución y funcionamiento del Voluntariado en Emergencias

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº CD/OSIPTEL

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº CD/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 087-2011-CD/OSIPTEL Lima, 27 de junio de 2011. MATERIA Conformación del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones- OSIPTEL

Más detalles

Dictan disposiciones para regular la Inscripción en el Registro de Hidrocarburos de Empresas Envasadoras como Importador de Gas Licuado de Petróleo

Dictan disposiciones para regular la Inscripción en el Registro de Hidrocarburos de Empresas Envasadoras como Importador de Gas Licuado de Petróleo El Peruano / Sábado 30 de julio de 2016 Venta de GLP a los que les hayan emitido los Certificados de Conformidad, en el cual se consignarán las fechas, fotografías del establecimiento y el resultado de

Más detalles

.10 N M-2016/VIVIENDANMCS/PNSR. Miraflores, 2 SEP 2016

.10 N M-2016/VIVIENDANMCS/PNSR. Miraflores, 2 SEP 2016 oeuca DEL.10 N M-2016/VIVIENDANMCS/PNSR Miraflores, 2 SEP 2016 VISTOS: El Memorándum N 992-2016NIVIENDANMCS/PNSR/DE, emitido por la Dirección Ejecutiva, el Informe N 203-2016NIVIENDANMCS/PNSR-AMAZONÍA

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº PCM

DECRETO SUPREMO Nº PCM 18/04/2005.- D.S. Nº 033-2005-PCM.- Aprueba Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública. (19/04/2005) DECRETO SUPREMO Nº 033-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que,

Más detalles

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N 13 YAUYOS PROCESO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CAS N UGEL N 13 Yauyos

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N 13 YAUYOS PROCESO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CAS N UGEL N 13 Yauyos Año de la consolidación del Mar de Grau UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N 13 YAUYOS PROCESO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CAS N -2016-UGEL N 13 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA

Más detalles

NORMAS LEGALES. Año Fiscal 2017 y de la Primera Adenda al Convenio Nº VIVIENDA.

NORMAS LEGALES. Año Fiscal 2017 y de la Primera Adenda al Convenio Nº VIVIENDA. El Peruano / Miércoles 5 de abril de 2017 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 190 000 000,00 (CIENTO NOVENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios,

Más detalles

CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES LINEAMIENTO PARA LA SUBSTANCIACIÓN DE LAS DENUNCIAS PÚBLICAS POR VIOLACIONES A LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO CONTENIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA. CAPITULO

Más detalles

\,1t(;11>U N.1.\ 1 _" :li. n : ~ rvillu (1vii. ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

\,1t(;11>U N.1.\ 1 _ :li. n : ~ rvillu (1vii. ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú ....... w, _ l ' '... ~ " ' 1t.J l... l. j',.z: 1.. -~ ' '. ; : j \,1t(;11>U N.1.\ 1 _" :li n : ~ rvillu (1vii ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" Of1c1na de Asesona Jurídica _. INFORME

Más detalles

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Documento de consulta Ultima reforma aplicada 26 de

Más detalles

Competencias del Consejos Escolar de Centro, Director y Claustro

Competencias del Consejos Escolar de Centro, Director y Claustro Competencias del Consejos Escolar de Centro, Director y Claustro ORGANOS DE GOBIERNO DE CENTROS: COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR: Decreto 92/1988 (DOG 29-4- 88) y Reglamentos posteriores a) Establecer

Más detalles