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1 MANUAL DE SEGUROS /// AUTO

2 ÍNDICE I. Por qué este manual de seguros?... 4 II. Los seguros de protección de pagos... 4 III. Qué coberturas ofrece FinConsum?... 5 IV. Qué packs de seguros pueden contratarse?... 7 V. Quién puede asegurarse con FinConsum?... 7 VI. En el tiempo, cuánto dura el seguro con FinConsum?... 7 VII. Cómo asegurar con FinConsum?... 8 VIII. Qué hacer cuando ocurre un siniestro?... 8 IX. Preguntas frecuentes... 8 X. Qué situaciones no están cubiertas?... 9 Glosario Jurisdicción Protección del asegurado

3 Con FinConsum, vender es más fácil FinConsum, la entidad especializada en crédito al consumo del Grupo la Caixa, se convierte en un gran apoyo para sus ventas. Permite ofrecer a sus clientes la tranquilidad de poder hacer frente a sus préstamos en situaciones inesperadas en las que sus ingresos puedan verse mermados, o sus gastos incrementados, de forma significativa (fallecimiento, gran invalidez, desempleo o incapacidad temporal). Asimismo, en supuestos de robo o destrucción total del vehículo financiado, les ofrece la tranquilidad de poder liquidar el saldo pendiente del préstamo. De este modo, su cliente se reposiciona como cliente potencial para adquirir un nuevo vehículo. Y todo ello, con la garantía de VidaCaixa y SegurCaixa, compañías aseguradoras del Grupo la Caixa. 3

4 I. Por qué este manual de seguros? Conscientes de los múltiples beneficios que el aseguramiento de las operaciones ofrece a sus clientes, y en cumplimiento de las obligaciones en materia de formación derivadas de la Ley de Mediación de Seguros 1, le ofrecemos este manual con la intención de facilitar un correcto conocimiento de los productos. FinConsum busca formar a sus establecimientos colaboradores para que un mejor conocimiento de los seguros suponga la traslación a los clientes finales de una mayor y mejor información de los mismos. En las siguientes páginas se recogen las características básicas de los productos de seguro (garantías, suscripción ), de forma clara y sencilla, para que usted pueda transmitir con claridad a su cliente una información completa a la hora de decidir sobre la contratación, o no, de un seguro vinculado a su operación de financiación. Asimismo, ponemos a su disposición la posibilidad de profundizar en el conocimiento de los productos aseguradores, a través de diferentes herramientas (manuales complementarios, sesiones de formación específicas ). Para ello, solo tiene que consultar con su comercial o entrar en Cabe señalar que con este manual de seguros FinConsum lleva a las operaciones de seguro su interés por la calidad en el conjunto de sus operaciones. Este interés coincide con los principios de información de calidad y transparencia que inspiran la actual regulación de las labores de mediación de seguros. Por ello FinConsum, como agente exclusivo de VidaCaixa y autorizado de SegurCaixa, le ofrece esta herramienta de formación. 1 Ley 26/2006, del 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados. II. Los seguros de protección de pagos Los seguros vinculados a la financiación al consumo son un mercado que aporta valor; por ello, asegurar una operación de financiación al consumo garantiza la tranquilidad de su cliente y permite a FinConsum poder continuar ofreciendo atractivas condiciones de financiación en estas operaciones. Hay que destacar la cada vez mayor penetración de las coberturas de protección de pagos en el mercado de la financiación al consumo, donde 4 de cada 10 operaciones ya incorporan estas coberturas. Las coberturas de los seguros de protección de pagos eximen a su cliente del pago del préstamo pendiente en los siguientes supuestos: fallecimiento, gran invalidez, desempleo o incapacidad temporal del titular asegurado y robo o pérdida total del vehículo financiado. Cuestión que, sin lugar a dudas, contribuirá a incrementar tanto sus ventas como el grado de satisfacción de sus clientes y, con ello, su fidelidad y repetición en la compra. Con FinConsum, vender es más fácil 4

5 III. Qué coberturas ofrece FinConsum? En el marco de la operación de financiación de su cliente, las coberturas de seguro ofrecidas por FinConsum son: Fallecimiento Gran invalidez Desempleo - incapacidad temporal (IT) Indemnización compensatoria automovilística (ICA) FALLECIMIENTO Proporciona al asegurado la garantía de liquidar el saldo pendiente del préstamo en caso de fallecimiento. VidaCaixa garantiza el pago del principal del préstamo dispuesto pendiente de vencimiento en la fecha del fallecimiento. Conviene resaltar algunas cuestiones respecto de esta cobertura, como son: La cobertura por fallecimiento cesará cuando el asegurado cumpla 80 años, con independencia de la mayor duración del préstamo. La cobertura se extiende al fallecimiento derivado tanto de enfermedad como de accidente. GRAN INVALIDEZ Proporciona al asegurado la garantía de liquidar el saldo pendiente del préstamo en caso de gran invalidez¹.vidacaixa garantiza el pago del principal del préstamo dispuesto pendiente de vencimiento en la fecha de la certificación médica de gran invalidez. Conviene resaltar algunas cuestiones respecto de esta cobertura, como son: La cobertura cesará cuando el asegurado cumpla 65 años, con independencia de la mayor duración del préstamo. La cobertura se extiende a la gran invalidez derivada tanto de enfermedad como de accidente. 1 La Seguridad Social define la gran invalidez como aquella situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos. DESEMPLEO - INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) La cobertura de desempleo cubre la pérdida del empleo (extinción de la relación laboral) para trabajadores por cuenta ajena con contrato indefinido, funcionarios que coticen a la S.S. y socios de cooperativas, cuando perciban la prestación por desempleo en su nivel contributivo por parte del INEM. La cobertura de incapacidad temporal cubre la incapacidad de trabajar de forma temporal por causa de accidente o enfermedad para trabajadores por cuenta propia (autónomos), trabajadores por cuenta ajena con contrato temporal y funcionarios de carrera, siempre que se encuentren en situación de alta, en el momento del siniestro, en la Seguridad Social, Mutualidad obligatoria o institución análoga que la legislación determine para su actividad. Respecto a estas coberturas, hay que tener en cuenta lo siguiente: * Ambas tienen una franquicia de 30 días; es decir, la Compañía no reembolsa el primer mes de desempleo o incapacidad temporal. * Existen unas carencias de 60 días, en el caso del desempleo, y de 30 días, en el caso de la incapacidad temporal (excepto si la incapacidad temporal es por accidente). Es decir, para que el siniestro obtenga cobertura debe producirse con posterioridad a esos plazos, contados desde el inicio del préstamo. 5

6 La prestación satisfecha en caso de siniestro será el pago de la cuota mensual del préstamo, con el abono de 1/30 parte del capital asegurado por cada día que se mantenga la situación objeto de cobertura, hasta un máximo de 400 mensuales durante 6 meses consecutivos, o 18 meses alternos², en caso de varios siniestros. Estas dos coberturas son incompatibles entre sí, por estar dirigidas a clientes con circunstancias laborales diferentes, tal como se observa en el siguiente cuadro: Coberturas Tipo de empleo Desempleo Inc. temporal Trabajadores por cuenta ajena (con contrato indefinido) Sí No Funcionarios de empleo que coticen a la S.S. Sí No Socios de cooperativas Sí No Trabajadores por cuenta ajena (con contrato temporal) No Sí Funcionarios de carrera que no coticen a la S.S. No Sí Autónomos No Sí 2 En caso de que el desempleo se perciba del INEM en la modalidad de pago único, el beneficiario percibirá exclusivamente una indemnización equivalente al importe de tres mensualidades. INDEMNIZACIÓN COMPENSATORIA AUTOMOVILÍSTICA (ICA) Esta cobertura ofrece protección frente al riesgo de pérdida total del vehículo financiado, por robo, accidente o incendio, cuando sea imposible, con reconocimiento de ello por parte del asegurador del vehículo, proceder a su reparación. Para que esta cobertura entre en vigor es necesario que, en el momento del siniestro, el cliente tenga contratado el seguro del vehículo financiado, con independencia de su modalidad. El importe de la indemnización será igual a la diferencia entre el saldo del préstamo en la fecha de pago por el asegurador del vehículo y el reembolso obtenido de dicho asegurador, con el límite máximo de

7 IV. Qué packs de seguros pueden contratarse? Las diferentes opciones (packs) para la contratación de las coberturas aseguradoras expuestas son las que se recogen en el siguiente cuadro: Pack S.P. Pagos S.P. Pagos y Desempleo Seg. Protección Auto SegurTotal Coberturas Fallecimiento + gran invalidez Fallecimiento + gran invalidez + desempleo / IT Fallecimiento + gran invalidez + ICA Fallecimiento + gran invalidez + desempleo / IT + ICA V. Quién puede asegurarse con FinConsum Podrán contratar la cobertura aseguradora de su operación de financiación, de acuerdo con la modalidad elegida, todos aquellos clientes que cumplan los siguientes requisitos: Tener una edad comprendida entre los 18 y los 74 años de edad para la cobertura de fallecimiento. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 65 años de edad para la cobertura de gran invalidez. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 60 años de edad para las coberturas de desempleo o incapacidad temporal. Tener una edad comprendida entre los 25 y los 65 años de edad para la cobertura de indemnización compensatoria automovilística. No padecer ninguna enfermedad grave, ni encontrarse en situación de incapacidad permanente en alguno de sus grados (total, parcial, absoluta o gran invalidez), o temporal que pudiera derivar en incapacidad permanente, ni encontrarse en situación de desempleo. Ser aceptado como asegurado por las aseguradoras, mediante el cargo en cuenta de la prima del seguro. VI. En el tiempo, cuánto dura el seguro con FinConsum? La duración del seguro se extiende hasta el vencimiento del préstamo. En ningún caso la duración inicial del seguro será superior a 10 años. Si el vencimiento del préstamo fuera superior, tras los primeros 10 años el seguro se prorrogaría por periodos anuales. La cobertura de fallecimiento cesará cuando el asegurado cumpla 80 años y las de gran invalidez, desempleo, incapacidad temporal e indemnización compensatoria automovilística cesarán cuando el asegurado cumpla 65 años, con independencia de la mayor duración del préstamo. 7

8 VII. Cómo asegurar con FinConsum? Asegurar una operación de financiación es muy sencillo con FinConsum. El interesado en contratar una de las modalidades de seguro deberá manifestar su interés y deberá firmarlo en la solicitud de la operación de financiación, sin necesidad de suscribir documentos o boletines de adhesión adicionales. El cliente solo deberá indicar una de las opciones habilitadas en función del tipo de seguro y firmar. VIII. Qué hacer cuando ocurre un siniestro? En caso de un siniestro su establecimiento y usted no deben realizar ninguna tarea administrativa. Su cliente deberá llamar a los siguientes números dónde se le indicará la documentación a facilitar para tramitar el siniestro. Horario de atención al cliente: de lunes a viernes de 8:30 a 22 horas - sábado, de 9 a 21 horas IX. Preguntas frecuentes Qué cubre la garantía de fallecimiento / gran invalidez? Cubre el pago del saldo pendiente del préstamo (no vencido) en caso de que se produzca el fallecimiento o la gran invalidez del asegurado. El fallecimiento o la gran invalidez deben derivarse de enfermedad, o de accidente, para tener cobertura? Pueden derivarse de ambos, puesto que la cobertura se extiende al fallecimiento o la gran invalidez derivados tanto de enfermedad como de accidente. Qué cubre la garantía de desempleo / incapacidad temporal? Cubre el pago de la cuota mensual (máx. 400 /mes), durante 6 meses seguidos o 18 no consecutivos, por pérdida de empleo (en caso de trabajadores) e incapacidad temporal para trabajar (en caso de autónomos). Cómo sé si tengo cobertura de desempleo? El principal criterio para que usted pueda beneficiarse del seguro de desempleo es que el INEM le reconozca el derecho a la prestación. Además, usted deberá ser trabajador por cuenta ajena con contrato indefinido, funcionario de empleo que cotice a la Seguridad Social o socio de cooperativa, y el despido deberá ser improcedente o nulo. Cómo sé si tengo cobertura de incapacidad temporal? Para tener derecho a esta cobertura usted deberá padecer una incapacidad para trabajar de forma temporal, ser trabajador por cuenta ajena con contrato temporal, funcionario de carrera que no cotice a la Seguridad Social o autónomo, y constar en la Seguridad Social, Mutualidad general o ente análogo. 8

9 Qué cubre la garantía de indemnización compensatoria automovilística? En caso de pérdida total del vehículo financiado, por robo, accidente o incendio, o en caso de que sea imposible proceder a su reparación (con reconocimiento de ello por parte del asegurador del vehículo), la aseguradora liquidará la diferencia entre el saldo del préstamo en la fecha de pago por el asegurador del vehículo financiado y el reembolso obtenido de dicho asegurador, con el límite máximo de Qué hacer para dar de alta un siniestro? Su cliente deberá llamar al e informar de los detalles, o bien escribir una carta facilitando sus datos de contacto a: FinConsum, Gran Via de Carles III, 87, bajos, Barcelona. X. Qué situaciones no están cubiertas? A continuación se recogen, a título meramente enunciativo, algunas de las principales exclusiones 1 previstas en la póliza de seguro. Exclusiones comunes a todas las coberturas: Los siniestros producidos con anterioridad a la entrada en vigor del seguro. Los siniestros que sean consecuencia de actos intencionados por parte del asegurado, o de un tercero del cual el asegurado sea responsable, o derivados de negligencia grave del mismo, declarado así judicialmente. Los siniestros derivados de embriaguez o uso de estupefacientes no prescritos médicamente. Los siniestros derivados de la práctica de deportes en los que se utilicen aparatos voladores o vehículos a motor. Exclusiones específicas a la cobertura de desempleo: Cuando el asegurado haya sido despedido y no haya presentado reclamación en tiempo y forma oportunos contra la decisión empresarial. Cuando no se reconozca el derecho a la percepción de la prestación por desempleo de nivel contributivo del INEM para el periodo correspondiente. Exclusiones específicas a la cobertura de incapacidad temporal: Los siniestros derivados de la práctica por el asegurado de cualquier deporte como profesional. Los siniestros derivados de cualquier enfermedad, dolencia o lesión cuando el asegurado haya recibido tratamiento o consulta médica por razón de las mismas con anterioridad a la firma del contrato. 1 Situaciones que no tienen cobertura en el contrato de seguro y en consecuencia no generan derecho al cobro de la prestación del mismo. 9

10 Glosario Tomador: es la persona que suscribe el contrato de seguro con el asegurador. En el presente caso, se trata de FinConsum, E.F.C., S.A. Asegurado: es la persona titular del interés objeto del contrato de seguro. En el presente caso, se trata del cliente cuya compra es objeto de financiación. Beneficiario: es la persona prevista en el contrato de seguro que recibe la indemnización o prestación convenida en el mismo. En el presente caso, se trata de FinConsum, E.F.C., S.A. Asegurador: es la persona (jurídica) que asume la cobertura del riesgo objeto del contrato de seguro. En el presente caso, para las garantías de fallecimiento y gran invalidez, se trata de VidaCaixa, S.A. Para las garantías de desempleo, incapacidad temporal e indemnización compensatoria automovilística, se trata de SegurCaixa, S.A. Mediador: es la persona que intermedia en la celebración de un contrato de seguro. En el presente caso se trata de FinConsum, E.F.C., S.A., como agente de seguros exclusivo de VidaCaixa, S.A. y autorizado de SegurCaixa, S.A. Auxiliar del mediador: es la persona que colabora con el mediador de seguros en la distribución de productos de seguros, por cuenta de dicho mediador. En el presente caso, se trata del establecimiento comercial (punto de venta). Seguro colectivo: se trata de un contrato de seguro que da cobertura a un conjunto de personas con un interés común distinto al propósito de asegurarse. En el presente caso, se trata de los contratos suscritos por FinConsum, E.F.C., S.A., como tomador, y VidaCaixa, S.A. para las garantías de fallecimiento y gran invalidez y SegurCaixa, S.A. para las garantías de desempleo, incapacidad temporal e indemnización compensatoria automovilística. Los clientes de FinConsum, E.F.C., S.A. se adhieren a dichos contratos como asegurados. Siniestro: hecho o circunstancia que supone la materialización del riesgo objeto del contrato de seguro. Exclusiones: hechos o circunstancias que en ningún caso son objeto de cobertura por el contrato de seguro y que se encuentran recogidos en el mismo. En el presente caso cabe destacar, a modo de ejemplo, los siniestros ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor del contrato de seguro, o aquellos que sean consecuencia de un acto de imprudencia o negligencia grave del asegurado, declarado así judicialmente. Franquicia: en el contrato de seguro, cuantía mínima del daño a partir de la cual surge la obligación del asegurador. Carencia: periodo temporal durante el cual no surte efecto la cobertura del seguro, por lo que, si se produce un siniestro en dicho periodo, el asegurador no está obligado al pago de la correspondiente prestación. Jurisdicción El contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y, dentro de ella, será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas de este contrato el adscrito al domicilio del asegurado. En caso de que el asegurado tenga su domicilio en el extranjero deberá designar, a estos efectos, un domicilio en España. 10

11 Protección del asegurado El asegurado gozará de la protección otorgada por la normativa vigente en materia de protección de los consumidores y usuarios de servicios financieros (Ley 44/2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y su normativa de desarrollo). Sin perjuicio de la posibilidad de acudir a la vía judicial, el asegurado, el beneficiario, los terceros perjudicados o los derechohabientes de cualquiera de ellos podrán presentar quejas o reclamaciones contra aquellas prácticas del asegurador que consideren abusivas o que lesionen sus derechos o intereses legalmente reconocidos derivados del contrato de seguro, ante las siguientes instancias: - El Servicio de Atención al Cliente de VidaCaixa, S.A. y SegurCaixa, S.A. (Juan Gris, Barcelona). - El Defensor del Cliente de la Federación de Cajas de Ahorros Catalanas (Gran Via de Carles III, 86, 6º, Barcelona), designado por el asegurador como Defensor del Asegurado. El asegurado, el beneficiario, los terceros perjudicados o los derechohabientes de cualquiera de ellos podrán someter voluntariamente a esta persona sus quejas o reclamaciones contra aquellas prácticas del asegurador que consideren abusivas o que lesionen sus derechos o intereses legalmente reconocidos derivados del contrato de seguro que no superen la cuantía individual, sumados todos los conceptos, establecida en el Regla mento del Defensor del Cliente de las Cajas de Ahorros Catalanas y siempre y cuando las cuestiones sobre las que se plantee la reclamación no se encuentren en vía judicial o arbitral. La resolución del Defensor del Asegurado será de acatamiento obligatorio para el asegurador y voluntario para el reclamante. - El Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 30 de la Ley 44/2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el mismo debe acreditarse la formulación de reclamación previa ante el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Asegurado y que la misma ha sido desestimada, no admitida o que ha transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación sin que haya sido resuelta. Una vez transcurrido el plazo de 2 meses, o una vez desestimada la queja o reclamación, el asegurado podrá dirigirse al Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones. 11

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