RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CONSIDERANDO:
|
|
- Mario Maidana Cano
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Consejo de Participación CiudadanayControl Social EcuadorMamallaktapak RunaTantanakuymanta Ñawinchinamantápash Hatun Tantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia ímia RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL CONSIDERANDO: los numerales 2 y 5, del artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador garantizan los siguientes derechos "Participar en los asuntos de interés público "; y "Fiscalizar los actos del poder público "; respectivamente; el artículo 85 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad"; el artículo 95 de la Constitución de la República, señala "Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individualy colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la Sociedad, y de sus representantes, en unproceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respecto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria"', la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 207 establece que " / Consejo de Participación Ciudadana y ControlSocial promoverá e incentivará el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsará y establecerá mecanismos de control social en los asuntos de interés público, y designará a las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la Ley."; los numerales 1 y 2 del artículo 208 de la Constitución de la República del Ecuador establece como deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social las siguientes: "Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción"; y, "Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y contro y social", respectivamente; Participa Mayor información._.._^jv-»-fc Sede Quito Santa Prisca 425.entre ECUADOR Vargas ypasaje Ibarra. _, _«,, Edificio Centenario Tu tienes el poder PBX {593_2) 3g5721Q Página 1 de 8
2 el artículo 212 de la Constitución de la República, señala las funciones de la Contraloría General del Estado cuyo numeral 1 dispone "Dirigir el sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de las entidades del sectorpúblico y de las entidades privadas que dispongan de recursospúblicos "; el artículo 227 de la Constitución de la República dispone que "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación" el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado establece: "Examen Especial.- Como parte de la auditoría gubernamental el examen especial verificará, estudiaráy evaluará aspectos limitados o de unaparte de las actividades relativas a la gestión financiera, administrativa, operativa y medio ambiental, con posterioridad a su ejecución, aplicará las técnicas y procedimientos de auditoría, de la ingeniería o afínes, o de las disciplinas específicas, de acuerdo con la materia de exameny formulará el correspondiente informe que deberá contener comentarios, conclusiones, recomendaciones "; el artículo 15 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, prevé: "(...) Es obligación del Servicio Nacional de Contratación Pública informar a la Contraloría General del Estado y a la Procuraduría General del Estado cada vez que conozcael cometimiento de infracciones a lo dispuesto en esta Ley"; el artículo 78 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana señala que "Zas veedurías para el control de la gestión pública, al igual que cualquier otra veeduría destinada al control de todas las funciones del Estado, en todos los niveles de gobierno, a las instituciones privadas que manejenfondos públicos, y a las personas naturales o jurídicas del sector privado que presenten servicios o desarrollen actividades de interés público, se regirán por lo señalado en esta Ley, y porelreglamento General de Veedurías. "; el artículo 84 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana señala que las "Veedurías ciudadanas.- Son modalidades de control social de la gestión de lo público y de seguimiento de las actividades de dignidades electas y designadas por la ciudadanía y las organizaciones sociales, aquellas que les permiten conocer, informarse, monitorear, opinar, presentar observaciones y pedir la rendición de cuentas de las servidoras y los servidores de las instituciones públicas. "; los numerales 2 y 3 del artículo 8 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, establece entre las atribuciones de esta Institución en lo relativo al control social, lo siguiente: "Apoyar técnica y metodológicamente las iniciativas de veeduría, observatorios y demás espacios de control social, que así lo demanden, para exigir cuentas de la gestión de lo público, en el marco de los derechos constitucionales"; y, "Las veedurías ciudadanas podrán vigilar el ciclo de la política pública con énfasis en los procesos de planeación, Página 2 de 8
3 Consejode Participación Ciudadanay Control Social EcuadorMamallaktapak RunaTantanakuymanta Nawinchinarnantapash HatunTantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iímia presupuesto y ejecución del gasto público; la ejecución de planes, programas, proyecto, obras y servicios públicos, (...)", respectivamente; el artículo 6 del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, que rige la presente veeduría, señala que "Las Veedurías Ciudadanas constituyen mecanismos de control social para el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública, con el objeto de conocer, informarse, monitorear, opinar, presentar observaciones, previo, durante o posterior a su ejecución, así como exigir rendición de cuentas y contribuir al mejoramiento de la administración de lo público. "; el artículo 9 del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, que rige la presente veeduría, señala que "Zas veedurías ciudadanas se integrarán con mínimo de tres personas naturales por sus propios derechos o en delegación de organizaciones sociales, pueden conformarse por: a) Iniciativa ciudadana, colectivo o de las organizaciones sociales; y b. Convocatoria del Pleno del Consejo de Participación ciudadana y Control Social, a solicitud de una autoridad o instituciónpública en virtudde mandato legal o reglamentario. "; el artículo 27 del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, que rige la presente veeduría, señala "Los veedores presentarán de forma obligatoria un informe final al término de la veeduría, e informes parciales en caso de ser requeridos por el CPCCS o a criterio de los veedores"; y, en el cuarto inciso determina que "El Pleno del CPCCS conocerá el informey dictará su resolución frente a las conclusiones y recomendaciones de la veeduría. Si de los informes de la veeduría, se observare posibles actos de corrupción o violación de derechos de participación, el Pleno del consejo remitirá mediante resolución al Secretario Técnico de Transparencia y Lucha contra la Corrupción para que proceda con la investigación respectiva de acuerdo al trámite establecido en el Reglamento de Denuncias expedido por el CPCCS. "; el artículo 28 del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, determina "El informe final de veeduría ciudadana debe ser publicado en el sitio web institucional del CPCCS, en el término máximo de tres días a partir de la fecha en quefue conocido por el Pleno "; el artículo 30 del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, que rige la presente veeduría, dispone que "La veeduría ciudadanafinaliza por las siguientes causas: a. Por logro o cumplimiento del objeto para el cual fue creada; b. Por suspensión definitiva de la obra, contrato, servicio o proceso para cuya vigilancia fue creada; c. Por incumplimiento comprobado de las normas establecidas en la ley y en el presente reglamento; d. Por incumplimiento del objeto; e. Por no presentar los informes en los plazos requeridos; y, f Por desistimiento expreso de los veedores, comunicado mediante oficio al CPCCS. "; con fecha 13 de junio de 2016, se recibió en las Oficinas de la Delegación Provincial del Guayas, un pedido, por iniciativa ciudadana, para la conformación de una Veeduría Ciudadana, para vigilar el proceso de compras públicas llamado / PartlCÍPa Mayor información _, ~ _ A_^ fz-ri Sede Quito: Santa Prisca 425. entre ECUADOR Var9as ypasa'e lbarra _, _.,, Edificio Centenario Tu tienes el poder PBX m_z] Página 3 de 8
4 bajo subasta inversa electrónica: SIE-HTMC "Adquisición de 1037 unidades de factor VIH sólido parenial de 10000UI para el Hospital de Especialidades - Teodoro Maldonado Carbo" por un monto de $ 1, 078, (Un millón sesenta y ocho mil ciento diez 00/00). Dólares Americanos; en varias reuniones mantenidas previo a la acreditación de la veeduría, los ciudadanos deciden hacer el cambio al objeto planteado en la petición inicial, decidiendo que se van a vigilar a todos los procesos de adquisición que han sido y serán convocados por el Hospital "Teodoro Maldonado Carbo" durante el año 2016; luego de cumplir con las etapas de convocatoria, inscripción de los interesados, verificación de requisitos, registro, capacitación y plan de trabajo, previsto en el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas que rige la presente veeduría, se acreditó y conformó, la misma que se integró por los señores: Marión Moreno Espín, Josué Quiroz Cantos y la señora Daysy Sarmiento Yagual (Coordinadora), cuyo objeto fue: "Vigilar, controlar y fiscalizar los procesos que han sido y serán convocados durante el Año 2016 por las dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales del Ministerio de Salud Publica en la ciudad de Guayaquil para la adquisición de unidades de factor VIII sólido parenteral."; el 30 de enero 2017 es entregado el Informe Final de Veeduría, en la Delegación Provincial de Guayas del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, con sus respectivos anexos, el mismo que es suscrito por los veedores Daysy Sarmiento Yagual (Coordinadora), Marión Moreno Espín y Josué Quiroz Canto; en el cual se hacen constar como conclusiones las siguientes: "7. Fue importante la presencia de los miembros de esta veeduría, para vigilar y controlar el proceso, de lo contrario se pudo haber desmerecido la participación de la oferta RRPGolden Integra Importadora S.A., y afectar a los pacientes de recibir una mejor calidad de producto. 2. Con los hallazgos observados, la comisión técnica realizó las respectivas correcciones y evaluaron la mejor oferta amparándose en los pliegos, términos de referencia para no desviarse del objeto contrato. La empresa Quifatex S.A., no debió continuar en las siguientes etapas, sin embargo la comisión técnica decidió bajo su criterio técnico que debía mantenerse hasta la convalidación. 3. Como miembros de la veeduría controlamos que ambos oferentes se le dé el trato justo e igualitario en cada etapa, la transparencia de este proceso y velamos por que se cumpla con los parámetros establecidos en esta convocatoria a fin de que no cause perjuicio para otros oferentes que no pudieron participar. 4. Para garantizar el cumplimiento de la entrega del producto Factor VIII sólido parenteral por parte de la compañía RRPGolden Integra Importadora S.A. se evidencio la entrega, esta fue de igual cantidad y condición de lo establecido en el contrato. Actualmente los productos se encuentran en la Bodega del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo; 5. Que el Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo debió haber contestado oportunamente a SERCOP señalando los argumentos técnicos que fueron revisados y observados en los participantes, y como resultado se seleccionó el oferenteque cumplió todos los requisitos solicitados en los pliegos y otros parámetros solicitados por la entidad, establecidos en la convocatoria. "; de igual manera como recomendaciones se señalan las siguientes: "1. Para futuras contrataciones el señor Gerente Delegado Ec. Reinaldo Bermello del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo, deberá hacer Página 4 de 8
5 Consejode Participación Ciudadana ycontrol Social EcuadorMamallaktapak RunaTantanakuymanta itawincriinarnantapash Hatun Tantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iimia mejoras en la inducción sobre la reglas de participación a los señores doctores que sean escogidos como miembro de una comisión técnica, esto ayudará a que no solo predomine el criterio médico y se evaluara el cumplimiento íntegro de cada requerimiento realizado en la convocatoria. 2. Realizar las respectivas consultas a los organismos de control oportunamente, para validar la información presentada por los participantes. 3. Identificar las alertas que se presentepara evitar vicios en los proceso de contratación. "; en la sesión del Pleno No. 93 de 25 de abril de 2017, la Subcoordinación Nacional de Control Social presentó ante el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social un Plan de Evacuación para las Veedurías Ciudadanas conformas en el año 2016; mediante Resolución No. PLE-CPCCS , adoptada por el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana, en la sesión del 25 de abril de 2017, en su artículo 3 resolvió: "Acoger la tercera recomendación del Plan de Evacuación de Veedurías Ciudadanas conformadas en el año 2016, y disponer a la Subcoordinación Nacional de Control Social que, conjuntamente con la Secretaría General, realice un cronogramapara el conocimiento del Pleno, sobre los 38 procesos de veeduría ciudadana que cuentan con informefinal de veedores e informe técnico, debiendo constar el conocimiento de cinco veedurías semanales [...]"; mediante memorando No. CPCCS-SNCS M de 15 de mayo de 2017, el Subcoordinador Nacional de Control Social, Abg. Joffre Barrera López, presenta el Informe Final e Informe Técnico de la veeduría ciudadana conformada para "Vigilar, controlar y fiscalizar los procesos que han sido y serán convocados durante el Año 2016 por las dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales del Ministerio de Salud Publica en la ciudad de Guayaquil para la adquisición de unidades de factor VIII sólido parenteral."; Informe Técnico que ha sido elaborado por el Ing. Carlos Silva Mejía, servidor de la Subcoordinación Nacional de Control Social; señalándose que las recomendaciones constantes en el mismo son las que se detallan a continuación: "Se recomienda al Pleno del CPCCS, que en el ejercicio de sus competencias, conozca el Informe Final e Informe Técnico remitidos por la Subcoordinación Nacional de Control Social; y, consecuentemente, dicte su resoluciónfrente a las conclusiones y recomendaciones que han sido propuestas en los mismos. En base a los hallazgos detallados en el informe de veedores se recomienda al Pleno del CPCCS que se remita una copia del Informe Final de la Veeduría así como del Informe Técnico al Ministerio de Salud Pública, así como también a la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios Públicos y Medicina Prepagada ACESS, entidades rectoras en el tema de salud valoren la situación y proceda según sus atribuciones; En base a lo expresado por la veeduría en sus conclusiones y recomendaciones esta Subcoordinación recomienda al Pleno del CPCCS, que se derive el Informe Final de la Veeduría así como del Informe Técnico al Servicio de Contratación Pública (SERCOP), para que proceda según sus atribuciones. En base a lo expresado por la veeduría en su informe esta Subcoordinación recomienda al Pleno del CPCCS, que se derive el Informe Final de la Veeduría así como del Informe Técnico al Hospital de Especialidades y PártíciDa Mayor información.._ JZ-rt Sede Quito: Santa Prisca 425. entre fcajuadük. Var9as VPasaJe lbarra- _ _.,, Edificio Centenario Tu tienes el poder PBX m_z] Página 5 de 8 /vw.cpccs.gob.ec
6 "Teodoro Maldonado corresponda."; y, Carbo" para valoren la situación y proceda según mediante memorando No. CPCCS-CGAJ M, de fecha 16 de mayo de 2017, suscrito por el Dr. Diego Molina Restrepo, Coordinador General de Asesoría Jurídica, presenta el informe jurídico de la veeduría ciudadana conformada para "Vigilar, controlar y fiscalizar los procesos que han sido y serán convocados durante el Año 2016 por las dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales del Ministerio de Salud Publica en la ciudad de Guayaquil para la adquisición de unidades de factor VIII sólido parenteral."; en el que como recomendaciones constan las siguientes: "1. Una vez que de la revisión de los informes remitidos se ha determinado que la veeduría se ha llevado a cabo de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas expedidomedianteregistro Oficial Nro. 383 de 26 de noviembre del 2014 y que el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, mediante la Resolución No. PLE-CPCCS resolvió, dentro del Plan de Evacuación de las veedurías realizadas en el año 2016, conocer los "38 procesos de veeduría ciudadana que cuentan con informe final de veedores e informe técnico", esta Coordinación General de Asesoría Jurídica recomienda al Pleno del CPCCS conocer el informe final e informe técnico de la veeduría conformada para "Vigilar, Controlary Fiscalizar los procesos que han sido y serán convocados durante el año 2016 por las dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Cai'bo y los Hospitales del Ministerio de Salud Pública en la ciudad de Guayaquil para la adquisición de Unidades de Factor VIII Sólido Parenteral". 2. En relación a las recomendaciones del Infoime Final concordante con la última recomendación del Informe Técnico, que se orientan a implementar programas de formacióny capacitación para que las y los servidores públicos adquieran, desarrollen y potencien sus competencias en el área de contratación pública, y de esta manera mejore la gestión pública del Hospital de Especialidades "Teodoro Maldonado Carbo", esta Coordinación General de Asesoría Jurídica recomienda acoger las mismas y remitir copias de los informes a la Casa de Saludpara que en mérito de sus atribuciones ejecute las acciones correspondientes, en observancia a lo establecido en el artículo 234 de la Constitución de la República, en consecuencia se garantice los principios rectores de la administración pública, eficacia y eficiencia reconocidos el artículo 227 de la Constitución de la República y el artículo 4 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; 3. Respecto a la segunda recomendación del Informe Técnico que se refiere a remitir copia de los informes Final y Técnico al Ministerio de Salud, a la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios Públicos y Medicina Prepagada -ACESS, para que valoren la situación y procedan según sus atribuciones esta Coordinación General de AsesoríaJurídica considera que los pronunciamientos que podrían dictarse frente al proceso de contratación serían extemporáneos, dado que en el proceso de contratación se suscribió un contrato y el mismo terminó por el cumplimiento de las obligaciones contractuales de conformidad con el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP. Sin embargo esta Coordinación General de Asesoría Jurídica recomienda remitir copias de los informes Final y Técnico a la Contraloría General del Estado para que inicie un examen especial al proceso de "Adquisición de Unidades de Factor VIII Sólido Parenteral", de conformidad con el artículo 212 de la Constitución de la República y, artículos 19 y 31 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, en virtud de las conclusiones que constan en el presente documento; 4. Respecto a la tercera recomendación del Informe Técnico que se refiere a remitir copias de los informes Final y Técnico al Página 6 de 8
7 Consejode Participación Ciudadanay Control Social EcuadorMamallaktapak RunaTantanakuymanta Nawinchinarnantapash HatunTantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iímia SERCOP esta Coordinación General de Asesoría Jurídica recomienda acoger el mismo y remitir copias de los informes a la institución rectora del Sistema Nacional de Contratación Pública, para que analice la pertinencia de aplicar el artículo 15 de la LOSNCP, por cuanto el Hospital de Especialidades "Teodoro Maldonado Carbo" inobservó las recomendaciones del SERCOP dispuestas en la etapa precontractual del proceso SIE-HTMC De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas (R. O. No. 383, 26-XI-2014, vigente a la fecha de conformación de la veeduría) esta Coordinación recomienda la sociabilización y publicación en el sitio web Institucional del CPCCS. ". En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, RESUELVE: Art. 1.- Dar por conocidos el Informe Final de veedores, y el Informe Técnico de la veeduría ciudadana para "Vigilar, controlar y fiscalizar los procesos que han sido y serán convocados durante el Año 2016 por las dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales del Ministerio de Salud Publica en la ciudad de Guayaquil para la adquisición de unidades de factor VIII sólido parenteral.", presentados mediante memorando No. CPCCS-SNCS M de 15 de mayo de 2017, suscrito por el Subcoordinador Nacional de Control Social, Abg. Joffre Barrera López; así como el Informe Jurídico presentado mediante memorando No. CPCCS- CGAJ M, de fecha 16 de mayo de 2017, suscrito por el Dr. Diego Molina Restrepo, Coordinador General de Asesoría Jurídica. Art. 2.- Remitir copia del Informe final de veedores e informe Técnico, de la veeduría ciudadana conformada para "Vigilar, Controlar y Fiscalizar los Procesos Que Han Sido y Serán Convocados Durante el Año 2016 por las Dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales Del Ministerio de Salud Publica en la Ciudad De Guayaquil para la Adquisición de Unidades de Factor VIII Sólido Parenteral." al Hospital de Especialidades "Teodoro Maldonado Carbo" para que en mérito de sus atribuciones ejecute las acciones correspondientes, tendientes a implementar programas de formación y capacitación para que las y los servidores públicos adquieran, desarrollen y potencien sus competencias en el área de contratación pública, y de esta manera se garantice los principios rectores de la administración pública, eficacia y eficiencia reconocidos. Art. 3.- Remitir copia del Informe final de veedores e informe Técnico, de la veeduría ciudadana conformada para "Vigilar, Controlar y Fiscalizar los Procesos Que Han Sido y Serán Convocados Durante el Año 2016 por las Dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales Del Ministerio de Salud Publica en la Ciudad De Guayaquil para la Adquisición de Unidades de Factor VIII Sólido Parenteral." a la Contraloría General del Estado para que inicie un examen especial al proceso de "Adquisición de Unidades de Factor VIII Sólido Parenteral", de conformidad con el artículo 212 de la Constitución de la República y, artículo 19 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. Art. 4.- Remitir copia del Informe final de veedores e informe Técnico, de la veeduría ciudadana conformada para "Vigilar, Controlar y Fiscalizar los Procesos Que Han Sido y * Participa ECUADOR Tú tienes el poder Mayor información Sede Quito: Santa Prisca 425,entre Vargas y Pasaje Ibarra. Edificio Centenario PBX (593-2) Página 7 de 8
8 Serán Convocados Durante el Año 2016 por las Dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales Del Ministerio de Salud Publica en la Ciudad De Guayaquil para la Adquisición de Unidades de Factor VIII Sólido Parenteral." al Servicio Nacional de Contratación Pública para que en el ámbito de sus competencias, realice las acciones pertinentes, en razón de que el Hospital de Especialidades "Teodoro Maldonado Carbo" inobservó las recomendaciones de la SERCOP dispuestas en la etapa precontractual del proceso SIE-HTMC Art. 5.- Disponer a la Coordinación Nacional de Comunicación la publicación en el portal web institucional del Informe Final de la veeduría para "Vigilar, Controlar y Fiscalizar los Procesos Que Han Sido y Serán Convocados Durante el Año 2016 por las Dependencias del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y los Hospitales Del Ministerio de Salud Publica en la Ciudad De Guayaquil para la Adquisición de Unidades de Factor VIII Sólido Parenteral."; y, a la Delegación Provincial del Guayas para que con el apoyo de la Subcoordinación Nacional de Control Social, proceda con la socialización de los resultados de la veeduría ciudadana ante autoridades y la ciudadanía, en el plazo máximo de 30 días, contados desde la resolución del Pleno. DISPOSICIÓN FINAL.- Disponer a la Secretaría General notifique con el contenido de la presente Resolución, con el Informe Final e Informe Técnico, al Hospital de Especialidades "Teodoro Maldonado Carbo"; a la Contraloría General del Estado; al Servicio Nacional de Contratación Pública, a la Coordinación General de Comunicación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y a la Delegación Provincial del Guayas, para que procedan según corresponda en el ámbito de sus competencias; y, con el contenido de la presente Resolución a la Subcoordinación de Control Social, y, a los veedores para su conocimiento. Dado en la sala de sesiones del Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, en el Distrito Metropolitano de Quito, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil diecisiete. Yolanda Raquel González Lastre PRESIDENTA LoCertifico.- En la ciudad de Qujtgj a los veinte y tres días del mes de mayo de dos mil diecisiete. n ice A gmá >-«W //, t> CONSEJO DE PARTICIPACIÓN María. osé Sánchez Cevallos ciudadanay SECRETARIA GENEI&J^ control soa X%^ria^>' Página 8 de 8
RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL CONSIDERANDO:
Ciudadana ycontrol Social EcuadorMamallaktapak RunaTantanakuymanta Nawinchinarnantapash HatunTantanakuy Aents Kawen Takatmainia ümia RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS-616-16-05-2017 EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN
RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL CONSIDERANDO:
Consejo de ción Ciudadanay Control Social Ecuador Mamallaktapak Runa Tantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iimia RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS-633-07-06-2017
RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL CONSIDERANDO:
< & Consejo de Participación Ciudadana y Control Sedal Ecuador Mamallaktapak RunaTantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iimia RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS-872-04-01-2018
VEEDURIA CIUDADANA PARA TRANSPARENTAR LA SUBASTA INVERSA DE MEDICAMENTOS
VEEDURIA CIUDADANA PARA TRANSPARENTAR LA SUBASTA INVERSA DE MEDICAMENTOS La veeduría ciudadana es un mecanismo de control social, mediante el cual los ciudadanos y ciudadanas vigilan, fiscalizan y controlan
RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS R
Consejode Participación Ciudadana y Control Social Ecuador Mamallaktapak Runa Tantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iímia RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS-039-26-11-2015-R
RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL CONSIDERANDO:
Consejo de ción Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iímia RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS-565-06-04-2017 EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA RESOLUCIÓN DE DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA CONFORMACIÓN DE LOS COLEGIOS ELECTORALES
Rendición de Cuentas
1. IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO MACROPROCESO PROCESO SUBPROCESO Mejora Rendición de Cuentas Preparación y Sociabilización de Rendición de Cuentas PROCEDIMIENTO PARA RENDICIÓN DE CUENTAS GAD MUNICIPAL
Oficio Nro. SERCOP-DNNCP-2018-0060-OF Quito, 16 de enero de 2018 Señor Ingeniero José David Recalde Rodríguez Gerente AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA Ultimas Noticias el Universo. De mi consideración: En
RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL CONSIDERANDO:
Consejode Participación Ciudadana y Control Social Ecuador Mamallaktapak RunaTantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy Uunt Iruntrar, Aents Kawen Takatmainia iímia RESOLUCIÓN NO. PLE-CPCCS-706-01-08-2017
ING. SANTIAGO APUNTE CASTILLO DIRECTOR EJECUTIVO INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN SALUD PÚBLICA, INSPI RESOLUCIÓN Nº 051-IP-INSPI-2014 VISTO:
ING. SANTIAGO APUNTE CASTILLO DIRECTOR EJECUTIVO INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN SALUD PÚBLICA, INSPI RESOLUCIÓN Nº 051-IP-INSPI-2014 VISTO: El Memorando N MSP-INSPI-BIOTERIO-2014-0018-MEM, de fecha
RESOLUCIÓN No. PLE-CNE T
Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés Presidente Constitucional de la República del Ecuador Viernes, 05 de octubre de 2018 (R. O.342, 05 -octubre -2018) Suplemento CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
PLE-CNE El Pleno del Consejo Nacional Electoral resuelve aprobar el REGLAMENTO DE VEEDURÍAS
PLE-CNE-5-6-1-2011 El Pleno del Consejo Nacional Electoral resuelve aprobar el REGLAMENTO DE VEEDURÍAS PARA LOS CONCURSOS PÚBLICOS DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA INSTITUCIONAL EXTRACTO DE CONSULTAS MARZO 2017 CONVALIDACIÓN DE OFERTA
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA INSTITUCIONAL EXTRACTO DE CONSULTAS MARZO 2017 CONVALIDACIÓN DE OFERTA OF. PGE. N : 09962 de 29-03-2017 CONSULTANTE: GOBIERNO AUTÓNOMO
Mgs. Andrés Fabián Villavicencio Pomboza DIRECTOR GENERAL, S UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO (UAFE)
PUBLICADO EN R.O. N 103 DEL 19-OCT-2017 UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO RESOLUCIÓN UAFE-DG-SO-2017-0004 Se establece el procedimiento administrativo para que los sujetos obligados a reportar
Ciudadana y Control Sociai J ió Ecuador Mamaiiaktapak Runa Tantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy
Consejo coparticipación m Ciudadana y Control Sociai J ió Ecuador Mamaiiaktapak Runa Tantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuy Uurrt Imntrar, Aents Kawen Takatmamia ifmia RESOLUCIÓN No. 008-CCS--2014
RESOLUCIÓN No. A Mauricio Rodas Espinel ALCALDE METROPOLITANO DE QUITO
RESOLUCIÓN No. A 00 7 Mauricio Rodas Espinel ALCALDE METROPOLITANO DE QUITO PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA METRO DE QUITO CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
N C.C. N NIS 1017 PERIODO 2017 CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO AUDITORÍA EXTERNA DP ESMERALDAS DR10-DPE-AE-0011-2017 GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PARROQUIA ANCON DE SARDINA INFORME GENERAL Examen
ACUERDO CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO 016 - CG - 2016 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, el artículo 211 de la Constitución de la República del Ecuador preceptúa que la Contraloría General del Estado es un organismo
GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS
Gaceta Oficial G.P.G GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS Periodo 2014-2019 Guayaquil 18 de septiembre 2018 - No. 206 Guayaquil: Gral. Illingworth 108 y Malecón Simón
Resolución Nro. INMOBILIAR-CZ R. Guayaquil, 15 de febrero de 2018 SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR
SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR CONSIDERANDO Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 del 04 de agosto del 2008, se publicó la Ley Orgánica del Sistema Nacional
RESOLUCIÓN No.- PE CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No.- PE-003-2018 CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 83 numeral 1, dispone: Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
NOC.C. N-NIS 566 PERIODO 2017 CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO AUDITORIA EXTERNA DP ESMERALDAS DR10-DPE-AE-0003-2017 CONSEJO NACIONAL DE GOBIERNOS PARROQUIALES RURALES DEL ECUADOR - ESMERALDAS INFORME GENERAL
Resolución Nro. DGAC-YA R. Quito, D.M., 21 de febrero de 2017 DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL CONSIDERANDO: Que, el art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: Las instituciones del Estado, sus organismos,
INFORMATIVO LABORAL No
INFORMATIVO LABORAL No. 17-08-14 Acuerdo No. MDT-2017-0102 Abg. Raúl Clemente Ledesma Huerta MINISTRO DEL TRABAJO Considerando: Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
DR. DANILO SYLVA PAZMIÑO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CONSIDERANDO:
7 CoNsiç) DL REG1IL.ACtÓN Y DESARROLLO L)h LA NFOILAtION YCOMUNCACÓN RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. CORDICOM-P-2018-0000004 DR. DANILO SYLVA PAZMIÑO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO, CONSIDERANDO:
ACUERDO 31 - CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 212 de la Constitución de la República del Ecuador, es función de la Contraloría
ACUERDO No CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO No. 026 - CG - 2016 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 211, atribuye a la Contraloría General del Estado, el control
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
N C.C, 308 N NIS PERIODO 2017 CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO AUDITORÍA EXTERNA DP ESMERALDAS DR10-DPE-AE-0005-2017 EMPRESA MUNICIPAL DE COMERCIALIZACION Y RASTRO SAN MATEO (EMCORSAM) INFORME GENERAL Examen
GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS
GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS Periodo 2014-2019 Guayaquil 10 de abril 2017 - No. 155 Guayaquil: Gral. Illingworth 108 y Malecón Simón Bolívar RESOLUCIÓN DE
Instructivo Rendición de Cuentas
Instructivo Gerencia de Planificación Estratégica 0 Instructivo Rendicio n de I. ANTECEDENTES La rendición de cuentas es un proceso participativo, periódico, oportuno, claro y veraz, con información precisa,
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
c o n t k a lo u ía Oí H IRA! OCt ESTADO CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DADelS-0007-2017 ESPE-INNOVATIVA EP INFORME GENERAL Examen especial al cumplimiento
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARIA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC-2016-085 Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARIA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL CONSIDERANDO: el segundo inciso del artículo 1 de la
Resolución de Contraloría Nº CG. Publicado 24/11/11
www.contraloria.gob.pe Resolución de Contraloría Nº 335-2011-CG Contralor General aprueba directiva Registro de información sobre obras públicas del Estado - INFObras. Publicado 24/11/11 Lima, 23 de noviembre
ACUERDO No CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO No. 0 25 - CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, el inciso tercero del artículo 204 de la Constitución de la República del Ecuador, otorga a la Contraloría General del Estado personalidad
NOTIFICACIÓN No
NOTIFICACIÓN No. 000298 PARA: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL COORDINADORA TÉCNICA INSTITUCIONAL DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS ELECTORALES SECRETARIO TÉCNICO
REGLAMENTO GENERAL DE VEEDURÍAS CIUDADANAS. Resolución No CPCCS. Suplemento del Registro Oficial No 226, Jueves 1 de Julio de 2010
REGLAMENTO GENERAL DE VEEDURÍAS CIUDADANAS Resolución No. 014-015-2010-CPCCS Suplemento del Registro Oficial No 226, Jueves 1 de Julio de 2010 EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL
FACULTADES DEL TITULAR DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL
LAS FACULTADES LOS ORGANOS INTERNOS DE CONTROL DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LAS DISPOSICIONES SIGUIENTES: Ley Federal de Responsabilidades
PROPUESTA RENDICIÓN DE CUENTAS COORDINACIÓN ZONAL 7 ARCSA
PROPUESTA RENDICIÓN DE CUENTAS COORDINACIÓN ZONAL 7 ARCSA 1. ANTECEDENTES La Constitución en su artículo 95 menciona : Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera
-54- DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana
-54- Dec. No. 188-14 que establece los principios y las normas generales que servirán de pautas a las Comisiones de Veeduría Ciudadana para observar, vigilar y monitorear los procesos de compras y contrataciones
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA MIDUVI- MANABÍ. CDC-DPMM RESOLUCIÓN No MIDUVI-MANABÍ
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA MIDUVI- MANABÍ CDC-DPMM-025-2014 RESOLUCIÓN No.- 164-2014-MIDUVI-MANABÍ Arq. Susana Vera Quintana DIRECTORA PROVINCIAL CONSIDERANDO el literal l) del numeral
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN LA CONTRATACION DEL ESTADO. Dra. Nancy Altamirano Jácome DIRECTORA NACIONAL DE CONTRATACIÓN ESPECIAL
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN LA CONTRATACION DEL ESTADO Dra. Nancy Altamirano Jácome DIRECTORA NACIONAL DE CONTRATACIÓN ESPECIAL 1 SECTOR PÚBLICO Art..225 CRE; Art. 1 LOSNCP Funciones Ejecutiva, Legislativa,
Resolución Nro. MINEDUC-CGAF R. Quito, D.M., 18 de mayo de 2017 MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Ramiro Alejandro Rodríguez Medina COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
Propuesta del proceso metodológico para la Rendición de Cuentas 2017
Propuesta del proceso metodológico para la Rendición de Cuentas 2017 I. ANTECEDENTES A partir de la Constitución de 2008 la rendición de cuentas es reconocida como derecho ciudadano y obligación de la
SIMPOSIO INTERNACIONAL CONTROL DEL FRADUDE EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
E C U A D O R SIMPOSIO INTERNACIONAL CONTROL DEL FRADUDE EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO INVESTIGACIÓN Y JUDICIALIZACIÓN DEL FRAUDE EN LA CONTRATACIÓN DRA. TANIA MORÁN D. Dirección
DECRETO 2672 DE (20 de noviembre de 2013) D.O
DECRETO 2672 DE 2013 (20 de noviembre de 2013) D.O. 48.980 Por el cual se modifica parcialmente la estructura de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. El Presidente de la República
Resolución Nro. DGAC-SX R. Quito, D.M., 01 de febrero de 2017 DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL EL SUBDIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL CONSIDERANDO: Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: Las instituciones del Estado, sus organismos,
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL 1855 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N 244041101-273-AJ-IESSHA-2016 CONSIDERANDO el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: "Las instituciones
LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL CAPÍTULO I. Objeto y ámbito
LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL CAPÍTULO I Objeto y ámbito Art. 1.- Objeto.- La presente Ley tiene por objeto regular la estructura institucional y funcionamiento de la Función
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL Presentación Visita In Situ Ecuador Convención Interamericana Contra la Corrupción Quito Ecuador Abril 2016 ROL DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
CONTRALORíA GENERAL DEL ESTADO
CONTRALORíA GENERAL DEL ESTADO AUDITORíA EXTERNA DP GUAYAS D R1 -D PGY-AE-0069-201 5 EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE GUAYAQUIL INFORME GENERAL Examen especial a la presentación del
MANUAL DEL PROCESO GESTIÓN DE FISCALIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN
MANUAL DEL PROCESO GESTIÓN DE FISCALIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN Aprobado por el Comité de Gestión de la Calidad de Servicio y Desarrollo Institucional el 20/12/2017
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 1. FINALIDAD CAPÍTULO I El presente Manual de Organización y Funciones es un documento que establece
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL 11 DE NOVIEMBRE CONSIDERANDO
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL CONSIDERANDO Que, según el Art. 227 de la Constitución de la República del Ecuador, la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se
LOS EVENTOS PUBLICOS SE REALIZARAN EN ESPACIOS DE ENTIDADES PUBLICAS. Contenido
LOS EVENTOS PUBLICOS SE REALIZARAN EN ESPACIOS DE ENTIDADES PUBLICAS Contenido LOS EVENTOS PUBLICOS SE REALIZARAN EN ESPACIOS DE ENTIDADES PUBLICAS... 2 Considerando... 2 Acuerda... 3 Disposición Final...
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA DEL CPCCS
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA DEL CPCCS Descripción de la institución El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) es una entidad pública creada en la Constitución
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE EL TINGO EL TINGO-PUJILI-COTOPAXI PROPUESTA
PROPUESTA RENDICIÓN DE CUENTAS 2014 DEL GOBIERNO ATÓNOMO DESCENTRALIZADO. 1. ANTECEDENTES La Constitución en su Art. 95 menciona: Las Ciudadanas y Ciudadanos, en forma individual y colectiva, participaran
ACUERDO No CG-2014 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO No. 045 - CG-2014 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, los artículos 212, numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador y 31 numeral 22 y 95 de la Ley Orgánica de la Contraloría
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL EL COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO, SUBROGANTE CONSIDERANDO:
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL EL COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO, SUBROGANTE CONSIDERANDO: Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: Las instituciones
REGLAMENTO GENERAL DE VEEDURIAS CIUDADANAS
REGLAMENTO GENERAL DE VEEDURIAS CIUDADANAS Resolución del Consejo de Participación Ciudadana 388 Registro Oficial 918 de 09-ene.-2017 Estado: Vigente No. PLE-CPCCS-388-22-11-2016 EL PLENO DEL CONSEJO DE
RESOL6CIÓN No. MAURICIO RODAS ESPINEL ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO:
RESOL6CIÓN No. 001 MAURICIO RODAS ESPINEL ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que: "Las instituciones del
EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE RASTRO Y PLAZAS DE GANADO DE SANTO DOMINGO Instructivo Adquisiciones Ínfima Cuantía
EMPRESA PÚBLICA Y PLAZAS DE GANADO Página: 1 DE 11 CONSIDERANDO: Que Que el artículo 13 de la Constitución de la República establece: Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA FACULTADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA FACULTADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL ARTÍCULO 63.- Los titulares de los órganos internos de control tendrán,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El órgano legislativo municipal de La Troncal, constitucionalmente goza de atribución legislativa para expedir ordenanzas municipales; La Constitución de la República del Ecuador
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC-2016-017 Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL CONSIDERANDO: el segundo inciso del artículo 1 de la
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
N" C.C. N NIS 313 PERIODO 2017 CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO AUDITORÍA EXTERNA DP ESMERALDAS DR10-DPE-AE-0014-2017 GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PARROQUIA BORBON INFORME GENERAL Examen Especial
REPUBLICA DEL ECUADOR
REPUBLICA DEL ECUADOR EL PLENO DE LA COMISION DE CONTROL CIVICO DE LA CORRUPCION REGLAMENTO DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE TITULO I REGLAS GENERALES CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Estado
RESOLUCIÓN PLE-CNE
ene consejonaconal'electoral RESOLUCIÓN PLE-CNE-5-14-4-2016 EL PLENO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 61 de la Constitución de la República,
Primer Suplemento del Registro Oficial No. 380, del 3 de diciembre de
CONTENIDO EJECUTIVO MINISTERIO DEL TRABAJO: ACUERDOS MDT-2018-227 con el que se expide el Instructivo para sancionar los casos de incumplimiento del registro de la información de las personas trabajadoras
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
N" C.C. N^NIS 312 PERIODO 2017 CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO AUDITORIA EXTERNA DP ESMERALDAS DR10-DPE-AE-0017-2017 GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CHUMUNDE INFORME GENERAL Examen
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ZARUMA CONCEJO MUNICIPAL Considerando:
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ZARUMA CONCEJO MUNICIPAL Considerando: Que, el artículo 95 de la Constitución de la República señala que: Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EPMTPQ-GG RUBÉN LOZANO REINOSO GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE QUITO
ano EMPRESA PUBLICA METROPOLITANA DE CDMTp TRANSPORTE DE PASAJEROS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EPMTPQ-GG 012 RUBÉN LOZANO REINOSO GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
PROCESO DE FORMULACIÓN PARTICIPATIVA 1 DE CODIFICACIÓN Y REFORMA DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL LABORAL Y DE LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO
PROCESO DE FORMULACIÓN PARTICIPATIVA 1 DE CODIFICACIÓN Y REFORMA DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL LABORAL Y DE LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO LINEAMIENTO DEL MÉTODO INTRODUCCIÓN La elaboración de una
En tal virtud, el SERCOP ha realizado el análisis correspondiente de supervisión del procedimiento de contratación detallado a continuación:
Asunto: OFICIO DE SUPERVISIÓN DE OFICIO Señor Economista José Leonardo Orlando Arteaga Director General SERVICIO DE RENTAS INTERNAS En su Despacho De mi consideración: El Servicio Nacional de Contratación
Resolución Nro. APM-APM R. Manta, 04 de octubre de 2017 AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA CONSIDERANDO:
Resolución Nro. APM-APM-2017-0188-R Manta, 04 de octubre de 2017 AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en el artículo 76, señala que en todo proceso en el que
QUITO REGISTRO DE LA PROPIEDAD
QUITO RESOLUCIÓN No. RPDMQ-2017-002 Dr. Pablo Falconí Castillo REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD (E) DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: lo Que, el Artículo 280 de la Constitución de la República
DEFINICIÓN DEL SISTEMA PROVINCIAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANANA
Anexo 2 Documento guía: DEFINICIÓN DEL SISTEMA PROVINCIAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANANA 1. Democracia Directa, Representativa y Comunitaria El artículo 1 de la Constitución de la República señala que el
FACULTADES DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL SEGÚN EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA.
FACULTADES DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL SEGÚN EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA. ARTÍCULO 63.- Los titulares de los órganos internos de control tendrán, en el ámbito de la
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL SAN JUAN SAN JUAN GUALACEO AZUAY- ECUADOR Teléf /
SOCIABILIZACION PARA LA CONSTRUCCION DEL POA 2016 PARA LA PARROQUIA SAN JUAN DE GUALACEO INTRODUCCIÓN: De acuerdo a la constitución de la República del Ecuador, las instituciones gubernamentales deberán
MÓDULO 2 COMITÉ DE USUARIAS/OS DE SERVICIOS PÚBLICOS - CU
MÓDULO 2 COMITÉ DE USUARIAS/OS DE SERVICIOS PÚBLICOS - CU Sub coordinación de Control Social 2013 CRÉDITOS Septiembre / 2013 Sub Coordinación de Control Social MÓDULO 3 COMITÉ DE USUARIOS/AS Reservados
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC-2016-003 Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL CONSIDERANDO: el segundo inciso del artículo 1 de la
Base Legal. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.
Qué es la SUNAI? La Superintendencia Nacional de Auditoría Interna (SUNAI), es el órgano rector del Sistema de Control Interno y de la Dirección de las Unidades de Auditoría Interna en los organismos que
PROCESO DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2017
PROCESO DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2017 BASE LEGAL CONSTITUCIÓN LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA RESOLUCIÓN DEL CPCCS Art. 204 El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público en ejercicio
DEMARCACION HIDROGRAFICA NAPO. Propuesta de Trabajo para la Rendición de Cuentas 2017
DEMARCACION HIDROGRAFICA NAPO Propuesta de Trabajo para la 2017 1 Antecedentes La Constitución de la República del Ecuador en su Art. 95 establece que: Los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual
RESOLUCIÓN No. ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:
111 Agenda de RESOLUCIÓN No. ARCOTEL-2015- LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, el 18 de febrero de 2015, se publicó en el Registro Oficial, la Ley Orgánica
ACUERDO CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO 038 - CG - 2014 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 211 atribuye a la Contraloría General del Estado el control de la
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN LA CONTRATACION DEL ESTADO. Dra. Nancy Altamirano Jácome DIRECTORA NACIONAL DE CONTRATACION ESPECIAL
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN LA CONTRATACION DEL ESTADO Dra. Nancy Altamirano Jácome DIRECTORA NACIONAL DE CONTRATACION ESPECIAL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHOS Y JUSTICIA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN
DIRECTOR CONSEJO NACIONAL DE CINEMATOGRAFÍA DEL ECUADOR
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL SECRETARIA GENERAL Oficio No.CNE-SG-2016-000103-Of Quito, 20 de enero del 2016 Señor Juan Martín Cueva Armijos DIRECTOR CONSEJO NACIONAL DE CINEMATOGRAFÍA DEL ECUADOR Presente.
(Publicado en el Periódico Oficial del Estado N 120, Segunda Sección, de fecha 06 de octubre del 2000)
ACUERDO ADMINISTRATIVO, MEDIANTE EL CUAL SE CREA LA UNIDAD COORDINADORA DEL SISTEMA ESTATAL DE CONTRATACIONES GUBERNAMENTALES, DENOMINADO "COMPRANET SAN LUIS", DEPENDIENTE DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL
Resolución Nro. DGAC-HK R. Quito, D.M., 27 de junio de 2017 DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL EL COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: Las instituciones del Estado, sus organismos,
03/09/2013. Lic. Ronaldo Porta España, Asesor Específico del Despacho 1
Asesor Específico del Despacho 1 Constitución Política de la República de Guatemala Artículo 30: Publicidad de los actos administrativos Artículo 31 Acceso a archivos y registros estatales Artículo 35,
PLAN OPERATIVO ANUAL 2017
UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO PLAN OPERATIVO ANUAL 2017 (Aprobado mediante resolución OCAS-SO-29122016-N 9) Diciembre 2016 1 RESOLUCIÓN OCAS-SO-29122016-N o 9 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE LAS PAMPAS
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN MCO--2017-001 MENOR CUANTIA El Sr. Mario Germán Porras Pérez PRESIDENTE DE LA JUNTA PARROQUIAL DE LAS PAMPAS Las Pampas, 08 de noviembre del 2017 CONSIDERANDO: Que, el Art. De
Trabajamos, para construir un cantón diferente.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NRO. 81 -GADMCC-2014 Ing. Patricio Quezada Moreno ALCALDE DEL DEL CANTÓN CENTINELA DEL CÓNDOR CONSIDERANDO: Que, el Artículo 253 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR,
INSTRUCTIVO PARA LA CONTRATACION DE VEHICULOS POR EL SECTOR PUBLICO
INSTRUCTIVO PARA LA CONTRATACION DE VEHICULOS POR EL SECTOR PUBLICO Contenido NOTA GENERAL... 2 Considerando... 2 DISPOSICION FINAL... 7 INSTRUCTIVO PARA LA CONTRATACION DE VEHICULOS POR EL SECTOR PUBLICO
ACUERDO CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO 011 - CG - 2013 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, los artículos 212, número 3 de la Constitución de la República del Ecuador; 31 número 22, y 95 de la Ley Orgánica de la Contraloría
SISTEMA INTEGRADO DE GESTION Y CONTROL DE CALIDAD (SIGCC) MACROPROCESO: GESTION DEL TALENTO HUMANO
Página 1 de 413 MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES, REQUISITOS Y PÚBLICOS DE LA PLANTA DE PERSONAL CONTRALORÍA Página 2 de 413 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCION 3 Identificación de la entidad: Naturaleza y Objeto
ACUERDO CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO 011 - CG - 2015 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, el artículo 212 número 3 de la Constitución de la República del Ecuador, artículos 7 número 5, 31 número 22 y 95 de la Ley Orgánica
Universidad Laica "Eloy Alfaro" de Manabí CONSEJO UNNERSITARIO. RCU-SE-02-No EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO. Considerando:
). Que, el artículo 42, segundo inciso de la Ley Orgánica de Educación Superior, determina: "Para fines n formativos y estadísticos, las instituciones de educación superior enviarán de manera obligatoria