Cuestión 143. Nombres de dominio en internet, marcas y nombres comerciales

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Cuestión 143. Nombres de dominio en internet, marcas y nombres comerciales"

Transcripción

1 Cuestión 143 Nombres de dominio en internet, marcas y nombres comerciales Congreso de Rio de Janeiro, de mayo 1998 Q143 Cuestión Q143 Nombres de dominio en internet, marcas y nombres comerciales Resolución AIPPI Observando que un nombre de dominio consiste en un modo de identificar y permitir el acceso a recursos disponibles en Internet; que dichos recursos incluyen "inter alia" sitios en la red (websites) a través de los cuales puede llevarse a cabo actividad comercial; y que cuando el nombre de dominio incluye elementos que sean reconocidos por el público como indicación del origen de bienes o servicios o alusivos a una empresa específica, ese nombre de dominio puede también actuar entonces como marca o nombre comercial. Observando que cuando el nombre de dominio dada la naturaleza internacional de Internet actúa como marca o nombre comercial aparentemente entra en conflicto con el principio de territorialidad común a las marcas y nombres comerciales, a la vista de su aptitud para servir de acceso a un sitio en la red (website) desde el que se ofrecen bienes y servicios a cualquier país; entra en conflicto con el principio de especialidad ya que no puede ser restringido a ningún producto o servicio; y entra también en conflicto con el principio de no inducir a confusión, ya que puede cumplir con su función de dirección de acceso a Internet coexistiendo con nombres de dominio virtualmente idénticos; Reconociendo que la autoridad para adjudicar nombres de dominio no se basa en leyes o tratados, sino que surge de una autoridad defacto, ejercida por instituciones privadas, semiprivadas o públicas, tales como gobiernos, instituciones educativas, empresas e individuos; los nombres de dominio genéricos de primer nivel (gtld), en este momento,.com,.edu,.net,.int,.gov,.mil y.org, están siendo registrados, por ejemplo, por Network Solutions, Inc y los nombres de dominio nacionales de primer nivel, (ntld) son registrados por las instituciones nacionales, las empresas o los individuos designados para ello; 1

2 Reconociendo que, con las pocas excepciones de los casos donde los registradores 1 de dominios han establecido mecanismos de resolución de conflictos, dichos registradores de nombres de dominio han adoptado un rol pasivo en la resolución de conflictos entre titulares de nombres de dominio y propietarios de marcas, dejando en manos de tribunales arbitrales o judiciales la resolución de tales conflictos. Sabedora de que la implementación del Memorandum de Entendimiento de Nombres de Dominio de Primer Nivel (gtld-mou) que establece siete nuevos nombres de dominio genéricos de primer nivel (gtld) ha sido pospuesta a la vista de ciertos enfoques divergentes expresados por el gobierno de los Estados Unidos; Sabedora de que el gtld-mou ha establecido Paneles de Impugnación Administrativa para ser administrados por la OMPI, quien ha convocado reuniones de expertos para desarrollar pautas de resolución de conflictos; adopta la siguiente resolución: A) Introduccion Reconociendo que ciertos registradores de nombres de dominio han adoptado requisitos más estrictos para el registro de nombres de dominio a fin de impedir problemas legales, tales como: 1) Requerir del solicitante de un nombre de dominio que proporcione datos suficientes para poder ser válidamente notificado y emplazado; 2) Requerir a quien registre un nombre de dominio que declare en su solicitud que a su leal saber y entender tal nombre de dominio no entra en conflicto con derechos de propiedad intelectual o industrial pertenecientes a un tercero; 3) Requerir del depositante de un nombre de dominio el sometimiento a un arbitraje específico o a la competencia judicial de un determinado tribunal para la resolución de conflictos relativos a éste; 4) Requerir de quien registre un nombre de dominio que acepte resolver los conflictos relativos a éste, de acuerdo con las leyes de una jurisdicción específica. 5) Requerir del titular de un nombre de dominio que establezca un sitio en la red (website) activo, dentro de un plazo determinado, o que establezca un vínculo 2 adecuado con respecto a ese nombre de dominio; 6) Requerir que el registro de nombres de dominio sólo sea válido por un plazo determinado (1 o 2 años) y que deba ser renovado mediante el pago de una tasa; 1 2 Registradores: autoridades encargadas del registro de nombres de dominio link, en inglés 2

3 7) Requerir que el nombre de dominio se corresponda con un derecho de marca o nombre comercial preexistente, o con el propio nombre personal; 8) Restringir el tipo de entidades que pueden registrar nombres de dominio en determinados subdominios; 9) Restringir el número de nombres de dominio que un mismo titular puede registrar; 10) Establecer un procedimiento de "impugnación", a través del cual el nombre de dominio sea puesto "en suspenso" a petición de un tercero, mientras que un tribunal arbitral o judicial resuelve sobre la impugnación; 11) Establecer un procedimiento de "impugnación", a través del cual el registrador, o quien éste designe, pueda, después de examinar el fundamento de la impugnación, eliminar o transferir el nombre de dominio a un tercero con mejor derecho; 12) Establecer un "plazo de protección provisional" para los nombres de dominio a fin de que los terceros puedan impugnar su registro dentro de ese plazo; AIPPI considera que debe alentarse a todos los registradores de nombres de dominio para la adopción, como mínimo, de los requisitos 1) a 5) antes citados, y suministrar y ofrecer la información requerida por el párrafo 1) en una base de datos pública, en línea y de fácil uso. AIPPI reconociendo también el deseo de algunos de introducir numerosos gtld, y otros subdominios adicionales dentro de los ntld, pero no cree que la introducción y utilización de dichos TLD 3 sea suficiente para reducir conflictos con marcas y nombres comerciales. En cambio, a falta de un estricto control por parte de los registradores de nombres de dominio que han preferido un rol pasivo antes que un rol activo, dicho sistema puede tener el efecto de aumentar las probabilidades e incidencia de la "usurpación" de nombres de dominio. 4 Sin embargo, AIPPI - reconociendo los distintos enfoques - toma en cuenta las propuestas que sugieren crear categorías para los distintos productos o servicios accesibles a través de Internet, de conformidad con el principio de la especialidad, y recomienda un posterior estudio de esas propuestas para verificar la posibilidad práctica de su implantación. En virtud de las incertidumbres sobre la fecha de implementación del Memorandum de Entendimiento de Nombres de Dominio Genéricos de Primer 3 4 TLD: nombres de dominio de primer nivel Domain name grabbing, en inglés 3

4 Nivel (gtld-mou) que implanta los Paneles de Impugnación Administrativa (ACP) administrados por la OMPI, y a la vista del estado actual del borrador de las Reglas de los ACP, AIPPI se reserva el derecho de continuar el estudio de este tema y realizar comentarios en el futuro. Sin embargo, en este momento, AIPPI observa con agrado el trabajo efectuado hasta ahora por la OMPI en relación con este tema y respalda la creación de paneles no judiciales de resolución de conflictos, siempre y cuando las reglas aplicadas por dichos paneles sean coherentes con el derecho internacional privado o las leyes del lugar donde se originó la controversia y equilibren razonablemente los derechos de las partes en todas las jurisdicciones. AIPPI también observa con agrado a aquellos registradores de nombre de dominio que ofrecen un procedimiento administrativo de impugnación y cancelación de nombres de dominio y alienta a todos los registradores de nombres de dominio para que adopten procedimientos similares a fin de aliviar la carga de los tribunales que resuelven tales conflictos, y la consiguiente carga en tiempo y coste que ello ocasiona a los litigantes. AIPPI considera recomendable un ulterior estudio de los esfuerzos de la OMPI para establecer y mantener los ACP, a medida de que se disponga de más información. B) Derecho de marcas Puede un nombre de dominio constituir marca? AIPPI considera que el establecimiento de un sitio en la red (website) que puede ser accedido a través de un localizador de recursos uniforme (URL) conteniendo un nombre de dominio, debería ser apto para constituir marca nacional para tal nombre de dominio, siempre y cuando los bienes y servicios ofrecidos a través del sitio en la red (website) establezcan una conexión con el mercado interno. La naturaleza de la conexión requerida con el mercado interno es una cuestión de derecho interno. Puede el uso de un nombre de dominio que incluye una marca constituir uso suficiente a fin de considerar el depósito subsiguiente de esa marca por parte de un tercero como un depósito de mala fe? AIPPI considera que en aquellas jurisdicciones que contemplan la posibilidad de impugnación o cancelación de una marca con fundamento en que la marca fue solicitada u obtenida con mala fe, la mera utilización del nombre de dominio que incluye una marca no debería calificar la subsiguiente solicitud por parte de un tercero de dicha marca como efectuada de mala fe, a menos que el uso efectuado del nombre de dominio equipare éste a una marca, según lo dicho en el apartado precedente, y que, en aquellas jurisdicciones que no reconocen derechos de marca basados exclusivamente en el uso, el solicitante de la marca sea conocedor o debiera haber sido conocedor (p. ej., como consecuencia de que la marca sea renombrada) del uso anterior de dicho nombre de dominio. 4

5 Son también aplicables a los nombres de dominio las normas sobre motivos absolutos de denegación de marcas? AIPPI considera que aunque los nombres de dominio genéricos de primer nivel (p.ej.,.com,.net) y los nombres de dominio nacionales de primer nivel (p.ej.,uk) y los subdominios (p.ej.,.plc.uk) son genéricos e irregistrables, los motivos de denegación absolutos que correspondan (p.ej., los basados en la descriptividad, genericidad, carácter engañoso, falta de distintividad, etc.) deben aplicarse cuando se traten de proteger como marca nombres de dominio de segundo nivel. Puede un nombre de dominio de Internet infringir los derechos de marca de un tercero? AIPPI considera que el mero uso de un nombre de dominio en Internet para ofrecer productos o servicios puede ser suficiente para constituir infracción, competencia desleal, o dilución de los prioritarios derechos de marca de un tercero de acuerdo con las leyes de la jurisdicción donde tal uso tenga lugar. AIPPI asimismo reconoce que el tipo de uso de un nombre de dominio (p.ej., la mera posibilidad de acceder a una página web, la posibilidad de acceder a una página web dirigida a un mercado concreto, etc.) que alcanzaría un nivel suficiente para poder ser impugnado puede variar bajo cada ley nacional. Sin embargo, AIPPI considera que cuando el uso de un nombre de dominio entra en conflicto con una marca renombrada o famosa, cualquiera que sea ese uso debe ser considerado "prima facie" impugnable. Qué medidas puede adoptar el titular de un nombre de dominio para impedir que ese nombre dominio suponga una infracción de marcas incompatibles con él? AIPPI considera que pueden existir medidas prácticas al alcance del titular de un nombre de dominio con interés legítimo en ese nombre de dominio a fin de impedir que su uso infrinja marcas con las que sea incompatible. Aunque una concreta renuncia sobre la disponibilidad o accesibilidad a bienes o servicios ofrecidos a través de un sitio en la red (website) en una determinada jurisdicción, o una concreta declaración rechazando cualquier relación con el titular de una marca o un nombre comercial, pueden ser suficientes para disminuir el riesgo de que sea considerada una infracción o competencia desleal, tales declaraciones pueden no servir para excluir dichos riesgos. Pueden existir también otros métodos más efectivos, tales como: el establecimiento de un sitio en la red (website) intermedio donde meramente se indique que el usuario ha accedido al sitio de una determinada empresa que es activa en un determinado sector, y que requiera del usuario acceder a una página ulterior que sea la auténtica página del titular del nombre de dominio; el establecimiento de una página web intermedia que requiera del usuario introducir su país de origen antes de acceder a la auténtica página web, y que impida el posterior acceso a los usuarios de jurisdicciones donde el nombre de dominio entre en conflicto con un derecho anterior; o cualesquiera otros medios que puedan resultar accesibles a medida que avance la tecnología. Aunque AIPPI reconoce que las distintas situaciones de conflicto pueden ser susceptibles de resolución sobre la base de soluciones prácticas diferentes, y que no hay una única solución que sea una panacea, 5

6 AIPPI considera que cuanto más serio sea el conflicto (por ejemplo, cuanto mayor sea el riesgo de confusión o asociación, especialmente en el caso de marcas renombradas o famosas), más específica habrá de ser la solución práctica requerida. Consiguientemente, AIPPI recomienda que este tema sea objeto de estudio adicional. Constituye infracción de una marca de servicios idéntica o similar para servicios de comunicación, el uso de un nombre de dominio para servicios que no sean de comunicación? AIPPI considera que en relación con servicios de comunicación el mero uso de un nombre de dominio no constituye "per se" infracción de una marca de servicios registrada para servicios de comunicación, (salvo que por ser la marca famosa, notoria o renombrada, su ámbito de protección se extienda a productos o servicios no idénticos o similares). C) Derecho de nombres comerciales Puede el registro y uso de un nombre de dominio de Internet ser suficiente para crear, y mantener, derechos de nombre comercial sobre el nombre de dominio de segundo nivel, incluído en él? AIPPI reconoce que la protección de los nombres comerciales difiere en cada país. Sin embargo, AIPPI considera que aunque el registro de un nombre de dominio es insuficiente para crear o mantener derechos de nombre comercial, el uso de un nombre de dominio que contenga un nombre comercial, puede constituir uso de ese nombre comercial si, de acuerdo con las leyes locales, existen indicios de derechos de nombre comercial. Hasta qué punto las normas sobre motivos absolutos de denegación de nombres comerciales son también aplicables a los nombres de dominio? AIPPI reconoce que los criterios sobre motivos absolutos de denegación de nombres comerciales difieren en cada país. Sin embargo, AIPPI considera que un nombre de dominio de segundo nivel puede constituir un nombre comercial protegible con tal de que tal nombre reúna los requisitos que las leyes locales exigen a los nombres comerciales. Implica la naturaleza global de Internet que los criterios normales de infracción de nombre comercial han de aplicarse a cualquier uso de un nombre de dominio idéntico o similar? AIPPI considera que el mero uso de un nombre de dominio en Internet para ofrecer productos o servicios puede ser suficiente para constituir infracción, competencia desleal o dilución de los prioritarios derechos de nombre comercial de un tercero, de acuerdo con las leyes de la jurisdicción donde tal uso tenga lugar. AIPPI también reconoce que la determinación del tipo de uso de un nombre de dominio que permitiría su impugnación puede variar bajo cada ley nacional. Sin embargo, AIPPI considera que cuando el uso de un nombre de dominio entra en conflicto con un nombre comercial renombrado o famoso, cualquiera que sea ese uso debe ser considerado "prima facie", impugnable. 6

7 Qué medidas puede tomar el titular de un nombre de dominio para prevenir que el uso de su nombre de dominio infrinja un nombre comercial incompatible? AIPPI se reitera en la posición precedentemente adoptada en relación con este tema al hablar de la infracción de marcas. D) Competencia desleal AIPPI reconoce que las leyes relativas a la competencia desleal o a la conducta dolosa que da origen a responsabilidad civil difiere considerablemente en cada país, pero considera que el registro de un nombre de dominio que contenga la marca o el nombre comercial de un tercero, tanto si es hecho de mala fe, con la única intención de vender lucrativamente el registro del nombre de dominio a su legítimo propietario, o con la intención de interferir en las actividades de un tercero, debe ser considerado impugnable bajo las reglas generales de la competencia desleal, los buenos usos comerciales o las normas de prevención de conductas dolosas que dan origen a responsabilidad civil, de acuerdo con las leyes locales. E) Sanciones AIPPI considera que la determinación de las sanciones disponibles frente a los nombres de dominio cuyo uso o registro constituya infracción de marca o nombre comercial, competencia desleal o conducta dolosa que da origen a responsabilidad civil, debe ser competencia de las leyes locales. Además, AIPPI considera que en el caso de las marcas famosas debe permitirse la posibilidad de que se ordene la cancelación o transferencia de un nombre de dominio del titular registral a quien haya objetado con éxito ese nombre de dominio, pero que tal posibilidad debe sopesarse cuidadosamente en el resto de los supuestos a la vista de los derechos que pueda tener el titular registral fuera de la jurisdicción del tribunal. AIPPI recomienda que el tema de sanciones sea objeto de estudio adicional. F) Derecho internacional privado AIPPI reconoce que la determinación de cuál es la jurisdicción cuyas leyes deben aplicarse a las disputas relativas a nombre de dominio y cuáles son los tribunales que deben tener competencia sobre tales disputas, puede diferir considerablemente de acuerdo con las normas del Derecho Internacional Privado de cada jurisdicción. El mero hecho de poder acceder un sitio en la red (website) que no tenga relación con el país en el que se reclama jurisdicción, no debe por sí solo dar lugar a tal jurisdicción. AIPPI alienta y aprueba los esfuerzos de diversas organizaciones para desarrollar procedimientos de resolución de controversias relativas a conflictos sobre nombres de dominio en Internet y sobre la ley aplicable a los mismos, y también alienta a aquéllos que hacen esfuerzos para lograr una política universal con relación a estas cuestiones. *********************** 7

SOLUCION PACIFICA DE CONFLICTOS EN EL COMERCIO ELECTRONICO CLARA MERCEDES CAHUA GUTIERREZ Fiscal Provincial Titular de Lima

SOLUCION PACIFICA DE CONFLICTOS EN EL COMERCIO ELECTRONICO CLARA MERCEDES CAHUA GUTIERREZ Fiscal Provincial Titular de Lima SOLUCION PACIFICA DE CONFLICTOS EN EL COMERCIO ELECTRONICO CLARA MERCEDES CAHUA GUTIERREZ Fiscal Provincial Titular de Lima Cada vez es mas importante el mercado electrónico desarrollado mediante Internet,

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional.

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional. ANEXO II Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional Introducción 1. El Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones

Más detalles

Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio

Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio Política aprobada el 26 de agosto de 1999 Documentos de ejecución aprobados el 24 de octubre de 1999 Traducción al español

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0298/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0298/2009 Informe 0298/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal en materia de creación, condición de responsable

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 2.10.2001 COM(2001) 535 final 2000/0328 (COD) Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A LA IMPLANTACIÓN DEL DOMINIO

Más detalles

POLÍTICA DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA DE NOMBRES DE DOMINIO REGISTRADOS BAJO EL cctld.bo

POLÍTICA DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA DE NOMBRES DE DOMINIO REGISTRADOS BAJO EL cctld.bo POLÍTICA DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA DE NOMBRES DE DOMINIO REGISTRADOS BAJO EL cctld.bo De la solución de controversias a. Controversias aplicables Toda persona natural, jurídica, nacional

Más detalles

Guía de referencia rápida: nuevas recomendaciones para la política de gtld

Guía de referencia rápida: nuevas recomendaciones para la política de gtld Guía de referencia rápida: nuevas recomendaciones para la política de gtld En esta guía de referencia se incluye un conjunto completo de los principios, las recomendaciones y las pautas de implementación

Más detalles

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros

Más detalles

Resolución. Cuestión Q238. Reivindicaciones de Segundo uso médico y otra segunda indicación

Resolución. Cuestión Q238. Reivindicaciones de Segundo uso médico y otra segunda indicación Congreso Toronto Resolución adoptada 17 septiembre 2014 Resolución Cuestión Q238 Reivindicaciones de Segundo uso médico y otra segunda indicación AIPPI Teniendo en cuenta que: 1) El ámbito de esta resolución

Más detalles

Capítulo 14. Solución de Controversias. la otra Parte ha incumplido de otra forma sus obligaciones bajo este Acuerdo.

Capítulo 14. Solución de Controversias. la otra Parte ha incumplido de otra forma sus obligaciones bajo este Acuerdo. Artículo 14.1: Ámbito de aplicación Capítulo 14 Solución de Controversias Salvo que se disponga otra cosa en este Acuerdo, las disposiciones relativas a solución de controversias de este Capítulo se aplicarán

Más detalles

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI DECISIÓN DEL EXPERTO Honda Motor Co., Ltd. v. O. G. Caso No. DES2010-0033 1. Las Partes El Demandante es Honda Motor Co., Ltd., con domicilio en Tokyo, Japón,

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

VIGENTE A PARTIR DEL 30 DE ABRIL DE 2015. Política de Resolución de Disputa Sunrise.LAT

VIGENTE A PARTIR DEL 30 DE ABRIL DE 2015. Política de Resolución de Disputa Sunrise.LAT VIGENTE A PARTIR DEL 30 DE ABRIL DE 2015 Política de Resolución de Disputa Sunrise.LAT La política de resolución de disputa Sunrise (la "SDRP") está incorporada por referencia en el acuerdo de registro.

Más detalles

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones ANEXO III ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones A efectos del presente anexo: a) "autoridad requirente" significa una autoridad aduanera competente u otra autoridad

Más detalles

DUDAS FRECUENTES LOPD

DUDAS FRECUENTES LOPD DUDAS FRECUENTES LOPD 1 Qué son los Datos de Carácter Personal? Se entenderán por datos de carácter personal cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. Por el

Más detalles

Antecedentes Programa de Nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel (gtld)

Antecedentes Programa de Nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel (gtld) Programa de Nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel (gtld) Memorando Explicativo Versión preliminar para el debate: Exenciones para los gobiernos de las tarifas de presentación de objeciones Fecha de publicación

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA S OMPI SCT/S2/4 ORIGINAL: Inglés FECHA: 29 de marzo de 2002 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES E INDICACIONES

Más detalles

Convenio Internacional del Trabajo No. 96 relativo a las Agencias Retribuidas de Colocación (revisado en 1949)

Convenio Internacional del Trabajo No. 96 relativo a las Agencias Retribuidas de Colocación (revisado en 1949) Convenio Internacional del Trabajo No. 96 relativo a las Agencias Retribuidas de Colocación (revisado en 1949) 4. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 1 de julio de 1949 Fecha de entrada

Más detalles

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto:

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto: Informe 0524/2009 La consulta plantea diversas cuestiones relativas al nivel de seguridad que habrá de implantarse sobre los ficheros relacionados con la actividad de asesoramiento fiscal, desarrollada

Más detalles

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones ANEXO V ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones Para los efectos del presente Anexo: «autoridad requerida» significa toda autoridad administrativa designada para este

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente: Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a

Más detalles

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA ASAMBLEA GENERAL DE LA OMPI

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA ASAMBLEA GENERAL DE LA OMPI S OMPI WO/GA/32/3 ORIGINAL: Inglés FECHA: 20 de julio de 2005 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA ASAMBLEA GENERAL DE LA OMPI Trigésimo segundo período de sesiones (17 o ordinario)

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO XII.- DE LA INFORMACION Y PUBLICIDAD CAPITULO II.- NORMAS PARA LA CONSERVACION DE LOS ARCHIVOS

Más detalles

El Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos,

El Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos, El Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Protocolo concerniente a ese Arreglo: Objetivos, Características Principales, Ventajas Publicación de la OMPI No. 418(S) ISBN 92-805-0741-9

Más detalles

CAPÍTULO XV SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Sección A: Solución de controversias

CAPÍTULO XV SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Sección A: Solución de controversias CAPÍTULO XV SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Sección A: Solución de controversias Artículo 15.1: Cooperación Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y la aplicación de

Más detalles

Firma: Normativa Dominicana: Gaceta Oficial:

Firma: Normativa Dominicana: Gaceta Oficial: CONVENIO No. 172 SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS HOTELES, RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES, DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO Firma: 5 de Junio, 1991 Normativa Dominicana: Resolución

Más detalles

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL Este documento establece el procedimiento de gestión para Nombres de Dominio y Contactos en.cl, el cual forma parte de la Reglamentación

Más detalles

Reglamento del Procedimiento ante un Grupo de Expertos sobre la Exclusión de Nombres de Dominio

Reglamento del Procedimiento ante un Grupo de Expertos sobre la Exclusión de Nombres de Dominio ANEXO VII Reglamento del Procedimiento ante un Grupo de Expertos sobre la Exclusión de Nombres de Dominio Definiciones Artículo 1 En el presente Reglamento: I. DISPOSICIONES GENERALES Se entenderá por

Más detalles

IAP 1005 - CONSIDERACIONES PARTICULARES SOBRE LA AUDITORÍA DE LAS EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN

IAP 1005 - CONSIDERACIONES PARTICULARES SOBRE LA AUDITORÍA DE LAS EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN IAP 1005 - CONSIDERACIONES PARTICULARES SOBRE LA AUDITORÍA DE LAS EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN Introducción 1. Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) se aplican a la auditoría de la información

Más detalles

El Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos,

El Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos, Sistema de Madrid El Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Protocolo concerniente a ese Arreglo: Objetivos, Características Principales, Ventajas El Arreglo de Madrid relativo

Más detalles

Generalitat de Catalunya Departament de Medi Ambient Direcció General de Qualitat Ambiental

Generalitat de Catalunya Departament de Medi Ambient Direcció General de Qualitat Ambiental El 24 de abril de 2001, se publicó el Reglamento (CE) núm. 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0081/2010

Gabinete Jurídico. Informe 0081/2010 Informe 0081/2010 La consulta plantea dudas en relación con la inscripción de ficheros de las comunidades de propietarios de las que el consultante es Administrador y las medidas de seguridad a implementar

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009 Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación

Más detalles

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2 18. Convenio 1 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales 2 (hecho el 1º de junio de 1970) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar el reconocimiento de los

Más detalles

Guía práctica. Red Judicial Europea en materia civil y mercantil

Guía práctica. Red Judicial Europea en materia civil y mercantil Uso de la videoconferencia para obtener pruebas en materia civil y mercantil en virtud del Reglamento (CE) nº 1206/2001 del Consejo de 28 de mayo de 2001 Guía práctica Red Judicial Europea en materia civil

Más detalles

CORPORACION FINANCIERA ALBA, S.A. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO FORO ELECTRÓNICO DEL ACCIONISTA

CORPORACION FINANCIERA ALBA, S.A. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO FORO ELECTRÓNICO DEL ACCIONISTA CORPORACION FINANCIERA ALBA, S.A. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO FORO ELECTRÓNICO DEL ACCIONISTA 3 de mayo de 2016 I.- Introducción De conformidad con el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC),

Más detalles

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA S OMPI OMPI/GRTKF/IC/2/10 ORIGINAL: Inglés FECHA: 3 de diciembre de 2001 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA COMITÉ INTERGUBERNAMENTAL SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL Y RECURSOS GENÉTICOS,

Más detalles

Todos los derechos están reservados.

Todos los derechos están reservados. Este documento y todos su contenido, incluyendo los textos, imágenes, sonido y cualquier otro material, son propiedad de ISMS Forum o de algún organismo vinculado a ésta, o de terceros que hayan autorizado

Más detalles

Según el artículo 4.1 de la Ley Orgánica, Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento, así como.

Según el artículo 4.1 de la Ley Orgánica, Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento, así como. Informe 0324/2009 La consulta plantea la posibilidad de implantar un sistema para el control horario de los trabajadores basado en la lectura de la huella digital y su conformidad con lo dispuesto en la

Más detalles

CAPITULO I OBJETIVO Y DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I OBJETIVO Y DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS DE PRUEBA O INFORMACIÓN NO DIVULGADA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS O QUÍMICOS AGRICOLAS

Más detalles

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006 Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006 La consulta plantea si resulta posible, a la luz de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

Más detalles

MÉXICO - MEDIDAS QUE AFECTAN A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

MÉXICO - MEDIDAS QUE AFECTAN A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO WT/DS204/3 18 de febrero de 2002 (02-0825) Original: inglés MÉXICO - MEDIDAS QUE AFECTAN A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Solicitud de establecimiento de un grupo

Más detalles

LA MARCA EN EL ENTORNO DIGITAL

LA MARCA EN EL ENTORNO DIGITAL PROGRAMA DE COOPERACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI) CON EL GOBIERNO DEL SALVADOR LA MARCA EN EL ENTORNO DIGITAL José Alberto Monjarás Osorio. e-mail: amonjaras@impi.gob.mx

Más detalles

Antecedentes Programa de Nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel (gtld)

Antecedentes Programa de Nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel (gtld) Programa de Nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel (gtld) Memorando Explicativo Versión preliminar para el debate: Impactos económicos y en el mercado Fecha de publicación original: 15 de abril de 2011

Más detalles

CODIGO DE ETICA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.

CODIGO DE ETICA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. CODIGO DE ETICA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. INDICE I.- INTRODUCCION 1 II.- PRINCIPIOS Y VALORES 1 A) INTEGRIDAD 1 B) PREOCUPACIÓN POR LOS CLIENTES 1 C) INDEPENDENCIA

Más detalles

Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA

Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA Le damos la bienvenida a Portal Expreso RSA 1. Su relación con Portal Expreso RSA 1.1 El uso que el usuario haga de la información, software, servicios prestados

Más detalles

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios P.1 Qué es un intermediario en el área de banca privada? P.2 Qué referencias podemos encontrar sobre los intermediarios en los Principios Wolfsberg? P.3 Qué es

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS

Más detalles

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial REGLAMENTO PARA LA MEDIACIÓN (Basado en la Ley 5/2012 de 6 de Julio) Índice de artículos Art. Concepto

Más detalles

RESOLUCIÓN. 3. Con fecha de 25 de enero de 2009 la entidad Red.es dio de alta el registro del dominio babyemporium.es a favor del demandado S.L.

RESOLUCIÓN. 3. Con fecha de 25 de enero de 2009 la entidad Red.es dio de alta el registro del dominio babyemporium.es a favor del demandado S.L. 1 En Madrid, a 7 de julio de 2011, Manuel José Botana Agra, Experto designado por la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial(Autocontrol) para la resolución de la demanda formulada

Más detalles

- La indicación del datos apto o no apto de un trabajador a los efectos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

- La indicación del datos apto o no apto de un trabajador a los efectos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Informe 0511/2009 La consulta plantea el nivel de seguridad exigible a los ficheros mantenidos por los colegiados pertenecientes a la Corporación consultante y relativos a la gestión de recursos humanos

Más detalles

SECCIÓN CORTES GENERALES

SECCIÓN CORTES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS 17 de enero de 2014 Núm. 241 Pág. 1 Autorización de Tratados y Convenios Internacionales 110/000114 (CD) Convenio

Más detalles

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 La consulta se refiere al mantenimiento, conservación y cancelación del número de

Más detalles

Informe Jurídico 0494/2008

Informe Jurídico 0494/2008 Informe Jurídico 0494/2008 La consulta plantea si es necesario para las empresas del grupo consultante formalizar un contrato con la central donde se encuentra la base de datos de los empleados del grupo

Más detalles

Mantenimiento de Sistemas de Información

Mantenimiento de Sistemas de Información de Sistemas de Información ÍNDICE DESCRIPCIÓN Y OBJETIVOS... 1 ACTIVIDAD MSI 1: REGISTRO DE LA PETICIÓN...4 Tarea MSI 1.1: Registro de la Petición... 4 Tarea MSI 1.2: Asignación de la Petición... 5 ACTIVIDAD

Más detalles

OBJETIVO TÉRMINOS UTILIZADOS

OBJETIVO TÉRMINOS UTILIZADOS Artículo1 OBJETIVO El objetivo de este Protocolo Suplementario es contribuir a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud

Más detalles

Explicación de La Convención de La Haya y "Apostilla" (Convenio de La Haya, octubre de 1961) Actualizada: 25/10/01

Explicación de La Convención de La Haya y Apostilla (Convenio de La Haya, octubre de 1961) Actualizada: 25/10/01 Explicación de La Convención de La Haya y "Apostilla" (Convenio de La Haya, octubre de 1961) Actualizada: 25/10/01 Rectificación: Esta información se ofrece exclusivamente a modo de información general.

Más detalles

Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A.

Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A. Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LOS LICITANTES ELEGIDOS, CARTA

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

Capítulo IV. Manejo de Problemas

Capítulo IV. Manejo de Problemas Manejo de Problemas Manejo de problemas Tabla de contenido 1.- En qué consiste el manejo de problemas?...57 1.1.- Ventajas...58 1.2.- Barreras...59 2.- Actividades...59 2.1.- Control de problemas...60

Más detalles

Norma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10) Hechos posteriores a la fecha del balance

Norma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10) Hechos posteriores a la fecha del balance Norma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10) Hechos posteriores a la fecha del balance Esta Norma revisada sustituye a la NIC 10 (revisada en 1999) Hechos posteriores a la fecha del balance, y se

Más detalles

MANUAL DE PREVENCION Y CONTROL DE OPERACIONES CON RECURSOS ILICITOS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.

MANUAL DE PREVENCION Y CONTROL DE OPERACIONES CON RECURSOS ILICITOS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE PREVENCION Y CONTROL DE OPERACIONES CON RECURSOS ILICITOS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. INDICE I.- OBJETIVOS 1 II.- ALCANCE 2 III.- MARCO NORMATIVO

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013 Informe 0147/2013 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el acceso por el consultante, compañía de seguros,

Más detalles

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL [II.E/RCIA/GA/2004(2009)] REFERENCIAS Resolución AG-2004-RES-08 de la 73 a reunión de la

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONFLICTO SOBRE DOMINIOS. es

RESOLUCIÓN DE CONFLICTO SOBRE DOMINIOS. es 1 RESOLUCIÓN DE CONFLICTO SOBRE DOMINIOS. es TÉCNICOS Y ASESORES INFORMÁTICOS EDITORIAL, S.A. vs. SUCHKNECHT (digitalnews.es) I- ANTECEDENTES DE HECHO 1.- Las partes La Demandante es TÉCNICOS Y ASESORES

Más detalles

Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006

Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006 Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el acceso a la información de los alumnos que es objeto de tratamiento por

Más detalles

Términos Generales y Política de Compra de Fon

Términos Generales y Política de Compra de Fon Términos Generales y Política de Compra de Fon Definiciones Términos y Condiciones: Estos Términos y Condiciones para la Venta del Equipo (en adelante referidos como «TCVE»). Fon Technology, S.L.: La Compañía

Más detalles

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 El [La] --------- y el [la] --------, Deseosos[as] de fortalecer

Más detalles

CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD

CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD BUCARAMANGA - COLOMBIA 2013 INTRODUCCIÓN El presente Documento, ha sido redactado en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto

Más detalles

Diputación de Albacete. Paseo Libertad, 5. 02001. Albacete. Tel. 967595300. Fax. 967520316. Guía

Diputación de Albacete. Paseo Libertad, 5. 02001. Albacete. Tel. 967595300. Fax. 967520316. Guía Diputación de Albacete. Paseo Libertad, 5. 02001. Albacete. Tel. 967595300. Fax. 967520316 Guía 12 Obligaciones del responsable de seguridad exigibles por la LOPD Cesión de datos Es cesión o comunicación

Más detalles

Capítulo Veinte. Solución de Controversias. Sección A: Solución de Controversias

Capítulo Veinte. Solución de Controversias. Sección A: Solución de Controversias Capítulo Veinte Solución de Controversias Artículo 20.1: Cooperación Sección A: Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y la aplicación

Más detalles

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS Principios No. 4 ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS PRINCIPIOS SOBRE LA SUPERVISIÓN DE ACTIVIDADES DE SEGUROS EN INTERNET Octubre 2000 Seguros en Internet Contenido 1. Antecedentes...

Más detalles

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA S OMPI SCT/23/4 ORIGINAL: Inglés FECHA: 15 de febrero de 2010 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, DISEÑOS INDUSTRIALES E INDICACIONES

Más detalles

Ley de Protección de Datos

Ley de Protección de Datos Ley de Protección de Datos Os informamos de las obligaciones y plazos que la normativa en esta materia nos impone para los ficheros de clientes que tenemos en nuestras consultas dentales: En primer lugar,

Más detalles

Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas

Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas S SCT/31/5 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 21 DE ENERO DE 2014 Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas Trigésima primera sesión Ginebra, 17 a 21 de marzo de

Más detalles

POLITICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES

POLITICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES POLITICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES INTRODUCCIÓN. La presente Política contiene los derechos, principios y/o parámetros que se aplican en GESTIÓN COMPETITIVA S.A.S., para el Tratamiento

Más detalles

Guía web: Cómo encontrar información relacionada con las NIT y su aplicación en Internet

Guía web: Cómo encontrar información relacionada con las NIT y su aplicación en Internet Guía web: Cómo encontrar información relacionada con las NIT y su aplicación en Internet Empezando la búsqueda Entre en el sitio web de la OIT a través de la dirección www.ilo.org y haga clic en Español

Más detalles

Versión final 8 de junio de 2009

Versión final 8 de junio de 2009 GRUPO DE EXPERTOS «PLATAFORMA PARA LA CONSERVACIÓN DE DATOS ELECTRÓNICOS PARA CON FINES DE INVESTIGACIÓN, DETECCIÓN Y ENJUICIAMIENTO DE DELITOS GRAVES» ESTABLECIDO POR LA DECISIÓN 2008/324/CE DE LA COMISIÓN

Más detalles

1. Datos identificativos que completan las condiciones generales

1. Datos identificativos que completan las condiciones generales CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES A LA CONTRATACIÓN DE LA EXTENSIÓN DE DOMINIO TERRITORIAL.es Las presentes condiciones particulares complementan y desarrollan las condiciones generales del contrato

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe jurídico 0196/2014

Gabinete Jurídico. Informe jurídico 0196/2014 Informe jurídico 0196/2014 La consulta plantea cuestiones relacionadas con el cumplimiento del art. 22.2 de la Ley 34/2002 de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO

Más detalles

El USUARIO manifiesta que es jurídicamente capaz de realizar el procedimiento a utilizar y que está facultado para hacer uso del mismo.

El USUARIO manifiesta que es jurídicamente capaz de realizar el procedimiento a utilizar y que está facultado para hacer uso del mismo. A continuación se detallan los términos y condiciones bajo las cuales se regirá el servicio de pagos en línea del Municipio de Itagüí, para ello se proveerá la plataforma tecnológica con el fin de prestar

Más detalles

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor 22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 20 de diciembre de 1996 Fecha de entrada en vigor

Más detalles

Horacio Fernández Delpech

Horacio Fernández Delpech XIII CONGRESO IBEROAMERICANO DE DERECHO E INFORMÁTICA 9 a 14 de Noviembre de 2009 LIMA - PERU SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS SOBRE NOMBRES DE DOMINIO INTERNET www.hfernandezdelpech.com.ar SISTEMAS DE NOMBRES

Más detalles

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario.

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. ÍNDICE 1. OBJETO DE DOCUMENTO... 3 2. ÁMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES EN PAPEL... 4 3. MARCO LEGAL PARA

Más detalles

Marco Normativo de IT

Marco Normativo de IT Marco Normativo de IT PC0901 - Proceso de control de cambios en software de aplicación provisto por Organismos Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires PC0901 - Proceso de control de cambios en software

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

33. Recomendación No. 147 sobre el Cáncer Profesional

33. Recomendación No. 147 sobre el Cáncer Profesional 33. Recomendación No. 147 sobre el Cáncer Profesional Clase de Instrumento: Resolución de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo Adopción: Ginebra, 59ª reunión CIT (24 de junio

Más detalles

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario.

Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. Transmisión de documentos digitalizados a través de ORVE/SIR. Argumentario. ÍNDICE 1. OBJETO DE DOCUMENTO...3 2. ÁMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES EN PAPEL...4 3. MARCO LEGAL PARA LA

Más detalles

CONVENIO 172 SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS HOTELES, RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES

CONVENIO 172 SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS HOTELES, RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES CONVENIO 172 SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS HOTELES, RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES TEXTO ORIGINAL. Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el jueves 5 de agosto de

Más detalles

6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN 28 6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN 6.1 Responsabilidad general Las empresas o profesionales que ofrezcan servicios de la sociedad de la información

Más detalles

II.2 Valoración de Instrumentos de Renta Variable Nacionales y Extranjeros

II.2 Valoración de Instrumentos de Renta Variable Nacionales y Extranjeros Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro IV, Título III, Capítulo II Valoración de Instrumentos, Operaciones y Contratos Nacionales y Extranjeros de los Fondos de Pensiones II.2 Valoración

Más detalles