LA CONCILIACION EN MATERIAS CIVIL Y COMERCIAL
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- Elvira Mora Godoy
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1 CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN PROGRAMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE CONCILIADORES EN EQUIDAD EJE TEMÁTICO: LA CONCILIACION EN MATERIAS CIVIL Y COMERCIAL CAPACITADOR: GONZALO MENDEZ MORALES
2 ALGUNAS APLICACIONES DE LA CONCILIACION EN MATERIAS CIVIL Y COMERCIAL 25
3 LA CONCILIACION EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES
4 La Conciliación en el Contrato de Arrendamiento Comparecencia a la Audiencia de Conciliación respecto al Contrato de Arrendamiento Citación a los arrendatarios, coarrendatarios ó fiadores Asistencia de los responsables de las obligaciones pecuniarias Asistencia de los responsables de la tenencia del inmueble Posición personal de tenedores y terceros
5 La Conciliación en el Contrato de Arrendamiento La Conciliación en la celebración ó renovación del Contrato de Arrendamiento Determinación de los elementos fundamentales del contrato Configuración de los términos contractuales inexistentes o dudosos Modificación de las condiciones iniciales del contrato Renovación del contrato
6 La Conciliación en el Contrato de Arrendamiento La Conciliación respecto a las obligaciones mutuas del Contrato de Arrendamiento Cumplimiento de compromisos mutuos Obligaciones con la copropiedad Los servicios públicos existentes y adicionados Reparaciones locativas necesarias y adicionales Obligaciones pecuniarias derivadas del contrato Destino y Utilización del bien inmueble
7 La Conciliación en el Contrato de Arrendamiento La Conciliación respecto a las obligaciones mutuas del Contrato de Arrendamiento Reconocimiento del tenedor titular del derecho de disposición sobre la tenencia Derecho de renovación automática del contrato comercial, salvo casos de ley Autorización previa o no, del arrendador para ceder el contrato o subarrendar el inmueble Cesión por venta del establecimiento de comercio Terminación del contrato
8 La Conciliación en el Contrato de Arrendamiento Art. 69, Ley 446 de 1998 los centros de conciliación podrán solicitar a la autoridad judicial que comisione a los inspectores de policía para realizar la diligencia de entrega de un bien arrendado, cuando exista incumplimiento de un acta de conciliación con un acta al respecto. Art. 44, Ley 794 de 2003 en el proceso abreviado de restitución de inmueble arrendado, el demandante no estará obligado a solicitar y tramitar la audiencia de conciliación extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad de la demanda prevista en la ley 640 de 2001
9 LA CONCILIACION EN EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
10 La Conciliación en la Propiedad Horizontal Organismos que componen la Administración básica de las copropiedades Asamblea General de Copropietarios Consejo de Administración Administrador ó representante legal
11 La Conciliación en la Propiedad Horizontal Asuntos conciliables relacionados con las atribuciones de la Asamblea General de Copropietarios Cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal Aprobación del presupuesto general de la copropiedad y fijación de cuotas de administración Afectaciones de los bienes comunes Designación de los órganos de administración y convivencia
12 La Conciliación en la Propiedad Horizontal Asuntos conciliables relacionados con las atribuciones del Consejo de Administración Decisiones relacionadas con la ejecución presupuestal Autorizaciones para contrataciones especiales Rendiciones de cuentas del administrador Aseguramiento y mantenimiento de los bienes comunes Presentación de proyectos e informes a la Asamblea de Copropietarios
13 La Conciliación en la Propiedad Horizontal Asuntos conciliables relacionados con las atribuciones del Administrador ó Representante legal Preparación del presupuesto de la copropiedad Ejercicio de la representación legal : celebración de actos y contratos Cumplimiento de las decisiones de la Asamblea y el Consejo Cuidado de los bienes comunes Recaudo de dineros de la copropiedad y aplicación de los mismos
14 La Conciliación en la Propiedad Horizontal Partes involucradas en los Conflictos : Entre los propietarios o tenedores del edificio o conjunto Entre ellos y el administrador, el consejo de administración o cualquier otro órgano de dirección o control de la persona jurídica Conflictos de la persona jurídica con terceros
15 La Conciliación en la Propiedad Horizontal Tipología del Conflicto : Aplicación o interpretación de la ley de propiedad horizontal Aplicación o interpretación del reglamento de propiedad horizontal Aplicación, interpretación, modificación, cumplimiento de las decisiones de administración
16 La Conciliación en la Propiedad Horizontal Instancias competentes : El conocimiento de los conflictos, sin perjuicio de la competencia propia de las autoridades jurisdiccionales, corresponderá a : Comité de Convivencia Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos : Conciliación, Arbitraje, Amigable Composición
17 La Conciliación en la Propiedad Horizontal El Comité de Convivencia : Conocerá de controversias surgidas con ocasión de la vida en edificios de uso residencial Intentará presentar formulas de arreglo orientadas a dirimir las controversias y a fortalecer las relaciones de vecindad Sus consideraciones se consignarán en actas suscritas por las partes y por sus miembros Sus miembros son elegidos por la asamblea general de copropietarios para periodos anuales, son número impar de 3 o mas personas y su participación es ad honorem No puede imponer sanciones
18 LA CONCILIACION EN MATERIA SOCIETARIA
19 La conciliación y el contrato de sociedad Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social. La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados. Todas las sociedades están sujetas a la legislación mercantil (ley 222 de 1995) Requisitos formales del contrato : Inscripción en el registro mercantil Inscripción en el registro civil si hay aportes, gravámenes o limitaciones e inmuebles Permiso de funcionamiento de la Superintendencia de Sociedades, cuando se requiera este requisito Los administradores que realicen actos dispositivos sin haber cumplido con los requisitos formales del contrato de sociedad, responderán solidariamente ante los asociados y ante terceros de las operaciones que celebren o ejecuten por cuenta de la sociedad, sin perjuicio de las demás sanciones legales
20 La Conciliación y el Capital Social Los asociados se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero El Capital Social : Debe ser fijado de manera precisa y podrá ser aumentado o disminuido con ajuste a la ley Las acciones, partes de interés o cuotas sociales son garantía general de los acreedores del asociado Los asociados no podrán ser obligados a aumentar o reponer su aporte, sino cuando el contrato lo establezca Los asociados deben entregar sus aportes en el lugar, forma y época estipulados Actuaciones posibles en caso de incumplimiento : Exclusión de la sociedad del socio incumplido Reducción del aporte al monto que haya sido entregado o esté dispuesto a entregar Hacer efectiva la entrega o pago del aporte En todos los casos anteriores, el asociado incumplido pagará intereses moratorios, a la tasa comercial de las operaciones bancarias
21 La Conciliación y el Capital Social Aportes en especie : Por género y cantidad, estimados en un valor comercial determinado Por cuerpo cierto, sustituible o no por dinero, según sea el objeto de la sociedad Aportes de Créditos : Requieren su ingreso efectivo a la caja social El aportante responderá por la existencia, legitimidad de título y solvencia del deudor Modalidades de Aportes Aporte de Contratos : El aportante responderá del cumplimiento del contrato cedido a la sociedad, salvo disposición en contrario El Aporte de la industria o trabajo personal de un asociado : La obligación se cumplirá en la medida en la que se preste el servicio respectivo : podrá redimirse o no en participación en el capital social
22 La Conciliación y las Utilidades Sociales Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte.., con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social. La distribución de utilidades sociales requiere una mayoría calificada mínima y se hará en proporción a la parte pagada del valor nominal de los aportes de cada asociado, si en el contrato no se ha pactado válidamente otra cosa La estipulación contractual que prive de toda participación en las utilidades a algunos de los socios, se tendrán por no escritas, así hubieren sido aceptadas Las utilidades objeto de distribución deben estar justificadas en balances reales y fidedignos En caso de pérdidas que afecten el capital por reducción del patrimonio neto por debajo del valor del capital, no podrán repartirse utilidades hasta tanto se subsane tal situación Los asociados podrán disponer la constitución de reservas, legal y ocasionales, y la variación de su destinación solo puede hacerse con su aprobación Las sumas adeudadas por concepto de utilidades forman parte del pasivo externo de la sociedad y podrán exigirse judicialmente : balance y acta prestan mérito ejecutivo
23 La Conciliación y la Administración Social La junta de socios o la asamblea se reunirá válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocación, cuando se hallare representada la totalidad de los asociados. Pueden constituirse en junta de socios o asamblea de accionistas los asociados de una sociedad en una audiencia de conciliación, para deliberar y decidir asuntos de competencia de tales organismos, siempre y cuando se cumplan las exigencias legales y estatutarias pertinentes Puede solicitarse la realización de una audiencia de conciliación para surtir en ella una reunión de junta de socios o asamblea Pueden convocar a junta de socios o asamblea de socios o accionistas : Los socios en reunión ordinaria una vez al año Los administradores El revisor fiscal La entidad que ejerza control permanente sobre la sociedad Cuando así lo solicite un número plural de asociados representantes de la cuarta parte o más del capital social
24 La Conciliación y las Reformas Estatutarias Toda reforma del contrato de sociedad deberá reducirse a escritura pública si este es requisito legal, que se inscribirá en el registro mercantil ante la cámara de comercio del domicilio social y el de las sucursales establecidas Cuando se trate de sociedades sometidas a control de la Superintendencia de Sociedades, se requiere previa autorización de la Entidad, so pena de multas Las reformas de la sociedad se probarán de manera igual a su constitución Entre los asociados, las reformas tendrán efectos desde cuando se pacten o acuerden conforme a los estatutos y la reforma se probará con la sola copia del acta o acuerdo donde conste, con su adopción Frente a terceros, las reformas son oponibles cuando se ha surtido la inscripción de la escritura pública que la contienen en el registro mercantil
25 La Conciliación y la Disolución y Liquidación En las sociedades no vigiladas, las diferencias entre los asociados sobre la ocurrencia de una causal de disolución serán decididas por el juez del domicilio social, a solicitud de interesado, si no se ha pactado la cláusula compromisoria La disposición anterior habilita el mecanismo de la conciliación para resolver las diferencias que puedan surgir entre los asociados respecto a la ocurrencia de las causales de disolución Causales legales de Disolución : Vencimiento del término contractual, no prorrogado válidamente antes de su expiración Imposibilidad de desarrollar el objeto social por terminación o extinción del mismo Reducción del número de socios necesario para su formación o funcionamiento o aumento del límite Causales contractuales Decisión de los asociados acordes al contrato y a la ley Decisión de autoridad competente adoptada por causales legales
26 La Conciliación y la Disolución y Liquidación La junta o asamblea de socios se reunirá en las fechas indicadas en los estatutos para sus reuniones ordinarias, también cuando sea convocada por el liquidador, el revisor fiscal o la Superintendencia Cuando haya dos o más liquidadores actuarán de consuno y si se presentaren discrepancias entre ellos, la junta o asamblea de socios decidirá por mayoría de las participaciones de capital presentes en la reunión Consecuencia de la Disolución de la Sociedad : Procede de inmediato su Liquidación : No podrá desarrollar nuevas operaciones en ejercicio de su objeto social Su capacidad jurídica será únicamente para realizar actos necesarios para su inmediata liquidación La violación de estas disposiciones generará responsabilidades solidarias e ilimitadas entre los intervinientes
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