CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
|
|
- Arturo Farías Henríquez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 El Consejo Universitario de la Universidad, reunido en su sesión N 1591, Ordinaria, celebrada, el día dos de febrero del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confiere el numeral 21 del artículo 26 de la Ley de Universidades y el Numeral 23 del artículo 9 del Reglamento de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado APROBO: NORMATIVA INTERNA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DEL DECANATO DE CIENCIAS VETERINARIAS DE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO". CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Con el objeto de cumplir con lo establecido en el Reglamento de Equivalencias de Estudios de la UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO" (Gaceta Universitaria Extraordinaria No 72, junio 2002), en el Capítulo VIII sobre Disposiciones Transitorias, Artículo 52, el Consejo del Decanato de Ciencias Veterinarias establece la presente Normativa Interna que regulará lo pertinente al proceso de Equivalencias de Estudios en los Programas de Medicina Veterinaria y Técnico Superior Agropecuario. ARTÍCULO 1: Se entiende por equivalencia de estudios el proceso académico - administrativo en virtud del cual el Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", determina cuales unidades curriculares aprobadas por el solicitante en una Universidad o Instituto de Educación Superior en Venezuela o en el exterior, reconoce como equivalentes a las que forman parte del pensum de estudios de las carreras de Medicina Veterinaria y Técnico Superior Agropecuario del Decanato de Ciencias Veterinarias y dispone además, que el solicitante curse y apruebe aquellas unidades curriculares que faltaren para completar el pensum vigente para la fecha en que se realice el estudio del expediente. ARTÍCULO 2: De conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Equivalencias de Estudios de la Universidad los aspirantes a ingresar por equivalencia de estudios en los programas de Medicina Veterinaria y Técnico Superior Agropecuario deberán cursar y aprobar en este Decanato, por lo menos el veinticinco (25%) del total de las unidades curriculares del Pénsum vigente, por lo tanto, sólo se otorgará hasta un máximo del 75% del total de las unidades curriculares que conforman el Pénsum de Estudios del programa solicitado. 1/8
2 ARTÍCULO 3 Para aquellos estudiantes que requieran cursar menos del 25% de las unidades curriculares del Pénsum de estudios vigente, la Comisión de Equivalencias del Decanato de Ciencias Veterinarias, determinará de acuerdo con la situación académica del aspirante y del perfil profesional de la carrera, las unidades curriculares fundamentales a cursar hasta completar el mínimo exigido, tomando en consideración la lista especificada en el Artículo 4 de la presente normativa. ARTÍCULO 4: A los fines de la aplicación del Artículo 4 del Reglamento de Equivalencias de la UCLA, se entenderá por unidades curriculares fundamentales, las siguientes, ordenadas por su importancia, de acuerdo con el cumplimiento del perfil profesional de cada carrera o programa. a. Para el programa de MEDICINA VETERINARIA: Medicina de Grandes Animales I y II. Medicina de Pequeños Animales. Reproducción Animal. Parasitología Veterinaria. Sistemas de Producción I y II. Epidemiología Veterinaria. Microbiología, Higiene e Inspección de los alimentos de Origen Animal. Etica y Deontología Veterinaria. Legislación Veterinaria. b. Para el programa de TÉCNICO SUPERIOR AGROPECUARIO. Explotaciones Pecuarias I Explotaciones Pecuarias II Explotaciones Pecuarias III Riego y Drenaje. Extensión Rural. Administración de Fincas. Pasantías. ARTÍCULO 5: Se concederá equivalencia en cada una de la (las) unidad (es) curricular (es) propuesta (s), cuando cumpla (n) con los prerrequisitos establecidos en el Pensum vigente en cada programa del Decanato, si los hubiera y con los siguientes requisitos establecidos en el artículo 6 del Reglamento de Equivalencia de Estudios de la Universidad ; 2/8
3 a) El contenido programático de la (s) unidad (es) curricular (es) aprobada (s) por el solicitante, deberá cubrir por lo menos el setenta y cinco (75%) del contenido programático y experiencias de aprendizaje de la unidad curricular correspondiente. b) La (s) actividad (es) curricular (es) objeto de estudio para Equivalencia, deberá (n) tener por lo menos las mismas unidades crédito de la (s) actividad (es) curricular (es) a considerar o su equivalente en densidad horaria. ARTÍCULO 6: La obsolescencia de una unidad curricular en particular será determinada por la Comisión de Equivalencias del Decanato, previo dictamen del docente experto, del Departamento respectivo. CAPITULO II DE LA ADMISION DE LAS SOLICITUDES DE EQUIVALENCIAS ARTÍCULO 7 Todo aspirante que decida continuar estudios por Reingreso o Reincorporación en el Decanato de Ciencias Veterinarias (DCV) quedará sujeto al plan de estudios vigente a la fecha de su reingreso o reincorporación, y su incorporación deberá hacerla cumpliendo con el proceso de equivalencias establecido en esta normativa, cuando en el lapso de su ausencia se hayan producido cambios en el plan de estudios de la carrera respectiva. ARTÍCULO 8: El Consejo del Decanato de Ciencias Veterinarias no aprobará solicitudes de reingresos o reincorporaciones por Equivalencia de Estudios, cuando el aspirante haya dejado de pertenecer al Subsistema de Educación Superior por cinco (5) años o más. ARTÍCULO 9: En caso de reingreso o reincorporación el aspirante deberá consignar ante la Oficina de Reválida, Convalidación de Títulos, Certificados y Diplomas y Equivalencias de Estudio (ORCE), la autorización de la Dirección del Programa respectivo y los documentos que le sean requeridos en esta unidad. PARÁGRAFO UNO: Se entiende por reingreso, aquella situación académica del estudiante de un programa de la Universidad, que 3/8
4 por causas justificadas se retiró de la institución y posteriormente desea reiniciar estudios en el mismo programa. PARAGRAFO DOS: Se entiende por reincorporación, aquella situación académica del estudiante de la Universidad, que por causas de tipo disciplinario, Régimen de Repitencia o de Permanencia, es retirado de la Institución y posteriormente regresa a continuar estudios en el mismo programa. ARTÍCULO 10: El Decanato de Ciencias Veterinarias de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado dará curso al proceso de equivalencia: a) Para el programa de MEDICINA VETERINARIA. a.1. Por Traslado a los aspirantes que cumplan con los siguientes requisitos: a.1.1. Que provengan de la carrera de Medicina Veterinaria de una Universidad venezolana o extranjera debidamente legalizada. a.1.2. Promedio aritmético de calificaciones, en los estudios realizados, mínimo de 12 (doce) puntos en la escala del 0 (cero) al 20 (veinte) puntos o equivalente matemático en otra escala de calificaciones. a.1.3. Tener aprobado un mínimo de cuatro (4) unidades curriculares equivalentes con el pensum de estudios vigente de Medicina Veterinaria del DCV- UCLA. a.2. Para la aplicación del Artículo 11 en relación a las carreras afines y no afines se establece: a.2.1. Carreras afines. a Tener un promedio aritmético de calificaciones en los estudios realizados, mínimo de doce (12) puntos en la escala del cero (0) al veinte (20) puntos o su equivalente matemático en otra escala. a Tener aprobado un mínimo de cinco (5) unidades curriculares equivalentes con el pensum de estudios vigente de Medicina Veterinaria. a.2.2. Carreras no afines 4/8
5 Tener un promedio aritmético de calificaciones en los estudios realizados, mínimo de catorce (14) puntos en la escala del cero (0) al veinte (20) puntos o su equivalente matemático en otra escala de calificaciones y un mínimo de seis (6) unidades curriculares aprobadas, equivalentes con el pensum de estudios vigente para el programa de Medicina Veterinaria. b) Para el programa de TÉCNICO SUPERIOR AGROPECUARIO Sólo se considerarán para equivalencia en carreras afines y debe cumplir con los siguientes requisitos: tener aprobado un mínimo de tres (3) unidades curriculares equivalentes con el pensum de estudios vigente de la carrera, de las cuales se exigirá como obligatorias Biología y Matemática General y tener un promedio aritmético de calificaciones en los estudios realizados mínimo de doce (12) puntos en la escala del cero (0 al veinte (20) puntos o su equivalente matemático en otra escala. ARTICULO 11 Se consideraran carreras afines al programa de MEDICINA VETERINARIA del DCV UCLA, las siguientes: a. Ciencias del Agro y del Mar. Carreras Largas.Ingeniería Agronómica de Producción Animal. Ingeniería de Producción Animal. Zootecnia. Carreras Cortas.Agropecuaria Tecnología Agropecuaria. Producción Agropecuaria. Ciencias Agropecuarias. Asistente Veterinario. Tecnología Pecuaria. b. Ciencias de la Salud Carreras Largas Medicina Bioanálisis c. Ciencias Básicas Carreras Largas.Biología. 5/8
6 d. Ciencias de la Educación Carreras Largas.Educación Agropecuaria ARTICULO 12 Se consideran carreras afines al programa de Técnico Superior Agropecuario, las siguientes: Asistente Veterinario Ingeniería Agronómica de Producción Animal. Ingeniería de Producción Agropecuaria. Tecnología Agropecuaria. Ingeniería Agrícola. Agrotecnia Tecnología Agrícola Tecnología Pecuaria Medicina Veterinaria. Ingeniería Agronómica. Zootecnia. ARTICULO 13: El Decanato de Ciencias Veterinarias procesará equivalencia de estudios de los casos establecidos en el ARTICULO 11, literales e, f, g, y el PARAGRAFO UNICO, tal como está dispuesto en el REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO ARTÍCULO 14: El Decanato de Ciencias Veterinarias procesará equivalencia de estudios de Postgrado de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Equivalencias de los Estudios de Postgrado de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado ARTÍCULO 15: El Decanato Ciencias Veterinarias en coordinación con la Oficina de Equivalencia de Estudios, Reválida y Convalidaciones de Títulos, Certificados y Diplomas (ORCE) de la UCLA, fijará el lapso de recepción de solicitudes de equivalencia de estudios para cada una de las carreras impartidas en el Decanato. 6/8
7 CAPITULO III DE LOS RECAUDOS y REQUISITOS DE LA EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS ARTÍCULO 16: La Comisión de Equivalencia del Decanato de Ciencias Veterinarias procesará todos aquellos expedientes que contengan los recaudas indicados en el Artículo 18 del Reglamento de Equivalencias de Estudios de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", el cual reza textualmente: a) Copia de la cédula de identidad venezolana o copia de pasaporte en caso de ser extranjero, verificada con el original. b) Constancia certificada, en original y copia, de las calificaciones en las que se especifique la escala de calificaciones, la nota mínima aprobatoria, la fecha de los lapsos académicos y el índice académico o promedio de las notas obtenidas. c) Programas de las asignaturas o unidades curriculares aprobadas, sellados y firmados, folio por folio, por las autoridades competentes de la Universidad o Instituto de procedencia. Los programas de estudios deberán especificar los contenidos programáticos, la carga horaria semanal, el régimen académico, el número de créditos o su equivalente en Densidad Horaria y la fecha de vigencia. d) Pénsum de estudio vigente para el período en que cursó la carrera o programa, debidamente sellado y firmado por la autoridad competente. e) Si es egresado, copia del título en fondo negro, debidamente legalizado o protocolizado, verificado con el original. f) Copia del veredicto emitido por Consejo Universitario respectivo, a los solicitantes sujetos al Artículo 11 literal "e" del Reglamento de Equivalencias de Estudios de la Universidad (Gaceta Universitaria N 72, Junio 2002), si fuere el caso. g) Fotocopia de la Autorización de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" o constancia de estar inscrito, a los sujetos al Artículo 11 literal "f' del Reglamento de Equivalencias de la UCLA, si fuere el caso. h) Constancia emitida por la Universidad Privada, solicitando a la Universidad el trámite de Equivalencia de Estudios, a 7/8
8 los sujetos al Artículo 13 del Reglamento de Equivalencias de la UCLA, si fuere el caso. i) Comprobante de pago del arancel correspondiente. j) Formato de Solicitud de Equivalencia debidamente llenado por el interesado. PARAGRAFO UNICO: En el caso de estudios realizados en el exterior, según lo establece el Artículo 8 del Reglamento de Equivalencias de Estudios de la Universidad, los documentos deberán estar debidamente autenticados y legalizados por los funcionarios competentes del país donde el interesado haya cursado y aprobado sus estudios, así como por el funcionario diplomático o consular venezolano acreditado en dicho país y si fuere el caso, traducidos al idioma castellano por un interprete público oficial. ARTÍCULO 17: En el caso de solicitud de equivalencia por cambio en el plan de estudios, además de los recaudos señalados en el Artículo 16, el solicitante deberá anexar la autorización del Decanato, firmada por el Director del Programa respectivo. ARTÍCULO 18: Los egresados de carreras cortas se considerarán como cambios entre carreras afines o no afines. CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 19: Los casos no previstos en esta Normativa Interna serán estudiados por la Comisión de Equivalencia del Decanato de Ciencias Veterinarias y serán discutidos y aprobados en el Consejo de Decanato, tomando como referencia lo establecido en el Reglamento de Equivalencias de Estudios y el Reglamento General de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" respectivamente. Dado, sellado y firmado en la sala de Sesiones del Consejo Universitario de la Universidad, en su Sesión N 1591, Ordinaria, celebrada el día dos de febrero del año dos mil cinco. Lic. Francesco Leone Durante Rector Prof. Nelly Velásquez Velásquez Secretaria General 8/8
Capítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1445, Ordinaria, celebrada el día dos de julio de dos mil tres, en uso de las atribuciones que le confiere
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones reglamentarias que le confiere el Artículo 9 en sus Numerales 9 y 23 del Reglamento General de
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1353, Ordinaria, realizada el día diecinueve de junio de dos mil dos, haciendo uso de las
Más detallesExposición de Motivos
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2321, Ordinaria, celebrada el día veintitrés de noviembre del dos mil trece, en uso de las atribuciones
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias, en Sesión Nº 2333, Ordinaria, celebrada el día 11-12-2013, concretamente
Más detallesNORMAS DE TRASLADOS Y DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
NORMAS DE TRASLADOS Y DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La siguiente normativa rige el traslado a la Universidad Metropolitana de estudiantes de otras instituciones
Más detallesNORMAS DE REVALIDA DE TITULOS Y DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIO
NORMAS DE REVALIDA DE TITULOS Y DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIO El Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo en uso de las atribuciones que le confiere el Ordinal 21 del Artículo 26 de la Ley de
Más detallesCONSEJO UNIVERSITARIO CUO-008-2010 RESOLUCIÓN CUO-008-171-V-2010
CONSEJO UNIVERSITARIO CUO-008-2010 RESOLUCIÓN CUO-008-171-V-2010 El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe, actuando en Sesión Ordinaria Nº CUO-008-2010, de fecha
Más detallesAv. Teheran Edif. Servicios Centrales, Piso 3, Ofic. Rectorado. Urb. Montalban,Zona Postal 1020, RIF: J-00012255-5 NIT: 0219804806
(Gaceta Oficial 28.826, 15 de Enero de 1969) RAÚL LEONI Presidente de la República, conforme a la atribución 10ª del Artículo 190 de la Constitución y con los artículos 19 ordinal 4º y 173 de la Ley de
Más detallesPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
REGLAMENTO DE REVÁLIDA DE TÍTULOS Y DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS De la Constitución y Leyes Generales de la República PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 1292, 14 de enero 1969 RAÚL LEONI Presidente de
Más detalles1. Definir las responsabilidades de cada departamento en el proceso de admisión de los estudiantes de nuevo ingreso.
Políticas PANAMÁ POL-ADM-03 De Admisión OBJETIVOS 1. Definir las responsabilidades de cada departamento en el proceso de admisión de los estudiantes de nuevo ingreso. 2. Asegurar el cumplimiento de los
Más detallesUNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS
UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE CURRÍCULAR Y EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS Artículo 1: La Evaluación de un Título
Más detallesProspecto Programático
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1606, Ordinaria, celebrada, el día dieciséis de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesReglamento de Postgrado. Capítulo I Disposiciones Fundamentales - Objetivos
Reglamento de Postgrado Capítulo I Disposiciones Fundamentales - Objetivos Artículo 1: Se consideran como estudios de Postgrado, aquellos que se realizan después de haber cursado una carrera universitaria
Más detallesUNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS (Aprobado por Resolución Rectoral Nro. 1180-2001-CU-R-USMP de 27 de setiembre de 2001) LIMA PERÚ 2 0 0 1 Artículo 1. REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN
TITULO I REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL REGIMEN ACADÉMICO DE LA MATRICULA Capítulo I Del proceso de admisión de estudiantes. Artículo 1.- El ingreso en los Cursos de Graduación de la UNIDA puede ser realizado
Más detallesVicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente.
CAPITULO I De la Definición y Objetivo Artículo 1. El objetivo del presente Reglamento es regular la aplicación y desarrollo de las estrategias, acciones y actividades, relacionadas con la movilidad estudiantil
Más detallesAprobado por RESOLUCIÓN 13/14/22-00 ACTA 885/23/07/2013 del Consejo Directivo de la FP-UNA ANEXO 05
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DIRECTA Y TRASLADO Aprobado por RESOLUCIÓN 13/14/22-00 ACTA 885/23/07/2013 del Consejo Directivo de la FP-UNA ANEXO 05 Julio 2013 ÍNDICE I. NORMAS GENERALES... 3 DE LA COMISIÓN DE
Más detallesLineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA APLICACION DE LA PRUEBA DE SUFICIENCIA DE UN IDIOMA EXTRANJERO
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TACHIRA VICE-RECTORADO ACADEMICO DECANATO DE POSTGRADO PROCEDIMIENTO PARA APLICACION DE LA PRUEBA DE SUFICIENCIA DE UN IDIOMA EXTRANJERO INSTRUCTIVO GENERAL San Cristóbal,
Más detallesREGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS
PROCEDIMIENTO PARA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS Página 1 de 10 1. Propósito Establecer las normas para la validación de asignaturas otorgadas por el Instituto
Más detalles1. Qué debo hacer para inscribirme en un programa académico de la Universidad bien sea modalidad Presencial o Distancia?
1. Qué debo hacer para inscribirme en un programa académico de la Universidad bien sea modalidad Presencial o Distancia? Antes de consignar en el Banco tenga en cuenta que para poder inscribirse a cualquiera
Más detallesCAPITULO I Disposiciones Fundamentales y Objetivos
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 2370, Ordinaria, celebrada el día dieciocho de junio del dos mil catorce, en uso de las atribuciones
Más detallesADMISIÓN Y CONVALIDACIÓN PARCIAL DE ESTUDIOS EXTRANJEROS EN LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA
ADMISIÓN Y CONVALIDACIÓN PARCIAL DE ESTUDIOS EXTRANJEROS EN LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA 1. Estudios extranjeros objeto de convalidación. 2. Quiénes podrán solicitar esta admisión/convalidación parcial?
Más detallesNORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura
NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a
Más detallesCAPITULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACION.
EDUCACION BASICA Y E INCORPORACION DE TITULOS DE EDUCACION Materia: Educación Categoría: Reglamento Origen: MINISTERIO EDUCACION Estado: Vigente Naturaleza : Decreto Ejecutivo Nº: 82 Fecha:28/09/95 D.
Más detallesNOTA INFORMATIVA PREVIA
Homologación de títulos extranjeros de educación superior por la Universitat de València (al amparo del Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo) NOTA INFORMATIVA PREVIA El artículo 6. 2 d) del Real Decreto
Más detallesNombre del documento: Normativo para la Convalidación de estudios
Página: 1 de 8 1. Propósito Establecer las normas para la validación de asignaturas otorgadas por el Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica de un plan de estudios a otro, haciendo una correspondencia
Más detallesUNIVERSIDAD DE CHILE AVDA. INDEPENDENCIA 1027 FACULTAD DE MEDICINA FONOS: 29786281-29786118
UNIVERSIDAD DE CHILE AVDA. INDEPENDENCIA 1027 FACULTAD DE MEDICINA FONOS: 29786281-29786118 SECRETARIA DE ESTUDIOS SANTIAGO CHILE 2014 TRASLADOS DE ALUMNOS PROCEDENTES DEL EXTRANJERO A LAS CARRERAS DE
Más detallesNormas Académicas de la UP
Normas Académicas de la UP 14. DEL RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS EN EL NIVEL DE GRADO 14.1. Equivalencias de estudios aprobados antes de ingresar 14.1.1. La Universidad puede reconocer, para completar
Más detallesGACETA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR. Resolución'No. 90/92/602 de fecha 14.06.90
GACETA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR Caracas, 5 de 5,eptiembre de 990 Depósito, Legal pp 88-0343 Año' No Resolución'No 90/92/602 de fecha 40690 REPUBLICA DE VENEZUELA UNIVERSIDADrPEDAGOGICA
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIONES
REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El presente reglamento norma los requisitos y procedimientos necesarios para la convalidación de asignaturas, en sus distintas
Más detallesNORMAS DE TRASLADOS Y EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS DISPOSICIONES GENE LES
CS EL CONS,EJO UNIVERSITA 10 DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIM'~NTAL En uso de las facultades que le confiere el Numeral 11 del Artículo 10 del Reglamento de la UNET, en base al Proyecto de Reforma sobre
Más detallesReglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes
Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias Universidad de los Andes Aprobado por el Comité Directivo, en su sesión N 84-14 del 12 de febrero de 2014. 1. Objetivo. Este reglamento tiene
Más detalles34 + 5 = 39X2= 78/10= 7.8
INFORMACIÓN GENERAL DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL 2015 Cuáles son los requisitos para ingresar a una carrera en la UTN? Tener el título de Bachiller en Educación Media.
Más detallesUNIDAD DE REGISTRO Periodo de matrícula. Fuera del periodo de matrícula. Pago correspondiente al cambio
CAMBIO DE CARRERA MATRICULADO BIENESTAR UNIVERSITARIO UNIDAD Periodo de matrícula Estudiante espera a que Unidad de Registro realice la cancelación de clases y cambio de carrera en el sistema. REALIZAR
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO DE DOCTOR OBTENIDO EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS
PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO DE DOCTOR OBTENIDO EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS El R.D. 285/2004 de 20 de febrero (BOE de 4 de marzo), por el que se regulan las condiciones de homologación
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN
UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN 2015 UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN TITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1. Este reglamento tiene por finalidad normar el
Más detallesREGLAMENTACIÓN PARA REVÁLIDAS Y HABILITACIONES DE DIPLOMAS EXTRANJEROS
ORDENANZA Nº 94/69 REGLAMENTACIÓN PARA REVÁLIDAS Y HABILITACIONES DE DIPLOMAS EXTRANJEROS REVÁLIDAS. ARTÍCULO 1º: Cualquiera fuere el diploma y su país de origen, la reválida comprende las carreras que
Más detallesREGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO
REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO DECRETO UNIVERSITARIO EXENTO Nº 006895, DE 22 DE OCTUBRE DE 1993 Artículo
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos
Más detallesEscuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Reglamento de Movilidad Estudiantil
Página 1 de 9 Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Título Primero Conceptos generales Artículo 1. Definición de movilidad estudiantil y de los programas que la componen Los programas de movilidad
Más detallesREGLAMENTO PARA LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
REGLAMENTO PARA LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA El Consejo Universitario en sesión del 6 de agosto de 1959, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DE REVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE REVALIDACION Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS 1 ÍNDICE PAG. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO II REVALIDACIÓN
Más detallesNormativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español
Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español (Aprobada por el Consejo de Gobierno de la UAB, el 19 de enero de 2006)
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS TITULO I : DE LA CONVALIDACION DE ASIGNATURAS CAP. I : DISPOSICIONES GENERALES
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERU FILIAL AREQUIPA REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS TITULO I : DE LA CONVALIDACION DE ASIGNATURAS CAP. I : DISPOSICIONES GENERALES Art.1
Más detallesNORMAS PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO EN LA USB POR PARTE DE ESTUDIANTES INTERNACIONALES
UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR DECANATO DE ESTUDIOS PROFESIONALES NORMAS PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO EN LA USB POR PARTE DE ESTUDIANTES INTERNACIONALES 1) Estas normas tienen por objeto establecer
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN DE LA UNIVERSIDAD VALLE DEL MOMBOY
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DE LA UNIVERSIDAD VALLE DEL MOMBOY CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: El presente Reglamento regirá la política, metodología y procedimientos de selección y admisión
Más detallesINICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES
INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LAS ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO III DE LOS RESPONSABLES SECCIÓN I DE LOS RESPONSABLES
Más detallesLineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE
Más detallesNORMATIVA REGULADORA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE MÁSTER O DOCTOR AL TÍTULO Y/O GRADO ACADÉMICO DE MÁSTER UNIVERSITARIO O DOCTOR
Consejo de Gobierno - Sesión Ordinaria de 17/12/10 (nº 14/10) Punto 4.1 ANEXO 3 NORMATIVA REGULADORA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE MÁSTER O DOCTOR AL TÍTULO Y/O GRADO ACADÉMICO DE MÁSTER
Más detallesNORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA
1 NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA EL VALLE DEL ESPÍRITU SANTO, JUNIO DEL 2013 Modificado y Aprobado en CUSO # 06-2013, de fecha 20-06-2013 2 El Consejo Universitario
Más detallesNORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER
NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establecía la ordenación de las enseñanzas
Más detallesNORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES
Más detallesEn consecuencia, resuelvo:
Resolución de 9 de junio de 2015, del Director General de Ordenación Académica, por la que se programan y ofertan cursos de preparación de las pruebas de acceso a las enseñanzas de formación profesional
Más detallesReglamento de Postgrado
Reglamento de Postgrado LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO
Más detallesNORMAS INTERNAS DE INGRESO, RETIRO, CAMBIOS DE TURNO Y DE ESTUDIOS EN LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACION Y EN LAS CARRERAS DE TECNICO SUPERIOR
NORMAS INTERNAS DE INGRESO, RETIRO, CAMBIOS DE TURNO Y DE ESTUDIOS EN LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACION Y EN LAS CARRERAS DE TECNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN LA UPTAEB VICERRECTORADO ACADÉMICO Aprobado
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Bases normativas bajo las cuales se regirá el ingreso, la permanencia y la promoción de alumnos que cursen Planes de Estudio Flexibles del Nivel Profesional OFICINA DEL ABOGADO GENERAL BASES NORMATIVAS
Más detallesCapítulo I De las Jubilaciones
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, dicta la siguiente Reforma al Reglamento de Jubilaciones y Pensiones
Más detallesREGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR
REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR SAN SALVADOR, ABRIL DE 2013 1 REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETO Art. 1.- El presente
Más detallesNORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS. Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011.
NORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011. El Valle del Espíritu Santo, 01 de Diciembre de 2009
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ACCESO A ESTUDIOS DE DOCTORADO CON TITULACIONES EXTRANJERAS
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ACCESO A ESTUDIOS DE DOCTORADO CON TITULACIONES EXTRANJERAS 1.- Requisitos de los títulos previos obtenidos Si los títulos previos han sido expedidos por una Universidad
Más detalles4) La duración máxima de la estadía de un estudiante que realice actividades de intercambio en el exterior será de doce (12) meses.
UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR NORMAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO INTERNACIONAL POR PARTE DE ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA USB Aprobadas por el Consejo Directivo de la USB el 13 de Mayo
Más detallesAPROBO: NORMATIVA INTERNA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DEL DECANATO DE AGRONOMIA ARTICULO
El Consejo Universitario de la Universidad, reunido en su sesión N 1591, Ordinaria, celebrada, el día dos de febrero del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confiere
Más detallesSegundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:
ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA
Más detallesREGLAMENTO DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA. Capitulo I
REGLAMENTO DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA. Este reglamento incluye las reformas parciales al Reglamento de Ingreso de Alumnos de la Universidad Central de Venezuela, y revisiones
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. Modificación Diseños Curriculares Pág. 1/2
POD-02.9 Modificación Diseños Curriculares Pág. 1/2 Objetivo Describir en forma lógica y secuencial los pasos que se deben cumplir en el Decanato para la modificación de diseños curriculares. Base Legal
Más detallesNORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus
Más detallesGuía de aspirantes para posgrado
Guía de aspirantes para posgrado modalidad presencial modalidad presencial www.usta.edu.co 2 Guía de aspirantes para posgrado / Primer semestre 2015 Contenido Pág. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Servicios del
Más detallesACUERDO No. 03 (Octubre 22 de 2012)
ACUERDO No. 03 (Octubre 22 de 2012) Por el cual se desarrolla el Acuerdo No. 05 de Julio 9 de 2003 sobre Internacionalización de la Universidad Libre y se expide el Reglamento de Movilidad Docente y Estudiantil.
Más detallesNORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS
Más detallesCONSIDERANDO. que es necesario señalar los casos, requisitos y procedimientos para resolver situaciones de validación, admisión y transferencias,
DIARIO OFICIAL 35070 martes 08 de agosto de 1978 DECRETO NUMERO 1418 DE 1978 (julio 17) por el cual se establecen procedimientos sobre validaciones y evaluaciones par admisión y transferencia, y se derogan
Más detallesFecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==
Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia (Aprobado
Más detallesACUERDO No. 03. (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010
ACUERDO No. 03 (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010 Por el cual se adopta el nuevo Reglamento de Posgrados de la Corporación Universidad Libre. La H Consiliatura de la Universidad Libre
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO 003 DE 2009 (13 de abril)
SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN NÚMERO 003 DE 2009 (13 de abril) Por la cual se reglamenta el proceso y los procedimientos relacionados con los grados y la expedición y registro de diplomas, actas de grado,
Más detalles(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN MIGRACIONES INTERNACIONALES Y DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE MIGRACIONES
Más detallesCalle Cansahcab Mz. 8 Lt. 99 Pedregal de San Nicolás Del. Tlalpan C.P. 14100 México, D.F. www.fundacionammvee.org
Fundación Becas Para Estudios Veterinarios, A.C. Becas Posgrado y Educación Continua La Fundación Becas para Estudios Veterinarios, A.C. convoca a los estudiantes que se encuentren cursando sus estudios
Más detallesNormativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de
Más detallesVICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA
homologación a títulos y grados académicos de posgrado, se ha considerado conveniente establecer el siguiente procedimiento en términos análogos al establecido por el Estado, introduciendo algunos aspectos
Más detallesNORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO DE LA EMPRESA
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO DE LA EMPRESA (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de julio de 2015) Si lo desea, seleccione con el cursor el apartado
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS
RI-UAI.1018 1 de 6 Reglamento aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario N 600-2014-UAI-CU/P de fecha 05 de Diciembre del 2014 Chincha - Perú RI-UAI.1018 2 de 6 Capítulo I : FINES Y OBJETIVOS
Más detalles51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o. Definición. Son estudios de postgrado los que se realicen después de haber
Más detallesU n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LINEAMIENTOS PARA EL CONTROL ESCOLAR
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LINEAMIENTOS PARA EL CONTROL ESCOLAR MARZO 2008 ÍNDICE Pág. Disposiciones Generales 3 Ingreso 4 Permanencia 5 Áreas de Formación 6 Evaluación y Clasificación
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES CONSEJO DE FACULTAD. INSTITUTO DE QUÍMICA RESOLUCION No. 5669 ACTA 16 del 09 de julio de 2008
FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES CONSEJO DE FACULTAD INSTITUTO DE QUÍMICA RESOLUCION No. 5669 ACTA 16 del 09 de julio de 2008 Por medio de la cual se establecen los requisitos particulares del
Más detallesREQUISITOS DE ADMISIÓN. Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 OBSERVACIONES
REQUISITOS DE ADMISIÓN Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 VÍAS OBSERVACIONES 1. Título universitario oficial español. (Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, Diplomaturas,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
Más detallesConvalidación Parcial de Estudios Universitarios Extranjeros
Convalidación Parcial de Estudios Universitarios Extranjeros Al ser un centro adscrito a la U.R.J.C. seguimos la normativa de dicha Universidad. Directrices de la Universidad Rey Juan Carlos para la Convalidación
Más detallesLo dispuesto en este artículo se aplicará también para los becarios avalados por la Universidad del Azuay.
REGLAMENTO DE REVALIDACION Y EQUIPARACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS CONFERIDOS EN EL EXTERIOR Y DE CONVALIDACION, HOMOLOGACION Y VALIDACION DE ESTUDIOS Art. 1.- La Universidad del Azuay
Más detallesREGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS
REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), en el ejercicio
Más detallesNORMATIVA DE TRABAJO ESPECIAL DE GRADO DEL PROGRAMA DE LICENCIATURA EN ARTES PLÁSTICAS
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2148, Ordinaria, celebrada el día veintiuno de septiembre del año dos mil once, en uso de las atribuciones
Más detallesAPROBÓ la Modificación Curricular de los Programas de Postgrado
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 2199, Ordinaria, realizada el día diez de mayo del año
Más detallesCREACION DE LA MAESTRIA EN GERENCIA MENCIÓN TRIBUTARIA
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión No. 1170, Ordinaria, celebrada el día 29-03-2000, Aprobó:
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- DEL OBJETO DEL PRESENTE REGLAMENTO. Tiene por objeto
Más detallesUniversidad de Margarita NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA. El Valle del Espíritu Santo, Julio del 2009
Universidad de Margarita NORMAS OPERATIVAS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCION EN LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA El Valle del Espíritu Santo, Julio del 2009 Aprobado reforma parcial en CUSE 11-2011, de fecha 29-07-2011
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno, sesión de 29 de abril de 2010 y modificado en
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Miguel Hernández. Con el objeto de adecuar la Normativa
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones
Más detallesIdiomas Extranjeros: Inglés y üística Aplicada
PROCESO DE ADMISIÓN AÑO 2013 Segunda etapa La Universidad Simón Bolívar anuncia la apertura de la segunda etapa del proceso de admisión 2013 El Decanato de Estudios de Postgrado, a través de la Coordinación
Más detallesREGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007.
REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007. Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que
Más detalles