1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.

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1 Sevilla, 4 de marzo de 2014 Gestión de Oficinas de Farmacia

2 1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.Otras normas Gestión de Oficinas de Farmacia

3 1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.Otras normas Gestión de Oficinas de Farmacia

4 Pvp = PvAlmacén + Margen F *Pvp PvAlmacén = PvLab. + Margen A *PvA Pvp = PvLab. + Margen A *PvA + Margen F *Pvp Coste del producto Gastos de I+D Beneficio empresarial Costes Producción Costes Comerciales Costes Administración Gestión de Oficinas de Farmacia 4

5 Pvp = PvAlmacén + Margen*Pvp Pvp Margen*Pvp = PvAlmacén Pvp*(1 Margen) = PvAlmacén Pvp = PvAlmacén / (1 Margen) Margen = (Pvp PvAlmacén) Pvp x 100 Gestión de Oficinas de Farmacia 5

6 Margen de la Farmacia Descuentos Desde Hasta Margen Libre * 25% % R64 (márgenes escalonados) Hasta 150 ptas. : 30% : 20% > 500 : 15% R77 Hasta 615 ptas. : 30% : 20% > 1.401: 15% 6,6% ,3% % V > 50.ooo ptas % % 0% Gestión de Oficinas de Farmacia 6

7 Evolución reciente de los márgenes de farmacia Año Medidas Descuento Margen Neto Reducción del iva de los medicamentos al 3%. 0% 29,9% 1994 Aplicación de Conciertos con deducciones >1,5% 28,2% 1995 Aportación del 2% (1,3% Andalucía + fecha pago) 2% Aprox. 28% 1996 Rebaja de los márgenes de farmacias y almacenes del 2 y el 1% respectivamente 0% 28,9% 1997 La bajada de márgenes se imponen en abril. El recargo de equivalencia supone pagar un 0,5% 0% 27,9% 1999 Se reducen los márgenes de distribución al 9,6% 0% 27,9% Gestión de Oficinas de Farmacia 7

8 Evolución reciente de los márgenes de farmacia Año Medidas Descuento Margen Neto 2000 Publicación del RDL 5/2000: 1. Medicamentos de precio superior a 78,34 margen fijo de 33,54 por envase 2. El margen sobre medicamentos genéricos se fija en un 33% 3. Se permiten descuentos hasta de un 10% en medicamentos publicitarios. Escala progresiva de descuentos que comienza en el 7% para facturaciones superiores a ,00 y acaba con una deducción del 13% para Facturaciones mensuales superiores a ,00 Aproximadamente la mitad de las farmacias mantienen el 27,9% mientras que el resto descienden notablemente en función de su facturación a la Seguridad Social En 2003 se elimina la doble imposición en los medicamentos de margen fijo y precio superior a 78,34 pero si se computa la parte hasta este precio en las escalas. Se producen aportaciones vía descuentos en muchos conciertos en productos concretos (Principios activos tiras, absorbentes, etc ) Se experimenta la reducción de márgenes superior a 1 punto por año Gestión de Oficinas de Farmacia 8

9 Evolución reciente de los márgenes de farmacia Año Medidas Descuento Margen Neto 2004 Publicación del RD 2402/2004 que elimina el margen del 33% en los genéricos; modifica las escalas; hace descender el margen de almacén y modifica al alza el precio de los medicamentos de margen fijo a 89,62 PVL que equivale a 141,43 PVP Descenso de precios de la industria y la distribución en el primer año 4,2% y 1% y en el segundo 2% y 0,5% respectivamente 2008 Proyecto de RD actualizando las escalas de deducción un 2,24% Se generalizan los descuentos en tiras reactivas y adsorbentes de incontinencia. A partir de 2004 el margen global de la farmacia desciende en cantidades superiores a 1 punto anual A finales del 2006 el margen real medio de las farmacias no superaba el 23%. Incluso las farmacias pequeñas habrían perdido casi dos puntos de margen Este proyecto se comenzó a tramitar en Gestión de Oficinas de Farmacia 9

10 Año Legislación 1996 Ley 13/ RD 165/ Ley 67/97 RD 1663/ RDL 6/99 RD 1035/99 RDL 12/ RDL 5/2000 1a Orden PR de 13 de julio 2001 Resoluciones DGFyPS a Orden PR de 27 de diciembre de 2001 y SCO/211/2002 de 24 de enero de a Orden PR de 4 de diciembre de 2002 (SCO/3215/2002) Ley 16/2003 Gestión de Oficinas de Farmacia 10

11 Año Legislación a Orden PR de 23 de octubre de 2003 (SCO/2958/2003) 5a Orden PR de 5 de mayo de 2004 (SCO/1344/2004) 2005 RD 2402/ RD 2402/2004 Ley 29/2006 RD 1338/ a Orden PR de 28 de diciembre de 2006 (SCO/3997/2006) a Orden PR de 27 de diciembre de 2007 (SCO/3867/2007) RD 823/ a Orden PR de 23 de diciembre de 2008 (SCO/3803/2008) a Orden PR de 23 de diciembre de 2009 (SAS/3499/2009) RDL 4/2010 RDL 8/ RDL 9/ RDL 16/2012 de 20 de abril de 2012 Gestión de Oficinas de Farmacia 11

12 Gestión de Oficinas de Farmacia

13 1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.Otras normas Gestión de Oficinas de Farmacia

14 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Margen Oficina de Farmacia Precio Industrial Margen Desde Hasta 0 91,63 27,9% 91,63 200,00 38,37 200,01 500,00 43,37 500, ,37 Sin impuestos Impuestos incluidos Pvp = PvAlmacén + Margen*Pvp Gestión de Oficinas de Farmacia 14

15 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Margen Oficina de Farmacia Envase Clínico 10% Pvp Sin impuestos Medicamentos publicitarios Descuentos hasta 10% Impuestos incluidos Productos Sanitarios* Nutrición* Precios Oferta Convenios Justificados Formulación Magistral Factor P Convenios Bonificaciones: podrán alcanzar hasta un máximo de un 10% para los medicamentos financiados con cargo al Sistema Nacional de Salud, siempre que no se incentive la compra de un producto frente al de sus competidores y queden reflejados en la correspondiente factura. Gestión de Oficinas de Farmacia 15

16 Pvp = PvLab. + Margen A *PvA + Margen F *Pvp Precio Venta Público Laboratorio Almacén Farmacia Iva 10 63,96% 5,26% 26,79% 3,99% ,90% 4,97% 25,29% 3,85% ,06% 0,69% 4,40% 3,85% Gestión de Oficinas de Farmacia 16

17 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Ventas totales a PVP IVA hasta-euros Deducción-Euros Resto hasta- Euros Porcentaje aplicable 0,00 0, ,00 0, ,01 0, ,00 7, ,01 585, ,61 9, , , ,01 11, , , ,90 13, , , ,83 15, , , ,76 17, , , ,00 18, , ,17 En adelante 20,00 Gestión de Oficinas de Farmacia 17

18 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Sistema Nacional de Salud Servicio Andaluz de Salud Muface Isfas Mugeju Facturación mensual a Pvp iva Novedad; precio > 91,63, se desprecia el exceso. % facturación Gestión de Oficinas de Farmacia 18

19 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Sistema Nacional de Salud Entidad Facturación % SAS ,67% Muface ,00% Isfas ,00% Mugeju ,33% TOTAL ,00% Gestión de Oficinas de Farmacia 19

20 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Sistema Nacional de Salud Entidad Facturación % SAS ,67% Ventas totales a PVP IVA hasta- Euros Deducción-Euros Resto hasta- Euros Porcentaje aplicable 0,00 0, ,00 0, ,01 0, ,00 7, ,01 585, ,61 9, , , ,01 11, , , ,90 13, , , ,83 15, , , ,76 17, , , ,00 18, , ,17 En adelante 20,00 Muface ,00% Isfas ,00% Mugeju ,33% TOTAL ,00% Hasta , ,45 Resto 1.654,38 11,40% 188,60 Total , ,05 Gestión de Oficinas de Farmacia 20

21 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Hasta , ,45 Resto 1.654,38 11,40% 188,60 Total , ,05 Sistema Nacional de Salud Entidad Facturación % SAS ,67% 1.325,44 Muface ,00% 497,01 Isfas ,00% 99,40 Mugeju ,33% 66,20 TOTAL ,00% 1.988,05 Gestión de Oficinas de Farmacia 21

22 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Con el objeto de garantizar la accesibilidad y calidad en el servicio, así como la adecuada atención farmacéutica a los usuarios del Sistema Nacional de Salud, a las oficinas de farmacia que resulten exentas de la escala de deducciones..les será de aplicación a su favor un índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia: Diferencial * De a Porcentaje Fijo 0, ,00 7,25 % 2.750, ,00 7,75 % 199, , ,00 8,25 % 412, , ,66 8,75 % 639, , ,00 833,33 *Diferencial = ,00 - PVPsns Gestión de Oficinas de Farmacia 22

23 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Requisitos: a. Que no hayan sido objeto de sanción administrativa o inhabilitación profesional ni estén excluidas de su concertación. b. Que participen en los programas de atención farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos que establezca la administración sanitaria correspondiente. c. Que sus ventas anuales totales, en términos de precio de venta al público incrementado con el impuesto sobre el valor añadido, no superen los euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior. Gestión de Oficinas de Farmacia 23

24 1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.Otras normas Gestión de Oficinas de Farmacia

25 Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público Artículo 8. Deducciones sobre los medicamentos dispensados por las oficinas de farmacia al Sistema Nacional de Salud. Uno. Las oficinas de farmacia aplicarán en la facturación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente que se dispensen con cargo a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud una deducción del 7,5 % sobre el precio de venta al público de estos medicamentos. A efectos de la aplicación y reparto de esta deducción entre todos los agentes de la cadena farmacéutica, la distribución aplicará una deducción del 7,5 % sobre el precio de venta del distribuidor, correspondiendo al laboratorio farmacéutico aplicar igualmente una deducción del 7,5 % sobre el precio industrial máximo. Serán igualmente aplicables a los medicamentos que, aun estando integrados en el sistema de precios de referencia, formen parte de conjuntos inactivos... y no afectarán a los actuales márgenes comerciales de la dispensación y distribución, que mantienen sus cuantías. La escalas del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo,.., se efectuará una vez aplicadas las deducciones contempladas en el apartado 1 de este artículo. Gestión de Oficinas de Farmacia 25

26 Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público Artículo 10. Excepciones a la aplicación de las deducciones. No serán de aplicación a medicamentos genéricos, y afectados por sistema de precios de referencia. Medicamentos huérfanos, las reducciones serán del 4 %. Medicamentos de uso humano de los que no exista genérico serán del 15% (si > 10 años patente España salvo patente EU) Artículo 11. Revisión de los precios de los productos sanitarios. Reducción pvp de los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud en un 7,5 %. Reducción del precio de los absorbentes de incontinencia de orina del 20 %. Gestión de Oficinas de Farmacia 26

27 C. N. Descripción del Medicamento Pr.Facturación Pr.Menor Facturable DAFIRO 10 mg/160 mg comprimidos recubiertos con pe ,6 S PVP PVPiva 40,60 Iva 4% 1,56 PVP 39,04 Margen Farmacia 10,89 PVAlmacén 28,15 Margen Almacén 2,14 PV Laboratorio 26,10 Gestión de Oficinas de Farmacia 27

28 C. N. Descripción del Medicamento Pr.Facturación Pr.Menor Facturable DAFIRO 10 mg/160 mg comprimidos recubiertos con pe ,6 S PVP PVP RDL 8/2010 PVPiva 40,60 37,96 Iva 4% 1,56 1,46 PVP 39,04 36,50 Margen Farmacia 10,89 10,18 PVAlmacén 28,15 26,32 Margen Almacén 2,14 2,00 PV Laboratorio 26,10 24,32 7,5% Gestión de Oficinas de Farmacia 28

29 C. N. Descripción del Medicamento Pr.Facturación Pr.Menor Facturable DAFIRO 10 mg/160 mg comprimidos recubiertos con pe ,6 S PVP PVP RDL 8/2010 Descuentos PVPiva 40,60 37,96-3,05 Iva 4% 1,56 1,46-0,12 PVP 39,04 36,50-2,93 Margen Farmacia 10,89 10,18-0,82 PVAlmacén 28,15 26,32-2,11 Margen Almacén 2,14 2,00-0,16 PV Laboratorio 26,10 24,32-1,95 7,5% Gestión de Oficinas de Farmacia 29

30 C. N. Descripción del Medicamento Pr.Facturación Pr.Menor Facturable DAFIRO 10 mg/160 mg comprimidos recubiertos con pe ,6 S PVP PVP RDL 8/2010 Descuentos Dto. PVPiva 40,60 37,96-3,05-3,05 Iva 4% 1,56 1,46-0,12 PVP 39,04 36,50-2,93 Margen Farmacia 10,89 10,18-0,82 PVAlmacén 28,15 26,32-2,11 Margen Almacén 2,14 2,00-0,16 PV Laboratorio 26,10 24,32-1,95 7,5% Gestión de Oficinas de Farmacia 30

31 C. N. Descripción del Medicamento Pr.Facturación Pr.Menor Facturable DAFIRO 10 mg/160 mg comprimidos recubiertos con pe ,6 S PVP PVP RDL 8/2010 Gestión de Oficinas de Farmacia 31 Descuentos Dto. Abono FarmaIndustria PVPiva 40,60 37,96-3,05-3,05 Iva 4% 1,56 1,46-0,12 PVP 39,04 36,50-2,93 Margen Farmacia 10,89 10,18-0,82 PVAlmacén 28,15 26,32-2,11 Margen Almacén 2,14 2,00-0,16 PV Laboratorio 26,10 24,32-1,95 1,95 7,5%

32 AA MES FAR CL_F OR PAQ C_N_PR PVPiva C_N_Dis PVP_Fac ENV APOR LIQUIDO P_REF P_ACT COD_RECETA N_DIS DEDUCCION ABONO RDL 8/2010 FARMAIND , ,31 1 0,92 1, CH , ,58 1 1,03 1, CH ,19 0, , ,26 1 0,9 1, CH , ,6 1 16,24 24, CH ,05 1, , ,35 1 6,14 9, CH , ,42 1 1,77 2, CH ,33 0, , ,98 1 0,79 1, CH , ,64 1 0,66 0, CH , ,59 1 2,64 3, CH ,49 0, , ,7 1 0,68 1, CH , ,61 1 1,84 2, CH ,35 0, , ,05 1 0,82 1, CH ,15 0,1 Gestión de Oficinas de Farmacia 32

33 1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.Otras normas Gestión de Oficinas de Farmacia

34 Andalucía Decreto-Ley 3/2011, de 13 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes sobre prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía. «Artículo 60 quinquies. Dispensación de medicamentos y productos seleccionados. En los casos en que se hayan suscrito convenios de los previstos en el artículo 60 quater, se dispensarán los medicamentos y productos sanitarios correspondientes que, en su caso, hayan sido seleccionados por el Servicio Andaluz de Salud. No obstante, excepcionalmente, cuando concurran circunstancias de desabastecimiento en el mercado o razones de urgente necesidad en su dispensación, acreditadas fehacientemente, el farmacéutico podrá sustituirlos dispensando uno de precio igual o inferior al precio menor correspondiente. Convocatoria PA Medicamentos Fecha 1ª 5 13 Sept ª Abril ª Feb14-abr14 Gestión de Oficinas de Farmacia 34

35 Andalucía Decreto-Ley 3/2011, de 13 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes sobre prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía. «Disposición transitoria sexta. Precios máximos de facturación de productos sanitarios. Cuando la prescripción de productos sanitarios se realice por denominación genérica, con independencia de cuál sea el precio de venta al público del producto dispensado por la oficina de farmacia, en ningún caso se aceptará su facturación al Servicio Andaluz de Salud a un precio superior al precio máximo establecido. Los precios máximos de facturación de los productos sanitarios serán actualizados semestralmente y serán comunicados al Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos con dos meses de antelación a su entrada en vigor. Lo anterior no será de aplicación cuando, en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 ter, el producto sanitario a dispensar haya sido seleccionado por el Servicio Andaluz de Salud y su precio autorizado para el Sistema Nacional de Salud sea superior al precio máximo establecido. En este caso, será facturado por la oficina de farmacia al citado precio autorizado del producto, deducida, en su caso, la aportación del beneficiario, calculada tomando como base el precio máximo correspondiente.» Gestión de Oficinas de Farmacia 35

36 Andalucía Evolución de la prescripción por principio activo. Andalucía % 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% Gestión de Oficinas de Farmacia 36

37 1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.Otras normas Gestión de Oficinas de Farmacia

38 Andalucía Absorbentes Convenio SAS 6,3% Facturación PVPiva absorbentes hasta Deducción Resto hasta Porcentaje 0, % media 0,25% 25% media 0,25% 50% media 3,00% 50% media 3,00% media 6,00% media 6,00% 1,5 media 10,00% 1,5 media 10,00% 2 media 15,00% 2 media 15,00% en adelante 20,00% Gestión de Oficinas de Farmacia 38

39 Andalucía Tiras Reactivas Convenio SAS C.N. MARCA COMERCIAL PVP iva Aport. Precio SAS Abono Lab. iva GLUCOCARD MEMORY STRIPS 45,56 13,75 18,33 32, ONE-TOUCH VITA 50 43,09 12,43 18,33 30, ONE-TOUCH VITA 87,20 24,28 36,67 60, CONTOUR LINK 43,59 12,57 18,33 30, ELITE 100 TIRAS 87,20 25,14 36,67 61, ACCU-CHEK SENSOR CONFORT 45,33 13,61 18,33 31, BREZEE TIRAS 87,20 25,14 36,67 61, ASCENSIA EASYFILL 45,73 12,57 18,33 30, LISUBEL CHECK PLUS 42,02 12,57 18,33 30, FREESTYLE OPTIUM 100 TIRAS 87,18 24,54 36,67 61, ONE-TOUCH VERIO 50 44,00 12,57 18,33 30, FREESTYLE LITE 100 TIRAS 87,18 25,14 36,67 61, ACCU-CHEK AVIVA 100 TIRAS 87,99 25,14 36,67 61, BG STAR 42,02 12,57 18,33 30, ONE-TOUCH VERIO ,20 24,28 36,67 60, GLUCOMEN LX SENSOR 1 ENV. 50 TIRAS 42,02 12,57 18,33 30, presentaciones 7 laboratorios.. Gestión de Oficinas de Farmacia 39

40 1. Aproximación Margen Profesional 2. Real Decreto 823/ Real Decreto Ley 8/ Decreto - Ley 3/ Convenios SNS 6.Otras normas Gestión de Oficinas de Farmacia

41 Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. APORTACIONES DE LOS BENEFICIARIOS EN LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA AMBULATORIA. Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. BOE 98, martes 24 de abril de L a b o r a l ACTIVOS PENSIONISTAS Desde - Renta " Hasta ,00 % Aportación PVP Cuota Aportación Máxima MENSUAL Código Receta/ Siglas TSI 40% - TSI ,00 " ,00 50% - TSI ,00 " Desde - Renta " Hasta ,00 60% - TSI 005 % Aportación PVP Cuota Aportación Máxima MENSUAL Código Receta/ Siglas TSI 10% 8,00 (8,14 ) TSI ,00 " ,00 10% 18,00 (18,32 ) TSI ,00 " Irpf - 60% 60,00 (61,08 ) TSI 005 Gestión de Oficinas de Farmacia 41

42 Resolución de 2 de agosto de 2012 Ministerio de Sanidad. PRECIOS NOTIFICADOS Gestión de Oficinas de Farmacia 42

43 Sevilla, 27 de febrero de 2014 Gestión de Oficinas de Farmacia

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 27 de diciembre de 2012

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 27 de diciembre de 2012 Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. Ministerio de Sanidad

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