Título documento Conoce los aspectos legales para saber dónde y cómo ubicar tu empresa en Bogotá desde el punto de vista normativo

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1 Título documento Conoce los aspectos legales para saber dónde y cómo ubicar tu empresa en Bogotá desde el punto de vista normativo Tipo de documento Documento de Preguntas Frecuentes desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

2 Conoce los aspectos legales para saber dónde y cómo ubicar tu empresa en Bogotá desde el punto de vista normativo 1. Preguntas frecuentes sobre usos del suelo Existen hoy las licencias de funcionamiento para los establecimientos comerciales? No. El Decreto 2150 de 1995, abolió las licencias de funcionamiento que otorgaban las alcaldías locales para la apertura de un establecimiento de comercio. Sin embargo, para el funcionamiento de un establecimiento de comercio se debe cumplir con una serie de requisitos y autorizaciones contemplados en la Ley 232 de 1995 entre los que se incluyen: el cumplimiento de normas del uso del suelo, conceptos sanitarios, pago de derechos de autor en caso de que se ejecuten obras musicales, pago de impuestos y registro mercantil vigente Cuándo se entiende que se cumple con las normas de uso de suelo? Con la obtención de la licencia de construcción, para el uso que se está desarrollando, ante las curadurías urbanas, y su cabal cumplimiento Los establecimientos institucionales o industriales, también requieren la licencia de construcción para poder funcionar? De conformidad con el Plan de ordenamiento territorial de Bogotá, artículo 338 y la 388 de 1997 modificada por la Ley 810 de 2003, para el desarrollo de cualquier uso en la ciudad, existe la obligación de obtener ante la curaduría urbana, una licencia de construcción que apruebe dicho uso Quiénes vigilan el cumplimiento de estas normas? En Bogotá, son las alcaldías locales las que vigilan el cumplimiento del uso del suelo y el cumplimiento del régimen de obras e imponen las sanciones del caso. desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

3 En cualquier momento, las autoridades policivas pueden verificar el estricto cumplimiento de estos requisitos. La comunidad también puede vigilar el cumplimiento de las normas urbanísticas a través de acciones de tutela y acciones populares o de grupo. 2. Preguntas frecuentes sobre el Plan de ordenamiento territorial y Unidades de Planeamiento Zonal Donde encuentro la normatividad de mi predio? Todas las normas urbanísticas se encuentran plasmadas en Plan de ordenamiento territorial (Decreto 610 de 2000, modificado por el Decreto 469 de 2003 y compilado por el Decreto 190 de 2004) y sus decretos reglamentarios. La normatividad urbanística por sectores, se encuentra en los Decretos de Unidades de planeamiento zonal (UPZ) una vez se haya identificado en cuál UPZ se encuentra el inmueble de su interés. Esta información la encuentra y se descarga de la página del Departamento Administrativo de Planeación Los planos se pueden consultar en la planoteca de esa entidad o en las curadurías urbanas Que son las Unidades de planeamiento zonal (Upz)? Son áreas urbanas más pequeñas que las localidades y más grandes que el barrio, en las que se divide la ciudad para planificar el desarrollo urbano en el nivel zonal. La ciudad fue dividida para efectos de la planificación en 117 Unidades de planeamiento zonal (UPZ) de las cuales 85 están reglamentadas. En ellas encontramos los usos permitidos, las normas y condiciones de edificabilidad, exigencia o no de antejardines y estacionamientos Si un uso no aparece explícitamente permitido en la UPZ, está prohibido? Sí. Los usos que no están permitidos por las normas urbanísticas en cualquiera de sus modalidades: uso principal, complementario o restringido -aquel permitido bajo determinadas condiciones-, están prohibidos. desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

4 2.4. Si nuestro predio se encuentra en una UPZ que no está reglamentada, que norma se le aplica? El POT estableció una norma de transición que señala que si no se ha reglamentado la UPZ, la normatividad que se aplica al predio es la anterior, es decir, la derivada del acuerdo 6 de Qué es el uso dotacional? Son aquellos usos de servicios necesarios para la vida urbana (salud, educación, entre otros) y para garantizar el recreo y esparcimiento de la población (parques, clubes, etc.), independientemente de su carácter público o privado Cómo sé si mi inmueble es de interés cultural? Los inmuebles de conservación están listados en los siguientes decretos: Decreto 601 de 2006, modificado por los decretos 135 y 215 de 2004, o también se pueden identificar en los planos de las UPZ Cada cuanto se actualiza el POT? El Plan de ordenamiento territorial tiene una vigencia de 3 administraciones, es decir, 12 años, que se cuentan a partir de su modificación, decreto 469 de 2003 y se revisa cada 4 años Los inmuebles sólo requieren de una licencia de construcción para su desarrollo? No siempre, puesto que si el predio se encuentra en un tratamiento de desarrollo, no se encuentra urbanizado y por lo tanto para obtener una licencia de construcción debe primero surtir el proceso de urbanización con todas las obligaciones que ello conlleva (cesiones, realización de vías locales y redes secundarias de servicios y en algunos casos otras cargas adicionales) Me exigen tener estacionamientos para desarrollar usos comerciales? Sí. Para cada uso se exige un mínimo de estacionamientos que debe ser cumplido en el mismo predio, en un predio a menos de 500 metros o con un pago al Fondo de Parqueaderos donde la UPZ lo permita (artículo 391 de POT). desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

5 2.10. De qué aspectos depende la exigencia de esos estacionamientos? Depende el área de demanda donde se encuentre la zona, del uso que se va a desarrollar y de su escala. Dicha exigencia se encuentra en el cuadro anexo de estacionamientos del POT Puedo cumplir con mi cuota exigida de estacionamientos, a través de un convenio con un parqueadero público cercano o con la utilización de las bahías de estacionamiento cercanas? No. En primer lugar, la norma señala que deben ser comprados o construidos dentro del mismo predio o a menos de 500 metros, o que deben ser pagados a al fondo de estacionamientos del IDU. Cuando existen estos convenios no existe la transferencia de propiedad. En segundo lugar, está prohibido construir bahías de estacionamientos y estacionar en las bahías existentes. No podemos cumplir con la cuota de estacionamientos cuando estos están en el espacio público (vías, antejardines, bahías) Puedo construir en mi antejardín? Los antejardines a pesar de ser espacios de propiedad privada, están afectados al espacio público y por lo tanto tienen restricciones de uso; no pueden ser construidos, ni cerrados en áreas comerciales, ni pueden ser utilizados para parqueaderos. Pueden ser utilizadas en áreas comerciales y de servicios bajo ciertas condiciones, y con un permiso del IDU (permiso de uso temporal) y sólo cuando se haya construido el respectivo proyecto integral de recuperación del espacio público, incluyendo dichos antejardines Lo que se paga al fondo es para construir los estacionamientos en mi zona? No. El fondo de estacionamiento es para construir parqueaderos en las zonas deficitarias de la ciudad y no está dividido por zonas Puedo utilizar el espacio público para tener negocios móviles? El espacio público puede tener ciertos usos asociados a la cultura y ferias artesanales en algunos espacios muy limitados de la ciudad con autorización de la alcaldía local. Para usos netamente comerciales, no ha sido reglamentado el Plan Maestro de Espacio que permite el desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

6 aprovechamiento económico del espacio público en algunas zonas y por esta razón NO puede ser utilizado el espacio público para estos efectos. 3. Preguntas frecuentes sobre licencias de construcción, curadurías y sanciones Qué son las licencias de construcción y quién las expide en Bogotá? La licencia es el acto administrativo por el cual se autoriza, a solicitud del interesado, la adecuación de terrenos o la realización de obras. Las licencias recaen sobre uno o más inmuebles y producen todos sus efectos aún cuando sean enajenados. Las expiden los curadores urbanos, en los municipios donde no hay curadores, las expiden las oficinas de planeación de la alcaldía Qué clases de licencias de construcción existen? Obra nueva, ampliación, adecuación (para cambio de uso), modificación, restauración (para inmuebles de patrimonio), reforzamiento estructural y demolición y cerramiento Tienen costos esas licencias? Por la solicitud y expedición de las licencias se cobra un cargo fijo, y un cargo variable dependiendo del proyecto y de la clase de trámite Existen curadurías por cada localidad en Bogotá? No. Las cinco curadurías que en la actualidad existen en Bogotá, no están zonificadas; por esta misma razón todas pueden atender proyectos de toda la ciudad Qué servicios específicos prestan las curadurías? Las curadurías prestan los siguientes servicios: Consulta y orientación sobre aplicación de normas urbanísticas. Emisión de conceptos de uso y norma aplicable a un predio. Información sobre procedimientos y costo de licencias urbanísticas. Estudio, trámite y expedición de licencias urbanísticas. Cada servicio tiene una tarifa. desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

7 3.6. Las curadurías también supervisan las obras en Bogotá? No. El control de la obras es función de las alcaldías locales. 3.7 Si sólo realizaré obras internas, debo pedir licencia? Sí. Las modificaciones internas requieren licencia de construcciones para modificación, para lo único que no se requiere licencia es para Reparaciones locativas, es decir, para aquellas mejoras locativas que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar su estructura portante, su distribución interior, sus características funcionales, formales y/o volumétricas. 3.8 Si en mi casa voy a utilizar el primer piso para un negocio, sin realizar obra alguna, debo solicitar algún tipo de licencia? Si. Así no se vayan a realizar obras, se debe solicitar una licencia para cambiar el uso de vivienda al uso que se va a desarrollar, dicha licencia es de adecuación y conlleva el cumplimiento de un número de estacionamientos Si soy el arrendatario puedo solicitar licencia? No. Sólo el propietario o poseedor puede solicitar licencias. Un arrendatario, no se considera poseedor Si voy a realizar pequeñas obras en un inmueble de conservación, debo pedir licencia? Sí. Adicionalmente, para realizar en los inmuebles de conservación histórica y arquitectónica cualquier clase de intervención, se requiere concepto favorable del Instituto Distrital de Patrimonio Cultura, previo a solicitud de la licencia Cómo sé si el inmueble de mi interés, tuvo o no licencia de construcción? En el Departamento Administrativo de Planeación se encuentra el archivo de todas las licencias de construcción de la ciudad y se puede solicitar una copia, porque es un documento público Cuándo se las normas sobre uso de suelo cambian se debe volver a obtener licencia? desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

8 No. La licencia de construcción una vez ejecutada de conformidad a lo autorizado, crea el derecho a permanecer en ese lugar y bajo esas circunstancias, así cambie la normatividad Existe alguna multa para quien arrienda un inmueble para un uso especifico sin tener la licencia de construcción para ese uso? Se puede intentar alguna acción civil derivada del contrato de arrendamiento, pero no existe una norma específica que sancione ese acto. El cierre de establecimiento recae sobre el propietario del establecimiento y no del local comercial, en cambio, las sanciones por régimen de obras (Construcciones sin licencia), recaen sobre el propietario del inmueble y no sobre el arrendatario Qué sanciones existen para quienes construyan sin licencia o en contravención a ella? Multas sucesivas hasta que se adecue a la norma, o demolición cuando no es posible su adecuación. En el caso de establecimientos comerciales que no cumplan con las normas referentes a usos del suelo se aplicarán, en lo pertinente, los procedimientos y las sanciones previstas para este tipo de infracciones en la Ley 232 de 1995, que se traducen básicamente en multas sucesivas, suspensión de actividades y cierre del establecimiento Cuál es la sanción si realizó intervenciones sin licencia en un inmueble de patrimonio? Multa y reconstrucción al estado original. desde el punto de vista normativo. D oc umento de preguntas frecuentes. Marzo

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