DECISIONES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN

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1 DECISIONES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Podemos, definir evaluación como: Proceso por medio del cual los profesores buscan y usan información procedente de diversas fuentes para llegar a un juicio de valor sobre el alumno o sistema de enseñanza en general o sobre alguna faceta particular del mismo. Por tanto, la evaluación es ante todo, una práctica reflexiva propia del docente. Pero sobre todo, desde el CEO OMAYRA SÁNCHEZ tenemos claro que no se circunscribe exclusivamente al ámbito del aprendizaje léase el alumno-, sino que abarca todos los aspectos que intervienen en el proceso: alumno, profesor, sistema... QUÉ EVALUAR? Esta evaluación de la intervención educativa debe hacerse en dos niveles distintos o ámbitos: en el contexto del aula y en el conjunto del centro. En el primer caso el responsable es cada maestro, mientras que en el ámbito del centro lo es el conjunto del profesorado. Veamos uno a uno los puntos que vamos a evaluar: 1) La Práctica docente en el contexto del Aula: * El diseño y desarrollo de la Unidades didácticas y la adecuación de las adaptaciones realizadas para grupos de alumnos concretos. * El ambiente del aula y todo aquello que favorezca el proceso de enseñanza y aprendizaje: organización, espacios y agrupamientos. * La actuación personal de atención a los alumnos. * La coordinación con otros maestros que intervienen en el mismo grupo de alumnos. * La comunicación con los padres. 2) La Práctica docente en el contexto del Centro: 1

2 A) En el Ciclo: * Eficacia del sistema e instrumentos de coordinación establecidos. * Adecuación de los criterios de evaluación y promoción. * Coherencia interna del ciclo B) En la Etapa: * Los elementos de la Programación y su coherencia. La coordinación interciclos y coherencia vertical entre cada área. * Las medidas de atención a la diversidad adoptadas. * La relaciones entre las áreas. * El tratamiento de los temas transversales. C) En el contexto del Centro: * La coherencia del Proyecto Educativo. * La funcionalidad de decisiones sobre asignación de recursos humanos, materiales, espacios y tiempos. * El funcionamiento de los órganos unipersonales y colegiados * Las relaciones con familias y entorno * Los servicios de apoyo (EOEPs) * La utilización de los recursos de la comunidad. En el caso de los objetivos, al tratarse de capacidades muy generales, no son directamente evaluables, mientras que los criterios, al establecer el tipo y grado de 2

3 aprendizaje que se espera que los alumnos hayan alcanzado con respecto a esas capacidades, se convierten en un referente más preciso. Desde el Centro hemos determinado los criterios de evaluación de los diferentes niveles. Se encuentran recogidos en cada unidad de programación de cada curso. CUÁNDO EVALUAR? En esta evaluación cabe distinguir tres momentos o aspectos distintos y complementarios: inicial, continua y final. La evaluación de la intervención educativa debe ser continua y, por tanto, conviene tomar datos a lo largo del proceso para hacer los cambios pertinentes en el momento adecuado. No obstante, dadas las características de los diferentes momentos del proceso de enseñanza-aprendizaje y de los documentos en que se plasman, hay momentos especialmente indicados para recoger información que sirve de base para la evaluación, además de los que obligatoriamente dictaminen las Administraciones Educativas. Se debe realizar una evaluación inicial al comienzo del curso para situar tanto el punto de partida del grupo-clase. La evaluación inicial permite adecuar las intenciones a los conocimientos previos y necesidades de los alumnos. Decidir qué tipo de ayuda es la más adecuada cuando se accede a un nuevo aprendizaje, requiere conocer cómo se ha resuelto la fase anterior, cuáles son los esquemas de conocimiento del alumno, su actitud, interés, nivel de competencia curricular... Con la evaluación continua se irá ajustando la ayuda educativa según la información que se vaya produciendo. Esta evaluación es formativa, toda vez que permitirá detectar el momento en que se produce una dificultad, las causas que lo provocan y las correcciones necesarias que se deben introducir. Por último, la evaluación final permite conocer si el grado de aprendizaje que para cada alumno habíamos señalado, se ha conseguido o no, y cuál es el punto de partida para una nueva intervención. La evaluación final toma datos de la evaluación formativa, es decir, los obtenidos durante el proceso, y añade a éstos, otros obtenidos de forma más puntual. 3

4 También es interesante la autoevaluación de la práctica docente, que la realizamos trimestralmente, para promover los cambios deseados. Para evaluar la progresión en el aprendizaje del alumnado, en nuestro centro se ha decidido el siguiente procedimiento de evaluación. - EN LA ETAPA DE INFANTIL: o Observación sistemática sobre actitudes y aptitudes, utilizando como escala de observación los indicadores de los criterios de evaluación recogidos en el currículo. o Análisis de las tareas de los alumnos, la reproducción de fichas, actividades manipulativas, - EN LA ETAPA DE PRIMARIA: Se aplican los procedimientos que a continuación se señalan teniendo en cuenta el nivel y el ciclo al que se le aplica: o Observación sistemática sobre actitudes y aptitudes, utilizando como escala de observación los indicadores de los criterios de evaluación recogidos en el currículo. o Análisis de tareas del alumno: cuadernos de trabajo, tareas escritas y orales. o Intercambios orales con el alumno: diálogos, entrevistas. o Pruebas orales o escritas: pruebas objetivas (respuesta breve, texto incompleto, de correspondencia, elección múltiple, verdadero o falso, ). o En todo momento se tiene en cuenta y se valorar las circunstancias personales del alumno. - Para los alumnos de NEAE: En general, se aplican los procedimientos que se recogen en su Informe psicopedagógico Adaptación Curricular, y con respecto a los alumnos diagnosticados de TDAH, y de DEA se aplican los procedimientos que se recogen en la Resolución, sobre las NEAE, 30 de enero de 2008: Para los alumnos diagnosticados de TDAH de Primaria 4

5 o En los exámenes o pruebas escritas se le facilitará la posibilidad de hacerlo de forma oral (excepto en los aspectos relacionados con la lectura y escritura en lengua Castellana y Literatura) o O a través del ordenador debido a los problemas de escritura que alguno pueda presentar. o Es recomendable el desarrollo de las pruebas escritas en dos sesiones, como mínimo, observando la necesaria flexibilidad en su duración. o Los exámenes se ofrecerán por escritos para evitar la lentitud de otros procedimientos (copia o dictado), con la inclusión de preguntas o ítems de un mismo tipo, en evitación de la mayor posibilidad de confusión derivados de una combinación de formas. o Durante el examen se procederá a las oportunas indicaciones de apoyo, como control del tiempo y la recomendación de repaso de lo realizado previo a su entrega. Para los alumnos diagnosticados de DEA en Primaria, (dislexia con o sin problemas de disortografía y disgrafía): o El profesor o profesora procederá antes del inicio del examen a la lectura oral de todas las preguntas. o Las pruebas se realizarán en días diferentes y, en la medida de lo posible, de manera individual o en pequeños grupos. o Las pruebas podrán ser orales en las áreas de Matemáticas y Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural. Matemáticas, Ciencias Sociales, Geografía e Historia y Ciencias de la Naturaleza. o En Lengua Castellana y Literatura no se podrá realizar prueba oral en lo relativo a la lectura y escritura, salvo para valorar la comprensión lectora, en cuyo caso se podrá utilizar alguna actividad de comprensión oral. o Para el adecuado desarrollo de las pruebas que impliquen lectura y escritura se ampliará el tiempo necesario con el fin de facilitar la oportuna revisión ortográfica y de expresión por parte del alumnado. 5

6 - EN LA ETAPA DE SECUNDARIA: La evaluación será continua y diferenciada según las distintas áreas, los criterios de evaluación de cada materia serán el referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos. Cuando el progreso del alumno/a no sea el adecuado, se determinarán medidas de apoyo educativo, las cuales deberán figurar en la programación del respectivo departamento, pudiéndose adoptar en cualquier momento del curso. En la evaluación inicial. Tutor/a informará al equipo docente de la composición del grupo, de sus características específicas, y de las medidas de apoyo propuestas o de las ya adoptadas. Para aquel alumnado que no hubiera superado todas las materias en la evaluación final ordinaria, tendrá lugar una sesión de evaluación, tras la realización de las pruebas extraordinarias (se realizarán en los primeros días del mes de Septiembre) para la adopción de decisiones de promoción y titulación. El tutor/a de cada grupo tendrá la responsabilidad de coordinar la evaluación, los procesos de enseñanza y de aprendizaje, además de la función de la orientación personal y educativa del alumnado, con el apoyo en su caso del departamento de orientación. Deberá transmitir a las familias la información sobre el proceso educativo de sus hijos. El tutor de cada grupo redactará un informe de desarrollo de las- sesiones, en* el que figurarán las decisiones adoptadas. La valoración de dichas decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación. En el último curso de la E.S.O. antes de los plazos de solicitud de preinscripción que se establezcan para facilitar el acceso a otros estudios, el equipo educativo emitirá el consejo orientador que contemplará las opciones académicas o profesionales más ajustadas a las capacidades e intereses de cada alumno/a. El tutor/a informará a las familias de este consejo orientador, que será confidencial, no tendrá carácter vinculante y quedará recogido en el expediente académico. Calificación de materias pendientes: La evaluación de las materias pendientes del curso o de los cursos anteriores se realizará en la sesión de evaluación final, dejando constancia de las calificaciones en 6

7 un acta adicional. No tendrán la consideración de materias pendientes aquellas materias opcionales no cursadas en 3 o (Tecnología, Música o Educación Plástica) que se cursen en 4 o, siempre que se haya obtenido una calificación positiva en la materia opcional cursada en 3 o. Cuando el alumno/a haya promocionado con materias pendientes con continuidad, la evaluación de éstas corresponderá al profesor/a de la materia respectiva del curso actual, según lo establecido por el departamento. Se tendrá en cuenta lo siguiente: La valoración positiva de la materia correspondiente al curso actual implicará la superación de la materia del curso o cursos anteriores. A estos efectos, la superación de las materias de Biología y Geología o de Física y Química de 3 o, supondrá la superación de la materia de Ciencias de la Naturaleza de cursos anteriores. Asimismo se actuará con las materias de Informática y Tecnología de 4 o de E.S.O. en relación con las materias de Tecnología de los tres primeros cursos. En cualquier caso el profesorado calificará las materias pendientes atendiendo a los criterios establecidos por los departamentos. La valoración negativa de la materia correspondiente al curso actual no impedirá que el profesorado considere si se han alcanzado los objetivos de la materia del curso o cursos anteriores. En este caso la calificará positiva o negativamente, y utilizará la expresión En el caso de materias que el alumnado haya dejado de cursar, corresponderá la determinación de su superación al departamento correspondiente de acuerdo con los planes de recuperación que haya establecido. En este sentido se tendrá en cuenta lo siguiente: Si se trata de una segunda lengua extranjera que se ha dejado de cursar por incorporase a un programa de refuerzo, la valoración positiva de esta medida se considerará equivalente a la superación de la materia. En el supuesto de que la haya dejado de cursar una segunda lengua extranjera por incorporase a un Programa de Diversificación Curricular, la superación de la optativa prevista para el primer curso del programa, implicará la superación de la segunda lengua pendiente. En el caso de que la haya dejado de cursar una segunda lengua extranjera por incorporarse a un Programa de Cualificación Profesional Inicial, la superación de cualquiera de los módulos de carácter general supondrá la 7

8 superación de la segunda lengua. En todos los supuestos la calificación será de SUFICIENTE. Si se trata de otras materias que ha dejado de cursar porque se incorpora a un programa de diversificación curricular o a un programa de cualificación profesional inicial y están integradas en algunos de los ámbitos o módulos conducentes al título, la evaluación positiva del ámbito o módulo correspondiente se considerará equivalente a la superación de la materia o materias. En estos supuestos el profesorado calificará las materias pendientes atendiendo a los criterios establecidos por los departamentos. Si se trata de materias que ha dejado cursar por un traslado de matrícula a un centro en el que no se imparte la materia pendiente, la Dirección del centro de recepción determinará el departamento que por afinidad deberá asumir la recuperación de la citada materia. Si se trata de alguna materia opcional de 3 o que deja de cursar en 4 o como consecuencia de la elección de materias opcionales de este nivel, el alumnado sustituirá la materia pendiente por la no cursada en 3 o. Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo: La evaluación del alumnado con dificultades específicas de aprendizaje, con altas capacidades intelectuales, con problemas derivados de la incorporación tardía al sistema educativo o de condiciones personales o historia escolar se desarrollará según lo dispuesto en la Orden del 7 de Noviembre del 2007 y en los desarrollos normativos específicos. o El equipo educativo deberá adaptar los instrumentos de evaluación establecidos con carácter general en cada materia para la evaluación de este alumnado, teniendo en cuenta las dificultades derivadas de su necesidad específica, siempre que ésta haya sido debidamente diagnosticada. o Con el fin de facilitar al alumnado de necesidades educativas especiales la adquisición de competencias básicas, la Consejería determinará los procedimientos oportunos para la realización de adaptaciones que se aparten significativamente los contenidos y criterios de evaluación del currículo o eliminen algunos elementos prescriptivos del currículo de determinadas materias. o La evaluación del alumnado con adaptación curricular individualizada se 8

9 realizará tomando como referente los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. Se añadirá un asterisco (*) para dejar constancia en los documentos oficiales de evaluación de la calificación de la materia o materias adaptadas. o Cuando los criterios de evaluación de la adaptación se correspondan con los de algún ciclo de la Educación Primaria, la calificación positiva no podrá ser considerada como superación de la materia. En este sentido, no podrá promocionar a 3 o de E.S.O. el alumnado con adaptación curricular que. al finalizar el segundo curso de la etapa, no haya alcanzado el grado de desarrollo de las competencias básicas correspondientes a la Educación Primaria. o La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en la etapa de E.S.O. en centros ordinarios podrá prolongarse hasta los diecinueve años, siempre que ello favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Evaluación del alumnado de un programa de diversificación curricular: o La evaluación del alumnado que siga un P.D.C. será continua y tendrá como referente las competencias básicas, los objetivos generales de la etapa y los criterios de evaluación establecidos para cada ámbito y materia. Cuando el progreso del alumno/a no responda a los objetivos previstos en el programa, se tomarán las medidas educativas oportunas para su recuperación. o La evaluación será realizada por el conjunto de profesores/as que imparten enseñanzas al grupo y coordinada por el tutor/a. o El alumnado que obtenga evaluación negativa en las materias propias del currículo ordinario podrá presentarse a las correspondientes pruebas extraordinarias. o No se convocarán pruebas extraordinarias de los ámbitos o de las otras materias específicas del programa. 9

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