BASES SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA Nº SPU CTM

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1 BASES SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA Nº SPU CTM SERVICIO DE SUPERVISIÓN DE INGENIERÍA, SUMINISTRO Y CONSTRUCCIÓN DE SCT 1 LÍNEA DE TRANSMISIÓN 220 kv FRIASPATA-MOLLEPATA Y SCT 2 SUBESTACIÓN ORCOTUNA 220/60 kv ENERO 2015 LIMA- PERÚ

2 CALENDARIO DE CONVOCATORIA Solicitud Pública de Ofertas SPU CTM 1.1 OBJETO DEL PROCESO Servicio de consultoría: Supervisión de ingeniería, suministro y construcción de la Línea de transmisión 220 kv Friaspata-Mollepata y Subestaciones Asociadas (SCT1) y la Subestación Orcotuna 220/60 kv y Variante de Línea (SCT2). 1.2 CALENDARIO I. CONVOCATORIA El 08 de febrero 2015 ENTREGA DE BASES Las bases y demás documentos del proceso podrán ser descargadas del siguiente enlace: PRESENTACIÓN CONSULTAS Hasta las 15:00 horas del 12 de febrero de 2015 vía correo electrónico a logistica@rep.com.pe ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS El 17 de febrero del 2015 RECEPCIÓN DE OFERTAS Hasta las 17:00 horas del 24 de febrero del 2015 LUGAR: Recepción de CTM, ubicada en la Av. Juan de Arona N 720, Oficina 601, piso 6, San Isidro, Lima, Perú Documento I Calendario de Convocatoria SCT 1 LÍNEA DE TRANSMISIÓN 220 kv FRIASPATA-MOLLEPATA Y SCT 2 SUBESTACIÓN ORCOTUNA 220/60 kv 2 de 47

3 II. GENERALIDADES 2.1 ENTIDAD QUE CONVOCA La empresa Consorcio Transmantaro S.A. en adelante CTM, con domicilio en avenida Juan de Arona N 720 Ofic. 601, San Isidro, Lima, Perú. 2.2 OBJETO Seleccionar y contratar al postor que presente las mejor oferta técnico económica de acuerdo con los requerimientos y especificaciones técnicas para la ejecución del Servicio de consultoría: supervisión de ingeniería, suministro y construcción de la SCT 1 LT PRESUPUESTO REFERENCIAL Es por monto abierto. 2.4 SISTEMA DE CONTRATACIÓN El sistema es a Suma Alzada, con pagos por valorizaciones mensuales. 2.5 REQUISITOS PARA SER POSTOR Podrán presentarse como postores, las empresas, en forma independiente o asociadas en consorcio, constituidas legalmente en el Perú y en el extranjero. En caso de empresas extranjeras, deberán acreditar su existencia conforme lo establecen las normas de su país de origen El postor deberá pronunciarse expresamente sobre sus relaciones comerciales o de parentesco con personal de CTM, así como de los incumplimientos o sanciones que le hayan sido impuestos en los últimos tres (3) años En ningún caso podrá realizarse contratos que impliquen uso de información privilegiada, acto de competencia o conflicto de intereses, ni celebrarse con personas que sean cónyuges, convivientes, concubinos o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios de CTM. 2.6 INHABILITACIONES E IMPEDIMENTOS Las personas jurídicas, en las que algunos de sus socios o representantes se encuentren en las condiciones del punto 2.5.2, salvo que se trate de sociedades anónimas abiertas Los incumplimientos declarados y las sanciones impuestas al Postor serán objeto de evaluación, pero por si mismas no impedirán la celebración del contrato En caso se verifique de manera posterior que un postor adjudicado tuviere alguna de las inhabilitaciones anteriormente mencionadas, perderá los Documento II Generalidades Supervisión de ingeniería, suministro y construcción de la SCT 1 LÍNEA DE TRANSMISIÓN 220 kv FRIASPATA-MOLLEPATA Y SCT 2 SUBESTACIÓN ORCOTUNA 220/60 kv 3 de 47

4 derechos que hubiere adquirido en virtud de su participación y quedará automáticamente resuelto el contrato si ya se hubiese celebrado, quedando expresamente facultado CTM a contratar a terceros No podrán participar aquellas empresas que estén participando en el diseño de proyecto Línea de transmisión 220 kv Friaspata-Mollepata y Subestaciones Asociadas (SCT1) y la Subestación Orcotuna 220/60 kv y Variante de Línea (SCT2) Los postores deberán presentar en su propuesta el formato Nº COMPROMISO DE LOS POSTORES El Postor, por el hecho de presentar su oferta, declara su sometimiento y adhesión tácitos a las normas contenidas en las Bases y a sus aclaraciones o modificaciones, sin lugar a interponer reclamaciones, por asuntos derivados de la interpretación que de ellas efectúe CTM. 2.8 DISPOSICIONES FINALES Los aspectos no previstos en las presentes Bases se regirán por la normatividad mencionada en el numeral 2.7. Documento II Generalidades Supervisión de ingeniería, suministro y construcción de la SCT 1 LÍNEA DE TRANSMISIÓN 220 kv FRIASPATA-MOLLEPATA Y SCT 2 SUBESTACIÓN ORCOTUNA 220/60 kv 4 de 47

5 III. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 3.1 CONVOCATORIA La convocatoria se efectuará mediante publicación en la página web de Red de Energía del Perú S.A. (REP) ( 3.2 ENTREGA DE DOCUMENTOS CTM proporcionará a los postores las bases, que comprende los siguientes documentos: DOCUMENTO I II III IV V VI VII VIII IX DESCRIPCIÓN Calendario de Convocatoria Generalidades Etapas del Proceso de Selección Del Contrato Del Sistema de Evaluación Proforma de Contrato Términos de Referencia y Memoria Descriptiva Formatos Anexos 3.3 CONSULTAS Y ABSOLUCIÓN Cualquier consulta de los postores referente al presente proceso y a la proforma de contrato, se deberá formular al correo electrónico logistica@rep.com.pe Las consultas al proceso de selección se recibirán obligatoriamente dentro de los plazos señalados en el cronograma del proceso de selección y en el siguiente formato: Nº Referencia a las bases Antecedentes / Numeral, artículo, acápite, y/o página Parte I Parte II Anexos Sustento (puede incorporarse anexos) Consulta (No más de 5 líneas) La absolución a estas consultas será comunicada a todos los postores y formarán parte integrante de las bases. Cualquier observación, consulta o cambio que se solicite al contrato solo se dará durante la presentación de consultas, las mismas que serán resueltas en la fase de absolución señalada. La empresa adjudicataria deberá ceñirse al contrato final acordado con los Postores previos al otorgamiento de la Buena Pro. No se admitirán reclamos de los postores que no hayan recibido las respuestas, por el hecho de no poseer los documentos de la solicitud. Documento III Del Proceso de Selección 5 de 47

6 3.4 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en dos (02) sobres cerrados y sellados, e independientes que se denominarán: Sobre Nº 1: Propuesta Técnica Sobre Nº 2: Propuesta Económica Cada sobre se rotulará de la siguiente manera: Señores CTM Av. Juan de Arona N 720 Ofic. 601, San Isidro Lima Perú Ref.: Solicitud N SPU CTM kv Friaspata-Mollepata y Subestaciones Asociadas, y SCT 2 SE Orcotuna 220/60 kv y Variante de Línea. Nombre del Postor: Sobre Nº (1 ó 2): Propuesta (Técnica o Económica) El postor, por el hecho de presentar su propuesta, implica la tácita aceptación a todas las disposiciones legales citadas en las presentes Bases, así como su sometimiento incondicional a las mismas, sin lugar a interponer reclamaciones, por asuntos derivados de la interpretación que de ellas efectúe CTM. Los sobres Nº 1 y 2 conteniendo la propuesta técnica y económica respectivamente, deberán presentarse en un (1) original y una (1) copia, indicando con claridad cuál es el original y cual la "copia" del documento. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre la copia. Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano, o en su defecto en idioma inglés, acompañados de traducción simple, incluyendo la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación de los documentos o su traducción no es subsanable. La propuesta no debe contener textos entre líneas, borrones, tachaduras ni enmendaduras. La presentación de documentos adulterados, fraudulentos o no conformes, por razones atribuibles al postor, aun cuando sean detectados posteriormente al acto de recepción, darán lugar a descalificación del postor, incluso si se le hubiera adjudicado el contrato. Asimismo, el postor entregará en medio magnético (CD) copia de la propuesta técnica y de la económica en formato MS Office, Acrobat o PDF, el cual lo deberá Documento III Del Proceso de Selección 6 de 47

7 incluir en el Sobre correspondiente. Si se presentan inconsistencia entre el documento en papel y el archivo magnético, prevalece lo indicado en el documento escrito en papel. 3.5 CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO ECONÓMICO Condiciones Generales El postor deberá presentar su propuesta técnico-económica considerando todas las características señaladas en los Términos de Referencia (Documento VII). Para la preparación de su oferta, el Postor debe investigar y analizar las condiciones y limitaciones de transporte, la disponibilidad de medios de comunicaciones, combustible, vías de acceso, las condiciones e incertidumbres meteorológicas, ambientales y de salubridad; las condiciones y características del terreno; las reglamentaciones gubernamentales y la normatividad ambiental y de seguridad; las restricciones, depósitos y derechos de aduana que rigen en Perú y los convenios internacionales que haya suscrito sobre aranceles, restricciones, exenciones, etc., para la importación de los bienes y repuestos, las demoras normales que puedan ocurrir en dichas importaciones; las reglamentaciones internas y externas referentes al transporte de carga de importación o exportación, así como las demás disposiciones relativas al transporte aéreo, marítimo, fluvial y terrestre; las leyes y reglamentaciones para entrada al Perú, trabajo en el país y salida de él, de personal extranjero y, en general, todos los demás factores sobre los cuales se pueda razonablemente obtener información y que en alguna forma puedan afectar el trabajo, los plazos para la ejecución y su costo, y los alcances aclaratorios contenidos en el documento de absolución de consultas, los cuales han sido tenidos en cuenta por el Postor al preparar su Oferta. Visita al sitio de los trabajos Antes de la presentación de la Oferta, el Postor podrá, sin ser obligatorio, inspeccionar y examinar el sitio de los trabajos y sus alrededores, para enterarse de las características de los mismos, las vías de acceso, las facilidades de la zona, las instalaciones que requerirán y, en general, sobre todas las condiciones del sitio que puedan afectar o influir en la ejecución de los trabajos y en su Oferta. El personal deberá contar con su seguro contra todo riesgo (y/o SCTR) y con los implementos de seguridad necesarios como casco y zapatos de seguridad. El transporte, alimentación, alojamiento y demás costos que ocasione la visita serán por cuenta del postor, quien además deberá asumir todos los riesgos personales y de sus propiedades durante la visita. Para el ingreso, el proponente deberá solicitar con la debida anticipación la autorización correspondiente. Siempre que se mencione sitio debe entenderse como el sitio de las obras del Proyecto. Documento III Del Proceso de Selección 7 de 47

8 Teniendo en cuenta que la visita al sitio de las obras no es obligatoria, el postor no queda eximido de la responsabilidad por la valoración de los costos por accesos, opciones de transporte de materiales (a hombro o mulas) y personal a los sitios de torre, la valoración de tiempos y demás dificultades que en la visita se pudieran prever. En este sentido el postor declara conocer la zona y las dificultades que presenta para la realización de las obras Moneda en que se expresarán las Ofertas Las ofertas se pueden presentar en Nuevos Soles o en Dólares de los Estados Unidos de América; en este último caso, a efectos de evaluación de precios, la comparación se efectuara en moneda nacional. Para el cambio de Dólares de los Estados Unidos de América se tomará en cuenta el tipo de cambio venta del día de presentación de ofertas. 3.6 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS CTM recibirá las propuestas hasta el día y hora indicados en el Calendario del Proceso, en la Recepción de CTM sito en Av. Juan de Arona N 720 Ofic. 601, San Isidro Lima. CTM podrá postergar la fecha del acto de presentación de propuestas indicada en la Convocatoria. La nueva fecha será informada a todos los postores a través de su página web. Con las propuestas recibidas, se preparará un Acta de Recepción de Propuestas. CTM comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las bases. Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables que no modifiquen el alcance de la propuesta, CTM podrá otorgar un plazo para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta a subsanarse continúa vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto. Con la finalidad de facilitar el examen, evaluación y comparación de propuestas, CTM podrá, a su discreción, solicitar a cualquier postor aclaraciones a su propuesta. La solicitud de aclaración y la respuesta se harán por escrito y no se permitirá cambios en el precio ni en los aspectos sustanciales de la propuesta. Culminada la evaluación técnica, CTM procederá a calificar la propuesta económica de los postores que se encuentren calificados. Si la propuesta técnica no califica, se procederá a devolver los sobres con la propuesta económica. CTM se reserva la facultad de cancelar el proceso de selección, hasta antes de su adjudicación, sin expresión de causa, o desestimar todas las ofertas por considerarlas inconvenientes. El hecho de participar en este proceso de Solicitud Pública de Ofertas no crea para los Postores derecho alguno y CTM no será responsable de los gastos en los que los Postores hayan incurrido para la presentación de su Oferta, no teniendo CTM Documento III Del Proceso de Selección 8 de 47

9 obligación alguna de reconocer, pagar ni reembolsar por concepto alguno a los Postores. 3.7 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS El contenido de la Propuesta Técnica y Económica será el siguiente: Contenido de la propuesta técnica a) Credenciales y Certificados Copia simple de la partida registral donde corre inscrito el nombramiento del representante legal del postor. En caso de haber presentado esta información a CTM en los últimos tres (3) meses, incluido copia de la escritura pública de constitución social, bastará con acreditar los cambios en los poderes de las personas autorizadas para ejercer la representación legal de la sociedad y/o los cambios referidos a la constitución social. En el caso de persona jurídica extranjera deberá acreditar su existencia y representación legal conforme a la legislación de su país de origen, con documentos cuya expedición no sea superior a noventa días naturales en relación con la fecha de su presentación ante CTM y traducidos al idioma español. La sucursal en Perú de persona jurídica extranjera, cuando presente la Oferta a nombre de ésta, deberá adjuntar a la Oferta el respectivo certificado de la Cámara de Comercio de su domicilio, expedido con igual anticipación a la anteriormente señalada. La sociedad extranjera, sin sucursal en Perú, debe nombrar un Apoderado, con domicilio en Perú y ampliamente facultado, para suscribir y ejecutar el contrato, así como para representarla judicial y extrajudicialmente. El certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera, así como el Poder otorgado en el exterior, deben legalizarse mediante el trámite Consular y del Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de que se genere un Contrato la sociedad o las personas jurídicas adjudicatarias deberán acatar lo exigido por la ley Peruana para cumplir con sus respectivas obligaciones en Perú. Declaración Jurada de información del postor según Formato Nº 01 (Datos Maestros Acreedor). Declaración Jurada del postor según Formato N 02. Documento III Del Proceso de Selección 9 de 47

10 Declaración Jurada de Licitud de Origen y Destino de los Fondos, según Formato N 03. Promesa de consorcio. (de ser el caso) La que se perfeccionará luego de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En el documento se hará declaración expresa de que la responsabilidad legal es solidaria e indivisible. En caso de no haber presentado su propuesta a CTM en los últimos seis (6) meses, no haber superado la evaluación financiera en el año anterior (2013 o antes), deberá anexar en su propio formato, los siguientes Estados Financieros, correspondientes a los últimos dos (2) años, incluyendo el del último ejercicio contable (o trimestre): Los Balances Generales o Estados de Situación Financiera. Los Estados de Pérdidas y Ganancias o Estado de Resultados. Las Notas a los Estados Financieros. Los Estados Financieros deben ser auditados de los dos últimos años, cumplir con las normas de contabilidad generalmente aceptadas y suministrar en forma concisa toda la información necesaria para que CTM se pueda formar un concepto justo del estado de la Empresa, el resultado de sus operaciones y los cambios en su situación financiera. CTM proporcionará adicionalmente el formato correspondiente en Excel para facilitar y uniformizar la información materia de evaluación. En el caso de Consorcio, debe presentar los mismos documentos para cada uno de las firmas que lo integran. b) Documentos referidos a los factores de evaluación técnica b.1) Experiencia del postor. Formato Nº 04 b.2) Experiencia del personal propuesto - Formatos N 05, 06, 07 y 08. b.3) Plan de Trabajo propuesto b.4) Sistema de calidad. c) Documentos referidos al objeto del contrato c.1) Programación física El Postor deberá entregar con su Oferta un programa de dedicación mensual para la supervisión de los trabajos, teniendo en cuenta el plazo total del contrato, las especificaciones y condiciones del servicio y en general todo factor que pueda afectar el desarrollo de los trabajos. El Postor deberá tener en cuenta que su Oferta deberá basarse en las actividades que se definen en el alcance de la solicitud y los términos de referencia del servicio. Si el Postor considera que los recursos definidos no son suficientes, deberá agregar los que en su opinión hacen falta. En Documento III Del Proceso de Selección 10 de 47

11 cualquier caso como mínimo deberá presentar las dedicaciones mensuales definidas en el Expediente de Contratación. El programa se debe preparar de acuerdo con las siguientes instrucciones (utilizando preferiblemente Microsoft Project): Diagrama de barras, colocando todos los recursos y la dedicación mensual según el cronograma de obra referencial que forma parte del Documento IX - Anexos del Expediente de Contratación. El Postor deberá especificar todos los recursos a utilizar de forma tal que facilite, no sólo el seguimiento, sino también el cálculo de recursos humanos que éste necesita para cumplir con todos los criterios de costo, oportunidad y calidad. En el evento de suscribirse un contrato con el Postor, el programa deberá ser ajustado dentro de los cinco (05) días calendarios siguientes al perfeccionamiento del mismo, en original y dos (02) copias, las cuales se enviarán a CTM. El programa definitivo y sus respectivas modificaciones deberán estar aprobados por CTM. c.2) Organización de los trabajos de supervisión El Postor debe preparar y entregar un documento en donde se detalle la organización de los trabajos de supervisión, con el siguiente alcance: Procedimientos: en los cuales se deberá detallar la forma como afrontará y ejecutará el proyecto, incluyendo las actividades previas al inicio de la supervisión, desde los puntos de vista administrativo, técnico, calidad, oportunidad, seguridad, salud ocupacional y laboral. Organigrama: en el cual debe presentar la estructura con la cual el Postor afrontaría los trabajos de supervisión. Todos estos aspectos serán analizados por CTM como metodología presentada por el Postor, CTM se reserva el derecho de aceptarla o rechazarla Contenido de la propuesta económica a) Formulario de Propuesta (Formato Nº 09 y 09-A). b) Garantía de Seriedad de Oferta (según modelo de Formato N 10) 3.8 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Evaluación Legal La evaluación legal tendrá por objeto verificar que la presentación de la documentación e información solicitada esté completa y cumpla con las normas correspondientes. De no cumplirse con lo anterior, el postor será descalificado. Documento III Del Proceso de Selección 11 de 47

12 3.8.2 Revisión Financiera La revisión financiera tendrá por objeto analizar los estados financieros presentados por el postor Evaluación Técnica Durante el proceso de evaluación CTM verificará la documentación técnica entregada para garantizar que el CONSULTOR se encuentra capacitado y cumple con todos los requisitos necesarios para ejecutar el contrato a satisfacción. Solo se tendrá en cuenta la información presentada de acuerdo a los formatos entregados con la propuesta. Las propuestas deben contener toda la documentación solicitada, y su inclusión parcial o no conforme a lo solicitado en las bases podrá dar lugar a la descalificación del postor en caso de omitir dicha presentación o no se encuentre conforme a criterio de CTM. Las propuestas técnicas que no cumplan con los requisitos solicitados, y/o no alcancen el puntaje mínimo requerido, serán descalificadas y, por lo tanto, no se tomarán en cuenta las respectivas ofertas económicas. No se considerarán ofertas de postores que hayan tenido desempeño deficiente (D) en contratos celebrados con REP, CTM, PDI o ISA Perú, a título individual o en cualquier forma de asociación, en los últimos tres (3) años. Serán rechazadas las ofertas que contengan comentarios o condiciones técnicas, comerciales o financieras que alteren o limiten lo establecido en los Documentos de Solicitud de Oferta o excluyan determinados alcances o suministros. CTM se reserva el derecho de verificar la situación económica y financiera del postor en las centrales de riesgo. CTM podrá desestimar la oferta en caso el proveedor esté en una situación financiera que no garantice a CTM el cumplimiento de sus obligaciones. Cualquier intento de un postor para influenciar a CTM en el proceso de evaluación y comparación de Ofertas y en las decisiones concernientes con la adjudicación del contrato, puede dar como resultado el rechazo de la Oferta de dicho postor Evaluación Económica y Adjudicación del Contrato La evaluación económica tendrá por objeto calificar la Propuesta Económica de los postores calificados técnicamente. El comité evaluador de CTM podrá adelantar conversaciones con los postores participantes a fin de realizar los ajustes, aclaraciones y negociación que se consideren convenientes. Estas conversaciones deberán conducir a un completo acuerdo para el suministro del bien y ejecución de las obras. Los acuerdos que se logren en cada uno de los aspectos podrán ser tomados de los documentos de la solicitud, de la oferta, de las mismas conversaciones del ajuste técnico o de Documento III Del Proceso de Selección 12 de 47

13 una mezcla de todos ellos. En cualquier caso, dichos acuerdos regirán el suministro del bien y ejecución de los trabajos. De otra parte, es posible que del ajuste técnico que se realice, se desprendan algunas implicaciones económicas o que simplemente haya necesidad de acordar algunas condiciones económicas no estipuladas en estos documentos. Una vez se llegue a un acuerdo en todos los aspectos antes mencionados, CTM elaborará el documento de ajuste el cual contemplará en detalle todos los acuerdos. Este documento formará parte del contrato y en este sentido primará sobre la oferta del Postor. Obtenido el resultado satisfactorio con el postor correspondiente, CTM adjudicará el servicio al postor ganador mediante carta remitida vía correo electrónico. A los demás postores participante se le cursará una comunicación vía correo electrónico, en la que se informará la decisión tomada por la empresa, la misma que es plenamente potestativa y que no estará sujeta a solicitudes de revisión por parte de los postores. El Postor podrá conocer los informes, conceptos y decisiones que se emitan o adoptadas durante la evaluación de las propuestas, en el Departamento Jurídico de CTM, durante cinco días naturales. Documento III Del Proceso de Selección 13 de 47

14 IV. DEL CONTRATO 4.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El contrato a suscribir deberá ceñirse a las presentes Bases y sus Términos de Referencia. La selección del postor favorecido deberá contar con la conformidad del OSINERGMIN. De acuerdo a lo especificado en numeral 4.8 del Contrato de Concesión suscrito entre CTM y el Estado Peruano (SCT1 y SCT2) la empresa supervisora contará con la conformidad del OSINERGMIN y del Concedente. CTM comunicará al postor favorecido la fecha en que tendrá lugar la suscripción del contrato, la misma que no podrá exceder los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación; en el caso de requerirse mayores plazos para cumplir con los requisitos necesarios para la suscripción del contrato, deberá presentar una solicitud por escrito, antes de la fecha de vencimiento, indicando los motivos y el plazo adicional requerido, lo cual será evaluado por CTM; decisión que se le comunicará en un plazo no mayor de 48 horas, aceptando lo solicitado o pasando la adjudicación al segundo postor; sin perjuicio de la ejecución de la carta fianza de seriedad de oferta. En este caso CTM se reserva el derecho de inhabilitar al postor para futuras contrataciones y asimismo, CTM podrá adjudicar el servicio al segundo mejor calificado y así sucesivamente. La empresa adjudicataria deberá ceñirse al Contrato final acordado con los Postores previo al otorgamiento de la Buena Pro. Cualquier observación, consulta o cambio que se solicite en la redacción del Contrato solo se dará durante la etapa de presentación de consultas, las mismas que serán resueltas en la fase de absolución señalada. CTM se reserva el derecho de determinar a su exclusivo criterio y conveniencia las condiciones del contrato relativas a la entrega de los equipos, elementos y/o materiales en cualquiera de las formas previstas para los Tipos de Entrega. A la suscripción del Contrato, el postor que obtuvo la adjudicación entregará a CTM la Carta Fianza de Cumplimiento de Contrato según las condiciones establecidas en las bases. De considerarlo, CTM podrá solicitar al postor ganador la modificación de la Carta Fianza, si el contenido de las cláusulas de la misma no se adecua a lo solicitado en las bases. 4.2 GARANTÍAS Condiciones de las garantías Las garantías deberán ser emitidas por entidades de primer orden (con clasificación A según las clasificadoras de riesgo), supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú, o por un banco de primer orden del exterior que cuente con banco corresponsal en el Perú; con Documento IV Del contrato 14 de 47

15 carácter de incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática a solo requerimiento de CTM y sin beneficio de excusión. No se aceptará garantías en la condición de mancomunadas, es decir de responsabilidad compartida Garantía de Seriedad de Oferta (Según Formato Nº 10) Con la oferta económica, el postor presentará una carta fianza por un monto de USD100,000.00, a fin de garantizar a CTM su oferta. Esta fianza tendrá una vigencia de 60 días calendario. El postor está obligado a mantenerla vigente hasta que se constituya la Garantía de Cumplimiento del Contrato De Cumplimiento del Contrato (Según Formato Nº 11) A la suscripción del contrato, el postor adjudicatario entregará una carta fianza a fin de garantizar a CTM el cumplimiento del Contrato en todos sus alcances, por una cantidad equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del Contrato. Esta garantía tendrá vigencia hasta cuarenta (40) días calendario posterior a la aprobación de la liquidación del contrato Garantías adicionales En caso CTM requiera garantías adicionales los establecerá en el documento VI - Proforma de Contrato Devolución de garantía de seriedad de oferta 4.3 FORMA DE PAGO CTM podrá solicitar la prórroga de la vigencia de la Garantía hasta por treinta días calendario. En caso que el Postor sea seleccionado, la Garantía deberá mantenerse vigente con prórroga sucesivas, hasta que entre en vigencia la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el Postor retira su Oferta antes de haber transcurrido el periodo para la adjudicación, o si una vez adjudicado el Contrato no lo firma dentro del plazo especificado para ello, o incumple en cualquier forma el compromiso contraído con CTM por el hecho de la presentación de la Oferta, CTM hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta. En caso CTM así lo consideré se procederá a la devolución de la garantía de seriedad de oferta a los postores después de la firma del contrato. CTM cancelará el pago por el servicio contratado a los treinta (30) días calendario posteriores de recibida la factura, luego de concluidos los trámites de aprobación de la respectiva factura. Los días de pago para proveedores son los viernes de cada semana, tomando en consideración todas aquellas facturas que vencen el día lunes hasta el domingo de la semana de pago. Documento IV Del contrato 15 de 47

16 4.4 PENALIDAD POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO En caso de retraso en la ejecución del servicio, CTM le aplicará al proveedor una penalidad de 0,25% del monto del contrato por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, CTM podrá resolver el Contrato por incumplimiento. Documento IV Del contrato 16 de 47

17 5.1 SISTEMA DE EVALUACIÓN V. DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN El Sistema de Evaluación de los Postores, será objetivo. Es objetiva la evaluación en la cual la selección se hace al ofrecimiento más favorable a CTM y a los fines que se buscan, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y en especial, cualquier clase de motivación subjetiva 5.2 EVALUACIÓN LEGAL Todos los documentos presentados serán revisados por el Departamento de Asesoría Jurídica que de encontrarlos no conformes, procederá a descalificar al postor y a la devolución de los sobres 1 y 2 en original. 5.3 REVISIÓN FINANCIERA Consiste en el estudio y análisis de las ofertas por el área financiera de CTM. 5.4 EVALUACIÓN TÉCNICA (PT) a) Experiencia del postor en trabajos similares (Máximo 20 puntos) Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios similares al requerido, durante los últimos diez (10) años a la fecha de la presentación de la propuesta. Tal experiencia se acreditará con copia simple de los contratos y su respectiva conformidad de prestación del servicio o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con un máximo de cinco (05) servicios. Se entienden como servicios similares a aquellos trabajos de Inspección y/o Supervisión realizados en la ejecución de las siguientes obras: - Líneas de Transmisión de 220 kv o más. - Subestaciones de Potencia de 220 kv o más. La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio: Más de USD 2,5 millones Más de USD 2 millones hasta USD 2,5 millones Más de USD 1,5 millones hasta USD 2 millones Más de USD 1 millón hasta USD 1,5 millones Igual o menor a USD 1 millón 20 puntos 15 puntos 10 puntos 05 puntos Descalificado El monto de los contratos pactados en Nuevos Soles serán convertidos a Dólares de los Estados Unidos de América al valor de tipo de cambio promedio venta (publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP) a la fecha de finalización del contrato. A fin de facilitar la evaluación, el postor realizará dicha conversión indicando el tipo de cambio utilizado y la fecha correspondiente. Para trabajos ejecutados en Consorcio u Asociación, se deberá de adjuntar copia del Contrato Principal y su respectiva conformidad, así como copia del Convenio o Escritura de Consorcio u Asociación, donde se indique el Documento V Del Sistema de Evaluación 17 de 47

18 respectivo porcentaje de participación. De lo contrario no podrá considerarse la experiencia proveniente de dicho contrato. b) Experiencia del personal propuesto (Puntaje máximo 60 puntos) Se precisa que sólo se evaluará la experiencia realizada por los ingenieros propuestos, desde la fecha de su colegiación en el Colegio de Ingenieros del Perú, no validándose los servicios realizados en fechas anteriores a ésta. El puntaje máximo será de Sesenta (60) puntos, de acuerdo a lo siguiente: Cargo Jefe de Supervisión del Proyecto (Coordinador) Jefe Supervisor de Líneas de Transmisión Jefe Supervisor de Subestaciones Jefe Supervisor de Obras Civiles Especialista de Protección Eléctrica Especialista de Telecomunicaciones Cant. Supervisor de geotécnia 1 Jefe de Seguridad Experiencia Profesional Acreditada Mayor a 10 años hasta 12 años Mayor a 12 años Mayor a 10 años hasta 12 años Mayor a 12 años Mayor a 10 años hasta 12 años Mayor a 12 años Mayor a 10 años hasta 12 años Mayor a 12 años Mayor a 5 años hasta 6 Mayor a 6 años Mayor a 5 años hasta 6 Mayor a 6 años Mayor a 10 años hasta 12 años Mayor a 12 años Mayor a 10 años hasta 12 años Mayor a 12 años Puntaje Máximo por cada cargo 10 puntos 13 puntos 06 puntos 09 puntos 06 puntos 09 puntos 06 puntos 09 puntos 03 puntos 04 puntos 03 puntos 04 puntos 04 puntos 06 puntos 04 puntos 06 puntos Técnico civil 1 Mayor a 4 años Sin puntaje Técnico electromecánico Técnico telecomunicaciones 1 Mayor a 4 años Sin puntaje 1 Mayor a 3 años Sin puntaje Notas: El tiempo de experiencia merecedor de puntaje será el que supere el tiempo de experiencia mínima de ejercicio profesional exigido en los Términos de Referencia, en la medida que este constituye un Requerimiento Técnico Mínimo. A efectos de la propuesta, dicha experiencia mínima será acreditada mediante constancias, certificados y/o actas de recepción de obra. Para acreditar la experiencia de los profesionales propuestos exigida como Requerimiento Técnico Mínimo, serán válidas las actividades desarrolladas en cualquier cargo, sin límite en el número de servicios, luego de la colegiatura, mientras hayan sido realizadas en el ejercicio de la profesión. ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE UN MISMO PROFESIONAL PROPUESTO POR UN DETERMINADO POSTOR NO PUEDE SER PROPUESTO POR OTRO POSTOR EN EL PRESENTE CONCURSO. Documento V Del Sistema de Evaluación 18 de 47

19 EN CASO QUE UN DETERMINADO POSTOR ACTUALMENTE ESTÉ PRESTANDO SERVICIOS SIMILARES AL REQUERIDO CON UN MISMO EQUIPO DE TRABAJO EN DOS (02) O MÁS PROYECTOS DE CTM, DICHO POSTOR DEBERÁ PRESENTAR EN FORMA OBLIGATORIA UN EQUIPO DE TRABAJO DIFERENTE EN EL PRESENTE CONCURSO. SE ENTENDERÁ COMO UN EQUIPO DE TRABAJO DIFERENTE A AQUEL EN EL CUAL NINGUNO DE SUS INTEGRANTES SE ENCUENTRE PARTICIPANDO EN SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE OBRA EN DOS (02) O MÁS PROYECTOS DE CTM. c) Plan de trabajo para la ejecución del servicio (máximo 10 puntos) Se otorgara puntaje al postor, en función a la programación secuencial que presente de todas las actividades, incluyendo los hitos de entrega, así como una programación de utilización de personal y equipos para todas las fases del servicio. Se calificara de la siguiente manera: A B C D El Consultor que presente el 100% de los cuadros de programación del servicio, coherentes con el desarrollo y programación del proyecto, que permitan un control claro y oportuno de las actividades desarrolladas, tales como: 1) Relación de actividades; 2) Utilización de recursos y personal; 3) Programación PERT-CPM de actividades, y; 4) Matriz de asignación de responsabilidades. El Consultor que presente 3 de los cuadros correctamente desarrollados El Consultor que presente al menos 2 de los cuadros correctamente desarrollados El Consultor que presente al menos 1 de los cuadros correctamente desarrollados 10 puntos 8 puntos 6 puntos 4 puntos d) Sistema de Calidad (Máximo 10 puntos) El puntaje máximo se otorgará al Postor propuesto que tenga certificación ISO 9001 o sistema de calidad de entidad reconocida internacionalmente. En caso el Postor presente un sistema de calidad propio CTM otorgará el puntaje en forma directamente proporcional a la consistencia y detalle descritos hasta un máximo de 5 puntos Resumen: Los puntajes máximos por cada ítem se otorgarán de la siguiente manera: Ítem Descripción Puntaje por cada rubro A Requisitos legales Eliminatorio B Revisión financiera Eliminatorio C Evaluación técnica 1 Experiencia del postor 20 2 Experiencia del Personal Propuesto 60 3 Plan de trabajo para la ejecución del 10 Documento V Del Sistema de Evaluación 19 de 47

20 servicio 4 Sistema de calidad 10 PUNTAJE TÉCNICO TOTAL 100 El puntaje mínimo para acceder a la evaluación económica es de setenta y cinco (75) puntos. 5.5 EVALUACIÓN ECONÓMICA Se efectuará previamente las verificaciones/correcciones siguientes: Errores Aritméticos Las ofertas serán analizadas para determinar si se han cometido errores en las operaciones aritméticas, en cuyo caso tales errores serán corregidos para efectos de evaluación en caso se identifiquen. Para efectos de comparación de ofertas solo se tomara en cuenta el monto total ofertado por el postor, y es su responsabilidad verificar que las operaciones aritméticas sean las correctas. Los errores aritméticos se rectificarán con base en el siguiente criterio: Si hay discrepancias entre el precio total obtenido al multiplicar el precio unitario por la cantidad del respectivo ítem y el precio total indicado en el formulario de precios de los bienes, el precio unitario prevalecerá y el precio total será corregido Descuentos Ofrecidos En este paso se aplicarán los descuentos ofrecidos sobre los precios unitarios, así los descuentos hayan sido ofrecidos en otra forma. Los precios unitarios así obtenidos serán los que rijan durante el contrato Homologación (Penalizaciones) Con el fin de mantener la igualdad entre los postores, CTM podrá penalizar las ofertas que presenten desviaciones aceptables. Los criterios que se utilizarán en la determinación de las nivelaciones (penalizaciones) serán los siguientes: a. En el caso de faltantes de un determinado ítem, se tomará como valor de la penalización el mayor valor cotizado, para ese ítem por los demás postores calificados. b. Si el postor ha cotizado el ítem, pero el mismo contempla alguna desviación aceptable, la nivelación (penalización) se calculará como la diferencia entre el mayor valor cotizado sin desviaciones para ese ítem por los demás postores calificados y el valor cotizado para el ítem desviado. El valor que resulte de esta diferencia no se tendrá en cuenta si es negativo. c. Si cualquiera de las ofertas presenta desviaciones aceptables, cuya nivelación (penalización) no pueda valorarse adecuadamente mediante la aplicación de alguno de los criterios definidos anteriormente, CTM definirá durante la evaluación la forma como las nivelará (penalizará), pero Documento V Del Sistema de Evaluación 20 de 47

21 siempre dicho cálculo se hará bajo el criterio general de mantener la igualdad entre los postores. El Puntaje Máximo de la Propuesta Económica será de cien (100) puntos y será otorgada al menor monto de oferta (PMPE), los puntajes de las demás ofertas se otorgarán según la siguiente función: Pi = (Om x PMPE)/Oi Donde: i = Pi = Oi = Om = PMPE = Propuesta Puntaje de la propuesta económica i Propuesta Económica i Propuesta Económica de monto o precio más bajo Puntaje Máximo de la Propuesta Económica El cálculo para obtener estos puntajes, se efectuará al milésimo, redondeándose el segundo decimal al inmediato superior si el tercer decimal es igual o mayor a cinco (5). 5.6 ADJUDICACIÓN La adjudicación se hará a la oferta que obtenga el mayor puntaje total, el mismo que será obtenido luego de aplicar la siguiente fórmula. PTPi = 0,2 PTi + 0,8 PEi Donde: PTP i = Puntaje de costo total del postor i PT i = Puntaje por evaluación técnica del postor i PE i = Puntaje por evaluación económica del postor i Se elaborará el orden de prelación de mayor a menor puntaje para los Postores que presentaron oferta. Ocupando el primer lugar el Postor que obtenga el mayor puntaje. Documento V Del Sistema de Evaluación 21 de 47

22 VI. PROFORMA DEL CONTRATO CONTRATO Nº GP Conste por el presente documento el Contrato que celebran de una parte la empresa CONSORCIO TRANSMANTARO S.A., con RUC Nº.., debidamente representada por......, con Nº..., con domicilio legal en Av. Juan de Arona N 720, oficina 601, San Isidro, Lima, en adelante "CTM ; y, de la otra parte, la empresa... con RUC Nº..., representada por su..., con DNI Nº..., con domicilio legal..., en adelante el CONSULTOR"; en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES 1.1 Con el objeto de efectuar el servicio de consultoría: Servicio de supervisión de ingeniería, suministro y construcción de la SCT 1 LT 220 kv Friaspata-Mollepata y Subestaciones Asociadas, y SCT 2 SE, se llevó a cabo el proceso de. 1.2 Mediante carta N de fecha..., se adjudicó el contrato al CONSULTOR. CLÁUSULA SEGUNDA: MARCO LEGAL El presente contrato se regirá por lo siguiente: Reglamento de Contratación de Red de Energía del Peru S.A. (REP). Las normas peruanas que resulten de aplicación. CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente Contrato el CONSULTOR se obliga a efectuar el servicio de, materia de la convocatoria de conformidad con los Términos de Referencia detallados en el Expediente Técnico del proceso de selección y su propuesta técnico-económica. CLÁUSULA CUARTA: DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO 4.1 Monto El monto total que CTM abonará al CONSULTOR como precio del presente Contrato, asciende a la suma de... con.../ (...), según el detalle de la Oferta del CONSULTOR, incluyendo el Impuesto General a las Ventas (IGV) y/o cualquier otro tributo aplicable, cuyo detalle es el siguiente (si es que corresponde): Este monto incluye los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio contratado. El precio y el valor pactado en el presente contrato no estarán sujetos a reajustes. 4.2 Pagos CTM cancelará el pago por los servicios contratados mediante liquidaciones mensuales a los treinta (30) días de presentada la factura, luego de concluidos los Documento VI Proforma de Contrato 22 de 47

23 trámites de aprobación de la misma, siempre y cuando el CONSULTOR haya suscrito y CTM aprobado las garantías y seguros estipulados en este contrato. La factura debe indicar el número de pedido... (a ser proporcionado a la suscripción del contrato) y deberán emitirse de conformidad con los dispositivos legales vigentes, de lo contrario serán rechazadas, salvo que el CONSULTOR sea no domiciliado en tal caso cumplirán con las disposiciones legales en su país de origen. Se deberá adjuntar a la factura, la Conformidad del Servicio SAP, a ser proporcionada por el usuario CTM en un plazo máximo de diez (10) días calendario contado desde el día siguiente de la fecha de entrega de los debidos sustentos que dan cuenta del término de la prestación del servicio u obra conforme a las exigencias establecidas. Si existiera discrepancia entre las cuentas presentadas por el CONSULTOR y la revisión que de ellas haga CTM, éste devolverá la factura informando al CONSULTOR las discrepancias encontradas. Solo cuando el CONSULTOR efectúe la corrección de la factura, CTM aceptará la presentación de la misma y seguirá los trámites estipulados en esta cláusula. El CONSULTOR observará las disposiciones legales, tributarias, aduaneras y laborales vigentes de nuestro país, para el tratamiento de los temas con tributos CTM se reserva el derecho de retener el pago (total o parcial) de cualquier factura del CONSULTOR que requiera posterior comprobación antes del pago y mientras éste no demuestre a CTM en forma fehaciente, el cumplimiento de cada una de las cláusulas y anexo del presente contrato. Asimismo, se reserva el derecho de deducir de dicho pago, cualquier monto adeudado a CTM, dentro de los términos y condiciones del presente contrato Mediante Resolución de Superintendencia N /SUNAT, CTM ha sido designado Agente de Retención del IGV, en razón de lo cual CTM retendrá de sus pagos lo dispuesto por esta resolución, salvo en el caso de tratarse de Agentes de Retención y otros previstos en la legislación vigente. Por lo tanto indicar en su factura el número de cuenta de detracción del Banco de la Nación, según sea el caso de acuerdo a lo establecido por SUNAT. El plazo de pago de la factura recibida por CTM iniciará desde el momento en que el CONSULTOR brinde su número de cuenta de detracción. CLÁUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCIÓN 5.1 El CONSULTOR realizará el servicio en un plazo máximo de veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de suscripción del contrato y vence en la fecha que haya entregado el informe final correspondiente a plena satisfacción y aprobación de CTM. 5.2 La demora en la ejecución del servicio contratado por causas imputables al CONSULTOR generará la aplicación de las sanciones y penalidades previstas en el presente Contrato. Documento VI Proforma de Contrato 23 de 47

24 5.3 En caso de ocurrir cualquier eximente de responsabilidad, el CONSULTOR deberá comunicarlo diligentemente a CTM por escrito. 5.4 En caso el Concedente otorgue una ampliación de plazo del Contrato de Concesión, se considerará ampliado el plazo de ejecución del presente Contrato. En base a lo anterior, CTM reconocerá al CONSULTOR los costos generados por la disposición de personal requerido y gastos generales, para lo cual el CONSULTOR deberá mantener inalterables los precios unitarios de los recursos que demande el plazo adicional. CLÁUSULA SEXTA: DE LAS GARANTÍAS Y SEGUROS Las garantías deberán ser emitidas por entidades de primer orden (con clasificación A según Clasificadora de Riesgos) supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú, o por un banco de primer orden del exterior que cuente con un banco corresponsal en el Perú, con carácter de incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática a solo requerimiento de CTM y sin beneficio de excusión. En caso que por cualquier contingencia del sistema financiero, las garantías presentadas perdieran su eficacia, el CONSULTOR se obliga a sustituirlas en los mismos términos y condiciones originalmente establecidos, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario. Vencido este plazo y en caso de no haberse efectuado las sustituciones CTM retendrá cualquier pago hasta por el monto de las garantías mencionadas. No se aceptará garantías en la condición de mancomunadas, es decir de responsabilidad compartida. El CONSULTOR entregará a CTM las siguientes garantías: 6.1 De Cumplimiento del Contrato El CONSULTOR, a la suscripción del contrato, entregará una carta fianza a fin de garantizar a CTM el cumplimiento del contrato en todos sus alcances, por una cantidad equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del Contrato. Esta fianza tendrá vigencia hasta cuarenta (40) días calendario posterior a la fecha de finalización del contrato. 6.2 Ejecución de Garantía CTM ejecutará la garantía entregada por el CONSULTOR, en los casos previstos en el numeral 9.1 de la Cláusula Novena del presente Contrato, con excepción de los casos de fuerza mayor o caso fortuito mencionado en el literal f). Los seguros serán de cuenta y cargo del CONSULTOR; entregando el CONSULTOR los siguientes seguros: 6.3 Seguro complementario de trabajo de riesgo El CONSULTOR presenta el seguro complementario de trabajo de riesgo que cubre las siguientes contingencias: a) Accidentes de trabajo o enfermedad profesional. El CONSULTOR puede contratar dicho seguro con ESSALUD o Entidad Prestadora de Salud (EPS). Documento VI Proforma de Contrato 24 de 47

25 b) Invalidez y Muerte como consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. El CONSULTOR puede contratar dicho seguro con la ONP o empresas de seguros. CLÁUSULA SÉTIMA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1 Del CONSULTOR - Ejecutar el servicio y cumplir las condiciones contratadas de conformidad con lo establecido en su propuesta y los términos de referencia solicitados. - Cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentarias en materia laboral, previsión social y sanitaria, higiene, etc. oportunamente. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, CTM podrá retener al CONSULTOR el monto reclamado o solicitarle constituya una fianza o garantía a su favor que cubra dicho monto hasta que la reclamación sea absuelta. - No podrá bajo ningún motivo alterar, modificar ni sustituir las características de su propuesta al ejecutar las obligaciones que le correspondan conforme el presente Contrato. - No podrá ceder, subcontratar, transferir o gravar, por ningún título, la totalidad o parte de sus derechos y obligaciones derivadas de este contrato, incluidos los derechos de crédito, sin el previo consentimiento por escrito de CTM. Si tal consentimiento fuera otorgado, éste no exonerará al CONSULTOR de ninguna de sus responsabilidades y obligaciones emanadas del presente contrato, siendo de su responsabilidad los actos, faltas o negligencia de la entidad o persona a favor de quien se cedió, transfirió o constituyó un gravamen, en la misma medida que si fuesen actos, falta o negligencias del CONSULTOR. - Entregar los resultados de conformidad con el plazo establecido en su propuesta. - Prestar el servicio en forma independiente y autónoma, asumiendo los servicios prestados por su cuenta y riesgo, con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales, así mismo son responsables por los resultados de sus actividades, y sus trabajadores están bajo su exclusiva subordinación. - Cumplir con el DS VIVIENDA del que complementa la Ley de supervisión a los profesionales de la ingeniería de la República. Documento VI Proforma de Contrato 25 de 47

26 Cumplir con lo establecido en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas, aprobado mediante R.M. Nº MEM/DM, el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, aprobado mediante D.S. Nº EM, el Reglamento Interno de Seguridad de CTM, así como las demás normas legales concordantes y aplicables. Cumplir con los procedimientos, reglamentos y/o documentos similares establecidos por Luz del Sur para las actividades a realizar en sus instalaciones concernientes a Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente. Informes Los informes de la prestación del servicio deberán ser presentados a CTM con el contenido y en la cantidad señalados en las Bases específicas y en los Términos de Referencia. Los Informes deberán ser suscritos por el CONSULTOR. En cualquiera de los informes, si las observaciones efectuadas por CTM fueran de tal importancia, que dado el trabajo que deberá efectuar el CONSULTOR, que requieran tiempo adicional al establecido para levantarlas, este tiempo adicional será considerado como atraso. El CONSULTOR antes de la entrega del informe final, realizará una exposición, ante el grupo de profesionales que designe CTM, la exposición estará a cargo del Jefe del servicio propuestos por el CONSULTOR en su Oferta. Para ello tres (03) días hábiles antes de la fecha señalada para la exposición, el CONSULTOR presentará a CTM el borrador del informe final, la exposición se llevará a cabo en la sede administrativa de CTM en Lima. Redacción Todos los informes, comunicaciones y documentos serán elaborados en el idioma español, con excepción de documentos y bibliografía especializada que podrá ser presentada en idioma Inglés. Cada uno de los informes se presentará en tres (03) copias. Además se entregarán los archivos resultantes de los estudios en CD, los cuales podrán ser elaborados en programas comerciales de fácil disponibilidad (Excel, MSWord, Autocad R.14, etc.) aprobado por CTM. Se deberá de usar el sistema métrico decimal por lo que el CONSULTOR se obliga a respetar el uso del Sistema Legal de Unidades del Perú (Ley Nº 23560) estrictamente en cada uno de los informes o documentos que emita. Los formatos y detalles de los documentos se ajustarán a las normas nacionales, los planos deberán ser elaborados en tamaño DIN adecuado. Propiedad intelectual Documento VI Proforma de Contrato 26 de 47

27 Los derechos patrimoniales sobre los resultados que se generen y emitan, así como los informes que se produzcan son de propiedad de CTM. En virtud de ello, CTM podrá reproducirlos (edición, copia, inclusión en película cinematográfica, videograma, o cualquier otra forma de fijación); comunicarlos en forma pública (ejecución, concursos, representación, declamación, radiodifusión sonora o audiovisual, difusión por parlantes, telefonía, fonógrafos o equipos análogos, etc.); transformarlos (traducción, arreglo o cualquier otra forma de adaptación) y distribuirlos (venta, arrendamiento o alquiler e importación), o cualquier otra forma de explotación conocida o por conocer; siempre respetando los derechos morales del autor. El CONSULTOR podrá sin embargo, disponer libremente del Know How adquirido, siempre y cuando no dé lugar a conductas de competencia desleal. Confidencialidad El CONSULTOR o su personal no revelarán ninguna información confidencial o de propiedad de CTM relacionada con los servicios de este contrato o de sus actividades u operaciones, sin previo consentimiento escrito por CTM. En caso el CONSULTOR o su personal se vea obligado a divulgar de manera parcial o total el contenido de la información confidencial por orden judicial o administrativa emitida por autoridad competente, se obliga a darle aviso inmediato por escrito a CTM, de manera que se puedan ejercer los correspondientes derechos de defensa, protección o de tutela, según corresponda. No será considerada confidencial cualquier información que sea de dominio público o de conocimiento general en el ámbito comercial, de la ingeniería o de los negocios así como todo lo que a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, sea legítimamente revelado por terceros y que no tenga restricción de confidencialidad. Indemnidad de CTM El CONSULTOR mantendrá indemne a CTM, a sus funcionarios, agentes y representantes por razón de cualquier reclamación, demanda, acción legal o costos que surjan o se le causen a CTM como resultado del uso por parte de CTM, bajo responsabilidad del CONSULTOR de patentes, diseños, derechos de autor que sean propiedad de terceros, durante el desarrollo del contrato o posteriormente durante el uso por parte de CTM de los bienes o servicios suministrados. El CONSULTOR también mantendrá indemne a CTM contra toda reclamación, demanda, acción legal o costos que surjan o se le causen a CTM por daños y/o lesiones a terceros, al personal del CONSULTOR o a su propio personal por razones imputables al CONSULTOR. Se consideran como imputables al CONSULTOR todas las acciones u omisiones del personal de supervisión a su servicio. En caso de que se entable una reclamación, demanda o acción legal contra CTM por asuntos que sean de responsabilidad del CONSULTOR, ésta será comunicada lo Documento VI Proforma de Contrato 27 de 47

28 más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la Ley para mantener indemne a CTM y adelante las acciones necesarias para llegar a un arreglo del conflicto. El CONSULTOR cumplirá estrictamente con la legislación laboral y social vigente en la República del Perú, especialmente en lo relativo al tema de pago a sus trabajadores, y será también responsable del cumplimiento de las mismas por parte de los subcontratistas que pudiera contratar. El CONSULTOR será el único responsable y deberá mantener a CTM exonerado de cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa del incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral, realizada por el CONSULTOR, o por causas imputables a él. Proporcionar a CTM o su representante, las facilidades o elementos necesarios, a fin que la supervisión se efectúe en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. De la misma forma, deberá cumplir con lo estipulado en el numeral 4.9 del Contrato de Concesión. Velar que las actividades sean efectuadas correctamente en concordancia con la normatividad vigente y la buena práctica profesional aplicable. Ser responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios propuestos por un plazo no menor de cinco (05) años contado a partir de la recepción de los servicios otorgada por CTM. 7.2 De CTM - Efectuar los pagos al CONSULTOR en la forma y plazos establecidos en el presente Contrato. - Entregar toda la información técnica necesaria para el desarrollo de los estudios CLÁUSULA OCTAVA: PENALIDADES 8.1 Por demora en la ejecución del servicio/obra En caso de retraso en la ejecución de la obra, CTM le aplicará al CONSULTOR una penalidad de cero coma veinticinco por ciento (0,25%) del monto del contrato por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta o del pago final, o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías entregadas. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, CTM podrá resolver el contrato por incumplimiento. En caso ser aplicable la penalidad, CTM emitirá una nota de débito por el monto respectivo, el mismo que no estará afecto al IGV. 8.2 Por cambio de personal Documento VI Proforma de Contrato 28 de 47

29 En caso que el CONSULTOR efectúe cambios del personal propuesto en su Oferta durante la ejecución del contrato o entre el otorgamiento de la buena pro y el inicio del plazo de ejecución del contrato, CTM aplicará automáticamente una multa según la escala mencionada líneas abajo por cada cambio que realice a menos que se deba a una causa grave como fallecimiento, invalidez del personal o enfermedad grave, en tal caso deberá de acreditarse con la documentación correspondiente. ESCALA DE MULTAS POR CADA CAMBIO DE PERSONAL (US$) Ing. Jefe de supervisión (US$) Ing. Supervisores, de seguridad y/o especialistas (US$) Las calificaciones del nuevo personal serán cuando menos iguales o superiores a las del personal reemplazado, para lo cual adjuntará la documentación indicadas en la solicitud de Oferta, para su evaluación y aprobación de ser el caso. 8.3 Por incumplimiento de normas de Seguridad, Salud en el trabajo y Medio Ambiente Se genera en el supuesto que el CONSULTOR, en forma directa o por medio del personal a su cargo infringe lo dispuesto por el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº MEM/DM, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de REP, el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº EM, el Procedimiento para la Supervisión Ambiental de las Empresas Eléctricas, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº OS/CD, y normas aplicables. En estos casos, CTM queda facultada para penalizar la conducta infractora, debidamente identificada, considerando lo siguiente: Si el CONSULTOR incumple alguna norma de seguridad, salud y medio ambiente, se le aplicará una penalidad ascendente a 2 UIT. En el caso de que el incumplimiento de alguna norma de seguridad, salud y medio ambiente conduzca a incapacidad física temporal de alguna persona se le aplicará una penalidad ascendente a 4 UIT. En el caso de que el incumplimiento de alguna norma de seguridad, salud y medio ambiente conduzca a incapacidad física permanente o fallecimiento de alguna persona se le aplicará una penalidad ascendente a 8 UIT. En todos los casos CTM queda facultada a resolver el contrato y aplicar todas las penalidades asociadas por incumplimiento del mismo. Las penalidades serán descontadas al CONSULTOR de cualquier pago pendiente o garantía otorgada a favor de CTM independientemente de las responsabilidades penales y civiles a que hubiera lugar. 8.4 Multas impuestas a CTM Si CTM fuera sancionado por las entidades de fiscalización por infracciones a la normatividad legal aplicable que hayan sido cometidas por el CONSULTOR Documento VI Proforma de Contrato 29 de 47

30 durante la ejecución del servicio/obra, los gastos o multas serán descontados al CONSULTOR, independientemente del monto, y descontados de cualquier pago en trámite o garantía otorgada a favor de CTM. CLÁUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 9.1 Imputable al CONSULTOR CTM podrá resolver el presente Contrato por alguna de las causas fundamentales siguientes, las que no se limitan a: a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para que cumpla. b) No cuente con la capacidad económica o técnica para continuar la ejecución de la prestación a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación. c) Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora en la ejecución de la prestación a su cargo. d) La suspensión, abandono parcial o total de la ejecución del contrato por parte del CONSULTOR, pese a haber sido requerido para corregirlo. e) La negativa del CONSULTOR a continuar con la ejecución del contrato. f) La fuerza mayor o caso fortuito que impida el cumplimiento del plazo establecido en el contrato. g) La cesión o transferencia del contrato a terceros o su subcontratación, sin previa autorización escrita de CTM. h) La alteración y/o modificación de las especificaciones técnicas y condiciones económicas de los servicios señalados en las Especificaciones Técnicas, en perjuicio de CTM. 9.2 Imputable a CTM El CONSULTOR tendrá derecho a resolver el Contrato en el supuesto que CTM incumpla con la honra de sus obligaciones pecuniarias. 9.3 Caso fortuito o fuerza mayor El CONSULTOR quedará exento de toda responsabilidad por los daños que ocasionen la demora en la ejecución del contrato, cuando medien razones de fuerza mayor, debidamente comprobadas. Las Partes convienen que en estos casos el CONSULTOR podrá solicitar la modificación de los plazos, pero no tendrá derecho al reconocimiento de indemnización alguna por parte de CTM. Dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que el CONSULTOR se vea obligado a suspender la ejecución del contrato debido a la ocurrencia de un hecho por razones de fuerza mayor, deberá comunicar el hecho a CTM, señalando las causas que determinaron la suspensión. Una vez comprobado el hecho, CTM podrá optar por alguna o algunas de las siguientes alternativas: a) Ampliación del plazo del contrato. b) Disminución o ampliación del alcance del objeto del contrato. c) Terminación o resolución del contrato en el caso en que las causas de fuerza mayor sean permanentes. Documento VI Proforma de Contrato 30 de 47

31 9.4 Perfeccionamiento de la Resolución del Contrato El presente contrato quedará resuelto de pleno derecho y sin que se requiera decisión judicial alguna en caso que una de las partes incurriese en incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones a su cargo estipuladas en el presente contrato, incluyendo pero sin limitarse a lo establecido en la cláusula 9.1 del presente contrato. Las partes convienen que cuando se produzca el incumplimiento, el contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir de la fecha especificada en la comunicación notarial que para estos efectos, la parte afectada con el incumplimiento curse a la otra con el fin de notificarle su intención de hacer valer la cláusula resolutoria expresa pactada en su favor. Alternativamente, la parte afectada con el incumplimiento podrá establecer un plazo para que la otra subsane su incumplimiento en cuyo caso el contrato quedará resuelto de pleno derecho, si al vencimiento del indicado plazo no ha sido subsanada la ejecución de la prestación a su cargo. La resolución así declarada, dará derecho a CTM para interponer y ejercer las acciones que estime convenientes. CLÁUSULA DÉCIMA: ACTA DE RECEPCION Y DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO El contrato se considera terminado cuando las partes hayan ejecutado íntegramente sus obligaciones, luego de la firma del Acta de Conformidad de la entrega del servicio a entera satisfacción de las partes. CLÁUSULA UNDÉCIMA: AUTONOMÍA DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Las partes dejan expresa constancia que los trabajadores contratados por el CONSULTOR para llevar a cabo el objeto del presente no se encuentran sujetos a subordinación alguna a CTM. El presente contrato no origina en modo alguna relación laboral entre CTM y los trabajadores contratados por el CONSULTOR, bajo los siguientes términos: 11.1 Los trabajadores prestarán los servicios pactados con los instrumentos y equipos proporcionados por el CONSULTOR, ya sean de su propiedad o que se mantengan bajo su administración y responsabilidad, con las excepciones de ley Las instrucciones y sanciones que recibirán los trabajadores únicamente pueden provenir del CONSULTOR Los trabajadores encargados de prestar el servicio pactado entre el CONSULTOR y CTM percibirán la remuneración que el CONSULTOR les otorgue, no pudiendo recibir beneficios económicos de parte de CTM El CONSULTOR se encarga del pago de los beneficios y aportaciones sociales de los trabajadores contratados por el CONSULTOR El CONSULTOR fija la jornada laboral y el horario de trabajo de sus trabajadores. CLÁUSULA DUODÉCIMA: DIVERGENCIAS Cualquier divergencia que pudiera surgir entre las partes será resuelta mediante un arbitraje de derecho de acuerdo a las reglas de la Cámara de Comercio de Lima. Documento VI Proforma de Contrato 31 de 47

32 Las partes convienen que el laudo arbitral será definitivo e inapelable. Las partes renuncian expresamente a cualquier recurso impugnatorio que pudieran formular contra el laudo arbitral ante los jueces y tribunales peruanos o extranjeros. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: DISPOSICIONES GENERALES Además de lo específicamente indicado en el presente Contrato, rigen todas las disposiciones y estipulaciones consignadas en el Expediente Técnico y en la propuesta aprobada, así como las disposiciones legales vigentes y complementarias sobre la materia Vigencia del Contrato Este Contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción por las partes hasta la liquidación del mismo Modificaciones Las variaciones que por cualquier concepto modifiquen los términos del presente contrato, se harán constar mediante adenda, el mismo que será suscrito por los representantes legales de ambas partes Administración del Contrato El presente Contrato estará administrado por la Gerencia de Proyectos de Consorcio Transmantaro S.A Renovación de Cartas Fianza Las Cartas Fianza deberán mantenerse vigentes a lo largo de la vigencia del contrato sin necesidad de requerimiento previo de CTM Tributos El CONSULTOR asumirá todas las obligaciones tributarias derivadas de tributos, gravámenes, tasas, derechos y otros cargos de acuerdo con la Legislación Tributaria Peruana que se generen con la suscripción del presente contrato y definan al CONSULTOR como sujeto pasivo del tributo. Cualquier modificación a las bases imponibles, tasas y similares de tributos existentes a la fecha de presentación de ofertas o la creación de nuevos tributos, afectará a quien la legislación tributaría haya calificado como sujeto pasivo del tributo. En caso el CONSULTOR sea no domiciliado y miembro de la Comunidad Andina de Naciones será de aplicación lo establecido en el Art. 14 de la Decisión 578 y que se menciona a continuación: Al importe que CTM pagará se le aplicará la tasa del 15% de retención del Impuesto a la Renta, previa entrega de los documentos indicados en la Ley N 28442, que modificó el Artículo 56 de la Ley del Impuesto a la Renta. La entrega de estos documentos será con ocasión de la presentación de la última factura o podrán ser requeridas parcialmente por CTM durante la ejecución del contrato por cada monto ejecutado. Los documentos indicados por la Ley N son: 1. Una declaración jurada expedida por la empresa no domiciliada en la que ésta declare que prestará la asistencia técnica y registrará los ingresos que ella genere; y, Documento VI Proforma de Contrato 32 de 47

33 2. Un informe de una firma de auditores de prestigio internacional en el que se certifique que la asistencia técnica ha sido prestada efectivamente. La obligación tributaria de CTM frente a la Administración Tributaria Peruana referida a la retención del 15% de Impuesto a la Renta nace por el importe de las provisiones contables mensuales. La retención efectiva al proveedor se realizará en el momento del pago de sus facturas. La demora o falta de entrega del CONSULTOR a CTM de los documentos indicados por la Ley N generará a cargo del CONSULTOR la aplicación de la tasa del 30% de retención del impuesto a la renta por el monto total del contrato, más los intereses y multas correspondientes 13.6 Cambio de domicilio Las partes señalan como domicilio real las direcciones que figuran en la introducción del presente Contrato, lugar donde se le cursarán válidamente las notificaciones de ley. Los cambios domiciliarios que pudieran ocurrir, serán comunicados al domicilio legal de la otra parte con diez (10) días calendario de anticipación Código Antifraude Las partes se comprometen a cumplir de manera cabal lo dispuesto en el Código Antifraude de REP y sus modificatorias, el mismo que se puede obtener en la página web de REP ( comprometiéndose a denunciar los actos de corrupción y/o fraude de los que se tenga conocimiento. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Forman parte integrante de este Contrato los siguientes documentos, en señal de aprobación; las bases del proceso, incluyendo sus anexos, absolución de consultas, aclaraciones a las bases y todos los documentos legales y administrativos que sirvieron para el proceso de selección, así como la oferta económica y de ser el caso su oferta negociada del contrato, las garantías y la carta de adjudicación. Encontrándose ambas partes de acuerdo con todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato, lo suscriben en señal de conformidad, en la ciudad de Lima el... de... de Por CTM Por el CONSULTOR Documento VI Proforma de Contrato 33 de 47

34 VII. TÉRMINOS DE REFERENCIA Se adjunta archivo.. Documento VII Especificaciones Técnicas 34 de 47

35 SOLICITUD Nº SPU CTM FORMATO Nº 01 DATOS MAESTROS ACREEDOR Fecha recepción : Fecha de registro: El que se suscribe,. (o representante Legal de...), identificado con DNI Nº..., R.U.C. Nº..., con poder inscrito en la localidad de... en la Ficha Nº... Asiento Nº..., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad: INFORMACIÓN GENERAL Nombre o razón social: Sigla: Dirección: RUC: Teléfono (1): Teléfono (2): Fax: Correo electrónico contacto comercial: Ciudad: Departamento: País: Persona de Contacto autorizada para acceso a página web: Correo electrónico autorizado para el envío de contraseña de página web: INFORMACIÓN BANCARIA DEL ACREEDOR Orden Nota1 Nota 2 Nombre del Banco Moneda Número cuenta : Para pago de facturas vía transferencia. : la cuenta indicada deberá pertenecer a la razón social Número de cuenta interbancaria (CCI) Ahorro Corriente Titular de la cuenta CUENTA DETRACCION BANCO DE LA NACION INFORMACIÓN DE CALIDAD Su empresa cuenta con un Sistema de Calidad? Nro. Nivel de avance: PARTICIPACIÓN EN CONSORCIO SI NO Nombre de las Empresas que participan en Consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3 DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL: Nombre:. DNI / Carné Extranjería:. Formato: AL-F-10 Revisión: 09 Firma del Representante Legal La suscripción de éste documento acredita conocer el procedimiento de pago de proveedores de REP, disponible en nuestra página web: Nota: Si el postor es un consorcio, este documento debe ser suscrito por el representante legal de cada miembro del consorcio. Documento VIII Formatos kv Friaspata-Mollepata y Subestaciones Asociadas, y SCT 2 SE Orcotuna 220/60 kv y Variante de Línea. 35 de 47

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