Ubicación en el texto Texto del informe Justificación Propuesta de cambio Pág Sección/Párrafo 1 IV Abreviaturas y definiciones

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1 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE Competent Authority comments on the draft report received 21/09/2016 OBSERVACIONES AL BORRADOR DE INFORME DE LA AUDITORÍA DG (SANTE) 2016/8751 DE CONTROL DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS EN PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, LLEVADA A CABO EN ESPAÑA DEL 8 AL 15 DE MARZO DE 2016 (CA Visitada Andalucía) A continuación se indican las observaciones al borrador de informe de la Misión DG (SANTE) 2016/8751 emitidas desde España. Estas se muestran en el presente documento indicando la ubicación y el párrafo que se desea comentar, a continuación los argumentos que han llevado a formular la observación y en último lugar en algún caso la propuesta de cambio formulada. Estas observaciones se hacen sobre el borrador de informe en español. Nº Pág Sección/Párrafo 1 IV Abreviaturas y definiciones Soivre Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones La Aecosan es la entidad encargada de la ejecución de estos programas de control. Se escribe en mayúsculas, pues es un acrónimo. Se trata de un acrónimo acuñado de forma histórica, pero que no refleja de forma exacta su naturaleza actual, se ruega se cambie la redacción actual Según el artículo 6 del RD 280/1994 (no derogado explícitamente, y por lo tanto en vigor para todo aquello que no haya sido regulado por el Reglamento 396/2005) las CCAA elaborarán los planes anuales de vigilancia de residuos de productos fitosanitarios. Además, en el RD 971/2014, del Ministerio de la Presidencia, sobre Evaluación de Productos fitosanitarios, afirma que la será autoridad competente en la coordinación de estos controles (art 3.2.c), siendo las CCAA (art 3.3) las competentes en el resto de las obligaciones establecidas en el Reglamento : Servicio de Control e Inspección de es la entidad encargada de la coordinación en la planificación de los diferentes programas de control de residuos del territorio español. Auditoría DG (SANTE) 2016/8751. Observaciones al borrador Página 1 de 5

2 Pág Sección/Párrafo la ENAC declaró que existían dieciséis laboratorios acreditados en España que se encargaban de analizar las muestras tomadas por los organismos y las autoridades de control para la detección de residuos de plaguicidas (catorce acreditados por la ENAC, uno acreditado por la entidad de acreditación italiana ACCREDIA y otro acreditado por la entidad de acreditación alemana DAkkS) La Aecosan es la entidad encargada de la ejecución de los programas de control de residuos de plaguicidas de conformidad con el capítulo V del Reglamento (CE) n. º 396/ El Soivre tomó 48 muestras en el contexto de la realización de controles aleatorios a la importación. Aunque los 396/05, entre ellas las de la elaboración de los planes de control (art 30) que posteriormente ejecutarán. Se debe eliminar España, se informó de que los organismos y autoridades de control utilizaban 16 laboratorios de análisis de residuos de plaguicidas, 14 con acreditación ENAC, 1 con acreditación ACCREDIA (que está en Italia) y 1 con acreditación DAKKSs (que está en España). En consecuencia en España hay 15 laboratorios aunque los organismos y autoridades de control utilicen 16. Según el artículo 6 del RD 280/1994 (no derogado explícitamente, y por lo tanto en vigor para todo aquello que no haya sido regulado por el Reglamento 396/2005) las CCAA elaborarán los planes anuales de vigilancia de residuos de productos fitosanitarios. Además, en el RD 971/2014, del Ministerio de la Presidencia, sobre Evaluación de Productos fitosanitarios, afirma que la será autoridad competente en la coordinación de estos controles (art 3.2.c), siendo las CCAA (art 3.3) las competentes en el resto de las obligaciones establecidas en el Reglamento 396/05, entre ellas las de la elaboración de los planes de control (art 30) que posteriormente ejecutarán. Se considera necesario matizar y puntualizar este párrafo sobre la actuación del, para recoger con mayor fidelidad lo que se dijo en la ENAC la ENAC declaró que existían dieciséis laboratorios acreditados que se encargaban de analizar las muestras tomadas por los organismos y las autoridades de control para la detección de residuos de plaguicidas (catorce acreditados por la ENAC, uno acreditado por la entidad de acreditación italiana ACCREDIA y otro acreditado por la entidad de acreditación alemana DAkkS). es la entidad encargada de la coordinación en la planificación de los diferentes programas de control de residuos del territorio español. El tomó 48 muestras en el contexto Auditoría DG (SANCO) 2016/8751. Respuesta al Proyecto de informe de auditoria Página 2 de 5

3 Pág Sección/Párrafo análisis se efectúan en tres laboratorios acreditados, el Soivre señaló que era imposible garantizar que los métodos empleados por estos se encuentren comprendidos en el ámbito de la acreditación. Se detectaron dos infracciones y se intercambió información con la autoridad competente La ausencia de unos criterios oficiales claros con respecto a los procedimientos de muestreo conlleva el riesgo de que la interpretación de los resultados de laboratorio se vea afectada por un procedimiento de muestreo que no es representativo en cuanto a su finalidad. reunión de auditoria. Según párrafo 11.- En lo concerniente a los procedimientos de muestreo de alimentos, se aplica el Real Decreto 290/2003, por el que se transpone la Directiva 2002/63/CE de la Comisión. En cuanto al muestreo de otros productos, como tierra, agua y hojas, es aplicable el Real Decreto 1945/1983. Este último dispone que cada muestra constará de tres ejemplares homogéneos, pero no especifica cómo establecer una muestra representativa de hojas o de tierra ni proporciona instrucciones u orientaciones sobre la parte del terreno en la que deben tomarse las muestras. Por lo que el comentario del párrafo 20 sería solo aplicable a lo que no son alimentos, o sea, tierra u hojas no comestibles. de la realización de controles aleatorios a la importación, al azar o siguiendo el análisis de riesgo. El análisis se lleva a cabo en tres laboratorios acreditados. El señaló que, teniendo en cuenta la diversidad de productos presentados a la importación (siempre sin conocimiento previo de su llegada), y especialmente para los presentados por primera vez, una de las dificultades que se encuentra es asegurar que en algunas matrices novedosas los métodos utilizados en estos laboratorios estén incluidos en el alcance de la acreditación. Se detectaron dos infracciones y se intercambió información con la autoridad competente La ausencia de unos criterios oficiales claros con respecto a los procedimientos de muestreo de productos diferentes a los productos de origen animal y vegetal no cubiertos por el Real Decreto 290/2003 conlleva el riesgo de que la interpretación de los resultados de laboratorio se vea afectada por un procedimiento de muestreo que no es representativo en cuanto a su finalidad. Auditoría DG (SANCO) 2016/8751. Respuesta al Proyecto de informe de auditoria Página 3 de 5

4 Pág Sección/Párrafo El Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria de España estipula que las autoridades competentes podrán remitirse a las listas de laboratorios previamente designados por otras autoridades competentes para escoger un laboratorio que se encargue del análisis de residuos de plaguicidas en la producción ecológica. La SGCDAE señaló que en la siguiente reunión del grupo de coordinación nacional de laboratorios se abordaría la aplicación de dicha disposición, así como el ámbito de los análisis de residuos de plaguicidas en la producción ecológica. Se considera necesario matizar este párrafo para que se recoja con mayor fidelidad lo que se dijo en la reunión de auditoría. SGCDAE El Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria de España estipula que las autoridades competentes podrán remitirse a las listas de laboratorios previamente designados por otras autoridades competentes para escoger un laboratorio que se encargue del análisis de residuos de plaguicidas en la producción ecológica. La SGCDAE señaló que en la siguiente reunión del grupo de coordinación nacional de agricultura ecológica (MECOECO) se invitaría a un representante de la unidad del ministerio, competente en los correspondientes laboratorios ó laboratorios agroalimentarios y se abordaría la aplicación de dicha disposición, así como el ámbito de los análisis de residuos de plaguicidas en la producción ecológica. Auditoría DG (SANCO) 2016/8751. Respuesta al Proyecto de informe de auditoria Página 4 de 5

5 Auditoría DG (SANCO) 2016/8751. Respuesta al Proyecto de informe de auditoria Página 5 de 5

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