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Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad 1 ORDEN 898/2015, de 23 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de los funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Escala de Veterinaria, que han de integrar la lista de espera para las sustituciones en los mataderos de la Comunidad de Madrid. La disposición adicional segunda del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, establece que la selección de funcionarios sustitutos con destino en los mataderos de la Comunidad de Madrid se realizará previa la formalización de una convocatoria en los términos establecidos en el capítulo 3 de dicho Decreto, en la que se garantizará la experiencia previa de los aspirantes. De la referida convocatoria podrá derivarse una lista de espera en los términos establecidos en el artículo 14 de la misma norma. En su virtud, previo informe de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y de conformidad con las competencias que me confiere el artículo 9, apartado dos del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, esta Consejería de Sanidad ha dispuesto aprobar las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera Objeto de la convocatoria La presente convocatoria tiene por objeto la formación de una lista de espera para la selección de funcionarios sustitutos del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Escala Veterinaria, con destino en mataderos de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el capítulo III y la disposición adicional segunda del Decreto 50/2001, de 6 de abril. Segunda Características de los puestos de trabajo Los puestos de trabajo a sustituir son los adscritos al Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Escala Veterinaria, Grupo A de Administración Especial, dependientes del Servicio de Gestión y Seguridad Alimentaria de la Dirección General de Salud Pública, con destino en los diferentes mataderos de la Comunidad de Madrid. Tercera Sustituciones A los efectos de lo establecido en la presente Orden, se entenderá por sustitución el nombramiento temporal en un puesto de trabajo de los señalados en el artículo anterior, cuando su titular, por razones circunstanciales, normalmente de corta duración como vacaciones, licencias, enfermedad, etcétera, no puede desempeñar sus funciones habituales y, en general, siempre que no sea posible el nombramiento de un funcionario interino por cuanto el titular del puesto, aun estando ausente temporalmente, sigue ocupando y percibiendo sus retribuciones con cargo al mismo. En todo caso, no se considerará que existen necesidades urgentes e inaplazables para la cobertura de puestos de trabajo reservados a funcionarios por concesión de comisión de

Pág. 12 MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2015 B.O.C.M. Núm. 237 servicios a sus titulares, licencias sin sueldo y cualquier otro permiso o licencia que se encuentre para su autorización sometida a necesidades del servicio. Cuarta Requisitos de los aspirantes Para ser admitidos a la presente convocatoria y formar parte de la lista de espera objeto de la misma, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 1. Poseer la nacionalidad española y tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 2. Estar en posesión de la Licenciatura en Veterinaria o Grado en Veterinaria. 3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de los servicios veterinarios con destino en los mataderos. 4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los requisitos exigidos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia de la lista. Quinta Presentación de solicitudes Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se ajustarán al modelo que figura como Anexo a la presente Orden y deberán presentarse en el plazo de siete días hábiles, a contar a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro de la Consejería de Sanidad, sito en las dependencias de la calle Aduana, número 29, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Junto a dicha solicitud, en la que deberán expresarse con claridad los datos personales y de contacto necesarios para las notificaciones a que dé lugar la gestión de la lista de espera, deberán acompañarse originales o copias cotejadas del DNI, de la titulación académica exigida para acceder al Cuerpo y Escala correspondientes y de la documentación acreditativa de los méritos valorables, incluyendo, en su caso, informe de vida laboral. En ningún caso podrán valorarse méritos que no hayan sido debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias. Sexta Selección y ordenación de los aspirantes 1. La selección de los aspirantes que habrán de integrar la lista de espera para el nombramiento de los funcionarios sustitutos con destino en los mataderos de la Comunidad de Madrid se realizará por el Tribunal de Selección de Funcionarios Interinos de la Consejería de Sanidad que figura en la Resolución 131/2013, de 15 de marzo, de la Secretaría General Técnica, con arreglo al siguiente procedimiento: Valoración de méritos académicos y profesionales. El Tribunal de Selección de Funcionarios Interinos de la Consejería de Sanidad procederá a valorar los méritos acreditados por los aspirantes con arreglo al siguiente baremo: d Con un máximo de 4 puntos, a razón de 0,02 puntos por mes de experiencia como veterinario oficial ejerciendo funciones de control oficial en mataderos. d Con un máximo de 1 punto, a razón de 0,02 puntos por mes de experiencia en el manejo de la aplicación informática de gestión de muestras WEBLIMS. d Con un máximo de 3 puntos, la siguiente formación: A razón de 0,2 puntos por cada veinte horas de formación en materia de control oficial en mataderos, con un límite de 3 puntos. A razón de 0,1 puntos por cada veinte horas de formación en materia de control oficial en higiene alimentaria, con un límite de 1,5 puntos. De conformidad con el artículo 10, apartado g), del Decreto 50/2001, de 6 de abril, la puntuación máxima no podrá superar los 8 puntos. El Tribunal procederá a fijar un nivel mínimo suficiente que garantice la idoneidad de los candidatos.

Pág. 13 2. Finalizada la baremación, el Tribunal publicará, en la Oficina de Atención al Ciudadano y en los tablones de anuncios de la Consejería de Sanidad, la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión y la puntuación obtenida por cada uno de ellos. Dicha relación se podrá consultar en la página web de la Comunidad de Madrid. Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la lista provisional, para formular las alegaciones que estimen pertinentes, de acuerdo con el artículo 84.2, en relación con el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. Finalizado el plazo de alegaciones, y una vez asignada por el Tribunal la puntuación definitiva que corresponda a cada uno de los aspirantes, estos serán ordenados en función de la puntuación total obtenida. Los empates de puntuación serán dirimidos de acuerdo con los criterios fijados por el Tribunal con carácter previo a la baremación. De continuar el empate, podrá atenderse al orden alfabético a partir de la letra que haya resultado elegida para el desarrollo de los procesos selectivos de la Oferta de Empleo Público del año en curso. 4. Concluido el procedimiento, el Tribunal elevará su propuesta definitiva para la aprobación de la lista de espera resultante por el titular de la Consejería de Sanidad que ordenará su publicación en el. Séptima Funcionamiento de la lista de espera 1. Producida la ausencia del titular del puesto de trabajo por cualquiera de las causas legalmente establecidas, la Unidad Gestora de la lista de espera procederá a su sustitución requiriendo al aspirante que corresponda por estricto turno, salvo para lo dispuesto en el punto 4 de la presente base, empleando a este efecto cualquier medio que, garantizando la agilidad del procedimiento, asegure no obstante la constancia de la recepción del requerimiento por parte del interesado. A los efectos de notificaciones, se tendrán en consideración los datos aportados por el interesado en el momento de presentar su instancia, los cuales deberán ser actualizados por estos en el momento en que se produzca cualquier variación. 2. Los nombramientos serán efectuados por el Consejero de Sanidad, conforme a lo establecido en el artículo 15.1 del Decreto 50/2001, de 6 de abril. 3. Respecto a las causas de exclusión de la lista de espera, se estará a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid. 4. En aquellos supuestos en que el aspirante que corresponda nombrar funcionario sustituto en orden a su posición en la lista de espera deba trabajar de manera independiente, como único veterinario oficial, por razón del destino del puesto de trabajo a ocupar y no cumpla con lo dispuesto en el punto 4 del capítulo IV, Cualificaciones profesionales, A. Veterinarios Oficiales, de la Sección III: Responsabilidades y frecuencia de los controles, del Anexo I del Reglamento (CE) número 854/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, no podrá ser designado, debiendo recaer el nombramiento en el inmediatamente posterior que cumpla con el requisito del período de prácticas de 200 horas dispuesto en la normativa citada, conservando, en todo caso, su posición en la lista de espera. Octava Vigencia de la lista de espera La lista de espera resultante de la presente convocatoria tendrá una duración máxima de dos años, a computar desde su entrada en vigor; transcurridos los cuales, se procederá a la constitución de una nueva lista previa la formalización de la correspondiente convocatoria. Novena Prórroga lista de espera Hasta tanto se resuelva la presente convocatoria, queda prorrogada la lista de espera para la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pú-

Pág. 14 MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2015 B.O.C.M. Núm. 237 blica (Grupo A), Escala de Veterinarios, para las sustituciones en los mataderos de la Comunidad de Madrid, derivada de la Orden de convocatoria de 9 de abril de 2013, resuelta mediante Orden de 17 de septiembre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO- MUNIDAD DE MADRID de 27 de septiembre de 2013. Décima Norma final Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Sanidad, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 23 de septiembre de 2015. El Consejero de Sanidad, por delegación (Orden 387/2008, de 13 de junio; número 152, de 27 de junio de 2008), el Secretario General Técnico, Luis Javier Fernández Abad.

Pág. 15 ETIQUETA DEL REGISTRO SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE FUNCIONARIOS SUSTITUTOS DEL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES DE SALUD PÚBLICA, ESCALA DE VETERINARIA, QUE HAN DE INTEGRAR LA LISTA DE ESPERA PARA LA SUSTITUCIONES EN LOS MATADEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID 1. DATOS DEL / LA INTERESADO / A APELLIDOS:... NOMBRE:...D.N.I. NÚMERO :... DIRECCIÓN:... TELÉFONO:... LOCALIDAD:... PROVINCIA:... C.P.:... TELÉFONO MÓVIL DE CONTACTO... 2. DATOS DE LA CONVOCATORIA ORDEN DE... /... /... PUBLICACIÓN EN EL... /... /... CONSEJERÍA DE SANIDAD 3. DOCUMENTACIÓN APORTADA 9 Título académico: licenciatura en Veterinaria o Grado en Veterinaria. 9 DNI. 9 Documentación acreditativa de la experiencia como veterinario oficial ejerciendo funciones de inspección sanitaria en mataderos. 9 Certificación acreditativa del manejo de la aplicación informática de gestión de muestras WEBLIMS. 9 Informe de vida laboral. 9 Documentación acreditativa de formación en materia de control oficial en mataderos. 9 Documentación acreditativa de formación en materia de control oficial en higiene alimentaria. 9 Otros... El/la solicitante declara ser ciertos los datos contenidos en la presente solicitud, reunir las condiciones necesarias para desempeñar puestos públicos en la Comunidad de Madrid y las señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a acreditarlo cuando así le sea solicitado por la Administración Madrid, a... de... de 2015 EL / LA INTERESADO / A, DESTINATARIO: SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Los datos que se recogen, se tratarán informáticamente o se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos, para qué los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación vigente. Para cualquier cuestión relacionada con esta materia puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012. Si tiene alguna sugerencia que permita mejorar este impreso le rogamos nos la haga llegar a la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, C/ Gran Vía nº. 43-28013 Madrid. ( * ) La solicitud se cumplimentará a máquina o con letras mayúsculas. En caso de que sea imprescindible ampliar la información solicitada, ésta se adjuntará en hoja aparte a este impreso. (03/28.275/15) http://www.bocm.es D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791