PLAN 100 208 ACTIVE 1.5 N 5P



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1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES

Transcripción:

Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la modalidad de pago de las cuotas del plan de ahorro previo para la adquisición de un PEUGEOT 208 ACTIVE 1.5 N 5P, consistente en: 1. La reducción del 35,150% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 1 a 10 inclusive. sobre el valor de las mismas calculadas según los conceptos correspondientes detallados en las condiciones particulares de la solicitud de adhesión. 2. Esto implica que la reducción acumulada total en las cuotas 1 a 10 equivale a 3,515 alicuotas, o el 351,5% del valor de una alícuota (al 100 % del valor del bien tipo). 3. El recupero del total acumulado por la reducción de alícuotas citada en las siguientes condiciones: A) A partir de la cuota 26 y hasta la cuota 48, tanto a la fecha de su vencimiento como por pago anticipado. Esto implica un recupero mensual equivalente al 15,28% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) B) En caso de renuncia o rescisión, se deducirá el 100% que falte recuperar al momento de efectuarse el reintegro de los fondos aportados. PLAN 100 208 ACTIVE 1.5 N 5P 3

PLAN 70 / 30 208 ACTIVE 1.5 5P Sres: Círculo de Inversores S. A.de A.P.F.D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la modalidad de pago de las cuotas del plan de ahorro previo para la adquisición de un PEUGEOT 208 ACTIVE 1.5 5P, consistente en: 1. La reducción del 25,00% del valor de la alícuota (al 70% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 1 a 10 inclusive, sobre el valor de las mismas calculadas según los conceptos correspondientes detallados en las condiciones particulares de la solicitud de adhesión. 2. Esto implica que la reducción acumulada total en las cuotas 1 a 10 equivale a 2,500 alícuotas, o el 250,00% del valor de una alícuota (al 70% del valor del bien tipo). 3. El recupero del total acumulado por la reducción de alícuotas citada en las siguientes condiciones: A) A partir de la cuota 26 y hasta la cuota 48, tanto a la fecha de su vencimiento como por pago anticipado. Esto implica un recupero mensual equivalente al 10.87% del valor de la alícuota reducida (al 70% del valor del bien tipo) B) En caso de renuncia o rescisión, se deducirá el 100% que falte recuperar al momento de efectuarse el reintegro de los fondos aportados. 4

PLAN 70 / 30 207 COMPACT ALLURE ACTIVE 1.4 5P Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la modalidad de pago de las cuotas del plan de ahorro previo para la adquisición de un PEUGEOT 207 Compact ACTIVE ALLURE 1.4 5P, consistente en: 1. La reducción del 30,00% del valor de la alícuota (al 70% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 1 a 10 inclusive, sobre el valor de las mismas calculadas según los conceptos correspondientes detallados en las condiciones particulares de la solicitud de adhesión. 2. Esto implica que la reducción acumulada total en las cuotas 1 a 10 equivale a 3,000 alicuotas, o el 300,00% del valor de una alícuota (al 70% del valor del bien tipo). 3. El recupero del total acumulado por la reducción de alícuotas citada en las siguientes condiciones: A) A partir de la cuota 26 y hasta la cuota 48, tanto a la fecha de su vencimiento como por pago anticipado. Esto implica un recupero mensual equivalente al 13,043% del valor de la alícuota reducida (al 70% del valor del bien tipo) B) En caso de renuncia o rescisión, se deducirá el 100% que falte recuperar al momento de efectuarse el reintegro de los fondos aportados. 5

PLAN 70 / 30 PARTNER Patagónica 1.4 Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la modalidad de pago de las cuotas del plan de ahorro previo para la adquisición de un PEUGEOT PARTNER PATAGONICA 1.4, consistente en: 1. La reducción del 28,486% del valor de la alícuota (al 70% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 1 a 6 inclusive y la reducción del 13,385% del valor de la alícuota (al 70% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 7 a 12 inclusive, en ambos casos sobre el valor de las mismas calculadas según los conceptos correspondientes detallados en las condiciones particulares de la solicitud de adhesión. 2. Esto implica que la reducción acumulada total en las cuotas 1 a 12 equivale a 2,5122 alicuotas, o el 251,22% del valor de una alícuota (al 70% del valor del bien tipo). 3. El recupero del total acumulado por la reducción de alícuotas citada en las siguientes condiciones: A) A partir de la cuota 26 y hasta la cuota 48, tanto a la fecha de su vencimiento como por pago anticipado. Esto implica un recupero mensual equivalente al 10,922% del valor de la alícuota (al 70% del valor del bien tipo) B) En caso de renuncia o rescisión, se deducirá el 100% que falte recuperar al momento de efectuarse el reintegro de los fondos aportados. 6

!! PLAN 100 207 COMPACT ALLURE ACTIVE 1.4 5P Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la modalidad de pago de las cuotas del plan de ahorro previo para la adquisición de un PEUGEOT 207 COMPACT ALLURE ACTIVE 1.4 5P, consistente en: 1. La reducción del 35,150% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 1 a 10 inclusive. sobre el valor de las mismas calculadas según los conceptos correspondientes detallados en las condiciones particulares de la solicitud de adhesión. 2. Esto implica que la reducción acumulada total en las cuotas 1 a 10 equivale a 3,515 alicuotas, o el 351,5% del valor de una alícuota (al 100 % del valor del bien tipo). 3. El recupero del total acumulado por la reducción de alícuotas citada en las siguientes condiciones: A) A partir de la cuota 26 y hasta la cuota 48, tanto a la fecha de su vencimiento como por pago anticipado. Esto implica un recupero mensual equivalente al 15,28% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) B) En caso de renuncia o rescisión, se deducirá el 100% que falte recuperar al momento de efectuarse el reintegro de los fondos aportados. 7

! PLAN 100 308 ACTIVE 1.6 N Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la modalidad de pago de las cuotas del plan de ahorro previo para la adquisición de un PEUGEOT 308 ACTIVE 1.6 N, consistente en: 1. La reducción del 15,160% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 1 a 10 inclusive. sobre el valor de las mismas calculadas según los conceptos correspondientes detallados en las condiciones particulares de la solicitud de adhesión. 2. Esto implica que la reducción acumulada total en las cuotas 1 a 10 equivale a 1,516 alicuotas, o el 151,60% del valor de una alícuota (al 100 % del valor del bien tipo). 3. El recupero del total acumulado por la reducción de alícuotas citada en las siguientes condiciones: A) A partir de la cuota 26 y hasta la cuota 48, tanto a la fecha de su vencimiento como por pago anticipado. Esto implica un recupero mensual equivalente al 6,59% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) B) En caso de renuncia o rescisión, se deducirá el 100% que falte recuperar al momento de efectuarse el reintegro de los fondos aportados 8

!! PLAN 100 PARTNER CONFORT 1.4 Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la modalidad de pago de las cuotas del plan de ahorro previo para la adquisición de un PEUGEOT PART- NER CONFORT 1.4, consistente en: 1. La reducción del 33,120% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 1 a 6 inclusive y la reducción del 10,00% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) en cada una de la cuotas 7 a 12 inclusive, en ambos casos sobre el valor de las mismas calculadas según los conceptos correspondientes detallados en las condiciones particulares de la solicitud de adhesión. 2. Esto implica que la reducción acumulada total en las cuotas 1 a 12 equivale a 2,5872 alicuotas, o el 258,72% del valor de una alícuota (al 100 % del valor del bien tipo). 3. El recupero del total acumulado por la reducción de alícuotas citada en las siguientes condiciones: A) A partir de la cuota 26 y hasta la cuota 48, tanto a la fecha de su vencimiento como por pago anticipado. Esto implica un recupero mensual equivalente al 11,248% del valor de la alícuota (al 100% del valor del bien tipo) B) En caso de renuncia o rescisión, se deducirá el 100% que falte recuperar al momento de efectuarse el reintegro de los fondos aportados. 9

SOLICITUD NRO. ANEXO: SEGURO DE VIDA COLECTIVO Señores Círculo de inversores S.A. Con referencia a la Cláusula Nro. XIX de mi solicitud de adhesión denominada SEGURO DE VIDA COLECTIVO, por la presente declaro que acepto expresamente las Normas establecidas en la Póliza Nro.10194 emitida por Cardif Seguros S.A. que se refiere a los siguientes puntos que a continuación se transcriben: CONDICIONES GENERALES COMUNES: COBERTURA: La Compañía Aseguradora asume la cobertura del riesgo de fallecimiento e incapacidad total y permanen te de los asegurados, producido por cualquier causa y en cualquier lugar, sujeta a los términos establecidos en las Condiciones Particulares y Condiciones Generales Comunes y Específicas de la Póliza. DISPOSICIONES FUNDAMENTALES: Esta Póliza ha sido emitida por la Compañía Aseguradora sobre la base de las declaraciones suscriptas por el contratante en su su solicitud de seguro, por los asegurados en sus respectivas solicitudes de adhesión, documentos anexos y ante los médicos, si se hubiese procedido a un reconocimiento médico. Toda declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el Contratante o por los Asegurados, aún hecha de buena fe, que a juicio de peritos hubiere impedido el contrato o la aceptación de los seguros individuales, o habría modificado sus condiciones si la Compañía Aseguradora hubiese sido cerciorada del verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato o los certificados de los Asegurados, según el caso. RIESGOS NO CUBIERTOS - EXCLUSIONES: Fallecimiento: a) Suicidio voluntario del Asegurado, salvo que su Certificado Individual hubiera estado en vigor ininterrumpidamente durante un año como mínimo. b) Acto ilícito del Tomador del presente seguro. c) Participación del Asegurado en empresa criminal o por aplicación legítima de la pena de muerte. d) Accidente provocado dolosamente o por culpa grave del Asegurado. e) Hechos de guerra que no comprenda a la Nación Argentina. En caso de comprenderla, las partes se regirán por las normas que en tal emergencia dictaren las autoridades competentes. f) Actos de terrorismo, cuando el Asegurado sea partícipe voluntario de ellos. Para la cobertura de Incapacidad Total y Permanente se agregan a las exclusiones mencionadas anteriormente las siguientes: a) Duelo o riña, salvo que se tratase de legítima defensa. b) Consecuencia directa o indirecta del abuso de alcohol c) Consumo de drogas, estupefacientes, narcóticos, estimulantes o similares, salvo que estos hubieran sido prescriptos por médico habilitado. d) Intervenciones médicas o quirúrgicas ilícitas. e) Práctica o uso de la navegación aérea, salvo como pasajero en líneas regulares en aviones que posean como mínimo 30 asientos destinados a pasajeros, o por otras ascensiones aéreas o aladeltismo. f) Participación en viajes o prácticas deportivas submarinas o subacuáticas o escalamiento de montaña. g) Competir en pruebas de pericia y/o velocidad con vehículos mecánicos o de tracción a sangre o en justas hípicas, o cualquier otra prueba análoga. h) Intervenir en pruebas de prototipos de aviones, automóviles y otros vehículos de propulsión mecánica. i) Desempeño paralelo de las profesiones de acróbata, buzo, jockey y domador de potros o fieras y/o la práctica de deportes o actividades peligrosas como alpinismo, andinismo, esquí acuático o de montaña, motonaútica u otras actividades análogas y manipuleo de explosivos y/o armas o con exposición a radiaciones atómicas, salvo pacto en contrario. j) Acontecimientos catastróficos originados por reacciones nucleares. k) Cuando el Asegurado sea integrante de una fuerza de seguridad (privada o pública) y el evento se produzca como consecuencia del desarrollo de su actividad y en cumplimiento de su deber CONDICIONES GENERALES ESPECÍFICAS: GRUPO ASEGURABLE: Se consideran asegurables todas las personas físicas que teniendo hasta 73 años de edad ingresen, por suscripción o transferencia, como adherentes a alguno de los planes de ahorro previo que tenga vigencia el contratante. En el caso que dos o más personas fueran titulares de un mismo plan se asegurará la vida de todos los integrantes del condominio por partes iguales, y en caso de fallecimiento de uno de ellos se liquidará al contratante proporcionalmente. En el caso de cónyuges el asegurado será el que suscriba el plan según el punto 1, a menos que los adherentes hayan solicitado la cobertura para ambos (suscribiéndose como cotitulares) y así lo haya informado el contratante al comunicar al asegurador el alta respectiva. En caso de fallecimiento de uno de ellos se liquidará igual que en el párrafo anterior. VIGENCIA DE CADA SEGURO INDIVIDUAL: La vigencia será a partir del día de suscripción del plan en la concesionaria. En el caso de una transferencia del plan se dará de baja al asegurado anterior y de alta al nuevo asegurado a partir del día de la transferencia firmada en la concesionaria 22

RESCISION DE LOS CERTIFICADOS INDIVIDUALES: El seguro de cada Asegurado quedará rescindido o caducará en los siguientes casos: a) Por extinción de la deuda. b) Por caducidad o prescripción de la póliza, salvo que se conviniera entre la Compañía Aseguradora y el Contratante continuar con la cobertura de los adherentes ya asegurados, hasta la extinción de sus obligaciones. c) Por alcanzar el asegurado la edad máxima de cobertura prevista por la póliza. d) Por falta de pago de las primas. A las 24 horas del último día del mes que fuera cubierto por el premio incluido en la última cuota devengada por el Contratante. Para los planes de adjudicación programada del Contratante, a los 30 días de haber cancelado el plan con ejercicio de la opción del crédito bancario a los fines de no dejarlo sin cobertura mientras realiza el trámite. Si el contratante liquidara prima por alguna persona que de acuerdo a las condiciones generales o particulares fuera considerado como riesgo no cubierto, la Compañía Aseguradora se compromete a devolver todas las primas percibidas quedando de esta forma eximida de cualquier otra obligación. CONDICIONES PARTICULARES: ENFERMEDADES PREEXISTENTES: El seguro será nulo y de ningún efecto en el caso que el adherente padeciere una enfermedad conocida por el mismo, al momento de la contratación del plan, tanto por suscripción o por transferencia, que luego le produjera directa o indirectamente la muerte y/o la incapacidad total y permanente. A tal fin, se considerará conocida por el suscriptor una enfermedad cuando ésta haya sido objeto de controles, estudios o tratamientos en los dos años anteriores a la suscripción. Dicha enfermedad será tenida en cuenta a los fines de la nulidad predicha cuando resulte desencadenante del proceso de fallecimiento y/o incapacidad total y permanente, fuera base del mismo o tuviera conexión principal con él. Lo establecido precedentemente se aplicará solamente cuando dicho fallecimiento y/o incapacidad total y permanente se produjera dentro de los seis meses posteriores al inicio de la cobertura individual. REQUISITOS DOCUMENTALES A PRESENTAR EN CASO DE FALLECIMIENTO: Los derecho habientes, dentro de los diez días del fallecimiento, deberán remitir a la Administradora, sita en la calle Maipú 942 Piso 20 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 1) Copia certificada en original de la Partida de Defunción. 2) El Certificado Médico con la causa del deceso, en los formularios suministrados por la Compañía Aseguradora. 3) Testimonio de cualquier actuación sumarial que se hubiera suministrado con motivo del hecho determinante de la muerte. Lugar y fecha:.. Firma (Titular)..... Aclaración......... Firma (Titular)..... Aclaración......... 23

207 COMPACT ACTIVE 1.4 5P ALLURE 24

Anexo Plan 70 / 30 (Aprob. Res. IGJ n 280/95) Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. PEUGEOT 208 ACTIVE 1.5 5P El firmante declara que opta por una variante de la solicitud de adhesión, consistente en el pago de una alícuota extraordinaria equivalente al 30% del precio del bien tipo al tiempo de la adjudicación, reduciéndose en un 30% la alícuota mensual del plan elegido. Por lo tanto queda establecido que: A) Alícuota Mensual. Será el equivalente al 70% de la fijada en la Solicitud de Adhesión para cada uno de los planes allí previstos. B) Alícuota Extraordinaria. Es el importe equivalente al 30% del valor básico del bien tipo, vigente al momento del efectivo pago. Dicho importe será abonado por el suscriptor dentro del plazo de 30 días de comunicada su adjudicación por sorteo o licitación y no devengará arancel administrativo. En caso de no cumplirse con el pago estipulado en el plazo indicado, la Sociedad Administradora podrá invalidar la adjudicación previa intimación de pago por 5 días. C) Contrato Prendario. El contrato prendario se confeccionará en función de las cuotas pendientes de devengamiento a la fecha de entrega del bien. D) Individualización de los planes. El plan H previsto en la Cláusula 3 de las Condiciones Generales, que incluya esta variante, se identificará con la letra K. Todos los suscriptores de un mismo grupo estarán en la variante del nuevo plan. E) Vigencia de las Cláusulas. Las Cláusulas de las Condiciones Generales de la Solicitud de Adhesión se mantienen vigentes con las modificaciones que resulten de este anexo. 25

Anexo Plan 70 / 30 (Aprob. Res. IGJ n 280/95) PARTNER PATAGÓNICA 1.4. Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D El firmante declara que opta por una variante de la solicitud de adhesión, consistente en el pago de una alícuota extraordinaria equivalente al 30% del precio del bien tipo al tiempo de la adjudicación, reduciéndose en un 30% la alícuota mensual del plan elegido. Por lo tanto queda establecido que: A) Alícuota Mensual. Será el equivalente al 70% de la fijada en la Solicitud de Adhesión para cada uno de los planes allí previstos. B) Alícuota Extraordinaria. Es el importe equivalente al 30% del valor básico del bien tipo, vigente al momento del efectivo pago. Dicho importe será abonado por el suscriptor dentro del plazo de 30 días de comunicada su adjudicación por sorteo o licitación y no devengará arancel administrativo. En caso de no cumplirse con el pago estipulado en el plazo indicado, la Sociedad Administradora podrá invalidar la adjudicación previa intimación de pago por 5 días. C) Contrato Prendario. El contrato prendario se confeccionará en función de las cuotas pendientes de devengamiento a la fecha de entrega del bien. D) Individualización de los planes. El plan H previsto en la Cláusula 3 de las Condiciones Generales, que incluya esta variante, se identificará con la letra K. Todos los suscriptores de un mismo grupo estarán en la variante del nuevo plan. E) Vigencia de las Cláusulas. Las Cláusulas de las Condiciones Generales de la Solicitud de Adhesión se mantienen vigentes con las modificaciones que resulten de este anexo. 26

Anexo Plan 70 / 30 (Aprob. Res. IGJ n 280/95) PEUGEOT 308 ACTIVE N. Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D El firmante declara que opta por una variante de la solicitud de adhesión, consistente en el pago de una alícuota extraordinaria equivalente al 30% del precio del bien tipo al tiempo de la adjudicación, reduciéndose en un 30% la alícuota mensual del plan elegido. Por lo tanto queda establecido que: A) Alícuota Mensual. Será el equivalente al 70% de la fijada en la Solicitud de Adhesión para cada uno de los planes allí previstos. B) Alícuota Extraordinaria. Es el importe equivalente al 30% del valor básico del bien tipo, vigente al momento del efectivo pago. Dicho importe será abonado por el suscriptor dentro del plazo de 30 días de comunicada su adjudicación por sorteo o licitación y no devengará arancel administrativo. En caso de no cumplirse con el pago estipulado en el plazo indicado, la Sociedad Administradora podrá invalidar la adjudicación previa intimación de pago por 5 días. C) Contrato Prendario. El contrato prendario se confeccionará en función de las cuotas pendientes de devengamiento a la fecha de entrega del bien. D) Individualización de los planes. El plan H previsto en la Cláusula 3 de las Condiciones Generales, que incluya esta variante, se identificará con la letra K. Todos los suscriptores de un mismo grupo estarán en la variante del nuevo plan. E) Vigencia de las Cláusulas. Las Cláusulas de las Condiciones Generales de la Solicitud de Adhesión se mantienen vigentes con las modificaciones que resulten de este anexo. 27

70 / 30 Anexo Compra Pactada PEUGEOT 206 GÉNÉRATION. Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto que la Sociedad Aministradora evalúe la posibilidad de comprar hasta dos unidades mensuales por la modalidad licitación a partir del vigesimo cuarto acto de adjudicación del grupo que integraré. Para comunicar mi solicitud de licitar una unidad y que CISA evalué la posibilidad de compra de unidades por licitación, me comprometo a cumplir con los siguientes pasos: A) Efectuar en el Concesionario elegido la oferta de licitación partiendo del monto mínimo establecido por CISA adjuntando el valor correspondiente. B) Firmar una carta solicitud de compra por licitación que el Concesionario deberá hacer llegar a CISA antes del último día hábil del mes anterior al acto de adjudicación junto con la oferta de licitación. 28

Anexo Prorrateo Impuesto de Sellos Prorrateo en 10 cuotas SOLICITUD DE ADHESIÓN NRO Sres. Círculo de Inversores S.A. A. P. F. D. Por intermedio de la presente pongo en vuestro conocimiento que acepto su propuesta referida a la financiación del Impuesto sobre Sellos correspondiente a la jurisdicción en donde se está formalizando el contrato en las siguientes condiciones: A) El valor correspondiente al Impuestos sobre Sellos será prorrateado en 20 10 cuotas. B) Los valores impagos vencidos o a vencer serán pasibles de actualización. Para ello se aplicarán sobre estos los coeficientes de incremento del precio total público de los modelos de ahorro o aquellos que se determinen como su reemplazo futuro. C) Las cargas impositivas actuales o futuras que graven o puedan gravar en el futuro, tanto al valor histórico como a la actualización. D) Los importes que surjan de la la aplicación de de los los puntos A), A), B) B) y C) y C) formarán parte parte de los cupones de pago correspondientes a las cuotas 2 a 21 11 inclusive. E) En caso de que algunas o todas las cuotas mencionadas no sean abonadas y, con ello, el contrato se resuelva, por renuncia o rescisión (cláusula XXVI incisos a) y b- 3) de la solicitud de adhesión), los montos no cancelados serán descontados de la restitución del haber del Adherente (cláusula XXV de la solicitud de adhesión), al momento de la liquidación. 29

Anexo Entrega Asegurada Sres: Circulo de Inversores S. A.de A.P.F.D. PEUGEOT 208 ACTIVE 1.5 N 5P Por intermedio de la presente me notifico de su propuesta referida a la posibilidad de solicitar una adjudicación, a partir del décimosegundo acto de adjudicación del grupo, mediante la licitación por el monto necesario para cubrir 24 cuotas del modelo suscripto, bajo el compromiso de cumplir con las siguientes condiciones: A) Para comunicar mi decisión de solicitar la adjudicación adicional descripta anteriormente me comprometo a cumplir con los siguientes pasos: A.1) Efectuar en el Concesionario Oficial por mi elegido la oferta de licitación que contenga como mínimo el monto necesario para cubrir el complemento de las 24 cuotas requeridas abonando el valor correspondiente, o en su defecto si el plan hubiera alcanzado dicho avance, licitaré al menos por el valor de una cuota indicando que estoy ejerciendo dicha opciòn. A.2) Firmar una carta solicitud de la opción de adjudicación adicional que el Concesionario deberá hacer llegar a CISA antes del ultimo día del mes anterior al acto de adjudicación. B) Me comprometo a dar cumplimiento con los requisitos vigentes exigidos para la aprobación de mi carpeta de crédito o en su defecto, efectuar la cancelación total del plan. C) En caso de no ejercer la opción aquí descripta o de no reunir los requisitos crediticios, seguiré abonando las cuotas del plan conforme lo establecido en las Condiciones Generales de Contratación. D) Una vez adjudicado y en caso de optar por un modelo disponible distinto al modelo de ahorro, de mayor valor, procederé a cancelar el 50%, como mínimo, del importe correspondiente a la diferencia entre el precio del vehículo elegido y el precio del vehículo de ahorro. 30