ADJUDICACION NIVEL II N 016-2014-AGROBANCO SERVICIO DE INTERNET MÓVIL EN 127 TABLETS ACTA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES



Documentos relacionados
ADJUDICACION NIVEL II N AGROBANCO ADQUISICION DE SERVIDORES ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

ADJUDICACION NIVEL II N AGROBANCO ADQUISICION DE SERVIDOR STORAGE DE ALTA DISPONIBILIDAD ACTA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

ADJUDICACION NIVEL II N AGROBANCO ADQUISICION DE PLATAFORMA SUITE DE SEGURIDAD ACTA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

Es el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra.

ADJUDICACION NIVEL II N AGROBANCO CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS PATRIMONIALES ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

TÉRMINOS DE REFERENCIA

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES

PLIEGO DE ABSOLUCION DE CONSULTAS A LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO N PER (PER 132)

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

Prestaciones adicionales, ampliaciones de plazo y contrataciones complementarias

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)

En la presente Directiva se utilizarán las siguientes referencias:

APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY N 28612: LEY QUE NORMA EL USO, ADQUISICION Y ADECUACION DEL SOFTWARE EN LA ADMINISTRACION PUBLICA

ADDENDUM AL ACUERDO GENERAL DE INTERCONEXIÓN. OIR 2010 ACCESO AL SERVICIO DE CONSULTA TELEFÓNICA SOBRE NÚMEROS DE ABONADO, 118AB

Ley N 30308, Ley que modifica diversas normas para promover el financiamiento a través del Factoring y el descuento

PLIEGO DE ABSOLUCION DE CONSULTAS A LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO N PER (PER 156)

2 SIMTELCOM º S.A.e. Fuente: Informe Nº SERVIRjGG-OGAF

LICITACIÓN PÚBLICA LP

AUDITORIA GENERAL DE LA NACION

Son elegibles para ser miembros del Programa los siguientes clientes de CONECEL:

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE INVENTARIOS

ACLARACIÓN Nº1 LICITACIÓN N TR

Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país.

Guía rápida. Otras Modificaciones

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL LICITACIÓN PÚBLICA No RENIEC Primera convocatoria

PREGUNTAS ADMINISTRATIVAS NO. Pregunta Respuesta. información el martes 3 de Febrero por la mañana mismo que ya se pagó?

BASES PROMOCIÓN Suscripción Virtual

Instructivo Servicios de Celular

JTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A.

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES

BASES ADMINISTRATIVAS PARA SUBASTA RESTRINGIDA

Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N del 15 de diciembre de 2014.

El tráfico adicional cursado será facturado de acuerdo a la tarifa vigente

Qué sucede si el contratista está en desacuerdo con los metrados o la valorización?

PROCESO CAS Nº MINJUS ESPECIALISTA EN PROCESOS DE SELECCIÓN

INFORME DE RESPUESTAS A OBSERVACIONES PRESENTADAS POR LOS POSIBLES PROPONENTES AL PLIEGO DE CONDICIONES

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES

ANEXO 6. Definiciones

PROCESO CAS N 699(2)-2014-MC SEGUNDA CONVOCATORIA

DIRECTIVA Nº /SBN


UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

ESTUDIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACION

CONVOCATORIA PUBLICA DE LA LICITACION PUBLICA No. 07 FNGRD DE 2015

Una vez aclarado el puntaje, cual sería el mínimo para poder presentar la propuesta, actualmente esta en un mínimo de 30 sobre un puntaje de 50.

CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DISEÑO Y MANTENIMIENTO DE PÁGINAS WEB Y OTROS SERVICIOS DIGITALES

Que, la Única Disposición Transitoria de la citada Ley, encarga al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y al OSIPTEL, su reglamentación;

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N.º AMC /BCRPLIM

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS.

PLIEGO DE CONSULTAS Y/O ACLARACIONES DEL POSTOR AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C.

SUPREMO Nº SA

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10

- Tipo de interés: Euribor trimestral + Diferencial. Sin redondeo. Diferencial máximo del 2,80%.

PROCESO CAS N MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN SERVICIO DE ABOGADO/A PARA LA DIRECCIÓN DE CONSULTA PREVIA

BASES ADMINISTRATIVAS

Contratar los servicios de Un (01) Especialista en Administración de Base de Datos. 2. Dependencia encargada de realizar el proceso de selección

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE OBRAS CLAUSULA I.- IDENTIFICACIÓN Y OBJETO DEL CONTRATO

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM

Actos de disposición de bienes inmuebles Subdirección de Normas y Capacitación

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

PROCESO CAS N MC

Resolución S.B.S. N

ANTECEDENTES GENERALES Licitación Nº BB INGENIERÍA DE DETALLES PARA SOLUCIÓN DE OBSTRUCCIÓN LÍNEA FLARE UNIDADES REGENERADORA- 3 Y SWS-3

AYUNTAMIENTO DE OGÍJARES (Granada)

EQUIPOS QUE OPERAN CON LÍQUIDOS AUTO INFLAMABLES

PROCESO CAS N MC

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

AMERICATEL PERÚ S.A. R BM FUNDADO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

ADENDA AL REGLAMENTO PRÉSTAMO PARA VIVIENDA ÚNICA Convenio Colectivo

Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet. Contrato Nº

FAQ. sobre la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público

ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE SOFTWARE ANTIVIRUS PARA EL PODER JUDICIAL A NIVEL NACIONAL

Periodo de gracia: días Periodicidad de Pago: Solicito la entrega del cronograma final a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas.

Reglamento de Beneficios de las Tarjetas de Crédito BBVA Continental Lifemiles

Boletín Oficial de Canarias núm. 153, viernes 7 de agosto de Agencia Tributaria

PROCESO CAS N MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN SERVICIO DE ESPECIALISTA FORMULADOR DE ESTUDIOS DE PRE INVERSION

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

REGLAMENTO DE BENEFICIOS DE LAS TARJETAS DE CREDITO BBVA CONTINENTAL LIFEMILES

BANCO INFORMACIÓN ADICIONAL ADJUNTA A LA CARTILLA DE INFORMACIÓN PRODUCTOS PASIVOS

GUÍA DE PROCEDIMIENTO DE PRÉSTAMOS DEL FONDO DE VIVIENDA POLICIAL

INVITACIÓN PÚBLICA TÉRMINOS DE REFERENCIA IP OBJETO

PROMOCION RECARGA DE SALDO CON CLARO

ICTE NORMAS DE CALIDAD DE AGENCIAS DE VIAJES REGLAS GENERALES DEL SISTEMA DE CALIDAD. Ref-RG Página 1 de 9

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN. Curso de Capacitación para Operador de Calderas

CONVOCATORIA PÚBLICA DE CAS Ne OSCE

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA OFICINA DE LOGÍSTICA ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº HNAL / CUADRO DE ADQUISICION Nº

Acuerdo para la adquisición de equipos con condiciones especiales 12 o 18 meses (Residencial)

PROCESO CAS N MC

1.3. Si lo descrito en los numerales 1.1 y 1.2 no puede realizarse, cómo debe facturarse el anticipo otorgado al proveedor?

La prestación del servicio deberá realizarse en dependencias ajenas a esta Administración.

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra

Préstamos hipotecarios. Recomendaciones antes de contratar una hipoteca

LO QUE EL CONSUMIDOR DEBE SABER DE...

BASES DE LA ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº COFIDE

REGLAMENTO TRASLADO DE SALDO REVOLUTIVO A CUOTAS FIJAS MENSUALES. ARTICULO PRIMERO: DEL REGLAMENTO: El presente reglamento regula la

Transcripción:

ADJUDICACION NIVEL II N 016-2014-AGROBANCO SERVICIO DE INTERNET MÓVIL EN 127 TABLETS ACTA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES En San Isidro, a los 09 días del mes de Enero de 2015, siendo las 16:00 horas, se reunieron los miembros del Comité de Adquisiciones Nivel II Temas Tecnológicos, con el objeto de llevar a cabo el Acto referido a la absolución de consultas y observaciones de la Adjudicación de Nivel II N 016-2014-AGROBANCO SERVICIO DE INTERNET MOVIL EN 127 TABLETS. Iniciado el acto, el señor Presidente del Comité de Adquisiciones Nivel II informó a los demás miembros que se recibió dos (02) pliegos de consultas y observaciones formuladas por las empresas AMERICA MOVIL PERU S.A.C. y TELEFÖNICA DEL PERÚ S.A.A., las cuales están debidamente registradas como participantes, por lo que puso en consideración del Comité la absolución de consultas y observaciones. Luego de un breve intercambio de opiniones el comité considero aprobar el pliego de absolución de consultas, el mismo que se adjunta al presente documento. Siendo las 16:30 horas de la misma fecha y no habiendo otro asunto que tratar se dio por terminada la sesión, firmándose la presente acta en señal de aceptación y conformidad. EL COMITÉ DE ADQUISICIONES NIVEL II Temas Tecnológicos

PLIEGO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES ADQUISICION NIVEL II 016-2014-AGROBANCO OBSERVACIONES Y CONSULTAS PRESENTADAS POR LA EMPRESA AMERICA MOVIL PERU S.A.C. Observación 1 CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION A. Experiencia del Postor Pág. 20 Consideramos que el período de evaluación establecido para el presente proceso (cinco años) y el monto máximo acumulado (3 veces el valor referencial), resultan restrictivos si se tiene en cuenta los montos considerables que deben acreditar los postores para obtener puntajes competitivos en el presente factor de evaluación. En efecto, el Valor Referencial de este proceso de selección asciende a S/. 159,890.00, lo que implica que los postores que pretendan acceder al máximo puntaje deberán acreditar por lo menos una facturación de S/. 479,670.00 hasta por un periodo de 5 años. Como puede apreciarse, establecer un período de evaluación de cinco (5) años y el monto máximo de tres (3) veces el valor referencial para acreditar las contrataciones resulta una condición poco razonable y desproporcionada que impide a los postores participar y acceder al presente proceso de selección. En vista de ello, solicitamos a la entidad aumentar el periodo de evaluación de la experiencia del postor hasta ocho (8) años a la fecha de presentación de propuestas y hasta por un monto máximo de cinco (5) veces el valor referencial de la contratación. Respuesta a Observación 1 Se acoge parcialmente la observación en el sentido que se modifica el periodo de evaluación de la experiencia del postor hasta (8) años a la fecha de presentación de propuestas. En tanto que el valor referencial se mantiene el máximo puntaje hasta 3 veces el valor referencial según lo indicado en las Bases.

Consulta 1 CAPITULO II PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Pág. 11 Solicitamos confirmar que el contrato que se firmará con la entidad será aquel formato aprobado por OSIPTEL y utilizado por la contratista para la prestación de sus servicios de telecomunicaciones. Respuesta de Consulta 1 El formato de contrato es el establecido en las Bases, sin perjuicio de ello, Agrobanco se ceñirá a las normas y disposiciones de OSIPTEL Consulta 2 CAPITULO II DEL PROCESO DE SELECCION Numeral 6. Literal c) Pág. 18 Solicitamos confirmar que el ganador de la buena pro podrá presentar una Vigencia de Persona Jurídica emitida por los Registros Públicos, en la cual se acredite la existencia de la empresa, se incluyan los datos de su constitución y estructura de poderes vigente refrendada y emitida por la SUNARP. Ello puesto que las Vigencias de Personas Jurídicas constituyen documentación registral de igual valor probatorio y considerando que la copia de la constitución de las empresas de telecomunicaciones cuentan con más de 300 folios y su tramitación suele demorar más de 10 días hábiles ante la SUNARP. Respuesta de Consulta 2 Se procede a confirmar que el ganador de la buena pro para la firma de contrato podrá presentar una Vigencia de Persona Jurídica emitida por los Registros Públicos, en la cual se acredite la existencia de la empresa, se incluyan los datos de su constitución y estructura de poderes vigente refrendada y emitida por la SUNARP. Sin embargo, deberá presentar también la Vigencia de Poder de los representantes legales que tienen facultades para suscribir contratos. Además la presentación de la copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias luego deberá ser regularizada.

Consulta 3 CAPITULO II PROCESO DE SELECCION Numeral 9. Pág. 18 Solicitamos confirmar que en caso que la prestación del servicio inicie antes del día de facturación asignado, la primera facturación incluiría un cargo por el prorrateo del servicio brindado durante los días previos al comienzo de la facturación mensual más el cargo adelantado. Lo mismo ocurrirá con el último periodo de facturación del servicio. Respuesta de Consulta 3 Se procede a confirmar que se aceptará el pago por los días de servicio antes del día de facturación asignado, de igual forma con el último periodo de facturación del servicio, ambas facturaciones deberán incluir el prorrateo del costo. Consulta 4 CAPITULO II PROCESO DE SELECCION Numeral 9. Pág. 18 Solicitamos confirmar que el comprobante de pago que se emitirá será el Recibo de Servicios, de acuerdo al formato debidamente aprobado por SUNAT y OSIPTEL. Respuesta de Consulta 4 Se procede a confirmar que se aceptará como comprobante de pago, el Recibo de Servicios de acuerdo al formato aprobado por SUNAT y OSIPTEL.

Consulta 5 CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION B. Experiencia del Postor Pág. 20 Solicitamos confirmar que a efectos de acreditar la experiencia, los postores podrán presentar documentación referente a los servicios de internet móvil, y transmisión de datos inalámbrica a través de la red celular. Respuesta de Consulta 5 Se procede a confirmar que los postores podrán presentar documentación referente a los servicios de internet móvil, y transmisión de datos inalámbrica a través de la red celular. OBSERVACIONES Y CONSULTAS PRESENTADAS POR LA EMPRESA TELEFONICA DEL PERÚ S.A.A. Consulta N 01. (Ref.: Pág. 20 Capítulo IV Literal A. EXPERIENCIA DEL POSTOR ) Sírvase confirmar que para sustentar la experiencia del postor se considerará como servicios similares a los servicios de Telefonía Móvil, Transmisión de Datos Inalámbrica a través de la Red Celular y otros similares, considerando que todos los servicios anteriormente mencionados son de las mismas características que los solicitados en bases, el cual consiste en la actividad del proceso.

Se solicita lo anterior en consideración de los Principios de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores., de Imparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de la Entidad, se adoptarán en estricta aplicación de la presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas., de Razonabilidad: En todos los procesos de selección el objeto de los contratos debe ser razonable, en términos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el interés público y el resultado esperado., de Transparencia: Toda contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrán acceso durante el proceso de selección a la documentación correspondiente, salvo las excepciones previstas en la presente norma y su Reglamento. La convocatoria, el otorgamiento de la Buena Pro y los resultados deben ser de público conocimiento. Respuesta de Consulta 1 Se procede a confirmar que los postores podrán presentar la documentación referente a los servicios de internet móvil, y transmisión de datos inalámbrica a través de la red celular. Consulta N 02. Ref.: Pág. 22 CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL Si bien el monto contractual es a todo costo e incluye todo concepto vinculado al servicio, entendemos que el término seguro (por pérdida, destrucción, robo, daño por culpa del usuario o la Entidad, de los equipos, etc.) se refiere al mecanismo de reposición que sea propuesto por los postores, el cual no será provisto por una empresa aseguradora, sino por el propio proveedor, asumiendo la entidad el costo de reposición correspondiente. Por favor confirmar lo señalado. Respuesta de Consulta 2 Se aclara que los equipos Tablets son propiedad del Banco y en caso ocurriese un evento por pérdida, destrucción, robo o daño por culpa del usuario o la Entidad, el proceso de reposición será a criterio de Agrobanco pudiendo ser provisto por la empresa aseguradora de la Entidad o solicitando al proveedor del servicio el costo por reposición. Consulta N 03. Ref.: Pág. 23 CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Agradeceremos precisar qué plazo máximo de responsabilidad por vicios ocultos será de un (01) año, teniendo en cuenta que dicho plazo empieza a regir a partir de otorgada la conformidad por

parte de la Entidad; es decir, una vez culminado la prestación del servicio. Respuesta de Consulta 3 Se precisa que el tiempo máximo de responsabilidad por vicios ocultos será de un (01) año, teniendo en cuenta que dicho plazo empieza a regir a partir de otorgada la última conformidad por parte de la Entidad por la prestación del servicio mensual. Observación N 01. Ref.: Pág. 14 numeral 2. VALOR REFERENCIAL Solicitamos que se incluya el siguiente párrafo al final, teniendo en cuenta lo establecido en la Opinión N 045-2006/GNP, y en el Pronunciamiento N 398-2010/DTN, ambos vinculantes conforme a la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y al Comunicado Nº 014-2012-OSCE/PRE: En caso se produzca alguna variación en el porcentaje establecido para el I.G.V., las partes suscribirán un adenda a fin de modificar el monto contratado en igual porcentaje a la modificación del IGV introducida. Igual trámite se dará, en caso LA ENTIDAD genere algún consumo adicional al monto contractual, para lo cual se formalizará la correspondiente contratación adicional hasta monto máximo del 25% del monto contractual, conforme a lo establecido en el artículo 174 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Respuesta a Observación 1 Se acoge la observación, en el caso se produzca alguna variación en el porcentaje para el IGV. Se incluirá el siguiente párrafo: En caso se produzca alguna variación en el porcentaje establecido para el I.G.V., las partes suscribirán un adenda a fin de modificar el monto contratado en igual porcentaje a la modificación del IGV introducida. En el caso se solicite servicios adicionales, la Entidad podrá formalizar una contratación adicional o complementaria de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Adquisiciones y contrataciones de Agrobanco. Observación N 02. Ref.: Pág. 23 CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍAS Solicitamos que en la redacción de garantías se consigne que: Una vez finalizada la vigencia del Contrato objeto del presente proceso, con la cancelación del monto total del mismo, LA ENTIDAD procederá al cierre del expediente de contratación respectivo, conforme lo establecido en el artículo 177 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y, a devolver al CONTRATISTA inmediatamente las garantías que obren en su poder, ya que en tal hipótesis, las obligaciones cubiertas por dichas garantías (de fiel cumplimiento, fiel cumplimiento por prestaciones accesorias y/o por el monto diferencial de la propuesta) ya

habrían sido cumplidas plenamente al contar con la conformidad de LA ENTIDAD. Respuesta a Observación 2 Se acoge la observación, incluyendo el siguiente párrafo en la cláusula octava: Una vez finalizada la vigencia del Contrato objeto del presente proceso, con la última conformidad y cancelación del monto total del mismo, LA ENTIDAD procederá al cierre del expediente de contratación respectivo y a devolver al CONTRATISTA inmediatamente las garantías que obren en su poder. Observación N 03. (Ref.: Pág. 19 numeral III) En el numeral III DESCRIPCION TECNICA DEL SERVICIO, se indica el siguiente párrafo: En caso el postor sea distinto al proveedor que actualmente viene prestando el servicio, este deberá realizar el trámite y brindar todo el soporte necesario para el desbloqueo o liberación de las Tablets que son de propiedad del Banco. Esto no puede ser responsabilidad del operador que sea adjudicado en la presente licitación ya que es responsabilidad del cliente dueño de los equipos solicitar y realizar el trámite de desbloqueo. Adicionalmente es responsabilidad del operador que vendió las Tablets contar con las herramientas necesarias para realizar el desbloqueo de los equipos. En este caso Telefónica sólo se puede comprometer a realizar el acompañamiento y asegurar que los Sim Card que se coloquen en los equipos desbloqueados funcionen correctamente. Respuesta a Observación 3 Se da por acogida esta observación. Agrobanco coordinará con el Operador que vendió las Tablets para realizar el desbloqueo de los equipos. El Operador que sea adjudicado en la presente licitación se comprometerá a realizar el acompañamiento y asegurar que los Sim Card que se coloquen en los equipos desbloqueados funcionen correctamente.