Nuevo Sistema Tributario Objetivos de la reforma del sistema.- Promover una mayor equidad Mayor eficiencia del esquema impositivo Estímulo a la inversión productiva y el empleo Suficiencia del sistema Consistencia con inserción internacional
Estructura tributaria Modificaciones sustanciales.- Creación del IRPF Creación del IRNR Nueva estructura de impuesto empresarial (IRAE) Régimen de Precios de Transferencia Establecimiento permanente y residencia fiscal Ampliación de red de convenios internacionales Derogación del régimen especial de SAFIs
Inserción internacional materia tributaria Convergencia con estándar internacional en transparencia fiscal. Acceso a la información en poder de los bancos Identificación de titulares de sociedades Ampliación de la red de CDI (Art 26 apartado 5) Aumento significativo de AII Acuerdos con partes relevantes Invitación ad hoc Grupo de Trabajo (CAF de OCDE)
Administración tributaria Institución con capacidad para gestionar el NST Reforma de la Administración Tributaria Aumento de los recursos asignados Uso masivo de nuevas tecnologías Compromiso institucional MEF-DGI para logros Cambios en política de gestión de RRHH: régimen estricto de exclusividad mejores remuneraciones (logro de metas) criterios objetivos de selección de personal
Administración Tributaria Combate a la peor de las inequidades: la vinculada a la evasión tributaria. Aumento sostenido de eficiencia de la DGI Dicho aumento se logra favoreciendo el cumplimiento voluntario de los contribuyentes Política de gestión de riesgo acción fiscalizadora Mejora del vínculo con los contribuyentes Buena comunicación con intermediarios fiscales
División Grandes Contribuyentes Dependencia directa de la Dirección General Departamentos: Planeamiento operativo Jurídico-tributario Recaudación Fiscalización Fiscalidad internacional
División Grandes Contribuyentes La creación de Grandes Contribuyentes plantea un nuevo relacionamiento: con los contribuyentes con los asesores fiscales (intermediarios) Se brinda una asistencia integral centralizada: atención de aspectos formales consultas técnicas (ejecutivo de cuenta) Se realiza por lo menos una auditoría fiscal en el período de prescripción de impuestos (5 años)
División Grandes Contribuyentes Obligaciones formales específicas. Informe de auditoría Presentación de estados contables elaborados de acuerdo con normas contables adecuadas (IASB) Examen de precios de transferencia Obligación de informar anualmente: Operaciones con vinculadas superiores a UI 50.000.000 (U$S 6.500.000); Entidades notificadas por DGI
División Grandes Contribuyentes Foro de Grandes Contribuyentes La experiencia de España (AEAT) Promover la colaboración en base a los principios de transparencia y confianza mutua. Planteo de problemas que pueden plantearse en la aplicación del sistema tributario. Reuniones sectoriales o conjuntas para tratar los problemas principales entre la AT y contribuyentes. Implementación de un marco especial de trato que la AT pueda ofrecer a cambio de una total transparencia de las operaciones.
División Grandes Contribuyentes Foro de Asesores Fiscales La experiencia de España (AEAT) Análisis y discusión de las materias tributarias de interés común. Incidencia en la gestión de riesgos basada en una relación de confianza y cooperación. Conocimiento de los criterios de la AT en la implementación de la normativa Asunción del cumplimiento de los deberes formales.
Precios de Transferencia Definiciones básicas Presunción en favor del contribuyente que las operaciones con vinculadas cumplen con el PPC Carga de la prueba para la AT Inclusión de operaciones con EP y sucursales Operaciones con entidades residentes en países de baja tributación, presunción absoluta que se realizan entre vinculadas y no cumplen con PPC. No ajuste secundario
Precios de Transferencia Definiciones básicas. Libre elección del método más apropiado de acuerdo con el tipo de transacción (clásicos). Aplicación del Sexto método para operaciones de importación y exportación. Facultad al P.E. para aplicación de safe harbor Régimen de Acuerdo Anticipado de Precios Sin régimen especial sancionatorio Sanciones especiales por deberes formales
Precios de Transferencia El régimen fue instrumentado para efectuar una implementación gradual. Forma de ganar experiencia la administración tributaria, los contribuyentes e intermediarios. A cuatro años de implementación efectiva, los servicios reclaman ajustes normativos. Se plantea falta de colaboración de parte de los contribuyentes e intermediarios.
Precios de Transferencia Tiempo suficiente para realizar una evaluación de los resultados y del cumplimiento de exigencias. Carga de la prueba a cargo del contribuyente Invertir la carga de prueba solamente cuando: no se presenta información requerida por DGI la información aportada es insuficiente Realización de ajuste secundario Normas sobre capitalización exigua
Sexto método Particularidades. Precio internacional público y notorio conocimiento en mercado transparente. Operaciones de I y E con terceros Operaciones de I y E a través de intermediarios sin sustancia económica. Registro de contratos de compraventa, oponibles siempre que se inscriban antes de 5 días hábiles del mes siguiente a su celebración. Se toma cotización a la fecha del contrato.
Sexto método Registro de contratos Se encomienda a DGI la instrumentación de un registro de contratos de compraventa. Se autoriza a DGI a celebrar acuerdos con entidades gremiales de reconocido prestigio. Se acuerda con la Cámara Mercantil de Productos del País la gestión del registro. Válidos los contratos a plazos inferiores a 240 días. No son oponibles aquellos contratos en que se presuma que modifican condiciones pactadas.
Sociedades instrumentales Principio de imposición territorial El sistema puede alentar la utilización de sociedades instrumentales. Hay un claro mensaje del Poder Ejecutivo de combatir la utilización del sistema jurídico nacional para realizar estas prácticas nocivas. Existe experiencia en la colaboración de gremiales empresariales en el combate de estas prácticas.