MANUAL DE ORGANIZACIÓN COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL



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Transcripción:

GOBIERNO DE CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN CONTRALORÍA MUNICIPAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN

CONTENIDO DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN PRESENTACIÓN El presente Manual regula las facultades y obligaciones de los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León; específicamente aquéllas, relacionadas con la seguridad pública y de protección civil. MISIÓN El Ayuntamiento como representante de la comunidad, y distribuidas sus responsabilidades y facultades en el trabajo de las Comisiones, específicamente la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil en el área de seguridad pública, participará en la dirección de los asuntos del Municipio, velando por que el ejercicio del Gobierno Municipal adopte un esquema de organización y funcionamiento orientado a la conservación del orden, la paz y tranquilidad pública; la prevención de delitos e infracciones administrativas, privilegiando la proximidad y comunicación con la ciudadanía, y procurando su participación en actividades relacionadas con la seguridad pública municipal. En materia de protección civil, la promoción para la participación, integración y cooperación de la sociedad a programas y acciones en dicho orden. VISIÓN Alcanzar la eficiencia en el uso de los recursos públicos, mediante acciones preventivas, de control, vigilancia y correctivas para dar confianza y transparencia a la sociedad; fundamentada aquélla en los valores de honestidad, discreción y justicia que genere una nueva imagen de respeto y confianza en todos los sectores sociales, apoyando a las áreas de Gobierno al logro de una adecuada toma de decisiones, propiciando en ello la participación ciudadana.

ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DIRECTORIO Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil Presidente: C. Regidor Mario Alberto Rodríguez Leal Vocal Secretario: C. Regidor Honorio Salazar Méndez Vocal: C. Regidor Juan Heriberto Garza Rodríguez C. Regidor Mario Alberto Rodríguez Leal C. Regidor Honorio Salazar Méndez C. Regidor Juan Heriberto Garza Rodríguez Domicilio Teléfono Correo Electrónico Tercer Piso, Oficina de Regidores, Palacio Municipal. Calle 20 de Noviembre, número 106 sur. Tercer Piso, Oficina de Regidores, Palacio Municipal. Calle 20 de Noviembre, número 106 sur. Tercer Piso, Oficina de Regidores, Palacio Municipal. Calle 20 de Noviembre, número 106 sur.

FUNCIÓN BÁSICA A).- En materia de Seguridad Pública: I. Vigilar el exacto cumplimiento de los Reglamentos de Policía y Buen Gobierno y de Tránsito y Vialidad; II. Vigilar el buen funcionamiento de las corporaciones de Seguridad Pública y de Tránsito y Vialidad; III. Elaborar y presentar informes, resultados de sus trabajos, estudios e investigaciones, así como aquellos documentos relativos a la actuación de los elementos operativos de las corporaciones de Seguridad Pública y de Tránsito y Vialidad, en general, respecto de la prestación del servicio de seguridad pública municipal; IV. Fomentar entre los ciudadanos medidas de orden público; V. Procurar se impartan cursos de educación vial; VI. Proponer medidas de solución para mejorar la vialidad del Municipio, así como las adecuaciones que sean pertinentes; VII. Difundir acciones de cultura vial; VIII. Proponer medidas para reducir los accidentes de tránsito; IX. Visitar con frecuencia la cárcel municipal e informar y proponer las soluciones necesarias para el mejor funcionamiento de aquélla; X. Vigilar el respeto de los derechos humanos respecto de las personas arrestadas; XI. Promover la coordinación con dependencias análogas para la impartición de cursos y campañas de prevención de delitos y faltas administrativas; XII. Promover y fomentar, mediante proposición de programas al Ayuntamiento, la superación técnica y cultural de los elementos de Seguridad Pública Municipal y de Tránsito y Vialidad; XIII. Proponer reformas, modificaciones o adiciones a los Reglamentos de Policía y Buen Gobierno y de Tránsito y Vialidad; XIV. Promover se presente ante las autoridades municipales reportes de vecinos en materia de seguridad pública, vialidad y tránsito XV. Proponer al Ayuntamiento, la promoción de rangos y/o salarios de los elementos de Seguridad Pública y de Tránsito y Vialidad;

XVI. Evaluar los trabajos de las dependencias municipales con funciones de seguridad pública, así como la actuación de los elementos de las corporaciones de Seguridad Pública y de Tránsito y Vialidad, en base de sus resultados y necesidades, proponiendo las medidas pertinentes para orientar la política que al respecto deba emprender el Gobierno Municipal; XVII. Promover la celebración de convenios de coordinación con la Federación, el Estado u otros Municipios respecto del servicio de seguridad pública; XVIII. Las demás que le sean encomendadas por el Ayuntamiento o por el Presidente Municipal. B).- En Materia de Protección Civil: I. Formular y conducir la política y Reglamentos de Protección Civil Municipal, en congruencia con lo establecido en el orden Federal y Estatal; II. Promover la creación del Programa Municipal de Protección Civil, vigilando su cumplimiento; III. Expedir y promover la actualización en su caso, del Reglamento de la materia que establezca la organización y regule la operación del Sistema Municipal, de acuerdo a la disponibilidad de recursos humanos, materiales y financieros, así como a la posibilidad de riesgos, altos riesgos, emergencias o desastres, incorporando a su organización a los sectores representativos del Municipio; IV. Promover la elaboración de los planes de prevención de riesgos, altos riesgos, emergencias, o desastres, los que deberán ser dados a conocer a la población, mediante su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de más amplia divulgación en la localidad; V. Promover la existencia de órganos o servicios especializados de emergencia y auxilio; VI. Proponer normas y políticas de protección civil al Ayuntamiento y a las dependencias con funciones en la materia; VII. Promover que ante las autoridades municipales se presenten reportes de vecinos en materia de protección civil; VIII. Verificar que la implantación del Sistema Municipal de Protección Civil y su integración a los Sistemas Estatal y Federal; IX. Evaluar los trabajos de las dependencias municipales con funciones y atribuciones en la materia y, en base en sus resultados y las necesidades, proponer las medidas pertinentes para orientar la política que al respecto deba emprender el municipio; X. Vigilar que se lleve a cabo la aplicación de la ley de Protección Civil para el Estado de Nuevo León, por parte de las autoridades municipales;

XI. Verificar la existencia del Consejo Municipal de Protección Civil para la coordinación interna, de consulta, planeación, aplicación y supervisión del Sistema Municipal de Protección Civil, así como integrarse al mismo; XII. Involucrarse en las actividades que tengan como finalidad proteger la vida, la salud y el patrimonio de las personas, la planta productiva, la prestación de servicios públicos y el medio ambiente, ante los riesgos, emergencias desastres, producidos por causas de origen natural, artificial y humano; XIII. Promover la participación ciudadana, en la formulación y ejecución de los programas destinados a satisfacer las necesidades presentes y futuras de protección Civil de la comunidad; XIV. Promover la cultura de protección civil, dirigida a desarrollar acciones de educación y capacitación a la población, en coordinación con las autoridades de la materia; XV. Concertar acciones con los sectores público social y privado en materia de protección civil conforme a la Ley de la materia; XVI. Procurar respuesta ante la situaciones de riesgos, alto riesgo, emergencia o desastre que se presenten en el Municipio, sin perjuicio de solicitar apoyo a las Autoridades de Protección Civil; XVII. Vigilar la prestación y coordinación del auxilio a la población en caso de que acontezca un alto riesgo, emergencia o desastre; XVIII. Promover el equipamiento de los cuerpos de respuesta; XIX. Vigilar la elaboración del respectivo Mapa Municipal de Riesgos, y su actualización; XX. Vigilar se realice la inspección, control y vigilancia de los establecimientos e instalaciones de competencia municipal siguientes: a) Edificios departamentales de hasta cuatro unidades de vivienda; b) Internados o casas de asistencia, que sirvan como habitación colectiva para un número no mayor de veinte personas; c) Oficinas y servicios públicos de la Administración Pública Municipal; d) Terrenos para estacionamientos de servicios; e) Jardines de niños, guarderías, dispensarios, consultorios y capillas de velación; f) Lienzos charros, circos o ferias eventuales; g) Actividades o establecimientos que tengan menos de mil quinientos metros cuadrados de construcción; h) Instalaciones de electricidad y alumbrado público; i) Drenajes hidráulicos, pluviales y de aguas residuales;

j) Equipamientos urbanos, puentes peatonales, paraderos y señalamientos urbanos; y k) Anuncios panorámicos. XXI. Los que le sean encomendadas por el Ayuntamiento o por el Presidente Municipal. OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES GENÉRICAS DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL I. Ejercer las atribuciones específicas que les confiere este Manual; II. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades que tengan encomendadas en la Comisión a su cargo, basándose en las políticas y prioridades establecidas para el logro de los objetivos y metas del gobierno municipal; III. Aplicar y observar en la Comisión a su cargo, el presente Manual de organización; IV. Acordar con el Presidente Municipal o con quien éste designe, los asuntos cuya resolución o trámite lo requieran; V. Formular y entregar oportunamente, los dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por el Presidente Municipal o por el Pleno del Ayuntamiento; VI. Formular y proponer al Pleno del Ayuntamiento los anteproyectos de programas anuales de actividades; VII. Integrar, controlar y custodiar los archivos administrativos a su cargo; VIII. Coordinar sus actividades con los Titulares de las Dependencias relacionadas con el servicio de seguridad pública y protección civil; IX. Recibir en acuerdo ordinario, en su caso, a los Secretarios, Subsecretarios, Directores, Subdirectores y Jefes de Departamento de las Dependencias relacionadas con el servicio de seguridad pública y protección civil, concediendo audiencias a la ciudadanía; X. Vigilar que se cumpla con las disposiciones legales relativas a los asuntos de la Comisión a su cargo; XI. Cumplir y hacer cumplir en la Comisión a su cargo, las políticas y lineamientos establecidos para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros; XII. Atender y tratar de manera respetuosa, cordial y eficiente a la ciudadanía en general;

XIII. Simplificar operativamente los procedimientos administrativos, eliminando documentación, trámites y tiempos innecesarios, relacionados con la ciudadanía en general y con las demás Dependencias Administrativas del Gobierno Municipal, coordinándose para tal efecto con los Titulares de aquéllas; XIV. Apoyar a los particulares en toda clase de gestiones que promuevan, a fin de dar la solución más favorable al asunto de que se trate, siempre conforme a derecho, incluyendo facilidades y convenios, en tiempo y forma que procedan; XV. En el trabajo de Comisión, salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios de Nuevo León; XVI. Cuidar que la carga de trabajo sea distribuida equitativamente, promoviendo la productividad de los integrantes de la Comisión; XVII. Asistir con puntualidad a las reuniones de trabajo convocadas o establecidas; XVIII. Suscribir los documentos que expidan, relacionados con el ejercicio de sus atribuciones; y, XIX. Las demás que les señalen otras disposiciones legales y aquellas emanadas del Ayuntamiento. OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL. I. Convocar a través del Vocal Secretario, a las reuniones de trabajo de la Comisión; II. Presidir y dirigir las reuniones de trabajo de la Comisión; III. Representar a la Comisión en las reuniones de trabajo con los Titulares de las Dependencias relacionadas con el servicio de seguridad pública y protección civil, y sociedad civil organizada; IV. Informar al Pleno de la Comisión sobre el resultado de las reuniones de trabajo con los Titulares de las Dependencias relacionadas con el servicio de seguridad pública y protección civil, y sociedad civil organizada; V. Elaborar los Dictámenes de la Comisión y presentarlos a los integrantes de la misma, para su firma; VI. Informar al Pleno del Ayuntamiento sobre el alcance y contenido de los Dictámenes alcanzados por la Comisión, y en su caso, sobre el voto particular emitido por uno de los integrantes de la Comisión; VII. Distribuir equitativamente la carga de trabajo de los asuntos competencia de la Comisión;

VIII. Desahogar aquellos asuntos que le correspondan por la distribución del trabajo de la Comisión; IX. Integrar los archivos y expedientes de los asuntos que le correspondan por la distribución del trabajo de la Comisión; X. Presentar por escrito al Pleno de la Comisión, el resultado obtenido en el desahogo de los asuntos que le fueran encomendados por la distribución del trabajo de la Comisión; XI. Las demás que le confieran los Reglamentos o disposiciones emanadas del Ayuntamiento. OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DEL VOCAL SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL. I. Previo acuerdo con el Presidente de la Comisión, emitir la debida convocatoria para las reuniones de trabajo de la Comisión; II. Suplir al Presidente de la Comisión ante la inasistencia a las reuniones de trabajo con los Titulares de las Dependencias relacionadas con el servicio de seguridad pública y protección civil, y sociedad civil organizada; III. Levantar la correspondiente minuta de las reuniones de trabajo de la Comisión; IV. Elaborar la correspondiente Acta de las reuniones de trabajo de la Comisión; V. Desahogar aquellos asuntos que le correspondan por la distribución del trabajo de la Comisión; VI. Integrar los archivos y expedientes de los asuntos que le correspondan por la distribución del trabajo de la Comisión; VII. Presentar por escrito al Pleno de la Comisión, el resultado obtenido en el desahogo de los asuntos que le fueran encomendados por la distribución del trabajo de la Comisión; VIII. Las demás que le confieran el Presidente de la Comisión, los Reglamentos o disposiciones emanadas del Ayuntamiento. OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DEL VOCAL DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL. I. Suplir al Vocal Secretario en sus funciones, ante su inasistencia; II. Desahogar aquellos asuntos que le correspondan por la distribución del trabajo de la Comisión;

III. Integrar los archivos y expedientes de los asuntos que le correspondan por la distribución del trabajo de la Comisión; IV. Presentar por escrito al Pleno de la Comisión, el resultado obtenido en el desahogo de los asuntos que le fueran encomendados por la distribución del trabajo de la Comisión; V. Las demás que le confieran el Presidente de la Comisión, los Reglamentos o disposiciones emanadas del Ayuntamiento. REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN. COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL Presidente de la Comisión C. Regidor Mario Alberto Rodríguez Leal Vocal Secretario C. Regidor Honorio Salazar Méndez Vocal C. Regidor Juan Heriberto Garza Rodríguez