TEMA 10. Legislación alimentaría nacional e internacional. Código alimentario español. Principios generales. desarrollo.
Objetivos principales de la legislación en materia de seguridad y calidad de los alimentos Art. 43 de la Constitución española Derecho a la protección de la salud publica para todos los ciudadanos. Art. 51 de la Constitución española Obligación de los poderes públicos de garantizar la seguridad y proteger la salud y los legítimos intereses de los consumidores
HISTORIA Código Alimentario: 1950 Nació de la iniciativa de la OMS (Organización Mundial de la Salud), la C.I.A.A. (Comisión de Industrias Agrícolas y Alimentarías) y la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación). 1960 29 de marzo se creó una Subcomisión de expertos en la Comisión Interministerial Técnico-Sanitaria para redactar un Código Alimentario Español. 1867 18 de agosto se aprueba el texto del Código Alimentario.
El Código Alimentario es el cuerpo orgánico de normas básicas y sistematizadas relativas a los alimentos, condimentos, estimulantes y bebidas, sus primeras materias correspondientes y, por extensión, a los productos, materias, utensilios y enseres de uso y consumo doméstico.
Finalidad: Definir que ha de entenderse por alimentos, condimentos, bebidas,... Determinar las condiciones mínimas que han de reunir. Establecer las condiciones básicas de los distintos procedimientos de preparación, conservación, envasado, distribución, transporte, publicidad y consumo de alimentos.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Aplicación en todo el territorio nacional: A su acatamiento y observancia están obligadas todas las personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea su nacionalidad, en tanto en cuento se hallen en territorio español, incluso en forma transitoria o accidental.
CÓDIGO ALIMENTARIO: ALIMENTOS, PRODUCTOS Y ÚTILES ALIMENTARIOS DEFINICIONES INDUSTRIAS Y ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS
Departamento de Toxicología y Legislación Sanitaria, Facultad de Medicina ALIMENTOS NUTRIENTES ALIMENTOS, PRODUCTOS Y ÚTILES ALIMENTARIOS ALIMENTO ADULTERADO ALIMENTO FALSIFICADO PRODUCTOS DIETÉTICOS Y DE RÉGIMEN PRODUCTOS SUCEDÁNEOS ALIMENTOS FUNDAMENTALES DEFINICIONES ALIMENTO ALTERADO ALIMENTO CONTAMINADO ALIMENTO NOCIVO PRODUCTOS ALIMENTARIOS ALIMENTOS PERECEDEROS ALIMENTO IMPROPIO ÚTILES ALIMENTARIOS PROHIBICIONES
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimentos : Sustancias o productos de cualquier naturaleza, sólidos o líquidos, naturales o transformados, que por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación, sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados: - Para la normal nutrición humana o como fruitivos - Como productos dietéticos
CÓDIGO ALIMENTARIO: Nutrientes: Todas las sustancias integrantes de los distintos alimentos, útiles para el metabolismo orgánico, y que corresponden a: Proteínas Hidratos de carbono Grasas Vitaminas Sustancias minerales Agua
CÓDIGO ALIMENTARIO: Productos dietéticos y de régimen: Son los alimentos elaborados según fórmulas autorizadas, adecuados a satisfacer necesidades nutritivas especiales del hombre.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimentos fundamentales: Son los que constituyen una proporción importante de la ración alimenticia habitual en las distintas regiones españolas.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Productos sucedáneos: Son todos los productos que, sin fines engañosos o fraudulentos y con expresa declaración de la finalidad perseguida, pretenda sustituir en todo o en parte a un alimento.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimentos perecederos: Son los que, por sus características, exigen condiciones especiales de conservación en sus períodos de almacenamiento y transporte.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimento impropio: cualquier materia que: a. No estar comprendida en los hábitos alimentarios españoles, aunque el producto de que se trate tenga poder nutritivo. b. Cuando, aun siendo alimento o materia comprendidos en los hábitos alimenticios españoles, no se haya completado su proceso normal de maduración o elaboración, o lo haya sido mediante algún procedimiento no autorizado.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimento adulterado: Todo alimento al que se haya adicionado o sustraído cualquier sustancia para variar su composición, peso o volumen, con fines fraudulentos.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimento falsificado: todo alimento que: a. Haya sido preparado o rotulado para simular otro conocido. b. Su composición real no corresponda a la declarada y comercialmente anunciada. c. Cualquier otra capaz de inducir a error al consumidor.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimento alterado: Todo alimento que durante su obtención, preparación, manipulación, transporte, almacenamiento o tenencia, y por causas no provocadas deliberadamente, haya sufrido tales variaciones en sus caracteres organolépticos, composición química o valor nutritivo, que su aptitud para la alimentación haya quedado anulada o sensiblemente disminuida, aunque se mantenga inocuo.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimento contaminado: Todo alimento que contenga gérmenes patógenos, sustancias químicas o radiactivas, toxinas o parásitos capaces de producir o transmitir enfermedades al hombre o a los animales.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Alimento nocivo: todo alimento que: a. Produzca efectos perjudiciales en el consumidor. b. Aun no siendo perjudicial a su inmediato consumo, se pueda prever que su ingestión repetida entraña peligro para la salud c. Su contenido en microorganismos o materias extrañas sea superior a los límites permitidos. d. Pueda serlo para un grupo determinado de consumidores.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Productos alimentarios: Todas las materias no nocivas, en sentido absoluto o relativo, que, sin valor nutritivo, puedan ser utilizadas en la alimentación.
CÓDIGO ALIMENTARIO: Útiles alimentarios: Vehículos de transporte, maquinaria, utillajes, recipientes, envases, embalajes, etiquetas y precintos de todas clases en cuanto usualmente se utilicen para la elaboración, fraccionamiento, conservación, transporte, rotulación, precintado y exposición de alimentos o de productos alimentarios.
Departamento de Toxicología y legislación Legislación Sanitaria, Facultad de Medicina INDUSTRIAS Y ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS EMPRESAS CONDICIONES GENERALES LOCALES DEFINICIONES PROHIBICIONES PERSONAL CLASIFICACIÓN INSTALACIONES Y ELEMENTOS INDUSTRIALES REGISTRO ALIMENTARIO
TEMA 11. Condiciones generales de los materiales, tratamientos y personal relacionado con los alimentos, establecimientos e industrias de la alimentación.
Todo material en contacto con los alimentos en cualquier momento, debe Estar fabricado con materias primas autorizadas al Código Alimentario No transmitir al alimento/bebidas sustancias tóxicas o contaminantes No ceder sustancia ajena a la composición normal No alterar características organolépticas
Materias primas autorizadas El Código Alimentario describe: Metales y sus aleaciones (dice cuales pueden ser) Vidrio, cerámica, mármol y cemento Compuestos celulósicos Maderas, corcho y fibras naturales Compuestos macromoleculares (resinas, disolventes, etc) Varios (colas, adhesivos, etc)
Materias primas prohibidas Existe una lista explícita de cuales están prohibidas La lista es renovada periódicamente
Definiciones Aparatos alimentarios: elementos mecánicos empleados en todo el proceso Utensilios alimentarios: instrumentos de uso manual y corriente en las industrias y establecimientos alimentarios
Envolventes Materiales que protegen los alimentos, bebidas y sus materias primas Envase Embalaje Envoltura Revestimientos Cobertura Otros: Cierres de envases Cámara de Aire en envases Envolventes recuperables y no recuperables
Rótulo y etiquetado Rótulo Etiqueta Redacción de rótulos Redacción de etiquetas
Envasado Los alimentos se envasaran en las industrias de origen o en establecimientos autorizados al efecto.
Conservación de alimentos Alimentos conservados Procedimientos autorizados Prohibiciones
Almacenamiento y transporte Almacenamiento Condiciones generales Distancia entre pilas y lotes, pared y suelo Espacios para manipulación Rotación de existencias Inspecciones Retirada de alimentos deteriorados Transporte
CODIGO ALIMENTARIO Carnes y derivados Aves y caza Pescados y mariscos Huevos y derivados Leche y derivados Grasas comestibles