Cambiamos para ofrecerte lo mejor PROCEDIMIENTO PARA APLICAR LA COBERTURA DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN ANTE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS Estimado cliente, gustosamente nuestros Ejecutivos de Negocios de nuestra red de Agencias y Oficinas podrán apoyarlo en la operación a realizar o aclarar cualquier consulta, duda o sugerencia.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR LA COBERTURA DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN ANTE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS La Caja Rural Los Libertadores de Ayacucho S.A., de conformidad con la Ley Nº 29888, en aplicación a lo dispuesto en la Resolución SBS Nº8181-2012, Reglamento de Transparencia de Información y el Código de Protección y Defensa del Consumidor, emite el presente instructivo a ceñirse para la aplicación y procedimiento de la Cobertura del Seguro de Desgravamen ante la Compañía de Seguros. BASE LEGAL. Resolución SBS Nº 8181-2012: Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del Sistema Financiero. Ley Nº 29888, Ley que modifica la Ley Nº 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor y la Ley Nº 28587 Ley Complementaria de la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros sobre transparencia de la información y modificaciones contractuales Ley Nº 29571: Código de Protección y Defensa del Consumidor. Decreto Supremo Nº 006-2009-PCM: Texto Único Ordenado de la Ley Del Sistema De Protección al Consumidor. POLIZA Nº 2769990 - Póliza de Seguro de Desgravamen con la Compañía de seguros LA POSITIVA. MPP Integral de Riesgos Capítulo IV Riesgo Crediticio. I. COBERTURA DE LA POLIZA. Muerte Natural. Muerte Accidental. Invalidez Total y Permanente por Accidente y Enfermedad. Nota: La Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A., se compromete a efectuar el pago de las primas desde la vigencia del seguro, aún en el caso de que el deudor no las efectúe oportunamente, a fin de Compañía de Seguros asuma el riesgo en todo momento, pero siempre respecto de la deuda insoluta a la fecha del fallecimiento, sin comprender las cuotas no pagadas oportunamente por el cliente deudor (asegurado). II. CONDICIONES DE COBERTURA. El asegurado tendrá la cobertura siempre que al momento de ocurrencia del siniestro cuyo riesgo sea materia del seguro, la presente póliza y/o su certificado se encuentre vigente, y que además no se encuentre incurso en ninguna de las exclusiones y no existan causas que invaliden o anulen la póliza o el certificado, tal como señala en la póliza de seguro de desgravamen. III. REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA COBERTURA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN. Para la cobertura del seguro de desgravamen en el heredero, interesado legitimado y/o beneficiario, deberá de presentar los siguientes documentos: Solicitud para la cobertura del Seguro de Desgravamen. Copia del DNI. Historia Clínica. Certificado Médico de Defunción. Partida de Defunción. Estado de cuenta del crédito materia del desgravamen.
En caso de muerte accidental, deberá además presentarse lo siguiente Atestado Policial Certificado de Necropsia. Nota: Los documentos mencionados deberán presentarse en originales, en caso de ser fotocopias deberán ser legalizadas por un Notario Público. IV. TERMINOS Y REFERENCIAS. Heredero: Persona que, por testamento o por ley sucede a título universal en todo o parte de una herencia. El que hereda algo. Asesor de Seguros: Representante de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A ante la Compañía de Seguros. V. PROCEDIMIENTO: 4.1 DE LA SOLICITUD: DE OFICIO: La Caja Rural de Ahorro y Crédito los Libertadores de Ayacucho S.A., actuará de oficio cuando, enterado el Ejecutivo de Negocio del deceso o muerte del cliente deudor procederá a realizar las siguientes diligencias: 1. Comunicará a los beneficiarios, interesado legitimado y/o herederos del cliente respecto a la existencia del seguro de desgravamen, esta comunicación será a través de una carta dirigida a al domicilio consignado en el Contrato de Crédito; en caso no se disponga de ésta, podrá difundirse dicha información a través de la página web y oficinas de atención al público. 2. Se solicitará a los herederos, interesado legitimados y/o beneficiarios presentar los requisitos para la cobertura del Seguro de Desgravamen según lo descrito en el punto II del presente procedimiento.. DE PARTE: El heredero, interesado legitimado y/o beneficiario ocurrido el siniestro del deceso del cliente deudor deberá de comunicar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito los Libertadores de Ayacucho S.A., solicitando se proceda con la cobertura del seguro de desgravamen, adjuntando los documentos descritos en el punto II del presente procedimiento. 3. Presentar los documentos (en adelante expediente del cliente) en Mesa de Partes, los cuales serán verificados en conformidad a los requisitos solicitados, de faltar documentación requerida, el expediente del cliente deudor será devuelto al solicitante a fin de que complete y adjunte la documentación requerida. Nota: En caso de faltar algunos documentos determinantes según requisitos exigidos se comunicará al interesado legitimado y/o beneficiario que presenta el expediente del cliente de forma completa a fin de evitar dilación administrativa del tiempo y/o el rechazo ante la Compañía de Seguros. 4. Estando en conformidad la documentación presentada, el personal de Mesa de partes sellará la solicitud consignando la fecha y hora y describiendo y enumerando los folios que acompaña el expediente del cliente deudor. 5. El personal de Mesa de Partes entregará al heredero, interesado legitimado o beneficiario el cargo de la solicitud debidamente sellada.
6. El personal de Mesa de Partes en el día elevara el expediente del cliente al Administrador de Agencia para que proceda a la tramitación ante la aseguradora. 4.2 DE LA TRAMITACIÓN: El Administrador de Agencia remitirá la documentación completa del expediente del cliente ante la Jefatura de la Oficina de Servicios Generales a fin de iniciar la tramitación ante la Aseguradora. 1. La Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A., a través del Jefe de la Oficina de Servicios Generales recibirá el expediente del cliente en conformidad con los requisitos exigidos, seguidamente remitirá el expediente con la documentación adjunta a la Compañía de Seguros contratado mediante el Asesor de Seguros adjuntando además el estado de cuenta que reporta la deuda pendiente de pago a la fecha del fallecimiento. Nota: Los documentos que sustenten el deceso del cliente deudor, deberán ser presentados por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores S.A. a la Compañía de Seguros en un plazo NO MAYOR a ciento ochenta (180) días de producido el deceso del cliente deudor (asegurado). Por lo que se recomienda al heredero, interesado legitimado y/o beneficiario en comunicar y entregar la documentación del sustento del deceso del cliente deudor según requisitos exigidos, dentro del tiempo más breve posible a fin de remitir el expediente completo dentro del plazo dispuesto por la Compañía de Seguros. 2. La compañía de Seguro mediante el Asesor de Seguros en un plazo máximo de 15 días de recibida el expediente se pronunciará respecto a la procedencia o rechazo de la cobertura del seguro. 3. En caso de que la solicitud de cobertura del seguro de desgravamen sea RECHAZADA, la Compañía de Seguros expedirá una carta informando las razones y/o motivos del rechazo, Dicha Carta será comunicada y entregada al heredero, interesado legitimado o beneficiario. 4. En caso de que la solicitud de cobertura del seguro de desgravamen sea APROBADA, la Compañía de Seguros remitirá mediante un cheque la liquidación de la cobertura de indemnización a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A. monto que será amortizado a la deuda del cliente fallecido. La compañía de Seguros solo cubrirá el saldo capital adeudado y no en integro de la deuda. Nota: En cumplimiento al Art. 20 de la Resolución SBS Nº 8181-2012, la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A., comunicará al heredero, interesado legitimado y/o beneficiario que en calidad de beneficiario del Seguro de Desgravamen contratado, hemos recibido un importe por concepto de indemnización, procediéndose a realizar la imputación de la indemnización al saldo deudor. 5. Efectuada la amortización según la liquidación remitida la Compañía de Seguros, en caso quedara un saldo de pago que no fuera cubierto por la Compañía de Seguros, la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A comunicará al heredero, interesado legitimado y/o beneficiario, a fin de que proponga la negociación de pago para la cancelación total de la deuda. 6. Efectuada la amortización de la liquidación remitida por la Compañía de Seguros, en caso existiera un saldo excedente, la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A comunicará a los herederos, interesado legitimado y/o beneficiarios para que se apersone a nuestras Oficinas y procedan a efectivizar su cobro previa legitimación del derecho que les asiste como tales. Cualquier duda o consulta, la podrá realizar apersonándose a nuestras Oficinas de Atención al Usuario donde gustosamente lo atenderemos.
Ayacucho,...de... del 2013. Señores:... Beneficiarios o Herederos del/la (Nombre del cliente fallecido) Dirección:... Presente.- Referencias: Póliza: Nº... Ramo: Desgravamen Fecha de Ocurrencia:... Titular de la cuenta:... Estimados Señores: Por medio de la presente comunicamos a ustedes que el cliente... (fallecido), tiene un crédito con la Caja Libertadores de Ayacucho S.A. el cual cuenta con seguro de desgravamen. Por ello, a fin de realizar los trámites ante la Compañía de Seguros le solicitamos apersonarse a nuestras oficinas y presentar los siguientes documentos: Solicitud para la cobertura del seguro de desgravamen Copia del DNI (del cliente fallecido) Historia Clínica Certificado Médico de Defunción Partida de Defunción En caso de muerte accidental, deberá adjuntar lo siguiente: Atestado Policial Certificado de Necropsia. Estos documentos deberán ser presentadas en original, en caso de ser fotocopias deberán ser legalizadas por Notario Público. Por lo antes expuesto, le instamos a presentar los documentos mencionados a la brevedad posible. Sin otro particular. Atentamente. ---------------------------------- Administrador de Agencia
Ayacucho,... de...del 2013 CARTA Nº Señor (s): -2013/ADM-AYAC.... Domicilio:... Ciudad.- ASUNTO: Imputación de la Indemnización del Seguro de Desgravamen y liquidación de Deuda al... De nuestra mayor consideración: Es grato dirigirnos a usted (s) en cumplimiento al Art. 20 de la Resolución SBS Nº 8181-2012, para comunicarle (s) que en nuestra calidad de beneficiario del Seguro de Desgravamen contratado, hemos recibido el Cheque Nº..., por un importe de S/..., por concepto de indemnización, el mismo que con fecha hemos procedido a realizar la imputación de la indemnización al saldo deudor, y a efectos de ilustración se detalla a continuación la composición de la deuda y su aplicación respectiva: CONCEPTO TOTAL DEUDA IMPUTACION INDEMNIZACION SALDO DEUDA Capital Intereses Compensatorio Intereses Moratorio Seguro de Desgravamen Otros Gastos ITF TOTAL S/. Sin otro particular, quedamos de ustedes. Atentamente,