A.- SOBRE LA PROMOCIÓN: Reglamento Campaña Compra a 6 meses sin intereses 1. Patrocinador: La presente promoción es patrocinada por el Banco Nacional de Costa Rica, a través de comercios afiliados al sistema adquirente del Banco Nacional y otros adquirentes de la República de Costa Rica y el exterior. 2. Naturaleza y Jurisdicción: La presente promoción se considerará de naturaleza exclusiva para clientes consumidores finales. 3. De la administración y responsabilidad: Para todos los efectos legales correspondientes se establece que el Banco Nacional de Costa Rica será el responsable y encargado de la administración de la presente promoción en Costa Rica. 4. Participación: En la promoción pueden participar todas aquellas personas físicas, mayores de dieciocho años, que posean un documento de identificación válido, vigente y reconocido conforme a las leyes de la República de Costa Rica, y que sean tarjetahabientes de crédito del Banco Nacional de Costa Rica, o que sean personas físicas titulares vinculadas a las Tarjetas Empresariales, que se encuentren al día en sus obligaciones y que realicen una o más compras utilizando como medio de pago su tarjeta de Crédito del Banco Nacional de Costa Rica (local, Internacional, Oro, Platino, Black e Infinite, titulares) y Tarjetas de Banca de Desarrollo, Empresariales, Pymes, Pymex, MYpimes. B.- PERÍODO TEMPORAL DE VALIDEZ: 5. La promoción aplicará a partir del 01 de Mayo, y hasta todo el día 31 de diciembre del 2013. C.- PARTICIPANTES: 6. Podrán participar en la presente promoción todas las personas físicas mayores de edad, tarjetahabientes de crédito del Banco Nacional y personas físicas vinculadas como titulares de Tarjetas de crédito de Tarjetas Empresariales, y que efectúen compras del 01 de Mayo y hasta el 31 de diciembre de 2013, en cualquiera de los establecimientos afiliados a la red adquirente del Banco Nacional u otra red externa, utilizando como medio de pago la tarjeta de crédito del Banco Nacional de Costa Rica. 7. Para poder participar en la presente promoción es requisito indispensable que el interesado conozca las condiciones, mecánica, características, y limitaciones contenidas dentro del presente reglamento. Para efectos del Banco Nacional, el simple Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2255-2436/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 1 de 5
acto de realizar al menos una compra utilizando como medio de pago la tarjeta de crédito durante el período establecido de la promoción, hará suponer que el participante conoce de la existencia de las condiciones, limitaciones, premios, mecánica, y restricciones de la promoción, quedando sujetos a las mismas en su totalidad. 8. Para los efectos del presente reglamento solo se le cobrará al cliente una comisión administrativa de 3% sobre el monto de la compra realizada y esto aplicará para el caso de crédito únicamente. D. MECÁNICA: Para poder participar, los tarjetahabientes titulares de Crédito del Banco Nacional de Costa Rica durante el período promocional deben realizar al menos una compra de algún bien o servicio en los establecimientos que se encuentren bajo las condiciones establecidas en el presente documento, utilizando como medio de pago su tarjeta de Crédito del Banco Nacional de Costa Rica. Si se considerarán las compras efectuadas fuera del territorio nacional y facturadas en US dólares las cuales si podrá ser acumulativas para participar en esta campaña. 9. Con esta campaña se pretende promocionar que todos los tarjetahabientes de crédito del Banco Nacional realicen compras en comercios relacionados con : Salud: Pagos en Hospitales, Centros de Salud, clínicas, y compra de productos farmacéuticos Educación: Pagos de matrícula y cursos de Universidades, colegios y escuela, centros educativos parauniversitarios, así como cursos libres. Electrodomésticos: Línea Blanca: Cocinas, hornos, lavadoras, lavaplatos, secadoras, refrigeradoras y congeladores, aires acondicionados Audio y video: Televisores, reproductores de audio, equipos de música, reproductores de video, reproductor de DVD, home cinemas y teléfonos celulares. Compras en Hoteles, Agencias de Viajes y Aerolíneas. Compras en el Exterior: Compras realizadas con las BN Tarjetas de Crédito fuera de Costa Rica. 9.1 Compras: Dichas compras por un monto igual o superior a los 150.000 o el equivalente en US dólares si la compra fuera facturada en dicha moneda, de Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2255-2436/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 2 de 5
acuerdo al tipo de cambio (Venta) del día, del Banco Nacional de Costa Rica, donde los tarjetahabientes puedan optar por pagar este monto a 6 meses sin intereses, 9.2 Activación del Voucher: Los clientes deberán activar el voucher de la compra realizando una llamada telefónica al 4000-1234 (sistema automático de recepción de información del cliente), en la cual este sistema realizará una serie de preguntas al cliente para que éste incluya información relacionada con la compra respectiva. Este sistema, le indicará las restricciones del programa, así como también le solicitará el número de identificación, número de teléfono, últimos 4 dígitos de la tarjeta de crédito con la que se realiza la compra y número de autorización del voucher. Las compras deberán ser realizadas en el plazo establecido en el presente documento, sin embargo, la activación de voucher correspondiente a las compras podrá realizarse hasta todo el día del 10 de enero del 2014. 9.3 Cuenta de correo: Cabe mencionar que también se habilitará una cuenta de correo electrónico en la que el cliente podrá enviar los mismos datos anteriormente indicados para proceder; dicha cuenta es: bncerointeres@bncr.fi.cr, esto para proceder con la aplicación del plan seleccionado por el cliente. 9.4 Monto: Para la presente promoción existirá un monto máximo de compras que se pueda aprovechar, de 3.000.000,00, o su equivalente en dólares. Las compras en colones no son acumulativas para alcanzar los 150.000 caso contrario para las compras en dólares. 9.5: Compras por Internet: La fecha máxima para que los tarjetahabientes de crédito que realicen compras a través de internet puedan solicitar la aplicación de la promoción es hasta todo el día del 10 de enero del 2014. 10. Solo se considerarán para los efectos de la presente promoción, todas aquellas compras que hayan sido efectivamente realizadas y que no hayan sido objeto de anulación o reversión por cualquier motivo. Asimismo, no se tomarán en cuenta para los efectos de la presente promoción: las transacciones que se realicen por concepto de retiro de cajeros automáticos, Pago Automático de Recibos, Pago Automático de Salarios, avances de efectivo, compras en estaciones de servicios, ni transacciones realizadas vía Internet con tarjeta virtuales o los pagos realizados con tarjetas de crédito corporativas. 11. Se tomarán en cuenta las compras realizadas en supermercados siempre y cuando el cliente presente la factura de compra, donde indique el monto de cualquiera de los artículos especificados en el presente reglamento y que adicionalmente el Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2255-2436/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 3 de 5
monto de dicha compra se ajuste a los establecidos en las condiciones del presente documento. E. INCENTIVO: 12. Condiciones y Restricciones específicas del Incentivo: Para que las personas que quieran optar por esta promoción, deberán cumplir los siguientes requisitos o condiciones: a. Realizar compras entre el 01 de Mayo y hasta el 31 de diciembre del 2013, inclusive durante todo el día. b. Realizar compras en la red adquirente del Banco Nacional o cualquier otra red de comercios en la que las tarjetas de crédito del Banco Nacional de Costa Rica sea aceptada. c. Las compras realizadas en colones no podrán ser acumulativas para poder reportar el monto mínimo establecido en el punto. d. Las compras realizadas en comercios diferentes a los indicados en la cláusula D, punto 9 de este reglamento no se tomarán en cuenta para participar en esta promoción. e. Contar con la tarjeta al día. f. No presentar atrasos en sus obligaciones. F. CONDICIONES: 13. VERIFICACIÓN DE DATOS: El Banco Nacional se reserva el derecho de verificar en cada caso la identidad, estado crediticio y estado de la tarjeta, esto con el objetivo de validar si el solicitante cumple con los requisitos necesarios para poder optar por el programa. 14. El cliente autoriza al Banco Nacional de Costa Rica para tratar, recopilar, almacenar, ceder y transferir la información de sus datos personales, incluidos los de uso restringido. Esta autorización incluye: 1) la posibilidad de compartir la información indicada con el Banco Nacional y las demás subsidiarias del Conglomerado Banco Nacional existentes o futuras, o a terceros subcontratados por el Banco Nacional y sus subsidiarias para el manejo y archivo de expedientes, envíos de estados de cuenta y para brindar servicios como cliente del conglomerado o de la subsidiaria, incluyendo pero no limitado a los contratos de tarjetas, servicios de call center, servicios de venta o contratación de productos, mercadeo, promociones en general y de servicios bancarios y financieros, de cobro, servicios para la seguridad de las transacciones a efectuar u otros servicios a través de medios telefónicos, digitales, Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2255-2436/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 4 de 5
mensajes de texto, correo electrónico o cualquiera otras que ayude a llevar a cabo transacciones. Dichas comunicaciones podrán ser con fines informativos, de venta directa, de verificación de datos, de cobro, de promoción de productos y cualquier otro que se considere oportuno brindar por estos medios. 2) la posibilidad de compartir la información indicada con el Banco Nacional y las demás subsidiarias del Conglomerado Banco Nacional para efectos de verificar el cumplimiento de la Ley 8204. Por otra parte el cliente autoriza expresamente y en forma irrevocable al Banco Nacional para que como entidad supervisada acceda y consulte mi información en el Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Asimismo esta autorización permite el uso de la información que se acceda y que dicha información pueda ser compartida con BN Vital, BN Valores, BN SAFI y BN Corredora de Seguros para facilitar cualquier análisis de crédito o de negocios que vaya a ser realizado por las entidades indicadas, incluso para el ofrecimiento de servicios, productos comerciales y/o financieros. El cliente acepta que ha sido informado y acepta que la falta de entrega de la información solicitada puede provocar el rechazo de su solicitud o el no recibir los servicios prestados por el Banco y su conglomerado y que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación establecidos en la ley. 15. El Banco Nacional no asumirá, bajo ninguna circunstancia, responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento. 16. Ninguna persona podrá interpretar o modificar el presente reglamento si no es con la autorización previa y expresa por parte de la patrocinadora o la empresa administradora de la presente promoción. Por consiguiente, cualquier asunto que se presente con respecto a la presente promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el patrocinador, en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica. 17. Una vez concluido el período promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento, para cualquier consulta se puede comunicar a los teléfonos de la Dirección Banca de Medios Electrónicos de Pago: 2212-2000 extensiones: 5253, 5274, 5257, 5265. Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2255-2436/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 5 de 5