TERCERA FASE DE AMPLIACION DEL ALMACENAMIENTO DE GASOLEO EN ZIERBENA



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TERCERA FASE DE AMPLIACION DEL ALMACENAMIENTO DE GASOLEO EN ZIERBENA (Bizkaia) (Comunidad Autónoma del País Vasco) Mayo de 2008

ESERGUI, S.A. TERCERA FASE DE AMPLIACION DEL ALMACENAMIENTO DE GASOLEO EN ZIERBENA (Bizkaia) Índice general del Estudio de Impacto Ambiental Documento nº 1: MEMORIA y ANEJOS Documento nº 2: PLANOS 1. 067261-A3-MA-001. Plano de Localización 2. 067261-A3-MA-002. Plano de Síntesis Ambiental 3. 067261-A3-MA-003. Plano de Afecciones 4. 067261-A0-T-106 Rev. 3-A: Plano de Situación 5. 067261-A1-M-101 Rev. 3-A Plano de Distancias 6. 067261-A1-C-002 Rev. 1-6: Plano de Guía de Actuaciones 7. R1-106-95-003: Implantación General Planta de Tratamiento 8. Diagramas Instalaciones existentes (Original): D227037-PRC-01 Rev. 2: Simbología y Abreviaturas D227037-PRC-02 Rev. 6: Descarga marina pantalán D227037-PRC-03 Rev. 5: Almacenamiento Gasoil-Gasolina D227037-PRC-04 Rev. 0: Bombeo y carga de cisternas 9. Diagramas Instalaciones Existentes Fase I. Nuevo tanque 50.000 m3 T-16 6819-A1-T-151 Rev. 2-1. Almacenamiento gasóleo T-16 6819-A1-T-202 Rev. 2-1. Trazado tuberías gasóleo y PCI 9. Diagramas tuberías, incluyendo nuevos tanques T-19 y T-20 067261-A1-P-100 Rev. 3-A: Diagrama de tuberías J-523-DP-01 Rev. 03. Instalaciones Protección Contra Incendios, tuberías de extinción y refrigeración. 10. Plano Micropilotes: Planta y Detalles 1054 Rev. B

TERCERA FASE DE AMPLIACION DEL ALMACENAMIENTO DE GASOLEO EN ZIERBENA (Bizkaia) (Comunidad Autónoma del País Vasco) Documento nº 1: MEMORIA y ANEJOS MEMORIA: Índice 1. INTRODUCCIÓN Y OBJETO DE ESTE DOCUMENTO... 1 2. ANTECEDENTES, OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO... 2 3. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA... 4 4. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS... 9 5. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO... 11 5.1. OBJETO DEL PROYECTO... 11 5.2. EMPLAZAMIENTO... 11 5.3. BASES DEL DISEÑO... 12 5.4. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LAS INSTALACIONES... 14 5.4.1. Capacidad de almacenamiento... 15 5.4.2. Posibilidades de operación... 15 5.4.3. Servicios auxiliares... 17 5.4.4. Descarga de buques... 18 5.4.5. Características de los nuevos tanques T-19 y T-20... 18 5.4.6. Bombeo y carga de camiones cisterna... 20 5.5. OBRA CIVIL (VER PLANO GUÍA DE ACTUACIONES 067261-A1-C-002 REV. 1-6 INCLUIDO EN EL CAPÍTULO DE PLANOS).... 20 5.5.1. Cubeto... 20 5.5.2. Cimentaciones de tanques... 22 5.5.3. Otros trabajos... 22

5.5.4. Sistemas de redes... 23 5.6. SISTEMAS Y MEDIOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS... 24 5.6.1. Sistema de espuma a tanques... 25 5.6.2. Sistema de refrigeración de tanques... 26 5.6.3. Red exterior de hidrantes... 27 5.6.4. Sistema de detección y alarma... 27 5.6.5. Necesidades de agua protección contraincendios y formación de espuma... 27 5.6.6. Depósito de agua contraincendios... 29 5.7. OTROS ELEMENTOS DE SEGURIDAD... 29 5.7.1. Apagallamas instalado en el venteo del tanque... 29 5.7.2. Red de alarmas de incendio... 29 5.7.3. Sistema de emergencia... 30 5.7.4. Extintores... 30 5.8. ELECTRICIDAD E INSTRUMENTACIÓN... 30 5.8.1. Automatización... 30 5.8.2. Grupo Electrógeno de Emergencia... 31 5.9. ASPECTOS GEOGRÁFICOS Y TOPOGRÁFICOS DEL ENTORNO... 31 5.10. CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN... 31 5.10.1. Implantación de las Instalaciones... 32 5.10.2. Efluentes... 34 6. INVENTARIO AMBIENTAL... 35 6.1. MEDIO NATURAL... 35 6.1.1. Clima... 35 6.1.2. Calidad atmosférica... 37 6.1.3. Geología... 39 6.1.4. Edafología... 39 6.1.5. Hidrología... 40 6.1.6. Vegetación natural... 40 6.1.7. Fauna... 41 6.1.8. Paisaje... 42 6.1.9. Espacios naturales... 42 6.2. MEDIO SOCIOECONÓMICO... 44

6.2.1. Demografía... 44 6.2.2. Sectores productivos... 45 6.2.3. Usos del suelo... 45 7. RESUMEN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES... 46 8. PROPUESTA DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS... 59 8.1. MEDIDAS PREVENTIVAS... 59 8.2. MEDIDAS MINIMIZADORAS DURANTE LA FASE DE OBRAS... 63 8.3. MEDIDAS CORRECTORAS... 66 9. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL Y CONTROL... 68 9.1. DESARROLLO DEL PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL... 68 Fase de construcción y puesta en marcha... 68 Fase de explotación... 72 9.2. CONTACTOS CON ORGANISMOS... 72 9.3. PLANIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS Y REMISIÓN DE INFORMES... 73 9.4. REGISTRO DE DATOS Y MODIFICACIÓN DEL P.V.A.... 74 10. CONCLUSIONES... 75 ANEJOS I. Reportaje fotográfico II. Declaración Medioambiental 2007

MEMORIA

1. INTRODUCCIÓN Y OBJETO DE ESTE DOCUMENTO El presente Estudio de Impacto Ambiental tiene por objeto cumplir con el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, según el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de Enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos del Proyecto de la Tercera Fase de Ampliación del Almacenamiento de Gasóleo en Zierbena. Así, el Proyecto de la Tercera Fase de Ampliación del Almacenamiento de Gasóleo en Zierbena, como se especifica en el apartado 3. Marco Normativo de Referencia del presente Estudio de Impacto Ambiental, se incluye en el Anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, por lo que deberá someterse a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta ley. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 1

2. ANTECEDENTES, OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO En cuanto a los antecedentes del Proyecto Tercera Fase de Ampliación del Almacenamiento de Gasóleo en Zierbena se debe indicar que en agosto de 1998 y con el fin de dar cobertura adecuada a sus clientes, ESERGUI, S.A. inició la primera fase de las obras de ampliación de la capacidad de almacenamiento de gasóleo en su Terminal de Punta Lucero con la construcción de un nuevo tanque de 50.000 m 3 y previsión de espacio en el cubeto de retención de derrames para una segunda fase de ampliación. Como consecuencia del crecimiento de la demanda de gasóleo en el año 98 y las previsiones para el año 99 surgió la necesidad de acometer de forma inmediata la segunda fase de la ampliación de las instalaciones. La segunda fase de ampliación prevista en el proyecto de modificación de Licencia de Actividad y Licencia de Obras de fecha junio 98 contemplaba la construcción de un segundo tanque de 50.000 m 3. El estudio geotécnico realizado del área prevista para la segunda fase de ampliación, expuso que el futuro tanque de 50.000 m 3 se encontraba implantado a caballo entre el terreno natural (antigua línea de costa) y la zona de rellenos ganada al mar. A la vista de esta situación se consideró necesario optar por la construcción de dos tanques de 25.000 m 3 (con área de implantación idéntica al tanque de 50.000 m 3 ) de forma que ambos pudieran posicionarse en zona de relleno con profundidad uniforme, evitando los inconvenientes de asentamiento diferencial previsibles en el caso de un único tanque de 50.000 m 3. Por último, la tercera fase de ampliación, objeto de este proyecto, incluye dos nuevos tanques de gasóleo de 35.000 m 3 cada uno ubicados en el mismo cubeto de los tanques construidos en la primera y segunda fase de ampliación. Por lo tanto, el objeto del presente Proyecto de Esergui, S.A. Tercera fase de ampliación del almacenamiento de gasóleo en Zierbena es la ampliación de la capacidad de almacenamiento de gasóleo, con dos nuevos tanques de 35.000 m 3 cada uno, dentro de las instalaciones que Esergui, S.A. posee en su Terminal de Punta Lucero, en terrenos del Puerto Autónomo de Bilbao. Dicha ubicación se localiza en el Término Municipal de Zierbena (provincia de Bizkaia). Con fecha Marzo 2007 se realizó el Proyecto de Modificación de Licencia de Actividad y Licencia de Obras. El Excmo. Ayuntamiento de Ziérbena concedió por Decreto de Alcaldía 194/2007 de fecha 19 de Diciembre 2007 Licencia de Actividad para las citadas instalaciones, en base a las siguientes actuaciones y trámites: Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 2

a) Información pública, notificación a los colindantes y anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico nº 124 25-06-2007. b) Informe Sanitario: 03-08-2007. Favorable. c) Informe del Técnico Municipal: 10-10-2007. Favorable (con condiciones) d) Informe de la Corporación: 26-10-2007. Favorable e) Informe Técnico Viceconsejería de Medio Ambiente: Favorable, condicionado, en su caso, al cumplimiento de las medidas correctoras que se imponen. f) Informe Jurídico Viceconsejería de Medio Ambiente: Favorable g) Alegaciones: No ha habido oposición Asimismo, el proyecto de ampliación ha obtenido la autorización del Puerto de Bilbao con fecha 23 de Julio 2007. Respecto a la justificación del Proyecto, con esta ampliación de las instalaciones de almacenamiento existente se obtiene el doble objetivo, por un lado el de acortar las distancias que deben recorrer los camiones cisterna en sus recorridos hasta los lugares de destino, reduciendo consecuentemente el peligroso transporte por carretera de los combustibles, y por otro el poder servir y entregar los combustibles en un plazo de tiempo menor, con lo que se reduce la necesidad de almacenamiento de cantidades elevadas de combustibles en zonas urbanas. Hay que hacer notar que el transporte marítimo de combustibles es hoy por hoy el sistema más seguro para las personas y el medio ambiente. Por lo tanto, este aumento de capacidad de la instalación tiene varios objetivos importantes como es: - El aumento de la capacidad de almacenamiento estratégico obligatoria para Esergui. - Mejora sustancial en la logística al permitir utilizar buques de mayor tamaño con lo que se disminuye el número de atraques de buques que se traduce en una disminución de los riesgos. - Atender a los incrementos de demanda de productos con disminución de los riesgos de transporte desde otros terminales más alejados del País Vasco. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 3

3. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA El presente Estudio de Impacto Ambiental tiene por objeto cumplir con el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, según el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de Enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos del Proyecto de la Tercera Fase de Ampliación del Almacenamiento de Gasóleo en Zierbena. Así, revisada la normativa de Impacto Ambiental que le aplica al proyecto de la Tercera Fase de Ampliación del Almacenamiento de Gasóleo en Zierbena (con una capacidad de almacenamiento de 57.400 Tn, los dos tanques que se amplían, y 162.688 Tn del conjunto de la instalación), ésta es: - Ley 3/1998, de 27 de febrero de 1990, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco. - Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de Enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, como la legislación estatal. El Proyecto se incluye en el Anexo I proyectos que deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta ley, Grupo 3. Industria Energética, Apartado h. Instalaciones para el almacenamiento de productos petrolíferos mayores de 100.000 toneladas. Con respecto al Órgano Ambiental Competente, éste es el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mientras que el Órgano Sustantivo es el Departamento de Industria, Comercio y Turismo. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 4

A continuación, se expone la normativa ambiental aplicable a este proyecto: NORMATIVA AMBIENTAL DE APLICACIÓN COMUNITARIA - Directiva Hábitat 92/43/CEE del Consejo de 21 de 1992 de Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre - Directiva 79/409 del Consejo de 2 de abril de 1979 relativa a la conservación de las aves silvestres (DOCE serie L 103, de 25.4.79). Actualizada mediante la Directiva Aves 91/244, de 6 de marzo de la Comisión (DOCE serie L 115, de 8.5.1991) - Directiva 78/659/CEE del Consejo, de 18 de julio de 1978, relativa a la calidad de las aguas continentales que requieren protección o mejora para ser aptas para la vida de los peces. (DOCE núm L 222, de 14 de agosto de 1978). ESTATAL Hidrocarburos - Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos (BOE 8.10.98), modificado por la Ley 12/2007, de 2 de julio. Actividades clasificadas - Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP). (BOE nº 292 de 07.12.61). - Decreto 2183/1968, de 16 de agosto, del Ministerio de la Gobernación, por el que se regula la aplicación del reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas en zonas de dominio público. (BOE nº 227, de 20.09.68); (Corrección de errores: BOE nº 242, de 08.10.68). Evaluación de Impacto - Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del RDL 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental. - Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. - Real Decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 5

Espacios Naturales - Ley 40/1997, de 5 de noviembre, sobre reforma de la ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Fauna y Flora Silvestre (BOE nº 266, de 6.11.97). Modificada por la Ley 41/1997, de 5.11.1997 (BOE nº 266, de 6.11.97) - Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (BOE núm. 310, de 28.12.95) - Real Decreto 1193/1998, de 12 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1197/1995 por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad (BOE nº 151, de 25.06.98) - Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas (BOE nº 73, de 25.03.04) - Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE nº 299, de 14.12.07) Flora y Fauna - Real Decreto 439/1990 de 30 de marzo, Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, (BOE nº 82, de 5.04.90) Modificado por: - Orden 28 de agosto 1996 (BOE de 07.09.96) - Orden 9 de julio de 1998 (BOE de 20.07.98) - Orden 10 de marzo 2000 (BOE de 24.03.00) - Orden 28 mayo 2001 (BOE 05.06.01) - Orden MAM/2734/2002, de 21 de octubre (BOE 05.11.02) - Orden MAM/2784/2004, de 28 de mayo (BOE 16.08.04) - Orden MAM/1498/2006, de 26 de abril (BOE 17.05.06) Calidad del aire - Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico (BOE nº 96, de 22.04.75) - Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra (BOE nº 60, de 11.03.89) - Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre (BOE nº 52 de 01.03.02) - Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido (BOE nº 276, de 18.11.03). - Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. - Ley 37/2003 de 17 de noviembre de Ruido (BOE Nº 276, 18/11/2003) Agua - Ley 29/1985, de 2 de agosto, de aguas. - Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos Preliminar, Primero, IV, V, VI y VII. - Real Decreto 927/1988, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los Títulos II y III. Real Decreto 1315/92, de 30 de octubre, por el que se modifica parcialmente el R.D. 849/1.986 (BOE, 1 de diciembre de 1992). Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 6

Residuos - Real Decreto 833/1988, de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos (BOE 182 de 30.07.88) - Ley 11/1997, de 24 de abril de Envases y Residuos de Envases (BOE 99 de 25.04.97) - Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, (BOE de 22.04.98) - Real Decreto 782/1998, de 30 de abril por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la ley 11/1997, de 24 de abril de Envases y Residuos de Envases - Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO Evaluación de Impacto - Ley 3/1998, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco. Espacios Naturales - Ley 16/1994 de conservación de la naturaleza del País Vasco. - Decreto 42/1996, de 27 de febrero, sobre organización y funcionamiento del Registro de la Red de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Decreto 160/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Flora y Fauna - Decreto 265/1995 por el que se declaran Árboles Singulares en la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Decreto 23/1997 por el que se realiza una segunda declaración de árboles singulares en la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Decreto 167/1996 por el que se regula el Catálogo Vasco de Especies Amenzadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina. Montes MODIFICACIONES: - Orden de 20 de mayo 2003, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifica el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y Marina. - Orden de 10 de julio de 1998 por la que se incluyen en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, 130 taxones y 6 poblaciones de la flora vascular del País Vasco. - Orden de 8 de julio de 1997, por la que se incluyen en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, nuevas especies, subespecies y poblaciones de vertebrados - Normal Foral 3/94, de Montes y Administración de Espacios Naturales Protegidos. MODIFICACIONES: Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 7

Calidad del aire - Norma Foral 3/2007, de modificación de la Norma Foral 3/1994, de 2 de junio, de Montes y Administración de Espacios Naturales Protegidos. - Ley 3/1998, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (Título II, Capítulo IV). Agua - Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas. Residuos - Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco. TÍTULO III. Ordenación de las actividades con incidencia en el medio ambiente. Capítulo IV. Residuos. - Decreto 259/1998, de 29 de septiembre, por el que se regula la gestión del aceite usado en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Suelos - Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo. Ordenación del territorio - Ley 4/1990, de 31 de Mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 8

4. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS La primera alternativa a estudiar sería la no realización de este proyecto pero como ya se ha expuesto en el Apartado 2. Antecedente, Objeto y Justificación del Proyecto es imprescindible este aumento de la capacidad de almacenamiento de la instalación que ESERGUI, S.A. posee en la Zona Portuaria de Bilbao, por las siguientes consideraciones: - El aumento de la capacidad de almacenamiento estratégico obligatoria para Esergui. - Mejora sustancial en la logística al permitir utilizar buques de mayor tamaño con lo que se disminuye el número de atraques de buques que se traduce en una disminución de los riesgos. - Atender a los incrementos de demanda de productos con disminución de los riesgos de transporte desde otros terminales más alejados del País Vasco. - Necesidad de aumentar las reservas estratégicas que la legislación actual obliga a ESERGUI. Por las razones arriba reseñadas se considera necesaria la realización del proyecto, por lo que la alternativa de no realizar el presente proyecto queda descartada. Con respecto a otras ubicaciones para esta nueva ampliación, no se han planteado alternativas de localización del proyecto Tercera fase de ampliación del almacenamiento de gasóleo ya que la única ubicación posible para este proyecto es en las actuales instalaciones de ESERGUI, S.A. en la zona Portuaria de Bilbao. Más concretamente, dicha ubicación se sitúa en una parcela que fue explanada y parcialmente ganado al Mar Cantábrico, en el lugar denominado "Cantera de Punta Ceballos" de la citada zona Portuaria de Bilbao. Así, los nuevos tanques T-19 y T-20, objeto de la presente ampliación, se situarán en el cubeto de retención que alberga también el tanque T-16 correspondiente a la primera fase de ampliación y los tanques T-17 y T-18 correspondientes a la segunda fase de ampliación. Los nuevos tanques han sido dimensionados y cumplen las distancias marcadas por la legislación. Por lo que, teniendo en cuenta su situación dentro de las instalaciones existentes, la limitación de espacio disponible en la parcela de ESERGUI, la cercanía a los puntos de suministro y demanda y la minimización considerable de impactos ambientales, la única alternativa posible es la indicada en el proyecto y reflejada en el documento de Planos: Plano de distancias 067261-A1-M-101 Rev. 3- A. Por lo tanto, no se han tenido en cuenta otras alternativas de localización. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 9

Por último, y con respecto a otras alternativas de diseño de cubetos o técnicas de almacenamiento, se han seguido las mejores técnicas disponibles para este tipo de instalaciones, en concordancia con el resto de la instalación. Por lo tanto, no se han considerado otras posibles alternativas en este sentido. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 10

5. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 5.1. Objeto del Proyecto El Proyecto consiste en la tercera fase de ampliación de las instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos de ESERGUI, S.A. con dos nuevos tanques de gasóleo de 35.000 m 3. Estos tanques estarán situados en el mismo cubeto que los tanques de gasóleo construidos en la segunda fase de ampliación, de manera que para albergar la capacidad de almacenamiento prevista, será necesario modificar los muretes de separación de tanques internos del cubeto y unificar los cubetos de gasoil. Con esta ampliación se pretende incrementar la capacidad de almacenamiento de combustibles con el fin de atender a la mayor demanda de gasóleo y para ello se precisan los mencionados tanques y las líneas de transferencia de producto asociadas. Todo ello, al igual que para la instalación ya existente, siguiendo las más estrictas normas de seguridad y con el más absoluto respeto por el medio ambiente. Las instalaciones objeto de este Proyecto serán las más modernas que la tecnología actual puede suministrar, y supondrá especialmente durante su construcción y posterior explotación una importante fuente de trabajo y riqueza para la zona. 5.2. Emplazamiento Las instalaciones que forman parte de la tercera fase de ampliación de este parque de almacenamiento de productos petrolíferos se ubican en la explanada de Punta Ceballos del Puerto de Bilbao, en la parcela de 47.000 m 2 concedida por la Autoridad Portuaria de Bilbao con fecha 2 de septiembre de 1998. La parcela que tiene unas dimensiones aproximadas de 216 x 218 m, lindan al norte con vía de circulación restringida, y más allá con el mar Cantábrico, al sur, al este y al oeste con una planta de gas licuado y con otras parcelas para futuras instalaciones. Para mayor detalle de las instalaciones actuales y las correspondientes a la ampliación, ver planos de implantación: 2. Situación y 3. Distancias. Actualmente, en esta zona disponen de instalaciones las empresas, BBG, BBE, Petronor, S.A. y TEPSA. Las instalaciones actuales y las futuras que se hallan en la zona se destinan a la manipulación y almacenamiento de líquidos a granel. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 11

5.3. Bases del diseño El proyecto ha sido realizado utilizando las siguientes premisas: El combustible a almacenar (gasóleo), está clasificado clase C, según lo especificado en Real Decreto nº 2085/1994 de 20 de octubre (Anexo, Capítulo I, artículo 3) relativo a las Instalaciones Petrolíferas, tanto de Refinerías (ITC MI-IP 01) como de Parques de Almacenamiento de Líquidos Petrolíferos (ITC MI-IP 02). La capacidad nominal de los tanques de gasóleo será de 35.000 m 3. Sus dimensiones serán de 26 metros de altura por 41,5 metros de diámetro. La capacidad útil máxima será de 34.100 m 3 aproximadamente. El material a emplear en la construcción de los tanques será acero carbono, utilizado actualmente en los tanques de almacenamiento existentes y pertenecientes a ESERGUI, S.A., tanto para gasóleo como para gasolina. Estos nuevos tanques utilizarán las instalaciones existentes pertenecientes a ESERGUI, S.A. de carga de producto desde buques, descarga hacia camiones cisterna, transferencia de gasóleo entre tanques y servicios. Se dispone actualmente de dos brazos de carga marinos para la descarga de los buques cisterna de hasta 50.000 toneladas de peso muerto, que actualmente ya utiliza ESERGUI, S.A. para sus operaciones. Estos brazos están accionados hidráulicamente y disponen del equipo necesario para prevenir derrames accidentales de hidrocarburos. No se contempla en este Proyecto ampliar las instalaciones de descarga de gasóleo, debido a que las necesidades futuras de carga permiten ser afrontadas con los mismos equipos, incrementando la frecuencia de utilización. Los combustibles procedentes del pantalán de graneles, llegarán bombeados desde los buques hasta los tanques situados en las instalaciones del Terminal de almacenamiento, no requiriéndose, por tanto, instalaciones de bombeo en tierra firme. Mediante la utilización de ocho bombas del tipo centrífugo para gasóleo, actualmente instaladas en ESERGUI, S.A., se transferirá el gasóleo de los nuevos tanques a los tanques existentes y viceversa. Estas bombas existentes, de 160 m 3 /h de capacidad cada una, podrán transferir el gasóleo entre tanques o distribuir el combustible al cargadero de camiones cisterna. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 12

Los camiones cisterna son cargados utilizando las horas diurnas o con suficiente iluminación natural, y las operaciones están monitorizadas y controladas por ordenador, que pueden realizar a su vez las tareas de control de acceso de las cisternas, identificación del vehículo, carga del producto deseado y compilación de los documentos de carga. No se precisa incrementar el número de brazos de carga de cisternas, ya que las instalaciones actuales permiten dar servicio a las necesidades actuales y futuras derivadas de los nuevos tanques. Además de las tareas antes citadas, el control del almacenamiento, inventario de productos y movimientos y otras operaciones rutinarias, también son realizadas y controladas por el ordenador. El mismo ordenador actual permitirá controlar el nivel y llevar el inventario del movimiento de los nuevos tanques para los que sólo se requiere modificar ligeramente el software. En la parcela actualmente ocupada por ESERGUI, S.A. se encuentra instalado un tratamiento de efluentes primario por decantación asistida con aire, con capacidad para 100 m 3 /h. Esta capacidad no precisa ser incrementada, ya que dichos efluentes proceden de la zona interior del cubeto, estando siempre el cubeto aislado mediante una válvula. El vaciado del contenido del cubeto puede realizarse al sistema que nos ocupa de aguas potencialmente contaminadas regulando manualmente la citada válvula, lo que permite la dosificación en el tiempo preciso, para no rebasar los 100 m 3 /h de capacidad de tratamiento primario actual. El tratamiento primario produce una separación del efluente recibido en dos corrientes, una de aceites que se almacena en un recipiente para su posterior reciclado o eliminación por una Sociedad Gestora de Residuos autorizada, que retira estos aceites de las instalaciones de ESERGUI, S.A. y procede a su destrucción fuera de las instalaciones de ESERGUI, S.A., y la otra corriente producida por el tratamiento de efluentes primario, que se conduce a un tanque de 10 m 3 /h de capacidad. El tratamiento secundario consiste en una floculación y flotación con aire disuelto con dosificación de aditivos. Finalmente, el agua tratada tendrá un contenido máximo de 15 ppm de hidrocarburos totales (disueltos + libres) y de 50 ppm de sólidos, con los que este agua puede ser reciclada y utilizada para limpiezas u otros usos como pruebas del Sistema Defensa Contra Incendios, etc. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 13

Como conclusión, decir que la ampliación de los sistemas de recogida y segregación de efluentes actual es suficiente para dar servicio a todos los depósitos de gasóleo existentes con la inclusión de los dos nuevos tanques para una capacidad total de 198.400 m 3. De esta forma la ampliación con los dos nuevos tanques no altera el diseño inicial de los sistemas. La descripción del vertido tierra-mar está reflejada en solicitud al Gobierno Vasco de fecha 09/06/98. Se dispone de un sistema de almacenamiento, bombeo y distribución de agua contraincendios, con un sistema de generación de espuma y de vigilancia y detección de gases, distribuidos en los puntos estratégicos del Terminal. El sistema contraincendios será modificado de acuerdo a las necesidades derivadas de esta tercera fase de ampliación. El caudal disponible del sistema contraincendios modificado en la segunda fase de ampliación no es suficiente para proteger los dos nuevos tanques, requiriéndose una adaptación de dicho sistema, mediante la realización de los cálculos pertinentes para el abastecimiento de agua del sistema de protección de incendios y ampliar la red con los sistemas necesarios de protección por espuma y refrigeración a cada tanque. Además será necesaria la inclusión de un nuevo tanque de agua contraincendios con el fin de dar cobertura suficiente al sistema de refrigeración de los nuevos tanques para la protección contra incendios. 5.4. Descripción detallada de las instalaciones Se recomienda seguir esta descripción detallada con la ayuda de los diagramas de tubería e instrumentación, ver plano 067261-A1-P-100 Rev. 1-1. Diagrama de tuberías, incluido en el capítulo de Planos. Para las instalaciones existentes ver listado de diagramas incluidos en el capítulo de Planos. Este diagrama recoge tanto las instalaciones de la primera fase y de la segunda como las instalaciones de la tercera fase, tal como quedará definitivamente la Terminal. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 14

5.4.1. Capacidad de almacenamiento La Terminal dispondrá de los siguientes depósitos de almacenamiento: Gasolina Peso (Tn) Capacidad (m 3 ) Gasóleo Peso (Tn) Capacidad (m 3 ) T-21 4.140 5.750 T-11 8.446 10.300 T-22 4.140 5.750 T-12 8.446 10.300 T-23 4.140 5.750 T-13 3.444 4.200 T-24 720 1.000 T-14 1.804 2.200 T-25 720 1.000 T-15 1.148 1.400 T-26 720 1.000 T-16 41.000 50.000 T-17 20.555 25.000 T-18 20.500 25.000 T-19 28.700 35.000 T-20 28.700 35.000 Totales 14.580 Tn 20.250 m 3 162.688 Tn 198.400 m 3 En el proyecto se instalarán los dos tanques T-19 y T-20 para el almacenamiento de gasóleo de reducido contenido en azufre. Los tanques tendrán una capacidad de 35.000 m 3 cada uno y dimensiones 26 metros de altura por 41.5 metros de diámetro. Las características del gasóleo a almacenar serán: - Densidad: 860-820 kg/m 3 @ 15º C Gasóleo A. - Viscosidad: 3,5 Cp @ 15º C Gasóleo A. - Tensión de vapor: 0,01 kg/cm 2 a. @ 15ºC (Gasóleo A). - Contenido en azufre y derivados: 0,2% peso (Actualmente). - Capacidad total futura de gasóleo: 198.400 m 3. 5.4.2. Posibilidades de operación La operación del Terminal de almacenamiento se realiza por personal entrenado a tal fin. Este personal se hará cargo de las operaciones necesarias en la ampliación. Algunas operaciones se realizan de forma espaciada en el tiempo. Estas son realizadas de forma manual, siendo aquellas rutinarias totalmente automáticas bajo la supervisión y vigilancia de un operador. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 15

La operación de descarga de buques es una operación manual. Durante el tiempo que dura esta operación es supervisada sin interrupción, por dos operadores en el pantalán, además del personal del buque turnándose cuando sea preciso. Se seguirán los procedimientos de operación actualmente vigentes. El gasóleo se conducirá desde el buque hasta los nuevos tanques T-19 y T-20 a un ritmo de 1.800 m 3 /h por tubería de 14", lo que permite descargar un buque de grandes dimensiones en un tiempo razonable. Las líneas que transfieren el gasóleo desde el buque de descarga hasta el parque de almacenamiento serán las actualmente instaladas. Las conexiones necesarias se realizarán en el interior del almacenamiento de ESERGUI, S.A. y se conducirán a la parcela correspondiente a la ampliación por conducción de tubería de acero en galería registrable de hormigón armado, bajo la calle de acceso. Las conexiones de las líneas de llenado de los nuevos tanques T-19 y T-20 se realizarán sobre el manifold de las líneas de llenado de los tanques T-16, T-17 y T-18. Los futuros tanques de gasóleo serán utilizados, al igual que los tanques existentes T-11 y T-12 y los tanques T-16, T-17 y T-18, todos ellos también de gasóleo, como almacenamiento de masa, reservándose los pequeños (T-13, T-14 y T-15) para dar servicio diario al cargadero. Desde los nuevos tanques podrá bombearse el gasóleo hacia el almacenamiento existente, utilizando dos de las tres bombas existentes de 160 m 3 /h cada una, a través de las líneas que conectan la salida de los tanques existentes T-16, T-17 y T-18 con la aspiración de las bombas. Dos de las ocho bombas existentes pueden recircular producto entre tanques o cargar cisternas con un tipo de gasóleo determinado, la tercera bomba es de reserva o apoyo automático de una cualquiera de las dos anteriores, según estén alineadas las válvulas de sus respectivos circuitos. Los dos nuevos tanques T-19 y T-20 disponen de las líneas de llenado y vaciado respectivamente. Los tanques pueden ser empleados para almacenar indistintamente gasóleo A o gasóleo C. Todo ello conforme a lo indicado en el Diagrama de Tuberías e Instrumentos, plano 067261-A1-P-100. Los nuevos tanques T-19 y T-20 serán utilizados para la carga de cisternas, además de realizar con ellos operaciones de trasvase entre tanques y llenado desde el pantalán. Los tanques nuevos de almacenamiento son de techo fijo, se han dispuesto conexiones de venteo en el techo para evitar la formación de presión y vacío durante las operaciones de llenado y Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 16

vaciado de los mismos. Las conexiones de venteo están protegidas con apagallamas. Además dispondrán de conexiones para toma de muestras a diferentes alturas, drenaje y prueba de fondo, tapa para sonda, conexiones para cámaras de espuma, bocas de acceso e inspección, etc. Estos tanques se construirán de acuerdo a la norma API 650, de acero al carbono y uniones soldadas, disponiendo de dispositivos para la lectura local y remota del nivel y de la temperatura de los tanques, que podrá supervisarse desde el cuarto de control existente, instalados sobre el techo de los tanques. Por muy alto nivel en los tanques, se produce el cierre de sus válvulas de entrada de forma automática. Una vez construidos, los tanques serán sometidos a prueba hidrostática certificada por un organismo de control autorizado conforme lo requerido en la ITC-MI-IP-02. Los colectores de los tanques dispondrán de válvulas, siendo motorizadas aquellas de mayor diámetro y frecuencia de uso para mayor rapidez y comodidad de los operadores. Las válvulas que sean motorizadas podrán ser operadas desde el emplazamiento a pie de válvula, o también desde el cuarto de control existente. 5.4.3. Servicios auxiliares Tanto en el Terminal como en el pantalán, tienen instalados aquellos servicios auxiliares que hacen operativo el conjunto de las instalaciones. En el pantalán se dispone de los servicios de recuperación de drenajes, de inertización con nitrógeno y sistema contra incendios. En el Terminal existente se dispone del servicio de protección contra incendios, red y sistema de recuperación de drenajes de aguas potencialmente contaminadas, red y sistemas de recuperación y tratamiento de aguas aceitosas. En la nueva ampliación se tendrán los mismos servicios que en las instalaciones existentes, para lo cual están siendo conducidos de y a las instalaciones existentes todos los servicios necesarios. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 17

La caracterización del combustible se realizará en las instalaciones nuevas. El sistema de aditivos permite el almacenamiento y bombeo para su posterior dosificación directa a los brazos de carga de hasta 3 diferentes aditivos. El nitrógeno es utilizado para la inertización de aquellos equipos que tienen que abrirse con alguna periodicidad; por ejemplo: brazos de carga marinos y filtros; también el depósito de drenajes de hidrocarburos, todos ellos en las instalaciones existentes, no existen equipos que requieran inertizado en las nuevas instalaciones. Aquellos puntos donde existe la posibilidad de drenaje de hidrocarburos, se dispone un sistema de embudos o arquetas selladas que recuperan el producto drenado, conduciéndolo por una red enterrada. El sistema de aguas aceitosas recoge el agua pluvial y de limpieza de las zonas donde accidentalmente puede haber derrame de hidrocarburos, tal como la zona de carga de cisternas, cubetos de tanques y área de bombeo. Las aguas potencialmente contaminadas, se conducirán al sistema de tratamiento de efluentes existente que se ha descrito anteriormente, o en caso de ser aguas limpias y siempre previo análisis se enviarán a red general. 5.4.4. Descarga de buques La descarga de buques desde el pantalán hacia los nuevos tanques se realizará con las instalaciones existentes propiedad de ESERGUI, S.A., con los mismos procedimientos operativos que los aplicados para los tanques ya existentes. Estas instalaciones no precisan de modificación alguna. Los buques tanque que se han considerado en el proyecto, serán de hasta 50.000 toneladas de peso muerto. 5.4.5. Características de los nuevos tanques T-19 y T-20 El gasóleo se almacenará en los tanques T-19 y T-20 de 35.000 m 3 de capacidad nominal. Ambos tanques serán idénticos y con las siguientes dimensiones: Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 18

DIAMETRO ALTURA T-19 y T-20 41.5 m 26 m Serán construidos siguiendo la norma API 650 para tanques de techo fijo en todos sus requisitos. Material en acero carbono A-131-EH-36 en envolvente, fondos y techo, con los elementos externos en A-283-Gr. C. Dispondrán de los siguientes accesorios: -Dispositivo de supervisión de nivel. -Poceto de agotamiento. -Tapa para varilla sonda. -Sistema de toma de muestras. -Indicadores de temperatura. -Cámaras generadoras de espuma. -Anillo rociador para refrigeración exterior. -Venteo con Apagallamas. -Accesos de inspección en techo y envolvente. -Barandilla en techo -Escalera helicoidal Cada tanque dispondrá de un sistema de supervisión de nivel que, además de una indicación local a pie de cubeto (visible desde el lugar de accionamiento de las válvulas), dará una indicación en el cuarto de control con cuatro alarmas de nivel por tanque, que estarán calibradas a los siguientes valores, siendo el nivel 0 el fondo del tanque. LAHH a 25.750 25.700 mm. Cierre de válvulas de llenado/parada bombas. LAH a 25.750 25.500 mm. Alarma alto nivel LAL a 1.500 mm. Alarma bajo nivel LALL a 1.000 mm. Alarma muy bajo nivel Los tanques dispondrán de válvulas dobles, unas a pie de tanque y otras en los colectores del tanque con sus válvulas (algunas de ellas motorizadas) situadas fuera del cubeto, concentradas en una plataforma para su mejor supervisión y operación. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 19

Los tanques podrán soportar una ligera sobrepresión y vacío respecto a la presión atmosférica según valores especificados en normas API-650. No tienen la consideración de aparato a presión. El fondo de los tanques descansará en una losa de cimentación micropilotada. Se instalarán tubos de drenaje testigo para detectar infiltraciones. Una vez construidos y realizada la correspondiente prueba hidráulica, se procederá a su calibración. Esta calibración será efectuada por una compañía homologada para tal fin. Para la construcción de estos nuevos tanques habrá que tener en cuenta el desnivel generado en el terreno como consecuencia de la implantación del cubeto en una zona de rellenos ganada al mar. 5.4.6. Bombeo y carga de camiones cisterna El trasiego y carga de camiones cisterna desde los nuevos tanques, se realizará de forma indirecta con las bombas actualmente instaladas en ESERGUI, S.A., y con los mismos procedimientos operativos que para los tanques ya existentes. Estas instalaciones existentes no precisan de modificación alguna para el nuevo menester. 5.5. Obra civil (Ver plano Guía de Actuaciones 067261-A1-C-002 Rev. 1-6 incluido en el capítulo de Planos). 5.5.1. Cubeto La instalación de los dos nuevos tanques de gasóleo de 35.000 m 3 (T-19 y T-20) objeto de esta tercera ampliación implica ciertas modificaciones en el cubeto afectado (T-16 a T-18) y en el cubeto de gasoil al norte de la planta (T-11 a T-15) debido al incremento en capacidad de almacenamiento conjunto que resulta en un volumen superior a la capacidad actual de ambos cubetos. Estos cubetos se conectarán mediante tubería enterrada bajo el vial de acceso a planta de modo que ambos actuarán conjuntamente en el caso más desfavorable de derrame. Para acomodar la capacidad de contención de ambos cubetos a la nueva capacidad de almacenamiento conjunta se recrecerán en 0,5 m los muros de hormigón armado del cubeto que contiene los tanques de gasoil. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 20

Para ello se realizarán perforaciones en la coronación del muro actual en las que se introducirán barras corrugadas a modo de espera adheridas con resina epoxi al hormigón existente trabajando conjuntamente el hormigón nuevo y el existente. Los muros recrecidos se reforzarán por su cara exterior y allá donde se precise con contrafuertes verticales de perfiles metálicos debido al incremento en altura. En el cubeto donde se instalan los nuevos tanques se realinearán los muretes de hormigón armado de 0,70 m de altura que separan cada tanque, demoliéndose ciertos tramos y levantándose otros nuevos. Se incluirán rampas de hormigón armado como paso de los semimuretes de 70 cm. de alto. La red enterrada en este cubeto también se verá afectada ya que existen tuberías de fundición de 6 para drenaje de prueba bajo la futura implantación del tanque T-19 provenientes de los tanques T-17 y T-18. Dicha red será desviada para realizar la cimentación de los nuevos tanques. A su vez se construirán las redes de drenaje de prueba para los dos nuevos tanques que conectará con la existente desviada para evacuar en la arqueta existente en el interior del cubeto. El producto de purgas pasa posteriormente a la arqueta de válvulas y a la red de drenaje de hidrocarburos situada en el exterior del cubeto que no sufre modificación alguna. El pavimento del cubeto se repondrá allá donde haya sufrido daños manteniendo las pendientes existentes para evacuación de aguas superficiales a la arqueta existente que se encuentra dentro del cubeto de donde las aguas pasan a la arqueta de válvulas para ser enviada a la red de pluviales general de la planta o a la red de drenaje de hidrocarburos dependiendo de si se trata de pluviales limpias o aguas contaminadas por derrames, sin sufrir así pues modificaciones sustanciales. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 21

5.5.2. Cimentaciones de tanques Los nuevos tanques se ubican en una zona de interfase entre roca natural y relleno, ambos con gran capacidad portante pero donde los asientos diferenciales pueden ser importantes. Para evitar los mencionados asientos diferenciales se estudia una cimentación de hormigón armado mixta a base de una losa de cimentación micropilotada con objetivo de alcanzar la roca natural que subyace a profundidades variables bajo el relleno, en gran parte de la superficie de cimentación. Se prevé que las losas de cimentación en hormigón armado tengan un canto aproximado de 700 mm y un diámetro de 42,20 m y se realicen con encofrado curvo, quedando parte de la cara exterior vista sobre el nivel del pavimento perimetral. (Ver plano Micropilotes Planta y Detalles 1054 Rev. B incluído en el capítulo de Planos). La cuadricula de micropilotes se prevé de 1,75x1,75 m, previéndose micropilotes de diámetro entre 160 y 200 mm y profundidades variables entre 10 y 20 m armados con tubería convencional de mercado con diámetro exterior de 88 mm y 9 mm de espesor fabricados en acero con limite elástico de 5000 Kg/cm2 y rellenos de lechada de cemento. 5.5.3. Otros trabajos A continuación se describen otros trabajos relacionados con la ampliación que nos ocupa: 5.5.3.1. Instalación de tanque de agua PCI (2.000 m3) similar al existente Se demolerá parte del muro, su zapata y solera del cubeto existente en la zona entre el tanque T-16 y el edificio de bombas A.C.I., para crear espacio para el nuevo tanque de PCI de 2.000 m3 de capacidad. El muro del cubeto se reconstruirá en su nueva alineación con idénticas características al existente. La cimentación del tanque será a base de un anillo de cimentación de hormigón armado. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 22

5.5.3.2. Ampliación de foso de válvulas de producto Se procederá a ampliar el foso de válvulas de producto para dar cabida a las nuevas válvulas correspondientes a los tanques de ampliación. Para ello se deberá demoler el pavimento existente y se prolongará el foso con idénticas características al existente, incluyendo estructuras auxiliares de mantenimiento y operación de las válvulas. 5.3.3.3. Ampliación edificio de bombas A.C.I. Se ampliará la sala de bombas para poder habilitar una tercera bomba. Para ello se deberá desmontar o demoler la fachada existente y colocar estructura metálica portante adicional a la prefabricada de hormigón existente así como auxiliar en fachada y en cubierta. El cerramiento estará compuesto por bloque hueco de hormigón hasta la altura de los dinteles de las puertas y chapa grecada simple hasta la cubierta que también será de chapa simple. La bomba irá cimentada sobre una bancada de hormigón armado. La nueva estructura para la ampliación de la nave se cimentará sobre zapatas aisladas de hormigón armado con pedestal, unidas por un zócalo de hormigón armado sobre el que arrancará el cerramiento de bloque anteriormente mencionado. 5.5.4. Sistemas de redes Existen dos redes de tubería enterradas complementarias para realizar la segregación de los efluentes líquidos producidos. Este sistema dará servicio a los dos nuevos tanques ya que estos estarán situados en el mismo cubeto que los tanques de almacenamiento existentes. El agua pluvial recogida en zonas sin posibilidad de contaminación, se conduce al sistema de drenaje general de todas las parcelas sin tratamiento alguno. El primer sistema enterrado consiste en los drenajes de aguas potencialmente contaminadas, que se conducen por tubería enterrada desde el cubeto donde se albergan los nuevos tanques hasta Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 23

donde se encuentra instalado el tratamiento de efluentes actual. Existe la posibilidad de enviar estas aguas al tratamiento de efluentes o pueden ser conducidas a la red general si están limpias. El segundo sistema enterrado consiste en los drenajes de aguas aceitosas, que siempre se envían al tratamiento de efluentes sin poder ser enviadas a otra parte. El sistema de aguas aceitosas provenientes directamente de los dos nuevos tanques se conectará con la línea de aguas aceitosas correspondiente a los tanques ya existentes, siendo esta la única modificación requerida en el sistema de recogida de efluentes. Los nuevos tanques precisan ser drenados periódicamente (drenaje de prueba) para la eliminación del agua decantada y dispondrán de una conexión fija de tubería o arqueta que los unirá a la red enterrada de drenajes de hidrocarburos (Denominada B). La red de aguas no contaminadas tiene un diámetro de 300 mm y la de aguas hidrocarburadas de 150 mm. La profundidad mínima de enterramiento de estas redes es de 600 mm medidos desde la generatriz superior de la tubería. Las arquetas de la red de drenaje de aguas hidrocarburadas (tipo B) disponen de sello hidráulico por salida a nivel superior que la entrada para evitar la posible propagación del fuego y disponen de tubo de ventilación.. Aquellas arquetas necesarias en cambios de dirección tendrán tubería de unión entre conexiones con sifón. 5.6. Sistemas y medios de protección contra incendios En este capítulo se describen las instalaciones de protección contra incendios de los nuevos tanques de gasóleo T-19 y T-20 del Terminal de almacenamiento de productos petrolíferos. El sistema de Protección Contra Incendios existente incluye un depósito PCI de 2.000 m3 de capacidad, dos estaciones de bombeo para el suministro del agua contra incendios independientes, una creada para la primera fase de la planta y la segunda para la ampliación del cubeto de gasóleos de la segunda fase, una red de DCI con sus hidrantes/monitores correspondientes, así como los sistemas de refrigeración y extinción correspondientes para dar servicio a los tanques. El caudal de agua contra incendios requerido ante la hipótesis de siniestro en cualquiera de los dos nuevos tanques de gasóleo conforme a las instrucciones de la normativa aplicable, no está cubierto Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 24

con el incremento de la capacidad de bombeo de agua contra incendio, siendo necesario ampliar dicha capacidad con la instalación de una nueva bomba diesel de 530 m 3 /h. 5.6.1. Sistema de espuma a tanques En los tanques de gasóleo se han previsto instalaciones fijas para suministro de agua negra (agua + espumógeno) a las cámaras de espuma situadas en la periferia de éstos. Estas cámaras generadoras de espuma estarán situadas en la parte más alta del cuerpo cilíndrico de los nuevos tanques y la aplicación de la espuma se realizará sobre la parte superior de la superficie del líquido almacenado. Cada tanque de gasóleo irá equipado con cuatro cámaras de espuma, dispuestas a 90, con conexión general al tanque de 8" y a cada cámara de 6". El suministro de agua + espumógeno se efectuará desde los depósitos de espumógeno previstos para la primera fase de la ampliación. La inyección de agua negra a los nuevos tanques T-19 y T- 20 se efectuará de forma manual o automática desde el exterior del cubeto a través de válvulas de diluvio dedicadas a cada tanque. El accionamiento manual o automático se efectuará desde el exterior del cubeto con válvulas de diluvio. El sistema de protección con espuma de los tanques de combustibles será diseñado conforme al Reglamento de Instalaciones Petrolíferas y MI-IP-02 y Reglamento de Instalación de Protección Contra Incendios (Decreto 1942/1993), Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los establecimientos industriales y Normas UNE vigentes y relacionadas con el proyecto. La capacidad de los depósitos de espumógeno duplica el mínimo de 55 minutos requerido por el MI-IP-02 en caso de producirse un siniestro en cualquiera de los dos nuevos tanques. El suministro del espumógeno se efectúa a través de un dosificador mediante la presión del agua contra incendios sobre la membrana de los recipientes. El espumógeno a utilizar será de baja expansión con una dosificación al 3%. Mayo de 2008 Documento 1. Memoria y Anejos Pág. 25